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Presentación Convocatoria Oferta 2016 Bilbao, 13 de Enero de 2016

Presentación Convocatoria Oferta 2016 - hobetuz.eus -Presentacion... · • cuanto: un solo plan, acciones de oferta abierta y/o acreditable, capacidad economica financiera y maximo

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Presentación Convocatoria Oferta 2016

Bilbao, 13 de Enero de 2016

LANBIDEO.C.E. DEL GOBIERNO VASCO

CONSEJO DE GOBIERNOCONSEJO ADMINISTRACION LANBIDE

APROBADAS PATRONATO HOBETUZ

APROBADAS PATRONATO HOBETUZ

PROVISIONALPROVISIONAL

ELABORADASCOMISION TEXTOS

PATRONATO

ELABORADASCOMISION TEXTOS

PATRONATO

GESTION INTEGRAL DE LAS CONVOCATORIAS

PUBLICACION B.O.P.V.

PUBLICACION B.O.P.V.

DEFINITIVODEFINITIVO

PUBLICACION SOLICITUDSOLICITUD RESOLUCIONRESOLUCIONSOLICITUD

EJECUCION

• EJECUCION DE ACCIONES• PRIMER PAGO • GESTION DE ASISTENCIAS• JUSTIFICACION EJECUCION

JUSTIFICACIONJUSTIFICACION

• JUSTIFICACION ECONOMICA Y

DOCUMENTAL

RESOLUCION

MEMORIA

RESOLUCIONFINAL

MEMORIA

• EMISION Y ENVIO• LIQUIDACION Y PAGO FINAL

SEGUIMIENTO

INSPECCION

CIRCULARIZACION

• TEXTOS CONVOCATORIA• APLICACION

• VALORACION ECONOMICA• VALORACION TECNICA• PROPUESTA ADJUDICACION

• EMISION Y ENVIO • ACEPTACION

Recursos

Recursos

FISCALIZACIONOCE

FISCALIZACION

Resolución del Director General - Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo.

Entidad Colaboradora

Adaptada a la nueva normativa Ley 30/2015

Tramitación anticipada

Ejercicio 2016 y compromiso para el 2017

Ultimo día presentación solicitudes: 1 DE FEBRERO DE 2016

PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA POR EJERCICIOS

2016 2017

50% 50%

TOTAL 16.900.000 8.450.000 8.450.000

20162016

CONVOCATORIA

ASPECTOSCLAVE

ARTICULO 2

• ENTIDADESBENEFICIARIAS

ARTICULO 11

ARTICULO 7 ARTICULO 9

ARTICULO 19

• REQUISITOS • DETERMINACIONDE LA AYUDA

• CRITRIOS DE VALORACION• REINTEGROS DE LA •SUBVENCION

• ART 2 Y 7: EN RELACION A PRESENTAR:• QUIEN: ENTIDADES DE FORMACION INSCRITAS Y/O ACREDITADAS• CUANTO: UN SOLO PLAN, ACCIONES DE OFERTA ABIERTA Y/O ACREDITABLE,

CAPACIDAD ECONOMICA FINANCIERA Y MAXIMO DE 1.050.000-.

• ART 9 Y 11: EN RELACION A OBTENER SUBVENCION:• VALORACION TECNICA DEL PLAN - PUNTOS• REPARTO DE LA AYUDA DE MAYOR A MENOR EN BASE A ESA VALORACION TECNICA

HASTA AGOTAR LOS FONDOS

• ART 19: EN RELACION A MANTENER LA SUBVENCION:• EJECUCION DEL 90% DE LAS HORAS O DEL 90% DE LA SUBVENCION

Y• EJECUCION DEL % DE AREAS PRIORITARIAS INDICADO

ARTICULO 2Entidades beneficiarias,

personas destinatarias de la formacióny ámbito de aplicación temporal.

• Art. 2.1.- Podrán ser beneficiarias de las ayudas contenidas en lapresente convocatoria las entidades de formación, radicadas en la CAPV,acreditadas y/o inscritas en el Registro de Lanbide-Servicio Vasco deEmpleo o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación.(Art. 3.3.- …..en el momento de presentar la solicitud de subvención…..)

Art. 2-1 párrafo tercero. Para los certificados de profesionalidad deteleformación se entenderá radicada en la CAPV, cuando disponga de unconvenio con una entidad radicada en la CAPV y acreditada paraimpartirlos en presencial por Lanbide.

En el artículo 2-2.- Para acceder a la subvención prevista en esta convocatoria, las entidades deformación deberán garantizar que disponen de los medios personales ymateriales necesarios para llevar a cabo el plan de formación para el que sesolicita la ayuda. Para ello deberán acreditar los siguientes extremos:

a) Capacidad económica y financiera, entendiéndose por tal un volumen denegocio, asociado a la formación para el empleo de personas trabajadorasdesempleadas y/u ocupadas, en los ejercicios 2012, 2013 y 2014 (mediaaritmética), superior a la subvención solicitada.

Se deberá de presentar la documentación que acredite tal volumen de negocioconsolidado (contratos, facturas y recibos bancarios, copia las Resoluciones deconcesión de subvenciones y de sus liquidaciones finales y reintegros, en sucaso,…) y de las correspondientes cuentas anuales auditadas, en su caso,consolidadas.

b) Instalaciones y recursos humanos de la entidad que se destinarán a laejecución del plan de formación.

Esta información se acreditará mediante la presentación, junto con lasolicitud, de una declaración responsable del representante legal de la entidad.En todo caso, la entidad solicitante deberá tener a disposición de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y de la fundación Hobetuz la documentación quesustente la veracidad de los datos contenidos en la citada declaración

Art. 2.3.– No podrá obtener la condición de entidad beneficiaria aquellaen la que concurran las circunstancias a que hace referencia el artículo13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones.

ART. 2-4 . PARTICIPANTESTodas las personas trabajadoras activas de la CAPV.1. Cuidadores no profesionales: Sólo en planes de entidades autorizadas.2. Personal al servicio de las Administraciones Públicas, máximo de un 10 por ciento deltotal de participantes.3. Personas en desempleo, hasta un 40% del total de los iniciados. En este sentido, laspersonas desempleadas que participen en las acciones financiadas, deberán estarinscritas en un Servicio Público de Empleo y se recomienda que hayan sido prescritaspor sus Servicios de Orientación para asistir a la acción formativa seleccionada.4. Trabajadores pertenecientes a la plantilla de las entidades titulares beneficiarias de lasayudas, hasta un límite del 10% del total de participantes en cada plan sin superar, enningún caso, el límite del 10% del total de sus trabajadores en plantilla.

• Art. 2.5.- Las iniciativas susceptibles de financiación deberániniciarse a partir de la notificación de la resolución de concesión de lasubvención, siempre antes del 31 de diciembre del año 2016, yfinalizar como máximo el 30 de junio de 2017.

MEMORIA DE LIQUIDACIÓN

FINAL:HASTA EL

15/09/2017 (Art. 16.3)

ARTICULO 7Requisitos del Plan de Formación

• Artículo 7.- Requisitos del Plan de Formación.

Art.7.1.g) Instalaciones y medios previstos para la impartición de lasacciones formativas. La ejecución de la actividad formativa no podrá sersubcontratada con terceros, no considerándose subcontratación, aestos efectos, la contratación del personal docente.

Si contrato mercantil (NIF), No contrato de servicios (CIF)

Art.7.2.- Las entidades de formación sólo podrán solicitar un únicoplan de formación y por un importe máximo de 1.050.000 euros, teniendoen cuenta los módulos económicos por persona y hora de formaciónestablecidos en el art. 10.

• ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS

un único plan de formación. (TODO TIPO de acciones)

Art. 3.3.- Cuando el Plan contenga acciones formativas dirigidas a laobtención de los certificados de profesionalidad, únicamente podrá serpresentado por entidades acreditadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo opor el Servicio Público de Empleo Estatal.

LA ACREDITACION NO DA LUGAR A LA INSCRIPCION

Art. 3.3.- Para la impartición de acciones formativas dirigidas a la obtención decertificados de profesionalidad en la modalidad de teleformación, si el centro noestá radicado en la CAPV, deberá disponer de un convenio de colaboración conuna entidad de formación radicada en la CAPV y acreditada para dichoscertificados en la modalidad presencial.

Art. 4.5.– Son ÁREAS PRIORITARIAS las relacionadas con las competenciasde idiomas, ofimática y tecnologías de la información y comunicación,conocimientos financieros, jurídicos y del funcionamiento de lasAdministraciones Públicas, innovación, emprendizaje, internacionalización,desarrollo tecnológico y las previstas por el Dispositivo de Reconocimiento de laCompetencia de la CAPV.

Art. 6.m) Declaración responsable del representante legal de la entidad, relativaa la disposición de los medios materiales y personales necesarios para llevar acabo el plan de formación para el que se solicita la ayuda (capacidad económicay financiera e instalaciones y recursos humanos).

Art 6.ll) Cuanta documentación considere conveniente la entidad para acreditarlos criterios de valoración previstos en el art. 11 y, en particular:

-. para valorar el criterio previsto en el apartado b.1.1) del art. 11:

el estudio que recoja el análisis y la detección de necesidades en el quese basa el plan de formación,

así como un informe o memoria que explique y justifique la adecuacióndel plan al mismo

y, en su caso, certificado de la realización del estudio firmado por elrepresente legal de la entidad que lo ha realizado.

-. para valorar el criterio previsto en el apartado b.2.5) del art. 11:certificados o reconocimientos a los que hace referencia este criterio.

ARTICULO 11Criterios de valoración

A) CAPACIDAD TÉCNICA DE LA ENTIDAD DE FORMACIÓNSOLICITANTE. En este apartado y con una puntuación máximade 35 puntos sobre 100.

B) CALIDAD DEL PLAN DE FORMACIÓN SOLICITADO. En esteapartado y con una puntuación máxima de 65 puntos sobre 100.

C) GRADO DE EJECUCIÓN en las convocatorias de formación deoferta dirigida a PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAScorrespondientes a los ejercicios 2013 y 2014, aprobadas yfinanciadas por Lanbide. Este criterio se ponderará con hastamenos 10 puntos.

A-. CAPACIDAD TÉCNICA DE LA ENTIDAD DE FORMACIÓNSOLICITANTE. (35/100)

1) Diversificación de la acreditación e inscripción. Hasta 10 puntos.

Entendida como número de familias profesionales distintas, en base alas especialidades inscritas y/o acreditadas por las entidadessolicitantes antes del 1 de diciembre de 2015.

2) Solvencia acreditada. Hasta un total de 25 puntos.

2.1) Impartición. Hasta 25 puntos.

Número medio de personas trabajadoras por año, que hayan finalizado cursos impartidos por la entidadsolicitante en el marco de las ofertas formativas financiadas por Lanbide correspondientes a losejercicios 2012, 2013 y 2014, dirigidas a PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS Y/U OCUPADAS.

2.2) Capacidad de Liderazgo en planes de formación dirigidos prioritariamente a personastrabajadoras ocupadas. Hasta 25 puntos.

Capacidad para promover el interés y la participación en la formación para el empleo entre lostrabajadores ocupados así como para el diseño, planificación, programación, control, seguimiento yevaluación de planes, teniendo en cuenta la media de personas trabajadoras que han participado por añoen los cursos de los planes financiados al amparo de las convocatorias de ayudas a la formación para elempleo de oferta dirigidas prioritariamente a PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS aprobadas porLanbide, correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014 y titularizados por la Entidad solicitante opor el grupo al que pertenezca.

2.3) Experiencia previa de la entidad solicitante en formación de personas trabajadorasocupadas. Hasta 10 puntos.

Número de años diferentes en los que haya obtenido financiación para planes de formación dirigidosprioritariamente a PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS.

B. CALIDAD DEL PLAN DE FORMACIÓN SOLICITADO. (65/100)

1). Adecuación de la oferta formativa del plan a las necesidades del mercado de trabajo yal ámbito al que va dirigido. En este apartado, y con una puntuación máxima de 35 puntossobre 100, se valorará:

1.1). Adecuación de las acciones formativas presentadas a las necesidades deformación requeridas por el mercado de trabajo. Hasta 35 puntos.

Se deberá de justificar la adecuación del plan formativo presentado a lasnecesidades del mercado de trabajo que hayan sido detectadas, analizadas yreflejadas en un estudio previo que puede haber sido realizado, según el ámbito osector al que se dirige el plan de formación, por las organizaciones sindicales yempresariales más representativas en el ámbito de la CAPV, por lasorganizaciones sindicales y empresariales representativas en un determinadoámbito o sector de actividad, por las organizaciones representativas deautónomos o de la economía social de la CAPV, por una Administración Pública,por una entidad u organización con acreditada experiencia en la materia o por lapropia entidad de formación solicitante.

1.2). Adecuación del plan a las áreas prioritarias. Hasta 5 puntos.

Se valorará la coincidencia de las acciones con las áreas prioritarias indicadas enel artículo 4.5 de la presente convocatoria, según el porcentaje de accionesprioritarias sobre el total de acciones aprobadas.

2) Calidad y coherencia de los elementos que componen el Plan y cada una de lasacciones formativas que lo integran. En este apartado, y con una puntuación máxima de30 puntos sobre 100, se valorará::

2.1). Difusión. Hasta 5 puntos.

2.2). Programación. Hasta 5 puntos.

2.3). Información y Asesoramiento. Hasta 5 puntos

2.4). Evaluación y seguimiento. Hasta 5 puntos.

2.5) Reconocimientos o certificaciones de la entidad solicitante. Hasta 5 puntos.

2.6) Medios materiales y personales de la entidad solicitante. Hasta 5 puntos.

C) GRADO DE EJECUCIÓN

en las convocatorias de formación de oferta dirigidaa PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAScorrespondientes a los ejercicios 2013 y 2014,aprobadas y financiadas por Lanbide.

Este criterio se ponderará con hasta menos 10puntos.

MODIFICACIONES CONVOCATORIA DE OFERTA 2016

(100 puntos)

A CAPACIDAD TÉCNICA DE LA ENTIDAD

(35 puntos)

B CALIDAD DEL PLAN DE FORMACIÓN SOLICITADO

(65 puntos)

C (‐10 /0 

puntos)

a.1. (10 

puntos)

a.2. SOLVENCIA ACREDITADA

(25 puntos)

b.1. ADECUACIÓN(35 puntos)

b.2. CALIDAD Y COHERENCIA DE LOS ELEMENTOS DEL PLAN Y ACCIONES

(30 puntos)

a.2.1.

(25 puntos)

a.2.2.

(25 puntos)

a.2.3.

(10 puntos)

b.1.1. 

(35 puntos)

b.1.2. 

(5 puntos)

b.2.1. 

(5 puntos)

b.2.2. 

(5 puntos)

b.2.3. 

(5 puntos)

b.2.4. 

(5 puntos)

b.2.5. 

(5 puntos)

b.2.6. 

(5 puntos)

DIVER

SIFICA

CIÓN

Inscrip

cion

es / Acred

itacion

es

Impa

rtición:  

Asistentes Traba

jado

res L

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Asistentes Ocupa

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Evalua

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Recono

cimientos / Certificacione

s

Med

ios materiales /

 persona

les

GRA

DO DE EJECUCIÓN

2016/01/07– REUNIÓN GENERAL ETH

ARTICULO 9Determinación de la ayuda

1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá ala valoración técnica de los planes de formación, según los criteriosprevistos en el artículo 11, a los efectos de ordenar las solicitudes demayor a menor puntuación. 2.- No se financiarán planes de formación que obtengan menos de 50puntos en la valoración.

3.- Para los que hayan obtenido 50 o más puntos, se irán concediendolas subvenciones siguiendo el orden de prelación resultante y hastadonde se agoten los fondos:

Los planes que hayan obtenido 76 o más puntos recibirán el80% del importe resultante de lo solicitado y/o aceptado

Los planes que hayan obtenido entre 70 y 75 puntos recibiránuna subvención equivalente al 70%

Los planes que hayan obtenido entre 65 y 69 puntos recibiránuna subvención equivalente al 60%.

Los planes que hayan obtenido entre 60 y 64 puntos recibiránuna subvención equivalente al 50%

Los planes que hayan obtenido entre 50 y 59 puntos recibiránuna subvención equivalente al 45%

4.- Para desempate mayor puntuación en el criterio previsto en el apartadob.2) del art. 11. Si persistiera el empate, se subvencionará aquel plan con mayorpuntuación en el criterio previsto en el apartado a.2.1) del art. 11.

DETERMINACIÓN DE LA AYUDA (Art.9)

MODIFICACIONES CONVOCATORIA DE OFERTA 2016

VALORACIÓN TÉCNICA (sobre la cantidad inferior de las 3 primeras columnas)

Límite 1.050.000

Límite Capacidad Económica Financiera

Límite MódulosC.S.A.

< 50 puntos

DENEGADO

>76 puntos

80% 

70‐75 puntos

70% 

65‐69 puntos

60% 

60‐64 puntos

50% 

50‐59 puntos

45% 

2016/01/07– REUNIÓN GENERAL ETH

ARTICULO 19Reintegro de subvenciones

Con carácter general, se considerará que existe incumplimientototal de la finalidad, y procederá el reintegro en su totalidad de laayuda recibida:

1-. si no se alcanza al menos el 90% de realización del número de horasde formación multiplicado por el número de personas formadas sobrelos datos presentados y aprobados, o el 90% de la ayuda finalmenteconcedida

Y también

2-. si no se cumple el porcentaje indicado en la resolución sobre elnúmero de acciones a ejecutar de las áreas prioritarias.

20162016

CONVOCATORIA

OTROSASPECTOS

TELEFORMACION (ANTES NO PRESENCIAL): CRITERIOS PUBLICADOS EN WEB• Interactividad. No mera descarga de contenidos. Planificada.• Máximo de 8 horas diarias• Justificación de horas teleformación. Cumplir horas de la acción• Registro de contenidos y luego evaluaciones• Características de las plataformas• Requisitos y funciones de los tutores

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDADRequisitos de acceso – Secuencia UFsInstrucciones de Lanbide – En aplicación

•MODULOS ECONOMICOS: PERSONA/HORA

• PRESENCIAL:• No acreditable: 9 - 13 Euros• Acreditable: 8 Euros

• TELEFORMACION:• No acreditable: 7,5 Euros• Acreditable: 5 Euros

•SEGUIMIENTO – INSPECCION. PLAN ANUAL

• VISITAS IN SITU: 1.121 (343 empresa+778 oferta)• VISITAS DOCUMENTALES: 306 (142 empresa+164 oferta)• SEGUIMIENTO: 93% empresa – 95,6% oferta• CIRCULARIZACION: 4.000 participantes oferta• CRUCES INTERNOS: Solapados en el mismo plan - en varios planes• IMPORTANCIA DE UNA BUENA GESTION

• Parte diario de asistencia• Comunicaciones• Resto de documentación – desempleo

•SEGURO DE PARTICIPANTES

• OBLIGATORIO

• SUSTITUCION DE PARTICIPANTES – CONCEPTO INICIADO-FINALIZADO:• DURANTE EL 25% DE LAS HORAS• EN ACCIONES DE CPs SOLO EN LOS 5 PRIMEROS DIAS• 15% DESVIACION TRAS EL 25% DE LAS HORAS

Iniciado: persona que comienza su asistencia al curso dentro del primer 25% de las horas y queen caso de causar baja, lo hace después de ese primer 25% de las horas.Es por tanto una persona que “está en el curso”, que permanece en el curso en el momento en elque se cumple el primer 25% de las horas del curso (no necesariamente tiene que estar el día enque se cumple el 25% en la clase) y que lo abandona con posterioridad a ese primer 25%.

No iniciado: persona que comienza su asistencia al curso dentro del primer 25% de las horas yademás causa baja dentro de ese primer 25% de las horas.Es por tanto una persona que ya no está en el curso cuando se cumple el primer 25% de lashoras.

Finalizado: persona que lleva a cabo el 75% de las horas del curso y en el caso de la no presencialel 75% de los controles periódicos y demás criterios publicados.

No finalizado: persona que no llega a realizar el 75% de las horas del curso y en el caso de la nopresencial no realiza el 75% de los controles periódicos o incumple el resto de criteriospublicados.

% PARTICIPACION

Será causa de exclusión del o de la participante en la acción formativa, la ausencia enun porcentaje superior al 25% de su duración.

En las acciones presenciales se considerará que un alumno o alumna ha finalizado la formacióncuando haya asistido, al menos, al 75 por ciento de la duración de la acción formativa.

En las acciones formativas impartidas mediante la modalidad teleformación, CRITERIOSTELEFORMACION

Un trabajador o trabajadora no podrá participar más de una vez en la misma acciónformativa.

GRUPOS Y MODALIDADES

Las acciones formativas deberán ser impartidas en alguna de estas modalidades: presencial,teleformación o mixta.

Las acciones formativas presenciales, podrán organizarse en grupos con un máximo de 20participantes, salvo excepciones debidamente justificadas en las que podrán contemplarse comomáximo 25 participantes por cada grupo.

En las acciones de teleformación, se dispondrá como mínimo de un tutor o tutora por cada 70participantes.

En las acciones mixtas, se respetaran los citados límites, según la respectiva modalidad formativa.•Las acciones formativas incluidas en los planes de formación tendrán una duración mínima, por participante, de 6 horas y máxima de 270 horas

•La impartición de las acciones no podrá superar, en cualquier modalidad, las 8 horas diarias.

REQUISITOS PARTICIPANTES

Las personas participantes, podrán solicitar a las entidades titulares de los planes de formación su participación en las acciones formativas, por medio del documento de solicitud y compromiso de participación (Anexo 2C).

Una copia de este documento será entregada al participante y el originalserá conservado por el titular del plan a disposición de las diferentesactuaciones de comprobación que desde Hobetuz u otros organismos decontrol se realicen.

Los datos reflejados en las diferentes solicitudes/compromisos seráncomunicados a HOBETUZ en los plazos establecidos y a través de lasherramientas facilitadas por HOBETUZ a tal fin.

PAGOS

• Un primer pago del 50% del total de la subvención al momento de laCERTIFICACION DE INICIO DE LA PRIMERA ACCION FORMATIVA. Si este primerpago superase la cantidad de 180.303,64 euros, el titular deberá presentar avalbancario

• Un segundo pago, por el resto de la subvención a la presentación de la memoriajustificativa ante Hobetuz y la aprobación de la liquidación final correspondiente.

GESTION DE ASISTENCIAS

Antes del inicio de cada uno de los acciones o grupos, el titular deberácomunicar a HOBETUZ:

- Con al menos 7 días antes del inicio, los datos relativos al lugar deimpartición, ente impartidor, fecha y horario de la acción en cuestión.

- Con un plazo máximo de hasta el segundo día de formación, los datosrecogidos a través del documento de solicitud/compromiso de participacióncumplimentado por cada participante asistente a la acción formativa.

- Cierre de la información del grupo, 30 días después de finalizar el curso.

- Para el cumplimiento de estas obligaciones, aplicación en la página webwww.hobetuz.eus

CERTIFICADOS DE ASISTENCIASe deberá entregar a cada participante un certificado de participación en la acciónformativa, según el modelo establecido por HOBETUZ, en el que como mínimo sehagan constar la denominación de la acción, los contenidos formativos, la modalidad,los días en que se ha desarrollado y las horas de formación recibidas, conespecificación, en su caso, de las horas presenciales o no presenciales.

En el caso de Planes y acciones formativas correspondientes al Catálogo Modular delSistema Nacional de Cualificaciones, y para aquellas personas que hayan superado laacción formativa, el certificado a entregar a los y las participantes y exigible porHOBETUZ, será emitido de conformidad con el procedimiento establecido porLanbide.Los certificados de participación deberán ser entregados a los y las participantes enel plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de finalización de la acciónformativa en que hayan participado.

De cada certificado la entidad titular conservará una copia con el "recibí" de lapersona participante.

COSTES

• DIRECTOS• INDIRECTOS: 10% DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA• OTROS COSTES - EVALUACION Y CONTROL: ENTRE 1 Y 5% DE LA SUBVENCION

• PUBLICIDAD – LOGOTIPOS: en todo

• MODIFICACIONES APROBADAS D.G.LANBIDE - RESOLUCION

OTROS ASPECTOS

RESUMEN DE FECHAS CLAVE

• Presentación de SOLICITUDES: 01/02/2016

• Ejecución del PLAN: Desde notificación concesión subvención hasta el 30/06/2017Comunicaciones de acciones:

• 7 días antes del comienzo• Hasta el segundo día de inicio• 30 días después de finalizar

• Presentación de la MEMORIA: 15/09/2017

ARABA - Dato, 14-16, 3º E.01005 Vitoria-Gasteiz

Tel. 945 15 01 20Fax 945 15 01 21

e-mail: [email protected]

BIZKAIA – Gran Vía, 35-6º48009 Bilbao

Tel. 94 415 08 08Fax 94 415 86 36

e-mail: [email protected]

GIPUZKOA - Manterola, 4-1º20007 Donostia-San Sebastian

Tel. 943 44 50 22Fax 943 44 52 72

e-mail: [email protected]

www.hobetuz.eus