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Aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Mtro. José Guadalupe Luna HernándezComisionado
Capacitación Regional en el MunicipiosIxtapan de la Sal
27 de abril de 2017
*Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 13.**Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo sexto, sección A, fracción I.***Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Claude Reyes y otros vs. Chile. Sentencia de 19 de septiembre de 2006. Serie C. No. 151. Párr. 86.****Ibídem. Párr. 87.*****Declaración conjunta del Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, el Representante para la Libertad de losMedios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Relator Especial de la Organización de los EstadosAmericanos (OEA) para la Libertad de Expresión (2004), disponible en http://www.oas.org/es/cidh/expresion/documentos_basicos/declaraciones.asp.
La igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información* enposesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderesEjecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos,fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral osindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en elámbito federal, estatal y municipal,** que se constituye como una herramientafundamental para ejercer el control democrático de las gestiones estatales, deforma tal que puedan cuestionar, indagar y considerar si se está dando unadecuado cumplimiento de las funciones públicas, *** fomentando latransparencia de las actividades estatales y promoviendo la responsabilidad de losfuncionarios sobre su gestión pública,**** que permite saber qué están haciendolos gobiernos por sus pueblos, sin lo cual la verdad languidecería y la participaciónen el gobierno permanecería fragmentada.*****
Definición del DAI
Garantías Primarias el DAI
- Documentar todas sus decisiones.
- Clasificar, ordenar y resguardar el acervo documental.
- Condición necesaria para acceder a la información pública.
- Difundir, de oficio, un conjunto de información común para todos los sujetos obligados y específica, de acuerdo con las funciones de cada uno de ellos.
- Procedimiento de acceso a la información pública.
Obligación
Deber de los sujetos obligados de documentar todo acto que se derive del ejercicio de sus facultades, competencias
y funciones.
• Deber de los sujetos obligados de preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados.
¿Qué es lo que vamos a documentar?
• La información que se refiera a las facultades, competencias y funciones señaladas en:
Art. 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
Art. 122-128 de la Constitución del
Estado
Ley Orgánica Municipal
Código Administrativo
Código Financiero
Educación
Salud
Seguridad Pública
Ley de Transparencia
Ley de Contratación
Pública
Ley de Derechos Humanos
¿Todas estas facultades, competencias y funciones están identificadas?
Bando ReglamentoPlanes y
programas Presupuesto Acuerdos Informes
Expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia,acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos,notas, memorandos, estadísticas…(escritos, impresos, sonoros, visuales,electrónicos, informáticos u holográficos).
¿En dónde vamos a documentar? ¿Qué es un documento?
a) Exclusivamente por el sujeto obligado coninformación totalmente pública (Presupuestos,reglamentos, decretos, etc.)
a) Por la autoridad a partir de la información queel particular le ha proporcionado y que reflejaun acto de autoridad. (Licencia de construcción,boleta de impuesto predial, expedientesclínicos)
• Toda la información que generen, posean o administren lossujetos obligados pudo generarse por:
c) Por el particular en un formato diseñado por laautoridad. (Declaración de impuestos, manifestaciónde bienes de un servidor público, formato parasolicitar la expedición de una licencia)
d) Exclusivamente por un particular (Petición dirigidapor el particular a la autoridad)
¿Cómo vamos a preservar los documentos? Gestión Archivística
• Programa Anual de Desarrollo Archivístico. 01 de enero de 2017
6. Cuadro de clasificación archivística
7. Inventarios documentales
• General• De transferencia• De baja
04 de mayo de
20173. Catálogo de disposición documental
4. Guía de expedientes clasificados
5. Índice de expedientes clasificados
30 de mayo de
2017
1. Sistema Institucional de archivos
2. Instrumentos de control y consulta archivísticos
Proceso de resguardo de la documentación
11
• Preservar
• Ordenar
• Clasificar
Gestión documental adecuada
• A. Trámite
• A. Concentración
• A. Histórico
Transmisión Documental
• Documentos Públicos
• Datos Personales
Medidas de Seguridad
Artículo 27 de los Lineamientos para la
valoración documental y Artículo 16 de los
Lineamientos de archivo del SNT
Artículo 20. De los Lineamientos para la
valoración documental
Expedientes concluidos
(2 años en trámite)
Expedientes concluidos con
solicitud de acceso a la información.
Vigencia documental más 2 años.
Artículo 8 Ley de Documentos
Administrativos e Históricos del Estado de
México
20 años en conservación
Proceso de documentación
12
Límites de las declaratorias
de inexistencia
Artículo 169
Artículo 170
Comité de Transparencia
Responsable del área
coordinadora de archivos
Titular del órgano de control interno
Titular de la Unidad
InexistenciasArt. 169
Analizar el caso y tomar medidas para localizar la
información.Expedir resolución que confirme la inexistencia.
Ordenar, de ser posible, la generación.
Notificar al órgano de control e iniciar el procedimiento
Declaratoria. Art. 170Elementos mínimos
que den certeza de un criterio de búsqueda
exhaustivo.Circunstancias de
tiempo, modo y lugar de la existencia.
Probable responsable.
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IPOMEX
365 días del año
24 horas al día
Obligaciones Comunes y Específicas de Transparencia
•En septiembre de 2016, se aprobaron las modificaciones para que se puedan cargar las obligaciones comunes.
• 52 Obligaciones comunes• 30 Obligaciones específicas
Tabla de aplicabilidad
Presenta una denuncia
Cualquier persona
•Tres días para admitir
•Tres días del SO para Informe
INFOEM
•20 días para resolver
•3 días para notificar
INFOEM
15 días para que el
SO cumpla
5 días para el primer apercibimiento
5 días y se emite acuerdo de
incumplimiento y medidas de apremio.
Denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia
16
Se presenta solicitud Tres días para declinar ante las notorias incompetencias
Cinco días
Detalles para localizar
(interrumpe los plazos)
Cinco días para señalar fuente
•Garantizar
•Turno
U. De T.
•Cuenten o deban tener
•Facultades, competencias y funciones
Todas las A.
•Exhaustiva
•Razonable
Búsqueda
Procedimiento de acceso a la información
Entregar Negar
Quince días para responder Siete días de prórroga
Modalidades de entrega de información
Artículo 155, fracción V
Verbal
SAIMEX
Consulta directa
Copias simples
Copias certificadas
Cualquier otro medio de
reproducción
Recurso de revisión, garantía secundaria
•Apercibimiento
•Admisión
Admisión del RR
•7 días para presentar pruebas
•Alegatos
Se abre el expediente
Elaboración de la resolución
Cierre de Instrucción
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Procedimiento del Recurso de Revisión
AudienciaAmpliación
del PlazoCierre de
Instrucción
Se presenta el recurso
Tres días para subsanar deficiencias
(Interrumpe el Plazo)
Tres días para admitir o rechazar
•7 Días para la publicidad del Expediente
• Manifestaciones de las partes
• Cuando el informe modifica la respuesta
Recurrente• Se le da vista
para que se manifieste
SobreseimientoSujeto Obligado
Treinta días para resolver
• Usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir oinutilizar total o parcialmente, sin causa legítima, lainformación.
• Declarar, con dolo o negligencia, la inexistencia deinformación, cuando deba generarse en ejercicio de susfunciones.
• Declarar la inexistencia cuando la información sí exista.
• No documentar, con dolo o negligencia, el ejercicio de suscompetencias.
Pero, si lo preventivo no fuera suficiente, hay que señalar que son causas de sanción:
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios
www.infoem.org.mx
[email protected]@infoem.org.mx
Teléfono: (722) 226 19 80
Pino Suárez S/N, actualmente Carretera Toluca-Ixtapan No. 111, Col. La Michoacana, Metepec, Estado de México, C.P. 52166
/infoem@jossssselun@Infoem