Upload
others
View
7
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
APLICACIÓN DE VIDEOCONFERENCIA EN EL
DESARROLLO DE AUDIENCIAS JUDICIALES EN BOLIVIA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
ESCUELA DE JUECES DEL ESTADO
Abril 2020
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
Situación de la pandemia mundial por CORONAVIRUS(COVID-19) La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia,ha emitido el circular No. 06/2020, disponiendo lautilización de herramientas tecnológicas para la realizaciónde audiencias a través de videoconferencias, garantizando elacceso a la justicia.
Con el propósito de evitar desplazamiento de personas,contacto y su concentración en un solo ambiente. Y con lafinalidad de Velar los derechos fundamentales como ser, lavida, la salud pública y la libertad.
ALCANCE (CIRCULAR 11/2020)
Esta circular regula y limita el alcance de la Circular 06/2020, esdecir, la aplicación de la audiencia virtual, para el caso de:
• Solicitudes de modificación o cesación de medidascautelares de carácter personal, cuyas pretensiones esténvinculadas a la emergencia sanitaria, es decir:a. Cuando el imputado sea adulto mayor (60 o más años).b. Cuando el imputado tenga una enfermedad crónica.c. Mujeres embarazadas o que tengan a su cuidado menores de
edad.En los otros casos de modificación o cesación, la audiencia debe serfísica.
Las demás determinaciones contenidas en la Circular06/20202, se mantienen por lo que en todos los demáscasos deben desarrollarse mediante audiencias virtuales..
CONSIDERACIONES GENERALES
- La sociedad de la información y el uso de las tecnologías deinformación y comunicación
En el Siglo XXI se consolida una sociedad denominada del
“conocimiento digital” donde se democratiza el acceso a la
información a través del uso de recursos tecnológicos,
principalmente el INTERNET.
La Administración Pública y el Órgano Judicial en Bolivia que a pesar de haber incorporado
varias mejoras fundamentadas en las TIC’s, tienen todavía
múltiples desafíos en su consolidación como
instituciones digitales
La promulgación de la Ley Nro. 1173 busca responder a este desafío y enfatiza eluso de las Tecnologías de Información y Comunicación, planteando por ejemplola interoperabilidad de sistemas, notificación vía ciudadanía digital y ladigitalización de documentos para un expediente digital a través de una Oficinadenominada: OFICINA GESTORA DE PROCESOS.
VIDEO CONFERENCIAS
Según el diccionario de la Real Academia Española, la videoconferencia es laComunicación a distancia entre dos o más personas, que pueden verse y oírse através de una red.Otra definición indica: la videoconferencia es un servicio multimedia decomunicación que permite los encuentros a distancia en tiempo real entredistintos grupos de personas que se hallan en diferentes lugares. (MONTESINOS GARCIA,
Ana. 2009).
Estos servicios han sido empleados principalmente en actividades de formación ycapacitación de las instituciones del sector de justicia, incluida la Escuela de Juecesdel Estado del Órgano Judicial.
Características:a) Es integral (envió de imágenes y sonido)b) Es interactiva (comunicación bidireccional en todo momento)c) Es sincrónica (funciona en tiempo real)
TECNOLOGÍA, AUDIENCIAS Y PRINCIPIOS PROCESALES
LA AUDIENCIA es entendida como un acto donde se reclama o solicita algunacosa por una persona ante un Tribunal sea unipersonal o colegiado, cuando se havulnerado un bien jurídico protegido.
La Audiencias deben realizarse, entre otros, bajo los principios de:
1. Oralidad (manifestaciones y declaraciones formuladas oralmente)2. Celeridad (que las etapas esenciales se concreten en el término fijado por la
norma)3. Publicidad (garantizar la transparencia y control social del procesos)4. Contradicción (oír a todas las partes en igualdad de oportunidades)5. Inmediación (comunicación directa entre las partes y el juez)
¡IMPORTANTE!Realizado un análisis riguroso se evidencia que la videoconferencia, respetaperfectamente los principios procesales referidos.
LA VIDEOCONFERENCIA Y EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN PROCESAL
¿LA VIDEOCONFERENCIA VULNERA EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN PROCESAL?
Frente a distintas posiciones consideramos que NO
Porque:- Los principios y normas jurídicas no pueden ser estáticos, mas al contrario
deben ser dinámicos, ya que ANTES NO SE DISPONÍA de los recursos yherramientas que la Tecnología nos ofrece AHORA.
- El principio de inmediación no debe entenderse como la relación “real, directay física” sino también como aquella que se hace posible con el uso de latecnología que permiten la relación entre el/la juzgador, los sujetos procesales yestos con los medios de prueba.
Ahora bien, si la inmediación se cumple, posibilita los principios decontradicción, oralidad, concentración entre otros, siendo que lavideoconferencia cumple perfectamente como un medio tecnológico paracumplir con estos principios.
LA VIDEOCONFERENCIA Y EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN PROCESAL
Este medio tecnológico permite, acercar a los sujetos procesales quese ubican en lugares distantes, ya sea a través de la pantalla, elproyector multimedia u otro medio visual y auditivo, los actores de lavideoconferencia podrán escucharse y verse simultáneamente y entiempo real.
La interacción, entre el juez, sujetos procesales y estos con la pruebase da con fluidez, así como el intercambio de información; en estalínea de argumentación, no se puede tildar o calificar a lavideoconferencia como un medio que vulnera, estorba e impide lainmediación, sino es un instrumento que más bien posibilita larealización plena de este principio, cuando dos o más personas sehallan en lugares distantes, por diferentes circunstancias.
LA VIDEOCONFERENCIA Y EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN PROCESAL
La videoconferencia también materializa la bilateralidad tanto pasivacomo activa, el primer supuesto hace posible que el juez y demássujetos procesales, perciban en forma directa el discurrir de lasactuaciones probatorias, de igual modo es posible la bilateralidadactiva, en tanto que la contraparte puede contrainterrogar a lostestigos y peritos, el juez dirigir la audiencia y solicitar a los sujetosprocesales las aclaraciones pertinentes.
Entonces:
Las VIDEOCONFERENCIAS permiten la plena realización NO SOLO delPRINCIPIO DE INMEDIACIÓN, sino la ORALIDAD, elCONTRADICTORIO, la CONCENTRACIÓN y porque no, la celeridad yeconomía procesal, puesto que al acercar a las personas ubicadas encualquier parte del mundo no es necesario el viaje de las personas al lugarde la audiencia, lo que correlativamente economiza el gasto de recursos ytiempo.
USO DE LA PLATAFORMA BLACKBOARD PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS
Si bien más adelante se abordará el uso de esta plataforma (a través deun tutorial) se expondrán ahora algunos elementos generales para suconsideración:
Blackboard Colaborate, es una plataforma que permite generarsalas virtuales donde varios participantes se conectan y puedeninteractuar entre si de una forma fácil e intuitiva compartiendodiferentes aplicaciones, como presentaciones, escritorio de la PC,pizarra virtual entre otros
Requisitos para su uso:
Computadora de escritorio, que deberá contar adicionalmente con Cámara Web, Micrófono y Parlantes
USO DE LA PLATAFORMA BLACKBOARD PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS
Computadora portátil, puede conectarse directamente a la aplicación ya que el equipo incorpora todo lo necesario para conectarse
Tablet, deberá conectarse directamente a la aplicación ya que el dispositivo incorpora todo lo necesario para conectarse.
Teléfono Celular, de gama media o alta, podrá conectarsedirectamente a la plataforma ya que el mismo cuenta con todo lonecesario para conectarse al sistema de videoconferencia.
Para conectarse con la aplicación, deberá tener conexión establea internet. Se recomienda conectarse a las salas virtualesmediante una red WIFI, ya que la aplicación maneja audio yvideo y requiere un ancho de banda estable.
USO DE LA PLATAFORMA BLACKBOARD PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS
Si bien con cualquier navegador en su última versión,es posible conectarse a la plataforma Blackboard, serecomienda utilizar el navegador GOOGLE CHROME
Cuando sea parte del proceso, le será enviado un LINK a su correo electrónico (e-mail) o whatsapp, que tendrá la siguiente apariencia:
Ejemplo:
https://us.bbcollab.com/guest/3b697465afb34d749f820717a0dad676
Una vez haga CLICK sobre el enlace, podrá acceder a la audiencia.
NOTIFICACIONES
La notificación es el acto procesal mediante el cual el Órgano Jurisdiccional daa conocer a las partes algún acontecimiento dentro del procedimiento y sematerializa a través de la diligencia practicada, por instancia correspondiente,por lo que goza de presunción de legalidad y es eficaz desde su emisión.
Las peticiones que se realicen en relación al alcance de la circular No. 06/2020emitida por el TSJ, se ejecutarán mediante las Oficinas Gestoras deProcesos en materia penal y para las otras materias, por el personal de apoyojudicial (Oficial D.)
En materia penal las notificaciones se realizarán mediante las Oficinas Gestoras de Procesos. Para el cumplimiento de las notificaciones, es importante recordar el Art. 160 párrafo segundo (Ley Nro. 1173), que establece: Las partes en su primera intervención o comparecencia en el proceso, están obligadas a señalar su domicilio real con mención de los datos ciertos e inequívocos que posibiliten su ubicación. Desde su primera intervención también deberá asignarse a las partes el correspondiente buzón de notificaciones de ciudadanía digital. (el subrayado es propio)
VENTAJAS
Las tecnologías de información y comunicación, sontécnicas utilizadas para el manejo de todo tipo deinformación.
La videoconferencia es un sistema de comunicaciónque transmite y recepciona simultáneamente,señales de audio, imagen y datos entre dos o mássitios ubicados remotamente, en tiempo real,posibilitando la comunicación de personas,realización de conferencias, audiencias y otrasdiligencias de naturaleza judicial.
VENTAJAS
Agiliza los procesos judiciales en la realización de audiencias.
Resguarda la seguridad de las partes evitando el desplazamiento innecesario.
A objeto de garantizar el principio de publicidad, pueden ser parte de la audiencia no solo las partes sino público ajeno al proceso.
Grabación, que posibilita el almacenamiento íntegro y seguro de la audiencia.
Contar y proporcionar copia en formato digital de la grabación de audiencia, por la Oficina Gestora de Procesos.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES
A. ACCIONES PREVIAS A LA AUDIENCIA.
1. Solicitud de audiencia ya sea por el fiscal, o las partes, según
la jurisdicción. En materia penal las partes presentaránmemorial vía Oficina Gestora de Procesos. En las demásmaterias vía Servicios Judiciales.
2. La autoridad jurisdiccional (Juez y/o Vocal), dispone eldesarrollo de la audiencia mediante videoconferencia, y haceconocer al Coordinador de la OGP, vía correo electrónico u otromedio tecnológico, con una antelación de 6 horas a la audienciavirtual. En la solicitud debe identificar el tipo de audiencia,partes intervinientes, día y hora de realización de la audiencia.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES
3. El Profesional de Sistemas Informáticos de la OGP o la DAF según
corresponda, por sí mismo o con intermediación del Secretario delJuzgado o Sala Especializada, comunicará la habilitación de una Salade Audiencia Virtual.
4. El Coordinador de la OGP, con los datos proporcionados por elSecretario del Juzgado, y los datos necesarios de las partes de laaudiencia (nombres, correo electrónico y número de celular oWhatsApp) gestionará la asistencia técnica correspondiente y la
garantía de la conexión oportuna a la videoconferencia.
5. El Juez o Vocal, dispondrá la audiencia virtual y la notificación a
todas las partes (realizada por la OGP o el personal de apoyo judicial sicorresponde) Teniendo la hora señalada para la audiencia, serecomendará a las partes se conecten con al menos 15 minutos deantelación, como medida previa de verificación.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES.
B. ACCIONES DURANTE EL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA.
1. La autoridad jurisdiccional y las partes deberán ingresardesde su computadora, tablet o celular android, al link odirección electrónica establecida para el fin, con un tiempoprudente de 15 minutos antes.
2. La autoridad jurisdiccional, dirigirá desde el inicio laaudiencia verificando que en sesión se encuentren las partes delproceso. Moderará la participación de las partes en el ordenestablecido para cada audiencia, así como la producción depruebas que serán exhibidas en pantalla de cada una de laspartes.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES.
1. Presentación de la Prueba.- Toda solicitud de audiencia debe iracompañada de todos los elementos probatorios que se pretendaproducir en audiencia virtual. Las unidades administrativas y/opersonal de apoyo jurisdiccional que estén a cargo de la recepción delas solicitudes mencionadas, deberán enviar los elementos probatoriospresentados digitalizados al responsable informático de la audiencia aefecto de su producción en el formato JPG, debiendo hacer conocer ala autoridad jurisdiccional.
C. PRESENTACION Y PRODUCCIÓN DE PRUEBA.
2. Presentación de Prueba en Audiencia.- Cuando uno de losintervinientes de la audiencia virtual solicite la presentación de pruebano adjuntada a la solicitud, deberá informar a la autoridadjurisdiccional, antes del inicio formal de la audiencia, que presentaráprueba debidamente digitalizada como imagen en formato JPG, parasu producción y valoración en la audiencia virtual.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES.
3. Producción de Prueba en Audiencia. - La producción de laprueba en el desarrollo de la audiencia, se realizará a solicitud de laspartes, a efecto de compartir la prueba a las partes intervinientes parasu respectivo conocimiento. Se realizará un adecuado registro delarchivo, verificando que la imagen sea clara y legible.
El fiscal producirá toda la prueba que crea conveniente, misma queserá enviada por interoperabilidad de sistemas.
¡Importante! Debe existir una adecuada dirección deaudiencia por parte del juez o vocal, de tal manera que seproduzca la visualización de la prueba en el ordenestablecido para cada audiencia, para ello deberá contar conla asistencia del ingeniero informático responsable.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEAUDIENCIAS VIRTUALES.
Las/los profesionales ingenieras/os dependientes de las OGPy DAF, y cuando así sea necesario de la Escuela de Jueces delEstado, brindarán su apoyo y soporte técnico en laimplementación de las Audiencias Virtuales, hasta que losactores del procesos adquieran la práctica e independencianecesaria.
También brindarán su apoyo, en la gestión de la Audiencia Virtual, lasy los COORDINADORAS/ES DE OFICINAS GESTORAS DEPROCESOS, tanto en tareas previas al desarrollo de la audiencia (si asífuese necesario) como posteriores a la conclusión de la misma.
RECURSOS DE APOYO.
Se han elaborado videos tutoriales y protocolos deactuación sobre los procedimientos señalados, mismosque están disponibles en las páginas web del TribunalSupremo de Justicia, Escuela de Jueces del Estado yTribunales Departamentales de Justicia.
Es importante señalar que la Escuela de Jueces del Estado, en coordinación con la Dirección Nacional de Oficinas Gestoras de Procesos del TSJ, creará un número específico de Salas de Audiencias Virtuales para las 9 capitales de Departamento y El Alto. Una vez creadas las Salas comunicará los enlaces correspondientes a las/los profesionales informáticos de OGP y/o DAF, para efectuar las Audiencias Virtuales.
I.- PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE CAUSA YDETERMINACIÓN DE MODALIDAD DE AUDIENCIA A SERAPLICADA
1.- Para el caso de Procesos Penales:
MINISTERIO
PÚBLICO
Imputación
Interoperabili
dad vía
Sistema
PARTES
Memorial de
Solicitud
De forma
física en OGP
O.G.P
Coordinador(a) de
O.G.P., comunica
presentación y
coordina día, hora y
modalidad de
audiencia
TRIBUNAL
DE
SENTENCIA
O JUZGADO
I.- PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE CAUSA YDETERMINACIÓN DE MODALIDAD DE AUDIENCIA A SERAPLICADA
2.- Para el caso de:
a. Acciones Constitucionales.
b. Procesos judiciales en otras materias (En los departamentos en los que se ha
dispuesto el desarrollo de audiencias en otras materias ajenas al ámbito penal)
PARTES
Memorial
de
Solicitud
1.- De forma física en
Oficina de Servicios
Comunes (Plataforma).
2.- De forma física en
Juzgados y de ahí
remite a:
SALA O
JUZGADO
Pide a
Coordinador(a)
de OGP, la
habilitación de
audiencia vía
videoconferencia
O.G.P
Realizan presentación vía buzón judicial conforme al
Reglamento y Manual de Buzón Judicial publicados en
sitio web.
Manual
https://buzon.organojudicial.gob.bo/images/Manual
Buzon.pdf
Reglamento
https://buzon.organojudicial.gob.bo/images/Reglame
ntoBuzon.pdf
I.- PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE CAUSA YDETERMINACIÓN DE MODALIDAD DE AUDIENCIA A SERAPLICADA
3.- Para el caso de presentación vía buzón judicial, en los departamentos en los que
se ha dispuesto el uso del buzón judicial las partes podrán presentar las solicitudes
mediante esta herramienta tecnológica (donde no se cuente con interoperabilidad
de sistemas) o demás solicitudes en las distintas materias.
MINISTERIO
PÚBLICO O
PARTES
O.G.P
1.- O.G.P. procesa
descarga de
contenido de buzón
judicial.
2.- Posteriormente
continúa trámite
conforme a lo
establecido en los
flujos 1 y 2
precedentes
II.- PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE SALA VIRTUAL YCOMUNICACIÓN A PARTICIPANTES
Para el caso de:
a. Procesos Penales.
b. Acciones Constitucionales.
c. Procesos judiciales en otras materias (En los departamentos en los que se ha dispuesto el
desarrollo de audiencias en otras materias ajenas al ámbito penal).
Coordina
dor(a)
O.G.P.
Acredita a profesional informático que se hará cargo de la
audiencia judicial Profesional
Informático
O.G.P. ó D.A.F.
Vocal.
Juez(a).
Secretario(a).
Fiscal.
Partes
Abogados Partes.
Defensoría NAA.
Otros que sean
requeridos
Asigna Sala para el desarrollo de la audiencia y comunica ello
a Coordinador(a)
III.- PROCEDIMIENTO DE DESARROLLO DE LA AUDIENCIA JUDICIAL VÍA VIDEOCONFERENCIA
Para el caso de:
a. Procesos Penales.
b. Acciones Constitucionales.
c. Procesos judiciales en otras materias (En los departamentos en los que se ha dispuesto el
desarrollo de audiencias en otras materias ajenas al ámbito penal).
Profesional
Informático
O.G.P ó
D.A.F.
Al menos 15 minutos
antes de la audiencia
virtual, habilita la Sala.
A LA HORA
SEÑALADA SE
DESARROLLA
LA
AUDIENCIA
DESARROLLO
DE LA
AUDIENCIA
CIERRE
DE LA
AUDIEN
CIA
Profesional
Informático
O.G.P ó
D.A.F.
Al menos 15 minutos
antes de la audiencia
virtual, habilita la Sala.
A LA HORA SEÑALADA
SE DESARROLLA LA
AUDIENCIA
DESARROLLO
DE LA
AUDIENCIA
CIERRE DE LA
AUDIENCIA
A partir del inicio,
el profesional
informático realiza
la grabación de la
audiencia.
La grabación es
ininterrumpida
desde el inicio hasta
la conclusión o
suspensión formal
de la audiencia.
El profesional
informático
cierra la
grabación y
remite a la
Escuela de
Jueces del
Estado,
información
de la audiencia
realizada.
Profesional Informático O.G.P. ó D.A.F.
1.- Recibe enlace de grabación generado por el Sistema.
2.- Remite enlace de grabación a Secretario(a) para
resguardo y posterior registro en SIREJ.
3.- Remite archivos en formato JPG presentados en
audiencia a Secretario(a) para su resguardo
4.– Realiza mantenimiento de archivos de la Sala para una
siguiente audiencia.
IV.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PRUEBAS
1.- Para el caso de Imputaciones o presentación de solicitudes en Procesos
Penales en lugares en los que existe Oficina Gestora de Procesos.
MINISTERIO
PÚBLICO
Presenta
pruebas con
Imputación
PARTES
Presenta
pruebas con
Memorial de
Solicitud
Interoperabilid
ad vía Sistema
De forma física
en OGP
O.G.P
Digitaliza
pruebas para
ser
producidas en
audiencia
Profesional
Informático de
O.G.P ó D.A.F
Incorpora imágenes de
prueba en Plataforma
de Videoconferencia
IV.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PRUEBAS
2.- Para el caso de Presentación de acciones constitucionales y de solicitudes en
otras materias ajenas al ámbito penal, en lugares en los que existe Oficina
Gestora de Procesos.
PARTES
Presenta
pruebas
con
Memorial
de
Solicitud
1.- De forma física
en Oficina de
Servicios Comunes
(Plataforma).
2.- De forma física
en Juzgados.
SALA O
JUZGA
DO
Al momento de
pedir a
Coordinador(a) de
OGP, la habilitación
de audiencia vía
videoconferencia y
remite las pruebas
para su digitalización
en O.G.P,
Profesional
Informático
de O.G.P ó
D.A.F
Incorpora
imágenes de
prueba en
Plataforma de
Videoconfere
ncia
Al momento de
pedir a
Coordinador(a) de
OGP, la habilitación de
audiencia vía
videoconferencia remite
documentación y
pruebas digitalizadas
IV.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PRUEBAS
3.- Para el caso de Presentación de acciones constitucionales, imputaciones y
solicitudes en todas las materias, en lugares en los que no existe Oficina Gestora
de Procesos.
MINISTE
RIO
PÚBLICO
Presenta
pruebas con
Imputación
PARTES
Presenta
pruebas con
Memorial
de Solicitud
De forma
física en
Juzgados
SECRETA
RIO(A) DE
TRIBUNAL
DE
SENTENCI
A O
JUZGADO
TRIBUNAL
DE
SENTENCIA
O JUZGADO
Profesional
Informático de
O.G.P ó D.A.F
Incorpora
imágenes de
prueba en
Plataforma de
Videoconferencia
1.- Requiere
imputación,
memorial y prueba
digitalizada a fiscal
o a las partes.
2.- Caso contrario,
digitaliza la
documentación
mediante
fotografías en
formato JPG
Solicitan presentar y producir prueba en el momento procesal que corresponde
Autoriza presentación y producción de prueba vía sistema de videoconferencia
IV.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PRUEBAS4. Presentación y producción de prueba en audiencia virtual (Cuando la misma no fue presentada con la imputación o con la solicitud realizada por las partes.
FISCAL O LAS
PARTES JUEZ(A)
Antes del inicio de la audiencia
virtual han digitalizado documentos en formato JPG y han
cargado éstos en el
equipo desde el cual
participarán en
audiencia.
Previa autorización
consulta a las partes si
la prueba presentada es original o
copia.
FISCAL O LAS PARTES
1.- Presentan y producen prueba
conforme a procedimientos
para subir documentos en
Plataforma Blackboard.
2.- En caso de tener
inconvenientes, solicita
autorización a Juez(a) para
recibir apoyo de prof. informático
que gestiona la audiencia