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Presentación de PowerPoint“N Constitución Política del Estado Libre y soberano de Puebla Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos por los actos u

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INTRODUCCIÓN

Nuestra Leyes nos brindan una amplia gama de conceptos respecto a la responsabilidad

administrativa, así como, elementos concordantes entre ella, como podemos verlo a

continuación:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Incurren en responsabilidad administrativa aquellos servidores públicos que por sus actos

u omisiones falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el

desempeño de sus empleos, cargos o comisiones (Art. 109, Fracc. III).

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Los sujetos de dicha Ley, deberán ajustarse a la misma, durante el desempeño de sus

empleos, cargos, comisiones y obligaciones, para salvaguardar los principios de legalidad,

honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio público (Art. 7).

INTRODUCCIÓN

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos que no cumplan una o

más de las obligaciones que con ese carácter tienen, motivando la instrucción del

procedimiento administrativo ante los órganos disciplinarios y la aplicación de sanciones

que en esta Ley se establecen (Art. 49).

Ley Orgánica Municipal (del Estado de Puebla)

La responsabilidad de los servidores públicos municipales se rige por lo dispuesto en la

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, las leyes reglamentarias y las

que resulten aplicables de manera específica a los Municipios (Art. 223).

INTRODUCCIÓN

Constitución Política del Estado Libre y soberano de Puebla

Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos por los actos u

omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban

observar en el desempeño de sus empleos cargos o comisiones (Art. 125305, Fracc. IV,

Segundo párrafo).

Los elementos concordantes entre los conceptos de responsabilidad administrativa en

nuestras leyes, son precisamente, los bienes jurídicamente tutelados por la Carta Magna, es

decir:

• Legalidad.

• Honradez.

• Lealtad.

• Imparcialidad.

• Eficiencia.

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Tribunal de Justicia

Administrativa

Auditoría Superior de la Federación

Delitos Graves

Órganos Internos de Control

Delitos Graves

Órganos Internos de Control Estatales y Municipales

Delitos Graves

El Tribunal de Justicia

Administrativa competente

resolverá, sobre las faltas

administrativas graves que sean

investigadas y susbstanciadas

por la Auditoría Superior de la

Federación y los Órganos

Internos de Control, o por sus

homólogos en la Entidades

Federativas (Art. 109, Fracc. III,

Párrafo Segundo).

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Órganos Internos de Control

Demás Delitos

Órganos Internos de Control Estatales y Municipales

Demás Delitos

Las demás faltas y sanciones

administrativas, serán conocidas

y resueltas por los Órganos

Internos de Control (Art. 109,

Fracc. III, Párrafo Segundo).

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

La Secretaría de la Función Pública

establecerá las normas y

procedimientos para que las quejas o

denuncias del público sean atendidas

y resueltas con eficiencia (Art. 10,

Párrafo Tercero).

Secretaría de la Función Pública

Emitirá las Normas y Procedimientos

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Las Cámara de Senadores y Diputados del Congreso de la

Unión

Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura

Federal

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El Instituto Federal de Telecomunicaciones

Conforme a la legislación

respectiva, y por lo que hace a

su competencia, establecerán

los Órganos y Sistemas para

identificar, investigar y

determinar las

responsabilidades derivadas del

incumplimiento de las

obligaciones de los servidores

públicos, así como para

imponer las sanciones previstas

(Art. 11).

Órganos y Sistemas

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

La Secretaría de la Función Pública impondrá

las sanciones correspondientes a los

Contralores Internos y a los Titulares de las

Áreas de Auditoría, de Quejas y de

responsabilidades cuando se abstengan

injustificadamente de investigar o sancionar a

los infractores, o que al hacerlo no se ajusten a

las disposiciones jurídicas o administrativas

aplicables, así como cuando incurran en actos

u omisiones que impliquen responsabilidad

administrativa (Art. 17).

Secretaría de la Función

Pública

Controladores Internos

Titulares de las Áreas de Auditoría

Titulares del Área de Quejas

Titulares de las Áreas de

Responsabilidades

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

La Secretaría de la Función Pública

El Contralor Interno

Titular del Área de Responsabilidades

La Secretaría de la Función

Pública, el Contralor Interno o

el Titular del Área de

Responsabilidades impondrán

las sanciones administrativas,

mediante procedimiento (Art.

21).

Sanciones

Administrativas

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla

Tribunal de Justicia

Administrativa del Estado

Auditoría Superior del Estado

Delitos Graves

Órganos Internos de Control Estatales

Delitos Graves

Órganos Internos de Control Municipales

Delitos Graves

El Tribunal de Justicia

Administrativa del Estado

resolverá, sobre las faltas

administrativas graves que sean

investigadas y susbstanciadas

por la Auditoría Superior del

Estado y los Órganos Internos

de Control Estatales y

Municipales (Art. 125, Fracc. III,

PárrafoTercero).

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla

Órganos Internos de Control Estatales

Demás Delitos

Órganos Internos de Control Municipales

Demás Delitos

Las demás faltas y sanciones

administrativas, serán conocidas

y resueltas por los Órganos

Internos de Control (Art. 125,

Fracc. III, Párrafo Tercero).

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

La Secretaría de la Contraloría General

del Estado

Los Ayuntamientos

Los Órganos que determinen las Leyes

La Secretaría de la Contraloría General del

Estado, los Ayuntamientos y los Órganos que

determinen las Leyes, en el ámbito de sus

respectivas competencias, establecerán unidades

específicas que dependerán del órgano de control

correspondiente, a las que el público tenga fácil

acceso para presentar quejas y denuncias por

incumplimiento de las obligaciones de los

servidores públicos que establece la presente Ley,

con las que se iniciará en su caso el

procedimiento correspondiente (Art. 52).

Unidades

Específicas

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

La Secretaría de la Contraloría

General del Estado establecerá las

normas y procedimientos para que

las denuncias del público sean

atendidas y resueltas con eficiencia,

salvo las relativas a las quejas contra

servidores municipales, que serán

dictadas por los Ayuntamientos

respectivos (Art. 53).

Secretaría de la Contraloría General

del Estado

Emitirá las Normas y Procedimientos

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

La Secretaría de la Contraloría General del Estado

Los Ayuntamientos

Los Órganos de Control

La Secretaría de la contraloría

General del Estado, los

Ayuntamientos y los Órganos

de Control que determinen las

Leyes al conocer, investigar y

sancionar el incumplimiento de

las obligaciones de los

servidores públicos (Art. 53

Bis).

Investigarán y

sancionarán

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

El Poder Legislativo

El Poder Judicial

El Poder Legislativo y el Poder

Judicial, establecerán los

órganos y sistemas para

identificar, investigar y

determinar las

responsabilidades derivadas del

incumplimiento de las

obligaciones de los servidores

públicos (Art. 56).

Órganos y Sistemas

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla

Secretaría de la Contraloría General del Estado

Ayuntamientos

La Secretaría de la Contraloría

General del Estado y los

Ayuntamientos, en el ámbito de

sus respectivas competencias,

impondrán y ejecutarán las

sanciones correspondientes a

los Titulares y Personal de los

Órganos de Control cuando

éstos incurran en

responsabilidad administrativa

(Art. 64).

Titulares y Personal de

los Órganos de

Control

DESARROLLO DEL TEMA

Órganos Reguladores de la Responsabilidad Administrativa

Ley Orgánica Municipal

La responsabilidad de los servidores

públicos municipales se rige por lo

dispuesto en la Constitución Política

del Estado Libre y Soberano de

Puebla, las leyes reglamentarias y las

que resulten aplicables de manera

específica a los Municipios. (Art.

223).

Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de Puebla

Responsabilidad de los Servidores

Públicos

PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD

1. ¿En qué actos u omisiones puede incurrir un servidor público?

Aquellos actos u omisiones que afecten los bienes jurídicos tutelados por la Constitución y demás leyes

aplicables, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, los cuales son contra:

La honradez.

La legalidad.

La lealtad.

La imparcialidad.

La eficiencia.

Podemos mencionar los siguientes actos u omisiones:

El ataque a las instituciones democráticas.

El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal.

Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales.

El ataque a la libertad de sufragio.

La usurpación de atribuciones.

Cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la

Federación, a uno o varios Estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el

funcionamiento normal de las instituciones.

PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD

Las omisiones de carácter grave en términos del anterior punto.

Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública

Federal o del Distrito Federal y a las leyes que determinen el manejo de los recursos económicos

federales y del Distrito Federal.

2. ¿En qué artículos se encuentra fundamentada su actuación?Los siguientes Artículos no solo fundamentan su actuación, sino también el procedimiento de quejas,

denuncia, investigación y sanción correspondiente.

Artículos 108 al 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 124 al 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

Artículo 7 al 34 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 49 al 80 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.

CONCLUSIONES

No podemos perder de vista que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en primera instancia

es quien regula las responsabilidades de los servidores públicos, la cual, aplica dependiendo el tipo de responsabilidad de

que se trate, derivado de un acto u hecho cometidos, pudiendo ser:

• Responsabilidad Política.

• Responsabilidad Penal.

• Responsabilidad Administrativa.

• Civil o patrimonial.

La Enciclopedia Jurídica Mexicana (2002), determina “Por responsabilidad puede entenderse la obligación que tiene una

persona de subsanar el perjuicio producido o el daño causado a un tercero, porque así lo disponga una ley, lo requiera

una convención originaria, lo estipule un contrato, o se desprenda de ciertos hechos ocurridos con independencia de

que en ellos exista o no culpa del obligado a subsanar.”

Con base a esta definición, en términos generales podemos destacar tres elementos fundamentales aplicados a todo tipo

de responsabilidades:

• El daño o perjuicio.

• La obligación.

• Subsanar o reparación.

CONCLUSIONES

Respecto a la Responsabilidad Administrativa, como pudimos analizarlo en la Introducción de la presente actividad, donde

diversos mandamientos jurídicos nos brindas una conceptualización de la misma, podemos concluir que es aquella en la

que incurre un servidor público por realizar actos u omisiones que afecten los bienes jurídicos tutelados por la propia

Constitución y demás leyes aplicables, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, los cuales son:

• La honradez.

• La legalidad.

• La lealtad.

• La imparcialidad.

• La eficiencia.

Finalmente, queda en manos de las propias autoridades el supervisar, investigar y sancionar la conducta de los servidores

públicos durante el ejercicio de sus cargos, de tal manera que las obligaciones a las que deben dar cumplimiento, lo hagan

con estricto apego a derecho y con actitud de servicio en favor del interés común.

FUENTES DE CONSULTA

• Cámara de Diputados (2016). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. [Texto en PDF]. Disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm

• Congreso del Estado de Puebla (2016). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. [Texto en PDF].

Disponible en file:///C:/Users/Usuario/Downloads/CONSTESTADO.pdf

• Cámara de Diputados (2016). Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. [Texto en PDF].

Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/115_180716.pdf

• Congreso del Estado de Puebla (2016). Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. [Texto

en PDF]. Disponible en file:///C:/Users/Usuario/Downloads/LEYRESPOSABILIDADES.pdf

• Congreso del Estado de Puebla (2016). Ley Orgánica Municipal. [Texto en PDF]. Disponible en

file:///C:/Users/Usuario/Downloads/LeyOMunicipal%20(1).pdf