Upload
others
View
6
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
"12ª Resolución a las RCGMCE"
Eduardo Reyes Díaz Leal
@erdl7 09 de Julio de 2014
¡Bienvenidos!
Sesión Extraordinaria
Comunidad Virtual Aduanera
Membresía
Expertos
Biblioteca Digital
Reuniones Virtuales
Conocimiento y Estrátegia
Tipo Objetivo Acceso
Ordinaria
Búsqueda de
soluciones y
eficiencia
Membresía
Extraordinaria 1 Explicaciones
técnicas Membresía y PPE
Extraordinaria 2 Mejores prácticas
y cultura
Comunidad
Abierta
1.4.3
Se precisa que debe sujetarse al procedimiento de la regla 1.4.2 para que el mandatario del AA primario pueda operar para el Sustituto autorizado.
2.1.4
Se amplía el plazo para la importación de vehículos y sus partes de lunes a sábado de 9 a 12 horas como si se tratara de días hábiles.
3.1.36
Se establece el registro marcario de importación de cualquier régimen del anexo 10 apartado A sector nueve, y del Anexo 30.
Adicionan
La Certificación del Socio Comercial
tratándose del transporte terrestre,
cambia la Autoridad de ACALCE por
AGA como la Autoridad Competente
Reforma 3.8.14/3.8.15
Reforma las reglas : 5.2.13/14/15/16/17/18/19
Se Adicionan las reglas
5.2.20/5.2.21
Hacen ajustes legales de precisión y redacción
Los esquemas AA y AAA son movidos a reglas específicas
Se elimina la posibilidad de no suspender el padrón sectorial de
importación a las empresas AA
Se eleva a 40 días la resolución de las solicitudes
Se reestructura el capítulo de las Reglas para darle apartados
especiales a las empresas AA y AAA. El inciso E de la Regla
5.2.13 se convirtió en la nueva 5.2.20
Reformas Empresa Certificada
Se reduce el plazo de reporte de modificación a socios,
accionistas, clientes y proveedores, pasando de 6 meses a
forma mensual
Eliminan el estar al corriente con lo relativo al sistema SIPARE
Precisiones jurídicas sobre el procedimiento de
cancelación, eliminando aquellos que no
podían ser demostrados
Se emitirá una línea de captura para registrar el uso del crédito
fiscal para efectos del IVA y del IEPS. Pendiente de Reglas
Nuevas Reglas
5.2.20
La regla que sustituye al inciso E de la 5.2.13
5.2.21
Se establece el seguimiento del cumplimiento de los requisitos y se faculta a la Autoridad para requerir información adicional a los Certificados: En materia de:
Opinión favorable propia
Opinión favorable de terceros
Empresas morosas
Establecimiento de créditos
Reducción de personal
Se otorgará un plazo de 15 días para alegar y probar, so pena de inicio de procedimiento de cancelación
Las causales de cancelación que implique una reducción de tipo de Certificación serán consideradas por la Autoridad
Reforma 6.1.1
Precisan que es el régimen al que se refiere el
tipo de operación, se elimina el valor de la NO
rectificación y se establece la obligación de
anexar la autorización al pedimento
Futuro de las Reglas de Carácter General
Seguramente se publicará el
Reglamento a finales de este mes
Por tal motivo el curso de Reglas será para este
año REGLAMENTO Y RCGMCE
Un mes después aproximadamente
se publicará la Miscelánea de
Comercio Exterior Apostamos al 30 de agosto del 2014
Preguntas y Respuestas
¡GRACIAS!
Eduardo Reyes Díaz-Leal
Bufete Internacional @erdl7
Tel. 01 (55) 1500-14 00
www.comerciointernacional.com.mx