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Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2016

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Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán,

Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2016

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MARCO LEGAL

En la ciudad de Villagrán, cabecera del municipio del mismo nombre del Estado de Guanajuato, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 117 fracción VII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, artículos 4, 5, 22, 23, 24, segundo párrafo, 25, 29, segundo párrafo y 35 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, y 234 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, siendo las 10 horas del 31 de diciembre de 2015, reunidos en el salón de cabildo, previa convocatoria realizada por el Presidente Municipal en el uso de sus facultades y competencias, los integrantes del Ayuntamiento aprobaron por unanimidad el Presupuesto de Egresos Municipal del ejercicio fiscal 2016.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con fundamento en los artículos 17 y 20 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato y 76, fracción IV, inciso b), de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento del municipio presentó ante el H. Congreso del Estado de Guanajuato la iniciativa de la Ley de Ingresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016.

Con fundamento en el artículo 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fecha de 14 de diciembre de 2015, el H. Congreso del Estado de Guanajuato aprobó la Ley de Ingresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016, la cual fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el día 29 de diciembre de 2015.

La Ley de Ingresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato, para el ejercicio fiscal

2016, incluye el presupuesto de ingresos para dicho ejercicio fiscal por un total de $132’418,762.03, el cual se codificó con base en el Clasificador por Rubros de Ingresos emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Que el presente presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal 2016,

guarda equilibrio presupuestario con los ingresos estimados en la Ley de Ingresos del mismo año, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los municipios de Guanajuato.

Que en caso de que la recaudación de los ingresos municipales sea inferior a los

ingresos estimados en la Ley de Ingresos, el déficit presupuestario resultante por ningún motivo afectará los programas municipales prioritarios, y que en todo caso se subsanará con otra fuente de ingresos o con la disminución del gasto corriente.

Que en caso de que al finalizar el ejercicio presupuestario 2016, existieren

subejercicios, ahorros, o economías presupuestarias, éstos se destinarán preferentemente a programas prioritarios o a gasto de inversión.

Que en caso de que la recaudación de los ingresos municipales sea inferior a los

ingresos estimados en la Ley de Ingresos, el déficit presupuestario resultante por ningún motivo afectará los programas municipales prioritarios, y que en todo caso se subsanará con otra fuente de ingresos o con la disminución del gasto corriente.

Ahora bien resulta importante resaltar que el Instituto Mexicano para la

Competitividad, A.C., evaluará tanto el Presupuesto de Egresos Municipal, la Ley de Ingresos Municipal y los formatos ciudadanos de ambos, correspondientes al ejercicio fiscal 2016, bajo la metodología del Índice de Información Presupuestal Municipal (IIPM) 2016.

El IIPM tiene como propósito mejorar la calidad de información de los presupuestos, con el fin de impulsar la lucha contra la opacidad en el manejo del dinero público. Además, a través del cumplimiento de los criterios para desglosar la información y uso de clasificaciones homologadas, es posible un uso de lenguaje que permita presentar una versión ciudadana de los presupuestos de una manera más efectiva.

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La transparencia presupuestal se debe entender como el quehacer del funcionario público para hacer saber a la ciudadanía a través de las instancias correspondientes, cuánto, cómo y en qué se va a gastar el dinero público, y se debe entender como una acción fundamental para generar confianza entre la sociedad civil, las empresas y el gobierno.

De igual forma es importante considerar lo establecido en el artículo 54 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato y 234 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, respecto que para la programación del gasto público municipal se tomará como referencia el Programa de gobierno municipal, para lo cual es preciso señalar que:

El componente 3 “Finanzas Púbicas”, objetivo estratégico 3, Optimizar el

aprovechamiento de los recursos públicos, particular 3.2, Garantizar la eficacia del gasto público bajo criterios de legalidad y transparencia, correspondientes al PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2015-2035, establece entre otras líneas de acción, las siguientes:

Respecto del gasto público, asegurar la alineación entre la planeación estratégica y la programación del presupuesto, basada en criterios estrictos de rentabilidad socioeconómica.

Consolidar el desarrollo de presupuesto basado en resultados en el ámbito estatal y municipal.

En materia de seguimiento y evaluación: Garantizar una mayor transparencia y rendición de cuentas del gasto público mediante la sistematización de procedimientos y el fortalecimiento de los procesos de vigilancia.

Respecto de la Deuda Pública, Administrar de forma eficiente y responsable la deuda pública para consolidar la estabilidad de las finanzas públicas, reducir el costo financiero y promover el desarrollo de los mercados financieros y Garantizar el apego y observancia de las leyes de responsabilidad hacendaria o fiscal, en los manejos de la deuda pública de las administraciones estatal y municipal.

Por lo anterior y con el fin de cumplir con las obligaciones vinculadas al ejercicio

del gasto público y de alinear las acciones de gobierno a lo establecido en el Plan Municipal de Desarrollo 2015-2035, se expide el presente presupuesto de egresos municipal del ejercicio fiscal 2016, cuyo objetivo primordial es integrar la información presupuestal con base en lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio presupuestario que se encuentran contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Constitución Política para el Estado de Guanajuato; Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato; Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato; Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato y demás legislación aplicable.

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PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE VILLAGRAN, GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Gto., para el Ejercicio Fiscal 2016, para quedar como sigue:

TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE

VILLAGRAN, GUANAJUATO.

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 1.- El presente decreto tiene como objeto integrar la información presupuestal

con base en lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y

especificar de forma clara las regulaciones del ejercicio presupuestario que se encuentran

contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución

Política para el Estado de Guanajuato; Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los

Municipios de Guanajuato; Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato;

Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato; Ley de Obra

Pública y Servicios Relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de

Guanajuato y demás legislación aplicable a la materia.

En la ejecución del gasto público se deberá considerar como eje articulador el Programa

de Desarrollo Municipal 2015-2018 y el Plan Municipal de Desarrollo 2015-2035 tomando

en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en los mismos.

er responsabili a e la esorer a nicipal e la ontralor a el nicipio de

Villagrán, Guanajuato, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer

cumplir las disposiciones establecidas en el presente decreto.

La interpretación del presente documento para efectos administrativos, corresponde a la

Tesorería Municipal de Villagrán, Guanajuato, en el ámbito de sus atribuciones, conforme

a las disposiciones y definiciones que establezca la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato. Lo anterior, sin perjuicio de la interpretación que

corresponda a otras autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 2.- Para los efectos de este Decreto se entenderá por:

I. Adquisiciones públicas: toda clase de convenios o contratos, cualquiera que sea

su denominación legal, que el municipio, sus dependencias o entidades celebren

para la compra de insumos, materiales, mercancías, materias primas y bienes

muebles que tengan por objeto cubrir las necesidades comunes de las

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dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes

necesarios para la realización de funciones específicas.

II. Ahorro presupuestario: los remanentes de recursos del presupuesto modificado

una vez que se hayan cumplido las metas establecidas.

III. Ayuntamiento: constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente,

y no habrá autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. Como cuerpo

colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, y representante del Municipio.

IV. Clasificación Administrativa: clasificación presupuestal que tiene como

propósitos básicos identificar las unidades administrativas a través de las cuales

se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos,

así como establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y

análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas, mediante su

integración y consolidación, tal como lo requieren las mejores prácticas y los

modelos universales establecidos en la materia. Esta clasificación además permite

delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y

por ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.

V. Clasificación Económica: clasificación presupuestal de las transacciones de los entes públicos que permite ordenar a éstas de acuerdo con su naturaleza económica, con el propósito general de analizar y evaluar el impacto de la política y gestión fiscal y sus componentes sobre la economía en general.

VI. Clasificación Funcional del Gasto: clasificación presupuestal que agrupa los

gastos según los propósitos u objetivos socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos.

VII. Clasificación por Fuente de Financiamiento: clasificación presupuestal que

consiste en presentar los gastos públicos según los agregados genéricos de los recursos empleados para su financiamiento. Esta clasificación permite identificar las fuentes u orígenes de los ingresos que financian los egresos y precisar la orientación específica de cada fuente a efecto de controlar su aplicación.

VIII. Clasificador por Objeto del Gasto: reúne en forma sistemática y homogénea

todos los conceptos de gastos descritos. En ese orden, se constituye en un

elemento fundamental del sistema general de cuentas donde cada componente

destaca aspectos concretos del presupuesto y suministra información que atiende

a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el vínculo con la

contabilidad.

IX. Clasificación por Tipo de Gasto: clasificación presupuestal que relaciona las

transacciones públicas que generan gastos con los grandes agregados de la

clasificación económica presentándolos en Corriente, de Capital y Amortización de

la deuda y disminución de pasivos.

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X. Clasificación Programática: clasificación presupuestal que establece la clasificación de los programas presupuestarios de los entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos de los programas presupuestarios.

XI. Déficit Presupuestario: el financiamiento que cubre la diferencia entre los montos

previstos en la Ley de Ingresos Municipal y el Presupuesto de Egresos Municipal. XII. Deuda Pública: las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de

financiamientos a cargo del gobierno municipal, en términos de las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan como propósito operaciones de canje o refinanciamiento.

XIII. Deuda Pública Municipal: la que contraigan los municipios, por conducto de sus

ayuntamientos, como responsables directos o como garantes, avalistas, deudores

solidarios, subsidiarios o sustitutos de las entidades de la administración pública

paramunicipal a su cargo.

XIV. Economías: los remanentes de recursos no devengados del presupuesto

modificado.

XV. Gasto Aprobado: es el que refleja las asignaciones presupuestarias anuales

comprometidas en el Presupuesto de Egresos.

XVI. Gasto de Capital: son los gastos destinados a la inversión de capital y las

transferencias a los otros componentes institucionales del sistema económico que

se efectúan para financiar gastos de éstos con tal propósito.

XVII. Gasto Corriente: son los gastos de consumo y/o de operación, el arrendamiento

de la propiedad y las transferencias otorgadas a los otros componentes

institucionales del sistema económico para financiar gastos de esas

características.

XVIII. Gasto Devengado: es el momento contable que refleja el reconocimiento de una

obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes,

servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que

derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.

XIX. Gasto Ejercido: es el momento contable que refleja la emisión de una cuenta por

liquidar certificada o documento equivalente debidamente aprobado por la

autoridad competente.

XX. Gasto Modificado: es el momento contable que refleja la asignación

presupuestaria que resulta de incorporar, en su caso, las adecuaciones

presupuestarias al presupuesto aprobado

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XXI. Gasto Pagado: es el momento contable que refleja la cancelación total o parcial

de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo

o cualquier otro medio de pago.

XXII. Ingresos Estimados: es el que se aprueba anualmente en la Ley de Ingresos, e

incluyen los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones

de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y

externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones,

aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos.

XXIII. Ingresos Excedentes: los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en

exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos Municipal.

XXIV. Ingresos Recaudados: es el momento contable que refleja el cobro en efectivo o

cualquier otro medio de pago de los impuestos, cuotas y aportaciones de

seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos,

aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de

bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos,

y otros ingresos por parte de los entes públicos.

XXV. Obras Públicas: los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar,

adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes

inmuebles.

XXVI. Presidencia Municipal: es el órgano ejecutivo unipersonal, que ejecuta las

disposiciones y acuerdos del Ayuntamiento y tiene su representación legal y

administrativa.

XXVII. Presupuesto de Egresos Municipal: será el que contenga el acuerdo que

aprueba el ayuntamiento a iniciativa del Presidente Municipal, para cubrir durante

el ejercicio fiscal a partir del primero de enero, las actividades, obras y servicios

previstos en los programas y planes de desarrollo de la Administración Pública

Municipal.

XXVIII. Programas y proyectos de inversión: acciones que implican erogaciones de

gasto de capital destinadas tanto a obra pública en infraestructura como a la

adquisición y modificación de inmuebles, adquisiciones de bienes muebles

asociadas a estos programas, y rehabilitaciones que impliquen un aumento en la

capacidad o vida útil de los activos de infraestructura e inmuebles.

XXIX. Proyecto para Prestación de Servicios: conjunto de acciones que se requieran

implementar al amparo de un contrato y conforme a lo dispuesto por la Ley de

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Proyectos de Prestación de Servicios para el Estado y los Municipios de

Guanajuato, sea a celebrarse o celebrado.

XXX. Regidores: son los miembros del Ayuntamiento encargados de gobernar y

administrar, como cuerpo colegiado, al municipio.

XXXI. Remuneración: toda percepción de los servidores públicos municipales en

efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios,

recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra,

con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean

propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.

XXXII. Servicio público: aquella actividad de la administración pública municipal, –

central, descentralizada o concesionada a particulares–, creada para asegurar de

una manera permanente, regular y continua, la satisfacción de una necesidad

colectiva de interés general, sujeta a un régimen de derecho público.

XXXIII. Servicios relacionados con las obras públicas: los trabajos que tengan por

objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra

pública; las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con

las acciones que regula la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la

mismas para el Estado y los Municipios de Guanajuato; la dirección o supervisión

de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar,

corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones.

XXXIV. Síndico: es el integrante del Ayuntamiento encargado de vigilar los aspectos

financieros del mismo, de procurar y defender los intereses del municipio y

representarlo jurídicamente.

XXXV. Sistema de Evaluación del Desempeño: el conjunto de elementos

metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los

programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas

y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan

conocer el impacto social de los programas y de los proyectos.

XXXVI. Subsidios y Subvenciones: asignaciones que se otorgan para el desarrollo de

actividades prioritarias de interés general a través de los entes públicos a los

diferentes sectores de la sociedad, con el propósito de: apoyar sus operaciones;

mantener los niveles en los precios; apoyar el consumo, la distribución y

comercialización de los bienes; motivar la inversión; cubrir impactos financieros;

promover la innovación tecnológica; así como para el fomento de las actividades

agropecuarias, industriales o de servicios.

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XXXVII. Subejercicio de Gasto: las disponibilidades presupuestarias que resultan, sin

cumplir las metas contenidas en los programas o sin contar con el compromiso

formal de su ejecución.

XXXVIII. Trabajadores de Base: serán los no incluidos como trabajadores de confianza,

serán inamovibles, de nacionalidad mexicana y sólo podrán ser sustituidos por

extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio

respectivo.

XXXIX. Trabajadores de Confianza: todos aquellos que realicen funciones de dirección,

vigilancia, inspección, fiscalización, cuando tengan el carácter general dentro de

las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos

de estricta confidencialidad, deban tener tal carácter.

Artículo 3.- En la celebración y suscripción de convenios o acuerdos en los que se

comprometa el patrimonio económico o el erario del Municipio, será obligatoria la

intervención de la Tesorería Municipal de Villagrán, Guanajuato, tal como lo establece el

artículo 130, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato.

Artículo 4.- Los recursos financieros de que se disponga en ejercicio del presupuesto

municipal, se administrará con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez

para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo establece el artículo

134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de igual forma deberá

ajustarse a los principios de honestidad, legalidad, optimización de recursos, racionalidad

e interés público y social, con base en lo siguiente:

I. No se otorgarán remuneraciones, pagos o percepciones distintas a su ingreso establecido en el presupuesto de egresos al Presidente Municipal, Regidores y Síndicos y a los integrantes de los Concejos Municipales.

II. Queda prohibido a los servidores públicos municipales obtener o tratar de obtener por el desempeño de su función, beneficios adicionales a las prestaciones que conforme al Presupuesto les deban corresponder.

III. El presupuesto se utilizará para cubrir las actividades, obras y servicios previstos en los programas y planes de desarrollo de la Administración Pública Municipal.

IV. La programación del gasto público municipal se basará en los lineamientos y planes de desarrollo social y económico que formule el ayuntamiento.

V. Los programas operativos institucionales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del municipio fijadas en el programa general de gobierno y en el plan municipal de desarrollo.

VI. El gasto público municipal se ejercerá de acuerdo con el presupuesto de egresos aprobado y deberá ajustarse al monto asignado a los programas correspondientes.

VII. Ningún egreso podrá efectuarse sin que exista partida de gasto en el presupuesto de egresos y que tenga saldo suficiente para cubrirlo.

VIII. En lo referente a gastos de difusión, promoción y publicidad, las erogaciones no podrán exceder del 3% de los ingresos presupuestales totales.

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IX. La Tesorería Municipal efectuará los pagos con cargo al presupuesto de egresos del municipio, cuidando en todos los casos que correspondan a compromisos efectivamente devengados, con excepción de los anticipos que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos.

X. Solamente se podrán efectuar pagos por anticipos en los casos que prevean las leyes correspondientes, debiéndose reintegrar las cantidades anticipadas que no se hubieren devengado o erogado.

XI. No se podrán distraer los recursos municipales a fines distintos de los señalados por las leyes y por este presupuesto.

XII. Los subejercicios presupuestales, excedentes, ahorros, economías o ingresos extraordinarios se aplicarán preferentemente a programas prioritarios o gasto de inversión

XIII. Los déficits presupuestarios por ningún motivo afectarán los programas municipales prioritarios, y en todo caso se subsanarán con otra fuente de ingresos previa aprobación correspondiente o con la disminución del gasto corriente.

XIV. La Tesorería Municipal implementará el Sistema de Presupuesto por Programas y de Evaluación al Desempeño de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.

Artículo 5.- La información que en términos del presente documento deba remitirse al H.

Congreso del Estado de Guanajuato deberá cumplir con lo siguiente:

I. Aprobado el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2016, el ayuntamiento, deberá remitir copia del mismo y del acta de sesión en que se aprobó al Congreso del Estado para su conocimiento y efectos de seguimiento y revisión de la cuenta pública.

II. Se deberá presentar en forma impresa y en formato electrónico. III. El nivel de desagregación se hará con base en las clasificaciones

presupuestales armonizadas, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Artículo 6.- La Tesorería Municipal de Villagrán, Guanajuato garantizará que toda la

información presupuestaria cumpla con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, la Ley para el Ejercicio y Control

de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato y demás

normatividad aplicable.

El presente presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal 2016 deberá ser

difundido en los medios electrónicos con los que disponga el municipio en los términos del

numeral 28, fracción I, inciso b, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública para el Estado de Guanajuato, Ley General de Transparencia y Acceso a la

Información Pública y del artículo 65 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

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CAPÍTULO II De las Erogaciones

Artículo 7.- El gasto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos del Municipio

de Villagrán, Guanajuato, comprende la cantidad de $132’418,762.03 y corresponde al

total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos del Municipio de Villagrán,

Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2016, guardando equilibrio presupuestario de

conformidad con lo establecido en los artículos 115 fracción IV de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, y 4 y 24, segundo párrafo, de la Ley para el Ejercicio y

Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit público presupuestario de

$13’600,000.00

Artículo 8.- Si alguna o algunas de las asignaciones del presupuesto de egresos

resultaren insuficientes para cubrir las necesidades que originen las funciones

encomendadas a la administración municipal, el ayuntamiento podrá acordar las

modificaciones o ampliaciones necesarias en función de la disponibilidad de fondos y

previa justificación de las mismas.

El ayuntamiento podrá aprobar transferencias, reducciones, cancelaciones o

adecuaciones presupuestarias, siempre y cuando se justifique la necesidad de obras y

servicios que el propio ayuntamiento califique como de prioritarias o urgentes.

Artículo 9.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2016 con base en la

clasificación por tipo de gasto se distribuye de la siguiente manera:

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CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO (CTG)

CTG Presupuesto Aprobado

1 Gasto Corriente 117,111,862.03

2 Gasto de Capital 5,906,900.00

3 Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos 8,400,000.00

4 Pensiones y Jubilaciones 1,000,000.00

5 Participaciones 0.00

Total 132,418,762.03

Artículo 10.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2016, de acuerdo con la

clasificación económica, se distribuye de la siguiente manera:

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA (CE)

CE Presupuesto Aprobado

2 - GASTOS

2.1 - GASTOS CORRIENTES 117,111,862.03

2.1.1 - GASTOS DE CONSUMO DE LOS ENTES DEL GOBIERNO GENERAL/GASTOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS ENTIDADES EMPRESARIALES

2.1.1.1 - REMUNERACIONES 54,835,053.93

2.1.1.1.1 - SUELDOS Y SALARIOS 54,835,053.93

2.1.1.1.2 - CONTRIBUCIONES SOCIALES

2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS

2.1.1.2 - COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS 62,276,808.10

2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (MEFP 6.69)

2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (MEFP 6.69)

2.1.2 - PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL (MEFP 6.69)

2.1.3 - GASTO DE LA PROPIEDAD

2.1.3.1 - INTERESES

2.1.3.1.1 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA

2.1.5 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONATIVOS CORRIENTES OTORGADOS

2.1.5.1 - AL SECTOR PRIVADO

2.1.5.1.3 - AYUDA A INSTITUCIONES

2.2 - GASTOS DE CAPITAL 5,906,900.00

2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO

2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO

2.2.1 - CONSTRUCCIONES EN PROCESO 1,050,000.00

2.2.2 - ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL FIJO) 145,000

2.2.2.2 - MAQUINARIA Y EQUIPO

2.2.2.2.1 - EQUIPO DE TRANSPORTE 4,485,000.00

2.2.2.2.3 - OTRA MAQUINARIA Y EQUIPO

2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD

2.2.2.3 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD 100,000.00

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2.2.6 - TRANSFERENCIAS Y ASIGNACIONES Y DONATIVOS DE CAPITAL OTORGADOS

2.2.6.1 - AL SECTOR PRIVADO

2.2.6.1.1 - AYUDA A PERSONAS

2.2.6.1.2 - AYUDA A INSTITUCIONES

2.2.5 - ACTIVOS NO PRODUCIDOS

2.2.5.1 - ACTIVOS INTANGIBLES NO PRODUCIDOS DE ORIGEN NATURAL 126,900.00

2.2.5.1.1 - TIERRAS Y TERRENOS (MEFP 7.70)

3 - FINANCIAMIENTO 8,400,000.00

3.2 - APLICACIONES FINANCIERAS (USOS)

3.2.2 - DISMINUCIÓN DE PASIVOS

3.2.2.1 - DISMINUCIÓN DE PASIVOS CORRIENTES

3.2.2.1.3 - AMORTIZACIÓN DE LA PORCIÓN CIRCULANTE DE LA DEUDA PÚBLICA DE LARGO PLAZO 8,400,000.00

Total general 131,418,762.03

Artículo 11.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2016 con base en la

Clasificación por Objeto del Gasto en el tercer nivel de desagregación (partida genérica),

se distribuye de la siguiente manera:

COG (partida genérica) Presupuesto Aprobado

1000 - SERVICIOS PERSONALES 54,835053.93

1100 - REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE 30,839,672.22

1110 - DIETAS 3,514,164.00

1130 - SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE 27,325,508.22

1200 – REM AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO 1,870,000.00

1210 – HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS 570,000.00

1220 – SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 1,300,000.00

1300 - REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 6,887,464.45

1320 - PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

6,346,745.72

1330 - HORAS EXTRAORDINARIAS 20,000.00

1340 - COMPENSACIONES 520,718.73

1400 - SEGURIDAD SOCIAL 175,000.00

1410 - APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 0.00

1440 - APORTACIONES PARA SEGUROS 175,000.00

1500 - OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS 15,062,917.26

1520 - INDEMNIZACIONES 1,270,000.00

1530 – PRESTACIONES Y HABERES DE RETIRO 352,749.65

1540 – PRETACIONES CONTRACTUALES 13,440,167.61

1590 - OTRAS PRESTACIONES 0.00

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 15,146,800.00

2100 - MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS OFICIALES 1,060,400.00

2110 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA 480,000.00

21120 – MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN 46,400.00

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2140 - MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES 0.00

2150 – MATERIAL IMPRESO E INFORMACION DIGITAL 35,000.00

2160 - MATERIAL DE LIMPIEZA 84,000.00

2200 - ALIMENTOS Y UTENSILIOS 459,000.00

2210 - PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS 455,000.00

2220 – PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES 4,000.00

2300 – MATERIALES PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION 7,000.00

2310 – PRODUCTOS ALIMENTICIOS AGROPECUARIOS 5,000.00

2350 – PRODUCTOS QUIMICOS Y FARMACEUTICOS 1,000.00

2370 – PRODUCTOS DE CUERO PIEL PLASTICO 1,000.00

2400 - MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE REPARACIÓN 1,229,200.00

2410 – PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS 101,000.00

2420- CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO 202,000.00

2460 - MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO 603,000.00

2470 – ARTICULOS METALICOS PARA LA CONSTRUCCION 59,000.00

2490 - OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN 264,200.00

2500 - PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO 5,502,600.00

2510 PRODUCTOS QUIMICOS BASICOS 10,000.00

2520- FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS 10,000.00

2530 - MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS 5,448,600.00

2600 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 5,404,000.00

2610 - COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 5,404,000.00

2700 - VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS 1,319,000.00

2710 - VESTUARIO Y UNIFORMES 1,283,000.00

2720 - PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL 10,000.00

2730 – ARTICULOS DEPORTIVOS 26,000.00

2900 - HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES 59,000.00

2910 - HERRAMIENTAS MENORES 42,000.00

2920 – REF, Y ACCESORIOS MENORES EDIFICIOS 5,500.00

2970 - REF. Y ACCESORIOS MENORES EQUIP.COMPUTO 7,000.00

2990 – REF Y ACCESORIOS MENORES EQUIPO DEFENSA 1,000.00

2990 – REF. Y ACCESORIOS MENORES OTROS B 3,500.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 19,399,315.07

3100 - SERVICIOS BASICOS 8,126,915.07

3110 - ENERGÍA ELÉCTRICA 7,518,915.07

3120 - GAS 0.00

3140 - TELEFONÍA TRADICIONAL 279,000.00

3150 - TELEFONÍA CELULAR 308,000.00

3160 – SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES 1,000.00

3170 – SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET 20,000.00

3180 - SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS 0.00

3200 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 615,000.00

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3220 - ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS 150,000.00

3230 - ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO 16,000.00

3250 - ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 0.00

3260 – ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y OTROS 435,000.00

3290 – OTROS ARRENDAMIENTOS 14,000.00

3200 - ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 615,000.00

3300 - SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS Y OTROS SERVICIOS 2,040,400.00

3310 - SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA Y RELACIONADOS 1,355,500.00

3320 – SERVICIOS DE DISEÑO Y ARQUITECTURA 200,000.00

3330 - SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 0.00

3360 - SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO, FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN 187,400.00

3390 – SERVICIOS PROFESIONALES Y CIENTIFICOS 297,500.00

3400 - SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 231,000.00

3410 – SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS 10,000.00

3440 – SERVICIOS DE CAPACITACION 120,000.00

3450 - SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES 100,000.00

3470 - FLETES Y MANIOBRAS 1,000.00

3500 - SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 2,629,500.00

3510 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES 220,000.00

35200 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y 15,500.00

3530 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 103,000.00

3550 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO 1,935,000.00

3560 – REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO 10,000.00

3570 - INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA 271,000.00

3590 – SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION 75,000.00

3600 - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD 1,098,500.00

3610 - DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES 1,098,500.00

3650 - SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FÍLMICA, DEL SONIDO Y DEL VIDEO 0.00

3690 - OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN 0.00

3700 - SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS 240,000.00

3720 - PASAJES TERRESTRES 0.00

3750 - VIÁTICOS EN EL PAÍS 240,000.00

3790 OTROS SERVICIOS DE TRASLADO Y HOSPEDAJE 2,000.00

3800 - SERVICIOS OFICIALES 4,396,000.00

3810 - GASTOS DE CEREMONIAL 4,000.00

3820 - GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL 644,000.00

3850 – GASTOS DE REPRESENTACION 3,748,000.00

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3900 - OTROS SERVICIOS GENERALES 20,000.00

3920 - IMPUESTOS Y DERECHOS 10,000.00

3950 - PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES 10,000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 27,886,600.00

4100 TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES 9,979,600.00

4150- TRANSFERENCIAS INTERNAS OTORGADAS 9,979,600.00

4300 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES 50,000.00

4320 SUBSIDIO A LA DISTRIBUCION 50,000.00

4330 - SUBSIDIOS A LA INVERSIÓN 0.00

4380 - SUBSIDIOS A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS 0.00

4390 - OTROS SUBSIDIOS 0.00

4400 - AYUDAS SOCIALES 16,857,000.00

4410 - AYUDAS SOCIALES A PERSONAS 15,732,000.00

4420 – BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS 700,000.00

4430 - AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA 200,000.00

4480 – AYUDAS POR DESASTRES NATURALES 25,000.00

4500 - PENSIONES Y JUBILACIONES 1,000.000.00

4510 - PENSIONES 1,000,000.00

4520 - JUBILACIONES 0.00

4800 - DONATIVOS 0.00

4810 - DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 0.00

6000 - INVERSIÓN PÚBLICA 1,050,000.00

6100 - OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO 1,050,000.00

6120 - EDIFICACIÓN NO HABITACIONAL 0.00

6140 – DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION 1,000,000.00

6150 – CONSTRUCCION DE VIAS DE COMUNICACION 50,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 4,856,900.00

5100 - MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN 95,000.00

5110 - MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA 0.00

5150 - EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN 95,000.00

5190 - OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE ADMINISTRACIÓN 0.00

5300 - EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO 0.00

5310 - EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO 0.00

5400 - VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE 4,485,000.00

5410 - AUTOMÓVILES Y CAMIONES 4,485,000.00

5500 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD 100,000.00

5510 - EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD 100,000.00

5600 - MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 50,000.00

5620 - MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL 0.00

5650 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN 50,000.00

5660 - EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA, APARATOS Y 0.00

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ACCESORIOS ELÉCTRICOS

5670 - HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-HERRAMIENTA 0.00

5900 – ACTIVOS INTANGIBLES 126,900.00

5910 - SOFWARE 6,900.00

5970 – LICENCIA INFORMATICA INTELECTUAL 120,000.00

8000 – PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 844,093.03

8500 - CONVENIOS 844,093.03

8530 - OTROS CONVENIOS 844,093.03

9000 - DEUDA PÚBLICA 8,400,000.00

9100 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA 8,400,000.00

9110 - AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 8,400.000.00

9200 - INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA 0.00

9210 - INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 0.00

9300 - COMISIONES DE LA DEUDA PUBLICA 0.00

9310 - COMISIONES DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA 0.00

9400 - GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA 0.00

9410 - GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA 0.00

9500 - COSTO POR COBERTURAS 0.00

9510 - COSTO POR COBERTURAS 0.00

9600 - APOYOS FINANCIEROS 0.00

9610 - APOYOS A INTERMEDIARIOS FINANCIEROS 0.00

9900 - ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) 0.00

99100 - ADEFAS 0.00

Total general 132,418,762.03

Los gastos por concepto de comunicación social se importan la cantidad de $ 1,

098,500.00 y se desglosan en el rubro 3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y

PUBLICIDAD.

El monto asignado para pago de pensiones y jubilaciones es por $ 1, 000,000.00, y se

desglosa en las partidas genéricas 451 Pensiones, 452 Jubilaciones y 459 Otras

Pensiones y Jubilaciones.

Partidas Monto

451 Pensiones 1,000,000.00

452 Jubilaciones 0.00

459 Otras pensiones y jubilaciones 0.00

Total 1,000.000.00

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Artículo 12.- Las asignaciones previstas para el Ayuntamiento importan la cantidad de:

$26, 337,358.47 y de acuerdo a la Clasificación por Objeto del Gasto a nivel de capítulo,

se desglosan por cada una de las unidades ejecutoras como se muestra a continuación:

CA/COG Presupuesto Aprobado

01-PRESIDENCIA 7,543,367.30

1000 - SERVICIOS PERSONALES 2,191,867.30

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 761,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 1,390,500.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 3,050,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

02-CABILDO 10,431,655.44

1000 - SERVICIOS PERSONALES 6,108,655.44

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 1,065,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 2,808.000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 450,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

03-CONTRALORIA MUNICIPAL 1,488,178.13

1000 - SERVICIOS PERSONALES 1,352,678.13

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 115,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 20,000.00

40000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

05-SEGURIDAD PUBLICA 21,369,051.33

1000 - SERVICIOS PERSONALES 12,129,958.30

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 3,586,600.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 1,352,500.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 3,455,900.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

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7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 844,093.03

9000 - DEUDA PÚBLICA

08-ECOLOGIA 2,251,033.92

1000 - SERVICIOS PERSONALES 1,849,033.92

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 194,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 208,000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

09-OBRAS PUBLICAS 18,787,753.67

1000 - SERVICIOS PERSONALES 3,320,716.54

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 687.000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 730,000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 13,000,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 1,050,000.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

10-DESARROLLO RURAL 556,716.54

1000 - SERVICIOS PERSONALES 513,716.54

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 35,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 8,000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

12-SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO 1,169,547.02

1000 - SERVICIOS PERSONALES 800,547.02

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 185,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 34,000.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

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8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

14-TESORERIA 25,577,388.71

1000 - SERVICIOS PERSONALES 3,901,288.71

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 551,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 2,444,500.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 9,979,600.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 301,000.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 8,400,000.00

19-JURIDICO 718,424.95

1000 - SERVICIOS PERSONALES 51,400.00

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 17,400.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 0.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

17 -CATASTRO 1,426,928.05

1000 - SERVICIOS PERSONALES 90,000.00

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 35,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 0.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

18 OFICIALIA 13,050,517.23

1000 - SERVICIOS PERSONALES 6,022,417.23

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 4,698,100.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 1,330,000.000

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 1,000,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

20 FISCALIZACION 943,409.13

1000 - SERVICIOS PERSONALES 867,809.13

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 68,700.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 6,900.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

21 UAIP 215,896.94

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1000 - SERVICIOS PERSONALES 203,896.94

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 9,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 3,000.00

22 FOMENTO ECONOMICO 910,702.92

1000 - SERVICIOS PERSONALES 769,702.92

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 47,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 44,000.00

04000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 50,000.00

24 COMUDAJ 698,533.91

1000 - SERVICIOS PERSONALES 580,533.91

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 73,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 14,000.00

04000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 31,000.00

26 EDUCACION 1,296,201.16

1000 - SERVICIOS PERSONALES 589,701.16

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 40,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 366,500.00

04000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 300,000.00

29 DESARROLLO SOCIAL 1,620,711.32

1000 - SERVICIOS PERSONALES 1,448,711.32

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 109,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 62,000.00

04000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 1,000.00

41 SERVICIOS MUNCIPALES 15,604,670.58

1000 - SERVICIOS PERSONALES 5,696,255.51

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 2,015,500.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 7,892,915.07

04000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

04-PROMOCION MUNICIPAL 953,870.61

1000 - SERVICIOS PERSONALES 588,370.61

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 72,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 293,500.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

25-CASA DE LA CULTURA 1,235,854.00

1000 - SERVICIOS PERSONALES 1,090,854.00

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 57,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 88,000.00

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4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

48- VIALIDAD 3,751,582.61

1000 - SERVICIOS PERSONALES 2,231,582.61

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 512,000.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 208,000.000

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 800,000.00

48- PROTECCION CIVIL 748,366.06

1000 - SERVICIOS PERSONALES 556,336.06

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 124,500.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 42,500.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 25,000.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES

28-DELEGACION 0.00

1000 - SERVICIOS PERSONALES 0.00

2000 - MATERIALES Y SUMINISTROS 0.00

3000 - SERVICIOS GENERALES 0.00

4000 - TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 0.00

5000 - BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00

6000 - INVERSION PÚBLICA 0.00

7000 - INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES 0.00

8000 - PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00

9000 - DEUDA PÚBLICA 0.00

Total general 132,418,762.03

Artículo 13.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2016 con base en la

Clasificación Administrativa, se distribuye como a continuación se indica:

Concepto Aprobado

EAEPE CA 132,418,762.03

3 SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL 132,418,762.03

31 NO FINANCIERO 132,418,762.03

311 GOBIERNO GENERAL MUNICIPAL 132,418,762.03

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3111 Gobierno Municipal 132,418,762.03

31111 Órgano Ejecutivo Municipal 132,418,762.00

31111-0101 PRESIDENTE 7,543,367.3

31111-0102 SINDICO Y REGIDORES 6,445,806.53

31111-0103 SÍNDICO CARLOS ALBERTO RAMOS NARANJO 446,321.41

31111-0104 REGIDOR JESUS EDUARDO ALANÍS MOSQUEDA 442,441

31111-0105 REGIDOR JORGE GERVASIO GONZALEZ 442,441

31111-0106 REGIDOR CINTHIA GPE TENIENTE MENDOZA 442,441

31111-0107 REGIDORA MA GUADALUPE CRUZ CARRILLO 442,441

31111-0108 REGIDOR JAVIER GONZALEZ PITAYO 442,441

31111-0109 REGIDOR CARLOS CERRITOS RODRIGUEZ 442,441

31111-0110 REGIDOR ARTURO FIGUEROA MENDOZA 442,441

31111-0111 REGIDOR MARTHA MONTIEL RODRIGUEZEZ 442,441

31111-0112 COMUNICACION SOCIAL 953,870.61

31111-0202 DIRECCION DE JURIDICO 786,824.95

31111-0301 SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO 1,169,547.02

31111-0401 TESORERIA MUNICIPAL 25,577,388.7

31111-0402 DIRECCION DE CATASTRO 1,426,928.05

31111-0501 DIRECCION DE OFICIALIA 13,050,517.2

31111-0601 CONTRALORIA INTERNA MUNICIPAL 1,488,178.13

31111-0602 DIRECCION DE FISCALIZACION 943,409.13

31111-0702 UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 215,896.94

31111-0801 FOMENTO ECONOMICO 910,702.92

31111-0901 DIRECCION DE ECOLOGIA 2,251,033.92

31111-0902 COMUDAJ 698,533.91

31111-0903 CASA DE LA CULTURA 1,235,854

31111-1001 DIRECCION DE EDUCACION 1,296,201.16

31111-1002 DESARROLLO SOCIAL 1,620,711.32

31111-1004 DESARROLLO RURAL 556,716.54

31111-1101 OBRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO URBANO 18,787,753.7

31111-1201 SERVICIOS MUNICIPALES 15,604,670.6

31111-1301 POLICIA PREVENTIVA 21,369,051.3

31111-1302 VIALIDAD MUNICIPAL 3,751,582.61

31111-1303 PROTECCION CIVIL 748,366.06

TOTAL 132,418,762.03

La aprobación, modificación y liquidación de los fideicomisos públicos, de conformidad

con lo establecido en el artículo 148 y 158 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

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Guanajuato, el cual establece la facultad del Ayuntamiento para aprobar y autorizar la

creación de fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Municipio o

el beneficio colectivo de sus habitantes y contempla la facultad de la Tesorería Municipal

de fungir como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los

fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.

El departamento que atiende las cuestiones de transparencia en el municipio es

Contraloría Interna Municipal, el cual para dicha actividad tiene aprobado un presupuesto

de $1, 488,178.13.

En el presente presupuesto de egresos municipal se prevén erogaciones para entidades

paramunicipales y el monto destinado a transferencias para organismos descentralizados a

continuación se detalla:

NOMBRE DESENTRALIZADO

Presupuesto Aprobado

DIF 9,179,600.00

JUMAPAV 800,000.00

Total general 9,979,600.00

Artículo 14.- El presupuesto de egresos municipal del ejercicio 2016 con base en la

Clasificación por Fuentes de Financiamiento, se distribuye como a continuación se indica:

CFF Presupuesto Aprobado

1. Recursos Fiscales 0.00

2. Financiamientos internos 0.00

3. Financiamientos externos 0.00

4. Ingresos propios 18,042,200.00

5. Recursos Federales 43,200,000.00

6. Recursos Estatales 71,176,562.03

7. Otros recursos 0.00

Total 132,418,762.03

Artículo 15.- La Clasificación Funcional del Presupuesto de Egresos del Municipio de

Villagrán, Guanajuato para el ejercicio fiscal 2016 se compone de la siguiente forma:

CFG Presupuesto Aprobado

** 1 Gobierno 42,797,508.48

* 1.1 Legislación 2,431,587.26

1.1.1 LEGISLACION

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1.1.2 FISCALIZACION 2,431,587.26

* 1.2 Justicia 786,824.95

1.2.1 IMPARTICION DE JUSTICIA 786,824.95

1.2.2 PROCURACION DE JUSTICIA

1.2.3 RECLUSION Y READAPTACION

1.2.4 DERECHOS HUMANOS

* 1.3 Coord. de la Pólítica de Gobierno 20,134,440.87

1.3.1 PRESIDENCIA/GUBERNATURA 18,964,893.85

1.3.2 POLITICA INTERIOR 1,169,547.02

1.3.3 PRESERVA CUIDADO PATRIMON

1.3.4 FUNCION PUBLICA

1.3.5 ASUNTOS JURIDICOS

1.3.6 ORGA PROCESOS ELECTORALES

1.3.7 POBLACION

1.3.8 TERRITORIO

1.3.9 OTROS POLITICA DE GOBIERN

* 1.4 Relaciones Exteriores

1.4.1 RELACIONES EXTERIORES

* 1.5 Asuntos Financieros y Hacendarios 8,624,716.76

1.5.1 ASUNTOS FINANCIEROS

1.5.2 ASUNTOS HACENDARIOS 8,624,716.76

* 1.6 Seguridad Nacional

1.6.1 DEFENSA

1.6.2 MARINA

1.6.3 INTELIGENCIA SEGUR. NAL.

* 1.7 Asuntos de Orden Publ. y Seg.Int. 10,604,041.70

1.7.1 POLICIA 10,604,041.70

1.7.2 PROTECCION CIVIL

1.7.3 OTROS ASUNTOS ORDEN PUBLI

1.7.4 SIST. NAL. SEGURIDAD PUB.

* 1.8 Otros Servicios Generales 215,896.94

1.8.1 SERV REGISTRALES Y ADMVOS

1.8.2 SERVICIOS ESTADISTICOS

1.8.3 SERV COMUNICACION Y MEDIO

1.8.4 ACCESO INFORMAC PUBLICA 215,896.94

1.8.5 OTROS SERVICIOS GENERALES

** 2 Desarrollo Social 67,095,033.40

* 2.1 Protección Ambiental 2,251,033.92

2.1.1 ORDENACION DE DESECHOS

2.1.2 ADMINISTRACION DEL AGUA

2.1.3 ORDENACION DE AGUAS RESID

2.1.4 REDUCCION CONTAMINACION

2.1.5 PROTEC DIVERSID BIOLOGICA

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2.1.6 OTROS PROTECC AMBIENTAL 2,251,033.92

* 2.2 Vivienda y Serv. a la Comunidad 51,834,810.41

2.2.1 URBANIZACION 18,787,753.67

2.2.2 DESARROLLO COMUNITARIO 1,620,711.32

2.2.3 ABASTECIMIENTO DE AGUA

2.2.4 ALUMBRADO PUBLICO

2.2.5 VIVIENDA

2.2.6 SERVICIOS COMUNALES 30,869,628.88

2.2.7 DESARROLLO REGIONAL 556,716.54

* 2.3 Salud

2.3.1 PREST SER SALUD COMUNIDAD

2.3.2 PREST SERV SALUD PERSONA

2.3.3 GENER RECURSOS PARA SALUD

2.3.4 RECTORIA SISTEMA DE SALUD

2.3.5 PROTECCION SOCIAL SALUD

* 2.4 Recreación, Cultura y Otras manif 3,029,589.07

2.4.1 DEPORTE Y RECREACION 698,533.91

2.4.2 CULTURA 2,331,055.16

2.4.3 RADIO, T.V. Y EDITORIALES

2.4.4 ASUNTOS RELIGIOSOS

* 2.5 Educación

2.5.1 EDUCACION BASICA

2.5.2 EDUCACION MEDIA SUPERIOR

2.5.3 EDUCACION SUPERIOR

2.5.4 POSGRADO

2.5.5 EDUCACION PARA ADULTOS

2.5.6 OTROS SERVICIO EDUCATIVOS

* 2.6 Protección Social 9,979,600.00

2.6.1 ENFERMEDAD E INCAPACIDAD

2.6.2 EDAD AVANZADA

2.6.3 FAMILIA E HIJOS

2.6.4 DESEMPLEO

2.6.5 ALIMENTACION Y NUTRICION

2.6.6 APOYO SOCIAL P/ VIVIENDA

2.6.7 INDIGENAS

2.6.8 OTROS GRUPOS VULNERABLES 9,979,600.00

2.6.9 OTROS SEGURIDAD SOCIAL

* 2.7 Otros Asuntos Sociales

2.7.1 OTROS ASUNTOS SOCIALES

** 3 Desarrollo Económico 14,126,220.15

* 3.1 Asuntos Económicos, Com. y Lab. 13,961,220.15

3.1.1 ASUNT ECONOMICOS Y COMERC 910,702.92

3.1.2 ASUNTOS LABORALES GRALES 13,050,517.23

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* 3.2 Agropecuaria, Silvicultura, Pesca

3.2.1 AGROPECUARIA

3.2.2 SILVICULTURA

3.2.3 ACUACULTURA, CAZA Y PESCA

3.2.4 AGROINDUSTRIAL

3.2.5 HIDROAGRICOLA

3.2.6 APOYO FINANCIERO A BANCA

* 3.3 Combustibles y Energía

3.3.1 CARBON Y OTROS COMBUSTIBL

3.3.2 PETROLEO Y GAS NATURAL

3.3.3 COMBUSTIBLES NUCLEARES

3.3.4 OTROS COMBUSTIBLES

3.3.5 ELECTRICIDAD

3.3.6 ENERGIA NO ELECTRICA

3.3.7 3.3.7

3.3.8 3.3.8

3.3.9 3.3.9

* 3.4 Mineria, Manufacturas y Construcc

3.4.1 EXTRAC RECURSOS MINERALES

3.4.2 MANUFACTURAS

3.4.3 CONSTRUCCION

3.4.4 3.4.4

* 3.5 Transporte

3.5.1 TRANSPORTE POR CARRETERA

3.5.2 TRANSPORTE POR AGUA Y PUE

3.5.3 TRANSPORTE X FERROCARRIL

3.5.4 TRANSPORTE AEREO

3.5.5 TRANS X OLEODUCTOS Y GASO

3.5.6 OTROS RELAC CON TRANSPORT

* 3.6 Comunicaciones

3.6.1 COMUNICACIONES

* 3.7 Turismo

3.7.1 TURISMO

3.7.2 HOTELES Y RESTAURANTES

* 3.8 Ciencia, Tecnología e Innovación

3.8.1 INVESTIGACION CIENTIFICA

3.8.2 DESARROLLO TECNOLOGICO

3.8.3 SERV CIENTIFICOS Y TECNOL

3.8.4 INNOVACION

* 3.9 Otras Industrias Otros Asuntos Ec 165,000.00

3.9.1 COMERCIO, DISTRIB Y ALMAC

3.9.2 OTRAS INDUSTRIAS

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3.9.3 OTROS ASUNTOS ECONOMICOS 165,000.00

** 4 Otras no clasificadas en funci. 8,400,000.00

* 4.1 Trans. de la DP/CF de la Deuda 8,400,000.00

4.1.1 DEUDA PUBLICA INTERNA 8,400,000.00

4.1.2 DEUDA PUBLICA EXTERNA

* 4.2 Trans., Part., y Aport. /dif.

4.2.1 TRANS DIFER ORDENES GOB

4.2.2 PARTIC DIFER ORDENES GOB

4.4.1 - ADEFAS 0.00

Total general 132,418,762.03

Artículo 16.- El Presupuesto de Egresos Municipal del ejercicio 2016 con base en la

Clasificación Programática, se distribuye como a continuación se indica:

Clasificación Programática Presupuesto

Aprobado

Subsidios: Sector Social y Privado o Entidades Federativas y Municipios 132,418,762.03

Sujetos a Reglas de Operación S 19,250,000.00

S0051 PROGRAMA FORTASEG 5,200,000.00

S0054 OBRA PUBLICA RECURSO MUNICIPAL 1.050,000.00

S0055 OBRA PUBLICA RECURSO FAISM 2016 13,000,000.00

Otros Subsidios U

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Desempeño de las Funciones

Prestación de Servicios Públicos E 89,286,657.54

E0001 GESTIÓN DE RECURSOS 1,802,233.32

E0002 COORDINAR LAS ACTIV 5,552,133.98

E0003 INFORME DE GOBIERNO 189,000.00

E0004 CUMPLIR Y HACER CUM 10,431,655.94

E0005 DIFUSION Y EVENTOS S 788,870.61

E0007 FIESTAS PATRIAS 165,000.00

E0010 ASESORIA LEGAL A CI 786,824.95

E0011 COORD. SESIONES DE 1,164,547.02

E0012 APOYAR A LA CONSERV 5,000.00

E0013 RECAUDAR Y APLICAR 7,197,788.71

E0014 SUBSIDIO DIF MUNICIP 9,179,600.00

E0015 SUBSIDIO JUMAPAV 800,000.00

E0017 RECAUDACIÓN DE IMPU 1,426,928.05

E0021 ATENDER SOLICITUDES 215,896.94

E0022 FOMENTAR LA MEJORA 910,702.92

E0023 PROTECC AL MEDIO AMB 2,251,033.92

E0024 FOMENTAR EL DEPORTE 698,533.91

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E0025 IMPARTIR TALLERES Y 1,235,854.00

E0026 COORDINAR RELACIONE 795,201.16

E0027 DIA DEL MAESTRO 201,000.00

E0028 ESTÍMULOS A LA ED 300,000.00

E0029 APOYO AL DESARROLLO 1,170,704.61

E0030GESTIONAR APOYO PAR 450,006.70

E0033APOYO AL DESARROLLO 556,716.54

E0034 COORDINAR LA EJECUC 4,737,753.67

E0041 COORDINAR LA PRESTA 3,749,200.93

E0042 SERVICIO DE LIMPIA 3,814,519.13

E0043 MERCADO MUNICIPAL 140,106.57

E0044 RASTRO MUNICIPAL 364,993.45

E0045 PANTEÓN MUNICIPAL 260,485.03

E0046 ALUMBRADO PÚBLICO 7,275,365.47

E0047 ORDEN PÚBLICO 16,169,051.33

E0048 ORDEN VIAL 3,751,582.61

E0049 PROTECCIÓN A LA CIUD 748,366.06

Provisión de Bienes Públicos B

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Planeación, seguimiento y evaluación de políticas públicas P

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Promoción y fomento F

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Regulación y supervisión G

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Funciones de las Fuerzas Armadas (Únicamente Gobierno Federal) A

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Específicos R

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Proyectos de Inversión K

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Administrativos y de Apoyo

Apoyo al proceso presupuestario y para mejorar la eficiencia institucional M 13,050,517.23

M0018 COORDINAL AL PERSONAL 13,050,517.23

Apoyo a la función pública y al mejoramiento de la gestión O 2,431,587.26

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O0019 FISCALIZACIÓN INTER 1,488,178.13

O0020 CONTROL DE COMERCIO 943,409.13

Operaciones ajenas W

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Compromisos

Obligaciones de cumplimiento de resolución jurisdiccional L

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Desastres Naturales N

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Obligaciones

Pensiones y jubilaciones J

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Aportaciones a la seguridad social T

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Aportaciones a fondos de estabilización Y

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Aportaciones a fondos de inversión y reestructura de pensiones Z

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Programas de Gasto Federalizado

Gasto Federalizado I 8,400,000.00

I0015 ADMINISTRACION DE LA DEUDA PUBLICA 2,100,000.00

I0016 ANTICIPO DE PARTICIPÁCIONES 6,300,000.00

Participaciones a entidades federativas y municipios

Participaciones a entidades federativas y municipios C

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Costo financiero, deuda o apoyos a deudores y ahorradores de la banca

Costo financiero, deuda o apoyos a deudores y ahorradores de la banca D

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Adeudos de ejercicios fiscales anteriores

Adeudos de ejercicios fiscales anteriores H

Poner aquí el nombre del programa

Poner aquí el nombre del programa

Total

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Todos los programas presupuestarios deberán contener los elementos establecidos en el

artículo 5 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y

los Municipios de Guanajuato.

Municipio Villagrán, Guanajuato

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016

Prioridades de Gasto

31111-01201 SERVICIOS MUNICIPALES 15,604,670.58

E0041 SERVICIO DE LIMPIA 3,749,200.93

E0042 SERVICIO DE LIMPIA 3,814,519.13

E0043 MERCADO MUNICIPAL 140,106.57

E0044 RASTRO MUNICIPAL 364,993.45

E0045 PANTEON MUNICIPAL 260,485.03

E0046 ALUMBRADO PUBLICO 7,275,365.47

31111-1301 SEGURIDAD PUBLICA 21,369,051.33

31111-1303 PROTECCION CIVIL 748,366.06

Nota: La información corresponde a los programas presupuestarios prioritarios del presente Presupuesto de Egresos

Municipal 2016.

Invertir en la infancia y la adolescencia es estratégico para el desarrollo del país y el presupuesto es la expresión de sus prioridades, es por eso que los programas presupuestarios son los instrumentos para favorecer la equidad y el desarrollo social para obtener niños y niñas más sanos y educados, ciudadanos más empoderados y una sociedad más democrática. A continuación se presenta el anexo transversal para la atención de niñas, niños y adolescentes del municipio de Villagrán, Guanajuato de conformidad con la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes:

Anexo transversal para la atención de niñas, niños y adolescentes

Clave Presupuestaria / Dependencia Programa Presupuestario Presupuesto Aprobado

31111-0101 E0002 PRESIDENCIA $ 200,000.00

4421

31111-0103 A 0104 E0004 SINDICO Y REGIDORES $450,000.00

4421

31111-1001 E0028 ESTIMULOS A LA EDUACION $50,000.00

4421

Total General $700,000.00

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Artículo 17.- Los programas presupuestados con recursos concurrentes provenientes de

transferencias federales, estatales e ingresos propios ascienden a $12,500,000.00

distribuidos de la siguiente forma:

Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno

Nombre del

Programa

Importe Total del

Programa

Ingresos

Municipales

Transferencia

Estatal

Transferencia Federal

FORTASEG 12,500,000.00 1,500,000.00 11,000,000.00

Totales 12,500,000.00 1,500,000.00 11,000,000.00

Artículo 18.- Las asignaciones contempladas en el presente presupuesto de egresos

para otorgarse a organismos de la sociedad civil para el ejercicio fiscal 2016, son las

siguientes:

Partida/Nombre del Organismo de la Sociedad Civil Presupuesto Aprobado

BOMBEROS 88,907.52

Total 88,907.52

Artículo 19.- Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para otorgar

subsidios y ayudas sociales, se distribuyen conforme a las siguientes tablas:

4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

Subsidio Beneficiario Tipo Presupuesto

Aprobado

4321 Empresas Subsidio a la distribución 50,000.00

Total 50,000.00

4400 AYUDAS SOCIALES

Ayuda Social Beneficiario Tipo Presupuesto

Aprobado

4411 Persona de escasos recursos Gastos de actividades culturales 15,625,000.00

4412 Personas de escasos recursos

Funerales 100,000.00

4414 Persona de escasos recursos Premios y estímulos 7,000.00

4421 Estudiantes Nivel Media Superior

Becas 700,000.00

4431 Instituciones Educativas Ayudas a Inst. enseñanza 200,000.00

4451 Cruz Roja Donativos inst. sin fines lucro 200,000.00

4481 Personas de escasos recursos

Ayuda desastres naturales 25,000.00

Total 16,857,000.00

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El registro contable de los subsidios y aportaciones deberá efectuarse al expedirse el

recibo de retiro de fondos correspondientes, de tal forma que permita identificar su destino

y beneficiario.

El Presidente Municipal, mediante resolución de carácter general y previa autorización

expresa del Ayuntamiento podrá conceder subsidios.

Las resoluciones que dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a

que se refieren, así como el monto o proporción de los beneficios, y los requisitos que

deban cumplirse por los beneficiarios.

Artículo 20.- El presente presupuesto no prevé gastos para prestaciones sindicales.

El gasto contemplado en el presente presupuesto corresponde únicamente al ejercicio

fiscal 2016 y no cuenta con partidas que se encuentren relacionadas con erogaciones

plurianuales.

El municipio de Villagrán, Guanajuato, no desglosa pago para contratos de asociaciones

público privadas, en el presupuesto de egresos del ejercicio 2016, debido a que el

municipio no tiene contratos suscritos al amparo de la Ley de Proyectos de Prestación de

Servicios para el Estado y los Municipios de Guanajuato, publicada el 11 de junio de 2010

en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, la cual regula las

asociaciones público privadas en el estado, por lo que no existen compromisos

plurianuales ligados a Proyectos para Prestación de Servicios (PPS).

CAPÍTULO III

De los Servicios Personales

Artículo 23.- En el ejercicio fiscal 2016, la Administración Pública Municipal centralizada

contará con432 plazas de conformidad con lo siguiente:

PUESTO No. Plazas

BASE/CONFIANZA

PRESIDENTE MUNICIPAL 1 CONFIANZA

SINDICO 1 CONFIANZA

REGIDOR 8 CONFIANZA

SECRETARIA "A" 1 BASE

SECRETARIO PARTICULAR 1 CONFIANZA

ASESOR JURÍDICO 1 CONFIANZA

AGENTE ESCOLTA 1 BASE

ENCARGADO DE RELACIONES PÚBLICAS 1 BASE

AUXILIAR DE PRESIDENCIA 1 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

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SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO 1 CONFIANZA

AUXILIAR DE JURÍDICO 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

SECRETARIO B 1 BASE

TESORERO MUNICIPAL 1 CONFIANZA

SUBTESORERO 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE CONTABILIDAD A 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE CONTABILIDAD 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE RAMO 33 1 BASE

COORDINADOR DE NOMINA 1 BASE

COORDINADOR DE CUENTA PUBLICA "A"

2 CONFIANZA

ENCARGADO DE INVENTARIO 1 BASE

ENCARGADO DE PROGRAMAS ESPECIALES A

1 BASE

COORDINADOR DE RAMO 33 A 1 BASE

ENCARGADO DE CAJA A 1 BASE

ENCARGADO DE CAJA 1 BASE

AUXILIAR A 1 BASE

ASISTENTE DE TESORERIA 1 BASE

ENCARGADO DE EGRESOS 1 BASE

ENCARGADO DE NOMINA 1 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

ENCARGADO DE PROGRAMAS ESPECIALES

1 BASE

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

OFICIAL MAYOR 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE BIBLIOTECAS 1 BASE

COORDINADOR RECURSOS HUMANOS 1 BASE

COORDINADOR DE SALUD 1 BASE

GESTOR CASSA 1 BASE

AUXILIAR B 1 BASE

AUXILIAR C 2 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

SECRETARIA B 2 BASE

BIBLIOTECARIA 10 BASE

AUXILIAR CASSA 2 BASE

MENSAJERO 1 BASE

DELEGADO EL CARACOL 1 COMPENSACION

DELEGADO CERRITO DE HIERBAS 1 COMPENSACION

DELEGADO TOLENTINO 1 COMPENSACION

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DELEGADO MEXICANOS 1 COMPENSACION

DELEGADO EL CHINACO 1 COMPENSACION

DELEGADO EL PARRAL 1 COMPENSACION

DELEGADO SAN ISIDRO 1 COMPENSACION

DELEGADO COL. 18 DE MARZO 1 COMPENSACION

DELEGADO SANTA ROSA 1 COMPENSACION

DELEGADO TORRECILLAS 1 COMPENSACION

DELEGADO SUCHITLAN 1 COMPENSACION

DELEGADO LA PURISIMA 1 COMPENSACION

DELEGADO LOS ANGELES 1 COMPENSACION

DELEGADO SARABIA 1 COMPENSACION

DIRECTOR DESARROLLO SOCIAL 1 CONFIANZA

SUBDIRECTOR DESARROLLO SOCIAL 1 CONFIANZA

COORDINADOR B 1 BASE

AUXILIAR A 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

PROMOTOR 3 BASE

SECRETARIA B 1 BASE

CONTRALOR 1 CONFIANZA

COORDINADOR JURÍDICO 1 CONFIANZA

AUDITOR DE OBRA 1 CONFIANZA

COORD. DE CUENTA PUBLICA 2 BASE

AUXILIAR DE AUDITORIA 1 BASE

DIRECTOR FISCALIZACIÓN 1 CONFIANZA

COORDINADOR D 2 BASE

COORDINADOR E 2 BASE

INSPECTOR 1 BASE

RECAUDADOR DE PLAZA 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

AUXILIAR B 1 BASE

DIRECTOR CATASTRO 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE INGRESOS 1 CONFIANZA

COORDINADOR DE PERITOS 1 BASE

AUXILIAR A (asistente) 1 BASE

AUXILIAR B 1 BASE

PERITO VALUADOR A 1 BASE

AUXILIAR C 2 BASE

CAJERO 1 BASE

NOTIFICADOR B 2 BASE

DIRECTOR ECOLOGÍA 1 CONFIANZA

COORDINADOR A 1 BASE

Page 37: Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato … · PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Gto.,

AUXILIAR A 1 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

AUXILIAR C 4 BASE

CHOFER B 3 BASE

JARDINERO 9 BASE

VELADOR 1 BASE

AUXILIAR DELEGACIONAL 2 BASE

DIRECTOR JURÍDICO 1 CONFIANZA

AUXILIAR DE JURÍDICO 1 BASE

AUXILIAR C 1 BASE

SECRETARIA B 2 BASE

DIRECTOR FOMENTO ECONÓMICO 1 CONFIANZA

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

ENCARGADO SARE 1 BASE

ENCARGADO VENTANILLA ÚNICA 1 BASE

AUXILIAR C 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

DIRECTOR ATENCIÓN AL MIGRANTE 1 CONFIANZA

AUXILIAR A 1 BASE

DIRECTOR DESARROLLO RURAL 1 CONFIANZA

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

AUXILIAR A 1 BASE

DIRECTOR DE EDUCACIÓN 1 CONFIANZA

PROMOTOR "CAE" 1 BASE

AUXILIAR B 1 BASE

AUXILIAR C 1 BASE

ASISTENTE TECNICO "CAE" 1 BASE

DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS 1 CONFIANZA

SUBDIRECTOR DE OBRAS 1 CONFIANZA

JEFE DESARROLLO URBANO Y PROYECTOS

1 CONFIANZA

JEFE DE PLANEACIÓN de departamento 1 BASE

COORDINADOR A 2 BASE

DIBUJANTE 1 BASE

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1 BASE

OPERADOR DE MOTOCONFORMADORA

1 BASE

AUXILIAR A 2 BASE

COORDINADOR C 1 BASE

CHOFER A 1 BASE

OPERADOR DE RETROEXCAVADORA 1 BASE

Page 38: Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato … · PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Gto.,

COORDINADOR D 1 BASE

NOTIFICADOR A 2 BASE

ALBAÑIL 2 BASE

SECRETARIA A 1 BASE

CHOFER B 3 BASE

AYUDANTE DE ALBAÑIL 1 BASE

CHOFER C 1 BASE

SECRETARIA B 1 BASE

DIRECTOR COMUNICACIÓN SOCIAL 1 CONFIANZA

SECRETARIA A 1 BASE

AUXILIAR C 1 BASE

AUXILIAR B 2 BASE

DIRECTOR COMUDAJ 1 CONFIANZA

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

COORDINADOR C 1 BASE

COORDINADOR D 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

COORDINADOR A 1 CONFIANZA

SECRETARIA B 1 BASE

DIRECTOR CASA DE CULTURA 1 CONFIANZA

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

ENCARGADO DE MUSEO 1 BASE

CRONISTA 1 BASE

SECRETARIA B 2 BASE

DIRECTOR SERVICIOS PÚBLICOS 1 CONFIANZA

SUBDIRECTOR SERVICIOS PÚBLICOS 1 CONFIANZA

AUXILIAR D 1 BASE

SECRETARIA B 1 BASE

MENSAJERO 1 BASE

AUXILIAR C 1 BASE

COORDINADOR A 1 BASE

OPERADOR DE MAQUINARIA PESADA 1 BASE

MECÁNICO 1 BASE

PINTOR Y ROTULISTA 1 BASE

AUXILIAR C 2 BASE

AUXILIAR D 2 BASE

ENC. DE SUMINISTRO DE GASOLINA 1 BASE

CHOFER C 9 BASE

CHOFER B 1 BASE

CHOFER B 1 BASE

CHOFER B 1 BASE

Page 39: Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato … · PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Gto.,

CHOFER B 1 BASE

CHOFER B 1 BASE

CHOFER B 1 BASE

VELADOR 3 BASE

ENC. DE CORRALÓN 2 BASE

AFANADOR 5 BASE

BARRENDERO 18 BASE

RECOLECTOR 4 BASE

VIGILANTE 1 BASE

ENCARGADO DE MERCADO 1 BASE

COORDINADOR B 2 BASE

VELADOR 1 BASE

AFANADOR 1 BASE

COORDINADOR B 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

VELADOR 1 BASE

ENCARGADO DE ALUMBRADO 1 BASE

ELECTRICISTA 1 BASE

AUXILIAR ELECTRICISTA A 1 BASE

AUXILIAR ELECTRICISTA B 2 BASE

DIRECTOR POLICÍA PREVENTIVA (comisario)

1 CONFIANZA

SUBDIRECTOR DE POLICÍA (suboficial) 1 CONFIANZA

COORDINADOR OPERATIVO (oficial primero)

1 BASE

JUEZ CALIFICADOR 3 BASE

ADMINISTRADOR DE CERESO 1 BASE

COMANDANTE DE POLICÍA (policia segundo)

5 BASE

COMANDANTE RURAL 2 BASE

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 2 BASE

RECURSOS HUMANOS 1 BASE

MEDICO LEGISTA 1 BASE

COORDINADOR C 1 BASE

PSICOLOGO 1 BASE

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 42 BASE

OFICIAL CENTRAL DE EMERGENCIAS 4 BASE

OFICIAL SERVICIO TÉCNICO 1 BASE

AGENTE DE SEGURIDAD (policía) 49 BASE

AGENTE 066 3 BASE

ANALISTA 1 BASE

TRABAJADOR SOCIAL 1 BASE

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SECRETARIA B 1 BASE

DIRECTOR TRANSITO MUNICIPAL 1 CONFIANZA

COMANDANTE DE TRANSITO 2 BASE

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

AGENTE PATRULLERO 3 BASE

AGENTE DE TRANSITO 14 BASE

AUXILIAR DE VIALIDAD 1 BASE

AUXILIAR D 1 BASE

SECRETARIA B 1 BASE

COMANDANTE DE BOMBEROS 1 CONFIANZA

SEC. TÉCNICO PROTEC. CIVIL 1 CONFIANZA

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

AUX. DE PROTECCIÓN CIVIL 1 BASE

BOMBERO 2 BASE

Nota: En el presente cuadro desglosan todas las plazas autorizadas, incluidas las del personal de seguridad pública

municipal.

Artículo 24.- Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo

anterior, percibirán las remuneraciones que se determinen en el Tabulador Salarial

siguiente; el cual se integra en el presente presupuesto de egresos, con base en lo

establecido en los artículos 115 fracción IV y 127 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 117, fracción VIII, último párrafo, 131 y 132 de la Constitución

Política para el Estado de Guanajuato; 28, fracción IV y 82 de la Ley para el Ejercicio y

Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Tabulador de Sueldos Anual de Villagrán, Gto.

Puesto

No. De

Plazas Categoría Sueldo Ayudas Fin de año

Prima

vacacional Global anual

PRESIDENTE

MUNICIPAL 1 CONFIANZA 718,802.76 308,058.33 128,357.64 17,114.35 1,172,333.08

SINDICO 1 CONFIANZA 399,856.94 171,367.26 71,403.02 9,520.40 652,147.62

REGIDOR 1 CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

REGIDOR 1

CONFIANZA 389,288.39 166,837.88 69,515.78 9,268.77 634,910.83

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SECRETARIA "A" 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

SECRETARIO

PARTICULAR 1 CONFIANZA 153,596.99 65,827.28 27,428.03 3,657.07 250,509.38

ASESOR JURÍDICO 1 CONFIANZA 144,057.28 61,738.84 25,724.51 3,429.94 234,950.57

AGENTE ESCOLTA 1 BASE 101,633.37 43,557.16 18,148.82 2,419.84 165,759.18

ENCARGADO DE

RELACIONES

PÚBLICAS 1 BASE 96,211.90 41,233.67 17,180.70 2,290.76 156,917.03

AUXILIAR DE

PRESIDENCIA 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

SECRETARIA A 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

SECRETARIO DEL H.

AYUNTAMIENTO 1 CONFIANZA 316,444.06 135,618.88 56,507.87 7,534.38 516,105.19

AUXILIAR DE JURÍDICO 1 BASE 90,905.82 38,959.64 16,233.18 2,164.42 148,263.07

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

SECRETARIO B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

TESORERO MUNICIPAL 1 CONFIANZA 316,444.06 135,618.88 56,507.87 7,534.38 516,105.19

SUBTESORERO 1 CONFIANZA 203,882.72 87,378.31 36,407.63 4,854.35 332,523.02

COORDINADOR DE

CONTABILIDAD A 1 CONFIANZA 162,213.26 69,519.97 28,966.65 3,862.22 264,562.11

COORDINADOR DE

CONTABILIDAD 1 CONFIANZA 144,057.28 61,738.84 25,724.51 3,429.94 234,950.57

COORDINADOR DE

RAMO 33 1 BASE 106,517.70 45,650.44 19,021.02 2,536.14 173,725.29

COORDINADOR DE

NOMINA 1 BASE 133,089.29 57,038.27 23,765.94 3,168.79 217,062.30

COORDINADOR DE

CUENTA PUBLICA "A" 1 CONFIANZA 144,057.29 61,738.84 25,724.52 3,429.94 234,950.57

COORDINADOR DE

CUENTA PUBLICA "A" 1 CONFIANZA 144,057.29 61,738.84 25,724.52 3,429.94 234,950.57

ENCARGADO DE

INVENTARIO 1 BASE 113,995.74 48,855.32 20,356.38 2,714.18 185,921.63

ENCARGADO DE

PROGRAMAS

ESPECIALES A 1 BASE 133,089.29 57,038.27 23,765.94 3,168.79 217,062.30

COORDINADOR DE

RAMO 33 A 1 BASE 133,089.29 57,038.27 23,765.94 3,168.79 217,062.30

ENCARGADO DE CAJA

A 1 BASE 101,633.37 43,557.16 18,148.82 2,419.84 165,759.18

ENCARGADO DE CAJA 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

ASISTENTE DE

TESORERIA 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

ENCARGADO DE

EGRESOS 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO DE

NOMINA 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

ENCARGADO DE

PROGRAMAS

ESPECIALES 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO

ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

OFICIAL MAYOR 1 CONFIANZA 219,413.38 94,034.30 39,180.96 5,224.13 357,852.77

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COORDINADOR DE

BIBLIOTECAS 1 BASE 113,995.74 48,855.32 20,356.38 2,714.18 185,921.63

COORDINADOR

RECURSOS HUMANOS 1 BASE 113,995.74 48,855.32 20,356.38 2,714.18 185,921.63

COORDINADOR DE

SALUD 1 BASE 106,755.19 45,752.23 19,063.43 2,541.79 174,112.63

GESTOR CASSA 1 BASE 62,103.53 26,615.80 11,089.92 1,478.66 101,287.89

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

BIBLIOTECARIA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

AUXILIAR CASSA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

AUXILIAR CASSA 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

MENSAJERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

DELEGADO EL

CARACOL 1 COMPENSACION 37,083.86 15,893.08 6,622.12 882.95 60,482.01

DELEGADO CERRITO

DE HIERBAS 1 COMPENSACION 35,469.19 15,201.08 6,333.78 844.50 57,848.57

DELEGADO TOLENTINO 1 COMPENSACION 35,469.19 15,201.08 6,333.78 844.50 57,848.57

DELEGADO

MEXICANOS 1 COMPENSACION 38,684.53 16,579.08 6,907.95 921.06 63,092.63

DELEGADO EL

CHINACO 1 COMPENSACION 37,083.86 15,893.08 6,622.12 882.95 60,482.01

DELEGADO EL PARRAL 1 COMPENSACION 35,469.19 15,201.08 6,333.78 844.50 57,848.57

DELEGADO SAN ISIDRO 1 COMPENSACION 38,684.53 16,579.08 6,907.95 921.06 63,092.63

DELEGADO COL. 18 DE

MARZO 1 COMPENSACION 38,684.53 16,579.08 6,907.95 921.06 63,092.63

DELEGADO SANTA

ROSA 1 COMPENSACION 38,684.53 16,579.08 6,907.95 921.06 63,092.63

DELEGADO

TORRECILLAS 1 COMPENSACION 37,083.86 15,893.08 6,622.12 882.95 60,482.01

DELEGADO SUCHITLAN 1 COMPENSACION 37,083.86 15,893.08 6,622.12 882.95 60,482.01

DELEGADO LA

PURISIMA 1 COMPENSACION 35,469.19 15,201.08 6,333.78 844.50 57,848.57

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DELEGADO LOS

ANGELES 1 COMPENSACION 37,083.86 15,893.08 6,622.12 882.95 60,482.01

DELEGADO SARABIA 1 COMPENSACION 38,684.53 16,579.08 6,907.95 921.06 63,092.63

DIRECTOR

DESARROLLO SOCIAL 1 CONFIANZA 162,213.26 69,519.97 28,966.65 3,862.22 264,562.11

SUBDIRECTOR

DESARROLLO SOCIAL 1 CONFIANZA 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

COORDINADOR B 1 BASE 71,356.14 30,581.20 12,742.17 1,698.96 116,378.46

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

PROMOTOR 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

PROMOTOR 1

BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

PROMOTOR 1

BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

CONTRALOR 1 CONFIANZA 316,444.06 135,618.88 56,507.87 7,534.38 516,105.19

COORDINADOR

JURÍDICO 1 CONFIANZA 129,919.43 55,679.76 23,199.90 3,093.32 211,892.40

AUDITOR DE OBRA 1 CONFIANZA 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

COORD. DE CUENTA

PUBLICA 1 BASE 96,211.90 41,233.67 17,180.70 2,290.76 156,917.03

COORD. DE CUENTA

PUBLICA 1 BASE 96,211.90 41,233.67 17,180.70 2,290.76 156,917.03

AUXILIAR DE

AUDITORIA 1 BASE 69,616.09 29,835.47 12,431.45 1,657.53 113,540.53

DIRECTOR

FISCALIZACIÓN 1 CONFIANZA 145,396.66 62,312.85 25,963.69 3,461.83 237,135.03

COORDINADOR D 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

COORDINADOR D 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

COORDINADOR E 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

COORDINADOR E 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

INSPECTOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

RECAUDADOR DE

PLAZA 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

DIRECTOR CATASTRO 1 CONFIANZA 162,213.26 69,519.97 28,966.65 3,862.22 264,562.11

COORDINADOR DE

INGRESOS 1 CONFIANZA 144,057.28 61,738.84 25,724.51 3,429.94 234,950.57

COORDINADOR DE

PERITOS 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

AUXILIAR A (asistente) 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

PERITO VALUADOR A 1 BASE 49,885.97 21,379.70 8,908.21 1,187.76 81,361.64

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

CAJERO 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

NOTIFICADOR B 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

NOTIFICADOR B 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

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DIRECTOR ECOLOGÍA 1 CONFIANZA 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

COORDINADOR A 1 BASE 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

AUXILIAR C 1

BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

AUXILIAR C 1

BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

AUXILIAR C 1

BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

JARDINERO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AUXILIAR

DELEGACIONAL 1 BASE 26,758.99 11,468.14 4,778.39 637.12 43,642.63

AUXILIAR

DELEGACIONAL 1 BASE 26,758.99 11,468.14 4,778.39 637.12 43,642.63

DIRECTOR JURÍDICO 1 CONFIANZA 145,396.66 62,312.85 25,963.69 3,461.83 237,135.03

AUXILIAR DE JURÍDICO 1 BASE 90,905.82 38,959.64 16,233.18 2,164.42 148,263.07

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

DIRECTOR FOMENTO

ECONÓMICO 1 CONFIANZA 145,396.66 62,312.85 25,963.69 3,461.83 237,135.03

ENCARGADO

ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO SARE 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO

VENTANILLA ÚNICA 1 BASE 81,182.95 34,792.69 14,496.96 1,932.93 132,405.52

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

DIRECTOR ATENCIÓN

AL MIGRANTE 1 CONFIANZA 145,396.66 62,312.85 25,963.69 3,461.83 237,135.03

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

DIRECTOR

DESARROLLO RURAL 1 CONFIANZA 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

ENCARGADO

ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

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SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

DIRECTOR DE

EDUCACIÓN 1 CONFIANZA 129,919.43 55,679.76 23,199.90 3,093.32 211,892.40

PROMOTOR "CAE" 1 BASE 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

ASISTENTE TECNICO

"CAE" 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

DIRECTOR DE OBRAS

PÚBLICAS 1 CONFIANZA 293,346.14 125,719.78 52,383.24 6,984.43 478,433.59

SUBDIRECTOR DE

OBRAS 1 CONFIANZA 181,559.80 77,811.34 32,421.39 4,322.85 296,115.39

JEFE DESARROLLO

URBANO Y

PROYECTOS 1 CONFIANZA 143,858.86 61,653.80 25,689.08 3,425.21 234,626.95

JEFE DE PLANEACIÓN

de departamento 1 BASE 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

COORDINADOR A 1 BASE 83,859.89 35,939.95 14,974.98 1,996.67 136,771.48

COORDINADOR A 1 BASE 83,859.89 35,939.95 14,974.98 1,996.67 136,771.48

DIBUJANTE 1 BASE 68,010.51 29,147.36 12,144.73 1,619.30 110,921.91

AUXILIAR

ADMINISTRATIVO 1 BASE 68,010.51 29,147.36 12,144.73 1,619.30 110,921.91

OPERADOR DE

MOTOCONFORMADORA 1 BASE 68,010.51 29,147.36 12,144.73 1,619.30 110,921.91

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

AUXILIAR A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

COORDINADOR C 1 BASE 66,788.52 28,623.65 11,926.52 1,590.20 108,928.90

CHOFER A 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

OPERADOR DE

RETROEXCAVADORA 1 BASE 64,914.02 27,820.29 11,591.79 1,545.57 105,871.67

COORDINADOR D 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

NOTIFICADOR A 1 BASE 58,331.495 24,999.21 10,416.34 1,388.845 95,135.89

NOTIFICADOR A 1 BASE 58,331.495 24,999.21 10,416.34 1,388.845 95,135.89

ALBAÑIL 1 BASE 51,731.95 22,170.835 9,237.85 1,231.715 84,372.345

ALBAÑIL 1 BASE 51,731.95 22,170.835 9,237.85 1,231.715 84,372.345

SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

AYUDANTE DE

ALBAÑIL 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

DIRECTOR

COMUNICACIÓN

SOCIAL 1 CONFIANZA 144,057.28 61,738.84 25,724.51 3,429.94 234,950.57

SECRETARIA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

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AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

AUXILIAR B 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

DIRECTOR COMUDAJ 1 CONFIANZA 111,130.92 47,627.54 19,844.81 2,645.97 181,249.24

ENCARGADO

ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

COORDINADOR C 1 BASE 66,788.52 28,623.65 11,926.52 1,590.20 108,928.90

COORDINADOR D 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

COORDINADOR A 1 CONFIANZA 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

DIRECTOR CASA DE

CULTURA 1 CONFIANZA 145,396.66 62,312.85 25,963.69 3,461.83 237,135.03

ENCARGADO

ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO DE

MUSEO 1 BASE 46,706.43 20,017.04 8,340.43 1,112.06 76,175.96

CRONISTA 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.23 17,638.81 7,349.51 979.94 67,125.48

DIRECTOR SERVICIOS

PÚBLICOS 1 CONFIANZA 173,062.73 74,169.74 30,904.06 4,120.54 282,257.07

SUBDIRECTOR

SERVICIOS PÚBLICOS 1 CONFIANZA 120,975.90 51,846.82 21,602.84 2,880.38 197,305.94

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

MENSAJERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.01 78,775.92

COORDINADOR A 1 BASE 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

OPERADOR DE

MAQUINARIA PESADA 1 BASE 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

MECÁNICO 1 BASE 83,859.88 35,939.95 14,974.98 1,996.66 136,771.48

PINTOR Y ROTULISTA 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

AUXILIAR C 1 BASE 48,300.56 20,700.24 8,625.10 1,150.02 78,775.92

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

ENC. DE SUMINISTRO

DE GASOLINA 1 BASE 46,706.43 20,017.04 8,340.43 1,112.06 76,175.96

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

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CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER C 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER B 1 BASE 47,373.30 20,302.84 8,459.52 1,127.94 77,263.60

CHOFER B 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER B 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER B 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

CHOFER B 1 BASE 38,157.97 16,353.42 6,813.92 908.52 62,233.84

CHOFER B 1 BASE 38,157.97 16,353.42 6,813.92 908.52 62,233.84

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

ENC. DE CORRALÓN 1 BASE 35,061.26 15,026.26 6,260.94 834.79 57,183.24

ENC. DE CORRALÓN 1 BASE 35,061.26 15,026.26 6,260.94 834.79 57,183.24

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

BARRENDERO 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

RECOLECTOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

RECOLECTOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

RECOLECTOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

RECOLECTOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

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VIGILANTE 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

ENCARGADO DE

MERCADO 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

COORDINADOR B 1 BASE 71,356.14 30,581.20 12,742.17 1,698.96 116,378.46

COORDINADOR B 1 BASE 71,356.14 30,581.20 12,742.17 1,698.96 116,378.46

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AFANADOR 1 BASE 35,061.26 15,026.25 6,260.94 834.79 57,183.24

COORDINADOR B 1 BASE 71,356.14 30,581.20 12,742.17 1,698.96 116,378.46

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

VELADOR 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

ENCARGADO DE

ALUMBRADO 1 BASE 73,227.74 31,383.32 13,076.38 1,743.52 119,430.95

ELECTRICISTA 1 BASE 69,616.09 29,835.47 12,431.45 1,657.53 113,540.53

AUXILIAR

ELECTRICISTA A 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

AUXILIAR

ELECTRICISTA B 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

AUXILIAR

ELECTRICISTA B 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

Nota: El presente tabulador contiene todas las plazas autorizadas en la plantilla municipal, a excepción de las del sistema

de seguridad pública municipal.

El Tabulador Salarial del personal de Seguridad Pública Municipal, se integra como a

continuación se indica, con base en lo establecido en los artículos 115 fracción IV y 127

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132 de la Constitución

Política para el Estado de Guanajuato; y 82 de la Ley para el Ejercicio y Control de los

Recursos Púbicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Tabulador Anual de Seguridad Pública Municipal de Villagrán, Gto.

PUESTO NO.

PLAZAS

ANUAL

TOTAL GRATIF. PRIMA GLOBAL

CATEGORIA AYUDAS FIN DE AÑO VACACIONAL ANUAL

POLICÍA PREVENTIVA

DIRECTOR POLICÍA PREVENTIVA (comisario) 1 CONFIANZA 293,346.14 125,719.78 52,383.24 6,984.43 478,433.59

SUBDIRECTOR DE POLICÍA (suboficial) 1 CONFIANZA 144,057.28 61,738.84 25,724.51 3,429.94 234,950.57

COORDINADOR OPERATIVO (oficial 1 BASE 93,504.44 40,073.33 16,697.22 2,226.30 152,501.29

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primero)

JUEZ CALIFICADOR 1 BASE 93,504.44 40,073.33 16,697.22 2,226.30 152,501.29

JUEZ CALIFICADOR 1 BASE 93,504.44 40,073.33 16,697.22 2,226.30 152,501.29

JUEZ CALIFICADOR 1 BASE 93,504.44 40,073.33 16,697.22 2,226.30 152,501.29

ADMINISTRADOR DE CERESO 1 BASE 88,891.04 38,096.16 15,873.40 2,116.45 144,977.05

COMANDANTE DE POLICÍA (policía segundo) 1 BASE

77,683.78 33,293.05 13,872.10 1,849.61 126,698.55

COMANDANTE DE POLICÍA (policía segundo) 1 BASE

77,683.78 33,293.05 13,872.10 1,849.61 126,698.55

COMANDANTE DE POLICÍA (policía segundo) 1 BASE

77,683.78 33,293.05 13,872.10 1,849.61 126,698.55

COMANDANTE DE POLICÍA (policía segundo) 1 BASE

77,683.78 33,293.05 13,872.10 1,849.61 126,698.55

COMANDANTE DE POLICÍA (policía segundo) 1 BASE

77,683.78 33,293.05 13,872.10 1,849.61 126,698.55

COMANDANTE RURAL 1 BASE

77,683.79 33,293.05 13,872.11 1,849.62 126,698.55

COMANDANTE RURAL 1 BASE

77,683.79 33,293.05 13,872.11 1,849.62 126,698.55

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

77,357.62 33,153.27 13,813.86 1,841.85 126,166.59

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE

77,357.62 33,153.27 13,813.86 1,841.85 126,166.59

RECURSOS HUMANOS 1 BASE 70,460.31 30,197.28 12,582.20 1,677.63 114,917.41

MEDICO LEGISTA 1 BASE 93,504.44 40,073.33 16,697.22 2,226.30 152,501.29

COORDINADOR C 1 BASE 66,788.52 28,623.65 11,926.52 1,590.20 108,928.90

PSICOLOGO 1 BASE 58,331.50 24,999.21 10,416.34 1,388.85 95,135.89

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

Page 50: Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato … · PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 ÚNICO. Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Gto.,

(oficial tercero)

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL 1 BASE 57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

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PATRULLERO (oficial tercero)

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL PATRULLERO (oficial tercero) 1 BASE

57,593.15 24,682.78 10,284.49 1,371.27 93,931.68

OFICIAL CENTRAL DE EMERGENCIAS 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

OFICIAL CENTRAL DE EMERGENCIAS 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

OFICIAL CENTRAL DE EMERGENCIAS 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

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OFICIAL CENTRAL DE EMERGENCIAS 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

OFICIAL SERVICIO TÉCNICO 1 BASE 52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

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(policia)

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE 1 BASE 52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

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SEGURIDAD (policia)

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE DE SEGURIDAD (policia) 1 BASE

52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE 066 1 BASE 52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE 066 1 BASE 52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

AGENTE 066 1 BASE 52,384.47 22,450.49 9,354.37 1,247.25 85,436.57

ANALISTA 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

TRABAJADOR SOCIAL 1 BASE 51,731.95 22,170.84 9,237.85 1,231.71 84,372.35

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

TOTAL 122 7,437,346.70 3,187,434.30 1,328,097.62 177,079.68 12,129,958.31

TRANSITO MUNICIPAL

DIRECTOR TRANSITO MUNICIPAL 1 CONFIANZA 154,772.29 66,330.98 27,637.91 3,685.05 252,426.23

COMANDANTE DE TRANSITO 1 BASE

77,683.79 33,293.05 13,872.11 1,849.62 126,698.55

COMANDANTE DE 1 BASE 77,683.79 33,293.05 13,872.11 1,849.62 126,698.55

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TRANSITO

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

AGENTE PATRULLERO 1 BASE

54,319.12 23,279.62 9,699.84 1,293.31 88,591.90

AGENTE PATRULLERO 1 BASE

54,319.12 23,279.62 9,699.84 1,293.31 88,591.90

AGENTE PATRULLERO 1 BASE

54,319.12 23,279.62 9,699.84 1,293.31 88,591.90

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AGENTE DE TRANSITO 1 BASE

49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

AUXILIAR DE VIALIDAD 1 BASE 44,688.74 19,152.32 7,980.13 1,064.02 72,885.20

AUXILIAR D 1 BASE 42,339.24 18,145.39 7,560.58 1,008.08 69,053.29

SECRETARIA B 1 BASE 41,157.22 17,638.81 7,349.50 979.93 67,125.47

TOTAL 24 1,368,269.63 586,401.27 244,333.86 32,577.85 2,231,582.60

PROTECCIÓN CIVIL

COMANDANTE DE BOMBEROS 1 CONFIANZA 70,460.31 30,197.28 12,582.20 1,677.63 114,917.41

SEC. TÉCNICO PROTEC. CIVIL 1 CONFIANZA 89,539.74 38,374.17 15,989.24 2,131.90 146,035.05

ENCARGADO ADMINISTRATIVO 1 BASE 77,357.62 33,153.26 13,813.86 1,841.85 126,166.59

AUX. DE PROTECCIÓN CIVIL 1 BASE 49,259.26 21,111.11 8,796.30 1,172.84 80,339.50

BOMBERO 1 BASE 27,256.32 11,681.28 4,867.20 648.96 44,453.76

BOMBERO 1 BASE 27,256.32 11,681.28 4,867.20 648.96 44,453.76

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TOTAL 6 341,129.56 146,198.38 60,915.99 8,122.13 556,366.07

total general

14,917,906.98

Todos los policías que integran la plantilla de seguridad pública, son municipales, no se

cuenta con policías estatales cuya plantilla sea absorbida presupuestalmente por el

Ayuntamiento.

De los 122 policías que integran la plantilla de seguridad pública, el 100% son municipales.

Artículo 25.- Para acceder a los incrementos salariales, se atenderá lo dispuesto en

artículo 8 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 58 y 61 de la Ley

del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios, en cual

se establece, entre otras cosas, que es una obligación de las entidades públicas

municipales preferir en igualdad de condiciones, de conocimientos, aptitudes, antigüedad

y derechos escalafonarios a los trabajadores de base respecto de quienes no lo sean; a

quienes representen la única fuente de ingresos para su familia, a las personas que

hubieren prestado servicios eminentes al municipio, y a los que con anterioridad les

hubieren prestado servicios satisfactoriamente.

Artículo 26.- El pago de los sueldos y salarios del personal que preste o desempeñe un

servicio personal subordinado al municipio se realizará preferentemente con cargo a sus

participaciones u otros ingresos locales, con el fin de que el municipio obtenga una mayor

participación del Impuesto sobre la Renta participable en los términos del artículo 3-B de

la Ley de Coordinación Fiscal.

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CAPÍTULO IV De la Deuda Pública

Artículo 27.- El saldo de la deuda pública del Gobierno del Municipio de Villagrán,

Guanajuato, considerando la totalidad de los pasivos, se desglosa en el presente

documento con base en lo establecido en el artículo 15, fracciones I y VIII, de la Ley de

Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato y 28, fracción I, inciso b, de

la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios

de Guanajuato.

SALDO DE LA DEUDA PÚBLICA

Decreto Aprobatorio o Clave de Identificaci

ón

Institución Bancaria No. de Crédit

o

Tipo de Instrument

o

Tasa de

Interés

Plazo de Vencimient

o

Tipo de Garantía

Saldo al 31 diciembre 2015

Otros Pasivos Circulantes

SECRETARIA DE FINANZAS Y DAMINISTRACION 6 MESES FONDO GENERAL 6,000,000.00

Otros Pasivos No Circulantes

SALDO DE LA DEUDA PÚBLICA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 $6,000,000.00

Para el ejercicio fiscal 2016, se establece una asignación presupuestaria para el capítulo

9000 Deuda Pública por la cantidad de $8,400,000.00 el cual será liquidada en el mismo

ejercicio y se desglosa en el siguiente recuadro:

Presupuesto Aprobado 2016

9000 Deuda Pública

9100 Amortización Gastos de la Deuda

Pública

9200 Intereses Gastos de la

Deuda Pública

9300 Comisiones Gastos de la Deuda

Pública

9400 Gastos de la Deuda Pública

9500 Costos por

Coberturas

9600 Apoyos Financieros

9900 ADEFAS

8,400,000.00

El tope de endeudamiento autorizado para el ejercicio fiscal 2016, es el establecido en la

Ley de Ingresos del Municipio de $8,400,000.00, aprobada por el H. Congreso del Estado

de Guanajuato, tal como se contempla en el artículo 6, de la Ley de Deuda Pública para el

Estado y los Municipios de Guanajuato; el cual en todo caso no debe ser superior al 10%

de las participaciones federales anuales que le correspondan al municipio, los ingresos

propios y el importe del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y

de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal utilizable en términos del artículo

50 de la Ley de Coordinación Fiscal.

TÍTULO SEGUNDO DE LOS RECURSOS FEDERALES

CAPÍTULO ÚNICO

De los recursos federales transferidos al Municipio

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Artículo 28.- El Presupuesto de Egresos del Municipio de Villagrán, Guanajuato

contempla como una de sus fuentes de financiamiento los recursos federales asignados a

través de participaciones, aportaciones y convenios, derivados de la Ley de Ingresos de la

Federación o del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de

conformidad con las disposiciones aplicables en la materia.

Artículo 29.- Los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 que la federación

presupuestó otorgar al municipio de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal, se

desglosan a continuación:

Fondo

Presupuesto Aprobado

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal 13,000,000.00

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones del D.F.

25,000,000.00

Total 38,000,000.00

La aplicación, destino y distribución presupuestada de los fondos de aportaciones que

conforman el ramo 33 se desglosa a continuación por capítulo del gasto:

Fondo CAPÍTULOS

1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 8000 9000

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal 0.00 0.00 0.00 13,000,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones del D.F. 16,187,906.97 4,640,000.00 2,758,000.00 300,000.00 270,000.00 0.00 0.00 844,093.03 0.00

Totales 16,187,906.97 4,640,000.00 2,758,000.00 13,300,000.00 270,000.00 0.00 0.00 844,093.03 0.00

TÍTULO TERCERO

DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL

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CAPÍTULO ÚNICO

De los Montos de Adquisiciones y Obras Públicas

Artículo 30.- De conformidad con lo establecido en los artículos 76, fracción II, inciso g),

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 5, 18, fracción II, 69, 71 y 72,

de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado y los

Municipios de Guanajuato, los montos máximos de contratación con recursos

exclusivamente municipales, por adjudicación directa, por licitación simplificada y por

licitación pública, durante el ejercicio fiscal de 2016, se sujetarán a los siguientes

lineamientos:

OBRAS PÚBLICAS

MODALIDAD

EN UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

DE HASTA

Licitación Pública 1,282,059.30 En Adelante

Invitación a cuando menos tres personas 464,468.78 1,282,059.29

Adjudicación Directa 0 797,468.77

SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS

MODALIDAD

EN UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

DE HASTA

Licitación Pública 1,282,059.30 En Adelante

Invitación a cuando menos tres personas 464,468.78 1,282,059.29

Adjudicación Directa 0 797,468.77

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor

Agregado.

Artículo 31.- En forma similar a las obras públicas el municipio administrará sus

adquisiciones públicas. Por adquisiciones públicas se entenderán, toda clase de

convenios o contratos, cualquiera que sea su denominación legal, que el municipio, sus

dependencias o entidades celebren para la compra de insumos, materiales, mercancías,

materias primas y bienes muebles que tengan por objeto cubrir las necesidades comunes

de las dependencias de la Administración Pública Municipal, así como aquellos bienes

necesarios para la realización de funciones específicas.

Las adquisiciones que realicen el municipio o sus dependencias, deberán

sujetarse a las disposiciones legales que regulan la materia en el 229 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, los Ayuntamientos cuentan con facultades para emitir la normativa en materia de adquisiciones del sector público, por lo que de contar con reglamento municipal en la materia, deberán atender a dicho cuerpo normativo respecto de las modalidades de contratación y los montos y límites para tal fin.

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En el supuesto de que el municipio de que se trate no cuente con la reglamentación respectiva, podrá aplicar en forma supletoria la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato, en cuyo caso, la fundamentación en este apartado es artículo 27 de la ley de contrataciones estatal, pudiendo considerar de contar con ello, el acuerdo del ayuntamiento en que se determinen los montos para los procedimientos de contratación, o bien el numeral 62 de la Ley del Presupuesto de Egresos para el Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal que corresponda.

Los montos máximos de contratación con recursos exclusivamente municipales, por

adjudicación directa, por invitación restringida y por licitación pública, durante el ejercicio

fiscal de 2016, se sujetarán a los siguientes lineamientos:

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS

MODALIDAD EN UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

DE HASTA

Licitación Pública 2,500,001.00 En Adelante

Invitación a cuando menos tres personas

500,001.00 2,500,000.00

Adjudicación Directa 120,0001.00 500,000.00

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor

Agregado.

Artículo 32.- Cuando se ejecuten recursos federales, los montos de adjudicación se

deberán apegar a la normatividad aplicable o a la que se pacte en los acuerdos o

convenios respectivos.

Artículo 33.- Los contratos para proyectos para prestación de servicios (PPS) se

adjudicarán, conforme el Título Sexto de la Ley de Proyectos de Prestación de Servicios

para el Estado de Guanajuato, tomando en cuenta las excepciones establecidas en el

capítulo V de la citada Ley.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. El presupuesto de egresos municipal deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

ARTÍCULO TERCERO. El municipio de Villagrán, Guanajuato, elaborará y difundirá a

más tardar 30 días naturales siguientes a la promulgación del presente decreto, en su

respectiva página de Internet el presupuesto ciudadano con base en la información

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presupuestal contenida en el presente decreto, de conformidad con el artículo 62 de la

Ley General de Contabilidad Gubernamental y con la Norma para la difusión a la

ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos emitida por el Consejo

Nacional de Armonización Contable.

ARTÍCULO CUARTO. El municipio de Villagrán, Guanajuato, elaborará y difundirá a más

tardar el 31 de enero de 2016, en su respectiva página de Internet el calendario de

presupuesto de egresos con base mensual con los datos contenidos en el presente

decreto, en el formato establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable

mediante la Norma para establecer la estructura del Calendario del Presupuesto de

Egresos base mensual.

ARTÍCULO QUINTO. Dado a las fechas de emisión del presente decreto, el saldo de la

deuda pública al 31 de diciembre de 2015 pudiera sufrir modificaciones, las cuales se

reflejarían en el Estado analítico de la deuda y otros pasivos, contenido en la Cuenta

Pública del ejercicio 2015.

Dado en el Ayuntamiento del Municipio de Villagrán, a los 01 días del mes de Septiembre

del año 2016.

EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE VILLAGRAN, GTO._______________________.

LIC. ANTONIO ACOSTA GUERRERO Rúbrica.

EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO _________________________________.

LIC. OSCAR ARVIZU BRIONES Rúbrica.

EL SÍNDICO MUNICIPAL _________________________________________.

LIC. CARLOS ALBERTO RAMOS NARANJO Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

JESUS EDUARDO ALANIS MOSQUEDA Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

CARLOS CERRITOS RODRIGUEZ Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

MAYRA GUADALUPE CRUZ CARRILLO Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

ARTURO FIGUEROA MENDOZA Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

JORGE GERVACIO GONZALEZ Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

JAVIER GONZALEZ PITAYO Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

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MARTHA MONTEL RODRIGUEZ Rúbrica

EL REGIDOR MUNICIPAL _______________________________________.

CINTHIA GUADALUPE TENIENTE MENDOZA Rúbrica

EL TESORERO MUNICIPAL _______________________________________.

LIC. PABLO ALONSO ESPINO RODRIGUEZ Rubrica

[ …]