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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA TRABAJADORES/AS DE SERVICIOS DE ALIMENTOS Buenas Prácticas de Prevención, Seguridad y Actuación Frente a una emergencia.

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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA

TRABAJADORES/AS DE SERVICIOS DE ALIMENTOS

Buenas Prácticas de Prevención, Seguridad y Actuación Frente a una emergencia.

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INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 6

OBJETIVOS ................................................................................................................. 7

I.MÓDULO 1: ................................................................................................................ 8

FUNDAMENTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS .................................................... 8

1.1. Ley 16.744 Establece Normas Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales. ........................................................................................................... 8

i. El Seguro Social. ............................................................................................................... 9

ii. Seguro Social Contra Accidentes Del Trabajo Y Enfermedades Profesionales. .............. 11

iii. Las principales características de la Ley N° 16.744 se detallan a continuación: ........... 12

iv. Características de la Ley N° 16.744 ............................................................................... 12

v. Contingencias Cubiertas ................................................................................................ 14

vi. Administración Del Seguro ........................................................................................... 14

vii. Prestaciones de la Ley N° 16.744 ................................................................................. 15

viii. Obligaciones Del Estado: ............................................................................................. 16

ix. Obligaciones de los Organismos Administradores: ....................................................... 16

x. Obligaciones de la Empresa ........................................................................................... 16

xi. Obligaciones de los Trabajadores/as ............................................................................ 17

1.2. Decreto Supremo N° 40: Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales. ..... 19

1.2.1) Departamentos de Prevención de Riesgos Profesionales. ..................................... 20

1.2.2) Estadísticas de Accidentes del Trabajo .................................................................... 21

1.2.3) Ejercicios de lo aprendido ....................................................................................... 26

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1.2.4) Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad ........................................................ 29

1.2.5) De las Obligaciones de Informar de los Riesgos Laborales D.S. N° 40. ................... 32

1.3. Decreto Supremo N° 54: Constitución y Funcionamiento de los comités paritarios de

Higiene y Seguridad. .............................................................................................. 34

1.3.1) Exigibilidad del Comité Paritario ............................................................................. 35

1.3.2) Funciones y Atribuciones del CPHS ......................................................................... 36

1.3.3) Comité Paritario de Faena ....................................................................................... 39

1.4. Decreto Supremo N° 594: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales

Básicas en los lugares de trabajo. ........................................................................... 40

1.4.1) Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo ................................................ 41

1.4.2) De las Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos ............................... 42

1.4.3) De los Servicios Higiénicos ...................................................................................... 43

1.4.4) Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo. ............................................... 44

1.4.5) De las Guardarropías y Comedores ......................................................................... 45

1.4.6) De las Condiciones Ambientales ............................................................................. 46

1.4.7) Condiciones Generales de Seguridad ...................................................................... 47

1.4.8) Prevención y Protección Contra Incendios .............................................................. 48

1.4.9) Equipos de Protección Personal .............................................................................. 50

II.MÓDULO 2: ............................................................................................................. 51

RIESGOS EN EL TRABAJO. ...................................................................................... 51

2.1. El Concepto de Riesgo en el Trabajo ............................................................................. 51

2.1.1) Peligro ..................................................................................................................... 52

2.1.2) Riesgo ...................................................................................................................... 52

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2.1.3) Evaluación de Riesgos ............................................................................................. 52

2.2. Proceso de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER) ....................... 53

2.2.1) Características General de la MIPER. ...................................................................... 53

2.2.2) Clasificación de los Peligros. .................................................................................... 54

2.2.3) Pasos para la Elaboración de la MIPER .................................................................... 54

2.2.4) Proceso de Clasificación del Riesgo. ........................................................................ 56

2.3. Clasificación de accidentes más comunes y sus medidas preventivas aplicables. ........ 59

III.MÓDULO 3: ............................................................................................................ 83

ENFERMEDADES PROFESIONALES ........................................................................ 83

3.1. Enfermedades Profesionales ........................................................................................ 84

3.1.1) El Concepto de Enfermedad Profesional ................................................................. 84

3.2. Decreto Supremo N° 109: Reglamento para la Calificación y Evaluación de las

Enfermedades Profesionales. ................................................................................. 85

3.2.1) Riesgos de Enfermedades Profesionales y su Control ............................................. 85

3.2.2) Vías de Ingreso de los Agentes Contaminantes al Organismo ................................. 86

3.2.3) Los Agentes Contaminantes Ambientales ............................................................... 87

IV.MÓDULO 4: ........................................................................................................... 92

PRIMEROS AUXILIOS. ............................................................................................... 92

4.1. Conceptos Generales .................................................................................................... 93

4.1.1) Definición de Primeros Auxilios ............................................................................... 93

4.1.2) ¿Qué Hacer Frente a un Accidentado? .................................................................... 93

4.2. Valoración del Accidentado .......................................................................................... 94

4.2.1) Evaluación Primaria: ................................................................................................ 94

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4.2.2) Evaluación Secundaria: ........................................................................................... 95

4.3. Heridas. ........................................................................................................................ 97

4.3.1) Clasificación de Heridas ........................................................................................... 97

4.3.2) Medidas de Atención Para Detener una Hemorragia ............................................ 100

4.3.3) Punto de Compresión de Hemorragia en una Pierna ............................................ 102

4.3.4) Punto de Compresión en Hemorragia Profusa del Brazos ..................................... 103

4.3.5) Reglas Para El Cuidado de un Paciente Con Quemaduras: .................................... 108

V.MÓDULO 5: ........................................................................................................... 124

PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y USO DE EXTINTORES. ...................................... 124

5.1. Consideraciones Generales. ........................................................................................ 124

5.2. ¿Qué es un incendio? ................................................................................................. 125

5.3. Tetraedro del fuego .................................................................................................... 127

5.4. Combustibles. ............................................................................................................. 128

5.5. Tipos de Fuego. ........................................................................................................... 129

5.6. Principales Causas de Incendios y Prevención. ........................................................... 131

5.7. Formas de extinguir un fuego según como se actué sobre sus componentes. .......... 134

5.8. Extintores ................................................................................................................... 136

5.9. Tipo de Extintores ...................................................................................................... 137

5.10. Modo de operar un extintor. ................................................................................... 140

5.11. Recomendaciones para combatir el fuego mediante el uso de extintores. .............. 141

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INTRODUCCIÓN

Hoy día cuando los trabajadores/as deben ser el centro de la actividad

productiva, con mayor acento si es producción de servicios y en particular

cuando se trata de alimentar escolares, la preocupación por la calidad del

trabajo y de sus trabajadores/as debe ser prioritaria.

En este contexto, no cabe duda alguna que el principal activo de cualquier

empresa moderna lo constituyen sus trabajadores/as. Bajo este concepto, se

hace imprescindible que las organizaciones adopten las medidas mínimas para

establecer adecuados canales de capacitación y que implementen las

condiciones adecuadas de seguridad e higiene, destinadas a lograr el mejor

desempeño en todas las áreas.

El presente manual incorporará estudios realizados para un número significativo

de manipuladoras de alimentos del programa de alimentación escolar (dos

tercios de los trabajadoras/es de la actividad, en un seguimiento de un año).

Estudio realizado por la Red de Alimentación Escolar para América Latina y

mostrado en el III Seminario Latinoamericano de Alimentación Escolar.

Además incorporará una serie de talleres en base a propuestas que se harán

con ejemplos de la actividad. Se espera que estas discusiones generen

propuestas para implementar en el trabajo, así como para definir situaciones

que aparecen poco claras en la legislación para este tipo de actividad.

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OBJETIVOS

Los principales objetivos generales de este curso son: Facilitar el

conocimiento y fomentar el cumplimiento de las normas de prevención de

riesgos y enfermedades profesionales en el trabajo habitual de los

manipuladores/as de alimentos. Concientizar a los alumnos de los riesgos del

trabajo en la producción de servicios de alimentos y de la importancia del

autocuidado en el trabajo, todo esto en el marco de una mejor calidad del

trabajo

En cuanto a los objetivos específicos, este curso de prevención de riesgos

está dirigido a los manipuladores/as de alimentos del programa de alimentación

escolar, a los que se desea revisen, caractericen, controlen y prevengan los

riesgos de accidentes y enfermedades laborales en toda la línea de

elaboración, almacenamiento, conservación, producción y servicio de alimentos.

Por otro lado que adquiera el conocimiento de los beneficios y sus obligaciones

como trabajadores/as, de las responsabilidades y deberes del empleador, así

como del sistema administrador de la ley 16.744.

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I. MÓDULO 1:

FUNDAMENTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

1.1. Ley 16.744 Establece Normas Sobre Accidentes del Trabajo y

Enfermedades Profesionales.

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i. El Seguro Social.

La Protección de la Salud, es un derecho fundamental que permite que

los trabajadores/as, puedan integrarse adecuadamente a la sociedad y

desarrollarse laboral, familiar y socialmente.

La OIT en el año 1991, define la seguridad social como: “la protección

que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de

medidas públicas contra las privaciones económicas y sociales que de

no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los

ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente del trabajo o

enfermedad profesional, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y

también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las

familias con hijos”.

Así, el objetivo de la seguridad social es velar por las personas que

están en imposibilidad (sea temporal o permanente), de obtener un

ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras

excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades,

proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados

bienes o servicios.

El Estado a través de diversas políticas públicas ha generado

mecanismos que van a resguardar este derecho, por medio del Seguro

Social de Salud, que brinda de manera Solidaria atención de salud a la

población en general cuando sufre un accidente o enfermedad.

La seguridad social en Chile es de antigua data, ya en el siglo pasado

se conformaron diversas mutuales por iniciativas privadas de grupos de

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trabajadores/as. Sin embargo, es a fines de la década del 1920, en que

aparece en escena la seguridad social moderna, con programas

estatales financiados con aportes obligatorios provenientes de la

productividad del trabajo y con impuestos generales.

Sumado a lo anterior, la Constitución de la República de Chile, a través

de La ley Nº 18.469, de 23 de Noviembre de 1985, vino a regular el

ejercicio del derecho constitucional a la protección en salud que

contempla para todas las personas en el Nº 9 del artículo 19° de la

Carta Fundamental. Según el artículo 1º de la ley, su ejercicio

comprende el libre e igualitario acceso a las condiciones de promoción,

protección y recuperación de la salud y aquellas que estén destinadas a

la rehabilitación del individuo, así como la libertad de elegir el sistema

de salud estatal o privado al cual cada persona desee acogerse.

Cabe señalar en este aspecto que el Seguro Social esta subdividido de

acuerdo al tipo de prestación que se administra. En este aspecto

existen las AFP (Administradoras de los Fondos de Pensiones), Las

ISAPRES y FONASA que administran la salud común, es decir lo no

laboral, además de otras prestaciones, y las MUTUALIDADES que

administran el Seguro Social Contra Accidentes del Trabajo y

Enfermedades Profesionales, normado por la ley 16.744.

Ilustración N° 1: Seguro Social de Salud en Chile

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ii. Seguro Social Contra Accidentes Del Trabajo Y Enfermedades Profesionales.

Para efectos de este curso nos centraremos en la importancia de la Ley

16.744. Este seguro social contra Accidentes del Trabajo y

Enfermedades Profesionales, tiene sus orígenes en Chile durante el

año 1916, por la promulgación de la Ley orgánica 3.170, que cubría

solo los accidentes del trabajo, y que luego es modificada por la Ley N°

4.055, en que se incluyen las enfermedades profesionales. El criterio

que fundamenta estas normativas es eminentemente compensatorio,

esto es, desde el punto de vista las prestaciones médicas y

económicas.

Posteriormente, en el año 1968 se promulga La Ley N° 16.744 sobre

accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, la cual introduce

cambios muy importantes, pues en ella no sólo se contempla el aspecto

compensatorio de la normativa anterior, sino que se preocupa de

incorporar los aspectos relacionados con la prevención de riesgos.

Asimismo, la Ley N° 16.744 involucra a todos: trabajadores/as,

empresarios, organismos administradores y el estado. Por ejemplo, el

comité paritario de higiene y seguridad es un actor relevante en la

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conducción de la prevención de riesgos en las empresas y la ley

contempla la constitución y funcionamiento de los mismos, en que los

trabajadores/as tienen la oportunidad de participar.

iii. Las principales características de la Ley N° 16.744 se detallan a continuación:

Objetivos de la Ley N° 16.744

Hacer prevención en los lugares de trabajo, con la finalidad de

prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Curar o sanar mediante el otorgamiento de prestaciones médicas al

trabajador y así restituirle su capacidad de trabajo.

Rehabilitar profesionalmente al trabajador accidentado o enfermo

profesional, otorgando prestaciones económicas durante el período

de incapacidad, como compensación de las consecuencias a causa

del accidente o enfermedad profesional, incluyendo el caso de

muerte.

iv. Características de la Ley N° 16.744

Esta Ley cumple con todos los principios de la Seguridad Social

Moderna, tales como:

Solidaridad: Permite distribuir los aportes de aquellos que cotizan

más, a favor de los que cotizan menos.

Universalidad: Protege a todos los trabajadores/as (incluso cubre

también a los estudiantes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto

Supremo N° 313).

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Integridad: Todos los recursos se destinan al trabajador, desde

prevenir los riesgos ocupacionales, hasta las prestaciones médicas y

económicas, en caso de ocurrir el accidente o enfermedad

profesional.

Igualdad: Todos los trabajadores/as tienen los mismos derechos y

beneficios.

Personas Protegidas

Artículo 2° de la Ley 16 744. Estarán sujetas, obligatoriamente, a este

seguro, las siguientes personas:

a) Todos los trabajadores/as por cuenta ajena, cualesquiera que sean

las labores que ejecuten, sean ellas manuales o intelectuales, o

cualquiera que sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o

persona para quien trabajen; incluso los servidores domésticos y los

aprendices;

b) Los funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado,

municipales y de instituciones administrativamente descentralizadas del

Estado. (Inciso segundo derogado. Ley 18.269 Art. único N° 1)

c) Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen una

fuente de ingreso para el respectivo plantel;

d) Los trabajadores/as independientes. (En este punto, a modo de

información general, se recomienda explorar los alcances del D.S. 67

sobre incorporación de estos trabajadores/as a la cobertura de la ley.)

e) También están protegidos todos los estudiantes de establecimientos

municipalizados o particulares, por los accidentes que sufran a causa o

con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica

educacional (Decreto Supremo Nº 313).

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v. Contingencias Cubiertas

a) Accidente del Trabajo: Definido como: “Toda lesión que una

persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca

incapacidad o muerte”.

Dirigentes Gremiales: Se consideraran también accidentes del trabajo

los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con

ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.

Excepciones: Los accidentes debido a fuerza mayor extraña, que no

tengan relación alguna con el trabajo y los accidentes producidos

intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones

corresponderá al Organismo Administrador.

b) Accidente de Trayecto: Son todos los accidentes, que ocurren en el

trayecto directo, de ida y de regreso, entre la habitación y el lugar de

trabajo, y aquéllos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares

de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este

último caso, se considerara que el accidente dice relación con el trabajo

al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.

a) Enfermedades Profesionales: Definidas como: “Las producidas de

manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice

una persona y que le produzca incapacidad o muerte”. Las

enfermedades que se consideran como profesionales están

enumeradas en el Decreto Supremo Nº 109.

vi. Administración Del Seguro

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La administración del Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y

Enfermedades Profesionales, estará a cargo de:

Administración Estatal: Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Para las

entidades empleadoras adheridas a este organismo, su administración

será a través de los Servicios de Salud Regionales y del ISL.

Administración Privada: Mutualidades de Empleadores. Son

instituciones sin fines de lucro, administradas por un Directorio Paritario,

teniendo obligación legal de intervenir los excedentes en infraestructura

para atención de sus afiliados y reservas de pensiones.

Los organismos privados encargados de administrar la Ley

N° 16.744, deben además, dar una atención integral, médica y

económica a los trabajadores/as de sus entidades empleadoras

adherentes.

Deberán también otorgar, asesoría técnica en Prevención de Riesgos a

sus entidades empleadoras adherentes y trabajadores/as afiliados.

Administración Delegada: Son entidades empleadoras que están en

condiciones de solventar por sí mismas el Seguro Social contra

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales para sus

trabajadores/as, ocupan una planta habitual de dos mil o más

trabajadores/as y han sido autorizados por la Superintendencia de

Seguridad Social.

vii. Prestaciones de la Ley N° 16.744

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a) Prestaciones Preventivas: Cabe destacar, que uno de los objetivos

principales de la Ley 16.744 es evitar o disminuir al máximo las

probabilidades de daño a las personas a causa del trabajo. Con este fin,

establece una serie de obligaciones tanto para la Empresa como para

los trabajadores/as, además de indicar la creación de organismos o

entidades internas que se ocupen de este objetivo:

viii. Obligaciones Del Estado:

Súper vigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de

todos los sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de

Salud. (Art. Nº 65).

Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo

necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de

Salud y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68)

ix. Obligaciones de los Organismos Administradores:

Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que las empresas adheridas deban implantar.

Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional diferenciada. (Decreto

Supremo Nº 67)

x. Obligaciones de la Empresa

Los empleadores tienen obligación de informar oportuna y

convenientemente a todo sus trabajadores/as acerca de los riesgos

que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los

métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la

actividad de cada entidad empleadora. Mantener estadísticas de

siniestralidad al día.

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Mantener al día Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

Implantar todas las medidas de Higiene y Seguridad determinadas

por la Ley.

Proporcionar Elementos de Protección a los trabajadores/as en forma

gratuita.

Formar los Comités Paritarios cuando la industria o faena ocupe a

más de 25 trabajadores/as en un lugar de trabajo (D.S. Nº 54) cuya

función principal es la de cautelar el cumplimiento de las normas de

Higiene y Seguridad establecidas.

Toda entidad empleadora que ocupe más de 100 trabajadores/as

deberá contar con un Departamento de Prevención de Riesgos

Profesionales (D.S. Nº 40), dirigido por un Experto en la materia.

xi. Obligaciones de los Trabajadores/as

Cumplir con las obligaciones y prohibiciones establecidas en el

Reglamento Interno de Higiene y Seguridad de la empresa.

Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio

de Salud, Organismo Administrador, Departamento de Prevención

de Riesgos o Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Utilizar durante toda la jornada y cuidar los Elementos de

Protección Personal proporcionados por la empresa.

Acudir a exámenes médicos de control.

Participar activamente en las actividades de prevención de riesgos

efectuadas a través del Comité Paritario.

Prestaciones Médicas: El segundo gran objetivo de la Ley es entregar

una serie de beneficios al trabajador afectado por un accidente.

Las prestaciones médicas se otorgarán gratuitamente a los

trabajadores/as que sufran algún accidente del trabajo, trayecto o una

enfermedad profesional, cubriendo desde la atención médica primaria o

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de urgencia, hasta la rehabilitación completa o mientras subsistan los

síntomas de las secuelas. Por ello, un trabajador accidentado, tiene

derecho a:

Atención médica, quirúrgica y dental.

Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.

Medicamentos y productos farmacéuticos

Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.

Rehabilitación física, síquica y reeducación profesional.

Los gastos de traslado y cualquier otro que sea necesario para el

otorgamiento de estas prestaciones

Prestaciones Económicas: Para que el trabajador lesionado

mantenga su ingreso económico mientras dure el tratamiento y esté con

licencia, la Ley le otorga prestaciones económicas que dependerán de

las incapacidades que haya experimentado (Pérdida de Capacidad de

Ganancia). Las prestaciones económicas del Seguro Social contra

Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales son:

Por Incapacidad Temporal: Se entiende por incapacidad temporal a

toda lesión que se origina por un accidente del trabajo o enfermedad

profesional y que luego del tratamiento médico, permite la recuperación

total del trabajador y su reintegro al trabajo.

En caso de incapacidad temporal, el trabajador tiene derecho a recibir

un subsidio diario equivalente al 100% del promedio de las

remuneraciones mensuales netas (remuneraciones imponibles menos

los descuentos previsionales y los impuestos correspondientes a esta

remuneración) que se hayan devengado en los tres meses calendario

más próximos al mes en que se inicia la licencia.

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El subsidio se cancela hasta por un período máximo de 52 semanas,

pudiendo extenderse como máximo a 104 semanas.

Por Incapacidad Permanente (Invalidez): Considera una situación de

invalidez cuando la lesión causada por el accidente de trabajo o la

enfermedad profesional produce consecuencias de carácter

permanente, afectando la capacidad de ganancia del trabajador, al

quedar físicamente disminuido.

De acuerdo a la disminución o pérdida de la capacidad de ganancia del

trabajador, las prestaciones económicas son las siguientes:

Indemnización: si existe una invalidez parcial entre un 15% y hasta

37,5 % de Pérdida de Capacidad de Ganancia (P.C.G).

Pensión Parcial: si la Pérdida de Capacidad de Ganancia varía entre

40% y menos de un 70%.

Pensión Total: si la Pérdida de Capacidad de Ganancia igual o mayor a

un 70%.

Gran Invalidez: cuando la persona requiere de auxilio de terceros para

realizar los actos elementales de la vida.

Pensión por supervivencia: se originan cuando el accidente o

enfermedad produce la muerte del trabajador o inválido pensionado.

1.2. Decreto Supremo N° 40: Reglamento sobre Prevención de Riesgos

Profesionales.

Decreto Supremo publicado el 07 de marzo de 1969, estableciendo las

normas que regirán la aplicación del Título VII, sobre prevención de riesgos

profesionales y de las demás disposiciones sobre igual materia contenidas

en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del

trabajo y de enfermedades profesionales. Asimismo, establece normas para

la aplicación del artículo 171 del Código del Trabajo.

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Dentro de sus principales indicaciones reglamentarias, se pueden

contextualizar lo siguiente:

1.2.1) Departamentos de Prevención de Riesgos Profesionales.

Se entenderá por Departamento de Prevención de Riesgos

Profesionales aquellas dependencias a cargo de planificar, organizar,

asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para

evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Toda empresa que ocupe más de 100 trabajadores/as deberá contar

con un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales dirigido

por un experto en la materia. La organización de este Departamento

dependerá del tamaño de la empresa y la importancia de los riesgos,

pero deberá contar con los medios y el personal necesario para

asesorar y desarrollar las siguientes acciones mínimas:

Reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes o

enfermedades profesionales.

Control de riesgos en el ambiente o medios de trabajo.

Acción educativa de prevención de riesgos y de promoción de la

capacitación y adiestramiento de los trabajadores/as.

Registro de información y evaluación estadística de resultados.

Asesoramiento técnico a los comités paritarios, supervisores y líneas

de administración técnica.

Los Departamentos de Prevención de Riesgos deberán estar a cargo

de un experto de categoría profesional o técnico. El tamaño de la

empresa y la importancia de sus riesgos determinarán la categoría del

experto y definirán si la prestación de sus servicios será a tiempo

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completo o a tiempo parcial.

El tamaño de la empresa se medirá por el número de trabajadores/as y

la importancia de los riesgos se definirá por la cotización adicional

genérica contemplada en el Decreto N° 110 de 1968, del Ministerio del

Trabajo y Previsión Social.

En las empresas cuya cotización adicional genérica sea de 0,00% ó

0,85%, los Departamentos de Prevención de Riesgos podrán estar a

cargo, indistintamente, de un experto de cualquiera de las dos

categorías si el número de trabajadores/as es inferior a 1000, y a cargo

de un experto profesional si dicho número es igual o superior a la

mencionada cifra.

En aquella empresa cuya cotización adicional genérica de 1,70%, el

Departamento de Prevención de Riesgos podrá ser dirigido por un

experto de cualquiera de las dos categorías si el número de

trabajadores/as es inferior a 500, y cargo de un experto profesional si

dicho número es igual o superior a dicha cifra.

Si la cotización adicional genérica es de 2,55%, el Departamento de

Prevención de Riesgos deberá ser dirigido por un experto profesional,

independiente del número de trabajadores/as de la empresa.

1.2.2) Estadísticas de Accidentes del Trabajo

Las empresas están obligadas a llevar estadísticas completas de

accidentes y enfermedades profesionales, y computarán como mínimo

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la tasa mensual de frecuencia y la tasa semestral de gravedad de los

accidentes del trabajo.

Se entenderá por tasa de frecuencia el número de lesionados por

millón de horas trabajadas por todo el personal en el período

considerado; y por tasa de gravedad el número de días de ausencia al

trabajo de los lesionados por millón de horas trabajadas por todo el

personal en el período considerado.

Se incluirán en las tasas los lesionados cuya ausencia al trabajo haya

sido igual o superior a una jornada normal. Del mismo modo se incluirán

aquellos casos llamados de trabajo liviano, en que el accidentado no se

ausenta del trabajo, pero está impedido de efectuar su actividad

habitual.

Las tasas de accidentabilidad y de siniestralidad corresponden a dos

tasas ampliamente usadas para caracterizar la cantidad de accidentes y

la cantidad de días perdidos por estos. La tasa de siniestralidad se

utiliza además para calcular las sobretasas que deben pagar las

empresas al sistema Mutual tanto privado como estatal.

Tasa de accidentabilidad: Cantidad de accidentes en el período X 100 Promedio de trabajadores/as en el período

Tasa de siniestralidad: Cantidad de días perdidos en el período X 100 Promedio de trabajadores/as en el período

A continuación se muestra a las empresas del PAE con sus respectivas Tasas de

Accidentabilidad (T. Acc.) y Siniestralidad (T. Sin.). Estos antecedentes fueron

recogidos para 22 empresas.

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Tabla 1. Tasas de accidentabilidad y siniestralidad por empresas.

De la Tabla 1, se calcula la Tasa de Accidentabilidad para el total de las

empresas resultando un valor de 4,56. De igual forma la Tasa de

Siniestralidad del sector es 46.

Gráfico 1.Tasas de accidentabilidad y siniestralidad por empresas

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Empresas T. Acc.12 m

T. Sin.12 m

1 2.41 22 3.17 383 4.39 424 0.00 05 5.17 346 7.64 997 5.09 388 5.00 559 2.94 22

10 10.90 5211 2.27 912 3.96 3913 2.76 8614 1.45 1315 5.15 6116 11.00 9617 19.51 10018 4.84 7519 3.25 320 3.17 3821 6.02 4222 6.70 8323 4.52 53

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0.00

5.00

10.00

15.00

20.00

25.00

7947

9

1258

6

1004

5

9940

3

8834

7

8757

4

3499

1

8221

9

8899

6

4893

4

5503

2

6053

9300

7

8272

8

8054

1

8473

6

8776

5

1019

6

9980

4

1258

6

1015

9

8892

5

9127

9

Empresa

Tas

a d

e A

ccid

enta

bil

idad

0

20

40

60

80

100

120

Tas

a d

e S

inie

stra

lid

ad

tasa deaccidentabilidad

tasa des inies tralidad

En el gráfico, se puede ver que las tasas de accidentabilidad y

siniestralidad siguen una tendencia similar, la cual es muy variable. En

los puntos donde las curvas se separan significativamente, indica que

hay un aumento de la gravedad en los accidentes.

Es interesante comparar para este mismo período de observación las

Tasas de accidentabilidad del país y la encontrada para este sector. La

Tasa de accidentabilidad para ese año a nivel nacional fue de 5,3 y la

estimada para este sector fue 4,56, pero si comparamos esta misma

Tasa con la que muestra el sector servicios a nivel nacional que es de

3,8, resulta que es mayor la accidentabilidad que muestran las

empresas de servicios de alimentos del PAE, lo que puede ser más

importante aun teniendo presente que el valor de 4,56 es para un año y

durante este periodo hay meses en que no debiera haber

accidentabilidad ya que la actividad es mínima.

Análisis de los accidentes ocurridos

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Masa laboral, total de accidentes y días perdidos para el periodo de

abril de 2009 a marzo de 2010.

Tabla 2. Masa Laboral, total de accidentes y días perdidos.

Mes Masa laboralNº accidentes

totales Días perdidos totalesAbril 19549 97 813Mayo 19578 70 886Junio 19736 105 956Julio 19989 62 787Agosto 20368 116 1034Septiembre 20234 87 1024Octubre 20304 93 968Noviembre 20606 93 774Diciembre 19923 42 549Enero 16672 21 410Febrero 15665 21 245Marzo 19272 75 463

TOTAL 882 8909

De los totales de la Tabla 2, se deduce que por cada accidente hay 10.1 día perdido.

Gráfico 2. Del Número de accidentes totales y días perdidos.

Debe considerarse que el período analizado no todas las trabajadoras

del programa tenían contratos indefinidos como se muestra en la masa

laboral para los meses de Enero, Febrero, meses en que además los

accidentes son menores por que la actividad es muy poca.

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Otro concepto, es que esta actividad venía de una situación laboral de

trabajadoras con régimen de contratación temporal por lo que la

preocupación por materias de Prevención era muy menor y las

notificaciones de accidentes estaban subnotificados.

1.2.3) Ejercicios de lo aprendido

1° Índice de Frecuencia:

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Es la tasa utilizada para indicar la cantidad de accidentes por lesiones

incapacitantes, más de una jornada de trabajo perdida por cada millón

de horas hombre trabajadas (M.H.H.T.) en un período determinado,

puede ser mensual, trimestral, semestral o anual.

I.F. = N° D E ACC. INCAPACITANTES * 1.000.000 H.H.T.

Ej.: Una empresa con 200 trabajadores/as ha tenido durante un mes 5

acc. Incapacitantes y 40.000 H.H.T. ¿cuál es el I.F.?

I.F. = 5 * 1.000.000 = 125 40.000

En este caso, la empresa del ejemplo tiene un I.F. de 125 lo que significa que por

cada millón de H.H.T. la empresa tiene 125 acc. Con lesiones incapacitantes.

2 ° Índice de Gravedad:

Es la tasa utilizada para indicar la gravedad de las lesiones ocurridas

por accidentes del trabajo por cada millón de H.H.T.

El período considerado para el cálculo de este índice puede ser

semestral o anual.

I.G. = DIAS PERDIDOS * 1.000.000 H.H.T.

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Ej.: Una empresa tiene 20 acc. en 6 meses, que significan 120 días

perdidos en 240.000 H.H.T. ¿ cuál es el índice de gravedad en la

empresa ?

I.G. = 120 * 1.000.000 = 500 días perdidos 240.000

En este caso, la empresa tiene un I.G. de 500, lo que significa que de cada un

M.H.H.T. ha tenido 500 días perdidos de trabajo por accidentes.

Cuando las lesiones producidas han causado incapacidades permanentes con

pérdidas de órganos como por ejemplo: manos, pies, etc., se consideran además

de los días perdidos ya descritos en la fórmula, los días de cargo correspondientes

a los órganos del cuerpo por ejemplo por una mano = 100 (existe una tabla para

señalar los distintos días de cargo).

3° Índice de Accidentabilidad:

Normalmente se utiliza como un medio de medida más simple pero no

menos importante, es el índice de accidentabilidad.; es el porcentaje de

accidentes ocurridos en relación al número de trabajadores/as de la

empresa.

I.A. = N° DE ACCIDENTES x 100 = N° DE TRABAJADORES/AS

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Ejemplo:

En una empresa que tiene 520 trabajadores/as se producen 13

accidentes ¿cuál es el índice de accidentabilidad?

I.A. = 13 X 100 = 2.5 % 520

Si sumamos los tres índices obtenidos de los tres ejercicios vamos a tener como

resultado el índice de responsabilidad (I.R.) de una empresa, en este caso resulta

ser : 621.5;. Cuando el índice de responsabilidad es mayor de 500, significa que

un millón de hombre hora (1 M.H.H.) tuvo 621.5 posibilidades de riesgo.

1.2.4) Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad

Toda empresa o entidad estará obligada a establecer y mantener al día

un reglamento interno de seguridad e higiene en el trabajo, cuyo

cumplimiento será obligatorio para los trabajadores/as. La empresa o

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entidad deberá entregar gratuitamente un ejemplar del reglamento a

cada trabajador.

El reglamento deberá comprender como mínimo un preámbulo y cuatro

capítulos destinados respectivamente a disposiciones generales,

obligaciones, prohibiciones y sanciones. Además, deberá reproducir el

procedimiento de reclamos establecido por la Ley Nº 16.744 y por su

reglamento.

El reglamento, o sus modificaciones posteriores, no requerirán la

aprobación previa del Servicio Nacional de Salud (Seremi de Salud

respectiva), pero éste podrá revisar su texto e introducir innovaciones

cuando lo estime conveniente.

El reglamento será sometido a la consideración del Comité Paritario de

Higiene y Seguridad con 15 días de anticipación a la fecha en que

empiece a regir. Si en la empresa no existe Comité, el reglamento se

pondrá en conocimiento del personal con la misma anticipación,

mediante carteles fijados en dos sitios visibles al local del trabajo.

Dentro del plazo indicado, el Comité o los trabajadores/as, según

proceda, podrán formular las observaciones que les merezca el

reglamento. Las observaciones aceptadas serán incorporadas al texto,

que se entenderá modificado en la parte pertinente. En caso de

desacuerdo entre la empresa y los trabajadores/as o de reclamaciones

de algunas de las partes sobre el contenido del reglamento o sus

modificaciones, decidirá el Servicio Nacional de Salud.

El reglamento Interno tendrá una vigencia de un año, pero se entenderá

prorrogado automáticamente, por períodos iguales, si no ha habido

observaciones por parte del

Departamento de Prevención o del Comité Paritario de Higiene y

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Seguridad, o a falta de éstos de la empresa o de los trabajadores/as.

Respecto al contenido obligatorio que debe poseer el Reglamento

Interno de Higiene y Seguridad, se debe considerar los siguientes

aspectos:

En el capítulo sobre disposiciones generales se podrán incluir normas

sobre materias tales como los procedimientos para exámenes médicos

o psicotécnicos del personal, sean pre-ocupacionales o posteriores; los

procedimientos de investigación de los accidentes que ocurran; las

facilidades a los Comités Paritarios para cumplir su cometido; la

instrucción básica en prevención de riesgos a los trabajadores/as

nuevos; la responsabilidad de los niveles ejecutivos intermedios; las

especificaciones de elementos de protección personal en relación con

tipos de faenas, etc

El capítulo sobre obligaciones deberá comprender todas aquellas

materias cuyas normas o disposiciones son de carácter imperativo para

el personal, tales como el conocimiento y cumplimiento del reglamento

interno; el uso correcto y cuidado de los elementos de protección

personal; el uso u operancia de todo elemento, aparato o dispositivo

destinado a la protección contra riesgos; la conservación y buen trato

de los elementos de trabajo entregados para uso del trabajador; la

obligatoriedad de cada cual de dar cuenta de todo síntoma de

enfermedad profesional que advierta o de todo accidente personal que

sufra, por leve que sea; la cooperación en la investigación de

accidentes, la comunicación de todo desperfecto en los medios de

trabajo que afecten la seguridad personal; el acatamiento de todas las

normas internas sobre métodos de trabajo u operaciones, o medidas de

higiene y seguridad; la participación en prevención de riesgos de

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capataces, jefes de cuadrillas, supervisores, jefes de turno o sección y

otras personas responsables.

En el capítulo sobre prohibiciones se enumeran aquellos actos o

acciones que no se permitirán al personal por envolver riesgos para sí

mismos u otros o para los medios de trabajo. Estas prohibiciones

dependerán de las características de la empresa; pero, en todo caso, se

dejará establecido que no se permitirá introducir bebidas alcohólicas o

trabajar en estado de embriaguez; retirar o dejar inoperantes elementos

o dispositivos de seguridad e higiene instalados por la empresa; destruir

o deteriorar material de propaganda visual o de otro tipo destinado a la

promoción de la prevención de riesgos; operar o intervenir maquinarias

o equipo sin autorización; ingerir alimentos o fumar en ambientes de

trabajo en que existan riesgos de intoxicaciones o enfermedades

profesionales; desentenderse de normas o instrucciones de ejecución o

de higiene y seguridad impartidas para un trabajo dado.

En este mismo capítulo se mencionará todos aquellos actos que sean

considerados como faltas graves que constituyan una negligencia

inexcusable.

El reglamento, además, deberá contemplar sanciones a los

trabajadores/as que no lo respeten en cualquiera de sus partes. Las

sanciones consistirán en multas en dinero que serán proporcionales a la

gravedad de la infracción, pero no podrán exceder de la Cuarta parte

del salario diario y serán aplicadas de acuerdo con lo dispuesto por el

artículo 153 del Código del Trabajo. Estos fondos se destinarán a

otorgar premios a los obreros del mismo establecimiento o faena, previo

el descuento de un 10% para el fondo destinado a la rehabilitación de

alcohólicos que establece la Ley N° 16.744.

1.2.5) De las Obligaciones de Informar de los Riesgos Laborales D.S. N° 40.

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Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y

convenientemente a todos sus trabajadores/as acerca de los riesgos

que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos

de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de

cada empresa.

Especialmente deben informar a los trabajadores/as acerca de los

elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos

de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos

(fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición

permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y

sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para

evitar tales riesgos.

Los empleadores deberán dar cumplimiento a las obligaciones de

informar de los riesgos a través de los Comités Paritarios de Higiene y

Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento

de contratar a los trabajadores/as o de crear actividades que implican

nuevos riesgos.

Cuando en la respectiva empresa no existan los Comités o los

Departamentos mencionados en el inciso anterior, el empleador deberá

proporcionar la información correspondiente en la forma que estime

más conveniente y adecuada.

Según lo visto anteriormente

La empresa donde trabaja tiene reglamento interno de higiene y seguridad

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Cuando recibió el reglamento interno, entendió su contenido

Que modificaría, agregaría o eliminaría en el reglamento interno de su empresa

Le han informado de los riesgos inherentes a sus labores de manipulador

Ud. Conoce sus derechos, deberes y obligaciones

1.3. Decreto Supremo N° 54: Constitución y Funcionamiento de los

comités paritarios de Higiene y Seguridad.

Publicado el 11 de marzo de 1969, conforme a lo establecido en el Artículo

66 de la Ley N° 16.744, aprueba el reglamento para la constitución y

funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

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1.3.1) Exigibilidad del Comité Paritario

En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25

personas se organizarán Comités Paritarios de Higiene y Seguridad,

compuestos por representantes patronales y representantes de los

trabajadores/as, cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las

atribuciones que les encomienda la Ley Nº 16.744, serán obligatorias

para la empresa y los trabajadores/as.

Si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el

mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas deberá organizarse

un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de

duda, si procede o no que se constituya el Comité Paritario de Higiene y

Seguridad.

Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad estarán compuestos por

tres representantes patronales y tres representantes de los

trabajadores/as. Por cada miembro titular se designará, además, otro

en carácter de suplente.

La designación de los representantes patronales deberá realizarse con

15 días de anticipación a la fecha en que cese en sus funciones el

Comité Paritario de Higiene y Seguridad que deba renovarse y los

nombramientos se comunicarán a la respectiva Inspección del Trabajo

por carta certificada, y a los trabajadores/as de la empresa o faena,

sucursal o agencia por avisos colocados en el lugar de trabajo.

La elección de los representantes de los trabajadores/as se efectuará

mediante votación secreta y directa convocada y presidida por el

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presidente del Comité Paritario de Higiene y Seguridad que termina su

período, con no menos de 15 días de anticipación a la fecha en que

deba celebrarse, por medio de avisos colocados en lugares visibles de

la respectiva industria o faena.

1.3.2) Funciones y Atribuciones del CPHS

Son funciones de los Comités de Higiene y Seguridad:

1.- Asesorar e instruir a los trabajadores/as para la correcta utilización

de los instrumentos de protección. Para este efecto, se entenderá por

instrumentos de protección, no sólo el elemento de protección personal,

sino todo dispositivo tendiente a controlar riesgos de accidentes o

enfermedad en el ambiente de trabajo, como ser protecciones de

máquinas, sistemas o equipos de captación de contaminación del aire,

etc.

La anterior función la cumplirá el Comité Paritario de preferencia

por los siguientes medios:

a. Visitas periódicas a los lugares de trabajo para revisar y efectuar

análisis de los procedimientos de trabajo y utilización de los medios

de protección impartiendo instrucciones en el momento mismo.

b. Utilizando los recursos, asesorías o colaboraciones que se pueda

obtener de los organismos administradores;

c. Organizando reuniones informativas, charlas o cualquier otro medio

de divulgación.

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2. Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los

trabajadores/as, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.

Para estos efectos, el Comité Paritario desarrollará una labor

permanente, y, además, elaborará programas al respecto. Para la

formulación de estos programas se tendrán en cuenta las siguientes

normas generales:

a. El o los Comités deberán practicar una completa y acuciosa revisión

de las maquinarias, equipos e instalaciones diversas; del

almacenamiento, manejo y movimiento de los materiales, sean

materias primas en elaboración, terminadas o desechos; de la

naturaleza de los productos o subproductos; de los sistemas,

procesos o procedimientos de producción; de los procedimientos y

maneras de efectuar el trabajo sea individual o colectivo y tránsito del

personal; de las medidas, dispositivos, elementos de protección

personal y prácticas implantadas para controlar riesgos, a la salud

física o mental y, en general, de todo el aspecto material o personal

de la actividad de producción, mantenimiento o reparación y de

servicios, con el objeto de buscar e identificar condiciones o acciones

que puedan constituir riesgos posibles accidentes o enfermedades

profesionales.

b. Complementación de la información obtenida en el punto a) con un

análisis de los antecedentes que se dispongan, escritos o verbales,

de todos los accidentes ocurridos con anterioridad durante un

período tan largo como sea posible, con el objeto de relacionarlos

entre sí;

c. Jerarquización de los problemas encontrados de acuerdo con su

importancia o magnitud. Determinar la necesidad de asesoría técnica

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para aspectos o situaciones muy especiales de riesgos o que

requieren estudios o verificaciones instrumentales o de laboratorio

(enfermedades profesionales) y obtener esta asesoría del organismo

administrador;

d. Fijar una pauta de prioridades de las acciones, estudiar o definir

soluciones y fijar plazos de ejecución, todo ello armonizando la

trascendencia de los problemas con la cuantía de las posibles

inversiones y la capacidad económica de la empresa;

e. Controlar el desarrollo del programa y evaluar resultados.

3. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades

profesionales que se produzcan en la empresa. Para estos efectos será

obligación de las empresas a quienes la ley no exige tener

Departamento de Riesgos Profesionales llevar un completo registro

cronológico de todos los accidentes que ocurrieren, con indicación a lo

menos de los siguientes datos:

a. Nombre del accidentado y su trabajo;

b. Fecha del accidente, alta y cómputo del tiempo de trabajo perdido

expresado en días u horas;

c. Lugar del accidente y circunstancias en que ocurrió el hecho,

diagnóstico y consecuencias permanentes si las hubiere;

d. Tiempo trabajado por el personal mensualmente, ya sea total para

la empresa o por secciones o rubro de producción, según

convengan

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e. Índice de frecuencia y de gravedad, el primero mensualmente y el

segundo cuando sea solicitado, pero en ningún caso por períodos

superiores a 6 meses.

4. Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a

negligencia inexcusable del trabajador.

5. Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que

sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.

1. Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el

organismo administrador respectivo.

7. Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la

capacitación profesional de los trabajadores/as en organismos públicos

o privados autorizados para cumplir esa finalidad o en la misma

empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos

organismos.

1.3.3) Comité Paritario de Faena

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 76,

de 2007, Reglamento para la aplicación del artículo 66 de la ley 16.744,

sobre materias relativas a la seguridad y salud en el trabajo, la empresa

principal deberá adoptar las medidas necesarias para la constitución y

funcionamiento de un Comité Paritario de Faena, cuando el total de

trabajadores/as que prestan servicios en la obra, faena o servicios

propios de su giro, cualquiera sea su dependencia, sean más de 25,

entendiéndose que los hay cuando dicho número se mantenga por más

de treinta días corridos. La constitución del referido Comité Paritario

debe regirse por lo dispuesto en el D.S. Nº 54, de 1969

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La norma legal establece que cuando la empresa principal tenga

constituido el Comité Paritario de Higiene y Seguridad en la respectiva

obra, faena o servicio, de acuerdo al D.S. N° 54, éste podrá asumir las

funciones del Comité Paritario de Faena. En caso contrario, deberá

ceñirse a las siguientes normas para su constitución y la designación y

elección de sus miembros: el comité estará constituido por 6 miembros,

integrado por tres representantes de los trabajadores/as y tres de los

empleadores; la empresa principal deberá integrar en todos los casos el

Comité Paritario de Faena con, al menos, un representante que designe

al efecto y uno de sus trabajadores/as. Además, deberá integrar al

Comité, al menos, un representante del empleador y uno de los

trabajadores/as de una o dos de las empresas contratistas o

subcontratistas, a elección de la empresa principal, cuya permanencia

en la obra, faena o servicios sea igual o superior a treinta días, y que

tengan mayor número de trabajadores/as. En aquellos casos en que

existan empresas que tengan igual número de trabajadores/as, éstas se

deberán seleccionar de acuerdo al riesgo inherente a sus labores y a la

permanencia que tendrán en la obra, faena o servicios.

1.4. Decreto Supremo N° 594: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias

y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

Publicado el 15 de septiembre de 1999, modificado el 28 de junio del 2012,

agregándose en el párrafo III del título IV, a continuación del punto 9. El

punto nro. 10.- Sobre la Hipobaria Intermitente Crónica por Gran Altitud,

considerando la necesidad de actualizar las disposiciones vigentes

destinadas a velar porque en los lugares de trabajo existan condiciones

sanitarias y ambientales que resguarden la salud y el bienestar de las

personas que allí se desempeñan, incorporando los adelantos técnicos y

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científicos ocurridos, aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y

Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

En términos generales, el Decreto Supremo N° 594 establece las

condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar

de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado

o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales.

Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a

agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia

biológica para trabajadores/as expuestos a riesgo ocupacional.

Para todos los efectos de este reglamento, la empresa está obligada a

mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales

necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores/as que en

ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de

terceros contratistas que realizan actividades para ella. Dentro de las

indicaciones más importantes de higiene y seguridad, se encuentran los

siguientes puntos:

1.4.1) Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo

Para todos los casos, la construcción, reconstrucción, alteración,

modificación y reparación de los establecimientos y locales de trabajo

en general, se deberán regir por la Ordenanza General de Urbanismo y

Construcciones vigente. Considerándose además:

Los pavimentos y revestimientos de los pisos serán, en general, sólidos

y no resbaladizos. En aquellos lugares de trabajo donde se almacenen,

fabriquen o manipulen productos tóxicos o corrosivos, de cualquier

naturaleza, los pisos deberán ser de material resistente a éstos,

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impermeables y no porosos, de tal manera que faciliten una limpieza

oportuna y completa. Cuando las operaciones o el proceso expongan a

la humedad del piso, existirán sistemas de drenaje u otros dispositivos

que protejan a las personas contra la humedad.

Las paredes interiores de los lugares de trabajo, los cielos rasos,

puertas y ventanas y demás elementos estructurales, serán mantenidos

en buen estado de limpieza y conservación, y serán pintados, cuando el

caso lo requiera, de acuerdo a la naturaleza de las labores que se

ejecutan.

Los pasillos de circulación serán lo suficientemente amplios de modo

que permitan el movimiento seguro del personal, tanto en sus

desplazamientos habituales como para el movimiento de material, sin

exponerlos a accidentes. Así también, los espacios entre máquinas por

donde circulen personas no deberán ser inferiores a 150 cm.

Además, se mantendrán libres de todo obstáculo que impida un fácil y

seguro desplazamiento de los trabajadores/as, tanto en las tareas

normales como en situaciones de emergencia.

En los trabajos que necesariamente deban ser realizados en locales

descubiertos o en sitios a cielo abierto, deberán tomarse precauciones

adecuadas que protejan a los trabajadores/as contra las inclemencias

del tiempo.

Los lugares de trabajo deberán mantenerse en buenas condiciones de

orden y limpieza. Además, deberán tomarse medidas efectivas para

evitar la entrada o eliminar la presencia de insectos, roedores y otras

plagas de interés sanitario.

1.4.2) De las Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos

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No podrán vaciarse a la red pública de desagües de aguas servidas

sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o

inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la

legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al

sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases

Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás

normativa complementaria de ésta.

La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales

dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con

la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se

entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o

combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y

que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no

puedan asimilarse a los residuos domésticos.

1.4.3) De los Servicios Higiénicos

Todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso

individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y

lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimento con puerta,

separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones

permanentes.

Cuando la naturaleza del trabajo implique contacto con sustancias

tóxicas o cause suciedad corporal, deberán disponerse de duchas con

agua fría y caliente para los trabajadores/as afectados. Si se emplea un

calentador de agua a gas para las duchas, éste deberá estar siempre

provisto de la chimenea de descarga de los gases de combustión al

exterior y será instalado fuera del recinto de los servicios higiénicos en

un lugar adecuadamente ventilado.

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En los lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deberán

existir servicios higiénicos independientes y separados. Será

responsabilidad del empleador mantenerlos protegidos del ingreso de

vectores de interés sanitario, y del buen estado de funcionamiento y

limpieza de sus artefactos.

1.4.4) Del Saneamiento Básico de los Lugares de Trabajo.

Cantidad mínima de excusados, lavatorios y duchas que debe

existir en las instalaciones.

El artículo 21 del Decreto Supremo N° 594, de 1999, modificado el 28

de junio del 2012, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento

sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de

Trabajo, establece que todo lugar de trabajo debe estar provisto de

servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como

mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se debe colocar en un

compartimento con puerta, separado de los compartimentos anexos por

medio de divisiones permanentes. Es del caso agregar que en los

lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deben existir

servicios higiénicos independientes y separados. El artículo 22 del

Decreto en comento, establece expresamente que es responsabilidad

del empleador mantenerlos protegidos de ingreso de vectores de

interés sanitario, y del buen estado de funcionamiento y limpieza de sus

artefactos. El número mínimo de artefactos depende de la cantidad de

trabajadores/as conforme a la siguiente relación:

Tabla 3. Número de Excusados, lavatorios y duchas por número de

trabajadores/as.

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Finalmente, cabe indicar que si existen más de 100 trabajadores/as por turno

se agregará un excusado y un lavatorio por cada quince (15) y una ducha por

cada diez (10) trabajadores/as.

1.4.5) De las Guardarropías y Comedores

Guardarropías: Todo lugar de trabajo donde el tipo de actividad requiera

el cambio de ropa, deberá estar dotado de un recinto fijo o móvil

destinado a vestidor, cuyo espacio interior deberá estar limpio y

protegido de condiciones climáticas externas. Cuando trabajen hombres

y mujeres los vestidores deberán ser independientes y separados.

En este recinto deberán disponerse los casilleros guardarropas, los que

estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al

total de trabajadores/as ocupados en el trabajo o faena.

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En aquellos lugares en que los trabajadores/as están expuestos a

sustancias tóxicas o infecciosas, éstos deberán tener 2 casilleros

individuales, separados e independientes, uno destinado a la ropa de

trabajo y el otro a la vestimenta habitual. En tal caso, será

responsabilidad del empleador hacerse cargo del lavado de la ropa de

trabajo y adoptar las medidas que impidan que el trabajador la saque

del lugar de trabajo.

Comedores: Cuando por la naturaleza o modalidad del trabajo que se

realiza, los trabajadores/as se vean precisados a consumir alimentos en

el sitio de trabajo, se dispondrá de un comedor para este propósito, el

que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de

cualquier fuente de contaminación ambiental y será reservado para

comer, pudiendo utilizarse además para celebrar reuniones y

actividades recreativas. El empleador deberá adoptar las medidas

necesarias para mantenerlo en condiciones higiénicas adecuadas.

El comedor estará provisto con mesas y sillas con cubierta de material

lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza, deberá contar con

sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores y estará

dotado con agua potable para el aseo de manos y cara. Además, en el

caso que los trabajadores/as deban llevar su comida al inicio del turno

de trabajo, dicho comedor deberá contar con un medio de refrigeración,

cocinilla, lavaplatos y sistema de energía eléctrica.

1.4.6) De las Condiciones Ambientales

Ventilación

Los locales de trabajo se diseñarán de forma que por cada trabajador

se provea un volumen de 10 metros cúbicos, como mínimo, salvo que

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se justifique una renovación adecuada del aire por medios mecánicos.

En este caso deberán recibir aire fresco y limpio a razón de 20 metros

cúbicos por hora y por persona o una cantidad tal que provean 6

cambios por hora, como mínimo, pudiéndose alcanzar hasta los 60

cambios por hora, según sean las condiciones ambientales existentes,

o en razón de la magnitud de la concentración de los contaminantes.

Para lo anterior, todo lugar de trabajo deberá mantener, por medios

naturales o artificiales, una ventilación que contribuya a proporcionar

condiciones ambientales confortables y que no causen molestias o

perjudiquen la salud del trabajador.

Cuando existan agentes definidos de contaminación ambiental que

pudieran ser perjudiciales para la salud del trabajador, tales como

aerosoles, humos, gases, vapores u otras emanaciones nocivas, se

deberá captar los contaminantes desprendidos en su origen e impedir

su dispersión por el local de trabajo.

Con todo, cualquiera sea el procedimiento de ventilación empleado se

deberá evitar que la concentración ambiental de tales contaminantes

dentro del recinto de trabajo exceda los límites permisibles vigentes.

1.4.7) Condiciones Generales de Seguridad

Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro

que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores/as.

Los elementos estructurales de la construcción de los locales de trabajo

y todas las maquinarias, instalaciones, así como las herramientas y

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equipos, se mantendrán en condiciones seguras y en buen

funcionamiento para evitar daño a las personas.

Además, todos los locales o lugares de trabajo deberán contar con vías

de evacuación horizontales y/o verticales que, además de cumplir con

las exigencias de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción,

dispongan de salidas en número, capacidad y ubicación y con la

identificación apropiada para permitir la segura, rápida y expedita salida

de todos sus ocupantes hacia zonas de seguridad. Las puertas de

salida no deberán abrirse en contra del sentido de evacuación y sus

accesos deberán conservarse señalizados y libres de obstrucciones.

Estas salidas podrán mantenerse entornadas, pero no cerradas con

llave, candado u otro medio que impida su fácil apertura.

Las instalaciones eléctricas y de gas de los lugares de trabajo deberán

ser construidas, instaladas, protegidas y mantenidas de acuerdo a las

normas establecidas por la autoridad competente.

Toda empresa o lugar de trabajo que cuente con equipos generadores

de vapor deberá cumplir con el reglamento vigente sobre esta materia.

Asimismo, toda empresa o lugar de trabajo que cuente con equipos

generadores de radiaciones ionizantes deberá cumplir con el

reglamento vigente sobre esta materia.

Para conducir maquinarias automotrices en los lugares de trabajo,

como tractores, sembradoras, cosechadoras, bulldozers, palas

mecánicas, palas cargadoras, aplanadoras, grúas, motoniveladoras,

retroexcavadoras, traíllas y otras similares, los trabajadores/as deberán

poseer la licencia de conductor que exige la Ley de Tránsito.

1.4.8) Prevención y Protección Contra Incendios

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En todo lugar de trabajo deberán implementarse las medidas

necesarias para la prevención de incendios con el fin de disminuir la

posibilidad de inicio de un fuego, controlando las cargas combustibles y

las fuentes de calor e inspeccionando las instalaciones a través de un

programa preestablecido.

El control de los productos combustibles deberá incluir medidas tales

como programas de orden y limpieza y racionalización de la cantidad de

materiales combustibles, tanto almacenados como en proceso.

El control de las fuentes de calor deberá adoptarse en todos aquellos

lugares o procesos donde se cuente con equipos e instalaciones

eléctricas, maquinarias que puedan originar fricción, chispas mecánicas

o de combustión y/o superficies calientes, cuidando que su diseño,

ubicación, estado y condiciones de operación, esté de acuerdo a la

reglamentación vigente sobre la materia.

En áreas donde exista una gran cantidad de productos combustibles o

donde se almacenen, trasvasijen o procesen sustancias inflamables o

de fácil combustión, deberá establecerse una estricta prohibición de

fumar y encender fuegos, debiendo existir procedimientos específicos

de seguridad para la realización de labores de soldadura, corte de

metales o similares.

Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por

la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza,

deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los

materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen.

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Los extintores deberán cumplir con los requisitos y características que

establece el decreto supremo Nº 369, de 1996, del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción, o el que lo reemplace, y en lo no

previsto por éste por las normas chilenas oficiales. Además, deberán

estar certificados por un laboratorio acreditado de acuerdo a lo

estipulado en dicho reglamento.

1.4.9) Equipos de Protección Personal

El empleador deberá proporcionar a sus trabajadores/as, libres de

costo, los elementos de protección personal adecuados al riesgo a

cubrir y el adiestramiento necesario para su correcto empleo, debiendo,

además, mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento.

Por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente

mientras se encuentre expuesto al riesgo.

Los elementos de protección personal usados en los lugares de trabajo,

sean éstos de procedencia nacional o extranjera, deberán cumplir con

las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos según su

naturaleza, de conformidad a lo establecido en el decreto N°18, de

1982, del Ministerio de Salud.

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II. MÓDULO 2:

RIESGOS EN EL TRABAJO.

2.1. El Concepto de Riesgo en el Trabajo

Antes de introducirnos en los enfoques particulares de la seguridad

industrial, debemos tener cabal conocimiento y entendimiento de los

tecnicismos más utilizados en esta área, por ende, a continuación

presentamos los principales conceptos:

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2.1.1) Peligro

Se define peligro como la fuente, situación o acto con el potencial de

daño en términos de lesiones o enfermedades, o la combinación de

ellas.

Se entenderán como procesos, actividades, operaciones, equipos o

productos "peligrosos" aquellos que, en ausencia de medidas

preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de

los trabajadores/as y trabajadoras que los desarrollan o utilizan.

Ejemplo: Las correas de transmisión, al descubierto, de un compresor

son un peligro porque pueden originar un atrapamiento.

2.1.2) Riesgo

Se define riesgo como la combinación de la probabilidad de ocurrencia

de un evento o exposición peligrosa y la severidad de las lesiones o

daños o enfermedad que puede provocar el evento o la exposición. El

concepto de riesgo siempre tiene dos elementos: la frecuencia con la

que se materializa el peligro y las consecuencias que de él pueden

derivarse.

Ejemplo: Las correas anteriormente citadas, implican riesgo para quien

tenga que trabajar con dicho compresor.

2.1.3) Evaluación de Riesgos

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Proceso de evaluación de riesgo(s) derivados de un peligro(s) teniendo

en cuenta la adecuación de los controles existentes y la toma de

decisión si el riesgo es aceptable o no. En otras palabras, se trata de la

cuantificación de los peligros existentes en una actividad específica.

2.2. Proceso de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos

(MIPER)

Estrategia metodológica que permite recopilar y analizar en forma

sistemática y organizada los datos relacionados con la identificación,

localización, valoración y priorización de los riesgos existentes en un

contexto laboral, con el fin de planificar las medidas de control más

convenientes.

La identificación de peligros y evaluación de riesgos es el punto de partida

para la elaboración y desarrollo del programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo (SST), se constituye en el diagnóstico de las condiciones laborales

de la empresa, estableciendo los puntos críticos de riesgo donde existe un

potencial para la ocurrencia de los accidentes de trabajo y/o la generación

de enfermedades profesionales.

2.2.1) Características General de la MIPER.

La identificación de peligros y evaluación de riesgos debe partir del tipo

de proceso, oficio y/u operación productiva que se realiza. Por tanto,

hay que tener en cuenta todas las tareas, materias primas, equipos, la

organización y división del trabajo que conforman el proceso productivo.

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La información de la MIPER debe actualizarse periódicamente, por lo

tanto su recolección debe ser sistemática y permanente, de modo que

permita identificar y evaluar nuevos procesos y operaciones de la

producción, cambios en las materias primas, maquinaria y equipos

empleados.

2.2.2) Clasificación de los Peligros.

Como se definió anteriormente, se puede definir Peligro como la fuente,

situación, o acto con potencial de dañar en términos de lesiones a las

personas o provocar enfermedad, o una combinación de estos.

(Ejemplo: piso resbaladizo, trabajar en altura física, electricidad, bajas

temperaturas, gases tóxicos, cargas suspendidas, etc.). Se pueden

clasificar en:

2.2.3) Pasos para la Elaboración de la MIPER

Los pasos que se deben seguir para la elaboración de la evaluación de

riesgos son:

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Físicos.

Químicos

Biológicos.

Mecánicos.

Eléctricos.

Psicosociales.

Ergonómicos.

Incendios y Explosiones.

De Origen Social.

De origen Natural. Etc.

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Identificar plenamente todas las secciones, áreas productivas o puestos

de trabajo que conforman la empresa, de acuerdo a la organización

interna.

Identificar los peligros asociados a cada una de las secciones, áreas

productivas o puestos de trabajo, mediante una forma metodológica de

análisis.

Una vez identificados los peligros se deben valorar y priorizar estos,

teniendo en cuenta la combinación entre la probabilidad y las

consecuencia(s) de la ocurrencia de un determinado evento peligroso,

que puede causar lesiones o enfermedad.

Información Específica en la MIPER

Hace referencia a toda la información que permite establecer

claramente la identificación de los riesgos de las diferentes áreas de

trabajo.

Proceso. En este ítem se debe especificar claramente el nombre con

que se identifica el área estudiada en ese momento.

Actividad: Tarea o trabajo específico que desarrolla una persona en el

desempeño de su ocupación. Si debe considerar tanto las actividades

rutinarias o no rutinarias.

Puesto de trabajo: Definición o sitio físico donde se realicen

actividades relacionadas con el trabajo que están bajo el control de la

organización.

Peligro: En esta casilla se debe escribir el nombre del evento o equipo

que origina la exposición al riesgo encontrado.

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Efectos en la Salud: Descripción breve de la posible enfermedad o

accidente de trabajo que puede originar el peligro en la persona o

personas afectadas al mismo.

Probabilidad (P): Se entiende como la inminencia o rareza de

ocurrencia real del daño. Puede ser: Baja, Media o Alta.

Severidad (S): Daño asociado a la ocurrencia de un peligro, sea que

genere una incapacidad temporal o permanente. Ej.: pequeñas heridas,

amputaciones, infecciones, trastornos mentales, etc.

2.2.4) Proceso de Clasificación del Riesgo.

Después de haber hecho la identificación de los peligros por cada una

de las actividades realizadas, se realiza una valoración cualitativa y

cuantitativa de cada uno de los factores encontrados, según la siguiente

fórmula:

RIESGO (R) = Probabilidad (P) x Severidad (S)

A continuación se especifican los valores y conceptos asociados tanto

la Probabilidad (P) como la Severidad (S):

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Ilustración N° 2: Valorización y Clasificación de la Probabilidad de

Ocurrencia

Ilustración N° 3: Valorización y Clasificación de la Consecuencia de los

Peligros

Para determinar el riesgo, se realiza la multiplicación de la Probabilidad (P) por la

Severidad (S), luego se asigna la “Clasificación del Riesgo” en función de los

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conceptos de la tabla siguiente (Aceptable, Medio, Critico, Altamente Critico).

Magnitud del riesgo

Esta última ilustración indica la necesidad de priorizar en las medidas preventivas

de los riesgos críticos e importantes de las actividades realizadas o a la cual se le

efectuó el proceso de identificación de peligros y evaluación de riesgos.

2.3. Clasificación de accidentes más comunes y sus medidas preventivas

aplicables.

En los puntos siguientes se detallan los accidentes más comunes que se

presentan en las actividades generales de producción, transversales a los

rubros específicos de cada empresa, y las medidas preventivas que se

deben considerar para minimizar los mismos. Estos se clasifican en:

Caídas de Trabajadores/as a Distinto Nivel

Caídas de Trabajadores/as al Mismo Nivel

Caídas de Objetos por Manipulación

Golpe Contra Objetos Inmóviles

Golpes, Cortes y Contactos con Elementos Móviles

Golpes y Cortes por Objetos o Envases

Atrapamientos por Máquinas y Herramientas

Contactos Eléctricos

Sobre esfuerzos por Manipulación Manual de Cargas

Movimientos Repetitivos

Atropellos, Golpes y Choques con o contra Vehículos

Caídas de Trabajadores/as a Distinto Nivel

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Origen del Riesgo:

Presencia de escaleras fijas para el acceso a puestos cuyo plano de

trabajo se encuentre elevado respecto a los planos adyacentes.

Existencia de desniveles en las áreas de transito habituales, o en los

lugares que se debes acceder para efectuar tareas puntuales

(mantención, reparaciones, etc.).

Tareas de inspección de camiones que trasladan las materias primas

en bins o en contenedores volumétricos o similares.

En resumen, todas las labores que se efectúan en una altura igual o

superior a 1,80 metros, independiente da la tarea específica realizada.

Medidas preventivas:

Desniveles y Plataformas: todas aquellas superficies de trabajo que

presenten desniveles, superior a un metro del suelo adyacente, deben

estar provistas de barandillas o de otros sistemas de protección

equivalentes cuyo objeto será evitar posibles caídas accidentales de los

trabajadores/as. Las barandillas tendrán como mínimo una altura de 90

cm (capaz de soportar al menos el peso de una persona) y dispondrán

de una protección que impida el paso o deslizamiento por debajo de las

mismas o la caída de objetos o personas.

Por otro lado, aquellas zonas en las que no sea viable la instalación de

protecciones colectivas como las indicadas anteriormente, es

conveniente que sean señalizadas mediantes franjas alternas amarillas

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y negras y señalización específica de riesgo de caídas a distinto nivel

en la zona donde se identifique el peligro.

Escaleras Fijas: las escaleras fijas deberán cumplir las siguientes

características, en función de minimizar los riesgos:

a) Tener un ancho mínimo de 0,8 a 1,0 metro, excepto las escaleras de

servicio cuya anchura dependerá de las características de la misma.

b) Todos los peldaños deberán tener las mismas dimensiones.

c) Se recomienda que los peldaños de la(s) escalera(s) fija(s) cuenten con

un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una

altura de contrahuela no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m.

d) El espacio libre entre las escaleras y el techo por sobre las mismas no

será inferior a 2,2 metros.

e) Se recomienda que las escaleras se implemente pasamanos (de

preferencia implementar a los dos costados). La altura de ubicación de

los pasamanos en los tramos inclinados será entre 0,85 m y 1,05 m,

medidos verticalmente a partir del peldaño, y en los descansos o

vestíbulos será entre 0,95 m y 1,05 m.

f) Mantener limpieza y orden en las escaleras de manera que se vigile

que se encuentren secas y libres de obstáculos.

g) Realizar mantenimiento adecuado de los sistemas de iluminación para

disminuir el riesgo de caídas por las mismas. Según las indicaciones

aparecidas en el Decreto Supremo N° 594, ésta no debe ser inferior a

150 lux.

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Caídas de Trabajadores/as al Mismo Nivel

Origen del riesgo:

Resbalones producidos por la existencia de restos de materias primas

caídos en el suelo u otros tipos de derrame.

Resbalones por la humedad condensada en el suelo, así como la

posible existencia de charcos de agua en el mismo.

Tropiezos con objetos, especialmente, productos (cajas) ubicadas en

zonas de paso como los pasillos, zonas de acceso, etc. o en zonas no

habilitadas para el almacenamiento.

Medidas preventivas:

Las superficies de trabajo deberán estar constituidas por materiales

antideslizantes, implementando áreas de canalización (sistemas de

drenajes) de líquidos cuando el proceso así lo requiera.

Llevar a cabo un programa de mantenimiento de orden y limpieza en

todas las instalaciones en forma diaria, retirándose lo antes posible los

restos de materias primas que pudieran estar esparcidos por el suelo.

Evitar, en la medida de lo posible, la acumulación de agua en el suelo

secándola lo antes posible o dirigiéndola con medios adecuados a

sumideros para su eliminación.

Señalizar las zonas susceptibles de generar riesgo de caídas al mismo

nivel.

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Caídas de Objetos por Manipulación

Origen del riesgo:

Posibilidad de caída de envases o productos (cajas, herramientas, etc.),

al ser manipulados por el trabajador.

Incorrecta manipulación manual de materias primas, en momentos de la

recepción en bines, contenedores, cajas o similares.

Medidas preventivas:

La empresa debe proporcionar a los trabajadores/as información y

formación adecuada sobre el transporte mercaderías y manejo de

herramientas así como los medios mecánicos adecuados para ello

(transpaletas, carretillas, cintas transportadoras, etc.).

Los trabajadores/as deben tener a su disposición guantes que mejoren

el agarre para aquellas tareas que precisen manipular manualmente las

cargas.

Golpe Contra Objetos Inmóviles

Origen del riesgo:

La existencia de numerosos equipos de trabajo y en instalaciones de

dimensiones insuficientes.

Accesos de pequeñas dimensiones a los puestos de trabajo y pasillos

de dimensiones insuficientes en las áreas de almacenaje.

Existencia de almacenamiento en zonas inadecuadas, sin señalización

delimitadora.

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Medidas preventivas:

La empresa debe considerar a la hora de estructurar los distintos equipos y

maquinaria existentes en las instalaciones de la empresa, los siguientes

requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 594.

Los pasillos por los que circulan personas serán de 110 cm. como

mínimo, salvo en aquellos pasillos entre máquinas donde la distancia

mínima será de 150 cm., delimitado mediante líneas amarillas en el

suelo.

Los pisos cercanos a los puestos de trabajo, así como los pasillos de

tránsito, se mantendrán libres de todo obstáculo que impida un fácil y

seguro desplazamiento de los trabajadores/as, tanto en las tareas

normales como en situaciones de emergencia.

Se señalizaran las partes de maquinaria salientes, en espacios

estrechos, con bandas amarillas y negras para su fácil identificación.

Golpes, Cortes y Contactos con Elementos Móviles

Origen del riesgo:

Elementos móviles de los equipos y maquinarias de trabajo como

cadenas de transmisión, rodamientos, poleas, correas, cadenas,

cilindros, etc.

Medidas preventivas:

Deberán estar debidamente protegidas todas las partes móviles,

transmisiones y puntos de operación de maquinarias y equipos de

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trabajo, mediante resguardos resistentes, preferentemente fijos y

envolventes.

Los trabajadores/as que manipulen los equipos considerados críticos

deben estar autorizados y contarán con la información y formación

necesaria (Artículo 21° Decreto Supremo N° 594).

Los resguardos y/o dispositivos de seguridad existentes en la

maquinaria deben ser utilizados de la forma y en las condiciones

previstas por el fabricante. La supervisión de la empresa deberá

constatar en forma periódica este punto.

Las máquinas y equipos de trabajo deben poseer dispositivos de

paradas de emergencia, tanto en el puesto de mando como en otras

zonas de donde deban operar los trabajadores/as.

Si estos riesgos no pueden ser evitados en su origen, es decir por

medio de protecciones en las máquinas y equipos de trabajo, deberá

advertirse de su existencia mediante señalización adecuada.

Las máquinas y equipos de trabajo debe estar sujeto a programas

periódicos de mantenimiento, los cuales tienen que realizarlos personal

autorizado y capacitado. Además, las operaciones de mantención y

limpieza de la máquina se realizarán siempre después de detenerla y

bloquearla.

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Golpes y Cortes por Objetos o Envases

Origen del riesgo

Existe la posibilidad de que los trabajadores/as sufran heridas motivadas

por cortes, principalmente en las manos, producidos por:

La manipulación de cuchillos o corta cartones para la apertura de

bolsas o cajas que contienen productos necesarios para los procesos.

Por el contacto con el borde afilado de las huinchas metálicas utilizadas

en el enzunchado de pallets.

Por el contacto con corchetes o clavos sobresalientes de las cajas

utilizadas para el embalaje de los productos.

Medidas preventivas:

Impartir formación e información específica a los trabajadores/as

derivados de su trabajo y manipulación de utensilios de corte.

Proporcionar guantes de protección que posean la resistencia rasgada,

debidamente certificados.

Mecanizar, lo máximo posible, los procesos de enzunchado defecto,

minimizar que los trabajadores/as manipulen de forma acerca de los

riesgos elevados al corte y el de pallets o, en su manual las huinchas

metálicas utilizadas para esta tarea.

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Atrapamientos por Máquinas y Herramientas

Origen del riesgo:

Cualquier equipo u herramienta de trabajo existente a lo largo del proceso

productivo que no conste de las debidas protecciones (resguardos,

dispositivos de seguridad, etc.) o se haga un uso indebido del mismo es

susceptible de generar el riesgo de atrapamiento debido a:

La existencia de partes móviles accesibles de equipos de trabajo, tales

como: rodillos, dispensadores, ejes, cadenas que forman parte de las

cintas transportadoras, etc.

Vuelco de vehículos, principalmente de grúas horquillas o de apiladores

eléctricos.

Desplome de productos almacenados (cajas, pallets, etc.)

Medidas preventivas

Atrapamiento por elementos móviles de equipos de trabajo.

Los equipos de trabajo que lo requieran deben disponer de los

resguardos y dispositivos de seguridad necesarios que aíslen al

trabajador de los elementos peligrosos.

La ropa de trabajo proporcionada a los trabajadores/as no debe ser

holgada con el fin de evitar posibles atrapamientos de la misma.

Asimismo, los trabajadores/as no deben llevar objetos que puedan

engancharse como anillos, pulseras, colgantes, etc.

Señalizar adecuadamente las zonas de los equipos susceptibles de

generar el riesgo de atrapamiento.

Atrapamiento por vuelco de grúas horquillas o apiladores eléctricos.

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Los trabajadores/as que conduzcan grúas horquillas deben estar

autorizados y contarán con la información y formación necesaria, en

este caso, deberán disponer de licencia clase D.

Las grúas horquillas y los apiladores eléctricos deben disponer de los

elementos de seguridad con el fin de evitar posibles atrapamientos en

caso de que vuelquen, como cinturón de seguridad, placa donde se

refleje la carga máxima a transportar, etc.

Atrapamiento por desplome de mercancías almacenadas.

Delimitar y señalizar las zonas previstas para el almacenamiento de

mercancías, mediante líneas de color amarillo en el piso.

Informar y formar a los trabajadores/as encargados del almacenamiento

de las pautas de trabajo seguro a seguir a la hora de almacenar

mercancías.

Llevar a cabo mantenimientos periódicos de los sistemas de

almacenaje (estanterías, racks, etc.) con el fin de subsanar posibles

deficiencias en dichas estructuras como, por ejemplo, posibles

deterioros por golpes de grúas horquillas.

Contactos Eléctricos

Origen del riesgo:

Existencia de corriente eléctrica utilizada para el funcionamiento de los

equipos de trabajo y la distinta maquinaria necesaria para el desarrollo de la

actividad de la empresa. Al ser buenos conductores de la electricidad, la

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presencia de agua y humedad en las instalaciones constituyen un factor

agravante de este riesgo.

Medidas preventivas:

Toda instalación de consumo eléctrico debe estar autorizada por la

Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).

Todo trabajo o mantención eléctrica deberá ser realizado por personal

certificado por la SEC. En caso de no disponer de personal calificado se

deberá contratar personal especializado ajeno a la empresa que cuente

con dicha certificación, o establecer un plan de formación y certificación

para el personal propio.

Los conductores eléctricos deberán ser los adecuados a la potencia a

utilizar y estarán protegidos adecuadamente en función de la actividad a

desarrollar. Su aislamiento deberá ser homogéneo por lo que se

deberán remplazar aquellos cables conductores que presenten daños,

reparaciones y uniones sin aislamiento, manteniéndolos alejados de

suelos húmedos y/o mojados.

Todo tablero eléctrico se deberá mantener con su cubierta cerrada y

exento de uniones eléctricas fuera de norma. Si se tienen

requerimientos eléctricos que sobrepasen la capacidad del tablero, se

debe consultar a un instalador certificado por la SEC sobre posibles

soluciones.

Se deberá implementar en todo tablero eléctrico una señalización de

seguridad que indique "Peligro Electricidad". Además, se deberán

numerar todos los interruptores automáticos y diferenciales del tablero

eléctrico y se deberá confeccionar un listado que indique claramente los

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sectores que controla cada uno de estos interruptores. Este listado

deberá estar adosado a la tapa del tablero.

En las baterías de apiladores eléctricos se recomienda utilizar barreras

o envolventes en los bornes de las mismas y evitar dejar elementos

metálicos encima. Además, el área de carga de las mismas se debe

señalizar adecuadamente y ser operadas por personal designado para

tal actividad.

Sobre esfuerzos por Manipulación Manual de Cargas

Origen del riesgo:

Manipulación Manual de Cargas: daños a los que se somete el

trabajador por la manipulación de mercancías o cargas pesadas,

pudiendo provocar lesiones músculo-esqueléticas tales como: dolores

dorso-lumbares, hernias, etc.

Posturas forzadas: posiciones de trabajo que supongan que una o

varias regiones anatómicas dejen de estar en una posición natural de

confort para pasar a una posición forzada generando lesiones por

sobrecarga.

Estos riesgos se encuentra principalmente en aquellos puestos en los

que existan los siguientes factores: manipulación de cargas superiores

a 3 kg. e inadecuación del puesto al trabajador.

Medidas preventivas:

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Los trabajadores/as deben disponer de la información y formación

adecuada sobre el transporte y la manipulación de cargas así como de

aquellas posturas y movimientos que pueden ser perjudiciales para su

salud.

La empresa deberá dotar a los trabajadores/as de medios mecánicos

para el transporte y la manipulación de cargas tales como: transpaletas

manuales, carretillas; así como mecanización de los procesos con

cintas transportadoras. En ningún caso los trabajadores/as no deben

manipular manualmente cargas superiores. a 50 kg, en el caso de

menores de 18 años y mujeres no más de 20 Kg y para mujeres

embarazadas están prohibidas las operaciones de carga.

Llevar a cabo un programa de rotación de tareas en los puestos de

trabajo expuestos a este riesgo.

El levantamiento manual de cargas se deberá realizar siguiendo el

método de levantamiento seguro: colocar un pie detrás de la carga y

otro al costado, doblar las rodillas manteniendo la espalda recta al

ponerse en cuclillas, pegar el mentón al pecho, tomar firmemente el

objeto que se pretende levantar por medio de un correcto agarre

palmar, mantener los brazos y codos pegados al cuerpo y levantar la

carga con la fuerza de los muslos evitando curvar la columna.

Se debe organizar el entorno de trabajo de forma que se eviten planos

de trabajo con desniveles que impliquen la manipulación de cargas en

niveles diferentes, a objeto de permitir al trabajador la manipulación

manual a una altura segura y en una posición correcta.

Movimientos Repetitivos

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Origen del riesgo:

Grupo de movimientos continuos que implica al mismo conjunto

osteomuscular provocando en el mismo: fatiga muscular, sobrecarga, dolor

y por último lesión.

Medidas preventivas:

La rotación de trabajadores/as como vía para evitar los movimientos

repetitivos puede reducir el riesgo mediante el reparto de la tarea crítica

entre los miembros de un grupo.

Los controles técnicos se centran en la reducción o la eliminación de las

tres causas principales de problemas musculo esqueléticos: fuerza,

posición y repetición. El lugar de trabajo debe ser analizado para

detectar los cambios necesarios, favoreciendo la ajustabilidad, los

métodos de trabajo, las ayudas automáticas o mecánicas a la

realización de tareas y las herramientas de mano adecuadas desde el

punto de vista ergonómico.

Atropellos, Golpes y Choques con o contra Vehículos

Origen del riesgo:

Existe riesgo en aquellas zonas de la instalación en las que exista tránsito

de vehículos (grúas horquillas, apiladores y camiones) como en recepción

de materias primas y en almacenamiento debido fundamentalmente a:

Tránsito de camiones en las instalaciones.

Presencia de grúas horquillas y apiladores en el centro de trabajo.

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Deficiente señalización en las vías de circulación.

Operadores de grúas horquillas sin formación específica.

Velocidad inadecuada de circulación de vehículos.

Medidas preventivas:

Limitar la velocidad de circulación en las instalaciones de la empresa

para todo tipo de vehículos (autos, camiones, grúas horquillas) a un

máximo de 20 Km/hora en exteriores señalizando adecuadamente

dicho límite de velocidad. En interiores la velocidad estará limitada a 10

Km/hora (grúas horquillas).

Delimitar las vías de circulación de vehículos habilitando a su vez pasos

para peatones.

Restringir el acceso a los muelles de carga y descarga de material a

personal no autorizado

Las zonas de paso de grúas horquillas deben estar señalizadas

adecuadamente, instalando espejos en las zonas de cruces.

La grúa horquilla debe disponer de avisador luminoso y acústico de

marcha atrás con el fin de avisar de esta maniobra al resto de

trabajadores/as.

Deberá disponerse de zona de aparcamiento de las grúas horquillas

señalizada y separada del proceso productivo.

La conducción de grúas horquillas estará reservada a los

trabajadores/as designados que hayan recibido una formación

específica y que posean licencia clase D.

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14.58

2.32

9.26

0.81

20.72

1.16 1.62 0.93

4.17

0

17.71

0.58

26.13

0

5

10

15

20

25

30

CMN CDN GP AM CCC CCP CCF PP PL EA SE ACH OT

Tipos de Accidentes

%

Accidentes que ocurren en Servicios de Alimentación del PAE.

A continuación se presentan los accidentes del período Abril 2009 - Marzo

2010 de las Empresas del PAE de acuerdo al tipo de accidente.

Tabla 4. Tipos de accidentes

Tipo Tipo de AccidenteNº

casos%

CMN caída del mismo nivel 126 14.58CDN caída de distinto nivel 20 2.32

GPgolpeado por/con/contra objetos materiales o

estructuras80 9.26

AM atrapamiento en máquinas, materiales o instalación 7 0.81CCC Contacto con objetos cortantes 179 20.72CCP Contacto con objetos punzantes 10 1.16CCF Contacto con fuego u objetos calientes 14 1.62PP Proyección de partículas 8 0.93PL Proyección de líquidos 36 4.17EA Exposición al arco eléctrico 0 0SE Sobre esfuerzo por peso excesivo o movimiento brusco 153 17.71

ACH Atropellamiento o choque 5 0.58OT Otros tipos 226 26.13

Total 864 100

Gráfico 3. Tipo de accidentes.

Del gráfico se observa que uno de los mayores porcentajes (20.72)

corresponde a contactos con objetos cortantes. Otro alto porcentaje se

observa en sobre esfuerzo por peso excesivo o movimiento brusco (17.71).

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En tercer lugar están las caídas (14.58 más 2.32). Esto es, más del 55% de

los accidentes lo ocupan los tres tipos ya señalados.

También se observa que hay un grupo importante de accidentes, el 26.13,

que será necesario descifrar y en el que probablemente se encuentren las

dermatitis por agentes químicos, las cuales no se encontraban

desagregadas en las observaciones de la Asociación Chilena de Seguridad.

Si se revisa el agente implicado en los accidentes se encuentran los

antecedentes en la siguiente tabla.

Tabla 5. Agentes de los Accidentes

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Gráfico 4 Agentes de los Accidentes

1.384.28

9.61

0.93

21.30

1.85 0.58

8.332.78 0.35 0.58

48.03

0

10

20

30

40

50

60

me hc mt mp om hgv sta stn zt vtp vtm oa

Agente del Accidente

%

El gráfico muestra que los mayores agentes corresponden a otros

materiales u objetos. Tal como se ha mencionado los antecedentes

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Agente Agente del Accidente Nº casos %me Maquinarias y equipos 12 1.38hc Herramientas con o sin motor 37 4.28mt Materiales que se trasladan 83 9.61mp Materiales que se proyectan 8 0.93om Otros materiales u objetos 184 21.3hgv Humos, gases o vapores en el aire 16 1.85sta Superficies de trabajo en altura 5 0.58stn Superficies de trabajo al mismo nivel 72 8.33zt Zonas de tránsito 24 2.78

vtp Vehículo para transporte de personas 3 0.35vtm Vehículo para transporte de materiales 5 0.58oa Otros agentes 415 48.03 Total 864 100

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recogidos no existen opciones asociados a esta actividad de servicios de

alimentos.

Otro antecedente a considerar es la relación a la zona del cuerpo que se

lesiona producto de los accidentes, estas se describen a continuación:

Tabla 6.- Por zona del cuerpo lesionada.

Gráfico 5. Por zona del cuerpo lesionada.

El gráfico 5, muestra que el mayor porcentaje corresponde a accidentes en

los dedos, seguido de la mano y el brazo, esto es, más del 50% de los

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8.91

2.894.75

11.1114.82

24.77

10.30

0.122.55 2.08 2.78

9.14

2.89 2.89

0

5

10

15

20

25

30

Cabeza

Ojos-P

arpados Tora

xBra

zoMano

Dedos m

anos

Espald

a Piel

Parte M

edia

Pierna

Rodilla

Pie

Lesio

nes M

últiples

Otras Z

onas

Zona del cuerpo lesionada

%

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accidentes comprometen a las extremidades superiores. Otras cifras

significativas lo ocupa la espalda (10.3%) y la extremidad inferior (pie,

pierna, rodilla, 14%).

A continuación se muestra la distribución de los accidentes en los rangos de

edad de las manipuladoras, en la tabla 7.

Tabla 7. Accidentes según Rango de edad

Gráfico 6. Rango de edad

0.351.85

7.7510.41

15.05 14.47

31.60

14.58

3.94

0

5

10

15

20

25

30

35

0-17 18-20 21-25 26-30 31-35 36-40 41-50 51-60 61-99

Rango de Edad

%

El gráfico muestra que aproximadamente un tercio de los accidentes

ocurren entre los 41 y 50 años, constituyendo este rango de edad donde

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ocurren en forma mayoritaria los accidentes (puede corregirse este

antecedente según distribución de edad de la población).

Estudiado la ocurrencia de los accidentes según el día de la semana, estos

se distribuyen según se muestran en la tabla 8 y gráfico correspondiente.

.Tabla 8. Día del Accidente

Gráfico 7. Por día del accidente.

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Día de la Semana Nº Casos %

Lunes 187 22

Martes 184 21

Miércoles 173 20

Jueves 180 21

Viernes 125 14

Sábado 11 1

Domingo 4 1

Sin clasificar 0 0

TOTAL 864 100

22 2120 21

14

1 0 00

5

10

15

20

25

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Sin clasificar

Día del Accidente

%

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El gráfico 7, muestra que la mayor cantidad de accidentes ocurren desde el

día lunes hasta el jueves principalmente, observándose una baja de estos

durante el día viernes.

También es posible indicar las horas más frecuentes en que ocurren los

accidentes. En la siguiente tabla se indican cómo se distribuye la

accidentabilidad a lo largo de la jornada laboral

Tabla 9. Por hora del accidente.

Hora A.M Nº Casos % Hora P.M Nº Casos %1 0 0.00 13 67 7.762 2 0.23 14 61 7.063 1 0.12 15 64 7.414 0 0.00 16 69 7.995 0 0.00 17 35 4.056 1 0.12 18 17 1.977 9 1.04 19 6 0.698 53 6.13 20 4 0.469 106 12.27 21 3 0.3510 131 15.16 22 1 0.1211 136 15.74 23 0 0.0012 97 11.23 0 1 0.12

TOTAL 864 100

Gráfico 8. Por hora de accidente.

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Probabilidad:

Severidad:

Se puede apreciar en el gráfico 8 que las horas de mayor accidentabilidad

son entre las 9.00 y las 13.00 horas, registrándose cerca del 55% del total

de los accidentes.

Apliquemos lo aprendido (Para afinar el ojo……………… )

¿Cuál es la probabilidad de que el trabajador se caiga y cuál será la severidad de la lesión?

Ejercicio 1

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Probabilidad:

Severidad:

Probabilidad:

Severidad:

Probabilidad:

Severidad:

Ejercicio 2

Ejercicio 4

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III. MÓDULO 3:

ENFERMEDADES PROFESIONALES

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3.1. Enfermedades Profesionales

3.1.1) El Concepto de Enfermedad Profesional

Es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el

ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le

produzca incapacidad o muerte.

El Decreto Supremo N° 109 enumerará las enfermedades que deberán

considerarse como profesionales. Esta enumeración deberá revisarse,

por lo menos cada tres años.

Con todo, los afiliados podrán acreditar ante el respectivo organismo

administrador el carácter profesional de alguna enfermedad que no

estuviere enumerada en la lista a que se refiere el inciso anterior y que

hubiesen contraído como consecuencia directa de la profesión o del

trabajo realizado. La resolución que al respecto dicte el organismo

administrador será consultada ante la Superintendencia de Seguridad

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Social, la que deberá decidir dentro del plazo de tres meses con informe

del Servicio Nacional de Salud.

3.2. Decreto Supremo N° 109: Reglamento para la Calificación y

Evaluación de las Enfermedades Profesionales.

Este reglamento establece que para que una enfermedad se considere

profesional es indispensable que haya tenido su origen en los trabajos que

entrañan el riesgo respectivo, aun cuando éstos no se estén

desempeñando a la época del diagnóstico.

En este sentido, La COMPIN o la Mutualidad, según corresponda, deberá

instruir, a la entidad empleadora en donde preste servicios el trabajador, al

momento de la calificación de una enfermedad profesional, el traslado de

éste a otras faenas donde no esté expuesto al agente causante de la

respectiva enfermedad, conforme lo dispone el artículo 71 de la Ley N°

16.744.

Dicha instrucción será obligatoria para la entidad empleadora y su

adecuado cumplimiento deberá ser controlado por el respectivo organismo

administrador.

Para los efectos de este reglamento se considerarán los agentes

específicos que entrañan el riesgo de enfermedad profesional, tomados

como referencia por la COMPIN y Mutualidad

3.2.1) Riesgos de Enfermedades Profesionales y su Control

A lo largo de la historia y en el desarrollo de su actividad laboral, junto a

los riesgos de accidentes, el ser humano se ha enfrentado

constantemente a riesgos de enfermedades profesionales. Existe una

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técnica de la prevención de riesgos que se preocupa de estos riesgos,

llamada higiene industrial.

Al analizar la definición legal, debemos destacar que para que una

enfermedad sea considerada como profesional, necesariamente tiene

que ser ocasionada de una forma directa por la profesión o el trabajo

que realiza quien la contrajo. Asimismo, como producto de esta

enfermedad tiene que existir una lesión incapacitante, ya sea temporal

o permanente, o muerte.

La Higiene Industrial

Esta técnica es la que se ocupa de mantener los lugares de trabajo

libres de agentes contaminantes que puedan dañar la salud del

trabajador. En este sentido, la higiene industrial se encarga de

reconocer, evaluar y controlar los factores ambientales de un lugar de

trabajo, que pueden ocasionar enfermedades profesionales a los

trabajadores/as.

3.2.2) Vías de Ingreso de los Agentes Contaminantes al Organismo

Para que el agente ocasione daño a la persona, éste debe ingresar de

alguna forma al organismo del trabajador. Veamos en la siguiente figura

el resumen de las vías por las cuales se puede concretar el ingreso del

agente: Vía respiratoria, Vía digestiva y Vía dérmica o cutánea.

Vía respiratoria.

Es la vía de penetración de sustancias tóxicas más importante en el

medio ambiente de trabajo, ya que respiramos aire y con el aire pueden

venir todo tipo de sustancias: sólidos en forma de polvo, líquidos en forma

de vapor y gases que se mezclan directamente con el aire.

Vía dérmica.

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Existen sustancias capaces de atravesar la piel, sin provocar

alteraciones en ella, pasando a la sangre que será la que la distribuye

por todo el organismo. Los factores que van a intervenir son: superficie

total de piel expuesta, estado de la piel y las características de la propia

sustancia (más o menos liposoluble).

Vía digestiva.

Es una vía de penetración poco corriente ya que las sustancias con las

que trabajamos no nos las metemos en la boca, de todas formas hay

posibilidad de penetración por vía digestiva cundo se come en el puesto

de trabajo, se fuma, se bebe y no se lava las manos antes de comer

aunque sea fuera del puesto de trabajo. Con unas adecuadas prácticas

higiénicas personales, debe bastar para evitar esta penetración.

Aunque muy poco habitual, pero por su gravedad debe considerarse la

ingestión de sustancias por equivocación. Hay ejemplos de ingesta de

sustancias químicas que han estado envasadas en contenedores

similares a aquellos que contienen bebidas o jugos.

Vía parenteral.

Se llama parenteral a la entrada de sustancias a través de una herida o

llaga preexistente o provocada por un accidente como un pinchazo o un

corte.

3.2.3) Los Agentes Contaminantes Ambientales

La clasificación básica para distinguir a los agentes contaminantes, al

igual como están clasificados en el Decreto Supremo N° 594, es la que

los dividen en físicos, biológicos y químicos.

Agentes Físicos

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Los agentes físicos son muchos, por lo mismo con el fin de establecer

algunos ejemplos de estos agentes podemos decir que entre ellos se

encuentran las radiaciones, las temperaturas extremas y el ruido. Las

radiaciones corresponden a transmisión de energía, mediante ondas

electromagnéticas que se distinguen por la energía que poseen.

Podemos dividirlas en dos grupos: radiaciones ionizantes y radiaciones

no ionizantes. Las radiaciones ionizantes producen la ionización de la

materia, esto es, formación de iones positivos y negativos. Un ejemplo

práctico de esta radiación lo encontramos en las radiografías o en las

radioscopias.

Por su parte, las radiaciones no ionizantes, pueden ser infrarroja,

ultravioleta y microonda, entre otras. La infrarroja puede ocasionar daño

a la piel y los ojos, al igual que la ultravioleta; las microondas, por su

parte, tienen una gran energía.

En lo que se refiere a las temperaturas extremas, nuestro organismo

puede verse afectado por exposiciones a temperaturas que aumentan o

disminuyen en extremo, como por ejemplo: el trabajo con exposición a

calor elevado (fundiciones) o con frío extremo, en frigoríficos. Estas

exposiciones pueden alterar el equilibrio de la temperatura corporal,

tanto por frío extremo o por elevado calor, provocando con ello diversos

problemas a la salud de los trabajadores/as.

El ruido es uno de los problemas que más a menudo encontramos en el

ambiente laboral.

Corresponde a un sonido que molesta u ocasiona daño a las personas.

Uno de los daños más importantes que el ruido puede ocasionar en el

trabajador es la sordera profesional, la que es provocada por la

exposición continua a niveles de ruido mayores al límite permisible

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indicado en el D.S. 594. Esto ataca el oído interno, trayendo consigo

pérdida de la capacidad auditiva en forma permanente.

Agentes Biológicos

El saneamiento básico se ocupa de estudiar y eliminar los riesgos de

enfermedades comunes existentes en la empresa. En este sentido, el

saneamiento básico ataca directamente a los agentes biológicos que

puedan estar presentes en el ambiente laboral y frente a los cuales los

trabajadores/as se ven expuestos, como en el caso de las personas que

desarrollan su actividad laboral en un hospital, veterinarios o

campesinos.

Entre los agentes biológicos encontramos a pelos de animales u otros

materiales que provocan reacciones alérgicas, como algunas maderas

por ejemplo. Asimismo, podemos señalar a los parásitos, hogos,

bacterias y virus. En cuanto a la exposición a estos agentes, existe la

complicación de que no se sabe qué cantidad de parásitos, bacterias o

virus pueden provocar una enfermedad. Por otra parte, al ser agentes

que se pueden encontrar en el hogar del trabajador, en algunas

ocasiones no es fácil distinguir si la enfermedad se generó

efectivamente en el trabajo.

Agentes Químicos

Son varios los agentes químicos a los que los trabajadores/as pueden

verse expuestos, sobre todo pensando en el desarrollo de la industria

química, pues hay una gran cantidad de compuestos que se usan a

diario, algunos de los cuales pueden llegar a ocasionar enfermedades

profesionales.

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Entre los agentes químicos encontramos: gases y vapores y, aerosoles.

Los gases y vapores se dividen en irritantes, anestésicos y asfixiantes.

Por su parte, los aerosoles se dividen en líquidos y sólidos.

Irritantes: pueden inducir inflamación de los tejidos con los cuales

entran en contacto directo, como la piel, la conjuntiva y la mucosa

respiratoria. Ejemplos son el amoníaco, el ácido clorhídrico, el ácido

sulfúrico y el formaldehído.

Asfixiantes: bloquean el proceso de intercambio de oxígeno entre la

sangre y los tejidos. Ejemplo: monóxido de carbono y el ácido

cianhídrico.

Anestésicos: provocan un efecto de anestesia al ser inhalados en

cierta cantidad. Ejemplo, benceno, tolueno, xileno, etc.

Aerosoles sólidos: entre éstos encontramos los polvos, como por

ejemplo sílice, y los humos, como los de plomo, zinc, hierro, cobre y

estaño.

Aerosoles líquidos: entre éstos podemos distinguir los rocíos, como

por ejemplo el pintado a pistola, y las nieblas, que se forman por

condensación de vapores de sustancias que normalmente se

encuentran en estado líquido.

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Apliquemos lo aprendido

A qué enfermedad cree Ud. Que se encuentra expuesto en su quehacer diario

Qué medidas preventivas adoptaría para revenir una enfermedad profesional

Enumere las actividades de mayor riesgo a las cuales se ve expuesto diariamente que podrían provocar con el tiempo una Enfermedad Profesional

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Cree ud. que debido a su labor como manipulador podria desarrollar una Dermatosis alérgica de contacto.

IV. MÓDULO 4:

PRIMEROS AUXILIOS.

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4.1. Conceptos Generales

4.1.1) Definición de Primeros Auxilios

Es la atención inmediata y temporal brindada a una persona que la

requiere, hasta recibir ayuda médica. Se realiza en el mismo lugar del

accidente y para el traslado se utilizan los elementos con que se

dispone en ese momento.

Objetivos

Limitar el daño.

Reducir el dolor y sufrimiento.

Evitar complicaciones.

Mejorar las condiciones del accidentado antes de recibir atención

médica.

Practicar principios de solidaridad y humanismo.

4.1.2) ¿Qué Hacer Frente a un Accidentado?

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Solicite ayuda.

Valore si existe riesgo vital, para usted y para la víctima.

Mantenga la calma y evalúe signos vitales. (conciencia evaluación y

pulso)

Jerarquice la atención de acuerdo a gravedad. (respiración,

hemorragias, shock, fractura)

Mantenga a la víctima en reposo, tranquilícela y abrigue.

Cuando informe a los servicios de emergencia, proporcione los

siguientes datos:

Lugar en que ha sucedido el accidente.

Hora de lo sucedido

Que ha sucedido.

Cuantas personas resultaron accidentadas.

Qué tipo de lesiones predominan.

RECUERDE, Si usted se encuentra en el lugar del accidente, debe:

Obtener una idea exacta de lo que ha sucedido.

Identificar si existe algún peligro para usted o para otras personas

presentes.

Eliminar los peligros que puedan existir en torno al lugar del

accidente.

Rescatar a la persona del peligro.

Organizar el grupo de observadores

4.2. Valoración del Accidentado

4.2.1) Evaluación Primaria:

Seguridad para la(s) víctimas y el rescatador

Presencia de signos vitales:

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Estado de conciencia: observar en la víctima estado de conciencia,

confusa orientada en el tiempo y lugar, responde preguntas

correctamente, reacciones son más lentas, excitación pérdida de

conciencia.

Respiración: evalué frecuencia, tipo de respiración, ausencia.

Pulso: frecuencia, llene sanguíneo, ritmo cardíaco.

4.2.2) Evaluación Secundaria:

Observe en cabeza, cuello, tórax y extremidades:

Movilidad, posición y sensibilidad.

Heridas y hemorragias.

Poner atención en:

Piel:

Color: pálida (temor, hemorragia), roja (fiebre), amoratada o azulada

(falta de oxígeno)

Temperatura: caliente (fiebre), fría (enfriamiento)

Humedad: seca (deshidratación), sudorosa, (fiebre, riesgo de shock)

Mucosas: Secas, pálidas, cianóticas (color azulado de la piel por falta

de oxígeno)

Ponga atención en los siguientes signos específicos:

Heridas, (profundas, extensas y/o sucias)

Hemorragias (extensas, arteriales o venosas)

Vómitos (abundantes, frecuentes, con sangre)

Dolor (al movimiento, al reposo, cuando respira, aumento brusco del

dolor)

Perdida de movilidad y/o sensibilidad de extremidades

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Perdida de líquido claro por nariz y/o oído.

Posición Lateral de Recuperación

Una medida básica de primeros auxilios es colocar de lado al

accidentado inconsciente pero que respira, para evitar la aspiración de

vómito.

Nunca debe colocarse de lado a una persona que se sospecha lesión

de columna o cuello.

Suelte la ropa y retire anteojos.

Levante levemente la cabeza y coloque el brazo bajo ella.

Flecte la pierna que está más cercana a usted hasta doblar

completamente la rodilla.

Tome a la persona del hombro y cadera opuestos y movilícelo girando

el cuerpo con mucho cuidado hacia usted.

Mantenga la mano de la víctima debajo de la mejilla.

La boca debe quedar abierta y hacia abajo para evitar la aspiración de

vómito.

Recuerde, cuando la persona se encuentra en esta posición, debe

controlarse continuamente el pulso y la respiración.

Abrigue para evitar enfriamiento.

Mantención del Calor

Frente a una persona que ha sufrido un accidente, preocúpese de

mantenerla en una posición confortable, permanezca a su lado

tranquilícela y mantenga el calor corporal. La mantención de la

temperatura es fundamental en los accidentados. Si es posible movilizar

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a la víctima, colóquela de lado, ponga la manta debajo, vuelva al

accidentado dejándolo apoyado sobre la frazada, la que se estira

completamente luego cubra con los extremosa y coloque otra manta

encima. Si no es posible movilizar a la víctima, cúbrala por todos los

costados con una manta para evitar su enfriamiento hasta que llegue

ayuda.

4.3. Heridas.

Las heridas son lesiones traumáticas producidas por agentes mecánicos

que actúan sobre el organismo, provocando pérdida de continuidad de la

piel. Esta pérdida puede provocar dolor, hemorragias o infecciones.

Las heridas pueden ser en tejido blando y en órganos internos del cuerpo.

Pueden ser cerradas o abiertas. Esto es de vital importancia frente a la

evaluación, pues se corre riesgo de no pesquisar oportunamente signos o

síntomas que pueden llevar al shock. Ejemplo: Golpe abdominal con lesión

interna y hemorragia de un órgano.

4.3.1) Clasificación de Heridas

Herida Cerrada

Contusiones: siempre hay salida de sangre internamente debido a

que la piel no se rompe, la sangre fluye por entre los tejidos causando

un hematoma, que cambia de color. (Conocida como “moretón”) Tenga

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presente que estas pérdidas pueden llevar a un sangramiento

importante y serio daño debajo del tejido.

Medidas de Atención

Evalúe signos vitales

Busque deformidades o hinchazones

Evalúe posibles fracturas

Evalúe dolor

En abdomen observe rigidez, si hay sangramiento en la boca o nariz

Herida Abierta

Abrasivas: Son conocidas como “raspaduras”. Se deben a heridas

abiertas menores, generalmente dolorosas. El mayor riesgo es la

contaminación e infección de la herida.

Punzantes: Los objetos punzantes separan la piel y continúan su

trayecto dañando todos los tejidos que atraviesan. Esta puede ser

penetrante (profunda), o perforante. (con orificio de entrada y salida

como por ejemplo bala)

Avulsión: Involucran el desgarro o el desprendimiento de una parte de

la piel, ejemplo: desgarro de una oreja.

Amputación: Es la pérdida de una parte del cuerpo o de una

extremidad.

Herida de Bala: Si está lejos de órganos vitales, limpie puntos de

entrada y salida. Si está sucia con tierra, lave con agua corriente. Cubra

con apósito y traslade a un servicio de urgencia.

Quemadura: lesión que puede dañar piel, celular subcutáneo,

músculos y hasta huesos. El daño va a depender de la profundidad de

la quemadura.

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Medidas de Atención

Descubra la piel cortando la ropa

Lave la herida con abundante agua corriente limpia o suero

Cubra la herida con apósito

Hemorragias

Es una pérdida importante de sangre. No todos los sangrados son

hemorragia. La hemorragia se refiere a la pérdida de sangre que

dependiendo de la cantidad y velocidad pone el peligro la vida de la

persona. Las hemorragias pueden ser externas o internas, venosas,

arteriales o capilares.

Recuerde:

Un adulto normal tiene 6 litros de sangre como promedio; este volumen

deberá mantenerse constante para permitir que el corazón impulse

adecuadamente, para que haya un buen flujo y para que exista intercambio

de oxígeno, entre la sangre y las células del cuerpo.

Hemorragia Externa:

La sangre sale al exterior, siendo visible.

Hemorragia Interna:

El sangramiento no se ve, la sangre se acumula dentro de las cavidades

del cuerpo. La gravedad depende del vaso roto. La hemorragia arterial es

más grave que la venosa.

Características del sangramiento.

Capilar

Sangre roja menos brillante que la arterial. Flujo lento.

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Venoso

- Sangre roja oscura.

- Salida de sangre en forma continua.

- La cantidad depende del tamaño de la vena.

Arterial

- Sangre roja brillante.

- Sale en forma pulsátil (intermitente) y con fuerza.

- Es la más grave

Signos y Síntomas

- Palidez.

- Sensación de debilidad.

- Mareos.

- Pulso rápido y débil.

- Intranquilidad.

- Frialdad y sudación.

- Disminución de la presión arterial (bajo 90/60 mm. de Hg.)

- Pérdida de conciencia en casos graves (shock).

4.3.2) Medidas de Atención Para Detener una Hemorragia

La medida de atención más importante frente a una hemorragia es la

compresión directa.

La hemorragia se puede controlar a través de:

a) Presión directa sobre la herida.

b) Elevación

c) Puntos de presión: la arteria más próxima a la herida (entre el

corazón y el punto que sangra)

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a) Presión directa: la mayoría de los casos de hemorragia externa se

puede controlar aplicando presión en el sitio exacto de la herida,

colocando un apósito estéril o paño limpio. Nunca retire el apósito

una vez que ha controlado la hemorragia o sangramiento.

b) Elevación: puede usarse en combinación con la presión directa

cuando esté tratando hemorragia de extremidades. El efecto de la

gravedad ayudará a reducir la presión sanguínea y disminuir la

hemorragia. Este método no debe usarse frente a sospecha de lesión

de columna, fractura o presencia de objetos incrustados en la piel.

c) Puntos de presión: los puntos de presión son sitios en donde una

arteria, cercana a la superficie del cuerpo, corre directo sobre el

hueso. El flujo de la sangre a través de esta arteria puede

interrumpirse si se aplica presión para comprimir la arteria. Este

procedimiento debe emplearse sólo después de que la presión

directa o la presión directa con elevación han fallado.

Existen 22 puntos de presión importantes (11 a cada lado del cuerpo). Sólo el

brazo y el muslo las más usadas.

Brazo: arteria braquial.

Muslo: arteria femoral.

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En Resumen:

Frente a una Hemorragia:

Cubra con apósito y haga compresión directa sobre el sitio de

sangramiento (herida)

Eleve la extremidad (brazo o pierna).

Si no cede haga compresión directa sobre la arteria, contra el hueso.

Cubra con apósitos y realice vendaje.

Traslade a un servicio asistencial, si Ud. no puede controlar el

sangramiento o la herida requiere intervención médica.

Recuerde:

El presionar con los dedos sobre una herida es sólo una medida

primaria, que debe ser Sustituida, lo antes posible por un vendaje

compresivo, cuando ésta no cede a la medida inicial.

4.3.3) Punto de Compresión de Hemorragia en una Pierna

Presione a la altura de la zona inguinal. Coloque ambos pulgares o la

mano empuñada, sobre la arteria (femoral) y presione contra el hueso

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que se extiende bajo la misma. Mantenga esta presión hasta que logre

detener la hemorragia.

4.3.4) Punto de Compresión en Hemorragia Profusa del Brazos

Realice presión sobre el brazo.

Arrodíllese al lado de la víctima a la altura de su cabeza y eleve el

brazo afectado. Presione con 4 dedos la arteria que se ubica en el

lado interno del brazo (arteria braquial).

Vendaje Compresivo

Técnica Nº 1:

Si una hemorragia no se detiene con la compresión realizada con los

dedos se puede hacer un vendaje compresivo, de la siguiente

manera:

Improvise una corbata utilizando un paño en forma triangular.

Coloque el paño limpio sobre la herida y dé una vuelta sin anudar las

puntas.

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Enseguida, coloque una almohadilla sobre la herida (confeccionada

con un paquete de gasa u otro material que tenga a mano).Las dos

puntas de la corbata deben ser anudadas con fuerza, a la altura de la

almohadilla. En síntesis toda hemorragia puede ser controlada si se

presiona suficientemente el vaso que la provoca.

Todas las hemorragias intensas pueden producir shock y llevar a la

muerte. Por lo tanto, es necesario tomar medidas de control de

shock, si es necesario.

Vendaje Compresivo

Técnica Nº 2

Coloque directamente sobre la herida varias capas de apósitos (en lo

posible estériles) y haga presión con su mano en lo posible con

guantes. Ponga un rollo de venda para sostener los apósitos.

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Enrolle sobre los apósitos para producir la presión suficiente, para

controlar la hemorragia.

Revise el pulso distal, para asegurarse de que la presión no ha

restringido el pulso sanguíneo.

PRECAUCIÓN: No remueva el vendaje.

Recuerde: La presión directa es la forma más rápida y más efectiva de

controlar una hemorragia

Amputación de un Miembro:

Se deben tomar ciertas medidas que permitan la reimplantación y que

el miembro recobre sus funciones normales.

Controle la hemorragia con vendaje compresivo.

Envolver el miembro amputado en un paño seco, ojalá esterilizado. No

lavar ni limpiar.

Coloque la porción amputada en una bolsa plástica limpia e

impermeable y ésta dentro de otra bolsa más grande en agua con hielo.

Conserve en un lugar seguro.

Para su seguridad, recomendamos usar guantes.

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Quemaduras

Las quemaduras pueden ser mucho más que una lesión en la piel. Las

estructuras debajo de la piel como, músculos, nervios, huesos y vasos

sanguíneos, que también pueden estar lesionados.

Las quemaduras pueden llegar a ser muy graves cuando afectan las

vías respiratorias o los ojos.

Además de los daños físicos, emocionales y psicológicos.

Epidemiología:

10 % de la población sufre de quemaduras

2 / 3 ocurre a los niños

Constituyen la primera causa de accidentes entre 1 y hasta 5 años.

Más frecuentes en niños de sexo masculino.

Lugar de ocurrencia del accidente es la cocina.

Agente causal más común es el agua o líquidos calientes.

El fuego es responsable de accidentes en niños mayores.

Las lesiones por quemaduras corresponden al 6-7 % de las consultas

quirúrgicas de urgencias

Entre el 10 y 15% de los pacientes deben hospitalizarse.

Las quemaduras según el agente causal pueden ser:

Térmicas: Calor (fuego, vapor y objetos calientes). Frío hielo, nieve o

bajas temperaturas.

Eléctricas: incluyendo relámpagos.

Luz (estas incluyen las quemaduras a los ojos causadas por una

fuente de luz intensa; y quemaduras en la piel

Químicas: son aquellas causadas por sustancias ácidas, alcalinas u

otras substancias químicas corrosivas al entrar en contacto con la

piel

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Radiación: quemaduras de la piel por luz ultravioleta, o el sol y daño

producido en los ojos por una fuente de luz intensa

Clasificación De Las Quemaduras

Las quemaduras se pueden clasificar de acuerdo a:

PROFUNDIDAD: En relación a tejidos que compromete

Primer Grado o de Tipo A:

Solo afecta la capa externa de la piel, esta se encuentra enrojecida

(Eritema) y tal vez inflamada, el paciente se queja de dolor. Ej.

Quemadura solar.

Segundo Grado o de Tipo Ab:

La primera capa de la piel está totalmente quemada y la segunda está

dañada. Usted verá: intenso color rojo, ampollas, (flictenas) eritema,

inflamación increíble (después de 48 horas), dolor muy severo,

hinchazón (edema).

Tercer Grado o de Tipo B:

Todas las capas de la piel están dañadas. El tejido Adiposo,

Muscular, Nervios y Huesos. Se observa una Escara seca o húmeda,

de color rojizo, grisáceo o negro. El paciente puede quejarse de

dolor, sin embargo, por daño severo de los nervios puede no sentir

ningún dolor.

EXTENSIÓN: De acuerdo a la llamada “regla de los 9”. Múltiplo de

cabeza 9% en adulto.

Cabeza: 9 % (4 ½ cara anterior y 4 ½ cara posterior)

Cada miembro superior: 9 % (4 ½ cara anterior y 4 ½ cara posterior)

Tronco anterior:18 %

Tronco posterior: 18 %

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Cada miembro inferior: 18 %

Genitales: 1%

TOTAL: 100%

4.3.5) Reglas Para El Cuidado de un Paciente Con Quemaduras:

Regla 1: Administre el soporte básico de vida, si fuese necesario.

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Regla 2: Vigile los signos vitales y examine, si el calor o el humo han

afectado el sistema respiratorio del paciente (quemaduras térmicas,

eléctricas y químicas). La inflamación de los tejidos puede causar

una obstrucción en la vía aérea que conduzca a un paro respiratorio.

Regla 3: Brinde cuidado a todas las quemaduras incluyendo las

menores, de primer grado.

Regla 4: Cualquier quemadura, incluyendo las quemaduras de sol,

que comprometa manos, pies o cara, deben ser evaluadas por un

profesional.

Regla 5: Considere una quemadura, más seria, cuando se trata de

un niño, un anciano, es víctima de lesiones, o padece de

enfermedades respiratorias. Si el paciente es mayor de 50 o menor

de 10 años, cualquier quemadura de segundo o tercer grado, que

involucre más de un 10% de superficie corporal debe ser evaluado

como muy serio.

Cuidado de Quemaduras Térmicas

Advertencia:

NO intente rescatar a una persona atrapada en un incendio, a menos

que usted este entrenado, el simple acto de abrir una puerta, puede

costarle la vida.

Asegúrese, que se ha detenido el proceso de quemado, sofocando

las llamas, mojándolas o envolviendo a la víctima con una frazada)

SÍ el agente de quemadura es alquitrán caliente, enfríe con agua y no

intente remover.

NO remueva prendas de vestir, córtelas, así evita desgarrar la piel.

NO aplique nada sobre la quemadura como aceite, pomada, harina

etc.

NO rompa las ampollas.

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Otorgue cuidado especial a párpados y ojos, cubra con un apósito o

paño, limpio o estéril.

Para vendar los dedos, sepárelos colocando un apósito limpio o

estéril.

Medidas de Atención

Calme el dolor, con agua fría bajo la llave y luego cubra

Lave con abundante agua corriente aproximadamente por 15

minutos.

Cubra la piel quemada con material estéril o limpio.

Administre abundante líquido si la persona está consciente.

Traslade a un servicio de urgencia.

Calambres por Calor

Los calambres por calor, son causados por una prolongada exposición.

Por el sudor se eliminan grandes cantidades de agua y sal, causando

dolorosos calambres musculares.

Signos y síntomas:

Calambres musculares severos, usualmente en brazos, piernas y

abdomen.

Agotamiento, frecuentemente hasta el punto de colapso.

Algunas veces mareos y desmayo.

Medidas de atención:

Traslade a la persona a un lugar fresco.

Dé a beber agua, a una frecuencia de medio vaso cada 15 minutos.

Los masajes en los músculos acalambrados ayudan a aliviar los

calambres. Tal acción no se recomienda en pacientes con historia de

problemas circulatorios (forman coágulos en las venas de las

extremidades inferiores)

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Las toallas tibias aplicadas sobre el músculo con calambres dan

alivio.

Quemaduras Producidos por el Frío

El enfriamiento general del cuerpo humano se conoce como hipotermia.

Con el tiempo, el cuerpo es incapaz de mantener su propia temperatura

interna, lo que conduce irremediablemente a la muerte La hipotermia es

un problema de salud que se agrava con la edad, el consumo de droga

y alcohol.

Signos y síntomas:

Labios y uñas moradas

Aletargamiento, pérdida de conciencia

Somnolencia y falta de interés aún en las actividades simples.

Baja frecuencia respiratoria y cardiaca (en casos de hipotermia

prolongada)

Congelamiento de partes del cuerpo (en casos muy extremos).

Deben tomarse acciones inmediatas, dado que la persona puede

estar muy cerca de la muerte.

El cuidado de las personas con hipotermia, requieren que usted:

Lleve a cabo la evaluación y entrevista para determinar la extensión

del problema

Mantenga seco al paciente

Use el calor para elevar la temperatura corporal

Si la persona se mantiene alerta, dé a beber líquidos tibios. No

administre bebidas alcohólicas.

Medida de Atención

Traslade a un lugar abrigado

Retire la ropa, si se encuentra mojada.

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Envuelva en frazadas

Mantenga en reposo

Controle signos vitales

Precauciones:

No dé masajes o fricciones en las zonas afectadas por riesgo de

causar heridas.

Proteja zonas congeladas con ropa de algodón o lana.

NO coloque bolsas de agua caliente (guateros)

Shock

En el cuidado de una emergencia existe el concepto de la "la hora de

oro". Esto es la primera hora después de ocurrida la lesión o de inicio

súbito de ciertas enfermedades. Si el shock puede prevenirse o reducir

su severidad, las probabilidades de supervivencia de la persona

aumentan.

Básicamente el shock es la reacción del organismo frente a la falla del

sistema circulatorio, provocando un insuficiente aporte de sangre y por

ende de oxígeno a todo el cuerpo.

Inicialmente el organismo tratará de compensar este desequilibrio, entre

otros, acelerando la circulación sanguínea (aceleración de pulso), los

vasos sanguíneos se estrecharán (piel pálida fría y sudorosa) y la

sangre se redistribuirá favoreciendo la oxigenación de algunos órganos.

Este mecanismo se realiza para que los principales órganos (llamados

nobles); cerebro, corazón, pulmones y riñones reciban el suministro de

oxígeno con el fin de no dañarse.

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Sin embargo, el cuerpo puede llevar a cabo estas medidas solo

temporalmente, sin ayuda oportuna, la persona puede llegar al shock e

incluso morir. Aún cuando el cuerpo puede dañarse por una lesión, éste

reacciona tratando de corregir los efectos nocivos. Si el daño es muy

severo la reacción es el Shock.

El shock indica un problema en el sistema circulatorio:

Corazón: cuando falla para bombear el volumen de sangre o se

detiene.

Vasos: El sistema circulatorio es un sistema cerrado, se interrumpe y

se pierde volumen.

Volumen: Cuando existe una pérdida importante de sangre o los

vasos se dilatan.

El shock puede desencadenarse por múltiples problemas, es así

como se clasifica en:

Shock Hemorrágico

Shock Carcinogenico

Shock Neurogénico

Shock Anafiláctico

Shock Psicogénico

Shock Metabólico

Shock Séptico

Shock Respiratorio

Independiente de la causa, el cuidado de una persona en este estado,

es urgente, más adelante se darán a conocer medidas de atención

básicas que contribuirán a detener este proceso.

Síntomas

Debilidad. ( este puede ser el síntoma más significativo)

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Náusea con posible vómito.

Sed.

Vértigo.

Inquietud y temor. Esta puede considerarse como un signo previo al

Shock.

Signos:

Generales: Inquietud, sangrado profuso, vómito o pérdida de líquido

corporal, agitación y temblor.

Estado de conciencia: Desorientación, confusión, sin respuesta,

desmayo, o pérdida súbita del conocimiento.

Respiración: superficial y rápida.

Pulso: rápido y débil. (mayor de 100 por minuto)

Piel: fría y pegajosa, palidez, (puede haber sudoración profusa)

Cara: pálida a menudo con un color azulado de los labios y lóbulos

de las orejas.

Ojos: sin brillo, pupilas dilatadas.

Medidas de Atención

Acueste y tranquilice a la víctima, eleve sus piernas 30 cm. y

manténgalas en alto, o bien, coloque el cuerpo en forma inclinada.

Abrigue, cubra con frazada y si la espera es muy larga, coloque otra

por debajo de su cuerpo.

Controle permanentemente los signos vitales.

Traslade a un centro asistencial para tratamiento.

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PRECAUCIÓN: En caso de shock está prohibido dar de beber.

La posición de shock no deberá aplicarse en los siguientes casos:

Persona inconsciente.

Heridas en el cráneo.

Quebraduras en la columna vertebral, pelvis o extremidades

inferiores.

RECONOCIMIENTO DE ASFIXIAS

Un niño puede estar asfixiándose y necesitar ayuda inmediata si:

No puede respirar.

Jadea o boquea, haciendo esfuerzos para

No puede hablar, llorar ni emitir sonidos.

Se pone azul.

Se sujeta la garganta o agita los brazos.

Parece aterrado.

En estos casos, inicie inmediatamente los empujes abdominales de

rescate conocidos como "maniobra de Heimlich", el procedimiento

estándar de primeros auxilios, para casos de asfixia por aspiración, si

sabe cómo hacerlos correctamente.

Empujes abdominales (la maniobra de respirar. Heimlich).

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Si tiene hijos, es importante que reciba formación para realizar tanto la

reanimación Cardiopulmonar (RCP) como la maniobra de Heimlich.

Incluso aunque no tenga hijos, saber realizar estos procedimientos de

primeros auxilios le permitirá prestar ayuda si se encuentra alguna vez

en una situación en que alguien se esté asfixiando.

La idea que subyace a los empujes abdominales de la maniobra de

Heimlich es que un flujo repentino de aire iniciado desde fuera y hacia

arriba desde el diafragma desobstruirá la tráquea, forzando al objeto

alojado en su interior a salir volando hacia la boca o, incluso,

expulsándolo al exterior.

A pesar de que la técnica de la maniobra de Heimlich es relativamente

sencilla, debe realizarse con precaución, especialmente con niños

pequeños.

Es más segura cuando la realiza una persona que se ha entrenado en

el procedimiento. Si se hace de forma errónea, la persona que se está

asfixiando, sobre todo si se trata de un bebé o un niño, podría sufrir

daños.

Hay una versión especial de la maniobra de Heimlich para lactantes que

está diseñada para reducir el riesgo de lesiones en el reducido cuerpo

de un bebé.

Cuerpos extraños en ojos, nariz, oídos y garganta.

Técnicas de remoción de cuerpos en ojos, nariz y oídos.

Maniobra de Heimlich para cuerpos extraños en garganta.

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Reanimación Cardiopulmonar (Rcp)

Se denomina resucitación al conjunto de maniobras que tratan de

restablecer la respiración y los movimientos del corazón de una

persona, en la que accidental y recientemente se han suspendido

ambas funciones.

Frente a un PCR:

Menos del 8% de las personas que sufren un paro cardiaco sobreviven,

menos de una tercera parte de las víctimas de un PCR fuera del

Hospital reciben RCP de un espectador, el RCP de un espectador

eficaz, siempre es inmediatamente después de un paro cardiaco y

puede duplicar o triplicar la posibilidad de sobrevida.

Qué es un PCR

El paro cardiorrespiratorio (PCR) es el cese de la actividad mecánica

cardíaca efectiva.

Se diagnostica por la ausencia de:

Conciencia

Pulso

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Ventilación

Es una falla aguda de la bomba cardíaca que produce flujo sanguíneo

Aórtico nulo o insuficiente para cubrir las necesidades mínimas de los

órganos vitales.

La totalidad de las medidas que se implementan para revertir este

escenario se denomina Reanimación Cardiopulmonar (RCP),

distinguiéndose dos niveles de complejidad creciente y consecutiva: el

soporte vital básico y el soporte vital avanzado.

Causas del PCR

Cardiológicas:

IAM

Tu Cardiacos

Arritmias (Fibrilación Ventricular, Taquicardia Ventricular, asistolia)

No cardiológicas:

Asfixia por cuerpo extraño

Asfixia por inmersión

Inhalación de gases tóxicos

Paro respiratorio

Depresión respiratoria por drogas

Quemadura de la vía respiratoria

Accidente cerebro vascular (ACV)

Traumatismo Encéfalo Craneano (TEC)

Hipoglicemia

Status convulsivo

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Shock eléctrico

Síntomas:

Paro respiratorio o dificultad para respirar Ausencia de pulso

Inconciencia

Cadena de Supervivencia

Los 5 eslabones de la cadena de supervivencia del Adulto:

Reconocimiento inmediato del paro cardíaco y activación del sistema

de respuesta de emergencias.

RCP precoz con énfasis en las compresiones torácicas

Desfibrilación rápida

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Soporte vital avanzado efectivo

Cuidados integrados posparo cardíaco

La Cadena de supervivencia Pediátrico

Prevención del paro

RCP precoz de Calidad realizada por un testigo presencial

Activación rápida del sistema de respuestas a emergencias.

Soporte vital avanzado eficaz (incluida la estabilización y el traslado

rápidos para conseguir una atención estable y una rehabilitación

definitiva)

Cuidados integrados posparo cardíaco

El soporte vital básico se compone de:

Compresiones torácicas

Vía aérea

Ventilación

Desfibrilación

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Iniciación de los ciclos de 30 compresiones torácicas y 2 ventilaciones

(RCP)

Si no detecta ningún pulso en 10 segundos, realice 5 ciclos de compresiones

y ventilaciones Relación 30x2 Comenzando por las compresiones Secuencia

CAB.

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V. MÓDULO 5:

PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y USO DE EXTINTORES.

5.1. Consideraciones Generales.

El fuego es un elemento que ha acompañado el desarrollo de la humanidad

desde hace miles de años. Sus usos son múltiples y variados,

extendiéndose desde la simple cocción de los alimentos hasta el impulso de

las grandes maquinarias de la industria.

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Utilizado responsablemente, el fuego fue un aliado importante en el

progreso del hombre y la sociedad y aún sigue desempeñando un rol

preponderante en su desarrollo.

El fuego, aún bajo control, es un elemento que debe respetarse y tratarse

cuidadosamente. Su potencial destructivo es muy poderoso y un pequeño

descuido puede transformar a este aliado en el peor de los enemigos.

Una simple estufa, un hornalla o un farol, pueden desatar graves incidentes

con grandes pérdidas materiales, poniendo en riesgo la vida de las

personas e incluso provocando su muerte.

5.2. ¿Qué es un incendio?

Cuando por alguna razón un fuego se extiende y se sale de control, este se

denomina incendio y es en este momento en donde el peligro potencial que

existe en el fuego se transforma en una realidad. Un incendio es entonces,

un fuego que se encuentra fuera de control.

Mecánica del fuego.

Una forma de estimar el riesgo potencial de nuestro entorno, en cuanto al

fuego y al peligro de incendios, es a través del conocimiento de la mecánica

del fuego. Si estamos en conocimiento de los elementos y reacciones

necesarias para provocarlo, podremos estimar los riesgos potenciales del

entorno y saber cómo manejarnos en caso de que un fuego se inicie

involuntariamente.

El fuego es una reacción química de oxidación que provoca una reducción

exotérmica. Sus reactivos son el oxidante y el reductor. El reductor se

denomina combustible y el oxidante comburente; las reacciones entre

ambos se denominan combustiones.

Dentro los comburentes, el más conocido y disponible en la naturaleza es el

Oxígeno. En tanto que los combustibles pueden ser variados y se

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encuentran siempre en el entono en el cual nos encontramos: por ejemplo,

papel, madera, plástico, gasolina, kerosene, nafta, gas, telas, etc.

Los elementos necesarios para que exista "fuego" deben ser siempre tres:

Combustible

Comburente

Temperatura.

Si uno de estos tres elementos no se encuentra presente, no habrá fuego.

También será necesario, no sólo que se encuentren presentes, sino que su

presencia responda a determinados parámetros como la existencia de calor

y una reacción de combustión.

El Calor es la energía necesaria para que tenga lugar dicha reacción y se

denomina energía de activación; esta energía de activación es la aportada

por los focos de ignición y debe ser la necesaria suficiente para

desencadenar el proceso.

La reacción de combustión es una reacción fuertemente exotérmica. De la

energía desprendida, parte es disipada en el ambiente produciendo los

efectos térmicos del fuego y parte calienta a más reactivos.

Cuando esta energía es igual o superior a la necesaria, el proceso continúa

mientras existan reactivos. Se dice entonces que hay reacción en cadena.

De acuerdo con la velocidad a la que ocurre el proceso, los fuegos

pueden ser:

De Combustión Lenta: Caracterizada por la poca producción de

calor. Propiamente se trata de una oxidación.

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De Combustión Rápida: Es la que se presenta acompañada de luz,

y con gran generación de calor; es decir fuego.

De Combustión Instantánea: Como su nombre lo indica se realiza

en fracciones de segundo, generando un intenso calor y desplazando

gran cantidad de gases a alta presión.

Si la velocidad de propagación es superior a la velocidad del sonido, se

denomina Detonación.

5.3. Tetraedro del fuego

Para que el fuego se inicie tienen que coexistir tres factores: combustible,

comburente y foco de ignición (fuente que aporta el calor necesario). Estos

conforman el conocido "triángulo del fuego". Para que el fuego progrese, la

energía desprendida en el proceso tiene que ser suficiente para que se

produzca la reacción en cadena. Estos cuatro factores forman lo que se

denomina el "tetraedro del fuego".

Mientras exista energía suficiente, combustible y oxígeno en las

proporciones necesarias, el fuego continuará.

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Solamente se extinguirá cuando se consuma uno de los tres componentes,

sus parámetros estén fuera de los valores necesarios o intencionalmente se

elimine uno de ellos.

Esta descripción básica del fuego, es la que permite combatirlo cuando este

se halla fuera de control. Todos los métodos de extinción trabajan sobre la

estructura y mecánica del fuego, eliminado uno o más de los factores que

se combinan en el tetraedro del fuego.

Eliminación del combustible.

Eliminación del comburente.

Eliminación del calor.

Aislamiento de los elementos para impedir la reacción.

5.4. Combustibles.

Se considera combustible a todos aquellos materiales capaces de entrar en

combustión después de un calentamiento previo, es decir, que el material

se oxida.

En nuestra naturaleza encontramos varios tipos de combustibles y estos se

presentan en estado sólido, líquido y gaseoso. Antes de arder, los

combustibles generan gases por efectos de la temperatura, y son éstos

últimos los que se encienden dando origen al fuego.

Cada combustible arde a diferentes grados de temperatura, es decir que

sus vapores se generan y encienden a diferentes temperaturas. La nafta,

por ejemplo, genera vapores a – 40 C, lo que indica que a esta temperatura,

en presencia de oxigeno y aplicando un elemento de ignición, sus gases

pueden encenderse. El gasoil, al contrario, genera gases a partir de los 37

C, por tanto si se encuentra por debajo de esta temperatura no generará los

gases necesarios para encenderse por efectos de la ignición.

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Entre los materiales combustibles más utilizados se encuentran:

Materiales combustibles sólidos que contienen celulosa, como los papeles,

maderas textiles, cartones, etc.

Combustibles líquidos que se caracterizan por contener gran cantidad

de carbono e hidrógeno, tales como la bencina, aceites, lubricantes,

solventes, etc.

Elementos no metálicos de fácil combustión como: azufre o el fósforo.

Elementos metálicos tales como el aluminio, titanio, zirconio y los

metales alcalinos como el sodio y el potasio.

5.5. Tipos de Fuego.

Según el tipo de combustible involucrado en la producción del fuego, este

puede clasificarse por tipos. Cada tipo involucra un determinado grupo de

combustibles y genera un determinado grupo de residuos. Saber identificar

el tipo de fuego, es un paso esencial para poder establecer el método más

adecuado para su extinción.

Tipo A: Los fuegos clase A son aquellos que se producen en materias

combustibles sólidos, como madera, papeles, cartones, textiles, plásticos,

etc. Cuando estos materiales se queman, dejan residuos en forma de

brasas o cenizas.

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Tipo B: Los fuegos clase B son los que se producen en líquidos

combustibles inflamables, como petróleo, gasolina, pinturas, etc. También

se incluyen en este grupo el gas licuado de petróleo y algunas grasas

utilizadas en la lubricación de máquinas. Estos fuegos, a diferencia de los

anteriores, no dejan residuos al quemarse.

Tipo C: Los fuegos clase C son los que comúnmente identificamos como

"fuegos eléctricos". En forma más precisa, son aquellos que se producen en

"equipos o instalaciones bajo carga eléctrica", es decir, que se encuentran

energizados. Cuando la fuente energética se desconecta o aísla, se

transforman en alguno de los otros tipos de fuegos.

Tipo D: Los fuegos clase D son los que se producen en polvos o virutas de

aleaciones de metales livianos como aluminio, magnesio, etc.

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Tipo K: Son los fuegos producidos por cocinas comerciales con grasas y

aceites de origen animal o vegetal

5.6. Principales Causas de Incendios y Prevención.

Repasados la mecánica del fuego y sus tipos, es conveniente una rápida

revisión de las principales causas que lo originan. A continuación se

describen algunos de los motivos que generan mayoritariamente los fuegos

involuntarios e incendios.

Fósforos, Cigarrillos y brasas.

Esta es un de las causas más comunes de incendios y ocurren por malos

hábitos y descuidos de las personas. Fósforos y cigarrillos deben ser

convenientemente apagados y dispuestos en los lugares convenientes para

su desecho.

Jamás deben arrojarse fósforos o cigarrillos encendidos por las ventanillas

o en espacio abierto. Antes de arrojarlos en los lugares previstos a tal fin,

debe verificarse que estén perfectamente apagados.

Caso similar ocurre con las brasas. Nunca debe dejarse que un fuego de

brasas se extinga por sí solo. Antes de dejar un espacio o un artefacto con

brasas encendidas, debe apagarse las mismas y verificar que se hayan

enfriado.

Equipos e Instalaciones Eléctricas Defectuosas.

Los incendios originados a causa de la electricidad se deben al

sobrecalentamiento de instalaciones y equipos, a los cortocircuitos y a los

arcos voltaicos sobre superficies combustibles no debidamente aisladas.

Por tanto, es necesario revisar y efectuar una mantención periódica de las

instalaciones y equipos eléctricos.

Sobre calentamientos de Equipos y Artefactos.

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Existen equipos y artefactos cuyo funcionamiento genera altas

temperaturas, así como también equipos que por desperfectos o exigencias

se sobrecalientan. Cualquiera sea el caso, deben permanecer alejados de

todo tipo de combustibles, más aún de aquellos cuya temperatura de

ignición sea baja (combustibles altamente inflamables).

Chispas Mecánicas

Se producen al golpear materiales ferrosos entre sí, o con otros elementos.

Son partículas que por efecto del impacto y fricción se calientan lo

necesario para generar un fuego si entran en contacto con el combustible

adecuado. Para evitar esta reacción, se deben aislar suficientemente y

proteger las maquinarias, además de retirar materiales de los alrededores

que puedan entrar en combustión con facilidad.

Fricción

Las partes móviles, no lubricadas correctamente, generan altas

temperaturas por fricción. Estas partes pueden estar compuestas por

materiales combustibles o encontrase cerca de ellos y generar el calor

suficiente para lograr el punto de ignición. Por este motivo, la maquinaria

debe inspeccionarse contantemente para verificar su temperatura de

funcionamiento y realizarse la manutención apropiada.

Toda equipo cuya temperatura de funcionamiento sea elevada, debe

encontrase convenientemente alejado de materiales combustibles.

Ignición Espontánea

Este fenómeno se presenta en ambientes que reúnen ciertas condiciones,

una de las cuales es que se produzca la oxidación y que esta sea más

rápida que la capacidad de disipación. Si esto ocurre, la acumulación de

calor será capaz de llegar la temperatura de ignición.

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Entre algunos de los materiales usados comúnmente, que pueden llegar a

calentarse a temperatura normales, están los aceites vegetales, aceites

animales, sólidos como el carbón, fibras vegetales y animales, etc.

Se debe tener bastante precaución en el almacenamiento de este tipo de

materiales.

Superficies Calientes

El calor que irradian los tubos de vapor y agua a alta temperatura, tubos de

humos, basuras, calderas, etc. Son cusas comunes de incendios

industriales. En estos sitios no se deben permitir el almacenamiento o el

trabajo con materiales cuya temperatura de inflamación sea mas baja que la

temperatura que alcanza el equipo en operación.

Llamas Abiertas

Las llamas abiertas son una fuente constante de inflamación, se encuentran

presentes en equipos industriales a combustión, quemadores de gases

industriales, quemadores portátiles, faroles a combustible líquido etc.

Estufas

En la época de invierno son muy comunes los incendios por esta causa; se

produce al debido recalentamiento de la estufa y la radiación resultante que

enciende los materiales combustibles cercanos.

Es recomendable apagar las estufas en horarios nocturnos o durante las

horas del día en que no pueden ser controladas. Un accidente frecuente

que arroja víctimas mortales cada año, es el uso de estufas en ámbitos que

no se encuentran debidamente aislados de mantas, cortinas, vestimenta y

otros combustibles que entran en contacto directo con la superficie radiante.

Estufas a gas que no cuenten con los mecanismos de aislamiento, corte

automático y analizador de oxígeno (Ej, pantallas conectadas directamente

sobre garrafas) no deben dejarse encendidas durante las horas de sueño.

Tampoco deben utilizarse estufas eléctricas cerca de muebles durante la

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noche, más aún si estas no cuentan con la debida protección y correcto

estado de sus componentes.

Orden y Aseo

El orden y el aseo, son dos características fundamentales de todo espacio

físico si se desea trabajar en la prevención de accidentes de trabajo e

incendios. Muchos de los incendios se deben exclusivamente a la falta de

los mismos y la falta de criterio con que se disponen los objetos de trabajo,

la maquinaria y los combustibles.

Los espacios ordenados, debidamente señalados y organizados a criterio,

son potencialmente menos riesgosos que aquellos que se encuentran en

desorden.

Métodos de extinción del fuego.

De acuerdo a las características de la mecánica del fuego y sus

componentes, existen cuatro tipos de acciones destinadas a extinguirlo.

Como ya se mencionara anteriormente, conocer la estructura del fuego es

una herramienta fundamental para poder conocer cómo combatirlo.

5.7. Formas de extinguir un fuego según como se actué sobre sus

componentes.

a) Extinción por sofocación:

Este método trabaja sobre la eliminación del comburente (generalmente

el oxígeno).

Consiste en eliminar el oxígeno necesario del escenario descripto por

el tetraedro del fuego. Al quitar el oxígeno, el fuego pierde su

comburente, se sofoca y se extingue. Algunos de los métodos

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frecuentemente utilizados, son el uso de espumas que cubren la

superficie del fuego, el uso de tierra o arena aplicada sobre la superficie

del fuego o las coberturas del fuego con materiales que impidan la

circulación del oxígeno (ej, colocar la tapa en un sartén encendido).

b) Extinción por enfriamiento:

La extinción por enfriamiento disminuye la temperatura de los

materiales combustibles, impidiendo que estos generen y emitan los

gases inflamables. En el caso de los combustibles sólidos generalmente

se utiliza el agua, en tanto que para otros elementos combustibles o

fuegos específicos puede utilizarse el CO2.

a) Extinción Por dispersión o aislamiento del combustible:

Este método impide la propagación del fuego los componentes del

fuego. Como se viera anteriormente en la mecánica del fuego, si la

energía desprendida por el fuego es la necesaria para activar el

combustible disponible, el fuego provocará una reacción en cadena,

extendiéndose hasta que uno de los elementos constitutivos

desaparezca. En este caso, se trata de aislar el combustible. Si esto se

logra, el fuego se extinguirá por si solo luego de agotado el combustible

disponible.

b) Extinción por inhibición de la reacción en cadena:

Consiste en impedir la transmisión de calor de unas partículas de

combustible hacia otras, interponiendo elementos catalizadores

entre ellas. Sirva como ejemplo la utilización de compuestos químicos

que reaccionan con los distintos componentes de los vapores

combustibles neutralizándolos, como por ejemplo polvos químicos y

halones.

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5.8. Extintores

Los extintores son elementos de seguridad que permiten eliminar focos

incipientes de fuego, así como también controlar su propagación para

evitar posteriores incendios. Existen de varios tipos, según sea su

formato y agente extintor. De acuerdo a su agente extintor, podemos

encontrar de agua, soluciones acuosas, gases y polvos químicos, entre

otros; mientras que de acuerdo a su formato, esto pueden ser

manuales, portátiles, rodantes, de carretilla, etc.

Los extintores que podemos encontrar con mayor frecuencia en

oficinas, viviendas y vehículos, son aquellos de tipo manual o portátil

hasta 20 Kg, en tanto que en grandes industrias, talleres, salas de

máquinas, etc. son frecuentes los de mayor porte, como los rodantes o

de carretilla.

Respecto al tamaño y disposición de los extintores, existen algunas

consideraciones que deben tenerse siempre presentes.

Los extintores tienen una capacidad limitada de acción (en cuanto a

superficie) por tanto más son efectivos cuando los fuegos son

incipientes.

El tiempo en que se vacía la carga de un extintor portátil, promedio,

es de hasta 48''. Este tiempo permitirá atacar sólo pequeñas

superficies de fuego.

La efectividad de los extintores portátiles dependerá en gran medida

de la rapidez con que se detecte el fuego y se lo combata. En

incendios extendidos, los extintores portátiles no suelen ser

efectivos.

La cantidad y disposición de los extintores deben estar relacionadas

con la superficie total a cubrir y las distancias mínimas y máximas

existentes con las zonas de riesgo.

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Los extintores deben estar siempre visibles en espacios

especialmente señalizados.

Todos los ocupantes permanentes de los espacios protegidos por

extintores, debe conocer su ubicación y forma de operación.

El extintor es el primer elemento que se utiliza en los primeros minutos

de iniciación de un fuego, por tanto se puede afirmar que de él depende

que la propagación del fuego se evite o no. Para elegir un buen extintor

hay que conocer qué agente extintor es el más adecuado para el tipo de

fuego que se ha producido.

El extintor debe estar en buen estado, su emplazamiento debe ser

visible y accesible, deben estar próximos a las salidas de evacuación y,

preferentemente, sobre soportes fijados o paramentos verticales, de

modo que la parte superior del extintor quede como máximo a 1,70 m.

sobre el suelo.

5.9. Tipo de Extintores

Extintor de Fuegos Clase "A"

Es aquel extintor cuyo uso es el más apropiado para los fuegos del tipo

"A", es decir, para los que se conocen como materiales combustibles

sólidos comunes, tales como: la madera, textiles, papel, caucho y

ciertos tipos de cauchos. La base o agente extinguidor de este extintor

es el agua. Estos operan por presión permanente, con depósito de

bombeo o por reacción química.

Extintor de Fuegos Clase "B"

Este tipo de extintor es el que resulta más efectivo para el combate de

fuegos clase "B", y como ya lo habíamos mencionado anteriormente

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son estos los fuegos que se suceden en líquidos inflamables y/o

combustibles derivados del petróleo. La base o agente extinguidor de

este extintor son los Polvos Químicos Mezclados, entre los cuales

podemos nombrar: Bicarbonato Sódico, Bicarbonato de Potasio (Purple

K), Cloruro Potásico, Monofosfato de Amonio, Bicarbonato de Urea

Potásico.

Su operación es a través de presión interna dado desde el momento de

llenado o a través de presión externa dada por un cilindro y este

expulsa el polvo, estos polvos para efectos del organismo no son

tóxicos, pero en altas concentraciones son asfixiantes. Dependiendo del

Polvo envasado se puede usar para fuegos AB y ABC, pero para

fuegos clase "D" no se debe usar.

Extintor de Fuegos Clase "C"

Así como los hay para clase "A" y " B ", los fuegos clase " C también

poseen un agente extinguidor efectivo y en este tipo de fuego debemos

tener en cuenta el riesgo existente en lo referente al contacto con la

energía eléctrica, por lo tanto, el uso indebido de un extintor puede

perjudicarnos. La base o agente extinguidor utilizado en este extintor es

C02, el cual entre sus propiedades se resalta la no- conductividad

eléctrica. Su operación es a través de presión interna, la cual es dada

por el mismo C02 dentro de su contenedor.

Extintor de Fuegos Clase " D"

Es aquel extintor indispensable y efectivo en el combate de fuegos

clase " D ", sabiendo de antemano que estos son los fuegos que se

presentan en Materiales reactivos. Como agente extinguidor base de

este tipo de extintor tenemos:

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Polvo G-1 es un grafito tamizado de fosfato orgánico que desprende

gases, los cuales sofocan y enfrían, se utilizan en incendios de

magnesio, sodio, litio, titanio, calcio, aluminio, acero, etc.

Polvo Metal, es un extracto metálico principalmente de Clorato de Sodio

y Fosfato Tricálcico. Se utilizan en incendios de magnesio, sodio,

potasio y aleaciones.

Polvos no Comerciales, tales como talco, polvo de grafito, arena seca,

bicarbonato de sodio

Extintores Clase K

Son aquellos utilizados principalmente en cocina industriales o

comerciales, diseñados para combatir los fuegos producidos por grasas

o aceites de origen, animal o vegetal.

Contiene agentes extintores como el polvo químico seco o agentes

húmedos como las soluciones acuosas de acetato de potasio,

carbonato de potasio o citrato de potasio.

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5.10. Modo de operar un extintor.

Los extintores se encuentran diseñados para mantener seguro su

almacenamiento, protegiendo su carga de accionamientos accidentales. Por

esta razón, cuentan con medidas de seguridad que bloquean su

accionamiento involuntario. Estas medidas de seguridad son muy básicas y

sencillas, lo que permite que en caso de uso intencional sea posible operar

las mismas sin mayores inconvenientes.

No obstante y a pesar de la simplicidad de estas medidas, en momentos de

riesgo real un manejo inadecuado de las mismas puedo provocar

accidentes y situaciones indeseables (descargar el extintor mientras se lo

transporta, exponerse a llamas con el extintor con las medidas de seguridad

aún colocadas, etc).

Debe recordase que la efectividad del extintor se encuentra relacionada a

rapidez con que se detecte el foco de inicio del fuego y la velocidad y

pericia con que se opere el extintor para sofocarlo. Por este motivo, es

necesario tener en cuenta las siguientes recomendaciones.

Mantener la calma, actuar velozmente no significa hacerlo

compulsiva e irracionalmente.

Verificar el extintor se encuentre cargado, mediante el control de su

manómetro y peso.

Transportar el extintor hacia la zona en que se va a utilizar.

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Colocar el extintor en el suelo y retirar el precinto de seguridad.

Retirar la traba de seguridad que desbloquea la palanca de

accionamiento.

Tomar el extintor por su manija superior.

Tomar la boquilla y dirigirla hacia la base del fuego.

Accionar el extintor para liberar su carga.

Partes esenciales de un extintor.

5.11. Recomendaciones para combatir el fuego mediante el uso de

extintores.

En espacios abiertos, atacar el fuego a favor del viento.

En espacios cerrados, hacerlo preferentemente desde la posición

más favorable para realizar un escape seguro.

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Descargue los extintores sobre la base del fuego, realizando una

operación de barrido. La eficacia de un extintor depende de su

capacidad y manejo, ya que el tiempo efectivo es muy corto.

Cuando la llama se apague, deje de utilizar el extintor

inmediatamente para conservar carga de reserva en caso de que el

fuego se reinicie.

Cuando los combustibles estén totalmente apagados, arroje agua

para enfriarlos, verificando primero la no existencia de tensión

eléctrica.

Los extintores solo deben utilizarse cuando se está iniciando el

incendio, luego de ello será muy difícil controlarlo.

Nunca dar la espalda al fuego, retroceder siempre de frente al

mismo, hasta tanto se encuentre a una distancia prudencial.

BIBLIOGRAFÍA

Siller-Cepeda, J. 2002. Manual de Buenas Prácticas en SSO. Centro de Investigación y Desarrollo, A.C. Unidad Culiacán en Fisiología y Tecnología y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad.

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Droug Administración. 2002. Memoria: Entrenamiento para Capacitadores sobre Buenas Prácticas de Seguridad y Salud Ocupacional.

Tamayo López, Rodrigo. 2009. ConstruYO Chile; Formación de Competencias Fundamentales en Seguridad y Salud en el Sector Construcción. Subsecretaria de Previsión Social

Hinojosa, Gonzalo. 2006. Manual de Buenas Prácticas Laborales Para la Agricultura Chilena. Asociación de Exportadores de Chile, A.G. ASOEX

Mager Stellman, Jeanne. 1998. Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Organización internacional del Trabajo.

Páginas web o link que se recomienda consultar:

www.suseso.cl, Página de la Superintendencia de Seguridad Social

www.leychile.cl/Navegar?idNorma=28650, ley 16744 con sus

modificaciones hasta el 2011.

http://www.paranauticos.com/notas/Tecnicas/seguridad/el-fuego.htm/

http://bomberosk2.galeon.com/aficiones831076.html Nicolás Dueñas, J.I.

(2002). Aspectos Técnicos de las Áreas Cortafuegos. I Seminario de

Prevención de Incendios Forestales. (ETSI MONTES, Abril de 2000) /

http://usuarios.multimania.es/galapagar/extincion.html/

Extintores Portátiles – CIsTEMA SURATEP/

http://www.muniplibre.gob.pe/extintores.php/

http://www.mailxmail.com/curso-extintor-fuego/partes-extintor/

http://www.freedigitalphotos.net/

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