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Expositor: Oscar Alberto Luyo Alfaro Analista de la Unidad de Inteligencia Financiera Noviembre 2014

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Expositor: Oscar Alberto Luyo Alfaro

Analista de la Unidad de Inteligencia Financiera

Noviembre 2014

1. Comprender los conceptos básicos del Incremento

Patrimonial no justificado (IPNJ).

2. Explicar el método de Adquisiciones y Desembolsos

3. Analizar casos de presunto IPNJ

Objetivo

• Incrementos del patrimonio que no están debidamente justificados.

La SUNAT debe acreditar previamente la existencia de uno o varios supuestos del Art.64 del C.T

El origen del IP de la PN debe estar justificado

Sino se presume renta neta no declarada

El Incremento Patrimonial no Justificado - IPNJ

Art. 52, 91, 92 de la LIR

Art. 59, 60 y 60-A del reglamento de la LIR

Decreto Supremo N° 179-2004-EF - Texto Único

Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta y normas

modificatorias. (en adelante LIR)

Decreto Supremo N° 122-94-EF – Reglamento de la

Ley del Impuesto a la Renta y normas modificatorias.

TUO del Código Tributario, D. S. 135-99-EF. (en

adelante C.T.)

IPNJ- Base Legal

Métodos de Determinación del IPNJ

1. MÉTODO DE ADQUSICIONES Y DESEMBOLSOS

2. MÉTODO DE BALANCE MAS CONSUMO

III. MÉTODO DE ADQUISICIONES Y

DESEMBOLSOS

¿ Que es PATRIMONIO ?

Conjunto de activos (bienes y derechos) deducidos los

pasivos (obligaciones) del deudor tributario.

Patrimonio

Depósitos en cuentas en entidades del sistema financiero

nacional (ITF).

Predios (Urbanos y rústicos, construidos y sin construir).

(PDT Notarios)

Vehículos, embarcaciones y aeronaves

Bienes muebles (computadoras, electrodomésticos, etc).

Acciones adquiridas cotizadas no cotizadas en bolsa de

valores.

Aportes de capital. (PDT Notarios)

Sigue ….

ACTIVOS

Activos

… vienen

Títulos-valores emitidos a su favor en el país (Bonos,

certificados bancarios, cheques, otros).

Disposición de efectivo para envíos de dinero a través

de una ESF o ETF (Entidad del Siste. Financiero o

Empresa de Transferencia de Fondos).(ITF)

Disposición de efectivo para pagos por adquisiciones

varios (DAOT)

Disposición de efectivo para pagos de tarjeta de crédito

Disposición de efectivo para pagos de servicios públicos

Disposición de efectivo para otros pagos

Otros

ACTIVOS

Activos

PASIVOS (B)

Conjunto de obligaciones que guarden relación directa

con el patrimonio adquirido y que sean demostrados

fehacientemente.

Por ejemplo:

Créditos bancarios recibidos en el país o en el extranjero.

Otras obligaciones debidamente sustentadas

PASIVOS

Pasivos

PRINCIPIOS:

INCREMENTO PATRIMONIAL

- Desembolsos de dinero para la adquisición de un

activo.

- Disposición de efectivo. (Gastos, préstamos otorgados,

etc)

- Periodo

Ejemplos:

PASIVOS

Principios (enfoque tributario)

MÉTODO

ADQUISICIONES Y DESEMBOLSOS

Consiste en sumar las adquisiciones de bienes, a título

oneroso o gratuito, depósitos en ctas bancarias, gastos y

todo desembolso efectuado durante el ejercicio.

Método de Adquisiciones y Desembolsos

Método de Adquisiciones y desembolsos

Método de Adquisiciones y desembolsos

IP = Activos

Es decir, el incremento patrimonial (IP) es la suma de :

(+) Adquisiciones de bienes

(+) Depósitos en cuentas

(+) Gastos

(+) Desembolsos de dinero .

Método de Adquisiciones y desembolsos

IP = Activos - Pasivos

A la sumatoria de Activos restar los PASIVOS

debidamente acreditados.

DESCRIPCIÓN IMPORTE S/.

ACTIVOS ADQUIRIDOS Y DESEMBOLSOS EFECTUADOS

Inmuebles 1,000,000

Vehículos 80,000

Depósitos en cuenta bancaria “X” 100,000

Acciones

DESEMBOLSOS EFECTUADOS

Desembolsos por gastos de colegio

Desembolsos por gastos de alimentación

Desembolsos por préstamos otorgados a terceros 200,000

TOTAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y DESEMBOLSOS (A) 1,380,000

DESCRIPCIÓN IMPORTE S/.

PASIVOS

Préstamo recibido de entidad bancaria 200,000

TOTAL PASIVO (B) 200,000

INCREMENTO PATRIMONIAL (C) = (A-B) 1,380,000

IPNJ = IP – Rentas y/o ingresos percibidos

Incremento Patrimonial No Justificado

PASIVOS

MÉTODO DE ADQUISICIONES Y DESEMBOLSOS

DESCRIPCIÓN IMPORTE S/.

ACTIVOS ADQUIRIDOS Depósitos en cuentas bancarias en el Banco XX, provenientes del exterior (Panamá y EEUU)

4,400,000

Depósitos en cuentas bancarias en el Banco YY, no provenientes del exterior

1,300,000

TOTAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y DESEMBOLSOS (A) 5,700,000

PASIVOS

Préstamo recibido de entidad bancaria 0

TOTAL PASIVO (B) < 0 >

INCREMENTO PATRIMONIAL (C) = (A-B) 5,700,000

( - ) Renta declarada y percibida

Renta de 1ra. Categoría 0

Renta de 2da. Categoría 0

Renta de 4ta. Categoría 100,000

Renta de 5ta. Categoría 0

Ingreso percibido por venta de inmueble 0

TOTAL RENTAS DEL CONTRIBUYENTE (D) 100,000

INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO (C – D) 5,600,000

Método de Adquisiciones y Desembolsos

Ejemplo de determinación del Increm. Patrimonial

(IP)

En el 2008, el Sr. “X”:

Adquirió un inmueble por S/. 200,000

Envió dinero al exterior por S/. 100,000

Adquirió un auto por S/. 45,000

Realizó un aporte de capital a la empresa “Z” por S/. 20,000.

Obtuvo un préstamo del Banco por S/. 50,000.

Pagó todo en efectivo, sólo declaró renta de 4ta.

Categoría por S/. 100,000.

Ejemplo de Método de Adquisiciones y desembolsos

Método de Adquisiciones y Desembolsos

Activo

(+) Adquisición de inmueble ………. . S/. 200,000

(+) Adquisición de vehículo….………. S/. 45,000

(+) Desembolso por envío de dinero ...S/. 100,000

(+) Desembolso por aporte de K ………S/ 20,000

-----------------

Total Activo (A) S/. 365,000

Pasivo

Préstamo recibido del Banco ………… 50,000

Incremento Patrimonial = (A)-(B) = 315,000

Ejemplo de Método de Adquisiciones y desembolsos

Método de Adquisiciones y Desembolsos

Determinación del Incremento Patrimonial no

Justificado (IPNJ)

Para determinar el IPNJ se debe deducir:

‘(-) Las Rentas e ingresos declarados y/o percibidos,

previa comprobación de SUNAT (Rta 1°,2°,4°,5° fte extr.)

(-) Donaciones o liberalidades en escritura pública u

otro documento fehaciente.

IPNJ = IP – Ingresos y Rentas - Donaciones

Continuando con el ejemplo del Sr. X.

Método de Adquisiciones y Desembolsos

IPNJ = 315,000 – (100,000)

IPNJ = 215,000

MÉTODO

BALANCE MAS CONSUMO

PATRIMONIO INICIAL (PI)

Patrimonio del deudor tributario determinado por la AT

al 01/01 del ejercicio.

PATRIMONIO FINAL (PF)

Patrimonio del deudor tributario determinado por la AT

al 31/12 del ejercicio, sumando al PI las adquisiciones de

bienes, depósitos en las cuentas, efectivo y otros

activos.

Patrimonio inicial y final

VARIACIÓN PATRIMONIAL (VP)

Es la diferencia entre el patrimonio del deudor

tributario al final del ejercicio (PF) y al inicio del

ejercicio (PI).

VP = PF - PI I

Variación Patrimonial

CONSUMOS (C )

• Erogaciones de dinero: gastos personales, como: alimentación, vivienda, vestido, educación, transporte, ss públicos, recreación, entre otros.

• Adquisiciones de bb adquiridos en el ejercicio pero que al final del mismo no figura en su patrimonio, sean por extinción, enajenación, donación, entre otros.

• Los retiros de las cuentas bancarias

Consumos

INCREMENTO PATRIMONIAL (IP)

Es todo aumento y/o disminución en el patrimonio del

deudor tributario. Resulta de:

Sumar las variaciones patrimoniales (VP) más los

consumos (C):

Puede darse el caso que el Incremento Patrimonial sólo esté dado por la variación patrimonial.

Incremento Patrimonial

IP = VP + C

Entre las rentas tenemos:

- Rentas 1ra. Categoría

- Rentas 2da. Categoría

- Rentas 4ta. Categoría

- Rentas 5ta. Categoría

- Rentas de fuente extranjera

Sigue ….

Incremento Patrimonial no Justificado

IPNJ = IP – Rentas declaradas y/o percibidas

RENTAS Y/O INGRESOS QUE JUSTIFICAN EL INCREMENTO

PATRIMONIAL

Ingresos inafectos (Art. 18 de la LIR)

- Dividendos

- Indemnizaciones laborales por el cese del trabajador

- Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad

- CTS

- Rentas vitalicias

- Pensiones como jubilación, montepío e invalidez.

- Otros

Ingresos exonerados (Art. 19 de la LIR)

- Intereses por depósitos bancarios, certificados bancarios.

- Otros

RENTAS Y/O INGRESOS QUE JUSTIFICAN EL INCREMENTO

PATRIMONIAL

Otros ingresos

- Donaciones que consten en escritura pública

- Loterías, premios o similares

- Ingresos por venta de bienes muebles e inmuebles

- Resultados atribuidos por rentas de tercera categoría

- Ingresos percibidos por devoluciones de préstamos

- Otros verificados por la Administración.

• Registro de propiedad de inmuebles.

• Registro de propiedad vehicular.

• Registro personal.(Separación de patrimonios, estado civil: divorcio, separación de hecho. Anticipo de legítima, testamento).

• Registro de inscripción de personas jurídicas.

• Capitanía de Puertos.

• Municipalidades.

• Entidades financieras del sistema financiero nacional por operaciones activas y pasivas.

• Sociedades agentes de bolsa y administradoras de fondos.

• Clubes sociales.

• Colegios.

• Notarías.

• Dirección General de Migraciones.

• Otros cruces de información efectuados a terceros.

Fuentes de información

El Sr. Juan Perez adquirió los siguientes predios:

Uno (1) en el 2008 por S/. 200,000 (01/01 al 31/12)

Uno (1) en el 2011 por S/. 300,000 (01/01/ al 31/12)

Uno (1) en el 2012 por S/. 150,000 (01/01 al 31/12)

Presentó su DJ Renta anual 2012, declarando rentas por S/. 100,000

No posee cuentas bancarias, ni realiza inversiones en el sistema financiero,

tampoco posee vehículos, embarcaciones, naves.

Caso ejemplo: Determinación del IPNJ del 2012

Condición : En caso exista una o mas adquisiciones de

ACTIVOS VALOR

Adquirió el predio 2008 200,000

Adquirió el predio 2011 300,000

PI = Saldo al 01/01/2012 500,000 PI

Adquisición de predio en junio 2012 por S/. 150,000 150,000

PF = Saldo al 31/12/2012 650,000 PF

VP = PF - PI 650,000 -

500,000 150,000

C = 0 VP C DJ Rta. PDT notarios

IPNJ = VP +C - (RTA + Otros Ingresos) 150,000 + - - 100,000 -

IPNJ = 50,000

SI HAY PRESUNTO IPNJ

VALOR DE ADQUISICIÓN

Ejemplo determinación IPNJ – Balance mas Consumo

El origen del incremento Patrimonial de la Persona Natural debe estar justificado, sino se presume renta neta no declarada. Método de Adquisiciones y desembolsos.

DIFERENCIA PATRIMONIAL

ABONOS EN CUENTAS BANCARIAS VS LOS INGRESOS DECLARADOS O PERCIBIDOS.

Para efectos prácticos los abonos en cuentas incluye los ingresos de dinero recibidos a través de una ETF.

Base Legal: 52°, 91° y 92°; y art. 60° y 60°-A del Reglamento.

Caso 1

INFORMACION IMPUTADA DEL ITF

200801-200812

Tipo de DocumentoRUC No.de Documento

Razón Social

Movimientos Acumulados

Ruc Declarante Periodo Tipo Movimiento Cod. Oper. País ContribuyentePaís Operación Base Impuesto

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200801 Afecta Sin uso de cuenta 2 10,214.29 7.15

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200802 Afecta Sin uso de cuenta 2 1,985.71 1.39

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200803 Afecta Sin uso de cuenta 2 1,685.71 1.18

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200804 Afecta Sin uso de cuenta 2 7,228.57 5.06

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200805 Afecta Sin uso de cuenta 2 700 0.49

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200806 Afecta Sin uso de cuenta 2 9,885.71 6.92

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200807 Afecta Sin uso de cuenta 2 528.57 0.37

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200810 Afecta Sin uso de cuenta 2 8,471.43 5.93

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200811 Afecta Sin uso de cuenta 2 3,871.43 2.71

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200812 Afecta Sin uso de cuenta 2 628.57 0.44

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200808 Afecta Usando cuentas 12 CAIMAN,ISLAS 7,139,157.14 4,997.41

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200810 Afecta Usando cuentas 12 CAIMAN,ISLAS 7,485,928.57 5,240.15

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200801 Afecta Usando cuentas 13 21,342.86 14.94

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200802 Afecta Usando cuentas 13 5,457.14 3.82

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200803 Afecta Usando cuentas 13 5,600.00 3.92

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200804 Afecta Usando cuentas 13 17,442.86 12.21

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200805 Afecta Usando cuentas 13 6,585.71 4.61

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200806 Afecta Usando cuentas 13 13,742.86 9.62

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200807 Afecta Usando cuentas 13 16,200.00 11.34

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200808 Afecta Usando cuentas 13 8,871.43 6.21

20100047218 BANCO DE CREDITO DEL PERU 200809 Afecta Usando cuentas 13 415,500.00 290.85

Los IPNJs no podrán ser justificados con:

a) Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en

escritura pública o en otro documento fehaciente.

b) Utilidades derivadas de actividades ilícitas.

c) El ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no este

debidamente sustentado.

d) Los ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor

tributario pero que no los hubiera dispuesto ni cobrado, así

como los saldos disponibles en cuentas de entidades del

sistema financiero o del extranjero que no hayan sido retirados.

e) Préstamos que no reúnan las condiciones que señale el

reglamento. Art. 60°-A del C.T.

Art. 52° de la LIR

Donaciones recibidas u otras liberalidades que no

consten en escritura pública o en otro documento

fehaciente.

RTF N° 02736-2-2006,

Informe N°041-2003-SUNAT/2B0000.

Memorándum N° 371-2003-2B0000

Art. 52° inc. a) de la LIR

Utilidades derivadas de actividades ilícitas

Informe N° 139-2001-SUNAT-K00000

Si SUNAT comprueba la existencia de un IP por parte del

contribuyente, dicho incremento no podrá ser justificado con

utilidades derivadas de actividades ilícitas.

En consecuencia, si el contribuyente no puede justificar el IP, el

mismo constituirá renta neta no declarada por el contribuyente,y,

por tanto, estará gravado con el Impuesto a la Renta.

Art. 52° inciso b) de la LIR

Préstamos que no reúnan las condiciones que señale el

reglamento. Art. 60°-A de la LIR

a) El préstamos esté vinculado directamente a la

necesidad de la adquisición del patrimionio y/o

consumo

b) El prestamista se encuentre identificado y no tenga

la condición de no habido.

c) Utilización de medio de pago

d) La fecha cierta del documento en que consta el

contrato y fecha del desembolso del préstamo,

deberán ser anteriores o coincidentes con las fechas

de lsa adquisiciones o consumos.

Art. 52° inciso c) de la LIR

Con el fin de establecer el alcance de la auditoría se

debe conocer el estado civil:

-Soltero

-Casado

-Viudo

-Divorciado

Fuente de información: DJ Renta, partida de matrimonio,

informado por el mismo contribuyente, DNI.

De ser casado, se verificará el RÉGIMEN

PATRIMONIAL

Sociedad conyugal

Los cónyuges pueden optar libremente por el régimen de:

a) Sociedad de gananciales

Aquí existen bienes propios de cada cónyuge y bienes

de la sociedad.

b) Separación de patrimonios

Debe constar en escritura pública y estar inscrito en el

registro personal de la SUNARP.

( Art. 295° del Cód. Civil)

Sociedad conyugal

Las rentas de cada cónyuge se declararán

independientemente por cada uno de ellos. (ejem. 4ta y

5ta categoría).

Las producidas por bienes comunes serán atribuidas

por igual a cada uno de los cónyuges. Pero podrán

OPTAR por atribuirlas a uno solo de ellos, para la

declaración y el pago.

Las rentas de la sociedad conyugal llamadas

“rentas producidas por bs comunes, son aquellas

rentas sociales. Rtas de 1era, 2da, 3era. fte.extranj.

Art. 16° de la LIR, art. 4° inc. a) num.4 y art. 6° Rgto.

Sociedad conyugal

IMPORTANTE:

Si el contribuyente es casado, está bajo el

régimen de sociedad de gananciales y no ejerció

la opción, en la determinación del IPNJ se atribuirá

y/o determinará el 50% del presunto IPNJ.

Se programará a la cónyuge, a fin de verificar la

atribución del otro 50%

Sociedad conyugal

Muchas gracias