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Distrito No. 3 de Temoaya
1
PRESENTACION
La transición democrática en el Estado de México va tomando con éxito una
conciencia plural, es decir, el voto de la ciudadanía es el plato fuerte de un proceso
electoral. Posteriormente en el Estado de México la autoridad electoral recae en el
Instituto Electoral del Estado de México, quien es el responsable del desarrollo,
vigilancia y organización del proceso electoral. Es así que el Proceso Electoral del año
2000, se renuevan 122 ayuntamientos y los integrantes de LIV Legislatura del Estado,
en atención a ello el Instituto Electoral cuenta con 122 juntas y consejos municipales y
45 juntas y consejos distritales, quienes protagonizan y coadyuvan con el órgano
superior ( Consejo General del Instituto), en el desarrollo, vigilancia y organización del
proceso electoral más importante en la vida del Estado de México y del país, en virtud de
que en el ámbito federal, también habrá elecciones para renovar al titular del poder
Ejecutivo Federal, la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, en
consecuencia, tanto el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral del Estado de
México, ambos celebran un convenio, en atención de ser elecciones concurrentes,
proponen establecer el mismo número y tipo de Casillas, la exhibición de la lista nominal,
la depuración del padrón electoral entre otras cosas, ambos bajo los principios rectores
de certeza, legalidad, independencia, independencia y objetividad.
En virtud de lo antes enunciado, destacan los actos preparatorios a la jornada
electoral. El Proceso Electoral del año 2000, inicia con la primera sesión del Consejo
General del Instituto, por lo que el Consejo Distrital No. 3 de Temoaya, inicia con la
instalación del Consejo Distrital de fecha 10 de febrero del año en curso para dar paso
el proceso electoral para renovar a los integrantes de la LIV Legislatura del Estado de
México. Los actos preparatorios a la jornada electoral, inician con la convocatoria de
aspirantes a capacitadores e instructores, en consecuencia serán ellos quienes
Distrito No. 3 de Temoaya
2
notifiquen y capaciten a los ciudadanos insaculados, y además que cumplan con los
requisitos para ser funcionario de casilla y una vez capacitado se integraron las Mesas
Directivas de Casillas con ciudadanos aptos, capaces y responsables de recibir la
votación, escrutinio y computo; asimismo recibirán el material electoral para la jornada
electoral del día 2 de julio del año 2000; también la aprobación del número y tipo de
Casillas básicas, contiguas, extraordinarias y especiales, apegadas siempre a la
legislación Electoral del Estado de México y en coadyuvancia con la legislación del
Instituto Federal Electoral, pues como ya se dijo, se deben de apegar al convenio
celebrado por ambos institutos, es decir, cada instituto es responsable de su desarrollo
y organización de su proceso electoral, pero ambos deben de instalar el mismo número
y tipo de Casillas por la afluencia de votantes, primero la federal y luego la local, por ser
una elección concurrente.
La jornada electoral, es una de las importantes en atención a que los ciudadanos
tienen el deber cívico, la obligación constitucional y electoral de ejercer su derecho al
voto, pues son ellos quienes eligen a sus autoridades municipales y quien los represente
ante el Congreso del Estado. Por lo que han sido celosos, vigilaron y coadyuvaron con
la autoridad electoral en el buen desarrollo de la votación, pues tomaron conciencia de
que el voto es el único medio que erradica el abstencionismo, por ello el voto se realiza
con unidad y madurez en la transición de la vida democrática del Estado de México.
El 2 de julio del año en curso y para dar cumplimiento a la legislación electoral, se
procedió a celebrar la elección ordinaria, en el cual se eligieron a 122 ayuntamientos
y a los integrantes de la LIV Legislatura del Estado de México, una elección que se
desarrolló con toda la madurez política, la tranquilidad social y más aún se demostró que
es una de las primeras elecciones del nuevo milenio.
Distrito No. 3 de Temoaya
3
Dentro de la competencia del Consejo Distrital No. 3 de Temoaya, se obtuvieron
los resultados de la elección de diputados de mayoría relativa ansiados por la
ciudadanía que emitió su voto dentro del Distrito Electoral que comprende los Municipios
de Temoaya, Otzolotepec, Jiquipilco y Xonacatlán. Una vez que se obtuvieron los
resultados definitivos se procedió a entregar la constancia de mayoría relativa al
candidato electo en al contienda del Proceso Electoral del año 2000 en el Distrito
Electoral 3; asimismo se integró el expediente para el Consejo General, en los tiempos y
formas previstos por la ley electoral; Se presentó un recurso de inconformidad en contra
del computó distrital dentro del lapso comprendido para su impugnación y se integró el
expediente para ser remitido en tiempo y forma al Tribunal Electoral del Estado de
México, como la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, una vez resuelto
por la autoridad en cuestión se desechó por improcedente.
Quienes integramos la Junta Distrital nos permitimos redactar la presente
memoria, en la cual se detallan y se precisan las actividades de mayor trascendencia
efectuadas en el Proceso Electoral el año 2000, mismas que se desarrollaron con
responsabilidad, honestidad de manera constante, con profesionalismo, con entrega a
cumplir los objetivos del propio instituto, siempre guiados al amparo de la ética
profesional, teniendo presente los principios certeza, legalidad, objetividad,
independencia e imparcialidad.
Distrito No. 3 de Temoaya
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CAPITULO I
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
1. Integración
La Junta Distrital Electoral siendo un órgano desconcentrado del Instituto Electoral
del Estado de México se integró con motivo del proceso electoral del año 2000 que se
realizó en el Estado de México, por lo que se eligieron a los diputados de la LIV
Legislatura del Estado y a los integrantes de los 122 ayuntamientos de la entidad.
El Instituto Electoral del Estado de México es responsable de la organización,
desarrollo y vigilancia de los procesos electorales. Los integrantes de la junta se
seleccionan de entre los ciudadanos que participaron en el servicio electoral profesional
y el Consejo General del Instituto quien designó a los vocales que a continuación se
enuncian:
Roberto Ivan Leal Laureano Vocal Ejecutivo
Lilia Romero Becerril Vocal de Organización
Dionicio Mendoza Bermúdez Vocal de Capacitación
En la organización de las actividades para llevar acabo el proceso electoral, fue
necesario el apoyo y colaboración de personal del servicio electoral profesional, por lo
que se autorizó a dos auxiliares en esta Junta Distrital:
Armando Ortega de la Rosa Auxiliar de junta
Roberto Felix Torres Morales Auxiliar de junta
Distrito No. 3 de Temoaya
5
El Consejo Distrital se integró por un presidente y un secretario, seis consejeros
electorales y representantes de los partidos políticos acreditados, quienes tomaron
protesta en fecha 10 de febrero del año en curso así mismo quedo instalado dicho
Consejo Distrital No. 3 de Temoaya; las sustituciones que se registraron fueron de dos
consejeros suplentes de nombres Vicente Romero Becerril y Ezequiel Martínez Castaño;
las sustituciones de los representantes de los partidos políticos aparecen en el siguiente
cuadro:
Partidos Nombramiento Cargo Sustituye A:
PAN Daniel Allende Matías Representante
propietario
Victorino Pérez Rosas
PRD Cresencio Sevilla Esquivel Rpresentante
Propietario
José Guadalupe Cid
Reyes
PRD Marlen Plata Reyes Representante
propietario
Luis Hurtado Cisneros
PT José Enedino Sánchez Representante
propietario
Florentino Fernando
Ortiz Quiroz
PT Alberto Carlos San Juan
Vazquez
Representante
propietario
José Enedino Sánchez
PT Florentino Fernando Ortiz
Quiroz
Representante
propietario
Alvaro Enrique
Cervantes Lara
PVEM José Aldama Navarrete Representante
propietario
Francisco Carlos Palma
PVEM Esteban Romero Rojas Representante
propietario
José Aldama Navarrete
Distrito No. 3 de Temoaya
6
PC Pedro Octaviano Celestino Representante
propietario
Modesto Aquino Pilar
PCD Francisco Javier Quintana
de la Cruz
Representante
propietario
Héctor Alexander
Leonel Blas
PCD Jaziel González Rivero Representante
propietario
Francisco Javier
Quintana de la Cruz
PCD San Martín González Rocha Representante
Suplente
Melecio Flores Pineda
PARM Mario Díaz Maya Representante
propietario
Martín Ruiz Hernández
PARM Mario Díaz Romero Representante
propietario
Mario Díaz Maya
Finalmente el Consejo Distrital Electoral No. 3 así se integró:
Roberto Ivan Leal Laureano Presidente del Consejo
Lilia Romero Becerril Secretario del Consejo
Consejeros Electorales
Propietario Suplentes
Noemí Pérez Vázquez Rafael Borbollón Rodríguez
Guillermina Bonifacio Salinas Salvador Sánchez Flores
Marcelo Vasconcelos Rojas Lucia Rendon Jiménez
Distrito No. 3 de Temoaya
7
José Antonio Martínez Domínguez Irma Ramos Malvaez
Ma. Del Socorro Suárez Castaño Maribel Estrada Pimentel
Alfredo Segura Díaz Hortencia de la Cruz Díaz
Representantes de Los Partidos
Políticos Acreditados
Partido Político Propietario
Partido Acción NacionalDaniel Allende Matías
Partido Revolucionario InstitucionalVíctor Manuel Marmolejo Jasso
Partido de la Revolución DemocráticaCresencio Sevilla Esquivel
Partido del TrabajoAlberto Carlos San Juan Vázquez
Partido Verde Ecologista de MéxicoEsteban Romero Rojas
Convergencia por la DemocraciaPedro Octaviano Celestino
Partido de Centro DemocráticoJaziel González Rivero
Distrito No. 3 de Temoaya
8
Partido Alianza SocialRogelio Basilio Reyes
Partido Autentico de la RevoluciónMexicana Mario Díaz Romero
Partido político Suplente
Partido Acción NacionalCiro Domínguez Arzate
Partido Revolucionario InstitucionalMario González Herrera
Partido de la Revolución DemocráticaMarlen Plata Reyes
Partido del TrabajoFlorentino Fernando Ortíz Quiroz
Partido Verde Ecologista de MéxicoHerminia Eustaquio Bérmudez
Convergencia por la DemocraciaJacinto Miranda Cirila
Partido de Centro DemocráticoJaziel González Rivero
Partido Alianza SocialHilaria Gabina Gregorio Albina
Partido Auténtico de la RevoluciónMexicana Hugo Ahuejote González
Distrito No. 3 de Temoaya
9
2. Funcionamiento de los órganos desconcentrados
2.1. Tipo y número de sesiones de los consejos, acuerdos tomados, registro de
asistencia
Las sesiones que celebró el Consejo Distrital en total fueron 17 entre ordinarias y
extraordinarias, a continuación en el cuadro siguiente se enumeran los acuerdos más
importantes:
Número Fecha Tipo Acuerdos TomadosRegistro De
Asistencias
1 10/02/00 Ordinaria
Toma de protesta a los
integrantes del consejo y
declaratoria de instalación del
Consejo Distrital.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
2 29/02/00 Extraordinaria
Se aprobó la plantilla de los
capacitadores e instructores de
los municipios de Jiquipilco,
Temoaya, Otzolotepec y
Xonacatlán.
Asistieron los
seis consejeros
electorales.
3 30/03/00 Ordinaria
Se informó sobre la acreditación
de representantes de partidos
políticos ante el Consejo Distrital.
Se informó sobre las actividades
de junta y de consejo y el avance
sobre la notificación y
capacitación de ciudadanos en el
Asistieron los
seis consejeros
electorales.
Distrito No. 3 de Temoaya
10
distrito.
4 18/04/00 Ordinaria
Se aprobó la candidatura
presentada en tiempo y forma por
Convergencia por la
Democracia, siendo su candidato
propietario el C. Miguel
Domínguez Flores y como
candidato suplente la C. Rufina
Domínguez Flores y fue
aprobado por unanimidad de
votos.
Presidente,
secretario y
asistieron cinco
consejeros
electorales
propietarios.
5 27/04/00 Ordinario
Se informó sobre el registro de
plataformas electorales de las
fórmulas de candidatos a
diputados locales y el registro de
fórmulas de candidatos a
diputados por el principio de
mayoría relativa.
Se informó sobre el avance de
ciudadanos capacitados.
Se acordó aprobar por mayoría,
la Comisión de Propaganda
Electoral del Consejo Distrital.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
6 04/05/00 Ordinaria
Se acordó por unanimidad de
votos el tipo y número de Casillas
en el distrito.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
Distrito No. 3 de Temoaya
11
propietarios.
7 15/05/00 Extraordinaria
Se acordó aprobar el
procedimiento para la segunda
insaculación siendo sorteada la
letra “E”.
Se aprueba por unanimidad de
votos el tipo y número de Casillas
extraordinarias del Distrito
Electoral No. 3, siendo las
siguientes: 2315, 2318, 2331,
2336 y 4419.
Asistieron cinco
consejeros
propietarios y un
suplente.
8 27/05/00 Extraordinaria
Se acordó aprobar la integración
de la casilla especial siendo
sorteada la letra “L”.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
9 08/06/00 Ordinaria
Considerando que se
presentaron objeciones a la
primera publicación de número y
tipo de casillas, asicomo el
nombre de sus funcionarios; se
acordó aprobar por unanimidad
de votos desechar la objeción
presentada por el C. Cresencio
Sevilla Esquivel representante
propietario del Partido de la
Revolución Democrática, quien
presentó dicha objeción y se
Asistieron cinco
consejeros
propietarios y
sólo un
consejero
suplente
Distrito No. 3 de Temoaya
12
desechó por no presentar
pruebas idóneas.
Asimismo se desecharon las 64
objeciones presentadas por el C.
Felix Sánchez Salgado,
representante propietario del
Partido Revolucionario
Institucional ente el Consejo
Municipal de Jiquipilco, por no
acreditar su personalidad y no
presentar las pruebas idóneas.
10 17/06/00 Extraordinaria
Se aprobó por unanimidad de
votos el personal de apoyo del
Consejo Distrital y el personal
para la tercera fase de
capacitación.
Asistieron los
seis consejeros
propietarios.
11 19/06/00 Extraordinaria
Se acordó aprobar por
unanimidad de votos las
sustituciones de los funcionarios
por causas supervenientes,
considerando la disponibilidad
para participar el día de la
jornada electoral.
Asistieron cinco
consejeros
propietarios y un
suplente
12 23/06/00 Extraordinaria
Se acordó aprobar por
unanimidad de votos la
eliminación de las Casillas
contiguas de las secciones: 2315,
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
Distrito No. 3 de Temoaya
13
2318, 2327, 2331, 2337, 2343,
3919, 4405, 4408, 4419 y se
incrementó la casilla
extraordinaria 2 de la sección
4419.
13 24/06/00 Extraordinaria
Se verificaron las sustituciones
por negativas expresas y por
causas supervinientes de los
funcionarios que integraron las
Mesas Directivas de Casilla.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
14 30/06/00 Extraordinaria
Se acordó por unanimidad de
votos aprobar el “Operativo para
el Traslado y la Recepción de los
Paquetes Electorales el día de la
Jornada Electoral”.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
15 02/07/00 Permanente
Se acordó integrar comisiones
para el día de la jornada electoral
para la instalación, verificación y
desarrollo de la misma, resolver
incidentes que se presentaron en
las Mesas Directivas de Casilla,
así como el traslado y entrega de
paquetes electorales en los
respectivos Consejos Municipales
y Distritales.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios y
dos consejeros
suplentes.
16 05/07/00Computó
Distrital
Se acordó llevar acabo el
computó distrital de la elección de
Asistieron los
seis consejeros
Distrito No. 3 de Temoaya
14
diputados en el Distrito No. 3. electorales
propietarios.
17 23/07/00 Extraordinaria
Fueron aprobados por
unanimidad de votos los
dictámenes o las resoluciones de
los siguientes partidos políticos:
Partido Democracia Social,
Partido Verde Ecologista de
México, Partido de la Revolución
Democrática, Partido de la
Sociedad Nacionalista y Partido
del Trabajo, los cuales fueron
aprobados en Sesión Ordinaria
de la Comisión de Propaganda
Electoral del Consejo Distrital No.
3.
Asistieron los
seis consejeros
electorales
propietarios.
En todas las Sesiones del Consejo Distrital se encontraron presentes el
Presidente y Secretario del mismo. En cuanto al registro de asistencia de los
representantes de los partidos políticos acreditados ante este Consejo Distrital se
presenta el siguiente formato:
30 marzo 27 abril 4 mayo 15 mayo 27 mayo
Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación
PAN ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PRI ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PRD ✔ ✔ ✖ ✔ ✔
PT ✖ ✖ ✪ ✖ ✪ ✔ ✔
PVEM ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
Distrito No. 3 de Temoaya
15
CD ✔ ✔ ✔ ✔ ✖ ✪
PCD ✔ ✖ ✖ ✖ ✪ ✖ ✪
PSN ✖ ✖ ✖ ✖
PARM ✖ ✪ ✖ ✖ ✪ ✖ ✪ ✖ ✪
PAS ✔ ✖ ✔ ✖ ✪ ✖
DS ✖ ✖ ✖ ✖
8 junio 17 junio 19 junio 23 junio 24 junio
Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación
PAN ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PRI ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PRD ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PT ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PVEM ✖ ✪ ✔ ✔ ✖ ✪ ✔
CD ✔ ✔ ✔ ✔ ✔
PCD ✖ ✔ ✖ ✪ ✔ ✔
PSN ✖
PARM ✔ ✔ ✔ ✔ ✖
PAS ✖ ✖ ✪ ✖
DS
✔ Asistencia ✖ Inasistencia ✪ Justificación
30 junio 2 julio 5 julio 23 julio
Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación Asis. Inas.
Justifi-cación
PAN ✔ ✔ ✔ ✖
PRI ✔ ✔ ✔ ✖
PRD ✖ ✔ ✔ ✔
PT ✔ ✔ ✔ ✖
PVEM ✔ ✔ ✖ ✔
CD ✔ ✔ ✔ ✖
PCD ✔ ✔ ✖ ✖
PSNPARM ✖ ✖ ✖ ✖
PAS ✖ ✖ ✖ ✔
DS
✔ Asistencia ✖ Inasistencia ✪ Justificación
Distrito No. 3 de Temoaya
16
CAPÍTULO II
ACTIVIDADES PREVIAS A LA JORNADA ELECTORAL
1. Convenio de apoyo y colaboración firmado entre el Instituto Electoral del
Estado de México y el Instituto Federal Electoral
Fue de trascendental importancia el convenio de apoyo y colaboración, en ciertos
aspectos como: el lugar de ubicación de las Casillas en el distrito, el tipo y número de las
mismas, además se realizaron conforme a lo establecido en el mismo documento
considerando que las Juntas Municipales Electorales llevaron a cabo recorridos y fichas
técnicas de trabajo para su ubicación. Como atribución de la Junta Distrital fue sólo el
de aprobar el tipo y número de Casillas que deberían de instalarse en el Distrito Electoral
Mo. 3, verifico el desarrollo, vigilancia y organización del proceso electoral conforme a
los procedimientos establecidos en el Código Electoral del Estado de México y en cada
uno de los acuerdos enunciados en el Convenio de Apoyo y Colaboración para la
Aportación de Elementos, Información y Documentación de carácter Electoral; para el
proceso que se llevó a cabo considerando que eran elecciones concurrentes.
1.1 Actividades inherentes de las juntas y consejos distritales, derivados de la
firma del convenio
Debido a las elecciones concurrentes que se celebraron en el Estado de México y en
todo el país o el ámbito federal, ambas instancias ( IFE-IEEM), realizaron actividades
conjuntas como: recorridos a los lugares donde se instalarían las casillas estos fueron
revisadas por las Juntas Municipales de Otzolotepec y Xonacatlán, en coordinación con
la Junta Distrital Federal No. 18 de Huixquilucan; por lo que se refiere a las actividades
de verificación de los lugares para la ubicación de las casillas de Temoaya y Jiquipilco
fue realizado por las juntas municipales antes enunciadas en coordinación con la Junta
Distrito No. 3 de Temoaya
17
Distrital Federal No. 9 de Ixtlahuaca, realizando trabajos que la Junta Distrital No. 3 de
Temoaya, verificó antes de aprobar las acciones o los acuerdos, las actividades se
realizaron de la mejor manera teniendo en cuenta que el convenio fue la base
fundamental para realizar un trabajo serio, responsable, pues dicha labor fue verificada
por varias instancias agilizandon el buen desarrollo de la elección del día 2 de julio del
año en curso.
2. Actividades de capacitación
2.1 Primera insaculación
Las actividades de capacitación iniciaron con la primera insaculación tal como lo
establece el Código Electoral vigente en el Estado de México, dicha insaculación se
llevó acabo en el Centro Regional de Computó del Registro Federal de Electores, del
Instituto Federal Electoral con residencia en la ciudad de Toluca, México, el día 20 de
febrero del año 2000. Se sorteó al 20% de ciudadanos inscritos en la lista nominal de
electores de cada sección electoral en atención a lo establecido en el artículo 166 de la
legislación electoral del Estado de México, donde establece que el Consejo General del
Instituto Electoral en el mes de febrero del año de la elección, sortea a los ciudadanos
que integraran las Mesas Directivas de Casillas, por tal motivo se seleccionó un total de
22,017 ciudadanos, procediendo asimismo a la impresión de las cartas notificación-
convocatoria, las cuales contenían nombre y domicilio de los ciudadanos insaculados.
Para dar inicio a esta primera fase, se convocó a todos los ciudadanos residentes en el
Distrito Electoral, para participar como capacitadores e instructores electorales,
realizando una entrevista personal, posteriormente se aplicó un examen de
conocimientos; en sesión de fecha 29 de febrero del año en curso y en atención a los
lineamientos de la Dirección de Capacitación, se contrataron a 38 capacitadores y cuatro
instructores, mismos que fueron a probados en sesión de Consejo Distrital de la fecha
Distrito No. 3 de Temoaya
18
antes citada. Una vez aprobado el personal que laboraría en la Junta Distrital se
entregaron las cartas notificación - convocatoria, debidamente selladas y firmadas por el
Vocal Ejecutivo de la junta, dicho personal electoral se dio a la tarea de engrapar 3
trípticos: “jornada electoral” “procesos electorales”, “ ¿qué es el voto?” por tanto, una vez
que se concluyó dicha tarea; inició la entrega notificación y capacitación el día 6 de
marzo del año en curso y finalizó el día 10 de mayo del mismo año.
El capacitador tenía la función de entregar la carta notificación al ciudadano en el
domicilio señalado en el documento, asimismo tenía la opción de notificarlo y capacitarlo
en el momento de la entrega en caso de no encontrarlo volver posteriormente para su
capacitación; por otro lado cuando no era personalmente la entrega podía dejarlo a sus
familiares del ciudadano o con algún empleado si fuese negocio el domicilio señalado
por la carta - notificación, finalmente se concluyó satisfactoriamente la etapa de
notificación al 100%, siendo el resultado final de 18,403 ciudadanos notificados y 3,614
no notificados por las siguientes causas:
Causa Total
Cambio De Domicilio 1357
Suspensión Temporal 39
Impedimento Físico 148
Negativa Expresa 275
Ausencia Temporal 268
Fallecimiento 150
Otras Causas 1377
Rectificaciones -11
Total 3614
El resultado final de la entrega notificación fue de 22,017 cartas notificadas.
Distrito No. 3 de Temoaya
19
Por lo que se refiere primera capacitación el saldo es de 9,450 ciudadanos
capacitados y 3,843 ciudadanos no capacitados por las siguientes causas:
Causa Total
1.- No sabe leer o escribir. 2335
2.- Tendrá más de 70 años para el día 2 de julio del 2000. 19
3.- No tiene credencial para votar con fotografía. 420
4.- No reside en la sección electoral que señala su credencial. 109
5.- Es servidor público de confianza con mando superior. 83
6.- Tiene cargo de dirección partidista. 161
7.- Tiene parentesco en línea directa con algún candidato
registrado para la elección de diputados y/o miembros de los 122
ayuntamientos del Estado de México.
79
8.- Ha sido condenado por algún delito que amerita pena
corporal.2
9.- No acredita con documentos su nivel de estudios. 0
10.- No se anexa el documento de nivel de estudios. 0
11.- No estaría dispuesto a exhibir el documento de nivel de
estudios a la autoridad electoral.0
12.- Negativa expresa. -424
13.- Otros motivos. 635
Total 3,843
En cuanto a los centros de capacitación marcados por los lineamientos de la
Dirección de Capacitación del Instituto Electoral del Estado, se instalaron en las juntas
municipales y distritales de su jurisdicción, con las siguientes direcciones:
Distrito No. 3 de Temoaya
20
Distrito Domicilio
III Temoaya Reforma s/n., esquina Reforma agraria
Colonia Molino Arriba., C.P. 50850
Municipio Domicilio
Temoaya Carretera Temoaya - Toluca Molino Abajo,
a cien metros después de los arcos. (hacia
Toluca).
Jiquipilco Morelos No. 12 cabecera municipal, a un
costado de la presidencia municipal.
Xonacatlán Calle Gustavo A. Vicencio No. 20, casi
esquina con 5 de mayo.
Otzolotepec Juárez No. 4, Villa Cuauhtémoc.
Por lo tanto las juntas municipales asumieron la responsabilidad de atender a los
ciudadanos insaculados que acudieran a capacitarse en los domicilios de las propias
juntas iniciando el 6 de marzo al 30 de junio del año 2000, dentro del horario de atención
al público de los órganos desconcentrados.
Para la integración de las Mesas Directivas de Casilla, se contó con un personal
calificado para cumplir con los objetivos de la capacitación electoral. Reiterando que las
solicitudes de aspirantes a capacitadores e instructores electorales fueron recibidas por
las juntas municipales y por la Junta Distrital:
Jiquipilco 32
Temoaya 18
Otzolotepec 39
Distrito No. 3 de Temoaya
21
Xonacatlán 33
Junta Distrital 48
Total 164
Del total de aspirantes que presentaron examen, sé eligieron a los que aprobaron
con la calificación más alta, por tal motivo la selección de capacitadores quedo así: con
la calificación mayor el puesto de instructor hasta completar el número requerido en
cada municipio que comprende el Distrito No. 3, contratarse a 38 capacitadores y 4
instructores, debo agregar que entre los 38 capacitadores, se contrataron 3 bilingües,
debido a las circunstancias del Distrito que así lo requerían, por la zona geográfica y la
población que comprende comunidades que aún conservan su dialecto otomí.
Finalmente, no todos los capacitadores e instructores terminaron su labor, realizándose
las sustituciones que se mencionan en el siguiente cuadro:
"PLANTILLA MUNICIPIO JIQUIPILCO"
Nombre Calificacion Puesto Altas
Santiagon Sánchez González 7.20 Instructor 1/03/00
Barrientos Lopéz Adrian 8.40 Capacitador 1/03/00
Robledo Bernal Wilfrido 8.00 Capacitador 1/03/00
Barrera Óomez Marco Antonio 8.00 Capacitador 1/03/00
Barrera Gómez León 8.00 Capacitador 1/03/00
Arzate Loza Inocencio 7.60 Capacitador 1/03/00
Becerril García Juan José 7.60 Capacitador 1/03/00
Jiménez Rivera Román 7.60 Capacitador 1/03/00
Dávila Jiménez Maribel 7.20 Capacitador 1/03/00
Rene Ramos Malvaez 6.00 Capacitador 25/04/00
Villegas Rueda María Luisa 6.80 Capacitador 5/03/00
Blancas González Ma. De Lourdes 6.80 Capacitador 7/03/00
Total De Registros: 12
Distrito No. 3 de Temoaya
22
"PLANTILLA MUNICIPIO TEMOAYA"
Nombre Calificación Puesto Altas
José Manuel Olmos Martínez 7.20 Instructor 25/04/00
Peréz Reyes Huciel 8.40 Capacitador 14/03/00
Romero Salvador Delia 7.60 Capacitador 1/03/00
Reyes Fernández Araceli 7.60 Capacitador 1/03/00
Reyes de la Merced Ricardo 7.60 Capacitador 1/03/00
Fernández de la Cruz Romualdo 7.60 Capacitador 1/03/00
Albarrán Suárez María Guadalupe 7.20 Capacitador 1/03/00
Antonio Mireles Pérez 7.20 Capacitador 6/03/00
Zacarias Porfirio Armando 7.20 Capacitador 6/03/00
Fabela Martínez Juan Gabriel 7.20 Capacitador 9/03/00
Juaréz García Claudio 6.40 Capacitador 1/03/00
Sotero GilJjaime Aureliano 6.40 Capacitador 7/03/00
Total De Registros: 12
"PLANTILLA MUNICIPIO OTZOLOTEPEC"
Nombre Calificación Puesto Altas
Torres Alba Ramón 8.80 Instructor 9/03/00
Alba Sevilla Cleotilde 8.40 Capacitador 1/03/00
Munguia Flores José Antonio 8.40 Capacitador 1/03/00
Reyna Valverde María Alva 8.00 Capacitador 1/03/00
Martínez Esquivel Angelica 8.00 Capacitador 1/03/00
Escalante Mireles Ariadna 8.00 Capacitador 1/03/00
Zarco Villavicencio Juan Carlos 8.20 Capacitador 1/03/00
Vial Alva Aisar 7.60 Capacitador 7/03/00
Turin García Juan Manuel 7.20 Capacitador 5/03/00
Maya Peñaloza Erendida 7.20 Capacitador 9/03/00
González Rodríguez Lucila 6.80 Capacitador 9/03/00
Total De Registros: 11
Distrito No. 3 de Temoaya
23
"PLANTILLA MUNICIPIO XONACATLAN"
Nombre Calificación Puesto Altas
Bonifacio Flores Azael 9.80 Instructor 1/03/00
Lechuga Moreno Teresa 9.40 Capacitador 1/03/00
Bernal Plata Osvaldo 8.40 Capacitador 1/03/00
Ruaro Salome Jorge 8.40 Capacitador 1/03/00
Tapia Leon Rocío 7.60 Capacitador 1/03/00
Ortíz Borbollon Miguel Angel 7.60 Capacitador 1/03/00
Zamora García Karina 6.80 Capacitador 9/03/00
Laura Angelica González Valdivia 6.5 Capacitador 1/04/00
Total De Registros: 8
Las sustituciones que se realizaron en el personal de capacitación fueron por tres
causas como a continuación se detallan:
Sustitución : Casanova Pachuca Pedro, González Sánchez Santiago, Rodríguez
Báez Gloria Cristina, Olmos Martínez José Manuel, Pérez Reyes Uziel, Torres Alva
Ramón.
Baja : Alcántara Roque Audomaro, Romero Becerril Vicente, Esiquio Archundia
González, Mejía Castillo Berénice, Martínez Castaño Cipriano, Hernández González
Ezequiel, Epifanio Súarez J. Guadalupe, Duran Miramar María Guadalupe.
Renuncia: Becerril Sánchez Martha, Robles Rosales Gonzalo, Morales Vargas
Antonio, Hidalgo Castaño Erika, Romero Salvador Maricarmen, Alvarez González Delia,
Gutiérrez Alva Isidro.
Distrito No. 3 de Temoaya
24
En cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo General del Instituto se llevaron a
cabo 4 pláticas informativas relacionadas con el Proceso Electoral del año 2000, las
cuales estuvieron dirigidas principalmente a los consejeros electorales y a los
representantes de los partidos políticos acreditados ante este Consejo Distrital, como se
observa en el siguiente cuadro:
Fecha Tema Impartió
11 de marzo Sistemas electorales Lic. Rolando Garduño Alanis
18 de marzo ¿Quiénes participan en una elección? Lic. Armando Ortega de la Rosa
25 de marzo
Organos del Instituto Electoral del
Estado de México y Procesos
Electorales del Estado de México
Lic. Lilia Romero Becerril
Lic. Dionisio Mendoza
Bermúdez
Lic. Roberto Felix Torres
Morales
1 de abril Sistema de medios de impugnación Lic. Roberto Ivan Leal Laureano
2.2 Segunda insaculación
De acuerdo a lo establecido en la legislación Electoral vigente en el Estado de
México, el día 15 de mayo del año 2000 y en sesión extraordinaria del Consejo Distrital
Electoral se llevó a cabo la segunda insaculación con el fin de seleccionar a los
ciudadanos que integrarían las Mesas Directivas de Casilla, asimismo se procedió a
realizar el sorteo de las letras del abecedario siendo sorteada la letra “E”, para agilizar
la asignación de los ocho funcionarios, el procedimiento se realizó de manera
automatizada con el apoyo del área de informática y emitió la impresión de las cartas
notificación siendo un total de 1728 ciudadanos insaculados en esta segunda etapa,
requeridos por el Consejo Distrital, en atención al total necesario para instalar las 206
Distrito No. 3 de Temoaya
25
Mesas Directivas de Casilla. La impresión contenía los nombres de los ciudadanos
insaculados con la letra antes enunciada, si no eran insuficientes para integrar la casilla,
sé continuó con la letra subsecuente siempre y cuando estuviesen capacitados. Ahora
bien en esta segunda fase inicia el día 20 de mayo y fenece el día 10 de junio del año
en curso. La segunda etapa de capacitación tenía como finalidad primordial capacitar de
manera exhustiva a quienes son integrantes de las Mesas Directivas de Casilla, pues
ellos tuvieron la misión de instalar las Casillas, recibir los votos, realizar el cierre, el
escrutinio y computó de la votación y finalmente entregar los paquetes electorales en
cada uno de los consejos municipales y posteriormente a los consejos distritales,
terminando así su labor de funcionario de casilla.
Sin embargo en sesión de fecha 24 de junio del año 2000 se llevó a cabo la
sustitución de funcionarios de Mesas Directivas de Casilla, por causas supervenientes
en la que el ciudadano no podía desempeñar el cargo antes referido, pues en la circular
DC/020/00 enviada por la Dirección de Capacitación, debían de acreditar que dichas
sustituciones fuesen verídicas y que los integrantes del Consejo Distrital pudieran en
cualquier momento verificar el expediente o ir a campo personalmente; por tal motivo y
para ahorrar tiempo se optó que fueran los propios capacitadores quienes propusieran
las sustituciones en virtud de que ellos conocían la disponibilidad de los ciudadanos que
realmente deseaban participar como integrantes de una Mesa Directiva de Casilla.
Ahora bien, con fecha 20 al 30 de junio del presente año se llevó a cabo una
tercera etapa de reforzamiento de capacitación, esta consistía en capacitar a los
funcionarios designados de las Mesas Directivas de Casilla, asimismo se realizaron
simulacros con dichos funcionarios con la finalidad de esclarecer sus dudas antes de la
jornada electoral y tener más soltura en el desempeño de su función encomendado por
el Instituto Electoral del Estado de México.
Distrito No. 3 de Temoaya
26
Cabe mencionar que en la segunda insaculación y en la sustitución de
funcionarios de Mesas Directivas de Casillas por causas supervenientes, el Consejo
Distrital en su sesión extraordinaria de fecha 23 de junio, suprimio diez Casillas, en
consecuencia disminuyó el número de ciudadanos insaculados y finalmente se integró
así:
Fecha Numero De Casilla Ciudadanos Asignados
15 de mayo 216 1,728
27 de mayo 217 1,736
23 de junio 206 1,648
Así que en la segunda insaculación necesitaron 1728 para cubrir 216 Casillas;
posteriormente se instaló una casilla especial y aumento el número a 1736 y con la
supresión de diez Casillas termina con 1648 ciudadanos y 206 Casillas. De los 1,648
ciudadanos insaculados se notificó a 1,408 y 240 no notificados, 1408 capacitados y 240
no capacitados; ya en la tercera etapa de reforzamiento de capacitación se sustituyeron
a 351 ciudadanos insaculados requeridos por lo cual son 349 notificados y 2 no
notificados; son 349 capacitados y finalmente fueron 1648 ciudadanos asignados para
instalar en las 206 Mesas Directivas de Casillas para el día 2 de julio del año 2000.
3.- Padrón electoral y lista nominal
Se tiene el dato de 115, 449 ciudadanos están inscritos en el padrón electoral; de
114,579 en la ,lista nominal con corte al 2 de junio del año en curso.
Durante un breve lapso que comprende del 26 de marzo al 14 de abril del año 2000,
se exhibió la lista nominal en el Distrito Electoral No. 3 de Temoaya, México, misma que
comprende los municipios de Jiquipilco, Temoaya, Otzolotepec y Xonacatlán, en esta
Distrito No. 3 de Temoaya
27
actividad los ciudadanos realizaron un procedimiento sencillo: buscarse en lista nominal
y en caso de no aparecer o estuviese alguno de sus datos mal, debía llenar un formato
para continuar con el trámite y la recepción de solicitudes de rectificación en cada Junta
Municipal o Distrital, el vocal de organización fue el responsable de recibir las solicitudes
de rectificación, mismas que entregó a la Vocalía del Registro Federal de Electores
dentro de las 24 horas siguientes en que fueron presentadas mediante un oficio. Se
debe mencionar que en esta Junta Distrital No. 3, no recibió ninguna solicitud de
rectificación de datos durante el periodo de la exhibición de la lista nominal; únicamente
se recibieron 99 solicitudes para la revisión de sus datos en la lista nominal; al concluir el
período de la exhibición se levantó una acta circunstanciada y las solicitudes de
rectificación se entregaron en blanco a la Vocalía del Registro Federal de Electores, así
también los formatos de revisión en lista nominal requisitados a la Dirección General del
Instituto Electoral del Estado de México.
Como atribución de la Junta Distrital se determinó el tipo y número de Casillas a instalar
dentro de su jurisdicción, por tal, el número de Casillas a instalar, fue:
Jiquipilco: 58 casillas: 30 básicas, 21 contiguas y 7 extraordinarias.
Otzolotepec: 47 Casillas: 24 básicas, 22 contiguas y 1 extraordinaria.
Temoaya: 64 Casillas: 26 básicas, 30 contiguas, 7 extraordinarias y una casilla
especial.
Xonacatlán: 37 Casillas: 14 básicas, 23 contiguas y ninguna extraordinaria.
En resumen se instalaron en el Distrito Electoral No. 3, un total de 205 Casillas entre
básicas, contiguas, extraordinarias, más una casilla especial, resultado 206 Casillas,
para la jornada electoral del 2 de julio del año en curso.
Distrito No. 3 de Temoaya
28
4. Procedimiento para determinar tipo y número de Casillas
Respecto a este punto se debe mencionar que en fecha 04 de mayo del año en
curso en sesión ordinaria del Consejo Distrital y para dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 112 fracción II de la Legislación Electoral, se dio complimiento al
procedimiento para determinar el tipo y número de Casillas a instalar en el distrito
conforme a los artículos 163 y 164 del Código Electoral del Estado de México, por lo
que se utilizó la lista nominal de electores con corte al 28 de abril, además se seleccionó
una sección electoral y se verificó el número de electores; se realizó la operación
matemática de dividir el número de electores entre 750 para obtener el tipo y número de
Casillas, donde la primera casilla es básica, y cuando sobrepasó los 750 se determinó
instalar una contigua; ahora bien, este procedimiento se realizó en cada una de las
secciones del distrito. Por lo que se refiere a las Casillas extraordinarias, los vocales de
organización de las cuatro juntas municipales en coordinación con el vocal de
organización de la Junta Distrital llevaron a cabo una reunión de trabajo para verificar las
distancias, tiempos, situación geográfica de las secciones donde se instalaron las
casillas extraordinarias. En sesión extraordinaria de fecha 15 de mayo se aprobó por
unanimidad de votos el tipo y número de Casillas extraordinarias de las siguientes
secciones: 2315, 2318, 2331, 2336 y 4419. En sesión extraordinaria de fecha 17 de junio
del año en curso considerando los estudios realizados en campo por la Junta Federal
No. 9 y en atención al convenio celebrado entre ambos institutos IEEM-IFE, se aprobó
eliminar la casilla extraordinaria 2 de la sección 2318 y la extraordinaria 1 de la sección
2336. Ante esta situación, en la sesión extraordinaria de fecha 23 de junio se consideró
de nueva cuenta eliminar las Casillas contiguas de las siguientes secciones: 2315, 2318,
2327, 2331, 2337, 2343, 3919, 4405, 4408 y 4419, incrementándose sólo la casilla
extraordinaria 2 de la sección 4419.
Distrito No. 3 de Temoaya
29
4.1 Número de Casillas especiales
El convenio de colaboración entre el Instituto Electoral del Estado de México y el
Instituto Federal Electoral y los estudios de campo que llevaron acabo las juntas
municipales de Temoaya y la Junta Distrital No. 3, se consideró viable la instalación de
la casilla especial en el municipio de Temoaya de la sección 4403, con domicilio en
prolongación Reforma S/N, cabecera municipal de Temoaya, C.P. 50850. Por
considerarse un lugar de tránsito constante al centro ceremonial otomi además cuenta
con una gran afluencia turística.
4.2 Lista nominal de casillas extraordinarias
El trabajo de campo realizado por las juntas municipales de Jiquipilco, Temoaya,
Otzolotepec, Xonacatlán y de la Junta Distrital del Instituto Electoral del Estado de
México y las juntas distritales federales electorales No. 9 y 18 del Instituto Federal
Electoral, en relación a las fichas técnicas de trabajo elaboradas por cada una de las
juntas antes enunciadas, se desprende el análisis de: distancias y tiempos, los diversos
medios de comunicación localizados y la situación geográfica de las secciones, todo
esto permitió la instalación de las Casillas extraordinarias donde realmente eran
necesarias para que acudieran los electores a emitir su voto.
5. Publicaciones
Primera y segunda publicación de tipo y número de Casillas, funcionarios de
Mesas Directivas de Casilla, objeciones que se presentaron y las resoluciones
La primera publicación del encarte se realizó el día 2 de junio del año 2000, donde
se dio cumplimiento al artículo 171 del Código Electoral del Estado de México párrafo
Distrito No. 3 de Temoaya
30
tercero; el Secretario del Consejo hizo entrega de una copia de los encartes a los
representantes de los partidos políticos acreditados ante este Consejo Distrital, estando
presentes los siguientes: Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional,
Partido de la Revolución Democrática, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de
México, Partido Convergencia por la Democracia, Partido de Centro Democrático,
Partido Alianza Social y Partido Auténtico de la Revolución Mexicana. Realizándose en
reunión de trabajo lo cual se hizo constar en un acta circunstanciada.
La segunda publicación del encarte se celebró en fecha 17 de junio del año 2000,
y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 172 del Código Electoral del Estado de
México, misma que se llevó acabo en reunión de trabajo que se hizo constar en un acta
circunstanciada. Ahora bien, en cuanto a las objeciones presentadas en fecha 07 de
junio del año 2000, el C. Cresencio Sevilla Esquivel, representante propietario del
Partido de la Revolución Democrática; interpuso una objeción de un funcionario que se
presumía laboraba como apoderado jurídico del DIF de Temoaya, por lo que estando
dentro del término de la objeción y presentar las pruebas suficientes para darle trámite,
el representante antes enunciado no las ofreció y por tanto se desestimó; de igual
manera en la misma fecha antes referida el representante propietario del Partido
Revolucionario Institucional del Consejo Municipal de Jiquipilco, interpuso 64 objeciones
las cuales no fueron aceptadas por carecer de pruebas suficientes, así como no haber
acreditado la personalidad del promovente ante este Consejo Distrital.
Distrito No. 3 de Temoaya
31
CAPITULO III
PARTIDOS POLÍTICOS
1. Partidos que participaron en el proceso
Los partidos políticos que se acreditaron dentro de los 30 días a la instalación del
Consejo Distrital para el Proceso Electoral fueron 11 ante el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de México, y fueron los siguientes:
• Partido Acción Nacional
• Partido Revolucionario Institucional
• Partido de la Revolución Democrática
• Partido del Trabajo
• Partido Verde Ecologista de México
• Convergencia por la Democracia
• Partido de Centro Democrático
• Partido Alianza Social
• Partido Democracia Social
• Partido de la Sociedad Nacionalista
• Partido Auténtico de la Revolución Mexicana
Referente a las faltas acumuladas de los representantes de los partidos políticos, es
decir a más de tres faltas consecutivas, se estuvo a lo establecido en el artículo 133 del
Código Electoral del Estado de México, por lo que la sustitución de los partidos políticos:
Sociedad Nacionalista y Democracia Social, fue resuelta en fecha 27 de mayo en
sesión extraordinaria por los integrantes del consejo quienes resolvieron dejar sin
representación ante este Consejo Distrital a los partidos antes procediéndose a la
Distrito No. 3 de Temoaya
32
notificación en fecha 29 de mayo en los domicilios que señalaron para oír y recibir
notificaciones.
2. Candidatos registrados
En cumplimiento al Decreto No. 154 de la H. LIII Legislatura del Estado de México,
de fecha 3 de marzo del año 2000, en su artículo tercero establece el registro de
candidaturas para diputados por el principio de mayoría relativa que comprende del 1º al
15 de abril; aconteció que el quince de abril del presente año, se presentó el C.
Fernando Gutiérrez Briones en su carácter de coordinador regional de la zona centro sur
del Estado de México, a registrar la fórmula de candidatos a diputados por el principio de
mayoría relativa del Partido Convergencia por la Democracia ante este Consejo Distrital
No. 3, presentando los documentos en tiempo y forma establecidos por la legislación
constitucional del Estado y la legislación electoral que nos rige, siendo candidato
propietario el C. Miguel Domínguez Flores y como suplente la C. Rufina Domínguez
Flores siendo el único partido político que se presentó ante este Consejo Distrital para su
registro, los demás partidos políticos que participaron en la contienda electoral se
registraron de manera supletoria ante el Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de México. El registro que se realizó ante esta instancia se aprobó en sesión
ordinaria celebrada en fecha 18 de abril del año en curso, por los integrantes del
Consejo Distrital Electoral, por decisión unánime de los mismos.
3. Actividades de la comisión que se integó para la atención de los asuntos
relacionados con la propaganda electoral en el Distrito No. 3
Respecto a las actividades de la comisión de propaganda fue principalmente la de
resolver los escritos de inconformidad presentados por los partidos políticos; así mismo
el Secretario Técnico de la Comisión; fue quien realizó el registro de los escritos en el
Distrito No. 3 de Temoaya
33
libro de controversias en materia electoral de la Comisión de Propaganda Electoral del
Consejo Distrital No. 3 de Temoaya, los siguientes escritos:
1.- En fecha 15 de junio del año en curso el C. Víctor Manuel Marmolejo Jasso,
representante propietario del Partido Revolucionario Institucional; presentó dos escritos
de inconformidad, en contra del Partido Democracia Social y del Partido Verde
Ecologista de México.
2.- En fecha 26 de junio del año en curso el C. Víctor Manuel Marmolejo Jasso,
representante propietario del Partido Revolucionario Institucional; presentó tres escritos
de inconformidad en contra de los siguientes partidos políticos: Partido de la Revolución
Democrática, Partido de la Sociedad Nacionalista y Partido del Trabajo.
De igual manera el Secretario Técnico de la Comisión atendió las promociones
presentadas por los partidos políticos, así como las certificaciones o fe de hechos
solicitadas en los lugares que los partidos políticos consideraban que se había
transgredido el orden jurídico electoral. El C. Mario González Herrera, representante
suplente del Partido Revolucionario Institucional; interpuso tres promociones para que el
secretario técnico de la comisión diera fe de los hechos en contra de los actos
cometidos por el Partido Democracia Social, Partido Alianza Social y Partido Verde
Ecologista de México, esto en el centro del Zolotepec y Mimiapan del municipio de
Xonacatlán. En fecha 16 de junio del año en curso el C. Cresencio Sevilla Esquivel,
representante propietario del Partido de la Revolución Democrática; se presentó con un
número aproximado de 100 personas para solicitar al secretario técnico hiciera acto de
presencia en la parte que se denomina el cordero o bajada de la parte del centro de la
carretera Temoaya - Jiquipilco en el kilómetro 2 y procediera a certificar que la
propaganda de su partido político había sido destruida por personas afiliadas al Partido
Distrito No. 3 de Temoaya
34
Acción Nacional; aunado a ello en cada una de las promociones presentadas se realizó
una acta circunstanciada para dejar testimonio de lo presenciado de manera real y
verídica en el lugar de los hechos.
Por lo que se refiere a los actos procedimentales establecidos en los
lineamientos, los integrantes de la Comisión de Propaganda Electoral del Consejo
Distrital No. 3, en todo momento se apegaron a los principios establecidos en nuestra
legislación electoral se acató el Acuerdo No. 33 aprobado por el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de México, apegados siempre a los principios rectores del
derecho, la equidad, la justicia e indudablemente la valoración de las pruebas y las
circunstancias que para cada caso fueron de manera exhaustiva y minuciosa.
A continuación se presentan cada uno de los pasos que se realizaron para llegar
elaborar las propuestas de dictamen o resolución de la comisión:
Expediente:CPE/CD3/01/2000
Promovente:
VS.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido Democracia Social.
• En fecha 15 de junio del año 2000, siendo las 20:00 horas, se presentó el C. Víctor
Manuel Marmolejo Jasso, representante propietario del Partido Revolucionario
Institucional; ante la secretaría técnica para presentar el escrito de inconformidad en
contra del Partido Democracia Social, en el escrito se acompañaron como pruebas
una placa fotográfica donde se localiza un poste de luz y se encuentra adherido un
cartel del Partido Democracia Social (propaganda impresa del candidato a diputado
local por el III Distrito el C. Antonio Morales Ramos, adherido en 43 postes de luz
ubicados en el municipio de Xonacatlán), el acta circunstanciada del secretario
técnico que dio fe de los hechos a petición del promovente.
Distrito No. 3 de Temoaya
35
• En el estudio del expediente se dictó el acuerdo que admite el escrito de
inconformidad de fecha 19 de junio del año 2000 al reunir los requisitos de fondo y
forma para instaurar el procedimiento respectivo.
• En fecha 21 de junio del año en curso, siendo las 18:30 horas, se procedió a realizar
el emplazamiento, notificación y certificación. Asimismo al término de las cuarenta y
ocho horas para que conteste la inconformidad y manifieste lo que a su derecho
convenga, comenzó a correr a las 18:30 horas del día 21 de junio y feneció a las
18:30 horas del día 23 de junio, dentro del término concedido no dio contestación y
se dictó el acuerdo por el que se tiene por no contestado al Partido Democracia
Social; en consecuencia se allanó a los hechos de la parte promovente.
• En consecuencia de lo actuado se procedió a formular un proyecto de dictamen o
resolución de controversias en materia de Propaganda y Campañas Electorales,
donde la comisión propone se le imponga una sanción económica, una multa
consistente en ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el
Estado de México, por adherir propaganda del Partido Democracia Social en
cuarenta y tres postes de luz, transgrediendo lo establecido en el artículo 158
fracción IV del Código Electoral del Estado de México, entendiendo que el poste de
luz es considerado por la legislación electoral como equipamiento urbano.
Expediente:CPE/CD3/02/2000
Promovente:
VS.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido Verde Ecologista de México.
• En fecha 15 de junio del año 2000, siendo las 20:00 horas, se presentó el C. Víctor
Manuel Marmolejo Jasso, representante propietario del Partido Revolucionario
Institucional, ante la secretaría técnica para presentar el escrito de inconformidad en
contra del Partido Verde Ecologista de México, en el escrito acompaño como
pruebas una placa fotográfica donde se localiza un poste de luz y se encuentra
Distrito No. 3 de Temoaya
36
adherido un cartel del Partido Verde Ecologista de México (propaganda impresa de
la candidata a diputada local por el III Distrito la C. Alma Rosas Gutiérrez, adherido
en 22 postes de luz ubicados en el municipio de Xonacatlán), el acta
circunstanciada del Secretario Técnico que dio fe de los hechos a petición del
promovente.
• En el estudio del expediente se dictó el acuerdo que admite el escrito de
inconformidad en fecha 19 de junio del año 2000, al reunir los requisitos de fondo y
forma para instaurar el procedimiento.
• En fecha 21 de junio del año en curso, siendo las 17:40 horas, se llevó a cabo el
emplazamiento, notificación y certificación. Asimismo el término de las cuarenta y
ocho horas para que conteste la Inconformidad y manifieste lo que a su derecho
convenga, inició a las 17:40 horas del día 21 de junio y feneció a las 17:40 horas
del día 23 de junio, dentro del término concedido se recibió un oficio donde el C.
Esteban Romero Rojas, representante propietario del Partido Verde Ecologista de
México, solicitó que el expediente de número CPE/CD3/02/2000 fuera turnado
directamente a la Comisión de Radiodifusión y Propaganda del Consejo General del
Instituto, por lo que la Comisión consideró desecharlo porque se tiene que agotar el
procedimiento instaurado por los lineamientos, considerando que no se dio
contestación a los hechos se dictó el acuerdo por el que se tiene por no contestado
al Partido Verde Ecologista de México; en consecuencia se allanó al escrito de la
parte promovente.
• En fecha 28 de junio del presente año el C. Esteban Romero Rojas, representante
propietario del Partido Verde Ecologista de México y el C. Victor Manuel Marmolejo
Jasso, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional; convinieron
en llegar a un acuerdo conciliatorio, mismo que fue admitido por el Presidente y
Secretario Técnico de la comisión, en consecuencia se dictó un acuerdo que recae
al convenio de conciliación celebrado entre ambos partidos, misma que tendrá los
Distrito No. 3 de Temoaya
37
efectos como si se tratara de una resolución definitiva, dando por concluida la
controversia y procediendo al archivo de la misma.
Expediente:CPE/CD3/03/2000
Promovente:
VS.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido de la Revolución Democrática.
• En fecha 26 de junio del año 2000, siendo las 19:20 horas, interpuso el C. Víctor
Manuel Marmolejo Jasso, representante propietario del Partido Revolucionario
Institucional; un escrito de inconformidad en contra del Partido de la Revolución
Democrática, en tal documento se acompañaron como pruebas una placa fotográfica
donde se localiza una barda de un local donde se encuentra pintada la propaganda
del Partido de la Revolución Democrática del candidato a diputado local por el III
Distrito, el C. Enrique Galicia Hernández y el acta circunstanciada del secretario
técnico que dio fe de los hechos a petición del promovente.
• En el estudio del expediente se dictó el acuerdo que admite el escrito de
inconformidad en fecha 28 de junio del año 2000 al reunir los requisitos de fondo y
forma para instaurar el procedimiento respectivo.
• Con fecha 03 de julio del año en curso, siendo las 17:20 horas, se realizó el
emplazamiento, notificación y certificación. Asimismo el término de las cuarenta y
ocho horas para que conteste el escrito de inconformidad y manifieste lo que a su
derecho convenga, inició a las 17:20 horas del día 03 de julio y feneció a las 17:20
horas del día 05 de julio, dentro del término concedido dio contestación y se dictó un
acuerdo en el que se tiene por contestado en tiempo y forma al Partido de la
Revolución Democrática, presentando como pruebas una placa fotográfica y el acta
circunstanciada del secretario técnico.
• Por tal motivo se procedió a formular un proyecto de dictamen o resolución de
controversia en materia de propaganda y campañas electorales, donde la comisión
Distrito No. 3 de Temoaya
38
propone se le imponga como sanción una multa consistente en ciento
cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Estado de México. por
pintar un local escolar con la propaganda del candidato a diputado por el III Distrito
C. Enrique Galicia Hernández, en el estudio del expediente se considero el
consentimiento del dueño para ser pintada dada su naturaleza privada del bien
inmueble, pero en razón de las actividades escolares que se desempeñan dentro del
local autorizado por la SEP-CONAFE, con la leyenda “Miguel Hidalgo y Costilla” con
número CCTISKJNDO48L, siendo un inmueble de educación preescolar ubicado en
la comunidad de Rancho Alegre, Municipio de Jiquipilco; tales hechos se adecuaron
al tipo legal electoral en el apartado décimo octavo numeral dos, inciso f) de los
Lineamientos para regular la Propaganda Electoral durante los Procesos Electorales
en el Estado de México del año 2000.
Expediente:CPE/CD3/04/2000
Promovente:
VS.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido de la Sociedad Nacionalista.
• En fecha 26 de junio del año 2000, siendo las 19:25 horas, el C. Víctor Manuel
Marmolejo Jasso, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional
interpuso ante la secretaría técnica un escrito de inconformidad en contra del Partido
de la Sociedad Nacionalista, asimismo se acompañaron como pruebas la
acreditación del promovente, una placa fotográfica donde se localiza un poste de luz
y se encuentra adherido un cartel del Partido de la Sociedad Nacionalista
(propaganda impresa del candidato a diputado local por el III Distrito, C. Arnulfo
Castañeda Peña, adherido en 6 postes de luz en la avenida Benito Juárez del
Municipio de Jiquipilco), el acta circunstanciada del Secretario Técnico que dio fe de
los hechos a petición del promovente.
Distrito No. 3 de Temoaya
39
• En el estudio del expediente se dictó el acuerdo que admite el escrito de
inconformidad de fecha 28 de junio del presente año, al reunir los requisitos de fondo
y forma para instaurar el procedimiento.
• Con fecha 10 de julio del año en curso, siendo las 16:00 horas, se realizó el
emplazamiento, notificación y certificación. Asimismo el término de las cuarenta y
ocho horas para que contestara el escrito de inconformidad y manifestara lo que a su
derecho convenga, comenzó a las 16:00 horas del día 10 de julio y feneció a las
16:00 horas del día 12 de julio, estando dentro del término concedido no dio
contestación al escrito de inconformidad el partido en mención y se allanó a los
hechos del promovente.
• El día 14 de julio del año en curso el C. Victor Manuel Marmolejo Jasso,
representante propietario del Partido Revolucionario Institucional; se presentó ante el
Presidente y Secretario Técnico de la Comisión, para manifestar su desistimiento
respecto al escrito de inconformidad interpuesto en contra del Partido de la Sociedad
Nacionalista y se dictó un acuerdo que admite el escrito de desistimiento del
Partido Revolucionario Institucional, mismo que tendrá los efectos como si se
tratara de una resolución definitiva, dando por concluida la controversia procediendo
al archivo de la misma.
Expediente:CPE/CD3/05/2000
Promovente:
VS.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido del Trabajo
• El día 26 de junio del año 2000, siendo las 19:30 horas, el C. Víctor Manuel
Marmolejo Jasso, representante propietario del partido Revolucionario Institucional,
interpuso ante la secretaría técnica un escrito de inconformidad en contra del Partido
del Trabajo, acompañando a su escrito como prueba una placa fotográfica donde se
localiza un poste y se encuentra adherido un cartel del Partido del Trabajo
(propaganda impresa del candidato a diputado local por el III Distrito C. Carlos
Distrito No. 3 de Temoaya
40
Sánchez Sánchez, adherido en 9 postes de luz, ubicados en la avenida Benito
Juárez del Municipio de Jiquipilco), el acta circunstanciada del Secretario Técnico
que dio fe de los hechos a petición del promovente.
• En el estudio del expediente se dictó el acuerdo que admite el escrito de
inconformidad de fecha 28 de junio del año en curso al reunir los requisitos de fondo
y forma para instaurar el procedimiento.
• En fecha 06 de julio del año en curso, siendo las 17:25 horas, se procedió al
emplazamiento, notificación y certificación. Asimismo el término de las cuarenta y
ocho horas para que conteste la inconformidad y manifieste lo que a su derecho
convenga, comenzó a las 17:25 horas del día 06 de julio y feneció a las 17:25
horas del día 08 de julio, dentro del término concedido no dio contestación por lo que
se dictó el acuerdo por el que se tiene por no contestado al Partido del Trabajo y se
allanó a los hechos del promovente.
• Por tal motivo se procedió a formular un proyecto de dictamen o resolución de
controversias en materia de Propaganda y Campañas Electorales, donde la
comisión propone se le imponga como sanción económica, una multa
consistente en ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el
Estado de México, por adherir propaganda del Partido del Trabajo en nueve
postes de luz, transgrediendo lo establecido en el artículo 158 fracción IV del Código
Electoral del Estado de México, aduciendo que los postes de luz son considerados
por la Legislación electoral como equipamiento urbano.
El día 11 de junio del año en curso, la comisión de propaganda realizó un recorrido en
el municipio de Xonacatlán, para verificar que la propaganda electoral en este municipio
estuviese conforme a la Legislación electoral así mismo se levantó una minuta de trabajo
que fue firmada por los integrantes de la comisión.
Distrito No. 3 de Temoaya
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En fecha 20 de julio del año 2000 y en sesión ordinaria de la Comisión de Propaganda
Electoral del Consejo Distrital, tuvo a bien aprobar los proyectos de dictamen o
resolución de controversias en materia de Propaganda y Campañas Electorales y dar
cumplimiento a los lineamientos para regular la propaganda electoral, durante los
procesos electorales del Estado de México del año 2000.
Ahora bien el día 23 de julio del año en curso, se llevó a cabo la sesión extraordinaria
del Consejo Distrital Electoral No. 3 de Temoaya, con la finalidad de aprobar los
dictámenes o resoluciones de la Comisión de Propaganda Electoral del Consejo Distrital,
siendo aprobados por unanimidad de votos, así también se enviaron a la Dirección de
Organización y la Dirección de Partidos Políticos para su análisis ante la Comisión del
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
4. Acreditación de representantes de partido ante mesas directivas de casilla y
generales
Los representantes de los partidos políticos acreditados en cada uno de los consejos
municipales de Jiquipilco, Temoaya, Otzolotepec y Xonacatlán realizaron las
acreditaciones en cada una de las Mesas Directivas de Casilla siendo una de las
atribuciones legales que les confiere el Código Electoral del Estado de México. Por
tanto, el Consejo Distrital no realizó ninguna acreditación de representantes de los
partidos políticos en las 206 Mesas Directivas de Casilla y menos aún de manera
supletoria.
Distrito No. 3 de Temoaya
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CAPITULO IV
DOCUMENTACION Y MATERIAL ELECTORAL
1. Entrega recepción de documentación y material electoral a este Consejo
Distrital
La entrega de boletas y documentación electoral ante este Consejo Distrital se realizó
el día 17 de junio del año en curso, en dicho acto se contó con la presencia de la Lic.
Bertha Karina Terrón Arochi, coordinadora de organización de la región 9 del Instituto
Electoral del Estado de México, acompañada del Lic. Gabriel Escobar y Ezeta Notario
Público No 2 del Distrito Judicial de Toluca, asimismo estando presentes el Presidente y
Secretario del Consejo, consejeros electorales y representantes de los partidos políticos
acreditados ante este Consejo Distrital. Por lo que dieron fe de los hechos realizados e
hicieron constar la entrega - recepción de 124,809 boletas para la elección de diputados
locales en el Distrito Electoral No 3, de igual manera se verificaron que las boletas
estuviesen separadas en paquetes de cien boletas, así como la actas de escrutinio y
computo y demás documentación electoral.
El Secretario del Consejo verificó el número de cajas y realizó una relación de cada
una de ellas mismas que fueron resguardadas en el área designada por los integrantes
del consejo quienes verificaron realmente se contaba con la seguridad y que no podía
ser violada en algún momento la puerta de acceso, por tanto, fue debidamente sellada
y firmaron sobre el protector de seguridad los que se encontraban presentes. En fecha
18 de junio del año en curso el Presidente y Secretario del Consejo, así como la C.
Noemi Pérez Vázquez, consejero electoral propietario; y los representantes de los
partidos políticos acreditados: C. Daniel Allende Matías, representante del Partido
Distrito No. 3 de Temoaya
43
Acción Nacional; C. Víctor Manuel Marmolejo Jasso, representante del Partido
Revolucionario Institucional y C. Florentino Fernando Ortíz Quiroz, representante del
Partido del Trabajo, en colaboración con el personal de apoyo del Consejo Distrital,
realizaron el conteo, sellado y foliado de las boletas realizando las operaciones para la
distribución de boletas por cada sección, todos estos actos se realizaron en presencia
de los integrantes del consejo terminándose así dicha labor en fecha 21 de junio del año
en curso y se levantó una acta circunstanciada haciendo constar cada uno de los actos.
Después de haber culminado el sellado el presidente y secretario se percataron que en
las boletas no aparecía la planilla del partido Convergencia por la Democracia, por lo
que se informó a la Dirección de Organización la falta de una fórmula registrada en la
boleta electoral, lo cual de nueva cuenta era necesario realizar la impresión de las
mismas para evitar la anulación de la elección y se autorizo empaquetar las boletas en el
orden que nos las habían entregado para proceder a su destrucción.
Ahora bien, en fecha 26 de junio del año en curso se destruyeron las boletas
electorales en la empresa Lithoformas ubicada en Tlalnepantla, ante la presencia de la
Licenciada Rosaura Salgado San Juan, Directora de Organización del Instituto Electoral
del Estado de México; acompañada del Licenciado Jaime Reza Arana, Notario Público
No.22 de Tlalnepantla; el Presidente y Secretario del Consejo Distrital, consejeros
electorales, representantes de los partidos políticos acreditados del Consejo Distrital, en
ese mismo día nos fueron entregadas las nuevas boletas electorales debidamente
corregidas mismas que fueron trasladadas para ser resguardadas, contadas, selladas y
foliadas en el Consejo Distrital Electoral No. 3 de Temoaya, concluyendo las
actividades de sellado y foliado, así como la distribución de las boletas por sección y
por casilla.
Distrito No. 3 de Temoaya
44
2. Entrega de boletas, documentación electoral y lista nominal con fotografía a
los consejos municipales del Distrito No. 3
Las boletas y documentación electoral de la elección de diputados de este Distrito
Electoral fueron entregadas en fecha 27 de junio del año en curso, siendo las 16:21
horas, el Presidente y Secretario del Consejo Municipal de Xonacatlán, recibieron las
boletas y material electoral debidamente selladas al Presidente y Secretario del Consejo
Distrital en colaboración del personal de apoyo. En la misma fecha, siendo 17:40 horas,
el Presidente y Secretario del Consejo Distrital entregaron las boletas y documentación
electoral, lista nominal con fotografía de la elección de diputados al Presidente y
Secretario del Consejo Municipal de Otzolotepec. En la fecha antes citada, siendo las
19:30 horas, el Presidente y Secretario del Consejo Distrital, asi como el C. Alfredo
Segura Díaz, consejero electoral y C. Cresencio Sevilla Esquivel representante del
Partido de la Revolución Democrática, presenciaron la entrega de las boletas,
documentación electoral, la lista nominal con fotografía al Consejo Municipal de
Jiquipilco, siendo recibidos por el Presidente y Secretario del Consejo Municipal. En la
misma fecha, siendo las 21:35 horas, el Presidente y Secretario del Consejo Distrital
entregaron las boletas, documentación electoral, lista nominal con fotografía al
Presidente y Secretario del Consejo Municipal de Temoaya; por lo que se entregó a
cada Consejo Municipal de Jiquipilco, de Temoaya, de Otzolotepec y Xonacatlán una
relación detallada del total de boletas recibidas por casilla y el número consecutivo de
los folios que corresponderían a las Mesas Directivas de Casillas que se instalaron.
Distrito No. 3 de Temoaya
45
3. Exhibición de la lista nominal con fotografía y exhibición de la lista de
candidatos
De acuerdo a lo establecido en el artículo 190 del Código Electoral del Estado de
México, dentro de los cinco días previos a la jornada electoral se deben fijar para ser
publicadas en el lugar donde se instalaran las Casillas, la lista nominal con fotografía y
la lista de fórmulas de candidatos de los ayuntamientos y de diputados, a partir del día
27 de junio del año en curso hasta el día 01 de julio del presente año, esto se realizó con
dos finalidades, la primera para que los ciudadanos pudieran elegir a sus gobernantes
el día dos de julio; y la segunda para que los propios ciudadanos aparecieran en la lista
nominal y poder ejercer su derecho al voto.
Distrito No. 3 de Temoaya
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CAPITULO V
LA JORNADA ELECTORAL
1. Instalación de Consejo Distrital en sesión permanente
Respecto a la instalación de las Casillas en el distrito fue un trabajo programado en
cadena, es decir, el personal de apoyo y los consejos municipales, fueron quienes
reportaron la hora de instalación, primero en los consejos municipales y posteriormente
al Consejo Distrital había cuatro personas debidamente autorizadas por el Consejo
Distrital, para recibir la información de la hora de instalación de las Casillas y los
horarios de instalación de las Casillas fueron entre 08 : 00 y 09 : 05 horas.
Durante el desarrollo de la jornada electoral, se integraron comisiones en las que
participaron los consejeros electorales y representantes de los partidos políticos
acreditados ante el Consejo Distrital, el motivo era verificar la instalación, el desarrollo
de la jornada, el cierre, escrutinio y computó de la elección, todo el procedimiento se
desarrolló de manera normal, salvo un incidente que se dio a las 18:00 horas en la
casilla especial, donde se informó que el candidato a diputado por el III Distrito, C.
Enrique Galicia Hernández, se encontraba intimidando a los funcionarios electorales
expresando que se estaba permitiendo votar a personas procedentes de la ciudad de
Nezahualcoyotl, e insultaba con sus expresiones verbales a los funcionarios de la Mesa
Directiva de Casilla ubicada en el Tecalli de Policía Estatal con domicilio en Prolongación
Reforma S/N, en Temoaya, México. Por tal motivo el Presidente del Consejo Distrital
considero apropiado integrar una comisión para dar solución a ese incidente, la
comisión estuvo integrada por el Secretario del Consejo, el C. Florentino Fernando Ortíz
representante del Partido del Trabajo y él C. Mario González Herrera, representante
suplente del Partido Revolucionario Institucional, quienes estuvieron presentes en el
lugar de los hechos para confirmar y al llegar en ese momento sólo se encontraba una
Distrito No. 3 de Temoaya
47
persona que estaba filmando y quien no quiso identificarse, solo manifestó que era un
trabajador del candidato del P.R.D., por lo que se le invitó a que no perturbara las
actividades de los funcionarios y enseguida se retiró.
Alas 18:00 horas se comenzaron a recibir los reportes del cierre de casillas a nivel
distrital y no se reportó incidente alguno; en lo que se refiere al momento del escrutinio y
computó en cada una de las Casillas en el distrito no se presentó ningún incidente;
volviendo al cierre de las Casillas los tiempos que se registraron fue de 18 : 00 a 18 : 17
horas.
2. Recepción de paquetes en el Consejo Distrital
La recepción de los paquetes electorales de la elección de diputados se realizó una vez
que se entregaron al Consejo Municipal y posteriormente se entregaron al Consejo
Distrital y fue de la siguiente forma: el primer paquete se recibió a la 21 : 00 horas del
día 2 de julio y el último a la 15 : 36 horas del día 3 de julio del año 2000.
3. Resultados preliminares
Los resultados preliminares de la elección de diputados de mayoría relativa son los
siguientes:
Municipio PAN PRI PRD PT PVEM CD PCD PSN PARM PAS DS
No
Re
gis
tra
do
s
Vo
tos
Va
lido
s
Vo
tos
Nu
los
Vo
taci
on
To
tal
Jiquipilco 1305 7579 5324 2097 388 15 32 15 26 45 24 40 16890 1261 18151
Otzolotepec 2765 6245 7040 1159 528 17 313 17 782 23 38 2 18929 598 19527
Distrito No. 3 de Temoaya
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Temoaya 3572 6679 4886 344 194 31 44 29 54 42 31 451 16357 708 17065
Xonacatlán 2190 4560 3791 835 3052 47 42 45 42 19 219 5 14847 391 15238
Total 9832 25063 21041 4435 4162 110 431 106 904 129 312 498 67023 2958 69981
4. Clausura de la sesión
Durante la clausura de sesión no se presentó ningún incidente y los asuntos del
orden del día se habían agotado, por tanto el Presidente del Consejo procedió a
clausurar la sesión permanente de la jornada electoral de este Consejo Distrital de
Temoaya, siendo las 04:29 horas del día 3 de julio del año en curso. Asimismo el
Presidente del Consejo informó a los integrantes del mismo que el próximo 5 de julio del
año en curso se llevaría a cabo la sesión del cómputo distrital y serían convocados con
la debida formalidad.
Distrito No. 3 de Temoaya
49
CAPITULO VI
ACTIVIDADES POSTERIORES A LA JORNADA ELECTORAL
1. Sesión de computó distrital
La sesión de computó distrital se llevó acabo el día 05 de julio del año en curso
iniciando a las 09 : 03 horas e instalándose formalmente la sesión a las 09:10 horas,
posteriormente se trasladaron al lugar donde se encontraban resguardados los paquetes
electorales y verificaron claramente que el lugar estaba completamente cerrado y no
había indicio alguno de que hubiesen sido transgredidos los sellos, por tanto se procedió
ha abrir y se comenzaron a sacar los paquetes electorales que en la sesión del día 2 de
julio no traían el sobre que contenía el acta de escrutinio y computó en el exterior de las
33 Casillas faltantes por sumar al computó preliminar. Quienes estuvieron presentes en
la sesión ininterrumpida del computó distrital fueron: el Presidente y Secretario del
Consejo Distrital, los 6 consejeros electorales propietarios y los representantes de los
partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución
Democrática, del Trabajo y el representante de Convergencia por la Democracia;
durante el desarrollo del computó distrital de la elección de diputados en el Distrito
Electoral No. 3, no se presentaron incidentes que repercutieran en el cómputo, ya que
en todo momento se escucharon los comentarios de los consejeros electorales y de los
representantes de los partidos políticos acreditados, manifestando sus peticiones sobre
el procedimiento de como abrir los paquetes y si había indicios de que dicho paquete
contenía alteraciones, manifestando dichos integrantes su conformidad con el
procedimiento realizado.
Los resultados definitivos de la votación de la elección de diputados de mayoría
relativa en el Distrito Electoral No. 3, quedaron de la siguiente manera:
Distrito No. 3 de Temoaya
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Durante la sesión ininterrumpida del computó distrital, al momento de emitir los
resultados finales también se realizó un acto solemne, es decir, el Presidente del
Consejo Distrital en ese instante otorgó la constancia de mayoría relativa al C. Rafael
Lucio Romero, como candidato propietario electo para la LIV Legislatura del Estado de
México, así también a la C. Cita Ordoñez Moreno, para el período constitucional que
comprende del día 5 de septiembre del año 2000 al 4 de septiembre del año 2003,
postulados por el Partido Revolucionario Institucional, como integrantes de la fórmula
legalmente registrada para la elección de diputados, celebrada el día 2 de julio del año
2000 en este Distrito Electoral No. 3, con cabecera en el Municipio de Temoaya.
Una vez que se obtuvieron los resultados de la votación, el Presidente del Consejo
Distrital plasmó los resultados en el cartel de resultados de computó distrital, el cual fue
firmado por los integrantes del mismo, siendo fijados en el exterior de las oficinas que
ocupan el Consejo Distrital No. 3, de la elección de diputados en el Estado de México,
en el Proceso Electoral del año 2000. Después de fijar el computo final en el exterior del
inmueble y para conocimiento de la ciudadanía en general, el Presidente del Consejo
Distrital anunció la clausura de la sesión de computó distrital y no habiendo más
asuntos que tratar en el orden del día, siendo las 22 : 45 horas del día 5 de julio del
presente año.
2. Juicios de inconformidad interpuestos
El plazo para la interposición del juicio de inconformidad, empezó a correr a partir del
día 06 de julio del año en curso y concluyó el día 09 de la misma fecha, presentándose
el C. Cresencio Sevilla Esquivel, representante propietario del Partido de la Revolución
Democrática, quien interpuso un escrito de juicio de inconformidad ante el Consejo
Distrital Electoral No. 3 de Temoaya, por lo que el Presidente del Consejo procedió a la
recepción del escrito, así como de las pruebas que anexaba, esto con motivo de la
Distrito No. 3 de Temoaya
51
impugnación del computó distrital de fecha 5 de julio del año en curso, en su escrito
impugnaba 19 Casillas de las 206 correspondientes al Distrito Electoral No. 3, de la
elección de diputados. En resumen sólo se presentó un juicio de inconformidad en este
Distrito Electoral.
3. Integración y remisión de los expedientes de computo al Consejo General yTribunal Electoral del Estado de México
La integración y remisión del expediente que se envío al Consejo General, fue el acta
de la sesión del computó distrital, el acta circunstanciada del computó distrital, los
resultados definitivos del computó distrital, el informe del Presidente del Consejo
respecto al desarrollo del Proceso Electoral del año 2000, las actas de la jornada
electoral, actas de escrutinio y computó de las 206 Casillas instaladas en el Dstrito No.
3, el expediente fue entregado a la Dirección de Organización en los tiempos y formas
previstos.
En cuanto al expediente que se envío al Tribunal Electoral del Estado de México, en
razón de que se interpuso el juicio de inconformidad presentado por el Partido de la
Revolución Democrática, se entregó cédula de fijación del recurso, razón de
certificación del término de las 72 horas, además se agregó el escrito del tercero
interesado del Partido Revolucionario Institucional, auto donde se recibe el escrito de
tercero interesado, razón de retiro de la cédula relacionada con la interposición los
recursos de inconformidad, encarte de publicación de Casillas en el Distrito Electoral No.
3 de Temoaya, copias certificadas del acta de computó distrital, copias certificadas de
las actas de la jornada electoral, copias certificadas de las actas de escrutinio y
computó de las 206 Casillas instaladas, escritos de protesta e incidentes presentados
ante las Mesas Directivas de Casillas el día de la jornada electoral, copia certificada de
la sesión ininterrumpida de computó distrital de fecha 5 de julio del año en curso, copia
Distrito No. 3 de Temoaya
52
certificada de la constancia de mayoría y validez, informe de los medios de impugnación
y por último el informe circunstanciado del Presidente del Consejo, C. Roberto Ivan Leal
Laureano que se establece en el artículo 324 de la Legislación Electoral que nos rige,
siendo presentado en tiempo y forma en fecha 13 de julio del año en curso, ante la
oficialía de partes del Tribunal Electoral del Estado de México.
4. Resoluciones del Tribunal
Con fecha 16 de julio del año en curso, se presentó el notificador del tribunal
Electoral del Estado con la finalidad de notificar al Presidente de este Consejo Distrital
mediante oficio y copias certificadas de la resolución definitiva del juicio de
inconformidad que se interpuso ante este órgano desconcentrado, habiendo sido
considerado por el Tribunal como infundado e inoperante, en razón de que las pruebas
que presentó el promovente, no tienen veracidad los hechos que manifiestan y no se
justifican plenamente los hechos con la controversia de la impugnación de dichas
Casillas, por lo que se confirmó la legalidad de la votación recibida en todas las Casillas
que se impugnaron, dicha resolución que fue notificada de igual manera mediante oficio
y copias certificadas al partido recurrente, al tercero interesado, al Consejo Distrital
responsable No. 3 y al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
La resolución definitiva fue aprobada por unanimidad de votos por parte de los
magistrados del máximo órgano en materia electoral.