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CÓDIGO ORGÁNICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

Presentación de PowerPoint · 2021. 7. 22. · Libro I: De la Policía Nacional Deroga: Ley orgánica, de personal y reglamento disciplinario de la Policía Nacional Libro III: Del

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CÓDIGO ORGÁNICO DE ENTIDADES

DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

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LIBROS:

Titulo I: Estructura Institucional

Titulo II: Profesión Policial

Título III: Régimen Administrativo Disciplinario

Libro I: De la Policía Nacional

Deroga: Ley orgánica, de personal y reglamento disciplinario de la Policía Nacional

Libro III: Del Servicio de Protección Pública (SPP)

CONTENIDOS

Conceptos de aplicación directa para los 4 libros

Título Preliminar: Disposiciones Comunes

Libro II: Del Servicio Civil de la Investigación de la Infracción

2

OBJETO Y ÁMBITO DEL CODIGO:

Regula actividades, organización, funcionamiento institucional, regímenes de

carrera competencias y el régimen administrativo disciplinario de las entidades

de seguridad ciudadana y orden público

Libro IV: Entidades complementarias de Seguridad Ciudadana Art. 218

Jerarquía de normas Art. 425 Constitución

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SEGURIDAD CIUDADANA

Parágrafo I

Seguridad Integral de la población, garantizando el orden público yla paz social.

Prevenir la comisión de infracciones.

Colaborar con la administración de justicia en la investigación deinfracciones según corresponda

Protección a las máximas autoridades de las funciones del Estadoy sus sedes

Apoyar el control de Espacio Público, gestión de riesgo y manejode eventos adversos; y,

Apoyar el cumplimiento de la decisiones de la autoridadcompetente enmarcados en el ordenamiento jurídico

FIN

ES

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ESTRUCTURA ORGÁNICA

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Policía Nacional Titulo I Estructura

Naturaleza (Art. 59)

• La Policía Nacional es una institución estatal, de carácter civil, armada, técnica,jerarquizada, disciplinada, profesional, altamente especializada, uniformada,obediente y no deliberante; regida sobre la base de méritos y criterios de igualdad yno discriminación. Estará integrada por servidoras y servidores policiales.

• El ejercicio de sus funciones comprende la prevención, disuasión, reacción, usolegítimo, progresivo y proporcionado de la fuerza, investigación de la infracción einteligencia antidelincuencial

Misión (Art. 60)

• Tiene como misión la protección interna, la seguridad ciudadana, el mantenimientodel orden público y, dentro del ámbito de su competencia, el apoyo a laadministración de justicia en el marco del respeto y protección del libre ejercicio delos derechos y la seguridad de la personas dentro del territorio nacional, a través delos subsistemas de prevención, investigación de la infracción e inteligenciaantidelincuencial.

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Autoridades y Órganos Competentes

• Es la máxima autoridad de la Policía Nacional quiendetermina sus políticas y objetivos. Designa al ComandanteGeneral de Policía Nacional.

Presidente/a de la República

(Art 62)

• Al ministro rector de la seguridad ciudadana, proteccióninterna y orden publico, le corresponde dirigir las políticas,planificación, regulación, control y gestión de la PolicíaNacional.

Ministro Rector

(Art. 63)

• Ejerce el mando directivo operacional del personal policial,bajo los lineamientos y directrices del titular del ministeriorector de la seguridad ciudadana, protección interna yorden público. Será designado de entre los tres oficialesgenerales más antiguos de la Policía Nacional.

Comandante General de la Policía Nacional

(Art. 65)

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FUNCIONES DEL MINISTRO ( Art. 64)

Conocer y resolver , en última instancia los recursos de apelación o extraordinarios de revisión sobre carrera profesional, ascensos, derechos.

Dirigir , coordinar , supervisar y controlar a los órganos de la P. N.

Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la Policía Nacional.

Diseñar, supervisar y evaluar , de forma coordinada con el organismo rector en educación superior

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FUNCIONES DEL COMANDANTE GENERAL (ART.65)

Coordinar la elaboración de propuestas y análisis de estrategias policiales operativas.

Conocer, controlar y evaluar las operaciones y estrategias operativas.

Proponer ajustes a los indicadores del desempeño policial.

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SUBSISTEMAS DE GESTIÓN DE LA POLICIA NACIONAL (Art. 66, 67, 68 Y 69)

Subsistema de Prevención

El Subsistema de Prevención contiene

todas las funciones que cumple la Policía

Nacional antes de que se produzca un acto

delictivo o infracción, a fin de velar por la

seguridad ciudadana, protección interna y

orden público.

Subsistema de Investigación

El Subsistema de Investigación cumple

las actividades de investigación operativa de la infracción, con el fin de reunir o asegurar

los elementos de convicción, proteger a víctimas e inocentes,

evitar la fuga u ocultamiento de los

sospechosos y la consumación de una

infracción penal.

Subsistema de Inteligencia

Antidelincuencial

El Subsistema de Inteligencia Antidelincuencial integra y

articula a las unidades policiales dedicadas a la obtención,

sistematización y análisis de la información específica referida a

las amenazas, riesgos y conflictos que afecten a la

seguridad ciudadana, con el fin de proveer insumos para la

toma de decisiones. Además, establece y promueve

mecanismos institucionales de depuración bajo la orientación

de la autoridad nacional rectora en materia de inteligencia.

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Procesos Gobernantes

(Art. 72)

Regulan el ejercicio deautoridad, dirección ycoordinación operativa de laPolicía Nacional.

Procesos Asesores oAdjetivos

(Art. 73)

Proveen asistencia yconsultoría técnicaespecializada válida para latoma de decisionesestratégicas y fundamentalesde la Policía Nacional

Procesos Generadores deValor

(Art. 74)

Son procesos intrínsecos quecaracterizan la misión yfunciones instituciones de laPolicía Nacional

Procesos Desconcentrados

(Art. 82)

Se desarrollarán en un ámbitoterritorial determinado deconformidad con la planificaciónnacional.

PROCESOS Y COMPONENTES DE LA POLICIA NACIONAL (ART. 71)

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Estructura Orgánica Policía NacionalPROCESO GOBERNANTE

PROCESO ADJETIVO

NIVEL ASESORPROCESO ADJETIVO NIVEL

APOYO

PROCESO SUSTANTIVO

PROCESO DESCONCENTRADO

SUBSISTEMA INVESTIGATIVO

SUBSISTEMA PREVENTIVO

SUBSISTEMA DE INTELIGENCIA

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PLAN DE CARRERA

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CAPÍTULO PRIMERO

PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL

1.- SPD.- Grado de Subteniente de Policía yTítulo Profesional de tercer nivel (ART.85)

2.- SPTO.- Grado de policía y el TítuloProfesional de técnico o tecnólogo; y,dependiendo de su desempeño académicoy profesional podrán optar por unaformación en tercer nivel (ART.86)

1.- Servidoras o servidores policiales directivos; y,2.- Servidoras o servidores policiales técnico operativos.(ART. 83)

Aspirantes y formación.- Son quienes se

incorporan a las instituciones de formación

policial y académica:

- No son parte de la estructura orgánica.

- Reciben el 2% del RMU, para cubrir la

prestación por enfermedad o muerte

- No ostentan la calidad de servidores (as)

mientras no hayan aprobado los cursos de

formación y académica.

- No reciben durante el curso remuneración-(ART. 84)

Sección Primera: Integración

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Jerarquización.- Se determina por:

- El grado.- Por poseer el más alto

- La antigüedad .- Por concurrir dentro del grado los siguientes factores:

Mayor tiempo en el grado

Idoneidad en función de méritos y deméritos

Desempeño académico u otra formación(ART. 88)

Sección Segunda: Jerarquización y clasificación de las y los servidores policiales

Mando, dirección y cargo para funcionamiento del servicio policial:

- Se determina de acuerdo al reglamento que determine el orgánico institucional(ART. 90)

Clasificación por nivel de gestión, rol, grado y tiempo de servicio:(ART. 89)

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No. NIVEL ROL GRADO TIEMPO DE SERVICIO (EN AÑOS)

1. Servidoras o servidores policiales

directivos47 años

1.1 Directivo Conducción y mando General Superior Dos (2)

1.2 General Inspector Tres (3)

1.3 General de Distrito Cinco (5)

1.4 Coordinación Operativa

Coronel de Policía Siete (7)

1.5 Teniente Coronel de Policía Siete (7)

1.6 Mayor de Policía Siete (7)

1.7 Capitán de Policía Siete (7)

1.8 Teniente de Policía Cinco (5)

1.9 Subteniente de Policía Cuatro (4)

2. Servidores o servidoras policiales técnico operativos 39 años

2.1 Técnico operativo

Supervisión Operativa Suboficial Mayor Dos (2)

2.2 Suboficial Primero Tres (3)

2.3 Suboficial Segundo Cuatro(4)

2.4 Ejecución Operativa Sargento Primero Siete (7)

2.5 Sargento Segundo Siete (7)

2.6 Cabo Primero Siete (7)

2.7 Cabo Segundo Cinco (5)

2.8 Policía Cuatro (4)

CLASIFICACIÓN POR NIVEL DE GESTIÓN, ROL, GRADO Y TIEMPO DE SERVICIO

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CAPÍTULO SEGUNDO

CARRERA PROFESIONAL POLICIAL

Sección Primera: Aspectos generales de la carrera profesional

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Sección Segunda: Ascensos

Competencia para otorgar losascensos de los servidores(as)policiales.- Se conferirán grado porgrado: (ART.- 92)

- Los grados de generales seránotorgados por Decreto Ejecutivo

- Los grados de coronel, tenientecoronel y mayor mediante Acuerdosexpedidos por el Ministerio Rectorde la Seguridad Ciudadana

- Todos los demás grados deservidores(as) policiales directivos ypoliciales técnicos operativos porresolución del Comandante General

Tránsito de Técnico Operativo a PolicíaDirectivo.- Policía Técnico operativo podrápostular para integrar el cuadro de PolicíasDirectivos en el grado de Subteniente: (ART.- 92)

- Cuando existan vacantes

- Se cumpla con los requisitos exigidos en la ley

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Requisitos para el Ascenso de los Servidores(as) Policiales:

1. Estar en servicio activo2. Acreditar puntaje mínimo en la evaluación de desempeño3. Haber sido declarada(do) apto para el servicio4. Haber aprobado las capacitaciones o especializaciones para su nivel de

gestión5. Presentar la declaración juramentada de sus bienes6. No haber sido sancionada(do) por faltas muy graves o por graves (O2

ocasiones)7. Las demás que se establezcan en el respectivo reglamento (ART. 94)

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1.- Acceder a un grado y nivel de gestión

2.- Desarrollar la carrera profesional enigualdad de oportunidades y gozar deestabilidad

3.- Ser ubicado y ejercer una función ocargo acorde con sus competenciaspersonales, jerarquía, especialización yperfil

7.- Recibir, en igualdad de condiciones,formación, capacitación permanente

8.- Ser destinado(da) a prestar susservicios preferentemente dentro de sudomicilio

4.- Recibir la remuneración,indemnizaciones, viáticos, etc., que seestablezcan para cada grado o cargo

5.- Recibir asistencia médica opsicológica y los medicamentosnecesarios para lesiones o enfermedadesdel servicio

6.- Contar con uniformes, equipamiento,etc.

9.- Recibir Asesoría Jurídica en lo quereferente a asuntos inherentes al ejerciciode sus funciones

10.- Recibir condecoraciones oreconocimientos institucionales noeconómicos por actos de servicio

Derechos.-(ART.97)

CAPÍTULO TERCERO

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS Y LOS SERVIDORES POLICIALES

Sección Primera: DERECHOS

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1.- Desempeñar su cargo con apego a laConstitución, leyes y reglamentos vigentes

2.- Sujetarse al régimen disciplinario

3.- Someterse a la realización de evaluaciones dedesempeño laboral

7.- Tomar las medidas adecuadas para evitar elcometimiento de una infracción, así como paraaprehender a los autores en infracción flagrante

8.- Declarar y mantener actualizado su domicilioy estado civil

4.- Cumplir con los requisitos y condicionesexigidos para su desempeño profesional

5.- Presentar y actualizar en cada ascenso ladeclaración patrimonial juramentada de bienes

6.- Portar el armamento, equipo de dotación, etc.

9.- Respetar a la población y acatar las órdenes de lasautoridades civiles

10.- Las demás establecidas en la normativa vigente

Obligaciones.-(ART.101)

Sección Segunda: Obligaciones

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De la Situación de las o los servidores policiales (Arts. 107,108,109, 110,111, 112, 113,114, 115, 116 COESCOP)

SITUACION POLICIAL

SERVICIO ACTIVO

GRADUADOS COMO SUBTENIENTES O POLICIAS

POR ENFERMEDAD O LESIONES CONTRAIDAS EN

ACTOS DE SERVICIO O A CONSECUENCIA DE EL

POR MUERTE PRESUNTA EN ACTOS DE SERVICIO O A CONSECUENCIA DE EL

SERVICIO PASIVO

CESACION

NO PIERDE SU JERARAQUIA NI SU CARÁCTER PROFESIONAL EXCEPTO EN LOS CASOS DE

DESTITUCION

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• Las o los servidores policiales sonseparados de la institución, dejandode pertenecer al orgánicoinstitucional (ART.110)

Cesación.-

• Solicitud voluntaria

• Cumplir el tiempo de servicio activo

• No cumplir con los requisitos-ascenso

• Integrar cuota de eliminación

• Discapacidad

• Destitución

• Muerte presunta en actos de servicio

• Sentencia Condenatoria Ejecutoriada

• Fallecimiento (ART.111)

Causas para la Cesación.-Se

cció

n S

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a: C

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- Si se revirtiere los efectos jurídicos de una sentencia condenatoriaejecutoriada

- Por resolución o sentencia ejecutoriada favorable (ART.112)

- Reparación cuando la reincorporación sea inejecutable o imposible decumplir

Reincorporación

- Quien se encuentre en comisión de servicios

- Ejerciendo funciones en el exterior (ART.113)

Prohibición de

Cesación

Mediante documento escrito dirigido a la autoridad nominadora(ART.114)

Solicitud

Voluntaria de

Cese

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Negativa Temporal a la solicitud voluntaria de Cese:

• Cuando se haya iniciado una acción penal en contra del Servidor(a)Policial

• Cuando exista grave alteración del orden público

• Cuando no hubiere cumplido el tiempo de devengación de un curso deformación, capacitación o especialización (ART.115)

Cesación por no Ascenso.- Los servidores(as) policiales que noascendieren, y no fueren consideradas o considerados aptos luego de haberimpugnado, serán cesados de la institución (ART.116)

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TRASLADOS (Arts. 102, 103, 104 COESCOP)

ES EL MOVIMIENTO DEBIDAMENTE MOTIVADO DE UN SERVIDOR POLICIAL DE UN CARGO A OTRO DENTRO DEL MISMO SUBSISTEMA

• Recibirá la bonificación correspondiente cuando no se le otorgue la respectiva vivienda fiscal.

• Debe considerarse: Experiencia, Especialización, Competencias, Habilidades y Destrezas,teniendo en cuenta la estabilidad y unidad familiar.

• Periodo de hasta dos años

• Por necesidades institucionales o solicitud del servidor policial, debidamente justificadas, sepodrá reducir el periodo del traslado o extenderse hasta por dos años más.

• Se puede autorizar el traslado a otro subsistema policial

TRASLADOS POR NIVEL DE GESTION.- LOS GENERALES, CORONELES, TENIENTES CORONELES YMAYORES, POR SU CAPACIDAD DE DIRECCIÓN PODRÁN SER DESTINADOS A CUALQUIERPROVINCIA O ZONA GEOGRÁFICA DE LA PLANIFICACIÓN NACIONAL.

GASTOS POR TRASLADO Y VIVIENDA.- SIN DISTINCIÓN DE GRADO, LO SUFRAGARÁ ELMINISTRO RECTOR DE LA SEGURIDAD.

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•Consiste en la observancia de la Constitución de la República, leyes,

reglamentos, decretos, acuerdos, actos administrativos y disposiciones

u órdenes legítimas, verbales o escritas emanadas de la superioridad

en el ámbito de la misión y funciones de la Policía Nacional.

•La orden legítima es aquella emitida por el superior jerárquico dentro

del ámbito de su competencia con relación a un subordinado,

cumpliendo con los procedimientos y requisitos establecidos en la

normativa indicada en el párrafo precedente.

•La obediencia a las órdenes superiores no eximirá de responsabilidad

a quienes las ejecuten.

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Componente de control y evaluación.-Le corresponde realizar la supervisión, control, sanción y

evaluación de la conducta policial y de las faltas

disciplinarias para generar acciones preventivas y

correctivas en todos los niveles de gestión de la institución.

Su finalidad es garantizar una adecuada prestación de

servicios y el desempeño ético del personal policial. Aplica

mecanismos técnicos y administrativos idóneos, incluyendo

exámenes periódicos de control y confianza.

Inspectoría

GeneralUnidad de Asuntos

Internos

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FALTAS LEVES.

FALTAS GRAVES.

FALTAS MUY GRAVES.

Falta administrativadisciplinaria.- Es todaacción u omisiónimputable a un servidor oservidora de las entidadesde seguridad, estableciday sancionada deconformidad con esteCódigo y debidamentecomprobada.

TIPOS

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Amonestación verbal

• Es el acto administrativo por medio del cual un superior jerárquico llama la atención a un servidor o servidora a su cargo, por haber cometido cualquiera de las faltas leves previstas en este Código. La amonestación verbal, constará en la respectiva hoja de vida del personal.

Amonestación Escrita

• La amonestación escrita se impone a la servidora o servidor por el cometimiento de la segunda falta leve en un periodo no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a partir de la primera falta.

Sanción Pecuniaria menor

• Es la imposición económica equivalente al cuatro por ciento (4%) de la remuneración mensual del servidor público por el cometimiento de una tercera falta leve en un periodo no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a partir del cometimiento de la primera falta.

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Sanción Pecuniaria Mayor

• Es la imposición económica del ocho por ciento (8%) de la remuneración mensual, por elcometimiento de una falta grave; o por la reincidencia de tres o más faltas leves en unperiodo no superior a trescientos sesenta y cinco días, contados desde el cometimiento dela primera falta.

Suspensión de Funciones

• Es la separación temporal de la o el servidor de las entidades de seguridad reguladas por esteCódigo, por un plazo de hasta treinta días, sin goce de remuneración, por la reiteración dedos faltas graves en un plazo de trescientos sesenta y cinco días, contados desde lafecha del cometimiento de la primera falta.

• Durante el lapso de suspensión no podrá ejercer actividades atribuibles a su cargo y su función, ni podrá hacer uso de los bienes institucionales.

Destitución.

• Es el acto administrativo mediante el cual las servidoras o servidores son cesados definitivamente del servicio o de la entidad de la que dependan orgánicamente por haber cometido una falta administrativa muy grave o por la reincidencia de dos faltas graves en un período de trescientos sesenta y cinco días contados desde el cometimiento de la primera falta, o por otras causas señaladas en la ley que regula el servicio público y demás leyes vigentes que incluyan causales de destitución.

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PROCEDIMIENTO PARA EL JUZGAMIENTO DE FALTASADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS LEVES

Art.126

Trámite de la información o denuncia en faltas administrativas

disciplinarias leves.SUPERIOR

JERARQUICONotifica al

presunto infractor

INFORMACION; o, DENUNCIA.

DISPARADOR

SANCIONA AL DENUNCIADOTiene tres días para emitir su

resolución

COMUNICA AL SANCIONADO o DENUNCIADO.

48hPruebas de descargo

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NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Y APELACIÓN EN FALTAS ADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS LEVES

NOTIFICA SANCIÓN

Tiene tres días para recurrir de la

sanción impuesta ante el superior del

servidor policial que la impuso.

De lo que resuelva elsuperior Jerárquico,comunicará alsancionador ysancionado.Revoque o ratifique.

Si hay ratificación de la sanción,

componente de talento Humano

registro en su hoja de vida.

SUPERIORSUBORDINADO

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SUMARIO ADMINISTRATIVO 90 DIAS

Es un procedimiento administrativo orientado a

investigar para comprobar o descartar conforme a

derecho la existencia de una falta administrativa

disciplinaria grave o muy grave; y, la

responsabilidad de quien la cometió.

Cumpliendo con el debido proceso.

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Art. 129 MEDIDA ESPECIAL ADMINISTRATIVA

Se aplica a las o los servidores policiales que cometan faltas muy graves

Suspensión inmediata de funciones con

remuneración por 90 días máximo

No puede hacer uso de uniforme, cargo o función y

mando policial

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Art. 130 PROCEDIMIENTO

EL TITULAR DE ASUNTOS INTERNOS DE LA PN.Autoridad sustanciadora

• Dicta el AUTO INICIAL del sumario administrativo

• Nombra secretario AD-HOC.- Ab. de la UAI.

• Se designa oficial o investigador del caso.

EL SECRETARIO O SECRETARIA AD-HOC

• Dentro de las 72h. siguientes notifica al sumariado/a mediante boleta (donde labora) en el mail. Institucional o registrado DGP, en el lugar donde labora, en el domicilio civil.

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• SE CONCEDE 10 DÍAS PARA QUE CONTESTE SOBRE LOS HECHOS QUE SE LE IMPUTAN.

• NOMBRE ABOGADO

• SEÑALE DOMICILIO LEGAL PARA LAS NOTIFICACIONES

• SOLICITE PRÁCTICA DE PRUEBAS

• SI NO CONTESTA INCURRE EN REBELDÍA (QUE TERMINA CUANDO SE PRESENTE FORMALMENTE AL SUMARIO ADMINISTRATIVO)

• PODRÁ EJERCER SU DEFENSA ACTIVAMENTE EN ADELANTE.

SUM

AR

IAD

O

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LA PRUEBA

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Art. 131.- LA AUDIENCIA

Transcurrido el plazo de la investigación hasta (30 días)la autoridad sustanciadora del sumario, medianteprovidencia notificará en el término de tres días alsumariado que no se encuentre en rebeldía el día y lahora en que se llevará a efecto la audiencia

La audiencia será fijadamáximo en 7 díasdespués de dictada laprovidencia.

En la audiencia las partessustentarán las pruebasde descargo

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Art. 133.- NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN

La resolución sancionatoria oabsolutoria será notificadainmediatamente al servidor(a); alconcluir todas las diligencias eintervenciones en la audiencia.

La misma que deberá ser motivada.

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Art. 134.- APELACIÓN

Las resoluciones son susceptibles deapelación, por parte de los afectados, en eltérmino de cinco (5) días hábiles contados apartir de la fecha de notificación si seencontrare en el país y diez (10) días hábiles sise encontrare fuera del país.

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CADUCIDAD

• El plazo máximo para resolver un sumario administrativo es

de 90 días.

• Si fue iniciado de oficio, dicho plazo se contará desde la fechaen que se emitió el auto inicial.

• Si se inicia a petición de parte, se contará a partir de la fechaen que se recibió el reclamo o impugnación.

• El incumplimiento de este plazo dará lugar a la caducidad delrespectivo procedimiento.

• La caducidad podrá ser declarada de oficio o a petición departe. Una vez declarada, en el plazo de 60 días el sumarioadministrativo será archivado. (Art. 57).

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

SERÁN RESUELTOS CONFORME A LA LEY Y NORMATIVA VIGENTE DE CUANDO SEINICIARON HASTA SU CONCLUSION CON LOS TERMINOS Y PLAZOSCORRESPONDIENTES.

MINISTERIO DEL INTERIOR

EN EL PLAZO DE UN AÑO UNIFICARÁ EL PERIODO DE ASCENSOS DEL PERSONALPOLICIAL.

TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL

GRADO

ART. 85 LEY DE PERSONAL, MANTENDRÁ SU VIGENCIA HASTA CUANDO EL SERVIDORPOLICIAL ASCIENDA AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR

OBLIGACIONES Y DERECHOS

ECONOMICOSSERÁN ASUMIDAS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS,

EVALUACION Y ASCENSO

ESTRUCTURACION, RESTRUCTURACION, ORGANICO, PLANES DE CARRERA, INGRESO,FORMACION, ASCENSO, EVALUACIONES

180 DIASREGLAMENTOS

ENTES RECTORES NACIONALES Y

LOCALES

EN EL PLAZO DE 180 DIAS COORDINARAN CON LA SENESCYT, CENTROS DEFORMACION, CAPACITACION, ESPECIALIZACION QUE ACREDITEN EL SISTEMA DE

EDUCACION.

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