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Presupuesto Participativo Basado en Resultados

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Un aporte para la sociedad

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Que es el Presupuesto Participativo?

Es un proceso donde las autoridades y representantes de organizaciones de la población se ponen de acuerdo de cómo invertir

los recursos del GR y GL para obtener resultados que aporten al desarrollo de la localidad.

Rol del Presidente Regional y del Alcalde son claves en este proceso

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Enfoque de la Gestión Pública

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El Presupuesto Participativo basado en Resultados se enmarca

dentro del nuevo enfoque de la nueva gerencia y gestión pública,

en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en

función a cambios específicos que se deben alcanzar para

mejorar el bienestar de la población.

Lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren

notoriamente las condiciones de vida de las personas.

El Presupuesto Participativo basado en Resultados comprende la

incorporación al proceso del Presupuesto Participativo de las

corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados

en los que el/la ciudadano/a y los resultados que estos requieren y

valoran se constituyen en el eje del accionar público.

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¿Qué es el Presupuesto Participativo Basado en Resultados?

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El Presupuesto Participativo es un instrumento de política y a la vez de

gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las

organizaciones de la población, debidamente representadas, definen en

conjunto qué se quiere lograr, cómo y en qué se van a orientar los recursos,

teniendo en cuenta la visión de futuro y los objetivos (que señalan

grandes resultados a obtener) del Plan de Desarrollo Concertado del

distrito, provincia o región, pero principalmente los programas y proyectos

identificados en el PDC.

Art. 2, DS Nº 142-2009- EF, se define el presupuesto participativo como:

“Un proceso que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, mediante el

cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a

implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la

participación de la sociedad organizada, generando compromisos de

todos/as los/as agentes participantes para la consecución de los objetivos

estratégicos”.

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Constitución Política del Perú 1993 (Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización) “Art. 199 Los Grs y Gls.. Formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinde cuenta de su ejecución”

Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización “Art. 20° 20.1 Los Grs y Gls se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos Anuales”

Ley orgánica de Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867) “Art.32° La gestión del GR se rige por el PDC y el Presupuesto Participativo”

Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) “Instancias para la aprobación del PDC y Presupuesto Participativo”

Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias.

“Establece disposiciones para el desarrollo del presupuesto participativos. Señala que el Poder Ejecutivo, a propuesta de la NDPP, reglamenta la ley”

Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. “Desarrolla la Ley Marco señalando el marco general para el proceso de presupuesto participativo”

Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.0, que “Aprueba el Instructivo N° 001- 2010-EF/76.01, Instructivo del Presupuesto Participativo. Establece “Orientaciones Referenciales” para el desarrollo articulado del presupuesto participativo (Metodológico) M

arc

o N

orm

ati

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Beneficios PPBER Priorizamos RESULTADOS

que deseamos lograr Resolver grandes PROBLEMAS

Priorizar los PROYECTOS En función a RESULTADOS que

deseamos obtener

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Mejora la relación entre Gobierno Regional o Local y la Población

La Población participa en la Gestión Publica y en la Toma de Decisiones

Actores del proceso del PPBER

Alcalde Concejo Municipal

Concejo de Coordinación

Regional, Provincial, Distrital

Agentes Participantes

Equipo Tecnico

Oficina de Planeamiento y

Presupuesto o la que haga sus veces

Comité de Vigilancia

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Rol de Agente Participante

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Participar activamente en la discusión, definición,

priorización y toma de decisiones respecto a los resultados

priorizados en el proceso, así como en los proyectos a ser

considerados, contribuyendo al logro de dichos resultados.

Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la

formalidad del proceso

Otros que demande el proceso.

Anexo 4

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Financiamiento del Presupuesto Participativo

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El Alcalde informa del presupuesto

institucional en gasto de inversión que corresponda al Presupuesto Participativo

La sociedad civil podrá participar en el cofinanciamiento de

los proyectos de inversión a través de aportes de recursos

financieros, materiales, mano de obra y otros similares

Otros aportes de ONG´s, cooperación internacional entre

otros.

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FASE 1 - Preparación

• Hacer conocimiento de la Sociedad Civil la información sobre el Presupuesto Participativo. Comunicación

• Promover la participación responsable de la Sociedad Civil en la gestión y compromiso que se tomen. Sensibilización

• Convocar a la Sociedad Civil a participar del proceso Convocatoria

• Disponer el registro de los agentes participante. Registro de

Agentes

• Implementar mecanismos de capacitación Capacitación

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FASE 2 - Concertación

• Taller de identificación y priorización de resultados

• Evaluación técnica de proyectos

• Taller de priorización de proyectos

Desarrollo de talleres de

trabajo

• Equipo técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del PP.

• Se presenta los resultados.

• Los miembros del CCR/CCLP/CCLD formalizan los acuerdos.

• Se conforma el Comité de Vigilancia.

Formalización de acuerdos y compromisos

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FASE 3 - Coordinación

• Implementar mecanismos de coordinación entre los GRs y GLs a fin de llegar acuerdos y compromisos en lo concerniente a gastos de inversión.

Coordinación

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FASE 4 - Formalización

• Los acuerdos y compromisos adoptados en PP se formalizan en el mes de junio.

• Los proyectos deben ser incluidos en el PIA del GRs o GLs, para su aprobación por el concejo Regional/Municipal.

• La GPPDC, elabora el cronograma de ejecución de proyectos

Formalización en el PIA de

los acuerdos y compromisos

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Comité de Vigilancia

El Comité de Vigilancia es un mecanismo creado para realizar

acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo

Es elegido por los agentes participantes como parte del Taller

de priorización y formalización de acuerdos y está conformado

por representantes de la sociedad civil. Este debe ser

reconocido formalmente por el Consejo Regional o Concejo

Local.

Requisitos para su elección:

• Ser agente participante y representar a una organización social de base o

institución privada, que forme parte del ámbito jurisdiccional

• Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el proceso participativo.

• No haber sido condenado por delitos o faltas.

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El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia es de cuatro (04)

miembros y dentro de sus principales funciones, se encuentran:

a. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo.

b. Vigilar cuales han sido los resultados que se vienen logrando de cara al avance en la ejecución

del PDC, así como en la solución de los principales problemas que aquejan a la población.

c. Vigilar que el gobierno regional o gobierno local cuente con un cronograma aprobado de

ejecución de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo.

d. Vigilar que los recursos del gobierno regional o gobierno local destinados al presupuesto

participativo del año fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos

asumidos.

e. Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor

provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identificados,

incluyendo los niveles de cobertura alcanzados.

f. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los

proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo.

g. Informar semestralmente, a los consejos de coordinación regional y local sobre los resultados de

la vigilancia.

h. Presentar un reclamo o denuncia al Consejo Regional o Concejo Municipal, a la Contraloría

General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren

indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la

implementación de los acuerdos adoptados en éste.

¿Cómo está conformado y cuáles son las funciones del Comité de Vigilancia?

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¿Qué otros actores participan también en la vigilancia y control del proceso?

Otros actores que también participan en la vigilancia del proceso del Presupuesto

Participativo son la Contraloría General de la República, la Dirección General del

Presupuesto Público, el Consejo Regional y el Concejo Municipal, repasemos su

funciones

Contraloría General de la República

• Supervisa el cumplimiento del proceso y de los acuerdos. Con relación a este último

punto, la Contraloría General de la República podrá requerir a los gobiernos

regionales o a los gobiernos locales las razones del incumplimiento de los acuerdos.

• El órgano de control institucional del Gobierno Regional y Gobierno Local, en el

marco de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, efectúa el control

gubernamental relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 28056 - Ley

Marco del Presupuesto Participativo y el presente Instructivo. En el caso que los

gobiernos locales no cuenten con una Oficina de Control Interno, la Contraloría

General de la República dispondrá las acciones pertinentes en el marco de sus

atribuciones.

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Dirección General del Presupuesto Público – DGPP

• Desarrolla programas de capacitación descentralizados, en el marco de la

capacitación a nivel regional y municipal a que se refiere la Ley de Bases de

Descentralización.

• Imparte las instrucciones y lineamientos del proceso participativo, registra los omisos

a la presentación de la Información en el Aplicativo Informático y la remisión del

Documento del Proceso del Presupuesto Participativo.

Consejo Regional y Concejo Municipal.

• Desarrolla acciones de seguimiento y fiscalización sobre el cumplimiento del

presupuesto participativo, así como de los acuerdos y compromisos asumidos en el

proceso.

• Fiscaliza los mecanismos de acceso y transparencia a la información pública en el

marco del presupuesto participativo

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Muchas Gracias