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MARCELA CASTRO CIFUENTES

Presentacion 1

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Page 1: Presentacion 1

MARCELA CASTRO CIFUENTES

Page 2: Presentacion 1

EMPRESARIO

COMERCIANTE

• Articulo 10 del código del comercio

• Actos de comercio

• Titular de una empresa

• En cuyo patrimonio radican derechos y obligaciones

• Realiza profesionalmente actos de comercio

• Empresario mercantil

Page 3: Presentacion 1

Como se adquiere

la calidad de

comerciante

COMERCIANTE

PERSONA

NATURAL

Capacidad

,Inhabilidades e

Incompatibilidades

COMERCIANTE

PERSONA

JURIDICA

1. Estar matriculado en el registro mercantil

2. Anunciarse públicamente como comerciante

3. Tener abierto al publico un establecimiento

Page 4: Presentacion 1

2.

Page 5: Presentacion 1

C

Deberes Ante el

registro mercantil

Deberes respecto a

la información

comercial

1. Matricula de los comerciantes

2. Matricula de los establecimientos de

comercio

3. Funciones de la matricula mercantil

4. Renovación de la matricula mercantil

Efecto jurídico fundamental

de la inscripción

Page 6: Presentacion 1
Page 7: Presentacion 1

1. Naturaleza jurídica de las cámaras de comercio:

Unas privadas y gremiales Otras públicas que han sido atribuidas por las leyes con autorización de la constitución Política.

Las cámaras de comercio cumplen diversas funciones previstas en el art. 86 de la misma obra y normas concordantes:

Llevar, conservar, custodiar y administrar el registro mercantil tarea útil y necesaria que presta a la actividad económica la posibilidad de configuración de uno de sus supuestos mas importantes, que es la organización. Se deriva otro elemento importante del Estado constitucional que es la seguridad jurídica.

La superintendencia de Industria y Comercio (SIC) compete la vigilancia y control de las cámaras de comercio en el ejercicio de sus funciones y puede imponerles sanciones administrativas por violación de su régimen legal.

Page 8: Presentacion 1

2. Control de legalidad:

Carecen de facultad para verificar si un acto o documento cuyo registro solicita éste dentro de las leyes sustantivas que establecen para su eficacia.

Por esto no pueden negarse a realizar la inscripción aunque consideren que aquellos adolecen de algún vicio.

3. Naturaleza administrativa de los actos de registro: Son actos administrativos especiales y actos demandables ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo mediante la acción de nulidad.

Page 9: Presentacion 1

CONTABILIDAD

ACTAS DE ASAMBLEAS

JUNTAS DE SOCIOS

REGISTRO DE ACCIONISTAS

Page 10: Presentacion 1

SANCIONES CIVILES SANCIONES TRIBUTARIAS

SIEMPRE Y CUANDO QUE LOS EXISTENTES

PERMITAN VERIFICAR LA REALIDAD

ECONOMICA DE LA SOCIEDAD…

Page 11: Presentacion 1

Reservas de los libros de comercio

Articulo 15 constitución política de Colombia

Impide acceso a terceros a documentos privados de otras

personas

Articulo 61 código de comercio

Reservas de los libros y papeles del comerciante

Page 12: Presentacion 1

El articulo 74 de constitución política

consagra

Los ciudadanos pueden consultar documentos que reposen en oficinas

publicas Pueden solicitar expedición de

copias

Excepto documentos que estén bajo reserva legal o

traten asuntos de defensa

o seguridad nacional

Page 13: Presentacion 1

Exhibición de libros

Gozan de

reserva

Procesos civiles

Solo pueden ser examinados por propietarios en

el domicilio principal del

organo

Cuestiones tributarias,

obtención de pruebas judiciales

Sin perjuicio del derecho de inspección

consagrado por la ley

Casos previstos (Constitu

ción política)

Const. Pol.,art.15; C. de

Co., arts. 61 y 63

Exhibición total (Art

64 Co., Com)

Exhibición parcial (C.

de Co.,Art 65 y C., de P. C.,

ar 288

Page 14: Presentacion 1

Conservación de los libros

Conservar con arreglo de la ley la correspondencia y documentos correspondiente con sus negocios (Art 19,

Numeral 4, Código del comercio)

Art 28 de la ley 962 de 2005 “Racionalización de la conservación de libros y papeles de comercio”

“Igual termino aplicara en relación con las personas,

NO COMERCIANTES

Lo anterior sin perjuicio de los términos menores consagrados en normas

especiales

Libros y papeles serán conservados por 10

años a partir del ultimo asiento

Cualquier medio (Técnico, Magnético, Electrónico)

el cual permita su replica exacta

Page 15: Presentacion 1

Requisitos de libros contables Código de comercio y ley 527 de 1999

• Que la información que contenga se accesible para su posterior consulta. 1

• Que el mensaje de datos o el documento sea conservado en el formato que se haya generado, enviado o recibido o en algún formato que permita demostrar que reproduce

con exactitud la información generada. 2

• Que se conserve de haber alguna, toda información que permita determinar el origen, el destino del mensaje, la

fecha y la hora en que fue enviado o recibido el mensaje o recepción de los mensaje de datos.

3

Page 16: Presentacion 1

Denunciar la cesación de pagos

Dificultades económicas de los

comerciantes

Numeral 5 del art 19

Co. Comercio

Denuncia juez competente la cesación en el pago

corriente de sus obligaciones mercantiles

Expedición ley 222 de

1995

Normas que lo siguieron leyes 550 de 1999 y 1116

de 2006

Sistema que prevé mecanismos de recuperación de las empresas

cuando ella es financieramente viable

Ordena liquidación para el pago ordenado de los créditos,

respetando los principios jurídicos sustantivos del patrimonio como prenda general de los acreedores

Par conditio creditoris

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Régimen Concursal, Consagrado en ley 1116 de 2006 (Insolvencia empresarial)

Proceso de reorganización

empresarial Liquidación Judicial

Cobija a comerciantes y no comerciantes, establecidos como personas juridicas.

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Acceso al régimen de insolvencia

Cuando el deudor incumple dos o mas obligaciones a dos o mas acreedores por mas de 90 días y tales

acreencias representan al menos el 10 % del pasivo total a cargo el deudor.

Incapacidad de pago inminente se presenta cuando el deudor acredita la existencia de circunstancias en el

mercado que afecten o puedan afectar el pago de sus obligaciones.

Con vencimiento hasta de un año (Ley 1116 de 2006 art 9).

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Liquidación judicial

Ley 1116 de 2006 art 9 Es el régimen común al que se somete los comerciales y

demás personas sujetas

No se extiende a entidades

con estatutos especiales

como

El régimen de la ley 1105 del 13 de diciembre del 2006 para

entidades estatales

Institutos de salvamento y la liquidación forzosa administrativas y

financieras al mercado de valores

Toma de posesión y liquidación de las empresas de servicios

públicos y domiciliarios

Page 20: Presentacion 1

Deberes frente al mercado

Abstenerse de realizar actos de

competencia desleal

Numeral 6 del articulo 19 del

Código del Comercio

Competencias y las fuerzas del mercado mas no las conductas desleales de los competidores,

las que determinen la oferta y la demanda de los productos y

servicios y las preferencias de los consumidores

Page 21: Presentacion 1

Normas de competencias desleal ( Ley 25 1996)

Derecho Antimonopolístico, para el control de restrictivas de la competencia (ley 155 de

1959, decr. 2153 de 1992

Derecho de la propiedad intelectual con sus componentes derecho de autor y propiedad

industrial (Normas de la comunidad andina, cro 351de 1993y 486 de 2000

Normas de protección al consumidor (decr. 3466 de 1982 y normas concordantes)

Derecho antidumping practicas restrictivas de la competencia en el comercio internacional (decr. 991 de 1998)

Page 22: Presentacion 1

¿Qué es antidumping?

Acción legal destinada a proteger los mercados

internos de la competencia desleal proveniente

del exterior, derivada del uso de precios que no

cubren los costos de producción.

Page 23: Presentacion 1

Reglamenta la competencia desleal en Colombia

LEY 256 DE 1996

Articulo 7°

Se considera que constituye competencia desleal, todo acto o

hecho que se realiza en el mercado con fines, concurrencia les,

cuando resulte contrario a las sanas costumbres mercantiles,

al principio de la buena fé comercial, a los usos honestos en

materia industrial o comercial, o bien cuando este encaminado

a afectar o efectuar la libre decisión del comprador o

consumidor, o el funcionamiento concurrencia del mercado.

Page 24: Presentacion 1

ACTOS DE DESVIACIÓN DE CLIENTELA

Articulo 8°

Se prohíbe ganar clientela ajena

mediante el empleo de maniobras

desleales, o realizando actos

contrarios a los usos honestos de

los hombre de negocios.

Demanda de Productos Quaker S.A a Qikely LTDA presentación parecida.

Page 25: Presentacion 1

ACTOS DE DESORGANIZACIÓN

Articulo 9°

El competidor desleal crea

para si una ventaja

competitiva, a costa de la

debilidad del contrincante.

Ofrecimiento de trabajo y la contratación de

funcionarios de confianza, u ofrecimiento

de mejores salarios y posibilidad de ascenso.

Page 26: Presentacion 1

ACTOS DECONFUSIÓN

Articulo 10°

Los signos distintivos, como los

nombres comerciales, las enseñas

y las marcas de productos y

servicios es un requerimiento de

diferenciación evitando la confusión

en el mercado.

La Superintendencia de Industria y Comercio preciso el uso de un

signo distintivo, ajeno por parte de una

persona no autorizada afecta el ordenamiento

jurídico.

Page 27: Presentacion 1

ACTOS DE ENGAÑO

Articulo 11°

Actos tendientes a inducir al

publico consumidor a error

sobre las prestaciones o el

establecimiento de un

competidor.

Cuando se hacen manifestaciones incorrectas sobre los productos o servicios ajenos.

Page 28: Presentacion 1

ACTOS DESCRÉDITO

Articulo 12

Acto de difundir aseveraciones

falsas sobre un competidor, sus

productos o servicios para difamarlo

y provocar su salida del mercado.

No hay descredito bajo el numeral 12 si no se denuncia ante

las autoridades competentes.

Page 29: Presentacion 1

ACTOS DE COMPARACIÓN

Articulo 13 Utilizar indicaciones falsas o

se omitan las verdaderas; se

considera desleal la

comparación que se refiera a

extremos que no sean

análogos ni probables. Una creación puede

ser libremente imitada a menos que se goce

de un derecho de exclusividad.

Page 30: Presentacion 1

EXPLOTACIÓN DE LA REPUTACIÓN AJENA

Articulo 15 Aprovechamiento en

beneficio propio de la buena

fama comercial que otro

empresario ha adquirido para

si o para sus prestaciones

mercantiles.

Esta conducta suele ir acompañada de actos

de imitación, de confusión, de violación

de signos distintivos pero la autoridad le da

tratamiento autónomo.

Page 31: Presentacion 1

VIOLACIÓN DE SECRETOS

Articulo 16 Es desleal la revelación sin

autorización del titular, de

secretos industriales o

empresariales, de informaciones

que tienen carácter reservado a

los que una persona ha tenido

acceso legítimamente con

obligación de confidencia.

La Superintendencia estimo que no existe

secreto empresarial que proteger cuando no se

acredita la utilización de una formula o receta que

no sea utilizada convencionalmente.

Page 32: Presentacion 1

INDUCCIÓN A LA REPUTACIÓN

CONTRACTUAL

Articulo 17

Se considera desleal la inducción de trabajadores, proveedores,

clientes y demás obligados a infringir las obligaciones contraídas

con los competidores.

Page 33: Presentacion 1

VIOLACIÓN DE NORMAS

Articulo 18 Cuando se logra una ventaja en

el mercado con la infracción de

una norma jurídica se configura

una conducta de competencia

desleal. Cuando una empresa no cuenta

con licencia.

Page 34: Presentacion 1

PACTOS DESLEALES DE EXCLUSIVIDAD EN

LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO

Articulo 19 Cuando se restringe el acceso

de los competidores al

mercado o monopolizar la

distribución de productos o

servicios. La ley 446 de 1998, en el articulo 143, confirmo a la

Superintendencia de Industria y Comercio

facultades jurisdiccionales para conocer las infracciones

de competencia desleal.

Page 35: Presentacion 1

EL EMPRESARIO

PARA EL DERECHO COMERCIAL

Empresario mercantil es el elemento subjetivo de la empresa.

Propone y desarrolla ideas de negocio.

Asume riesgos del éxito.

Pretende generar ingresos superiores a sus costos.

Page 36: Presentacion 1

EN SENTIDO CONSTITUCIONAL

La constitución en el articulo 333, establece que la empresa

es base del desarrollo y tiene una función social que implica

obligaciones.

Radica en la cabeza del empresario.

Cobija a todos los sujetos que participan en el proceso económico.

La constitución no solo reconoce derechos sino que le impone responsabilidad social.

Page 37: Presentacion 1

EN EL DERECHO LABORAL

El objetivo de derecho laboral es la relación de trabajo; para

que exista empresa en el derecho laboral se requiere que la

explotación económica se realiza con la presencia de un

empresario-empleador que se contrate y remunere la labor de

1 o mas personas naturales.

Radica en la cabeza del empresario.

Cobija a todos los sujetos que participan en el proceso

económico.

Page 38: Presentacion 1

EN EL DERECHO TRIBUTARIO

El derecho tributario no establece una definición propia de lo

que es el empresario.

Impuesto Nacional de Renta y Complementarios; contribución de régimen especial.

Personas naturales , sucesiones ilíquidas, sociedades y otras entidades.

33% de impuesto sobre el beneficio neto.

Corporaciones, fundaciones y asociaciones sin animo de lucro “régimen especial”.

20% de impuesto sobre el beneficio neto.

Cooperativas, sus asociaciones, uniones, leas centrales, organizamos de grado superior de carácter financiero y otras entidades del sector cooperativo.

Exentas del impuesto, siempre que el 20% del remanente se invierta en programas de educación.

Page 39: Presentacion 1

Pertenece al ámbito local-distrital o municipal-, por lo cual corresponde decretarlo a los respectivos concejos municipales o distritales, según el caso.

Impuesto municipal de industria y comercio (ICA).

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2. Obligación de expedir facturas

La legislación impositiva establece que todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera deben expedir factura o documento equivalente y conservar copia de ella por cada operación que realice. Es una obligación formal que se impone a comerciantes y no comerciantes,

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Algunos empresarios con régimen especial

• EL ESTADO EMPRESARIO

La intervención del estado en la economía se convirtió en un fenómeno cada vez mas evidente en la primera mitad del siglo XX, como reaccion a la crisis del capitalismo puro.

Tiene sus inicios en Europa como consecuencia de las guerras mundiales, “la mano invisible”.

En Colombia comienza hacia 1940, cuando el estado asumió un papel mucho mas activo en la economía y creo entidades especiales con objeto de promover y financiar el desarrollo económico de ciertos sectores estratégicos para Colombia, dedicando importantes recursos públicos en ese empreño.

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• Este tipo de intervención se consagro en la enmienda constitucional de 1968, las entidades representativas de este fenómeno son las empresas INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO Y LAS SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA cuyo régimen particular plasmo expresamente en la reforma administrativa de 1968 mediante los decretos 1050 y 3130 de dichos años.

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EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMENRCIALES DEL ESTADO

Forman parte integrante de la rama ejecutiva del poder publico en el sector descentralizado por servicios, desarrollan actividades mercantiles.

Características

- Personería jurídica

- Autonomía administrativa y financiera

- Capital independiente (constituido totalmente por bienes o fondos públicos comunes

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B. Personería jurídica sin animo de lucro

Son personas jurídicas de derecho privado que se concretan en la forma de asociaciones y fundaciones.

Las primeras de forma asociativa y las segundas como patrimonios de afectación de actividades que no están presididas por el animo de las asociados o fundadores.

Se agrupan para realizar actividades culturales, educativas, artísticas, de solidaridad , ONG.

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E. Empresas de servicios públicos domiciliarios

• Esta conformada por empresas de servicios públicos a las cuales se les aplica un régimen particular, este régimen justifica en cuanto el estado debe garantizar la calidad de los servicios públicos en general y los domiciliarios en particular , debe velar por su continua y eficiente prestación y por la ampliación de su cobertura para satisfacer necesidades básicas de la población.