14
Seguro de Embarcaciones Menores de Placer Manual Estructura 1. Conceptos 2. Coberturas 3. Exclusiones Embarcaciones menores de placer 1. Conceptos Abordaje Abordaje es el resultado de una colisión entre dos buques, uno (responsable) que causa el abordaje y el otro (dañado) sufre la colisión. Aventura marítima Cuando un buque está expuesto a los riesgos marítimos. El período en el cual la embarcación está expuesta a los peligros de la navegación. Casco El casco es la estructura de la embarcación (el propio buque), incluye: la instalación eléctrica no conectada al motor principal, las calderas auxiliares con sus condensadores, grúas, molinete, servomotor del timón y la instalación y maquinaria frigorífica.

Presentación de Embarcaciones Menores de Placer

Embed Size (px)

DESCRIPTION

presentacion referentea seguros de embaraciones menores,

Citation preview

Seguro de Embarcaciones Menores de Placer

Seguro de Embarcaciones Menores de Placer

Manual

Estructura

1. Conceptos

2. Coberturas

3. Exclusiones

Embarcaciones menores de placer

1. ConceptosAbordajeAbordaje es el resultado de una colisin entre dos buques, uno (responsable) que causa el abordaje y el otro (daado) sufre la colisin.

Aventura martima

Cuando un buque est expuesto a los riesgos martimos. El perodo en el cual la embarcacin est expuesta a los peligros de la navegacin.

Casco

El casco es la estructura de la embarcacin (el propio buque), incluye: la instalacin elctrica no conectada al motor principal, las calderas auxiliares con sus condensadores, gras, molinete, servomotor del timn y la instalacin y maquinaria frigorfica.

Embarcacin menor de placer

Es el transporte martimo que se destina para fines de recreo y tiene menos de quinientas unidades de

arqueo bruto o menos de 15 metros de eslora.

Tipos de Embarcaciones Menores de Placer

Yates.- Que transportan personas de puerto a puerto cerca de la costa, o a viajes de placer o pesca en puerto.

Barcos Tursticos.- Que transportan turistas en viajes cortos cerca de los puertos para que vayan a bucear, a pescar o a conocer los alrededores de la zona.

Lanchas Tursticas.- Por ejemplo, las de fondo de vidrio, que hacen viajes tursticos ms cortos dentro del rea portuaria, llevando a turistas a que las conozcan. Son lanchas de recreo y deportivas.Encallamiento

Encallamiento es la inmovilizacin de un barco tocando fondo o estancado en rocas o arrecifes.Inters asegurable

El inters asegurable, es el inters que una persona tiene en la preservacin de una cosa, por algn tipo de relacin con ella, como para tener un beneficio de su existencia o perjuicio por su destruccin.

Una persona se considera interesada en una aventura martima cuando se encuentra en una relacin de derecho o equidad respecto de esa aventura o cualquier propiedad asegurable en riesgo, a consecuencia de la cual puede beneficiarse de la seguridad o buena llegada de la propiedad asegurable o sufrir perjuicio por su prdida.

Lastre

Lastre es la carga (normalmente agua de mar y/o agua aceitosa) que lleva una embarcacin para facilitar la conduccin y estabilidad del barco.

Motor fuera de Borda

Es el motor provisto de una hlice que se coloca en la parte posterior de la popa de una embarcacin menor de placer.

Navegacin

La actividad que realiza una embarcacin para trasladarse por agua de un punto a otro, con rumbo y fines determinados.

Tipos de Navegacin

Cabotaje: Que no se pierde de vista la costa, se va costeando. Significa el transporte por mar entre dos puertos en un mismo litoral.

Interior: Dentro de los lmites de los puertos o lagos, lagunas, presas, ros. Recorrido en aguas mexicanas y cuerpos de agua tierra adentro.

Interocenica o de altura: Navegacin a travs de los mares y ocanos traspasando los lmites territoriales de su nacionalidad, es decir, de zonas marinas mexicanas a puertos extranjeros.

Trnsito terrestre: Cuando la embarcacin es transportada en tierra a bordo de remolques.

Prdida

Se considera prdida cualquier dao cuya causa inmediata (prxima) sea un riesgo cubierto por el seguro.

Existen los siguientes tipos de prdida:

Prdida Descripcin

Total real o absoluta Si la embarcacin es destruida o daada hasta el punto de verse privada de su naturaleza inherente o si el Asegurado se ve desposedo irreparablemente de ella.

Total constructiva Cuando la embarcacin ha sido daada hasta tal punto que el costo de reparacin sobrepasa el valor que tuviera al ser reparada.

Implcita. Cuando el Asegurado es privado del uso normal del buque, a consecuencia de un dao.

Parcial. Toda prdida que no se considere o no pueda ser declarada como total, se considerar como prdida parcial.

Por avera particular Es considerada como una prdida parcial causada por un riesgo garantizado en el contrato de seguro.

Varadura

La varadura es cuando una embarcacin encalla en arena, peas o costa, tocando fondo y permaneciendo un tiempo razonable de esa manera.

Yate

Embarcacin menor de placer con fines de recreo, relativamente pequea que al asegurase tiene lmites de navegacin y la exigencia de permanecer amarrado 6 meses al ao.

Leyes y Convenios

Las principales leyes y convenios que regulan el comercio y transporte martimo son:

Ley de Navegacin

Ley de Navegacin y Comercio Martimo

Convenio de Bruselas

Reglas de York- Amberes

Reglas de la Haya

Reglas de Hamburgo

Proteccin e indemnizacin

Ley de salvamento

Ley de Navegacin

La Ley de Navegacin contiene toda la reglamentacin sobre las embarcaciones y su movimiento de barcos en puertos. Algunos de los aspectos ms importantes son:

TITULO SEGUNDO, Captulo I

Art. 9 Se establece que las embarcaciones o artefactos navales mexicanos deben estar abanderados y matriculados por alguna capitana de puerto y la clasificacin que se establece para su matriculacin.

Art. 10 Los extranjeros slo podrn matricular, abanderar y registrar embarcaciones de recreo o deportivas para uso particular.

Art. 12 Enumera las embarcaciones o artefactos navales que se consideran mexicanos: Las abanderadas y matriculadas; las que causen abandono en aguas nacionales; las decomisadas por las autoridades; las capturadas a enemigos y consideradas como buena presa; las que sean propiedad del Estado Mexicano.

TTULO QUINTO

Habla sobre los diferentes tipos de contrato para la explotacin de las embarcaciones:

Captulo I, Contratos de fletamento, Art. 95 al 97

Captulo II, Contrato de transporte de mercancas, Art. 98 al 105

Captulo III, Contrato de transporte de pasajeros, Art. 106 al 109

Captulo IV, Contratos de remolque transporte, Art. 110

TTULO SEXTO

Habla de los riesgos y accidentes de la navegacin.

Captulo II, Art. 115 al 119 describe la avera gruesa o comn y la avera particular.

Captulo III, Art. 120 al 125 sobre el salvamento.

Captulo VI, Art. 131 al 132 sobre la Responsabilidad Civil.

Ley de Navegacin y Comercio Martimos

Vigente el TTULO TERCERO, Captulo IV, Del seguro Martimo. Art. 222 al 250 Toca puntos como suma asegurada, concurrencia de seguros, indemnizaciones.

Convenio de Bruselas

El Convenio de Bruselas es una legislacin internacional en la cual se encuentran, entre otros, los siguientes acuerdos:

La unificacin de reglas sobre:

Auxilio y salvamento martimo

Abordaje

La responsabilidad de los propietarios de buques

Reglas de York- Amberes

Las reglas de York- Amberes regulan el procedimiento de ajuste, gastos y daos a propsito de salvar bienes.

Se dividen en dos clases: Las letradas (de la A a la G), donde se establecen los principios generales de liquidacin; y las numeradas de la I a la XXII, donde se estipulan las excepciones o situaciones especiales del ajuste.

Reglas de la Haya

Conciernen a la carga transportada en los pases del primer mundo

Reglas de Hamburgo

Conciernen a la carga transportada en los pases del tercer mundo

Proteccin e indemnizacin

Establece los principios de la Responsabilidad Civil

Ley de salvamento

Establece las bases de rescate de barcos y carga en el mar

2. Bienes y Riesgos Cubiertos

Este seguro protege a la(s) embarcacin(es) propiedad del asegurado contra los riesgos que afecten el casco de su embarcacin y por los daos que cause a Terceros y sea legalmente responsable.

Bienes Cubiertos

Se cubre el casco de la embarcacin, que incluye la instalacin elctrica no conectada al motor principal, las calderas auxiliares con sus condensadores, gras, molinete, servomotor del timn y la instalacin y maquinaria frigorfica.Riesgos Cubiertos

Riesgos que Afectan al Casco

Avera Gruesa

Peligros de los mares, ros, lagos u otras aguas navegables

Fuego

Echazn, piratera

Contacto con medios de transporte terrestre, aviones u objetos similares u objetos que caigan de ellos o con muelle o equipo o instalacin portuaria

Terremoto, erupcin volcnica o rayo

Accidentes durante la carga, descarga o trasladando vveres o pertrechos, aparejos, equipos, maquinaria o al tomar combustible

Explosiones

Actos mal intencionados

Robo entero del buque, o sus botes o motores fuera de borda (siempre y cuando tengan dispositivos antirrobo), o robo como consecuencia de irrupcin forzada dentro del buque o en el lugar de depsito o reparacin, as como el robo de maquinaria (incluyendo motores fuera de borda, aparejos o equipo)

Defectos latentes en el casco o maquinaria (excepto motor y conexiones, equipo elctrico y bateras y conexiones), rotura de ejes o estallido de calderas (excluyendo el gasto y gasto de reemplazar o reparar la parte defectuosa, eje roto o caldero estallado)

Negligencia de cualquier persona, excepto cuando la negligencia sea a consecuencia de reparaciones u obras de alteracin o conservacin del buque. Remocin de restos

Ampliacin de remocin de restos.

Responsabilidad Civil

La Responsabilidad Civil en el Seguro de Embarcaciones Menores de Placer ampara los daos por accidentes ocasionados a otros buques, prdida de vidas, daos personales o enfermedades, incluyendo gastos por salvamento de vidas, de los que sea legalmente responsable el Asegurado.

Los tipos de cobertura que se amparan son:

R.C. Abordaje

Proteccin e indemnizacin (PandI):

Muerte, accidentes o enfermedades

Gastos mdicos (incluyendo inhumacin)

Gastos de puerto por desembarco

Gastos de repatriacin

Remocin del naufragio

Daos a bienes fijos

Daos al cargamento

Costas legales:

Al disputar responsabilidad o por haberse entablado proceso para limitar responsabilidades

Por representacin en cualquier pesquisa judicial o investigacin de accidente fatal.

Cobertura adicional: Se considerarn terceros los buques hermanos.Peligros de los Mares

Se entender por peligros de los mares, ros, lagos u otras aguas navegables:

Mal tiempo o tempestad

Colisin o abordaje

Varadura o encalladura

Hundimiento o zozobra

Riesgos Excluidos que se pueden Cubrir Mediante

Convenio Expreso

Huelgas y alborotos populares

Actos de guerra (apresamiento, confiscacin, destruccin o daos por incendio, barcos de guerra, piratera, arrestos, actos de reyes, minas flotantes, torpedos)

Avera particular: furia de los elementos, explosin, rayo, varada, hundimiento, incendio, colisin; maniobras de carga; transbordo, descarga o aprovisionamiento; rotura o descompostura mecnica; falta de resistencia o desgaste natural de cualquier parte (como consecuencia de algn riesgo amparado).

3. Exclusiones

Exclusiones Generales

Los riesgos excluidos para yates son:

Desprendimiento o cada de motor fuera de borda.

Gastos por error de diseo o construccin, mejoramiento o alteracin de diseo o construccin.

Para el resto de les embarcaciones menores de placer no existen.

Exclusiones R.C.

Los riesgos excluidos por Responsabilidad Civil son:

Accidentes de trabajo o responsabilidades de patronos

Responsabilidades frente a, o incurrida por cualquier persona que practique el esqu acutico o patinaje sobre agua que sea o se est preparando para ser remolcada por el buque

Responsabilidades frente a, o incurrida por cualquier persona que practique un deporte o actividad, que no sea esqu o patinaje acutico sobre agua, mientras ste sea o se est preparando para ser remolcada por el buque

Por justicia punitiva, en cualquier forma.Bienes Excluidos

Cualquier bote perteneciente al buque que tenga una velocidad mxima de diseo de 17 nudos.

Bote del buque no sealado permanentemente con el nombre de ste.

Velas y fundas protectoras hendidas por el viento o derribadas al ser largadas, excepto dao a las perchas a causa de embarrancada, colisin o contacto con cualquier sustancia externa.

Velas, mstiles, arboladuras o aparejos fijos y jarcias de labor (comprende bsicamente las escotas

y todos los cabos de maniobras), mientras el buque participe en regatas, excepto si el dao es por embarrancada, hundimiento, incendio, colisin o contacto con cualquier sustancia externa.

Efectos personales

Pertrechos consumibles, aparejos de pesca o amarras

Motor y conexiones (excepto arbotante del eje portahlice), equipo elctrico, bateras y conexiones, excepto si el dao es por embarrancada, colisin o contacto con otro buque, atracadero o muelle.Resumen

Abordaje

Abordaje es el resultado de una colisin entre dos buques, uno (responsable) que causa el abordaje y el otro (daado) sufre la colisin.

Aventura martima

Se considera que existe una aventura martima:

Cuando un buque est expuesto a los riesgos martimos.

El perodo en el cual la embarcacin est expuesta a los peligros de la navegacin.

Inters asegurable

El inters asegurable es que una persona est interesada en la preservacin de una cosa, por algn tipo de relacin con ella, como para tener un beneficio de su existencia o perjuicio por su destruccin.

Definicin de embarcacin menor

Es un transporte martimo que se destina para fines de recreo y tiene menos de quinientas unidades de arqueo bruto o menos de 15 metros de eslora.

Riesgos Cubiertos:

1. Que afectan al casco:

Peligros de los mares, ros, lagos u otras aguas navegables

Fuego

Echazn, piratera

Contacto con medios de transporte terrestre, aviones u objetos similares u objetos que caigan de ellos o con muelle o equipo o instalacin portuaria

Terremoto, erupcin volcnica o rayo

Accidentes durante la carga, descarga o trasladando vveres o pertrechos, aparejos, equipos, maquinaria o al tomar combustible

Explosiones

Actos mal intencionados

Robo entero del buque o sus botes o motores fuera de borda siempre y cuando tengan dispositivos antirrobo, o como consecuencia de irrupcin forzada dentro del buque o lugar de depsito o reparacin, robo de maquinaria (incluyendo motores fuera de borda, aparejos o equipo)

Defectos latentes en el casco o maquinaria (excepto motor y conexiones, equipo elctrico y bateras y conexiones), rotura de ejes o estallido de calderas (excluyendo el gasto y gasto de reemplazar o reparar la parte defectuosa, eje roto o caldero estallado)

Negligencia de cualquier persona excepto cuando se trate de reparaciones u obras de alteracin o con relacin a la conservacin del buque

Remocin de Restos

Ampliacin de remocin de restos

2.- Responsabilidad Civil

Responsabilidad por daos por accidentes a otros buques, prdida de vidas, daos personales o enfermedades, incluyendo gastos por salvamento de vidas, de los que sea legalmente responsable

el Asegurado.

Costas legales al disputar responsabilidad o por haberse entablado proceso para limitar responsabilidades. Adems las costas por representacin en cualquier pesquisa judicial o investigacin de accidente fatal.

Cobertura adicional: Se considerarn terceros los buques hermanos.

3.- Peligros de los mares

Mal tiempo o tempestad

Colisin o abordaje

Varadura o encalladura

Hundimiento o zozobra

Exclusiones

Los riesgos excluidos para el casco de yates son: Desprendimiento o cada de motor fuera de borda. Gastos por error de diseo o construccin, mejoramiento o alteracin de diseo o construccin.

Los riesgos excluidos para R.C. son:

Accidentes de trabajo o responsabilidades de patronos

Responsabilidades frente a, o incurrida por cualquier persona que practique el esqu acutico o patinaje sobre agua que sea o se est preparando para ser remolcada por el buque

Responsabilidades frente a, o incurrida por cualquier persona que practique un deporte o actividad, que no sea esqu o patinaje acutico sobre agua, mientras sea o se est preparando para ser remolcada por el buque

Por justicia punitiva, en cualquier forma.

Los bienes excluidos son:

Cualquier bote perteneciente al buque que tenga una velocidad mxima de diseo de 17 nudos.

Bote del buque no sealado permanentemente con el nombre de ste.

Velas y fundas protectoras hendidas por el viento o derribadas al ser largadas, excepto por dao a las perchas, embarrancada, colisin o contacto con cualquier sustancia externa.

Velas, mstiles, arboladuras o aparejos fijos y jarcias de labor, mientras el buque participe en regatas, excepto si el dao es por embarrancada, hundimiento, incendio, colisin o contacto con cualquier sustancia externa.

Efectos personales

Pertrechos consumibles, aparejos de pesca o amarras

Motor y conexiones (excepto arbotante del eje portahlice), equipo elctrico, bateras y conexiones, excepto por embarrancada, colisin o contacto con otro buque, atracadero o muelle.