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Preferencias arancelarias

Presentacion criterios de origen

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Preferencias arancelarias

Barreras sanitarias.

Barreras por practicas desleales al comercio (Dumping y subsidios)

Salvaguardias.

Normalización técnica.

Barreras ambientales (Productos y procesos)

Objetivos ComunesÁreas económicasÁreas ComercialesÁreas SocialesÁreas políticas

Un acuerdo comercial en si pretende una apertura comercial la cual se puede reflejas en las siguientes ventajas:

EspecializaciónEconomías de escalaInnovaciónMejor acceso a productos e insumos

Se puede distinguir entre seis niveles de integración:

Acuerdos comerciales preferenciales

Áreas de libre comercio

Uniones aduaneras

Mercados comunes

Uniones económicas

Uniones económicas monetarias

Acuerdos comerciales firmados por Colombia

AEIC

TLC USA

C.A.N

Mercosur

G3 Centro

y Caribe

Centro América y Caribe

ALADI

Col-Per-Ecu <> UE

Colombia Colombia - Chile

TLC Triangulo del norte

Colombia Colombia Canadá

China / India

¿Cómo Aprovecharlos?

No discriminación

Trato nacional

Clausula de la nación mas favorecida.

Excepción OMC –ALADI

Libre acceso y normas de origen

Transparencia en normalización y medidas sanitarias

Cosméticos

Medidas de defensa Comercial.Propiedad intelectualSolución de controversiasServicios

Disciplinas Disciplinas compatibles con

TLC

� Las normas de origen existen desde que los países empezarona tener intercambio comercial.

� Las normas de origen son la clave en el intercambiocomercial.

� Un instrumento básico en las normas de origen es la pruebadocumental conocida como Certificado de Origen.

� Este certificado es emitido por una entidad competente.

�Son el medio por el que se determina el lugarde origen de las mercancías, donde seconsidera que han sido producidas ofabricadas.

�Las normas de origen garantizan que lapreferencia se destine a los países con loscuales se tiene un Acuerdo Comercial.

En la práctica se presentan dos casos generales:

� Que un producto sea extraído, obtenido, nacido,cosechado o totalmente obtenido.

�Que un producto sea fabricado con materias primas,partes o componentes importados, además de materiales einsumos nacionales.

En este caso para que el producto califique como originario debe haber sido objeto de una transformación sustancial.

�Manipulaciones simples(aireación,refrigeración,etc)�Desempolvamiento, lavado, zarandeo, maceración ...�Formación de juegos de mercancías�Embalaje, envase o reenvase�Reunión de bultos o división de bultos�Aplicación de marcas, etiquetas, signos distintivos�Mezclas de productos�Sacrificio de animales, aplicación de aceite�La acumulación de o más de estas operaciones

Condiciones Para Beneficiarse de un Tratamiento Preferencial

� Las mercancías deben ser Originarias� Mercancías deben ser transportadasdirectamente

� Debe presentarse una prueba de origenválida (certificado de origen).

•Valor agregado nacional (VAN) : Para registro como productor nacional.

•Esquemas grupo ALADI y Grupo Andino.

•Esquemas SGP plus andino y ATDA aplicable para los EEUU.

•Sistema S.G.P. Aplicable para CANADA se utilizara la formula de valor agregado externo, (VAE)

Para el esquema MEXICO se aplica el Valor de Contenido Regional (VCR)

�Objetivo son documentos que sirven paraavalar la procedencia de los productosfabricados en el país, además de confirmar quecumplen con los criterios de origenestablecidos por los países a donde se va aexportar, con el objetivo de obtener unapreferencia arancelaria.

�Beneficiarios: Personas naturales o jurídicasestablecidas en el país, que exporten productosfabricados en el territorio nacional ó bientransformen materias primas importadas que dencómo resultado un producto diferente.

�Criterios

Para obtener un certificado de origen en Colombia que ampare un producto de exportación, se debe realizar el

trámite que el Ministerio exige para tal fin.

� Existen diferentes tipos de certificados de origen, éstosdependen del país de destino de las mercancías, la mayoríarequieren de validación por parte del MINCOMERCIO

� Forma A – SGP – Código 250

� Forma A – ATPA– Código 251

� Certificado de Origen para textiles Unión Europea – Código 252

� CAN - ALADI – Código 255

� G-3 para México – Código 256

� Panamá – Código 257

� Chile – Código 258� CARICOM – Código 271� CAN – MERCOSUR – Código 273� Terceros Países – Código 260�No Requiere Validación por MINCOMERCIO elCertificado de Origen ATPDEA.

1. DILIGENCIAMIENTO FORMULARIO REGISTRO DEPRODUCTORES NACIONALES OFERTA EXPORTABLEY DETEMINACION DE ORIGEN- FORMA 002.

� Formulario suministrado sin costo.� Se debe diligenciar un formulario por cada producto aexportar.� Se deben radicar en las oficinas del Ministerio deComercio Industria y Turismo.� De ser comercializador deberá anexar comunicación delproductor que certifique la vinculación comercial entreambos.

2. VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN YDETERMINACIÓN DE LOS CRITERIOS DEORIGEN� El MINCOMERCIO verifica la información ydetermina el criterio de origen con base en lasdisposiciones para los distintos esquemaspreferenciales. Los consigna en la planilla de relaciónde inscripción y determinación de origen.� Visita industrial a la firma, para tener mayoreselementos de juicio en la definición del criterio deorigen.

3. COMUNICACIÓN AL EXPORTADOR

� Se expide comunicación al exportador que contiene unresumen de las normas de origen.

� La información de las planillas tiene una validez de dosaños para el productor nacional.

4. RADICACIÓN Y EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DEORIGEN

� Los formularios los expide el Ministerio.

�El exportador diligencia y presenta al MINISTERIO elcertificado de origen con base en el criterio de origen ,junto con la factura comercial correspondiente.

�Se verifican los criterios registrados y se procede a laaprobación del certificado de origen.

5. SANCIONES POR INEXACTITUDES EN LOSCERTIFICADOS DE ORIGEN

El MICIT negará a las personas o entidades quesuministren datos no verídicos en la relación con elorigen, la expedición de los certificados de origen,durante un periodo de seis meses contados a partir de lafecha en que se compruebe la falsedad de los datossuministrados.

6. INFORMACIÓN ADICIONAL

El exportador se compromete a suministrarle alMINISTERIO, información adicional, cuandoexista duda por parte de otros países en cuantoal origen de los productos y autenticidad de loscertificados.

A partir de este año el trámite de solicitud dedeterminación de origen se hará a través de laVUCE –FUCE.En consecuencia, este trámite será realizado enlínea a través de la red y no podrá efectuarse porel medio físico tradicional.Se le entregará al usuario para la presentacióncorrecta de las solicitudes el respectivoaplicativo.