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Hotel Dreams, Bayahibe 06 de octubre 2012 RIESGOS FRAUDES Y OPOTUNIDADES TECNOLOGICAS PARA LA EFICACIA Y EFICIENCIA DE LA COOPERATIVA

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Hotel Dreams, Bayahibe 06 de octubre 2012

RIESGOS FRAUDES Y OPOTUNIDADES TECNOLOGICAS PARA LA EFICACIA Y EFICIENCIA

DE LA COOPERATIVA

TABLA DECONTENIDO

• Definición de Lavado Activos• Activos• Autoridades Competentes• Bienes

• Decomiso o confiscación

• Incautación o inmovilización de fondos• Infracción grave• Sujetos obligados• Simulación

• Medidas cautelares

• Reporte de transacciones en efectivo

• Transacciones sospechosas

• Conservar documentos

• Colaboración con el Comité Nacional contra el

Lavado de Activos

• Confidencialidad

• Procedimientos y órganos de control interno

• Conocimiento de los empleados de las obligaciones que impone la Ley 72-02

• Sanciones Administrativas

• Comité Nacional contra el Lavado de Activos

• La Unidad de Análisis Financiero

• Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados

• Cooperación Internacional

• sanciones penales• decomiso de bienes y su destino • terceros de buena fe • prevención y detección del lavado de activo• sujetos obligados y sus obligaciones• identificación de clientes• identificación de terceros beneficiarios• profesionales liberales• reporte de transacciones en efectivo

Es el método por el cual una persona o una organización criminal procesa las ganancias financieras de sus actividades ilegales escondiendo la naturaleza localidad procedencia propiedad o control de los beneficios producidos por una actividad criminal para evitar ser detectado por la autoridad competente con la finalidad de darle un origen legal a sus crímenes

EL LAVADO DE ACTIVOSEL LAVADO DE ACTIVOS

• El tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas

• tráfico ilícito de armas

• cualquier crimen relacionado con el terrorismo

• tráfico ilícito de seres humanos incluyendo inmigrantes ilegales

• tráfico ilícito de órganos humanos

• Secuestro

INFRACCION GRAVE

• Las extorsiones relacionadas con las grabaciones y fílmicas electrónicas realizadas por personas físicas o morales

• Robo de vehículos cuando el objeto sea para trasladarlo a otro territorio para su venta

• Proxenetismo• Falsificación de monedas, valores o títulos

• Estafa contra el Estado

• Desfalco, concusión y soborno relacionado con el narcotráfico

• Se considera infracción grave todos aquellos delitos sancionados con una pena mayor de tres (3) años

Autoridades Competentes

• Los Tribunales del orden Judicial

• Ministerio Público

• Superintendencia de Bancos

• Dirección General de Impuestos Internos

• Dirección Nacional de Control de Drogas

• Autoridad responsable de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los sujetos obligados (UAF)

Bienes

Son los activos de cualquier tipo corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles e intangibles y los documentos o instrumentos legales que acrediten la propiedad u otros derechos sobre los mismos

Decomiso o Confiscación

Es la privación con carácter definitivo de algún bien por decisión de un tribunal competente

Activos

Son los dineros, valores, títulos, billetes o bienes generados de una infracción grave

Incautación o inmovilización de fondos

Es la prohibición temporal de transferir, convertir, enajenar o mover bienes o la custodia el control temporal de bienes por mandamiento expedido por un tribunal o autoridad competente

Simulación

La persona que declara una identidad falsa o diferente de su identidad verdadera, o se ampare en la identidad de un tercero con el desconocimiento de éste con la finalidad de obtener el depósito de los bienes, fondos o instrumentos en una entidad financiera sean éstos o no producto de una infracción grave

También se considerará simulación toda acción que con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación a través de documentos públicos o privados, medios electrónicos o artificio semejante consiga la transferencia de cualquier activo patrimonial en perjuicio de un tercero que no ha consentido

TERCEROS DE BUENA FE

La incautación de bienes, productos,

instrumentos e inmovilización de fondos

relacionados con el lavado de activos o incremento patrimonial obtenidos o derivados de actividad delictiva se aplicará sin perjuicio de los derechos de los terceros de buena fe

REQUISITOS PARA EL TERCERO DE BUENA FE

• El reclamante debe tener un interés jurídico legítimo respecto de los bienes

• Al reclamante no pudo imputársele ningún tipo de participación

• El reclamante desconocía la adquisición o el uso ilegal de los bienes, productos o instrumentos, o bien teniendo conocimiento de esto, no consintió voluntariamente en la adquisición o uso ilegal de los mismos

• El reclamante no adquirió derecho alguno a los bienes, productos o instrumentos dela persona procesada en circunstancias que llevaran razonablemente a concluir que el derecho sobre aquello le fue transferido a los efectos de evitar el eventual decomiso posterior de los mismos

• El reclamante hizo todo lo razonable para impedir el uso ilegal de los bienes, productos o instrumentos

Cuando un tercero de buena fe reclame la devolución de un activo sujeto a depreciación, adquirido por un procesado bajo la modalidad de financiamiento, el reclamante deberá devolver a la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisadosel valor neto de los pagos realizados por el procesado con cargo a dicho financiamiento

COMITE COMITE NACIONALNACIONAL CONTRA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOSEL LAVADO DE ACTIVOS

Es el organismo coordinador de los esfuerzos

del sector público y privado dirigidos a evitar

el uso del sistema económico financiero

comercial y de servicios para el lavado de

Activos

MIEMBROS DELMIEMBROS DEL COMITE COMITE

El Presidente del Consejo Nacional de Drogas

El Magistrado Procurador General de la República

El Ministro de Hacienda

El Superintendente de Bancos

El Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas

Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados Oficina adscrita al Comité Nacional contra el Lavado de Activos tiene

como función principal la custodia, administración y venta de los bienes incautados y decomisados con motivo de la comisión de cualquiera de las infracciones graves

Esta facultada para contratar con empresas privadas, nacionales o

extranjeras, sobre la administración de las propiedades incautadas

En los casos procedentes, las operaciones de mantenimiento,

protección, conservación y venta en pública subasta de los bienes

incautados estarán a cargo de la Oficina de Custodia y Administración

de Bienes Incautados. Su Director es nombrado por el Poder Ejecutivo

DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Recibir los testimonios Presentar documentos judiciales Efectuar inspecciones o incautaciones Examinar e inspeccionar objetos y lugares Facilitar información y elementos de prueba Entregar copias auténticas de documentos y expedientes

relacionados con el caso (documentación bancaria, financiera, comercial, social y de otra naturaleza)

Identificar o detectar instrumentos y elementos con fines probatorios

Cualquier otra forma de asistencia

Es la unidad ejecutora del Comité Nacional Contra el lavado de Activos encargada de implementar las políticas y prácticas para la detección y prevención de los delitos de lavado de dinero en el país

LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF)(UAF)

Recibir solicitar analizar y difundir a las autoridades competentes los reportes de transacciones financieras sospechosas y los reportes de transacciones en efectivo superiores a los dólares de los estados unidos de América (us$10,000) en moneda extranjera o su equivalente en moneda nacional

FUNCIONES DE LA UAF

Brindar apoyo técnico a las demás autoridades competentes en cualquier fase del proceso de investigación

Dictar instructivos o recomendaciones que ayuden a los sujetos obligados a detectar patrones sospechosos en la conducta de sus clientes

PENALIZACION DE LA LEY 72-02PENALIZACION DE LA LEY 72-02

Incurre en Lavado de activos la persona que a sabiendas de que los bienes, fondos e instrumentos son el producto de una infracción grave: Convierta transfiera transporte adquiera posea utilice o administre dichos bienes

La persona que: oculte encubra o impida la determinación real la naturaleza el origen la ubicación el destino el movimiento o la propiedad de dichos bienes o de derechos relativos a tales bienes

La persona que: se asocie otorgue asistencia

incite facilite asesore en la comisión de algunas de las infracciones tipificadas, así como eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones

Para el que convierta, transfiera, posea, transporte o

encubra el origen de estos bienes, será condenado de

cinco a veinte años de prisión y multa de 50 a 200

salarios minimos legales

Para el cómplice, el que incite, facilite o se asocie eneste delito será condenado de tres a diez años deprisión y multas de 50 a 100 salarios minimos legales

Las personas morales que incurran en estasInfracciones le será revocada su licencia podrán serclausuradas e intervenidas

Circunstancias Agravantes del delito de lavado de activos

Asociación en grupos criminales organizados

Comisión del delito en asociación de malhechores

Cuando el autor ha ingresado al país con medios engañosos odocumentos falsos

Cuando el autor es funcionario o servidor publico

Las reincidencias

El empleo de menores para la comisión del delito El lavado de activos es un delito autónomo

El conocimiento puede inferirse de circunstancias objetivas Se castiga la tentativa del delito como la infracción misma

Para los funcionarios o empleado público del orden administrativo, legislativo o judicial, la pena de reclusión aplicable en ningún caso será inferior a la mitad del máximo de la pena imponible, sin perjuicio de la multa

La reincidencia se sancionará con el máximo de la pena que corresponda, de acuerdo con la violación cometida

Los culpables de la violación a las disposiciones de la presente ley sean personas físicas o morales, quedan excluidas de los beneficios de las circunstancias atenuantes

Para los fines de la presente ley no tendrán aplicación las leyes que establecen la libertad provisional bajo fianza, la libertad condicional y el perdón condicional de la pena

• Conozca su cliente. identificación de sus clientes

• Identificación de terceros beneficiarios

• Profesionales liberales

• Sostener como sujeto obligado una comunicación directa y ágil con la UAF

• Designar un oficial de cumplimiento a fin de ser entrenado en el manejo de los reportes

• Realizar capacitaciones a sus empleados sobre mecanismos para evitar el lavado de activos

Obligaciones de los sujetos Obligaciones de los sujetos

obligadosobligados

Envio de los reportes de transacciones financieras (dentro de las 48 horas de haberse llenado debidamente)

Envio de los reportes de transacciones sospechosas (dentro de las 48 horas de haberse llenado debidamente)

Guardar absoluta discrecionalidad de los reportes enviados a la UAF

Facilitar las documentaciones solicitadas por la UAF, para los fines pertinentes

Facilitar ayuda en las visitas de inspección a ser realizadas por la UAF

Conservar documentos

Colaboración con el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos

Procedimientos y órganos de control interno

Sanciones Administrativas

Cuando se trate de faltas cometidas por un sujeto

obligado financiero, la Superintendencia de Bancos será

la entidad competente para imponer la sanción en este

caso conoce del Recurso de Apelación la Junta Monetaria

La decisiones de la Junta Monetaria y del Ministro deFinanzas están investidas de las características deejecutividad y ejecutoriedad de los actos administrativos

cuando se trate de falta cometida por un sujeto obligado no sometido a la supervisión de la Superintendencia de

Bancos (no financiero) la entidad competente para imponer la sanción administrativa es La Dirección General de Impuestos Internos

El Ministro Finanzas tendrá facultad para conocer del

recurso interpuesto por el interesado dentro del plazo de treinta (30) días

El Lavado de Activos y el El Lavado de Activos y el Financiamiento al TerrorismoFinanciamiento al Terrorismo

Conceptos, Ley y RiesgosConceptos, Ley y Riesgos

Heiromy Castro M.Heiromy Castro M.Febrero, 2011Febrero, 2011

IntroducciónIntroducción

Qué implica anualmente el Lavado de Qué implica anualmente el Lavado de Activos a nivel global?Activos a nivel global?

FMI = US$ 300 MILES DE MILLONESFMI = US$ 300 MILES DE MILLONESONU= US$ 500 MILES DE MILLONES 2009 ONU= US$ 500 MILES DE MILLONES 2009

FMI = 2% A 5% DEL PIB GLOBALFMI = 2% A 5% DEL PIB GLOBAL = 8% COMERCIO INTERNACIONAL= 8% COMERCIO INTERNACIONAL

Para el 2010, Para el 2010, FMI / ONU US$2.0 BillonesFMI / ONU US$2.0 Billones

2005 Surgimiento de la Unidad de Análisis

Financiero UAF

1997 Surgimiento del Departamento de Inteligencia Financiera según lo establece el Decreto No.288-96

1995 Ley 17-95 que modifica e incluye el Lavado de Activos de la Ley No.50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana

1988 Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana

2000 Obtenemos membresía delGrupo Egmont

2002 Se establece la Ley No. 72-02 que sanciona el

Lavado de Activos Proveniente del Tráfico Ilícito de Drogas y otras

Infracciones Graves

2006 Unidad Antilavado de

la Procuraduría General de la

Republica

1996 Decreto 288-96 que trata las Disposiciones Relativas sobre Delitos y Lavado de Bienes Relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas y de substancias controladas en la República Dominicana

Nov 2001 Obtenemos membresía del CICTED-OEA

1996 Obtenemos membresía del GAFIC

2003 Se establece el Decreto No.20-03 que establece el Reglamento de la Ley No. 72-02 que sanciona el Lavado de Activos Proveniente del Tráfico Ilícito de Drogas y otras Infracciones Graves

CRONOLOGIACRONOLOGIA

2008 Ley 267-08,

Contra

Terrorismo (CFT)

FINANCIAMIENTO DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMOTERRORISMO

Proceso mediante el cual se proveen los Proceso mediante el cual se proveen los fondos que sustentan las operaciones de fondos que sustentan las operaciones de individuos u organizaciones cuya finalidad individuos u organizaciones cuya finalidad es la de estructurar y/o ejecutar es la de estructurar y/o ejecutar actividades terroristas.actividades terroristas.LEY 267-08, LEY 267-08, Contra el TerrorismoContra el Terrorismo

CATEGORIAS / ETAPASCATEGORIAS / ETAPAS

ConversiónConversión MovimientoMovimiento

o ColocaciónColocacióno EstratificaciónEstratificacióno Integración* Integración*

* * No se da en el FT, pues los No se da en el FT, pues los fondos son utilizados para la fondos son utilizados para la ejecución de un acto Terroristaejecución de un acto Terrorista

Toda la actividad del lavado de dinero cae en una Toda la actividad del lavado de dinero cae en una de dos categorías: de dos categorías:

ConversiónConversión , , tiene lugar cuando los productos tiene lugar cuando los productos financieros cambian de una forma a otra. financieros cambian de una forma a otra. Cuando se compra un giro o un automóvil con Cuando se compra un giro o un automóvil con ganancias ilícitas, los productos ilícitos originales ganancias ilícitas, los productos ilícitos originales han cambiado de forma, de dinero en efectivo a han cambiado de forma, de dinero en efectivo a un giro o a un automóvil. un giro o a un automóvil.

Movimiento,Movimiento, cuando los mismos productos cuando los mismos productos financieros cambian de localidades, como cuando financieros cambian de localidades, como cuando los fondos son transferidos a otro país o ciudad.los fondos son transferidos a otro país o ciudad.

Oficina de Prevención de Lavado de Activos y Crímenes Financiero - OPLA

Actividades criminales generadoras de fondos y activos

-Etapa previa al proceso de lavado-

Diferencia por cuantía Diferencia por cuantía F. Rojas, AMLCF. Rojas, AMLC

Diferencias entre Lavado de Diferencias entre Lavado de Activos y Financiamiento del Activos y Financiamiento del TerrorismoTerrorismo

OBJETIVO DEL LAVADOOBJETIVO DEL LAVADO

Disfrazar la procedencia, Disfrazar la procedencia, fuente ilícita, propiedad y fuente ilícita, propiedad y utilización de las ganancias utilización de las ganancias cuyo origen es criminal.cuyo origen es criminal.

MINIMIZAR EL RIESGOMINIMIZAR EL RIESGO

Las Técnicas utilizadas pueden ser:Las Técnicas utilizadas pueden ser:

1-Simples,1-Simples, depósitos de efectivo en cuentas o depósitos de efectivo en cuentas o cambio de divisas, solicitando cheques de cambio de divisas, solicitando cheques de administración al intermediario cambiario.administración al intermediario cambiario.

2-Complejas,2-Complejas, como la adquisición o fusión de como la adquisición o fusión de una compañía por otra o la estructuración de una compañía por otra o la estructuración de ingenierías financieras que impliquen inversiones ingenierías financieras que impliquen inversiones en derivados ofertados en el mercado nacional oen derivados ofertados en el mercado nacional ointernacional.internacional.

TécnicasTécnicas

ES EL PROCEDIMIENTO INDIVIDUAL O ES EL PROCEDIMIENTO INDIVIDUAL O PASO SIMILAR A UNA TRANSACCION PASO SIMILAR A UNA TRANSACCION COMERCIAL LEGITIMA.COMERCIAL LEGITIMA.

Ejemplos:Ejemplos: Pitufear, Mezclar, Compañías Fachadas, Pitufear, Mezclar, Compañías Fachadas, Venta de Valores Falsos, Venta de Valores Falsos, Contrabando de Efectivo, Transferencias Contrabando de Efectivo, Transferencias Electrónicas, entre otros como pueden ser…Electrónicas, entre otros como pueden ser…

MECANISMOSMECANISMOS

SON LAS EMPRESAS COMERCIALES O SON LAS EMPRESAS COMERCIALES O

FINANCIERAS QUE PUEDEN SER UTILIZADAS FINANCIERAS QUE PUEDEN SER UTILIZADAS

PARA LAVAR ACTIVOSPARA LAVAR ACTIVOS. .

Tipos más Comunes:Tipos más Comunes: Bancos, Corredores de Bolsa o de Productos, Bancos Bancos, Corredores de Bolsa o de Productos, Bancos

o Compañías de Inversiones (Fondos Mutuos/AFP), o Compañías de Inversiones (Fondos Mutuos/AFP),

Agentes de Cambio, Casinos, Casas de Juego,Agentes de Cambio, Casinos, Casas de Juego,

Inmobiliarias, Joyerías, Aseguradoras y Inmobiliarias, Joyerías, Aseguradoras y

Reaseguradoras, entre otras. Reaseguradoras, entre otras.

Quedan sujetos a las obligaciones… Quedan sujetos a las obligaciones… (Ley 72-02, Contra el Lavado de Activos, Arts. 38-40)(Ley 72-02, Contra el Lavado de Activos, Arts. 38-40)

Las entidades financieras legalmente reguladas;Las entidades financieras legalmente reguladas; Las personas físicas o morales dedicadas al corretaje Las personas físicas o morales dedicadas al corretaje

o intermediación de títulos o valores, de inversiones y o intermediación de títulos o valores, de inversiones y de ventas a futuro;de ventas a futuro;

Las personas físicas o morales que intermedien en el Las personas físicas o morales que intermedien en el canje de divisas (agentes de cambio, canjeadores);canje de divisas (agentes de cambio, canjeadores);

Banco Central de la República DominicanaBanco Central de la República Dominicana..

SUJETOS OBLIGADOS SUJETOS OBLIGADOS Art. 38Art. 38

Se asimilarán a las instituciones financieras las personas Se asimilarán a las instituciones financieras las personas físicas o morales que realicen, entre otras, las siguientes físicas o morales que realicen, entre otras, las siguientes actividades:actividades:

Operaciones sistemáticas de canje de cheques u otro Operaciones sistemáticas de canje de cheques u otro tipo de valor negociable;tipo de valor negociable;

Operaciones sistemáticas de emisión, venta o rescate de Operaciones sistemáticas de emisión, venta o rescate de cheques de viajeros o giro postal, la emisión de tarjetas cheques de viajeros o giro postal, la emisión de tarjetas de créditos o débitos y otros instrumentos similares;de créditos o débitos y otros instrumentos similares;

Transferencias sistemáticas de fondos, sea por vía de las Transferencias sistemáticas de fondos, sea por vía de las entidades financieras, por correos especiales, por medios entidades financieras, por correos especiales, por medios electrónicos o cualquier otro medio (agentes de cambios, electrónicos o cualquier otro medio (agentes de cambios, remesadores);remesadores);

Cualquier entidad que preste servicios financieros Cualquier entidad que preste servicios financieros internacionales (offshore).internacionales (offshore).

SUJETOS OBLIGADOS SUJETOS OBLIGADOS Art.39Art.39

Quedan también sujetas a las obligaciones Quedan también sujetas a las obligaciones establecidas en el presente capítulo las personas establecidas en el presente capítulo las personas físicas o jurídicas que ejerzan otras actividades físicas o jurídicas que ejerzan otras actividades profesionales o empresariales particularmente profesionales o empresariales particularmente susceptibles de ser utilizadas para el lavado de susceptibles de ser utilizadas para el lavado de activos. Se considerarán como tales:activos. Se considerarán como tales:-Los casinos de juego;-Los casinos de juego;

-Las actividades de promoción inmobiliaria o compraventa de -Las actividades de promoción inmobiliaria o compraventa de inmuebles;inmuebles;

-Las empresas o personas físicas que de forma habitual se -Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la compra y venta de vehículos;dediquen a la compra y venta de vehículos;

-Compañías y corredores de seguros;-Compañías y corredores de seguros;

SUJETOS OBLIGADOS SUJETOS OBLIGADOS Art. 40Art. 40

-Las actividades comerciales que, atendiendo a la utilización -Las actividades comerciales que, atendiendo a la utilización habitual de billetes u otros instrumentos al portador como medio habitual de billetes u otros instrumentos al portador como medio de cobro, al alto valor unitario de los objetos o servicios ofrecidos, de cobro, al alto valor unitario de los objetos o servicios ofrecidos, o a otras circunstancias relevantes. Sin que sea limitativa, entre o a otras circunstancias relevantes. Sin que sea limitativa, entre esas actividades figuran la compra y venta de armas de fuego, esas actividades figuran la compra y venta de armas de fuego, metales, artes, objetos arqueológicos, joyas, barcos, aviones;metales, artes, objetos arqueológicos, joyas, barcos, aviones;

-Los servicios profesionales;-Los servicios profesionales;

-Cualquier otra actividad comercial que, por la naturaleza de -Cualquier otra actividad comercial que, por la naturaleza de sus operaciones, pueda ser utilizada para el lavado de sus operaciones, pueda ser utilizada para el lavado de activos. activos.

SUJETOS OBLIGADOS SUJETOS OBLIGADOS Art. 40Art. 40

Conozca Su Cliente…Conozca Su Cliente…En base al Instructivo “Conozca Su Cliente”, emitido por la En base al Instructivo “Conozca Su Cliente”, emitido por la Superintendencia de Bancos, pero que puede ser útil para Superintendencia de Bancos, pero que puede ser útil para cualquier Sujeto Obligadocualquier Sujeto Obligado

•Personas físicas nacionales

•Personas físicas extranjeras

•Personas jurídicas nacionales

•Personas jurídicas extranjeras

•Personas políticamente expuestas (PPEs)

•Organizaciones no gubernamentales (ONGs)

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Conozca Su Cliente…Conozca Su Cliente…

•La definición del cliente de que se trateLa definición del cliente de que se trate

•La información a ser recibida del clienteLa información a ser recibida del cliente

•La documentación requerida, según sea el casoLa documentación requerida, según sea el caso

•La verificación de la informaciónLa verificación de la información

•Con todo este proceso se hace el expedienteCon todo este proceso se hace el expediente

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

CONOCIMIENTO DE LOS EMPLEADOSCONOCIMIENTO DE LOS EMPLEADOS

Implica identificar los Implica identificar los antecedentes personales,antecedentes personales,laborales y patrimoniales laborales y patrimoniales del personaldel personal. . El Empleado es la Cara de la El Empleado es la Cara de la Empresa.Empresa.

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Base LegalBase Legal

•Ley 72-02, Contra el Lavado de ActivosLey 72-02, Contra el Lavado de Activos

•Decretos 19-03 y 20-03Decretos 19-03 y 20-03

•Ley 183-02, Monetaria y FinancieraLey 183-02, Monetaria y Financiera

•Ley 92-04, de Prevención de Riesgo para Entidades de Ley 92-04, de Prevención de Riesgo para Entidades de Intermediación FinancieraIntermediación Financiera

•Convención de Viena, de 1988 (ONU), RatificadaConvención de Viena, de 1988 (ONU), Ratificada

•Convención Interamericana Contra la Corrupción, Convención Interamericana Contra la Corrupción, Ratificada el 20/11/98 (OEA)Ratificada el 20/11/98 (OEA)

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Base LegalBase Legal

•Convención Interamericana Contra el Terrorismo, Convención Interamericana Contra el Terrorismo, Suscrita el 16/07/02 (OEA)Suscrita el 16/07/02 (OEA)

•Convención Internacional Contra el Financiamiento del Convención Internacional Contra el Financiamiento del Terrorismo (ONU)Terrorismo (ONU)

•Convención Internacional Contra la Delincuencia Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada (ONU)Organizada (ONU)

•Convención de las Naciones Unidas Contra la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (Mérida)Corrupción (Mérida)

•Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones UnidasNaciones Unidas

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

DocumentosDocumentos

•40 Recomendaciones + 9 Revisadas del GAFI40 Recomendaciones + 9 Revisadas del GAFI

•25 Normas de Basilea 25 Normas de Basilea (Norma 18)(Norma 18)

•Normas de Debida Diligencia y Mejores Prácticas del Normas de Debida Diligencia y Mejores Prácticas del Comité de BasileaComité de Basilea

•Guía para la Prevención del Financiamiento del Guía para la Prevención del Financiamiento del Terrorismo (GAFI)Terrorismo (GAFI)

•Normas de Cumplimiento Bajo la Nueva Metodología Normas de Cumplimiento Bajo la Nueva Metodología de Evaluación FMI-BM-GAFI de Evaluación FMI-BM-GAFI

•Reglamento Modelo del CICAD-OEA Reglamento Modelo del CICAD-OEA

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Surge para dotar a la República Dominicana de Surge para dotar a la República Dominicana de un marco legal que se ajuste a los lineamientos un marco legal que se ajuste a los lineamientos internacionales en materia de lavado de activos, internacionales en materia de lavado de activos, a fin de controlar eficazmente ese fenómeno a fin de controlar eficazmente ese fenómeno trasnacional, de tipo criminal, incluyendo las trasnacional, de tipo criminal, incluyendo las sanciones administrativas a los Sujetos sanciones administrativas a los Sujetos Obligados que la violenObligados que la violen

Ley 72-02 Ley 72-02 Contra el Lavado de Activos Contra el Lavado de Activos

Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y y Sustancias Controladas y Otras Infracciones GravesOtras Infracciones Graves

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Trafico ilícito de drogas y sustancias controladas.Trafico ilícito de drogas y sustancias controladas. Tráfico ilícito de armas, cualquier crimen Tráfico ilícito de armas, cualquier crimen

relacionado con el terrorismo.relacionado con el terrorismo. Tráfico ilícito de seres humanos (incluyendo Tráfico ilícito de seres humanos (incluyendo

inmigrantes ilegales)inmigrantes ilegales) Tráfico ilícito de órganos humanos, secuestro, las Tráfico ilícito de órganos humanos, secuestro, las

extorsiones relacionadas con las grabaciones y extorsiones relacionadas con las grabaciones y fílmicas electrónicas realizadas por personas fílmicas electrónicas realizadas por personas físicas o morales.físicas o morales.

INFRACCIONES GRAVESINFRACCIONES GRAVESSujetos ObligadosSujetos Obligados

Robo de vehículos cuando el objeto sea Robo de vehículos cuando el objeto sea trasladarlos a otro territorio para su venta,trasladarlos a otro territorio para su venta,

Proxenetismo, falsificación de monedas, Proxenetismo, falsificación de monedas, valores o títulos, estafa contra el Estado, valores o títulos, estafa contra el Estado, desfalco, concusión y soborno relacionado desfalco, concusión y soborno relacionado con el narcotráfico. con el narcotráfico.

Todos aquellos delitos sancionados con Todos aquellos delitos sancionados con una pena no menor de tres (3) añosuna pena no menor de tres (3) años

INFRACCIONES GRAVESINFRACCIONES GRAVESCont…Cont…

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

El Artículo 11 del Decreto No. 20-03 que crea el El Artículo 11 del Decreto No. 20-03 que crea el Reglamento de aplicación de la Ley 72-02 Reglamento de aplicación de la Ley 72-02 establece lo siguiente: “ Los establece lo siguiente: “ Los sujetos obligados sujetos obligados deberán designar funcionarios a nivel gerencial, deberán designar funcionarios a nivel gerencial, quienes servirán de enlaces con las Autoridades quienes servirán de enlaces con las Autoridades Competentes, a fin de vigilar el cumplimiento de los Competentes, a fin de vigilar el cumplimiento de los programas y procedimientos internos, incluyendo el programas y procedimientos internos, incluyendo el mantenimiento de registros adecuados y la mantenimiento de registros adecuados y la notificación de las transacciones sospechosas”notificación de las transacciones sospechosas”

OFICIAL DE CUMPLIMIENTOOFICIAL DE CUMPLIMIENTOSujetos ObligadosSujetos Obligados

Las tareas del Funcionario estriban en:Las tareas del Funcionario estriban en: Implantar programas de Prevención de Lavados de Implantar programas de Prevención de Lavados de

Activos.Activos. Vigilar el cumplimiento de la implementación de los Vigilar el cumplimiento de la implementación de los

procedimientos preventivos.procedimientos preventivos. Tramitar las notificaciones de las transacciones que, el Tramitar las notificaciones de las transacciones que, el

personal de operaciones o que cualquier funcionario, personal de operaciones o que cualquier funcionario, considere como sospechosas, basándose en las considere como sospechosas, basándose en las estipulaciones de la ley 72-02, así como el decreto 20-estipulaciones de la ley 72-02, así como el decreto 20-03 y circulares emitidas por la autoridad competente.03 y circulares emitidas por la autoridad competente.

OFICIAL DE CUMPLIMIENTOOFICIAL DE CUMPLIMIENTOSujetos ObligadosSujetos Obligados

Constituye una obligación comunicar todas las Constituye una obligación comunicar todas las transacciones que superen la cantidad de transacciones que superen la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$10,000.00) u otra moneda América (US$10,000.00) u otra moneda extranjera o su equivalente en moneda.extranjera o su equivalente en moneda.

Dicha comunicación se efectuara los primeros Dicha comunicación se efectuara los primeros quince (15) días de cada mes, todas las quince (15) días de cada mes, todas las transacciones en efectivo realizadas en el transacciones en efectivo realizadas en el mes anterior.mes anterior.

Unidad de Análisis FinancieroUnidad de Análisis Financiero

Comité Nacional Contra el Lavado de ActivosComité Nacional Contra el Lavado de Activos

Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11

Gazcue,Gazcue,

Santo Domingo, Rep. Dom.Santo Domingo, Rep. Dom.

REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVOREPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Se comunicaran mediante formularios o a través de Se comunicaran mediante formularios o a través de soporte magnético a la Unidad de Análisis Financiero, vía soporte magnético a la Unidad de Análisis Financiero, vía la Superintendencia de Bancos, para las instituciones que la Superintendencia de Bancos, para las instituciones que estén bajo la supervisión de esta entidad.estén bajo la supervisión de esta entidad.

Las transacciones múltiples en efectivo realizadas en una Las transacciones múltiples en efectivo realizadas en una o más oficinas de la misma entidad, que en su conjunto o más oficinas de la misma entidad, que en su conjunto superen la cantidad de US$10,000.00 serán agrupadas y superen la cantidad de US$10,000.00 serán agrupadas y consideradas como una transacción única, si son consideradas como una transacción única, si son realizadas en beneficio de una misma persona, física o realizadas en beneficio de una misma persona, física o moral, durante un día laborable. En tal caso, dichas moral, durante un día laborable. En tal caso, dichas transacciones deben ser reportadas a la Unidad de transacciones deben ser reportadas a la Unidad de Análisis Financiero como actividad sospechosa.Análisis Financiero como actividad sospechosa.

REPORTE DE TRANSACCIONES REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVOEN EFECTIVOREPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVOREPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Unidad de Análisis FinancieroUnidad de Análisis Financiero

Comité Nacional Contra el Lavado de ActivosComité Nacional Contra el Lavado de Activos

Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11

Gazcue,Gazcue,

Santo Domingo, D.N.Santo Domingo, D.N.

Teléfono: (809) 682-0140Teléfono: (809) 682-0140

Fax: (809) 682-2139Fax: (809) 682-2139

www.uaf.gov.do www.uaf.gov.do

REPORTE DE TRANSACCIONES REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVOEN EFECTIVO

Enviar a:Enviar a:REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVOREPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO

Enviar a:Enviar a:

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Son consideradas transacciones sospechosas Son consideradas transacciones sospechosas aquellas efectuadas o no que sean aquellas efectuadas o no que sean complejas, insólitas, significativas frente a complejas, insólitas, significativas frente a todos los patrones de transacciones no todos los patrones de transacciones no habituales habituales

Deben examinar, con especial atención, Deben examinar, con especial atención, cualquier operación, con independencia de su cualquier operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar vinculada al lavado de activos.vinculada al lavado de activos.

Estas transacciones serán reportadas para Estas transacciones serán reportadas para fines de investigación a la Unidad de Análisis fines de investigación a la Unidad de Análisis Financiero..Financiero..

REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSASREPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

En estos casos, el sujeto obligado En estos casos, el sujeto obligado deberá requerir información al cliente deberá requerir información al cliente sobre el origen, el propósito de la sobre el origen, el propósito de la transacción y la identidad de las partes transacción y la identidad de las partes involucradas en la misma.involucradas en la misma.

Tendrán que ser reportadas, dentro de Tendrán que ser reportadas, dentro de las veinticuatro (24) horas, a partir del las veinticuatro (24) horas, a partir del momento en que se efectúe o intente momento en que se efectúe o intente efectuarse la transacción, a la Autoridad efectuarse la transacción, a la Autoridad Competente; Competente;

REPORTE DE OPERACIONES REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSASSOSPECHOSASREPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSASREPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Unidad de Análisis FinancieroUnidad de Análisis Financiero

Comité Nacional Contra el Lavado de ActivosComité Nacional Contra el Lavado de Activos

Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11

Gazcue,Gazcue,

Santo Domingo, D.N.Santo Domingo, D.N.

Teléfono: (809) 682-0140Teléfono: (809) 682-0140

Fax: (809) 682-2139Fax: (809) 682-2139

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REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSASREPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSASEnviar a:Enviar a:

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Transacciones InusualesTransacciones Inusuales

Son aquellas transacciones cuya cuantía , Son aquellas transacciones cuya cuantía , características y periodicidad no guardan relación con la características y periodicidad no guardan relación con la actividad económica del cliente, salen de los parámetros actividad económica del cliente, salen de los parámetros de normalidad vigente en el mercado o aparentan no de normalidad vigente en el mercado o aparentan no tener un fundamento legal evidente.tener un fundamento legal evidente.

Es una Señal de Alerta. Es una Señal de Alerta. A su vez las Señales de Alertas se pueden componer de A su vez las Señales de Alertas se pueden componer de Transacciones Inusuales.Transacciones Inusuales.

Una Transacción = Ejecución de una Actividad ComercialUna Transacción = Ejecución de una Actividad Comercial

OJO: Una Señal de Alerta no necesariamente implica la ejecución OJO: Una Señal de Alerta no necesariamente implica la ejecución de una Actividad Comercialde una Actividad Comercial

Transacciones SospechosasTransacciones Sospechosas

Son aquellas transacciones de naturaleza civil, Son aquellas transacciones de naturaleza civil, comercial o financiera que tienen una magnitud comercial o financiera que tienen una magnitud o velocidad de rotación inusual o condiciones o velocidad de rotación inusual o condiciones de complejidad inusitada o injustificada, que se de complejidad inusitada o injustificada, que se presume proceden de alguna actividad ilícita o presume proceden de alguna actividad ilícita o que, por cualquier motivo, no tengan un que, por cualquier motivo, no tengan un fundamento económico lícito aparente.fundamento económico lícito aparente.

Toda Transacción Sospechosa esta compuesta Toda Transacción Sospechosa esta compuesta por variables Inusuales, pero no toda por variables Inusuales, pero no toda Transacción Inusual debe necesariamenteTransacción Inusual debe necesariamenteconvertirse en Sospechosa.convertirse en Sospechosa.

Conservar durante un período mínimo de diez Conservar durante un período mínimo de diez (10) años los documentos que acrediten (10) años los documentos que acrediten adecuadamente la realización de las adecuadamente la realización de las operaciones y la identidad de las personas operaciones y la identidad de las personas físicas o morales que las hubieren realizado o físicas o morales que las hubieren realizado o que hubieren entablado relaciones de negocio que hubieren entablado relaciones de negocio con la entidad.con la entidad.

Estos documentos deben estar disponible a Estos documentos deben estar disponible a fines de investigaciónfines de investigación

CONSERVAR DOCUMENTOSCONSERVAR DOCUMENTOS

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

No revelar al cliente ni a terceros que se ha No revelar al cliente ni a terceros que se ha transmitido la información a la Autoridad transmitido la información a la Autoridad Competente, o que se está examinando Competente, o que se está examinando alguna operación por sospecha de estar alguna operación por sospecha de estar vinculada al lavado de activos.vinculada al lavado de activos.

CONFIDENCIALIDADCONFIDENCIALIDAD

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Los sujetos obligados bajo la regulación y Los sujetos obligados bajo la regulación y supervisión, deberán adoptar, desarrollar y ejecutar supervisión, deberán adoptar, desarrollar y ejecutar programas, normas, procedimientos y controles programas, normas, procedimientos y controles internos para prevenir y detectar los delitos de internos para prevenir y detectar los delitos de lavado de activos. Estas medidas incluirán: lavado de activos. Estas medidas incluirán:

Aplicar procedimientos que aseguren un alto nivel Aplicar procedimientos que aseguren un alto nivel de integridad del personal y un sistema para de integridad del personal y un sistema para evaluar los antecedentes personales, laborales y evaluar los antecedentes personales, laborales y patrimoniales; patrimoniales;

PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DE PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS

Decreto 20-03 Decreto 20-03

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

Aplicar un plan permanente de capacitación de personal, Aplicar un plan permanente de capacitación de personal, como: “ Conozca su Cliente”, e instruirlos en cuanto a las como: “ Conozca su Cliente”, e instruirlos en cuanto a las responsabilidades señaladas en la Ley; responsabilidades señaladas en la Ley;

Prestar especial atención Prestar especial atención a todas las transacciones a todas las transacciones efectuadas o no,efectuadas o no, complejas, insólitas, significativas y a complejas, insólitas, significativas y a todos los patrones de transacciones no habituales, las todos los patrones de transacciones no habituales, las cuales cuales tendrán que ser reportadas, tendrán que ser reportadas, dentro de las dentro de las veinticuatro (24) horas, veinticuatro (24) horas, a partir del momento en que se a partir del momento en que se efectúe o intente efectuarse la transacciónefectúe o intente efectuarse la transacción, a la , a la Autoridad Competente; y Autoridad Competente; y

Aplicar medidas de control interno que aseguren el Aplicar medidas de control interno que aseguren el cumplimiento de los programas y procedimientos a que cumplimiento de los programas y procedimientos a que refiere la ley.refiere la ley.

PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DE PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS Decreto 20-03Decreto 20-03

Sujetos ObligadosSujetos Obligados

INSTRUMENTOS PARA EL INSTRUMENTOS PARA EL LA/FTLA/FT

SON LOS TIPOS DE VALORES QUE UN LAVADOR O SON LOS TIPOS DE VALORES QUE UN LAVADOR O

UN FINANCIADOR DE ACTIVIDADES TERRORISTAS UN FINANCIADOR DE ACTIVIDADES TERRORISTAS

UTILIZA PARA LOGRAR SU OBJETIVO.UTILIZA PARA LOGRAR SU OBJETIVO.

Ejemplo: Ejemplo:

Dinero (Efectivo), Cheques, Giros, Títulos o Valores Dinero (Efectivo), Cheques, Giros, Títulos o Valores

al Portador, entre otros.al Portador, entre otros.

PARA EL LAVADOR LA COLOCACION NO PARA EL LAVADOR LA COLOCACION NO IMPLICA IMPLICA RENTABILIDAD,RENTABILIDAD, SINO SINO SEGURIDADSEGURIDAD

MENOS CONTROLES = MAS LAVADOMENOS CONTROLES = MAS LAVADO

COMITÉ NACIONAL COMITÉ NACIONAL CONTRACONTRA

EL LAVADO DE ACTIVOSEL LAVADO DE ACTIVOS

Consejo Nacional de DrogasConsejo Nacional de DrogasDirección Nacional de Control de DrogasDirección Nacional de Control de Drogas

Superintendencia de BancosSuperintendencia de BancosSecretaria de Estado de HaciendaSecretaria de Estado de Hacienda

Procuraduría General de la RepublicaProcuraduría General de la Republica

Unidad de Análisis Unidad de Análisis FinancieroFinanciero

UAFUAF

Organismos en la Lucha Contra el Lavado de Activos Organismos en la Lucha Contra el Lavado de Activos

Oficina de Custodia Oficina de Custodia y Administración y Administración

de Bienes Incautados y de Bienes Incautados y DecomisadosDecomisados

Unidad de Análisis

Financiero

(UAF)

Unidad Antilavado PGR

Unidad Investigación Fin.

DNCD

Comité Nacional Contra

el Lavado de ActivosSuperintendencia de Bancos

Unidad de Análisis Unidad de Análisis FinancieroFinanciero

UAFUAF

Organismos en la Lucha Contra el Lavado de Activos Organismos en la Lucha Contra el Lavado de Activos

Unidad de Invest.Fin. P. N.

Depto. Prev.Corrupción Admva. PGR

Dirección Generalde Aduanas

DGII

Superintendencia deValores

Superintendencia dePensiones

Es la estructura encargada de recibir, solicitar, analizar y difundir a las Es la estructura encargada de recibir, solicitar, analizar y difundir a las Autoridades Competentes los reportes de información financiera Autoridades Competentes los reportes de información financiera relacionadas con las ganancias que se sospecha provienen del crimen o relacionadas con las ganancias que se sospecha provienen del crimen o que están establecidas en su legislación o en su reglamentación que están establecidas en su legislación o en su reglamentación nacional, con el fin de combatir el lavado de activos y/o cualquier crimen nacional, con el fin de combatir el lavado de activos y/o cualquier crimen financiero.financiero.

Unidad de Inteligencia Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) = (UAF) en la República DominicanaFinanciera (UIF) = (UAF) en la República Dominicana

Unidad de Análisis Financiero (UAF) Unidad de Análisis Financiero (UAF) según Ley 72-02según Ley 72-02

UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) del COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOSdel COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS

TIPOSTIPOS- Administrativas - Administrativas - Investigativas (Policiales) - Investigativas (Policiales) - Judiciales- Judiciales - Mixtas- Mixtas

Es del tipo Es del tipo AdministrativaAdministrativa

Funciones PrincipalesFunciones Principales•Función Depositaria CentralizadaFunción Depositaria Centralizada•Función AnalíticaFunción Analítica•Función de Apoyo Técnico a Otras Autoridades CompetentesFunción de Apoyo Técnico a Otras Autoridades Competentes•Intercambio de Información a Nivel NacionalIntercambio de Información a Nivel Nacional•Intercambio de Información a Nivel InternacionalIntercambio de Información a Nivel Internacional•Inspección Extra-SituInspección Extra-Situ

Funciones Adicionales Funciones Adicionales •((Función Reglamentaria / SupervisiónFunción Reglamentaria / Supervisión•Función de Aplicación de la Ley (Sanciones)Función de Aplicación de la Ley (Sanciones)•Función para Entablar Acciones JudicialesFunción para Entablar Acciones Judiciales•Función de Adiestramiento y ConsultoríaFunción de Adiestramiento y Consultoría•Inspección In-SituInspección In-Situ

UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) del COMITÉ NACIONAL UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) del COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOSCONTRA EL LAVADO DE ACTIVOSUNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO (UAF) del COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOSdel COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS

UAF

Sector Financieroy Cambiario

Otros Sectores Otros Sectores y ENFD’sy ENFD’s

Entidades de Entidades de IntermediaciónIntermediación Financiera yFinanciera y CambiariaCambiaria

Comité Nacional Contra el Lavado de Activos

Casinos de Juegos

Compañías y corredores de seguros

Servicios Profesionales

Compra y Venta de armas de fuego

Actividad de Promoción Inmobiliaria o compra venta de inmuebles

Bancos Comerciales

Otras Instituciones Financieras

Asociaciones

Agentes de Cambios, Remesadoras y Canjeadores

Banco

Central Empresas o personas físicas de Compra y Venta de Artículos

SuperintendenciaSuperintendencia de Bancosde Bancos

UAFUAF

Relación entre la Superintendencia de Bancos y la UAFRelación entre la Superintendencia de Bancos y la UAFROS’s y Apoyo TécnicoROS’s y Apoyo Técnico

Procuraduría General de laProcuraduría General de laRepublicaRepublica

Unid. Contra Lav. Act.Unid. Contra Lav. Act.

Consecuencias del Lavado de ActivosConsecuencias del Lavado de Activos

•Perdida de Control de la Política EconómicaPerdida de Control de la Política Económica•Distorsión Económica e InestabilidadDistorsión Económica e Inestabilidad•Perdidas de Rentas o Ingresos PúblicosPerdidas de Rentas o Ingresos Públicos•Riesgos para los Esfuerzos de PrivatizaciónRiesgos para los Esfuerzos de Privatización•Falta de CredibilidadFalta de Credibilidad•Debilitan la Integridad de los Mercados FinancierosDebilitan la Integridad de los Mercados Financieros•Expansión de la PobrezaExpansión de la Pobreza

Efectos EconómicosEfectos Económicos

Consecuencias del Lavado de ActivosConsecuencias del Lavado de Activos

•ImpunidadImpunidad

•Falsos ValoresFalsos Valores

•Engaños y FraudesEngaños y Fraudes

•ViolenciaViolencia

•IngobernabilidadIngobernabilidad

Efectos SocialesEfectos Sociales

Todo lo anterior cataliza efectos negativos en la percepción de Todo lo anterior cataliza efectos negativos en la percepción de riesgo, específicamente en lo relativo a los riesgos: riesgo, específicamente en lo relativo a los riesgos: Reputacional, Operativo, Legal y Crediticio Reputacional, Operativo, Legal y Crediticio

En síntesis, se afecta el Riesgo-País y con este el sistema de pagos En síntesis, se afecta el Riesgo-País y con este el sistema de pagos debido al alto costo financiero y al consecuente encarecimiento.debido al alto costo financiero y al consecuente encarecimiento.

Derivándose en Costos Específicos tales como:Derivándose en Costos Específicos tales como:

•Perdidas de Negocios RentablesPerdidas de Negocios Rentables•Problemas de Liquidez (Retiro Masivos de Fondos)Problemas de Liquidez (Retiro Masivos de Fondos)•Limitación de Facilidades en Bancos CorresponsalesLimitación de Facilidades en Bancos Corresponsales•Costos de Investigaciones y MultasCostos de Investigaciones y Multas•Incautación de BienesIncautación de Bienes•Perdida de Capacidad de EndeudamientoPerdida de Capacidad de Endeudamiento•Perdida del Valor Accionario de la EmpresaPerdida del Valor Accionario de la Empresa

Administración del Riesgo para Prevenir el Administración del Riesgo para Prevenir el Lavado de ActivosLavado de Activos

Definición de Riesgo:Definición de Riesgo:

Es la amenaza de que un evento o acción afecte Es la amenaza de que un evento o acción afecte adversamente la habilidad de una organización de adversamente la habilidad de una organización de lograr sus objetivos de negocios o ejecutar sus lograr sus objetivos de negocios o ejecutar sus estrategias exitosamente.estrategias exitosamente.

Administración del Riesgo:Administración del Riesgo:

Proceso mediante el cual la dirección de una empresa Proceso mediante el cual la dirección de una empresa identifica, cuantifica y controla los riesgos a los cuales la identifica, cuantifica y controla los riesgos a los cuales la exponen sus actividades.exponen sus actividades.

Administración del RiesgoAdministración del Riesgo

Administración del RiesgoAdministración del Riesgo

Toda empresa debe tipificar sus riesgos, pues un riesgo no Toda empresa debe tipificar sus riesgos, pues un riesgo no tipificado ni medido, es un problema de Control Interno.tipificado ni medido, es un problema de Control Interno.

El seguimiento de estasEl seguimiento de estas 5C5C nos garantizará unanos garantizará una Administración Efectiva del RiesgoAdministración Efectiva del Riesgo. . Prof. Miguel CanoProf. Miguel Cano

Las 5C del Control para Prevenir el Lavado de Dinero.Las 5C del Control para Prevenir el Lavado de Dinero.

• CConcienciación y sensibilización.oncienciación y sensibilización.

• CConocimiento integral del delito.onocimiento integral del delito.

• CConocimiento interno y del entorno de la instituciónonocimiento interno y del entorno de la institución..

• CConocimiento integral del cliente.onocimiento integral del cliente.

• CConocimiento de modalidades e identificación de controles onocimiento de modalidades e identificación de controles y sanciones.y sanciones.

Administración del RiesgoAdministración del Riesgo

Tipos Comunes de Riesgos:Tipos Comunes de Riesgos:

Cortesía de la IVE, GuatemalaCortesía de la IVE, Guatemala

Clasificación de Zonas de RiesgosClasificación de Zonas de Riesgos1-Áreas de Interés Primario1-Áreas de Interés Primario

Son áreas geográficas donde se presume la existencia de alta intensidad Son áreas geográficas donde se presume la existencia de alta intensidad

en las operaciones de lavado de activos, por lo que se hace necesario en las operaciones de lavado de activos, por lo que se hace necesario que que

las mismas autoridades competentes y los Sujetos Obligados extremen las mismas autoridades competentes y los Sujetos Obligados extremen

sus medidas de prevención, control y detección a fin de minimizar los sus medidas de prevención, control y detección a fin de minimizar los

riesgos derivados de actividades ilícitas.riesgos derivados de actividades ilícitas.

2-Áreas de Interés Secundario2-Áreas de Interés Secundario

Son áreas que presentan un interés significativo y donde se presume que Son áreas que presentan un interés significativo y donde se presume que existen cantidades apreciables de operaciones de lavado de activos, pero existen cantidades apreciables de operaciones de lavado de activos, pero con una frecuencia e intensidad menor que en las áreas de interés con una frecuencia e intensidad menor que en las áreas de interés primario. primario.

Clasificación de Zonas de RiesgosClasificación de Zonas de Riesgos

3-Áreas de Interés Menor3-Áreas de Interés MenorSon áreas de las cuales no se han estructurado Reportes de Son áreas de las cuales no se han estructurado Reportes de Transacciones Sospechosas o la cantidad generada no representa un Transacciones Sospechosas o la cantidad generada no representa un riesgo significativo.riesgo significativo.

Indicadores para Clasificar Áreas:Indicadores para Clasificar Áreas:

•Estadísticas de Reportes de Transacciones SospechosasEstadísticas de Reportes de Transacciones Sospechosas•Naturaleza e Intensidad Comercial Naturaleza e Intensidad Comercial •Proximidad a Fronteras InternacionalesProximidad a Fronteras Internacionales•Nexos a Paraísos Fiscales o a Países No-CooperadoresNexos a Paraísos Fiscales o a Países No-Cooperadores•Compatibilidad con el Ciclo EconómicoCompatibilidad con el Ciclo Económico•Existencias de Facilidades y Servicios FinancierosExistencias de Facilidades y Servicios Financieros•Formalidad de los Elementos que la ConformanFormalidad de los Elementos que la Conforman•Análisis del Riesgo ReputacionalAnálisis del Riesgo Reputacional

Tipología:Tipología:Sistema Black Market Peso Exchange Sistema Black Market Peso Exchange

(Mercado Negro del Peso) (Mercado Negro del Peso) F. Rojas AMLCF. Rojas AMLC

9494

NARCOTRÁFICO – COSTOS Y BENEFICIOSNARCOTRÁFICO – COSTOS Y BENEFICIOS

9595

EL PROBLEMA DEL TRANSPORTE FÍSICO DE DINEROEL PROBLEMA DEL TRANSPORTE FÍSICO DE DINERO

9696

EL PROBLEMA DEL TRANSPORTE FÍSICO DE DINEROEL PROBLEMA DEL TRANSPORTE FÍSICO DE DINERO

CONCLUSIONCONCLUSION

““El Lavado puede ocurrir en cualquier parte, El Lavado puede ocurrir en cualquier parte, ninguna economía, ningún sector esta ninguna economía, ningún sector esta exento, pero tenemos el deber y la exento, pero tenemos el deber y la obligación de mitigar los riesgos y prevenir obligación de mitigar los riesgos y prevenir ser utilizados para la comisión del crimen”ser utilizados para la comisión del crimen”

CONCLUSIONCONCLUSION

•Todos los sectores, los Sujetos Obligados, deben Todos los sectores, los Sujetos Obligados, deben convencerse de que Cumplir las Normas convencerse de que Cumplir las Normas No Limita los No Limita los NegociosNegocios

International Shareholder Services, en un estudio divulgado International Shareholder Services, en un estudio divulgado por Doloitte, analizó el desempeño de una muestra de por Doloitte, analizó el desempeño de una muestra de

empresas norteamericanas en los últimos diez (10) años, empresas norteamericanas en los últimos diez (10) años, resultando lo siguiente:resultando lo siguiente:

-Empresas con bajo grado de Buenas Practicas, -Empresas con bajo grado de Buenas Practicas, obtuvieron ganancias liquidas de un 6.38%, por obtuvieron ganancias liquidas de un 6.38%, por debajo de la media obtenida por las empresas de su debajo de la media obtenida por las empresas de su sector.sector.

-Las más transparentes, obtuvieron lucros de un -Las más transparentes, obtuvieron lucros de un 21.6% por encima del promedio sectorial.21.6% por encima del promedio sectorial.

Realizar la Debida Diligencia: Realizar la Debida Diligencia: -Conozca a su Cliente -Conozca a su Cliente -Conozca a su Empleado Han Evolucionado a: -Conozca a su Empleado Han Evolucionado a: -Conozca sus RIESGOS -Conozca sus RIESGOS (Productos, Geográficos, Clientes y Empleados)(Productos, Geográficos, Clientes y Empleados)

Informar oportunamente los Reportes de Informar oportunamente los Reportes de Transacciones Sospechosas, dar especial atención a Transacciones Sospechosas, dar especial atención a las transacciones inusuales, así como remitir a las transacciones inusuales, así como remitir a tiempo los Reportes Diarios, Mensuales o a tiempo los Reportes Diarios, Mensuales o a RequerimientoRequerimiento

Monitorear a los clientes, cuentas y productos de alto Monitorear a los clientes, cuentas y productos de alto riesgo. Hacer la clasificación en función de la riesgo. Hacer la clasificación en función de la naturaleza de la actividad del cliente y de los listados naturaleza de la actividad del cliente y de los listados internacionalesinternacionales

Implementar un programa de entrenamiento Implementar un programa de entrenamiento periódico, en relación a políticas preventivas, para periódico, en relación a políticas preventivas, para todo el personal. Así como procurar y diseminar todo el personal. Así como procurar y diseminar información de las nuevas tipologías y productosinformación de las nuevas tipologías y productos

Establecer un sistema de Control Interno eficiente, de Establecer un sistema de Control Interno eficiente, de acuerdo a las normas legales y las mejores practicas, acuerdo a las normas legales y las mejores practicas, así como supervisar su aplicaciónasí como supervisar su aplicación

DOS COMENTARIOS FINALESDOS COMENTARIOS FINALES

1.1. HAGAN NEGOCIOS!!!!HAGAN NEGOCIOS!!!!

La Ley no prohíbe hacer negocios, La Ley no prohíbe hacer negocios,

más bien ofrece las pautasmás bien ofrece las pautasdentro de las cuales se deben dentro de las cuales se deben realizar las operaciones realizar las operaciones comerciales comerciales (Medir el Riesgo y actuar en (Medir el Riesgo y actuar en consecuencia a las Normas Legales consecuencia a las Normas Legales Establecidas y las Mejores Prácticas)Establecidas y las Mejores Prácticas)

• HAGAN NEGOCIOS!!!!!HAGAN NEGOCIOS!!!!!

2.2.Las prioridades de ahora, deben hacerse pensando Las prioridades de ahora, deben hacerse pensando en el futuro. en el futuro.

Pero HOY es el FUTURO, pues si nos ponemos a Pero HOY es el FUTURO, pues si nos ponemos a esperar el FUTURO este nunca llegará…. Es una esperar el FUTURO este nunca llegará…. Es una abstracción que se realiza en el hoy. abstracción que se realiza en el hoy.

Y es que sólo así los seres humanos tendremos larga Y es que sólo así los seres humanos tendremos larga vida y claridad mental. Adicionalmente, los Caballeros vida y claridad mental. Adicionalmente, los Caballeros contaremos con robustez viril y las Damas sus contaremos con robustez viril y las Damas sus atributos voluptuosos y sugerentes.atributos voluptuosos y sugerentes.

Conscientes preclaramente de su utilidad…Conscientes preclaramente de su utilidad…

““SI NOS OCUPAMOS NO NOS PREOCUPAMOS”SI NOS OCUPAMOS NO NOS PREOCUPAMOS”

GRACIAS POR SU ATENCIONGRACIAS POR SU ATENCION

Preguntas…???Preguntas…???

Unidad de Análisis FinancieroUnidad de Análisis FinancieroComité Nacional Contra el Lavado de ActivosComité Nacional Contra el Lavado de Activos

Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11, Calle: Federico Henriquez y Carvajal No. 11, GazcueGazcueSanto Domingo, Rep. Dom.Santo Domingo, Rep. Dom.

Teléfono: (809) 682-0140Teléfono: (809) 682-0140Fax: (809) 682-2139Fax: (809) 682-2139

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DULCE MARIA LUCIANODIRECTORA DE LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO DEL

COMITÉ NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS CORREO ELECTRONICO: [email protected]