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Presidenta BacheletMensaje Presidencial 21 de Mayo 2006
“Nuestro compromiso es llegar al 2010 con un país más moderno, integrado, desarrollado y solidario, con una sociedad cohesionada, donde los los ciudadanos puedan participar, deliberar y sus derechos y libertades sean respetados”
… CUATRO EJES DE TRABAJO:• Ampliar la Protección Social• Economía Dinámica, Innovación y Emprendimiento• Calidad de Vida de Chilenas y Chilenos• Democracia mas Inclusiva y Participativa… GRANDES TRANSFORMACIONES:• Reforma Sistema Previsional• Educación de Calidad• Innovación para el desarrollo… Propósito fundamental:
INSTALAR LAS BASES DE UNSISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL…
Secretaria Regional Ministerial de Trabajo y Previsión Social, Región del Bio Bio
Que las personas tengan ingresos Que las personas tengan ingresos más seguros durante la vejez, para así más seguros durante la vejez, para así
vivir dignamentevivir dignamente
Para cumplir este objetivo, la Reforma Previsional considera el perfeccionamiento del Sistema de Capitalización Individual, complementándolo con un Sistema de Pensiones Solidarias que cubra a quienes, por diversas razones, no lograron ahorrar lo suficiente para financiar una pensión digna
Objetivo de la Reforma
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Por qué era necesaria estaReforma Previsional
Cambios demográficos de la población Cambios en el mercado del trabajo Problemas de integración del actual Sistema de
Pensiones (entre los Pilares Público, Contributivo y Voluntario)
Deficiente cobertura del actual Sistema de pensiones: mujeres, trabajadores independientes, informales, grupos vulnerables
Falta de confianza en la administración privada: transparencia y legitimidad
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Diagnóstico del actual Sistema de Pensiones: Escaso conocimiento de los usuarios de cómo opera
el Sistema Baja densidad de las cotizaciones Calidad de las pensiones Problemas de cobertura y equidad en el Sistema Principalmente de género Sólo existen incentivos al ahorro voluntario para las
rentas más altas Escasas oportunidades para los trabajadores jóvenes Escasa protección social para los trabajadores
independientes Falta de competencia en el mercado de AFP Inflexibilidad de las inversiones
Por qué era necesaria estaReforma Previsional
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La Reforma Previsional es el principal compromiso social del Programa de Gobierno de la Presidenta Bachelet.Hoy este compromiso es realidad:
• Elección de la Presidenta: 15 enero 2006• Inicio del Gobierno: 11 marzo 2006• Creación Comisión Marcel: 17 marzo 2006• Entrega del Informe Comisión Marcel: 06 julio 2006• Instalación del Comité de Ministros: 13 julio 2006• Presentación del Proyecto de Ley al Congreso Nacional:
19 diciembre 2006• Aprobación Cámara de Diputados: 29 agosto 2007• Aprobación Senado: 09 enero 2008• Aprobación 3°Trámite: 16 enero 2008• Promulgación de la Ley: 11 marzo 2008
Hitos de la Reforma Previsional
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Derecho a la Protección Social: seguridad y certeza
Legitimidad y participación ciudadana Solidaridad: creación del Sistema de
Pensiones Solidarias Igualdad y equidad de género Prioridad en las políticas públicas sociales Responsabilidad Previsional y Social: incentivo
al ahorro previsional voluntario Eficiencia, transparencia y competencia de la
industria Sostenibilidad: responsabilidad fiscal Disminución de la desigualdad y redistribución
del ingreso Rol publico del Estado
Principios de la Reforma
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• Creación del Sistema de pensiones solidarias• Aumento de Cobertura• Equidad de Género• Incentivo al ahorro Previsional• Aumento de la competencia en precios• Mayor rentabilidad en los fondos de pensiones• Aporte patronal• Nueva institucionalidad del sistema de
pensiones• Participación de los usuarios y transparencia• Sostenibilidad y responsabilidad fiscal
Principales transformaciones de la Reforma Previsional
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PILAR SOLIDARIOLa reforma previsional entregará
pensiones a las personas de menores
ingresos que hoy no cuentan con
estos recursos, a través de la pensión
básica solidaria de vejez o invalidez, y
complementará las pensiones más
bajas con un aporte previsional
solidario de vejez o invalide
Se crea un Sistema de Pensiones Solidarias que de manera integrada con el Sistema Contributivo Obligatorio, protege a todos los chilenos y chilenas a través del otorgamiento de beneficios previsionales para quienes, por diversas razones, durante su vida activa no han ahorrado para financiar una pensión o habiéndolo hecho, obtienen una pensión bajaEste Sistema otorgará los siguientes beneficios:
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez Subsidio para las personas con discapacidad
mental menores de 18 años
Creación del Sistema de Pensiones Solidarias
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Trabajadores Jóvenes (18 y 35 años): Subsidio a la Contratación por las primeras 24 cotizaciones efectivas, continuas o discontinuas, equivalente al 50% de la cotización individual (tope 1,5 veces ingreso mínimo), en vigencia el 01.10.2008; y, Subsidio a la cotización como aporte directo a la cuenta de capitalización individual por el mismo monto y condiciones, en vigencia a partir del 01.07.2011
Afiliación obligatoria de los Trabajadores Independientes al sistema previsional, igualando sus derechos y obligaciones con los trabajadores dependientes (acceso a pensión y salud, Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Asignación Familiar, acceso a Cajas de Compensación y al Sistema de Pensiones Solidarios
Se fija la renta mínima imponible para efecto de seguridad social de las Trabajadoras de Casa Particular en un ingreso mínimo mensual
Aumento en la Cobertura del Sistema
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La Reforma contempla un conjunto de medidas de Equidad de Género destacándose las siguientes:
Las mujeres serán las principales beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias (60% de las PBS)
Bono por hijo nacido vivo o adoptado Separación por sexo del Seguro de Invalidez y
Sobrevivencia (SIS) Se iguala en 65 años, para hombres y mujeres, la
cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia Se establece la compensación económica
previsional en caso de nulidad o divorcio Se incluyen nuevos beneficiarios de pensión de
sobrevivencia de la mujer: el cónyuge no inválido y al padre de hijos de filiación no matrimonial que viva a expensas de la mujer
Equidad de Género
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Se establecen mecanismos destinados a incentivar el ahorro y promover una cultura de responsabilidad previsional:
Se crea el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC)
Se genera una nueva alternativa tributaria orientada a la clase media
El Estado otorgará una Bonificación del 15% al Ahorro Previsional Voluntario Individual y Colectivo (APV y APVC) de los trabajadores de Clase Media
Se crea la figura del Afiliado Voluntario
Incentivo al Ahorro Previsional
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Se incentivan la entrada de nuevos actores al sistema y la competencia en precios:
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se licitará por todas las AFP para la obtención de un precio más competitivo, transparente y equitativo
Se establece la Licitación de Cartera de los nuevos afiliados hasta por 24 meses a la AFP que ofrezca la menor comisión
Se permite la Subcontratación de ciertas funciones por parte de las AFP (administración de cuentas, fondos y atención a público) con el objeto de lograr una eficiencia y economía en la prestación de los servicios
Incorporación de nuevos actores: AFP filial Compañía de Seguros
Se elimina la Comisión Fija por cotización, retiro y transferencia de saldo de las Cuentas de Capitalización Individual, lo que permite evitar la disminución de los saldos y hacer visibles las comisiones permitiendo la comparación de precios
Aumento de la Competencia en Precios
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Un 1% de rentabilidad a lo largo de la vida activa, aumenta aproximadamente en un 20% el monto de la pensión futura, por esto se establece un Régimen de Inversiones que:
Flexibiliza la estructura de límites de las inversiones
(instrumentos y emisores) con el objeto de diversificar los fondos
Amplía los límites a la inversión en el extranjero Se crea un organismo asesor denominado Consejo
Técnico de Inversiones que vela por la calidad de las inversiones
Incorpora la medición del riesgo como norma de regulación complementaria al sistema de límites
Otorga mayor responsabilidad a las AFP en el diseño e implementación de las inversiones, sujetas a sanción por incumplimiento
Mayor rentabilidad en los Fondos de Pensiones
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Para los trabajadores dependientes, la parte de la cotización variable destinada al financiamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (que actualmente paga el trabajador) será de cargo del empleador
Esta medida implicará un aumento en la remuneración líquida del trabajador
Constituye además, una expresión de los principios de participación y co-responsabilidad previsional
Esta medida se implementará gradualmente a partir del 1 de julio de 2009 y se encontrará en régimen el 1 de julio de 2011
Aporte Patronal
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Se redefine el rol del Estado: El diseño de política y conducción del sistema corresponde
al nivel político, representado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social
El rol normativo y regulatorio corresponde a una nueva institución: la Superintendencia de Pensiones, entidad que regulará y fiscalizará el régimen contributivo general y el nuevo régimen de pensiones solidarias
Para el rol de administración y entrega de beneficios, junto con los operadores privados del sistema (las AFP), se crea el Instituto de Previsión Social (IPS), que administrará los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias y gestionará, hasta su extinción, los regímenes previsionales de las antiguas Cajas y del Servicio de Seguro Social
Dependiente del IPS, se crea una Red territorial de Centros de Atención Previsional Integral que tendrán por misión prestar servicios integrados de información, orientación Previsional y atención a todos los usuarios del sistema de pensiones
Nueva Institucionalidad del Sistema de Pensiones
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La Reforma Previsional crea varias vías de participación que permiten darle transparencia y control ciudadano al Sistema de Pensiones:
Comité de Usuarios cuyo objetivo es evaluar y proponer estrategias de educación y difusión previsional al Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Consejo Consultivo Previsional cuyo propósito es asesorar a los Ministros del Trabajo y de Hacienda en las materias relacionadas con el Sistema de Pensiones Solidarias (modificaciones legales, reglamentarias, etc.)
Fondo para la Educación Previsional destinado a apoyar financieramente la promoción, educación y difusión del Sistema de Pensiones, por medio de fondos concursables. Al menos el 60% de dichos fondos deberán asignarse a regiones
Participación de los Usuarios y Transparencia
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La Reforma está financiada por recursos provenientes, entre otros: del Fondo de Reserva de Pensiones, por la disminución del déficit del sistema antiguo, por el crecimiento económico y por los mayores intereses que rinden los activos financieros fiscales
Esto se complementa con un sistema que da cuenta transparentemente de los compromisos fiscales con el Sistema Previsional a través de dos vías:
Un informe anual elaborado por la DIPRES respecto del costo anual del Sistema de Pensiones Solidarias
Un informe encargado cada 5 años por la SUP. PEN. y la DIPRES que evalúe el efecto de cambios en las distintas variables del Sistema, para así estimar los compromisos fiscales
Sostenibilidad y Responsabilidad Fiscal
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Principales Beneficios y Beneficiarios de la Reforma
Previsional
Definición: Beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al cual pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y cumplan los requisitos
Monto: $60.000 a partir del uno de Julio de 2008, y De $75.000 en régimen a partir del uno de Julio de 2009 Requisitos:
No tener derecho a pensión Edad: 65 años Grupo familiar: 60% más pobre (en régimen) Residencia
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez
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Definición: Beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas aquellas personas calificadas como inválidas que no tienen derecho a una pensión en un régimen previsional y cumplen con los requisitos establecidos en la ley
Monto: $60.000 a partir del uno de Julio de 2008, y De $75.000 en régimen a partir del uno de Julio de 2009 Requisitos:
No tener derecho a pensión Ser declarado inválido por la Comisión Médica Edad: 18 y menor de 65 años Grupo familiar: 60% más pobre (en régimen) Residencia
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez
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Definición: Aporte monetario mensual, de cargo fiscal, que incrementa las pensiones autofinanciadas, a través de un complemento que aumenta el monto de la pensión final, mejorando de esta forma la suficiencia de los beneficios previsionales. Entrada en vigencia: 1 de Julio de 2008
Al año 2008 la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) será de $70.000, la que gradualmente ascenderá hasta $255.000 el año 2012
Requisitos: Tener una Pensión Base inferior a Pensión Máxima
con Aporte Solidario (PMAS) Edad: 65 años Grupo Familiar: 60% más pobre (en régimen) Residencia
Aporte Previsional (APS) Solidario de Vejez
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PERIODO PMAS COBERTURA
Jul-08 Jun-09 $70.000 40%
Jul-09 Jun-10 $120.000 45%
Jul-10 Jun-11 $150.000 50%
Jul-11 Jun-12 $200.000 55%
Jul-12 En adelante
$255.000 60%
Implementación del APS de Vejez
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Definición: Aporte monetario mensual, de cargo fiscal, para todas aquellas personas que han sido calificadas como inválidas, que habiendo contribuido a un sistema de pensiones, financien una jubilación inferior a $75 .000 en régimen y cumplan con los requisitos establecidos en la ley
Entrada en vigencia: 1 de Julio de 2008 Requisitos:
Tener una Pensión Base inferior a PBS de Invalidez Ser declarado inválido Edad: mayor de 18 y menor de 65 años Grupo Familiar: 60% más pobre (en régimen) Residencia
Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez
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Definición: Es una bonificación monetaria, de cargo fiscal, que se otorga a las madres de hijos nacidos vivos que cumplan con los requisitos legales
Equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales vigente en el mes de nacimiento del hijo (actualmente correspondería a $ 259.200.
Entrada en vigencia: 1 de julio de 2009 Rentabilidad
Hijos nacidos vivos ANTES del 1 de julio de 2009 Hijos nacidos vivos DESPUÉS del 1 de julio de
2009 Requisitos:
Edad: 65 años Residencia Que la mujer se pensione a contar del 1 de Julio de
2009
Bono por Hijo Nacido Vivo
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Mujeres sin trabajo remunerado (dueñas de Mujeres sin trabajo remunerado (dueñas de casa)casa)
Mujeres con trabajo remuneradoMujeres con trabajo remunerado TemporerasTemporeras Trabajadores JóvenesTrabajadores Jóvenes Trabajadores IndependientesTrabajadores Independientes Trabajadores de Clase MediaTrabajadores de Clase Media SindicatosSindicatos Personas carentes de recursosPersonas carentes de recursos Personas Inválidas y con DiscapacidadPersonas Inválidas y con Discapacidad Beneficiarios de leyes especialesBeneficiarios de leyes especiales
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Principales Beneficiarios
FOCALIZACIÓN:Durante los dos primeros años se utilizará como instrumento de focalización la Ficha de Protección Social
El 40% equivale a 11.734 puntos de la FPS
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UNA PROMESA CUMPLIDA