Presentación Garantias internacionales

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  • 8/17/2019 Presentación Garantias internacionales

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    Unidad de trabajo 7

    Garantías

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    Contenidos

    Introducción

    Regulación internacional y tipología

    Fianza

    CDC Standby

    Otras garantías

    Caso concreto: Garantías a primerrequerimiento

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    Introducción

    En la práctica, se utilizan indistintamente los términosAval y Garantía, si bien Garantía es de conceptogenérico, siendo el Aval una figura más concreta yque generalmente se relaciona con la formalizaciónsobre documentos jurídicos (letras de cambio,pagarés, etc.).

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    Regulación internacional

    Convención de Naciones Unidas sobre garantíasindependientes y cartas de crédito contingente, de1995, ratificada por muy pocos países

    Regulación privada propuesta por la Cámara deComercio Internacional. –  Reglas y usos uniformes relativas a los créditos

    documentarios (UCP 600) (créditos documentarios y standby)

     –  Reglas uniformes relativas a las garantías de primerrequerimiento (URDG 758)

     –  Reglas uniformes relativas a las fianzas contractuales (URCB524

     –  Usos internacionales relativos a los créditos contingentes (ISP98),

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    Regulación internacional

    Convención de Naciones Unidas sobre garantíasindependientes y cartas de crédito contingente, de1995, ratificada por muy pocos países

    Regulación privada propuesta por la Cámara deComercio Internacional. –  Reglas y usos uniformes relativas a los créditos

    documentarios (UCP 600) (créditos documentarios y standby)

     –  Reglas uniformes relativas a las garantías de primerrequerimiento (URDG 758)

     –  Reglas uniformes relativas a las fianzas contractuales (URCB524

     –  Usos internacionales relativos a los créditos contingentes (ISP98),

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    Tipología/Nomenclatura

    Fianza (suretyship ). Garantía de carácter accesorio. Carta de crédito standby . Es la carta de crédito

    contingente.

    Garantía bancaria (bank guarantee ). Es una garantíaindependiente, también denominada garantía a primerrequerimiento .

    Aval. Se trata de una garantía prestada sobre undocumento mercantil.

    Bond. Se usa a menudo como sinónimo de garantía,aunque al tratarse de un término más amplio se prestaespecialmente a confusión.

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    Fianza

    Es una garantía de carácter accesorio: sólo se podrá reclamarpor lo efectivamente incumplido, por lo que será necesariaevidencia del incumplimiento del deudor principal.

    El garante (o fiador) conserva los derechos del contratosubyacente y puede “obligarse a menos, pero no a más que eldeudor principal” (fianza parcial)

    Además, para hacer efectiva la fianza primero se habrá deobtener todo lo posible de los bienes del afianzado y luego podráexigírsele al fiador lo que falte.

    La CCI dispone de unas Reglas uniformes relativas a las fianzascontractuales (URCB 524), que forman parte de la colección delámbito de los seguros, frente al resto de reglas relativas apromesa de pago que se ubican en el ámbito de la banca.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Durante la década de 1970, el considerable aumento del preciodel petróleo llevó a los países beneficiarios a convocar grandescontratos internacionales de suministro de bienes. Loscompradores deseaban garantías respecto a las obligaciones delvendedor o del licitador, pero requerían que dichas garantíasfueran ejecutables a su primer requerimiento, es decir, sin tenerque aportar evidencias del incumplimiento.

    Esta garantía a primer requerimiento, independiente y de carácter

    abstracto, fue construida por la banca europea a partir de lafianza. Se reconvirtió la fianza en instrumento independiente, aldesvincularla completamente del contrato subyacente y acabarcon su carácter accesorio.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    La banca americana no podía en ese momento afianzarobligaciones de terceros, por lo que la garantía independientesurgió del crédito documentario. Se reconvirtió el créditodocumentario al desproveerlo de su carácter de medio de pagocomercial, con lo que surgió la carta de crédito contingente ostandby .

    La función del standby y la de la garantía bancaria son, pues, lamisma. Se trata de sinónimos legales que buscan indemnizar albeneficiario por incumplimientos del ordenante en una relacióncontractual subyacente, y ambos tienen un carácter sustitutivo delpago o depósito en efectivo.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Es una garantía de pago irrevocable del Banco emisor por elincumplimiento de las obligaciones financieras, comerciales ocontractuales (por lo que difiere del Crédito Documentaria que esun instrumento de pago).

    La carta de crédito Standby es un instrumento flexible que puedeser utilizado en relación a diferentes clases de contratos. Elcrédito contingente como lo es una carta de crédito standby esuna promesa irrevocable, independiente, y documentaria desde

    su emisión y no es necesario que así lo indique.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    El beneficiario del Standby podrá disponer del crédito en formainmediata sólo en caso de incumplimiento por parte del ordenantede sus obligaciones contractuales (pe, impago de las mercancíasembarcadas o de los servicios prestados, o falta de entrega de lamercancía requerida o de prestación de los servicios solicitados).Se rigen por la Norma 600

    El uso real de este tipo de instrumentos para el empresario tienedos vertientes importantes:

     –  De cobertura o seguro: al emitir una Carta de Crédito, estará

    garantizando el pago de sus ventas realizadas. –  Requisito de compra: Cuando el empresario realiza compras en el

    extranjero, el proveedor solicitará como documentación básica, quela operación quede apoyada mediante la emisión de una Carta deCrédito.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    REQUISITOS GENERALES. Tener línea de crédito o efectuar la provisión de los fondos

    requeridos.

    Presentar y firmar la solicitud y el contrato respectivos.

    Autorizar a debitar (hacer el cargo en la cuenta), en caso de quela carta de Crédito deba ejercerse.

    Pagar la comisión de apertura correspondiente

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de cumplimientode contrato

    1. Se presenta el hechodesencadenante para lautilización del crédito: elincumplimiento del contratopor el ordenante.

    2. El beneficiario presenta

    documentación justificativade dicho incumplimiento.

    3. El banco confirmador paga albeneficiario contra lapresentación dedocumentos.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de cumplimientode contrato

    4. El banco confirmador remitela documentación al bancoemisor.

    5. El banco emisor reembolsaal banco confirmador.

    6. El banco emisor remite

    documentación al ordenante.7. El ordenante reembolsa al

    banco emisor.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de exportaciones enrégimen de cuenta abierta

    1. El exportador remite las

    mercancías al importador peroéste no paga en la formaconvenida.

    2. El exportador presenta en elbanco la documentaciónacreditativa del impago, queserán los propios documentos

    de transporte, la facturaimpagada, etc.

    3. El banco paga el importe contrala presentación de dichosdocumentos. 16

    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de exportaciones enrégimen de cuenta abierta

    4. El banco presenta los

    documentos al ordenante y leexige el pago.

    5. El ordenante reembolsa al

    banco.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de exportaciones en régimen de cuenta abierta La exportación en “cuenta abierta” se realiza a través de una simple

    relación comercial bilateral de compraventa entre importador-

    exportador, sin que medie entre ellos ningún banco

    El exportador remite las mercancías y el importador al recibir lasfacturas y documentos de embarque, paga directamente al vendedor,

    con lo que se evitan los elevados costes bancarios de la emisión decrédito documentario. Dado el riesgo que supone para el exportador,que sólo accederá a esta relación comercial cuando tenga extremaconfianza en el compra-dor, se puede arbitrar un sistema de garantía dela operación mediante un crédito documentario “standby”, queeconómicamente es menos oneroso que un crédito documentario depago.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de exportaciones en régimen de cuenta abierta El funcionamiento de la carta de crédito en garantía de exportaciones en

    cuenta abierta supone que el banco del importador abrirá carta de

    crédito a favor del exportador, de tal modo que si éste una vez remitidala mercancía no percibe el pago del precio en el plazo marcado podrápresentar la documentación necesaria ante el banco para instar elresarcimiento.

    Como “crédito de contingencia” sólo será utilizado en el supuesto deimpago del importador, y no como medio de pago de la operación: auncuando se utilice en garantía del pago de la exportación siguemanteniendo su carácter de crédito documentario de garantía, y no depago.

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    Garantías independientes,CDC Standby

    Garantías de exportaciones en régimen de cuenta abierta Ejemplo: un importador compra materia prima de un proveedor en el

    exterior a un plazo de 60 días fecha documento de embarque B/L (Bill of

    Lading), en embarques de USD100,000.00 mensuales para un montoanual de USD1,200,000.

    El importador y el proveedor y en el exterior acuerdan abrir una carta de

    crédito Standby cubriendo los pagos de la transacción con un año de

    vigencia por un monto de USD 300,000.00, lo que cubriría el monto

    máximo que el proveedor puede tener en cartera en un momentodado sobre lo cual no reciba el pago.

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    Garantías independientes,CDC Standby

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    Las URDG 758 buscan equilibrar los intereses del beneficiario ylos del ordenante. Mientras preservan el carácter documentario yla independencia de la garantía (en interés del beneficiario),obligan a que, en el momento de la ejecución, el requerimiento depago contenga una declaración de incumplimiento en la que seindique en qué aspecto el ordenante ha incumplido susobligaciones (lo cual es en interés del ordenante).

    La garantía es irrevocable desde su emisión incluso aunque no se

    indique. El requerimiento puede presentarse desde la emisión odesde un momento posterior si así se prevé.

    Una garantía (o una contragarantía), es independiente de lasolicitud y de la relación contractual subyacente, aunque seincluya una referencia a dicha relación contractual.

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    El compromiso del garante no está sujeto a reclamaciones oexcepciones derivadas de otra relación que la existente entre elgarante y el beneficiario.

    Los garantes tratan con documentos y no con mercancías,servicios o prestaciones con los que los documentos puedenestar relacionados.

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    CARACTERÍSTICAS DEL REQUERIMIENTO Un requerimiento puede ser parcial (por menos importe del total)

    Pueden efectuarse requerimientos multiples (más de unrequerimiento)

    Los documentos presentados pueden superar el importe delrequerimiento. Por el contrario no pueden evidenciar un importeinferior al requerido.

    Efectuar un requerimiento que no cumpla con las condiciones dela garantía no inhabilita efectuar otro requerimiento dentro de

    plazo.

    El garante deberá determinar el cumplimiento de un requerimientodentro de los cinco días hábiles posteriores a la presentacióncompleta. 32

    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    EXONERACIONES DEL GARANTE. Fuerza Mayor: Catástrofes naturales, motines, insurrecciones,

    guerras, actos terroristas o cualquier otra causa que estén fueradel control de garante o contragarante.

    Respecto a los documentos: El garante no asume ningunaresponsabilidad, respecto a la autenticidad, valor legal de lafirma,….

    Transmisión o traducción: No es responsable de las demoras opérdidas en la transmisión de los documentos.

    Por Actos de terceros: Actúa por cuenta y riesgo del ordenante(parte instructora).

    Lo dicho anteriormente no exonerará al garante de ningunaobligación ni responsabilidad, si no actúa de buena fe.

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    CONTENIDOS DE LA CARTA DE GARANTÍA Las URDG758 (Art. 8) recomiendan que todas las garantías

    especifiquen: –  Las partes principales: ordenante, beneficiario y garante.

     –  Un número de referencia u otra información que identifique la obligacióngarantizada.

     –  Un número de referencia u otra información que identifique la garantíaemitida.

     –  El importe y la moneda en la que sea pagadero.

     –  El vencimiento de la garantía, que puede ser una fecha de vencimiento o unhecho de vencimiento.

     –  Las condiciones para requerir el pago, que será una declaración delbeneficiario indicando en qué aspecto el ordenante ha incumplido susobligaciones, y cualquier otro documento que se estime conveniente (unacopia de una factura impagada, un certificado de un ingeniero, etc.). 34

    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    CONTENIDOS DE LA CARTA DE GARANTÍA Las URDG758 (Art. 8) recomiendan que todas las garantías

    especifiquen: –  Si se autorizan presentaciones en formato electrónico.

     –  El idioma de cualquier documento especificado en la garantía. Salvo que seindique otra cosa, sólo los documentos del ordenante o del beneficiario debenestar en el idioma de la garantía.

     –  La parte responsable del pago de los gastos.

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    VENTAJAS PARA EL BENEFICARIO Su naturaleza independiente es indiscutible. La mayor parte de

    los litigios y sentencias provienen de la falta de claridad en esteaspecto.

    Es irrevocable y está en vigor desde la misma emisión.

    Sólo puede reducirse de acuerdo con lo estipulado en la garantía.(independiente del origen de la misma)

    El garante dispone de cinco dias para determinar la conformidad,en cuyo caso se realizará el pago.

    No puede requerirse al beneficiario prueba del incumplimiento.

    Un requerimiento pay or extend no afecta a sus derechos.

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    Garantías a primerrequerimiento (URDG 758)

    VENTAJAS PARA EL ORDENANTE El beneficiario debe indicar en la demanda en qué aspecto el

    ordenante ha incumplido sus obligaciones.

    El garante debe facilitarle toda la información.

    El marco regulatorio es conocido, probado y seguro.

    Las condiciones de extinción son claras.

    La ley y la jurisdicción aplicable son, por defecto, las del país delordenante.

    Los textos son más ligeros y, por tanto, menos conflictivos.