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Acta No. 1559/10/2018. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, siendo las trece horas con treinta minutos del día veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, se reúnen en la Sala de Cabildo, con objeto de celebrar la tercera Sesión de Cabildo del mes de marzo y segunda Sesión ordinaria a que fueron convocados los integrantes del R. Ayuntamiento; preside la reunión el Alcalde, Ing. Manolo Jiménez Salinas, con apoyo en lo dispuesto por los artículos 86, 89, 90 y 104 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza 15, 16 y 21 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo. Como el PRIMER punto de Orden del Día, el Alcalde solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. Jorge Eduardo Verástegui Saucedo, proceda con el desahogo de la lista de asistencia, por lo que en uso de la palabra, este último, hace constar que se encuentran presentes los Munícipes Armando Gutiérrez González, Primer Regidor; María Bárbara Cepeda Boehringer, Segunda Regidora; Marco Antonio Fuentes López, Tercer Regidor; Agustina Robles Ramírez, Cuarta Regidora; Oscar David del Bosque Martínez, Quinto Regidor; Beatriz Eugenia Fraustro Dávila, Sexta Regidora; Aníbal Soberón Rodríguez, Séptimo Regidor; Liliana Ramírez Hernández, Octava Regidora; Emmanuel Alejandro Gaona Velasco, Noveno Regidor; Dolinka Liliana Martínez Soria, Décima Regidora; Bernardo Escareño Lara, Décimo Primer Regidor; Xóchitl Guadalupe Ibarra Valero, Décimo Tercera Regidora; Alfonso Danao de la Peña Villarreal, Décimo Cuarto Regidor; Sara Sofía Burciaga Dávila, Décimo Quinta Regidora; Rodolfo Garza Gutiérrez, Décimo Sexto Regidor; Dora Alicia Villasana Martínez, Décimo Séptima Regidora; Lydia María González Rodríguez, Síndico; Juan Pablo Valdez Fuentes, Síndico de Vigilancia y Manolo Jiménez Salinas, Alcalde, con excepción de Esther Quintana Salinas, Décimo Segunda Regidora. Continuando con el uso de la palabra el Secretario expresa que conforme lo dispone el artículo 85, del Código Municipal y 15 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, existe el quórum legal para llevar a cabo esta tercera Sesión de Cabildo del mes de marzo y segunda Sesión ordinaria. Manifiesto que a fin de dar cumplimiento a lo previsto en la fracción III del artículo 126 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se les entregó por escrito el informe que contiene los expedientes pasados a Comisión, con mención de los que hayan sido resueltos y de los pendientes a la fecha: Se turnó para su análisis y en su caso para la elaboración del dictamen correspondiente: A la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos: - La propuesta para el otorgamiento de un estímulo consistente en el cobro de un peso anual por concepto de recargos del Impuesto Predial y del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, para el contribuyente que pague total o parcialmente sus adeudos, desde el primer día de cobro del mes, durante abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y hasta el último día de cobro del mes de diciembre del año en curso. A las Comisiones de Salud Pública y de Educación: - La propuesta relativa a la capacitación gratuita de primeros auxilios a centros educativos de nivel primaria. A la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito: - La propuesta para que la Comisión del Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia se establezca en las instalaciones que brinda el Juzgado Municipal o en algún otro especio distinto a la Dirección de Policía Preventiva Municipal. Programado para la próxima Sesión de Cabildo:

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Acta No. 1559/10/2018. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, siendo

las trece horas con treinta minutos del día veintitrés de marzo del dos mil dieciocho, se reúnen en la

Sala de Cabildo, con objeto de celebrar la tercera Sesión de Cabildo del mes de marzo y segunda

Sesión ordinaria a que fueron convocados los integrantes del R. Ayuntamiento; preside la reunión el

Alcalde, Ing. Manolo Jiménez Salinas, con apoyo en lo dispuesto por los artículos 86, 89, 90 y 104 del

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza 15, 16 y 21 del Reglamento Interior del R.

Ayuntamiento del Municipio de Saltillo. Como el PRIMER punto de Orden del Día, el Alcalde solicita al

Secretario del Ayuntamiento, Lic. Jorge Eduardo Verástegui Saucedo, proceda con el desahogo de la

lista de asistencia, por lo que en uso de la palabra, este último, hace constar que se encuentran

presentes los Munícipes Armando Gutiérrez González, Primer Regidor; María Bárbara Cepeda

Boehringer, Segunda Regidora; Marco Antonio Fuentes López, Tercer Regidor; Agustina Robles

Ramírez, Cuarta Regidora; Oscar David del Bosque Martínez, Quinto Regidor; Beatriz Eugenia Fraustro

Dávila, Sexta Regidora; Aníbal Soberón Rodríguez, Séptimo Regidor; Liliana Ramírez Hernández,

Octava Regidora; Emmanuel Alejandro Gaona Velasco, Noveno Regidor; Dolinka Liliana Martínez

Soria, Décima Regidora; Bernardo Escareño Lara, Décimo Primer Regidor; Xóchitl Guadalupe Ibarra

Valero, Décimo Tercera Regidora; Alfonso Danao de la Peña Villarreal, Décimo Cuarto Regidor; Sara

Sofía Burciaga Dávila, Décimo Quinta Regidora; Rodolfo Garza Gutiérrez, Décimo Sexto Regidor; Dora

Alicia Villasana Martínez, Décimo Séptima Regidora; Lydia María González Rodríguez, Síndico; Juan

Pablo Valdez Fuentes, Síndico de Vigilancia y Manolo Jiménez Salinas, Alcalde, con excepción de

Esther Quintana Salinas, Décimo Segunda Regidora.

Continuando con el uso de la palabra el Secretario expresa que conforme lo dispone el artículo 85, del

Código Municipal y 15 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, existe el quórum legal

para llevar a cabo esta tercera Sesión de Cabildo del mes de marzo y segunda Sesión ordinaria.

Manifiesto que a fin de dar cumplimiento a lo previsto en la fracción III del artículo 126 del Código

Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se les entregó por escrito el informe que contiene

los expedientes pasados a Comisión, con mención de los que hayan sido resueltos y de los pendientes

a la fecha:

Se turnó para su análisis y en su caso para la elaboración del dictamen correspondiente:

A la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos:

- La propuesta para el otorgamiento de un estímulo consistente en el cobro de un peso anual por

concepto de recargos del Impuesto Predial y del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, para

el contribuyente que pague total o parcialmente sus adeudos, desde el primer día de cobro del

mes, durante abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y hasta el último día

de cobro del mes de diciembre del año en curso.

A las Comisiones de Salud Pública y de Educación:

- La propuesta relativa a la capacitación gratuita de primeros auxilios a centros educativos de nivel

primaria.

A la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito:

- La propuesta para que la Comisión del Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia se

establezca en las instalaciones que brinda el Juzgado Municipal o en algún otro especio distinto a

la Dirección de Policía Preventiva Municipal.

Programado para la próxima Sesión de Cabildo:

- La ratificación del Acuerdo de Cabildo 143/27/2000, relativo a la desincorporación y donación en

favor del Gobierno del Estado, con destino a la Secretaría de Educación, para el equipamiento de

planteles de preescolar, primaria y secundaria de 15,018.96m2, en el área M-3 del Fraccionamiento

Las Teresitas.

Asuntos Pendientes en Comisión:

De Gobernación y Reglamentos:

- Las propuestas presentadas por el Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez, relativas a 1).- La creación

del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio y 2).- La adición del segundo párrafo del capítulo

cuarto, artículo 21 fracción V, inciso D, del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de

Saltillo.

De la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no Utilizable y Adquisiciones:

- La desincorporación y donación a favor del Gobierno del Estado, para ser destinado a la Secretaría

de Educación y construir un plantel educativo de nivel primaria, “del área municipal” del

Fraccionamiento Fundadores V Sector, de 4,184.88m2.

- La desincorporación para la donación a favor del Gobierno del Estado, para ser destinado a la

Secretaría de Educación y construir dos planteles educativos de nivel prescolar y primaria, en

fracciones de la manzana 14 del Fraccionamiento Ampliación Parajes de Santa Elena, de

3,004.19m2 y 5008.89m2.

De la Comisión de Movilidad y Transporte:

- El escrito del C. Miguel Ángel Benítez Sauceda, que expone no le ha sido posible concluir el trámite

de plaqueo de la concesión 6799-T, ya que existe error en el nombre, por lo que solicita su

corrección.

El Presidente Municipal manifiesta: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del Código

Municipal, y como SEGUNDO punto, pongo a consideración de este Honorable Cabildo para su

respectiva aprobación, el Orden del Día, por lo que solicito al Secretario del Ayuntamiento, proceda a

su lectura. El Secretario del Ayuntamiento expone: como usted lo solicita Sr. Presidente Municipal,

procedo a la lectura del siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Lista de Asistencia.

2. Lectura de los Acuerdos de las Sesiones de Cabildo de fecha veintitrés de febrero, uno

y nueve de marzo de dos mil dieciocho.

3. Dictámenes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y

Adquisiciones siguientes: 3.1).- La ratificación del Acuerdo 143/27/2000 mediante el

cual se dona superficie de 15,018.96m2 en el Área M-3 del Fraccionamiento Las

Teresitas, a favor de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado para ser

destinado a la construcción de tres planteles educativos, preescolar, primaria y

secundaria; 3.2).- La ratificación del Acuerdo 278/26/17 mediante el cual se otorgó en

concesión a título gratuito los bienes inmuebles que ocupan el Centro Cultural Teatro

García Carrillo, Museo Rubén Herrera y el Centro de Estudios Musicales, a favor del

Instituto Municipal de Cultura de Saltillo, por un período de treinta años, para el uso y

cuidado de los mismos; y 3.3).- La revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17,

mediante el cual se desincorpora y ratifica un lote de terreno del Fraccionamiento Las

Teresitas a favor de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila

para la construcción de un COBAC.

4. Dictámenes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos

siguientes: 4.1).- El informe de los estados financieros del mes de febrero del presente

año, presentado por la Tesorería Municipal; 4.2).- La condonación total del pago de

derecho relativo al refrendo previsto en el inciso a) de la fracción II del artículo 21 de la

Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal

2017, así como sus actualizaciones y recargos; y 4.3).- Otorgamiento de un estímulo

fiscal consistente en el cobro de un peso, en los recargos por año de los conceptos de

recolección de basura, impuesto sobre actividades mercantiles, mercados, servicios de

tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas alcohólicas, impuesto sobre

adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y fiscales, impuesto

predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento

de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de

anuncios y carteles publicitarios así como los provenientes de la ocupación de las vías

públicas.

5. Propuesta del Síndico Juan Pablo Valdez Fuentes relativa a la modificación del artículo

259 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de

Saltillo, y a los artículos 10 y 11 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el

Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a efecto de incorporar la posibilidad de que

las mujeres embarazadas utilicen los cajones de estacionamiento que en la actualidad

se encuentran reservados únicamente a personas con discapacidad.

6. Solicitud de licencia de la Lic. Esther Quintana Salinas, Décima Segunda Regidora por

tiempo indefinido mayor a quince días.

7. Dictamen de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia relativo al

horario laboral para el personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 08:00 a las 15:00

horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por

sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos.

8. Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad,

relativo a la propuesta para que dentro del edificio de la Presidencia Municipal, el

Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo, se instalen lactarios.

9. Clausura de la Sesión.

La Síndico Lydia María González Rodríguez manifiesta: Quisiera solicitar la dispensa íntegra de la

lectura de todos los dictámenes que se van a tocar el día de hoy aquí en la Sesión y solamente ir a los

resolutivos.

El Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez expone: Quisiera comentar que en el Orden del Día no vienen

incluidos los asuntos generales, habíamos acordado que se iban a poner en el Orden del Día “Asuntos

generales”.

El Secretario del Ayuntamiento manifiesta: No se recibió ninguno, por lo cual no se registraron asuntos

generales.

El Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez agrega: No bueno pero para que se tenga contemplado.

El Secretario del Ayuntamiento agrega: Quizá lo omitimos porque no teníamos asuntos generales pero

que quede asentado.

El Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez continúa agregando: Pero que de todas maneras se pone, pero

para que además los compañeros sepan que si se puede meter algún asunto.

Una vez que se somete a votación el Orden del Día con la solicitud mencionada, resulta aprobado por

unanimidad.

El Síndico de Vigilancia Juan Pablo Valdez expone: Quiero hacer un posicionamiento rápido, como

recordarán, en la última Sesión de Cabildo se nos negó el uso de la palabra y se nos presentó como si

estuviéramos en contra de la ciudadanía, por lo que quiero aclarar bien rápido unas cosas. Nosotros

estamos a favor de la ciudadanía y lo hemos demostrado con la aprobación de otras propuestas que

se han venido al pleno, lo que estamos en contra es que no se respete la ley y por eso pedimos que

las Sesiones se sigan con estricto apego a derecho, porque tener puntos de vista diferentes no quiere

decir que estemos en contra de la ciudadanía, esto es una mesa de debate y aquí es para debatir los

diferentes puntos. Al inicio de la Sesión le dimos el voto de confianza y esperemos que se apegue a

eso.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día, el Secretario del Ayuntamiento

comunica que el SEGUNDO punto consiste en Lectura de los Acuerdos de las Sesiones de Cabildo

celebradas los días veintitrés de febrero, uno y nueve de marzo de dos mil dieciocho. El Secretario

continuando con el uso de la palabra, procede al desahogo de este punto, de la siguiente forma:

En la Sesión de fecha veintitrés de febrero, se aprobó:

- La Convocatoria para Cabildo Infantil dos mil dieciocho.

- El Comité de Planeación Municipal.

- El Consejo de Nomenclatura de Vías, Espacios, Bienes Públicos y Desarrollos Habitacionales.

- El Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de los Niños y Niñas.

- El Consejo Municipal de Desarrollo Urbano.

- La implementación del Sistema Municipal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

- La modificación de la convocatoria pública para participar en el proceso de licitación para el

otorgamiento de concesiones del servicio público en la modalidad de auto de alquiler (taxi)

respecto de: los incisos 3.1 y 3.2 del numeral 3 y el inciso 1.2 del numeral 1 y el último párrafo

del inciso 3.2 del numeral 3.

- Celebrar Sesión Solemne de Cabildo, con motivo del 95 aniversario de la Universidad

Autónoma Agraria Antonio Narro y el Recinto Oficial.

- El informe de los estados financieros de mes de enero del presente año.

- El presupuesto para las Comisiones Edilicias.

- El Programa “Estímulo Saltillo Tu Casa”.

- El otorgamiento de poderes a diversos profesionistas.

- Turnar a la Comisión de Educación y Salud Pública, la propuesta relativa a la capacitación

gratuita de primeros auxilios a centros educativos de nivel primaria. Y

- Turnar a la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito, la propuesta para que la Comisión del

Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia, se establezca en las instalaciones que brinda

el Juzgado Municipal o en algún otro espacio distinto a la Dirección de Policía Preventiva

Municipal.

En la Sesión de fecha uno de marzo se aprobó:

- La creación del Reglamento del Consejo Ciudadano de la Contraloría Municipal del R.

Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y aprobación de la integración.

- La creación del Reglamento de la Contraloría Ciudadana del Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza. Y

- El Orden del Día, protocolo, así como día y hora, para celebrar Sesión Solemne de Cabildo y

conmemorar el 95 aniversario de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro.

La Sesión Solemne de fecha nueve de marzo:

- Se llevó a cabo con motivo de la conmemoración del noventa y cinco aniversario de la

Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, en la explanada del Edificio “La Gloria”.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. El Secretario del Ayuntamiento

comunica que el TERCER punto consiste en Dictámenes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo

No Utilizable y Adquisiciones siguientes: 3.1).- La ratificación del Acuerdo 143/27/2000 mediant0e el

cual se dona superficie de 15,018.96m2 en el Área M-3 del Fraccionamiento Las Teresitas, a favor de

la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado para ser destinado a la construcción de tres

planteles educativos, preescolar, primaria y secundaria; 3.2).- La ratificación del Acuerdo 278/26/17

mediante el cual se otorgó en concesión a título gratuito los bienes inmuebles que ocupan el Centro

Cultural Teatro García Carrillo, Museo Rubén Herrera y el Centro de Estudios Musicales, a favor del

Instituto Municipal de Cultura de Saltillo, por un período de treinta años, para el uso y cuidado de los

mismos; y 3.3).- La revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17, mediante el cual se desincorpora y

ratifica un lote de terreno del Fraccionamiento Las Teresitas a favor de la Secretaría de Educación del

Gobierno del Estado de Coahuila para la construcción de un COBAC. Continuando el Secretario, se

otorga la palabra al Regidor Oscar David del Bosque Martínez, integrante de la Comisión de Bienes

Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones, para el desahogo del primer dictamen, mismo que

se transcribe a continuación:

C. ING. MANOLO JÍMENEZ SALINAS PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA HONORABLE CABILDO PRESENTE. La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 fracción I numeral 10, fracción II numeral 2, 105 fracción V del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y el artículo 15 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, somete a su consideración el siguiente dictamen con relación a la ratificación del Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000) mediante el cual se donó una superficie de 15,018.96 M2 en el Área M-3 del FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, a favor de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, para ser destinado a la construcción de tres (03) planteles educativos, preescolar, primaria y secundaria.

RESULTANDO

PRIMERO.- El R. Ayuntamiento de Saltillo es legítimo propietario del inmueble identificado como Área M-3 con una superficie total de 16,431.85 M2, en el FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 331.00 metros con Calle sin nombre AL SUR.- 295.27 metros con Calle Huachichiles AL ORIENTE.- 47.36 metros con Calle Parras AL PONIENTE.- En dos líneas, 34.71 metros con Calle Huizache y 41.32 metros con Calle Huachichiles. La propiedad municipal se acredita con escritura pública número treinta y dos (32) pasada ante la fe del Notario Público número veintiséis (26), LIC. LUIS N. DÁVILA FLORES, del Distrito de Saltillo, inscrita en el Registro Público de esta ciudad bajo la partida 53054, Libro 531, Sección I S.C. de fecha

trece (13) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998). Asimismo, rectificación de superficie inscrita en el Registro Público de esta ciudad bajo la partida 53048, libro 531, sección I, de fecha trece (13) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998).

SEGUNDO.- Por Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000) se donó una superficie de 15,018.96 M2 en el Área M-3 del FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, por petición de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, para ser destinado a la construcción de tres (03) planteles educativos, preescolar, primaria y secundaria. Las superficies, medidas y colindancias fueron las siguientes: Preescolar: 2,529.86 M2 AL NORTE: 52.50 metros con calle sin nombre AL SUR: 53.50 (sic) metros con calle Huachichiles AL ORIENTE: 47.36 metros con calle Parras AL PONIENTE: 49.00 metros con propuesta para escuela primaria Primaria: 5,050.00 M2 AL NORTE: 100.00 metros con calle sin nombre AL SUR: 100.60 metros con calle Huachichiles AL ORIENTE: 49.00 metros con propuesta para jardín de niños AL PONIENTE: 52.00 metros con propuesta para escuela secundaria Secundaria: 7,439.10 M2 AL NORTE: 137.00 metros con calle sin nombre AL SUR: 138.00 metros con calle Huachichiles AL ORIENTE: 52.00 metros con propuesta de escuela primaria AL PONIENTE: 56.60 metros con área municipal Es de precisarse la medida sur del plantel preescolar, debiendo decir: AL SUR: 53.00 metros con calle Huachichiles. Esto conforme a plano que obra en el expediente. La superficie donada en su conjunto dentro del Área M-3 del FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, es de 15,018.96 M2, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 289.50 metros con calle sin nombre AL SUR: 291.60 metros con calle Huachichiles AL ORIENTE: 47.36 metros con calle Parras AL PONIENTE: 56.60 metros con propiedad municipal TERCERO.- El día veinte (20) de julio de dos mil uno (2001), se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, Decreto No. 156 autorizando al Ayuntamiento de Saltillo a desincorporar del dominio público municipal el inmueble que nos ocupa con una superficie de 15,019.96 M2 (sic), en el FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad. Asimismo se ordenó que el Ayuntamiento de Saltillo acordará las formalidades que deberán satisfacerse y establecerá un plazo cierto y determinado para su formalización. CUARTO.- Mediante Oficio No. S.A. 0008/17 de fecha cuatro (04) de enero de dos mil diecisiete (2017), la Coordinación de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento remitió escrito de la LIC. DELIA LETICIA AGUILAR ÁLVAREZ, Subsecretaria de Planeación Educativa de la Secretaría de Educación, en el que requiere consolidar el trámite de donación del inmueble otorgado por Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000). QUINTO.- El día diecisiete (17) de febrero de dos mil diecisiete (2017) se realizó visita de inspección al inmueble que ocupa una superficie de 15,018.96 M2 en el Área M-3 del FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, haciéndose constar la construcción de los planteles educativos preescolar, primaria y secundaria. SEXTO.- Por oficio No. DBI/309/2017 de fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil diecisiete (2017), la Dirección de Bienes Inmuebles remitió Dictamen y Expediente relativo al presente asunto, a efecto de ser turnado a la Comisión de Bienes Municipales Equipo No Utilizable y Adquisiciones, para su análisis. SÉPTIMO.- Mediante oficio sin número, recibido en la Dirección de Bienes Inmuebles el día veintidós (22) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), la Lic. Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Presidenta de la Comisión de Bienes Municipales Equipo No Utilizable y Adquisiciones, notificó que según consta en el expediente, el Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil (2000), señala que se otorga un plazo de 12 meses para realizar las gestiones necesarias para la legalización del predio, y no se encuentra en el expediente documento anterior que justifique que así se haya hecho. OCTAVO.- La Dirección de Bienes Inmuebles comunicó a la Secretaría de Educación la determinación de la Presidenta de la Comisión de Bienes Municipales, informando la referida Secretaría por oficio No. SPE/2706/17 recibido el día once (11) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), lo siguiente:

En respuesta a su similar número DBI/1308/2017, relativo al trámite de desincorporación de una

superficie de 15,018.96 m2, en el área M-3 del Fraccionamiento “Las Teresitas” de esta ciudad,

nos permitimos informarle que en dicho inmueble se encuentra la construcción de 3 Planteles, los

cuales se encuentran operando, atendiendo una matrícula de 1,399 alumnos y en los que se ha

realizado una inversión de $24,474,457.78, a continuación se detalla la información de cada

Plantel:

Nivel Nombre del Plantel Matrícula Inversión

Preescolar “Antonio Cárdenas Rodríguez”

162 $3,422,200.00

Primaria “Héctor Mario López Treviño”

437 $10,883,505.85

Secundaria General No. 12 “Profra. Elba Esther Gordillo Morales”

800 $10,168,751.93

Total 1,399 $24,474,457.78

Por lo anterior, y con el fin de no afectar a la comunidad educativa de la zona, solicitamos atentamente su reconsideración, estableciendo el compromiso de iniciar a la brevedad posible las gestiones necesarias para la desincorporación correspondiente.

NOVENO: Que en fecha 10 de enero de 2018, la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, a través del oficio numero S.A.184/18 remitió a esta Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones el expediente relativo a la ratificación del Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000), de fecha 29 de septiembre del 2000, para su análisis, estudio y en su caso aprobación. DÉCIMO: Que en fecha 24 de enero de 2018, la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, se reunió con la finalidad de analizar el asunto de mérito.

CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fundamento en el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y de los artículos 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, artículo 15 y demás relativos del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo, es competencia, facultad y obligación de las Comisiones, estudiar los asuntos del ramo administrativo correspondiente o los asuntos que se les encomienden y para tal efecto, los analizarán y emitirán un dictamen que someterán a la consideración y en su caso, aprobación del H. Cabildo. SEGUNDO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción I numeral 10 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos dictar, con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal, con arreglo a la ley. TERCERO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción II numeral 2 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos acordar el destino o uso de los bienes muebles e inmuebles y de toda propiedad municipal, así como otorgar concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes inmuebles dominio público municipal, así como el de los servicios públicos. CUARTO: Que con fundamento en los artículos 304 y 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no podrán ser objeto de gravamen alguno y sólo procederá el acuerdo del Ayuntamiento autorizando la enajenación cuando se realice a favor de instituciones o asociaciones o particulares que requieran, para cumplir con su objeto social o disponer por otro motivo suficiente e indispensable del inmueble en beneficio de la comunidad, así como cuando sea para la creación, fomento o conservación de una empresa de beneficio social o colectivo. QUINTO: Con lo dispuesto por lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado libre y soberano de Coahuila, y el 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, es facultad del Congreso del Estado de Coahuila, autorizar y validar los Acuerdos de Cabildo relativos a la enajenación de bienes inmuebles que forman parte del patrimonio inmobiliario municipal. SEXTO: Que una vez que los integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, estudiaron y analizaron el expediente en comento, y en cumplimiento a lo solicitado por el H. Congreso mediante decreto No. 1027 publicado en el Periódico Oficial con fecha 08 de diciembre del 2017, en el cual se requiere se establezca un plazo cierto y determinado para la formalización de la venta, acuerdan por unanimidad, la ratificación del Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000).

Por las razones antes mencionadas y fundamentadas se resuelve: PRIMERO: Resulta procedente ratificar el Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil (2000) se donó una superficie de 15,018.96 M2 en el Área M-3 del FRACCIONAMIENTO LAS TERESITAS de esta ciudad, por petición de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, para ser destinado a la construcción de tres (03) planteles educativos de preescolar, primaria y secundaria. SEGUNDO: Que los gastos e impuestos que se ocasionen con motivo de la escrituración y registro, así como los gastos que se originen por cambios o reubicación de servicios públicos serán tramitados y cubiertos por el “Gobierno del Estado de Coahuila, y se le otorgara un plazo de 9 meses para la formalización de la escritura, y de no hacerlo así no se volverá a ratificar el presente acuerdo. TERCERO: La autorización de esta operación es exclusivamente para que el “Gobierno del Estado de Coahuila a través de la Secretaría de Educación construya tres (03) planteles educativos de preescolar, primaria y secundaria. En caso de que a dicho inmueble se le dé un uso distinto al estipulado, por ese solo hecho automáticamente se dará por rescindida la enajenación y el inmueble será reintegrado al Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza. CUARTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente Municipal, Secretario y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo. QUINTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar. SÉXTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento. SÉPTIMO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes. Así lo acuerdan por UNANIMIDAD los Integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento: LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ (Presidenta), ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ (Secretario), OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ y JUAN PABLO VALDEZ FUENTES (Integrantes) a los ocho días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

Presidente (Rúbrica)

ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ

Secretario (Rúbrica)

OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ

Integrante (Rúbrica)

JUAN PABLO VALDEZ FUENTES

Integrante (Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado unanimidad, procediéndose a formular

el siguiente:

A C U E R D O 47/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No

Utilizable y Adquisiciones, en consecuencia se ratifica el Acuerdo de Cabildo 143/27/2000 asentado en

el Acta No. 1035/27/2000 de fecha veintinueve de septiembre de dos mil, por medio del cual se donó

una superficie de 15,018.96m2 en el Área M-3 del Fraccionamiento Las Teresitas, por petición de la

Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, para ser destinado a la

construcción de tres planteles educativos de preescolar, primaria y secundaria.

SEGUNDO: Que los gastos e impuestos que se ocasionen con motivo de la escrituración y registro, así

como los gastos que se originen por cambios o reubicación de servicios públicos serán tramitados y

cubiertos por el Gobierno del Estado de Coahuila, y se le otorgara un plazo de 9 meses para la

formalización de la escritura, y de no hacerlo así no se volverá a ratificar el presente acuerdo.

TERCERO: La autorización de esta operación es exclusivamente para que el Gobierno del Estado de

Coahuila a través de la Secretaría de Educación construya tres planteles educativos de preescolar,

primaria y secundaria. En caso de que a dicho inmueble se le dé un uso distinto al estipulado, por ese

solo hecho automáticamente se dará por rescindida la enajenación y el inmueble será reintegrado al

Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

CUARTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente

Municipal, Secretario y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.

QUINTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.

SÉXTO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.

El Sínico de Vigilancia Juan Pablo Valdez Fuentes, integrante de la Comisión de Bienes Municipales,

Equipo No Utilizable y Adquisiciones, procede a dar lectura al segundo dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

C. ING. MANOLO JÍMENEZ SALINAS PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA HONORABLE CABILDO PRESENTE.

La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del

Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102

fracción I numeral 10, fracción II numeral 2, 105 fracción V del Código Municipal para el Estado de

Coahuila de Zaragoza, 22 y 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y

los artículos 29, 30 y demás relativos del Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del R. Ayuntamiento

del Municipio de Saltillo, somete a su consideración el siguiente dictamen con relación a la ratificación

del Acuerdo de cabildo 278/26/17, asentado en el Acta No. 1542/26/2017, de fecha treinta (30) de

noviembre de dos mil diecisiete (2017), mediante el cual se aprobó el otorgamiento en concesión a

título gratuito de los bienes inmuebles que ocupan el centro Cultural Teatro García Carillo, Museo

Rubén Herrera y el Centro de Estudios Musicales de esta ciudad, a favor del Instituto Municipal de

Cultura de Saltillo por un periodo de (30) años para el uso y cuidado de los mismos.

RESULTANDO

PRIMERO: Acuerdo de cabildo 278/26/17, asentado en el Acta No. 1542/26/2017, de fecha treinta

(30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), se aprobó el otorgamiento en concesión a título

gratuito de los bienes inmuebles que ocupan el centro Cultural Teatro García Carillo, Museo Rubén

Herrera y el Centro de Estudios Musicales de esta ciudad, a favor del Instituto Municipal de Cultura de

Saltillo por un periodo de (30) años para el uso y cuidado de los mismos.

SEGUNDO: El día diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecisiete (2017) se presentó en la Oficialía

Mayor del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, la iniciativa de validación de los predios que

nos ocupan.

TERCERO: Por Oficio No. CFC.030/2018, de fecha veintiséis (26) de enero de dos mil dieciocho (2018)

suscrito por la DIPUTADA LUCIA AZUCENA RAMOS RAMOS, Coordinadora de la Comisión de

Finanzas del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza y recibido el día Veintinueve (29) de enero

de dos mil dieciocho (2018), en la Oficialía de Partes del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza,

se solicitó que en caso de continuar con procedimientos ante el Congreso del Estado, que habían sido

iniciados en la pasada administración municipal (2014-2017), sean ratificados por el Cabildo de la actual

administración municipal.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que con fundamento en el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila

de Zaragoza, y de los artículos 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, artículo 27,

28, 29 y demás relativos del Reglamento del Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del R.

Ayuntamiento de Saltillo, es competencia, facultad y obligación de las Comisiones, estudiar los asuntos

del ramo administrativo correspondiente o los asuntos que se les encomienden y para tal efecto, los

analizarán y emitirán un dictamen que someterán a la consideración y en su caso, aprobación del H.

Cabildo.

SEGUNDO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción I numeral 10 del Código Municipal para el

Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos dictar,

con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio

inmobiliario municipal, con arreglo a la ley.

TERCERO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción II numeral 2 del Código Municipal para el

Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos acordar

el destino o uso de los bienes muebles e inmuebles y de toda propiedad municipal, así como otorgar

concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes inmuebles dominio público

municipal, así como el de los servicios públicos.

CUARTO: Que con fundamento en los artículos 304 y 305 del Código Financiero para los Municipios

del Estado de Coahuila de Zaragoza, los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles

y no podrán ser objeto de gravamen alguno y sólo procederá el acuerdo del Ayuntamiento autorizando

la enajenación cuando se realice a favor de instituciones o asociaciones o particulares que requieran,

para cumplir con su objeto social o disponer por otro motivo suficiente e indispensable del inmueble en

beneficio de la comunidad, así como cuando sea para la creación, fomento o conservación de una

empresa de beneficio social o colectivo.

QUINTO: Con lo dispuesto por lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley Orgánica del Congreso del

Estado libre y soberano de Coahuila, y el 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de

Coahuila de Zaragoza, es facultad del Congreso del Estado de Coahuila, autorizar y validar los

Acuerdos de Cabildo relativos a la enajenación de bienes inmuebles que forman parte del patrimonio

inmobiliario municipal.

SEXTO: Que una vez que los integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable

y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, estudiaron y

analizaron el expediente en comento, y en cumplimiento a lo solicitado por el H. Congreso mediante

escrito de fecha veintiséis (26) de enero de dos mil dieciocho (2018), suscrito por la DIPUTADA LUCIA

AZUCENA RAMOS RAMOS, Coordinadora de la Comisión de Finanzas del Congreso del Estado de

Coahuila de Zaragoza; se solicita a este H. Comisión, el estudio y de ser conducente la ratificación del

Acuerdo de Cabildo 278/26/17, asentado en el acta No 1542/26/2017, de fecha treinta (30) de

noviembre de dos mil diecisiete (2017), acuerdan por unanimidad la ratificación del mencionado

acuerdo.

Por las razones antes mencionadas y fundamentadas se resuelve:

PRIMERO: Resulta procedente ratificar el Acuerdo de Cabildo 278/26/17, asentado en el acta No

1542/26/2017, de fecha treinta (30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017) mediante el cual se

aprobó el otorgamiento en concesión a título gratuito de los bienes inmuebles que ocupan el centro

Cultural Teatro García Carillo, Museo Rubén Herrera y el Centro de Estudios Musicales de esta ciudad,

a favor del Instituto Municipal de Cultura de Saltillo por un periodo de (30) años para el uso y cuidado

de los mismos.

SEGUNDO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente

Municipal, Secretario y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.

TERCERO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a

lugar.

CUARTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.

QUINTO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.

Así lo acuerdan por UNANIMIDAD los Integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No

Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento: LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ (Presidenta),

ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ (Secretario), OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ y JUAN

PABLO VALDEZ FUENTES (Integrantes) a los ocho días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

Presidente (Rúbrica)

ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ

Secretario (Rúbrica)

OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ Integrante (Rúbrica)

JUAN PABLO VALDEZ FUENTES

Integrante (Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado unanimidad, procediéndose a formular

el siguiente:

A C U E R D O 48/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No

Utilizable y Adquisiciones, en consecuencia se ratifica el Acuerdo de Cabildo 278/26/17, asentado en

el acta No 1542/26/2017, de fecha treinta de noviembre de dos mil diecisiete mediante el cual se aprobó

el otorgamiento en concesión a título gratuito de los bienes inmuebles que ocupan el Centro Cultural

Teatro García Carillo, Museo Rubén Herrera y el Centro de Estudios Musicales de esta ciudad, a favor

del Instituto Municipal de Cultura de Saltillo por un período de treinta años para el uso y cuidado de los

mismos.

SEGUNDO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente

Municipal, Secretario y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.

CUARTO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.

El Regidor Armando Gutiérrez González, Secretario de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No

Utilizable y Adquisiciones, procede a dar lectura al tercer dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

C. ING. MANOLO JÍMENEZ SALINAS PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA HONORABLE CABILDO PRESENTE. La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 fracción I numeral 10, fracción II numeral 2, 105 fracción V del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 22 y 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y los artículos 29 y 30 del Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, somete a su consideración el siguiente dictamen con relación a la revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17 asentado en el Acta número 1535/19/2017, de fecha 31 de agosto de 2017, y el acuerdo 27/06/18 de fecha 18 de febrero del 2018 mediante los cuales se autoriza y ratifica la desincorporación del dominio público y enajenación a título gratuito, mediante la figura jurídica de la donación de una fracción de la manzana 6 del Fraccionamiento las Teresitas, con una superficie de 12,750.3516 m2, a favor del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Secretaria de Educación para la construcción del Colegio de Bachilleres de Coahuila.

RESULTANDO

PRIMERO.- En fecha treinta y uno de agosto del 2017, el R. Ayuntamiento de Saltillo emitió el Acuerdo 182/19/17 asentado en el Acta No. 1535/19/2017, autorizando la desincorporación del dominio público de un bien inmueble municipal y enajenación a título gratuito, mediante la figura jurídica de la donación a favor de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, para la construcción de un plantel COLEGIO DE BACHILLERES DE COAHUILA.

SEGUNDO.- EL Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza emitió un DECRETO No. 1027, publicado en el Periódico Oficial en fecha 08 de diciembre de 2017, mediante el cual se autoriza al R. Ayuntamiento de Saltillo a desincorporar del dominio público municipal el siguiente inmueble:

Fracción de la M-6 del Fraccionamiento Las Teresitas en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con una superficie de 12,750.3516 m2, inscrito en el Registro Público de esta ciudad, con una mayor extensión a favor del R. Ayuntamiento de Saltillo, bajo la partida 218027, libro 2181, sección I, de fecha 27 de febrero del 2009. TERCERO: Que en fecha 18 de febrero del 2018 mediante Acuerdo de Cabildo 27/06/18, se ratificó la donación descrita en el resultando segundo del presente dictamen. CUARTO: Que en fecha 13 de marzo del 2018, mediante oficio S.A.722/18, la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Subsecretaria del R. Ayuntamiento, turnó a esta Comisión, el oficio de la Secretaría de Educación Pública, signado por el C. LIC. HIGINIO GONZÁLEZ CALDERÓN, Secretario de Educación del Estado de Coahuila, mediante el cual comunican al ING. MANOLO JIMENEZ SALINAS, Presidente Municipal, que ya no están interesados en el predio que les fue donado por el R. Ayuntamiento de Saltillo para la construcción de un Colegio de Bachilleres, y le solicitan otras propuestas de predios que cubran los requerimientos de ubicación y metros cuadrados requeridos para dicho plantel. QUINTO: Que con fecha 14 de marzo del 2018, mediante oficio S.A.745/18, la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Subsecretaria del R. Ayuntamiento, turnó a esta Comisión el dictamen mediante el cual se solicita la revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17 asentado en el Acta número 1535/19/2017 de fecha 31 de agosto de 2017 y el acuerdo 27/06/18 de fecha 18 de febrero del 2018, mediante los cuales se autoriza la desincorporación y la ratificación de la misma a favor del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Secretaria de Educación para la construcción del Colegio de Bachilleres de Coahuila.

SEXTO: Con fecha 15 de marzo de 2018, la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, se reunió con la finalidad de analizar el asunto de mérito.

CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fundamento en el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y de los artículos 22 y 30 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, artículos 29, 30 y demás relativos del Reglamento del Patrimonio Inmobiliario del R. Ayuntamiento de Saltillo, es competencia, facultad y obligación de las Comisiones, estudiar los asuntos del ramo administrativo correspondiente o los asuntos que se les encomienden y para tal efecto, los analizarán y emitirán un dictamen que someterán a la consideración y en su caso, aprobación del H. Cabildo. SEGUNDO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción I numeral 10 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos dictar, con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal, con arreglo a la ley. TERCERO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción II numeral 2 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos, acordar el destino o uso de los bienes muebles e inmuebles y de toda propiedad municipal, así como otorgar concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes inmuebles dominio público Municipal, así como el de los servicios públicos. CUARTO: Que con fundamento en los artículos 304 y 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no podrán ser objeto de gravamen alguno y sólo procederá el acuerdo del Ayuntamiento autorizando la enajenación cuando se realice a favor de instituciones o asociaciones o particulares que requieran, para cumplir con su objeto social o disponer por otro motivo suficiente e indispensable del inmueble en beneficio de la comunidad, así como cuando sea para la creación, fomento o conservación de una empresa de beneficio social o colectivo. QUINTO: Por lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Libre y Soberano de Coahuila, y el 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, es facultad del Congreso del Estado de Coahuila, autorizar y validar los acuerdos de Cabildo relativos a la enajenación de bienes inmuebles que forman parte del patrimonio inmobiliario municipal. SEXTO: Que una vez que los integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, estudiaron y analizaron el expediente en comento, acuerdan por unanimidad, la revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17 asentado en el Acta número 1535/19/2017, de fecha 31 de agosto de 2017, y el acuerdo 27/06/18 de fecha 18 de febrero del 2018. Por las razones antes mencionadas y fundamentadas se resuelve: PRIMERO: Resulta procedente la revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17 asentado en el Acta número 1535/19/2017 de fecha 31 de agosto de 2017, y el acuerdo 27/06/18 de fecha 18 de febrero del 2018, mediante los cuales se autoriza y ratifica la desincorporación del dominio público y enajenación a título gratuito, mediante la figura jurídica de la donación de una fracción de la manzana

6 del Fraccionamiento las Teresitas, con una superficie de 12,750.3516 m2, a favor del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Secretaria de Educación para la construcción del Colegio de Bachilleres de Coahuila.

SEGUNDO: Que con la revocación de los citados Acuerdos se reintegrara la propiedad del inmueble al patrimonio del R. Ayuntamiento de Saltillo. TERCERO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar. CUARTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento. QUINTO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes. Así lo acuerdan por UNANIMIDAD los Integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento: LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ (Presidenta), ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ (Secretario), OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ y JUAN PABLO VALDEZ FUENTES (Integrantes), a los quince días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

LYDIA MARÍA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Presidente (Rúbrica)

ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ

Secretario (Rúbrica)

OSCAR DAVID DEL BOSQUE MARTÍNEZ

Integrante (Rúbrica)

JUAN PABLO VALDEZ FUENTES

Integrante (Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado unanimidad, procediéndose a formular

el siguiente:

A C U E R D O 49/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No

Utilizable y Adquisiciones, en consecuencia, la revocación del Acuerdo de Cabildo 182/19/17 asentado

en el Acta número 1535/19/2017 de fecha 31 de agosto de 2017, y el acuerdo 27/06/18 de fecha 18 de

febrero del 2018, mediante los cuales se autoriza y ratifica la desincorporación del dominio público y

enajenación a título gratuito, mediante la figura jurídica de la donación de una fracción de la manzana

6 del Fraccionamiento las Teresitas, con una superficie de 12,750.3516m2, a favor del Gobierno del

Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Secretaria de Educación para la construcción del

Colegio de Bachilleres de Coahuila.

SEGUNDO: Que con la revocación de los citados Acuerdos se reintegrara la propiedad del inmueble al

patrimonio del R. Ayuntamiento de Saltillo.

TERCERO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a

lugar.

CUARTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.

QUINTO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. El Secretario del Ayuntamiento

comunica que el CUARTO punto consiste en Dictámenes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio,

Cuenta Pública y Gastos Médicos siguientes: 4.1).- El informe de los estados financieros del mes de

febrero del presente año, presentado por la Tesorería Municipal; 4.2).- La condonación total del pago

de derecho relativo al refrendo previsto en el inciso a) de la fracción II del artículo 21 de la Ley de

Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2017, así como sus

actualizaciones y recargos; y 4.3).- Otorgamiento de un estímulo fiscal consistente en el cobro de un

peso, en los recargos por año de los conceptos de recolección de basura, impuesto sobre actividades

mercantiles, mercados, servicios de tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas

alcohólicas, impuesto sobre adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y

fiscales, impuesto predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento

de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de anuncios y carteles

publicitarios así como los provenientes de la ocupación de las vías públicas. Continuando el Secretario,

otorga la palabra al Regidor Marco Antonio Fuentes López, integrante de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos, para el desahogo del primer dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

Dictamen CHPCPGM/05/2018 HONORABLE CABILDO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO COAHUILA DE ZARAGOZA PRESENTE.- La Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos somete a su consideración el siguiente Dictamen en relación al Informe de los Estados Financiero del mes de febrero de 2018, presentado por la Tesorería Municipal.

RESULTANDO

PRIMERO: Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 129 fracción VII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, la Tesorería Municipal presentó con anterioridad al Presidente Municipal el informe financiero correspondiente al mes de febrero del año en curso.

SEGUNDO: Que el día 05 de marzo del presente año, se presentó ante esta Comisión el Informe de los Estados Financieros correspondiente al mes de febrero de 2018, el cual fue rendido por la Tesorería Municipal para examinarlos, y en su caso, aprobarlo emitiendo al efecto el dictamen correspondiente; y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que esta Comisión es competente para conocer del presente asunto de conformidad con los artículos 107 y 112 Fracción II del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO: Que la información presentada por la Tesorería Municipal contiene el Estado de Situación Financiera, Estado de Actividades, Estado de Origen y Aplicación de Recursos así como la Deuda Bancaria del Municipio de Saltillo, Coahuila.

TERCERO: Que con los votos a favor de los C.C. Lydia María González Rodríguez, Beatriz Eugenia Fraustro Dávila y Marco Antonio Fuentes López, y el voto en contra del C. Juan Pablo Valdez Fuentes, se considera procedente aprobar por mayoría el Informe financiero del mes de febrero de 2018 presentado por la Tesorería Municipal.

POR LO ANTERIOR ESTA COMISIÓN RESUELVE:

PRIMERO: Por la razón asentada en el considerando primero de este dictamen, esta Comisión es competente para conocer y resolver el presente asunto que se plantea.

SEGUNDO: Por las razones asentadas en los considerandos segundo y tercero del presente dictamen se aprueba por mayoría con los votos a favor de los C.C. Lydia María González Rodríguez, Beatriz Eugenia Fraustro Dávila y Marco Antonio Fuentes López, y el voto en contra del C. Juan Pablo Valdez Fuentes, el informe financiero del mes de febrero de 2018 presentado por la Tesorería Municipal.

TERCERO: Con fundamento en los artículos 105 fracción V, 107 y 112 fracción II del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza se presentará este Dictamen para su aprobación ante el H. Cabildo.

Así lo acordó y firma la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos a los 05 días del mes de marzo de 2018.

“Por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos”

Lydia María González Rodríguez

Presidenta de la Comisión (Rúbrica)

Beatriz Fraustro Dávila Secretaria de la Comisión

(Rúbrica)

Marco Antonio Fuentes López Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

Juan Pablo Valdez Fuentes Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por mayoría con el voto a favor de

Armando Gutiérrez González, Primer Regidor; María Bárbara Cepeda Boehringer, Segunda Regidora;

Marco Antonio Fuentes López, Tercer Regidor; Oscar David del Bosque Martínez, Quinto Regidor;

Beatriz Eugenia Fraustro Dávila, Sexta Regidora; Aníbal Soberón Rodríguez, Séptimo Regidor; Liliana

Ramírez Hernández, Octava Regidora; Emmanuel Alejandro Gaona Velasco, Noveno Regidor; Dolinka

Liliana Martínez Soria, Décima Regidora; Bernardo Escareño Lara, Décimo Primer Regidor; Xóchitl

Guadalupe Ibarra Valero, Décimo Tercera Regidora; Alfonso Danao de la Peña Villarreal, Décimo

Cuarto Regidor; Rodolfo Garza Gutiérrez, Décimo Sexto Regidor, Lydia María González Rodríguez,

Síndico; y Manolo Jiménez Salinas, Alcalde; con el voto en contra de Sara Sofía Burciaga Dávila,

Décimo Quinta Regidora; Dora Alicia Villasana Martínez, Décimo Séptima Regidora y Juan Pablo

Valdez Fuentes, Síndico de Vigilancia; con la abstención de Agustina Robles Ramírez, Cuarta

Regidora, procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 50/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública

y Gastos Médicos, en consecuencia el informe financiero del mes de febrero de 2018 presentado por

la Tesorería Municipal.

SEGUNDO: Publíquese en la Gaceta, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

La Regidora Beatriz Fraustro Dávila, Secretaria de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta

Pública y Gastos Médicos, procede a dar lectura al segundo dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. MANOLO JIMÉNEZ SALINAS. PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA. HONORABLE CABILDO DEL R. AYUNTAMIENTO. PRESENTE.- Dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos, respecto a la condonación total del pago del derecho relativo al refrendo previsto en el inciso a), de la fracción III del artículo 21, de la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2017, así como sus actualizaciones y recargos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el año dos mil dieciséis (2016), en virtud de haber transcurrido el término de vigencia para concesiones del servicio público de transporte de personas u objetos en carreteras o caminos de jurisdicción del Municipio, concretamente las descritas como “taxis”, los cuales en algunos casos los concesionarios se presentaron ante este R. Ayuntamiento a realizar el trámite para solicitar la prórroga de la misma. De lo anterior, el H. Cabildo autorizó la prórroga de la mayor parte de las concesiones, mismos que de manera voluntaria comparecieron a llevar a cabo el pago del importe de los derechos correspondientes, tanto en el propio año dos mil dieciséis (2016), correspondiente a su vencimiento, como en el subsecuente dos mil diecisiete (2017), aplicando para cada caso concreto las leyes de ingresos de este Municipio, para los ejercicios fiscales de los años dos mil dieciséis (2016) y dos mil diecisiete (2017), respectivamente, en los términos del inciso a), de la fracción I, del artículo 21 de ambas leyes, y por los montos ahí señalados.

Así mismo, de reuniones sostenidas con las organizaciones sindicales de taxis y con concesionarios particulares en el Municipio, manifestaron a este R. Ayuntamiento que a sus representados, dada la considerable erogación que los concesionarios interesados en prorrogar su concesión en los términos ya señalados, se les generaba una afectación económica en su patrimonio, en virtud de que en el año inmediato siguiente -para aquellos que llevaron a cabo el pago de la prorroga en el año dos mil dieciséis (2016)-, o en el mismo ejercicio fiscal, -para quienes pagaron en el año dos mil diecisiete (2017)-, debían cubrir además el derecho relativo al refrendo previsto en el inciso a), de la fracción III, del artículo 21, de la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2017. Aunado a que consideraban que el haber pagado la prorroga en comento no debería generales la obligación de pagar un “refrendo” en el mismo año; sin embargo, dado que las concesiones vencieron durante el año dos mil dieciséis (2016), el pago del refrendo del año dos mil diecisiete (2017) era posterior a la prórroga solicitada. Ahora bien, en atención a los argumentos vertidos por los representantes de los concesionarios de taxis, es de observar que los concesionarios estuvieron en posibilidad de realizar el pago de derechos por la prórroga prevista en inciso a), de la fracción I, del artículo 21 de la ley de ingresos para el ejercicio fiscal del año dos mil dieciséis (2016), hasta el año dos mil diecisiete (2017). Situación que pone de manifiesto que los concesionarios tendrían que desembolsar por el concepto de prorroga y por el concepto de refrendo cantidades que al sumarse afectan de manera gravosa su economía, aunado a los gastos de mantenimiento de su unidad móvil entre otros generando un deterioro en la economía familiar.

R E S U L T A N D O

En efecto, tomando en consideración las inquietudes planteadas por los concesionarios, en cuanto a la afectación económica que resienten, derivado del inmediato pago del refrendo al que están obligados, posterior al pago de derechos por la prórroga ya mencionada, es inconcuso que, de hecho, cualquier erogación representa un detrimento económico al patrimonio de los individuos. Luego, del análisis particular de la actividad que los “taxistas” desempeñan, desde el punto de vista material y, naturalmente, económico, para la correcta prestación del servicio se requiere contar con los medios necesarios para su realización, a saber, el vehículo objeto del servicio, y por ende todas las medidas tendientes a su reparación, mantenimiento y conservación. Así mismo, partiendo de dichas necesidades básicas para su ejercicio, resulta apreciable en el contexto social y económico que vive nuestro país el evidente incremento en los energéticos, concretamente en la gasolina indispensable para la prestación del servicio público de transporte. No obstante, la figura de la concesión implica otorgar en administración de un particular para su ejercicio y prestación, un servicio público que en principio es competencia municipal, los Ayuntamientos deben de llevar a cabo acciones tendientes a procurar que se garantice la correcta prestación de este. Sin embargo, tanto la reparación, el mantenimiento y la conservación de vehículo objeto del servicio, es responsabilidad del concesionario, y virtud de lo anterior, conjuntamente con el hecho de que este último se encontraba, además, obligado al pago del refrendo en los términos ya señalados, es innegable que de manera directa se verá afectada su actividad desde el punto de vista económico, e indirectamente se afectaría la prestación del servicio público de transporte que, como ya se dijo, aún y cuando en virtud de la prestación del servicio concesionado la concesión es responsabilidad del concesionario, este R. Ayuntamiento se encuentra obligado a tomar las medidas necesarias para garantizar su correcta prestación.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que, el artículo 115 fracción II de la Constitución General de la República establece que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, y tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. SEGUNDO. - Que, conforme al artículo 115 fracción IV de la Constitución General de la República, los Municipios administrarán libremente su hacienda la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas de los Estados establezcan a su favor. TERCERO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 158-A; 158-B; 158-N; 158-P, y 158-U, fracción IV, numeral 1, inciso i), y V, numeral 4, de la Constitución Política para el Estado de Coahuila de Zaragoza; 102 fracción IV, numeral 1, inciso i), y V, numeral 4; 197; 198, fracción III, y demás relativos del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; y 383, fracción I, del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, es obligación de los Ayuntamientos la prestación del servicio público de transporte de pasajeros, la administración libre de la hacienda municipal, coordinar, supervisar y vigilar con toda oportunidad los ingresos municipales, y a su vez es facultad de estos, por conducto del Presidente Municipal, otorgar condonaciones o exenciones totales o parciales del pago de contribuciones y sus accesorios en los supuestos que establece la ley.

CUARTO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 26, 27, 28, 29, 30, y 31 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y demás relativos de ambos ordenamientos, son facultades y obligaciones de los Regidores presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión ante el Cabildo. Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO.- Que la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos; es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción V, numeral 4 y 105 Fracción V, del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo. SEGUNDO.- Que la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos, con apoyo en los informes proporcionados por el Instituto Municipal del Transporte, así como la información proporcionada por las organizaciones sindicales de taxis en el Municipio, acuerdan con el voto por unanimidad de los integrantes de la Comisión someter a consideración del H. Cabildo, la autorización al Presidente Municipal para emitir una resolución de carácter general con el objeto de condonar totalmente el pago de derechos por el refrendo de concesiones del servicio público de transporte de personas u objetos en caminos de jurisdicción del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, previsto en el inciso a), de la fracción III, del artículo 21, de la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2017, así como sus actualizaciones y recargos, a los concesionarios que llevaron a cabo el pago de los derechos correspondientes a la prórroga de sus concesiones por su vencimiento en el año dos mil dieciséis (2016), durante los ejercicios fiscales dos mil dieciséis (2016) y dos mil diecisiete (2017), a fin de observar lo establecido en la fracción I, del artículo 383 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza. TERCERO.- En virtud de la condonación del pago del derecho del refrendo en términos del punto anterior, para todos aquellos concesionarios que hayan llevado a cabo el pago oportuno de dicho monto en el ejercicio fiscal dos mil diecisiete (2017), y de emitirse la resolución de carácter general, deberá instruirse a la Tesorería Municipal llevar a cabo la devolución de la cantidad respectiva a los contribuyentes, sólo en el supuesto de que estos acrediten haberlo realizado con fundamento en el artículo 380 del Código Financiero para las Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza. CUARTO.- Se autoriza al Presidente Municipal, para que emita la resolución de carácter general a que hace referencia el mencionado artículo 383 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la que se incluyan los términos, condiciones, y beneficios del presente dictamen. QUINTO.- Notifíquese a la Tesorería Municipal y a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para que, una vez emitida la resolución de carácter general a que hace referencia el punto anterior, cumplan con los términos ahí establecidos. Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos; a los 15 días del mes marzo del dos mil dieciocho (2018).

“Por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos”

Lydia María González Rodríguez Presidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Beatriz Fraustro Dávila Secretaria de la Comisión

(Rúbrica)

Marco Antonio Fuentes López Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

Juan Pablo Valdez Fuentes Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 51/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública

y Gastos Médicos, en consecuencia, condonar totalmente el pago de derechos por el refrendo de

concesiones del servicio público de transporte de personas u objetos en caminos de jurisdicción del

Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, previsto en el inciso a), de la fracción III, del artículo 21,

de la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2017, así

como sus actualizaciones y recargos, a los concesionarios que llevaron a cabo el pago de los derechos

correspondientes a la prórroga de sus concesiones por su vencimiento en el año dos mil dieciséis,

durante los ejercicios fiscales dos mil dieciséis y dos mil diecisiete, a fin de observar lo establecido en

la fracción I, del artículo 383 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de

Zaragoza.

SEGUNDO: En virtud de la condonación del pago del derecho del refrendo en términos del punto

anterior, para todos aquellos concesionarios que hayan llevado a cabo el pago oportuno de dicho monto

en el ejercicio fiscal dos mil diecisiete , y de emitirse la resolución de carácter general, deberá instruirse

a la Tesorería Municipal llevar a cabo la devolución de la cantidad respectiva a los contribuyentes, sólo

en el supuesto de que estos acrediten haberlo realizado con fundamento en el artículo 380 del Código

Financiero para las Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.

TERCERO: Se autoriza al Presidente Municipal, para que emita la resolución de carácter general a que

hace referencia el mencionado artículo 383 del Código Financiero para los Municipios del Estado de

Coahuila de Zaragoza, en la que se incluyan los términos, condiciones, y beneficios del presente

dictamen.

CUARTO: Notifíquese a la Tesorería Municipal y a la Dirección General del Instituto Municipal del

Transporte de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para que, una vez emitida la resolución de carácter

general a que hace referencia el punto anterior, cumplan con los términos ahí establecidos.

La Sindico Lydia María González Rodríguez, Presidenta de la Comisión de Hacienda, Patrimonio,

Cuenta Pública y Gastos Médicos, procede a dar lectura al tercer dictamen, mismo que se transcribe

a continuación:

HONORABLE CABILDO DEL R. AYUNTAMIENTO PRESENTE.- Dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos, respecto a la propuesta que fue remitida a esta Comisión por el Ing. Manolo Jiménez Salinas Alcalde de esta ciudad, referente al otorgamiento de un estímulo fiscal consistente en el cobro de un peso ($1. 00/100 M.N.) los recargos por año de los conceptos de recolección de basura, impuesto sobre ejercicio de actividades mercantiles, mercados, servicio de tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas alcohólicas, impuesto sobre adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y fiscales, impuesto predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de anuncios y carteles publicitarios, así como los provenientes de la ocupación de las vías públicas, lo cuales se aplicarán a partir del mes de abril del presente año hasta el último día de cobro del mes de diciembre del ejercicio fiscal 2018.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115, establece que la base de la división territorial, administrativa y política adoptada por la República Mexicana es del Municipio Libre, en la fracción IV estipula que los Municipios administrarán libremente su hacienda, rendimientos de bienes, así como de las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas establezcan a su favor. Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los Ayuntamientos o bien, por quien ellos autoricen conforme a la ley y a las facultades conferidas en el artículo 383 fracción I y III del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, es necesario implementar instrumentos que generen capacidad de ahorro, y de cumplimiento a las obligaciones tributarias de los contribuyentes, y con ello evitar que se afecte la situación fiscal y/o económica de los habitantes del Municipio de Saltillo al aplicarse sanciones por incumplimiento de pago en contribuciones o impuestos municipales. Por lo anterior resulta necesario estimular a los contribuyentes del Municipio de Saltillo para que cumplan con sus obligaciones fiscales, es por ello que el suscrito en mi carácter de Presidente Municipal de Saltillo, y en términos a lo dispuesto en el artículo 383 fracción I y III del ordenamiento jurídico antes mencionado, propongo otorgar un estímulo consistente en el cobro de un peso ($1. 00/00 M.N.) los “recargos” por año de los conceptos de recolección de basura, impuesto sobre ejercicio de actividades mercantiles, mercados, servicio de tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas alcohólicas, impuesto sobre adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y fiscales, impuesto predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento

de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de anuncios y carteles publicitarios, así como los provenientes de la ocupación de las vías públicas, los cuales se aplicarán a partir del mes de abril del presente hasta el último día de cobro del mes de diciembre del ejercicio fiscal de 2018, ya que con ello devendría un beneficio a la propia ciudadanía, en virtud de que los ingresos que se capten de dichos incentivos podrán ser aplicados en la mejora de servicios públicos en cuestiones de seguridad, obra pública, bacheo, desarrollo social entre otros rubros contribuyendo así a su bienestar y calidad de vida.

FUNDAMENTO LEGAL

CÓDIGO FINANCIERO PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA. ARTÍCULO 383.- No se otorgará condonación total ni parcial de contribuciones o sus accesorios en favor de una o más personas determinadas. El Presidente Municipal, mediante resolución de carácter general y previa autorización expresa del ayuntamiento podrá: I… II… III. Conceder subsidios o estímulos fiscales.

Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Presidente Municipal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.

CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA. ARTÍCULO 102. El Municipio Libre tiene un ámbito de competencia exclusiva y distinta a los Gobiernos Federal o Estatal, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Local, este Código y demás leyes aplicables. En todo caso, los ayuntamientos tendrán las competencias, facultades y obligaciones siguientes: I. II. III. IV. V. En materia de hacienda pública municipal: 1. Administrar libremente su hacienda y controlar la aplicación del presupuesto de egresos del municipio, estableciendo un órgano de funciones de control y evaluación del gasto público municipal. Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve: Primero.- Que la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 102 y 105 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza. Segundo: Que con fecha 15 de marzo del año en curso en sesión la comisión aprueba por unanimidad la propuesta presentada, por el Ing. Manolo Jiménez Salinas Presidente Municipal de este R. Ayuntamiento relativa a el otorgamiento de un estímulo que consiste en cobrar un peso ($1. 00/100 M.N.) los recargos por año de los conceptos de recolección de basura, impuesto sobre ejercicio de actividades mercantiles, mercados, servicio de tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas alcohólicas, impuesto sobre adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y fiscales, impuesto predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de anuncios y carteles publicitarios así como los provenientes de la ocupación de las vías públicas, lo cuales se aplicarán a partir del mes de abril del presente año hasta el último día de cobro del mes de diciembre del ejercicio fiscal 2018. Tercero: Notifíquese a la Tesorería Municipal, para que, una vez aprobado el programa de estímulos cumpla con los términos establecidos dentro del presente dictamen. Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos; a los 15 días del mes de marzo del 2018.

“Por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos”

Lydia María González Rodríguez Presidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Beatriz Fraustro Dávila Secretaria de la Comisión

(Rúbrica)

Marco Antonio Fuentes López Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

Juan Pablo Valdez Fuentes Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

La Síndico Lydia María González Rodríguez agrega: Aquí propongo que se agregue que este beneficio

sea extensivo en el supuesto que el ciudadano solicite convenio para el pago en parcialidades que se

haga un adéndum, en ese sentido en este dictamen.

Una vez que se somete a votación el dictamen con la modificación solicitada, resulta aprobado

unanimidad, procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 52/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública

y Gastos Médicos, en consecuencia el otorgamiento de un estímulo que consiste en cobrar un peso en

los recargos por año de los conceptos de recolección de basura, impuesto sobre ejercicio de actividades

mercantiles, mercados, servicio de tránsito, relativos a establecimientos que expidan bebidas

alcohólicas, impuesto sobre adquisición de inmuebles, respecto a las sanciones administrativas y

fiscales, impuesto predial, de los servicios por impuestos sobre espectáculos, servicios de saneamiento

de aguas residuales, por la expedición de licencias para la colocación y uso de anuncios y carteles

publicitarios así como los provenientes de la ocupación de las vías públicas, lo cuales se aplicarán a

partir del mes de abril del presente año hasta el último día de cobro del mes de diciembre del ejercicio

fiscal 2018.

SEGUNDO: Este beneficio será extensivo en el supuesto que el ciudadano solicite convenio para el

pago en parcialidades.

TERCERO: Notifíquese a la Tesorería Municipal, para que, una vez aprobado el programa de estímulos

cumpla con los términos establecidos dentro del presente dictamen.

El Alcalde Solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día, el Secretario del Ayuntamiento

comunica que el QUINTO punto consiste en Propuesta del Síndico Juan Pablo Valdez Fuentes relativa

a la modificación del artículo 259 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el

Municipio de Saltillo, y a los artículos 10 y 11 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio

de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a efecto de incorporar la posibilidad de que las mujeres embarazadas

utilicen los cajones de estacionamiento que en la actualidad se encuentran reservados únicamente a

personas con discapacidad. Continuando el Secretario, se otorga la palabra a su presentante para el

desahogo de este punto, mismo que se transcribe a continuación:

R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA. PRESENTE.- Síndico de vigilancia Lic. Juan Pablo Valdez Fuentes acudo con fundamento en los artículos 102, fracción V, numeral 1 y 106, fracción VIII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; a presentar ante este H. Cabildo la siguiente: PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 259 DEL REGLAMENTO DE DESARROLLO URBANO Y CONSTRUCCIONES PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, Y A LOS ARTÍCULOS 10 Y 11 DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO, Y DE TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA, A EFECTO DE INCORPORAR EN ELLOS LA POSIBILIDAD DE QUE LAS MUJERES EMBARAZADAS UTILICEN LOS CAJONES DE ESTACIONAMIENTO QUE EN LA ACTUALIDAD SE ENCUENTRAN RESERVADOS ÚNICAMENTE A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Durante las últimas décadas el rol de la mujer dentro de nuestra sociedad se ha transformado considerablemente, ha dejado de lado su papel exclusivo de ama de casa. Hoy en día la mujer además de las tareas concernientes al hogar, dedica su tiempo a realizar actividades laborales, pago de servicios, realización de trámites diversos, compras de víveres, traslado de sus hijos a centros de

estudio o actividades extracurriculares, entre muchas otras ocupaciones que requieren trasportarse dentro y fuera de la ciudad, por lo que hoy en día es muy común ver a mujeres conduciendo vehículos. Asimismo, resulta cotidiano ver mujeres embarazadas realizando todas estas actividades, pues tan sólo en el año 2016 en el municipio de Saltillo se registraron 17,999 nacimientos, de igual número de mujeres embarazadas. Si bien es cierto el estado de gravidez de la mujer no debe ser considerando como un impedimento o disminución de capacidades para que desarrolle su vida diaria de manera normal, sí representa una condición que requiere de cuidados y atenciones particulares que les proporcionen mayores facilidades para la realización de su vida diaria. Bajo esta premisa, considero de suma trascendencia que a través de este H. Cabildo se realicen las adecuaciones y modificaciones necesarias para dotar de mejores condiciones de movilidad a las mujeres embarazadas. Como parte de estas adecuaciones, se plantean las modificaciones al Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones, y al Reglamento de Tránsito y Transporte vigentes, a fin de incluir en ellos la posibilidad de que las mujeres embarazadas puedan utilizar los cajones de estacionamiento que hoy en día se encuentran reservado para los vehículos en los que se trasladan a las personas con alguna discapacidad, ello debido a que, de acuerdo con la normatividad actual dichos cajones deben estar situados lo más cercano posible a los acceso de entrada de los establecimiento, además de facilitarles el ascenso y descenso de mercancías o materiales de todo a sus vehículos. Se propone que la utilización de estos espacios de realice a través de la emisión de un permiso especial por parte de la Dirección de Policía, tal y como sucede en los casos de discapacidades temporales, con la diferencia que éstos serán de carácter gratuito y de plazo temporal de acuerdo con lo prescrito por el dictamen médico correspondiente. Por lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO: Se modifica el segundo párrafo del artículo 259 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para quedar en los siguientes términos: Artículo 259. ………… Todos los estacionamientos deberán destinar cuatro cajones por cada 50 o fracción para uso exclusivo de personas con discapacidad y mujeres embarazas. Tales cajones deberán estar debidamente indicados y estarán ubicados tan cerca como sea posible de la entrada a la edificación; en estos casos, las medidas del cajón serán de 5.50 metros por 3.80 metros. ARTÍCULO SEGUNDO: Se modifica el encabezado y el párrafo sexto del articulo 10 y el articulo 11; y se adiciona el párrafo octavo al artículo 10, recorriéndose en su orden los ulteriores del artículo 10, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para quedar en los siguientes términos:

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MUJERES EMBARAZADAS

Artículo 10. ………. ………. ………. ………. ………. Ocupar los lugares de estacionamiento de vehículos destinados para personas con discapacidad y mujeres embarazadas, para su ascenso y descenso en la vía pública, siempre y cuando no afecte substancialmente la vialidad y el libre tránsito de vehículos, por lo que dicha estancia deberá ser solo momentánea. ………. Tratándose de mujeres embarazadas, el permiso que expida la Dirección será gratuito y la vigencia del mismo se determinará en relación a la fecha probable de parto establecida en el dictamen médico respectivo. ………. Artículo 11. Será sancionada toda persona que se estacione en los lugares exclusivos para personas con discapacidad y mujeres embarazadas, sin contar con los distintivos, placas para ello, o que sin estar con alguna discapacidad haga uso indebido de dichos permisos.

Transitorios ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de Coahuila de Zaragoza, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal, órgano de difusión del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 27 de febrero de 2018

Lic. Juan Pablo Valdez Fuentes.

. La Regidora María Bárbara Cepeda Boehringer manifiesta: Reconozco la propuesta de mi compañero

Síndico Juan Pablo Valdés que beneficia a las mujeres de Saltillo, sin embargo, dentro del marco de la

igualdad de género y la no discriminación, deben salvaguardarse siempre los derechos humanos de

todas las personas. Esto derivado a que dentro de su propuesta, señala que los cajones de

estacionamiento que en la actualidad se encuentran reservados únicamente a personas con

discapacidad puedan ser también utilizados por mujeres embarazadas. La gestación es considerada

un estado fisiológico de toda mujer, por lo tanto una mujer embarazada no es una persona con

discapacidad, ya que como lo señala en la ley para el desarrollo e inclusión de las personas con

discapacidad del Estado de Coahuila de Zaragoza, una persona con discapacidad es toda aquella que

por razón congénita o adquirida presenta una o más discapacidades de carácter físico, mental,

intelectual o sensorial o un trastorno de talla y peso. Por lo cual, considero pertinente que para no

transgredir los derechos de personas con discapacidad, en lugar de que esos cajones ya existentes

para ese sector de la población sean utilizados también por mujeres embarazadas, se puede crear

nuevos cajones de estacionamiento para ellas, por lo anterior propongo que la propuesta en mención

sea turnada a la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad con el objetivo de

llevar a cabo un estudio y análisis pertinente y así lograr que la propuesta sea efectiva y se aplique

debidamente, únicamente con la finalidad de que los derechos humanos de todas las personas sean

respetados.

El Alcalde somete a votación el que esta propuesta sea turnada para su análisis a la Comisión de

Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, quedando aprobado por unanimidad,

procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 53/10/18

ÚNICO: Se aprueba turnar a la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad la

propuesta del Síndico de Vigilancia Juan Pablo Valdez Fuentes, relativa a la modificación del artículo

259 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, y a los

artículos 10 y 11 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza, a efecto de incorporar la posibilidad de que las mujeres embarazadas utilicen los cajones de

estacionamiento que en la actualidad se encuentran reservados únicamente a personas con

discapacidad.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. El Secretario del Ayuntamiento

comunica que el SEXTO punto consiste en Solicitud de licencia de la Lic. Esther Quintana Salinas,

Décima Segunda Regidora por tiempo indefinido mayor a quince días.

El Secretario del Ayuntamiento manifiesta: Al notificárseles de la celebración de esta Sesión, les fue

hecho llegar un ejemplar de la documentación que se presentó a la Secretaría del Ayuntamiento, por

parte de la Décimo Segunda Regidora, Esther Quintana Salinas, en la que solicita separarse del cargo

por tiempo indefinido mayor de quince días a partir del día 21 de marzo de 2018; se turne al H. Cabildo

para que emita el correspondiente acuerdo a la brevedad posible y sea turnado al H. Congreso del

Estado de Coahuila de Zaragoza, así mismo se notifique al Ejecutivo del Estado de conformidad con lo

dispuesto por la última parte del artículo 102 fracción I, numeral 14 del Código Municipal para el Estado

de Coahuila de Zaragoza:

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, 16 de marzo de 2018

Oficio N° R12/15/2018 LIC JORGE EDUARDO VERASTEGUI SAUCEDO SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA PRESENTE.- Por medio del presente me permito enviar a Usted para su conocimiento y trámite correspondiente: • Solicitud de licencia para separarme del cargo por tiempo indefinido mayor de quince (15) días

como Regidora del R. Ayuntamiento de Saltillo, a partir del día 21 de marzo de 2018. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 67 fracciones XVIII y XIX y 158-U fracción I, numerales 8 y 12 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 102 fracción I, numerales 9 y 14 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Así mismo solicito se turne al H. Cabildo del R. Ayuntamiento de Saltillo, para que emita el correspondiente acuerdo a la brevedad posible y sea turnado al H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza. Se notifique al Ejecutivo del Estado de conformidad con lo dispuesto por la última parte del artículo 102 fracción I, numeral 14 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Se notifique y publique lo acordado. Sin más por el momento, quedo de usted.

A T E N T A M E N T E

LIC. ESTHER QUINTANA SALINAS DECIMA SEGUNDA REGIDORA DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALITLLO, COAHUILA DE

ZARAGOZA.

(Rúbrica)

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, 16 de marzo de 2018

Oficio No. R12/16/2018

INTEGRANTES DEL HONORABLE CABILDO

DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

PRESENTES.-

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 67 fracciones XVIII y XIX, 158-U fracción I numeral 8

y 12 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 102 fracción I numeral 9 y 14 del

Código Municipal para el Estado de Coahuila, me permito solicitar de la manera más atenta se turne al

H. Congreso del Estado de Coahuila, el escrito de licencia a partir del 21 de marzo del dos mil dieciocho,

por tiempo indefinido mayor a quince días, misma que se anexa al presente, a fin de separarme del

cargo como Regidora del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila, del periodo constitucional 2018, mismo

que he venido desempeñando desde el primer día del mes de enero del año 2018.

Notifíquese al Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto por la última parte del artículo 102

fracción I, numeral 14 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Justa y legal mi petición, les agradeceré se sirvan acordarla de conformidad.

A T E N T A M E N T E

LIC. ESTHER QUINTANA SALINAS

DECIMA SEGUNDA REGIDORA

DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA

(Rúbrica)

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, 16 de marzo de 2018

OFICIO R12/17/2018

H. CONGRESO DEL CONGRESO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

PRESENTE.

En mi carácter de Regidora del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila, personalidad que acredito

mediante copia simple del Acta de Cabildo 1550 /01/2018 que contiene la Declaratoria de Instalación

del Ayuntamiento para el período constitucional 2018, respetuosamente comparezco a solicitar que:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 67 fracciones XVIII y XIX de la Constitución Política del

Estado de Coahuila de Zaragoza, solicito se me conceda licencia a partir del 21 de marzo del 2018, por

tiempo indefinido mayor a quince (15) días para separarme del cargo de Regidora del R. Ayuntamiento

de Saltillo, Coahuila, del periodo constitucional 2018, el cual he venido desempeñando a partir del día

primero de enero del año dos mil dieciocho.

Justa y legal mi petición, les agradeceré se sirvan acordarla de conformidad.

A T E N T A M E N T E

LIC. ESTHER QUINTANA SALINAS

DECIMA SEGUNDA REGIDORA DEL

R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA

(Rúbrica)

El Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez manifiesta: Quisiera a manera de aclaración, si alguien me pudiera

decir, si algún Regidor tiene que pedir la autorización al Cabildo o tiene que irse al Congreso. ¿Por qué

un Regidor tiene que pedirle autorización al Cabildo?, es una pregunta ¿Qué no debería de ser que

pida directamente que pida su autorización a la Comisión Permanente del Congreso, no al Cabildo?, y

si es así, no aplica que el Cabildo apruebe algo que le corresponde al Congreso.

La Síndica Lydia María González contesta: Como nos marca el Código, nos establece que cuando

alguno de los Regidores o los Síndicos soliciten licencia, tiene que pasar primero por Cabildo, y cuando

el Cabildo lo autorice, lo envía al Congreso.

Una vez que se somete a votación el punto, resulta aprobado por unanimidad, procediéndose a formular

el siguiente:

A C U E R D O 54/10/18

ÚNICO: Con fundamento en lo dispuesto por artículos 67 fracciones XVIII y XIX y 158-U fracción I,

numerales 8 y 12 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 102 fracción I,

numerales 9 y 14 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se aprueba la licencia

solicitada por la Regidora Esther Quintana Salinas, para separarse del cargo como Regidora del R.

Ayuntamiento de Saltillo del período constitucional 2018, por tiempo indefinido mayor a quince días, a

partir del día 21 de marzo de 2018.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. El Secretario del Ayuntamiento

comunica que el SÉPTIMO punto consiste en Dictamen de la Comisión de Modernización

Administrativa y Transparencia relativo al horario laboral para el personal del R. Ayuntamiento de Saltillo

de las 08:00 a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos

que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos. Continuando el

Secretario, se otorga la palabra a su Presidente Regidor Marco Antonio Fuentes López para el

desahogo de este punto, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 001/CMAT/2018.

HONORABLE CABILDO DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA. PRESENTE. Dictamen de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la propuesta para establecer horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado 01 de noviembre de 2017 en el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Instituto Electoral de Coahuila dio inicio al Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, en el cual se integraran los 38 Ayuntamientos, para un período de tres años, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, base V, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En aras de la transparencia y de conformidad al acuerdo IEC/CG/234/2017 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, por el que se aprueban los lineamientos que regulan a las y los funcionarios públicos o Presidentes (as) Municipales que no se separen de su cargo y busquen ser reelectos (as) para la Integración de los Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, para la precampaña y campaña en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018. Por lo anteriormente expuesto y en apego a los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, independencia y objetividad la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia de este Republicano Ayuntamiento pone a su consideración la propuesta para establecer horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En sesión de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia, celebrada el día 22 de marzo de 2018, en el punto cuarto del orden del día, se desahogó el estudio, análisis y en su caso dictaminación de la propuesta para establecer horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos; y después de realizarse el estudio y análisis correspondiente, el Presidente de la Comisión Marco Antonio Fuentes López, sometió la propuesta a votación siendo aprobada por unanimidad.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176, fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 29, 30, 31 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo. SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 30 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano tiene facultades para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo. TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158-C, 158-N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 31 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo. CUARTO. Que la Comisión de Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Se aprueba por unanimidad propuesta para establecer horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve: PRIMERO.-Que la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto. SEGUNDO.-La Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del R. Ayuntamiento de Saltillo, aprueba por unanimidad establecer horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos. TERCERO.-Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal, órgano de difusión de este Gobierno Municipal.

Así lo acuerdan y firman el presente instrumento, los integrantes de la Comisión de Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que en el intervinieron y quisieron hacerlo, en la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

A t e n t a m e n t e “Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA __________________________________________X______________________________________ C. MARCO ANTONIO FUENTES LÓPEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA Presidente de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia. (Rúbrica) __________________________________________X______________________________________ C. ALFONSO DANAO DE LA PEÑA. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA Secretario de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia. (Rúbrica) __________________________________________X______________________________________ C. MARÍA BÁRBARA CEPEDA BOEHRINGER. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA Integrante de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia. (Rúbrica) __________________________________________X______________________________________ C. BEATRIZ EUGENIA FRAUSTRO DÁVILA. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA Integrante de la Comisión de Modernización Administrativa y Transparencia. (Rúbrica)

El Regidor Rodolfo Garza Gutiérrez expone: Cuando recibí la documentación y en particular este punto

de acuerdo del que estamos tratando ahorita, la primera reacción que tuve fue que esto era, me pareció

surrealista, el pretender que se autorice algo que debería estar autorizado. Porque todos entramos a

las ocho de la mañana y salimos a las tres de la tarde, que es el horario que se supone que se debe

de tener, y así ha estado toda la vida. Mi primer reacción fue cómo voy a votar algo que ya existe de

facto, de hecho; yo suponía que estaba en el reglamento, como vamos a votar algo que está en el

reglamento, los reglamentos son para cumplirse y no para votar, es como votar que vamos a pararnos

cuando el semáforo esté en rojo, obviamente hay reglamentación. Y por otro lado quiero mencionar

que tuve una conversación con la Lic. Diana Carolina Castillo, de que cómo vamos a votar esto si ya

está en un reglamento, conversamos bastante y yo le dije que me iba a abstener porque no voy a votar

por algo que ya existe, que ya está votado, pero revisando la documentación y los instrumentos legales,

resulta que en ningún lado está la reglamentación de entradas y salidas en el Ayuntamiento, ¿Cómo

es posible que en este Ayuntamiento y los Ayuntamientos todos que han pasado desde tiempos

inmemoriales, no ha existido en el reglamento municipal se establezca el horario de entradas y salidas

y ahorita se está haciendo por una petición. Tengo entendido del Instituto Estatal Electoral, ahora, esto

viene resultando muy positivo y lo reconozco con la Lic. Carolina, que yo le rebatía lo contrario. La otra

idea dentro de este contexto que les estoy comentando, así como está esta falla muy grande en el

reglamento, hay muchas deficiencias en el reglamento municipal, por eso al principio, en la primera

sesión de Cabildo, yo presenté un reglamento interno para los Regidores, porque también los Regidores

estamos totalmente sueltos. Ese reglamento que yo propuse fue rechazado, pasado a la Comisión de

Gobernación y de Reglamentos y lo rechazaron por unanimidad. Donde ya afortunadamente se aprobó

la Sesión pasada, que el dinero que se les diera a los Regidores fuera debidamente comprobado,

registrado, controlado y fue uno de los puntos que yo tenía en el reglamento. A donde quiero llegar es

que hay que revisar el reglamento municipal y yo quisiera que me dieran la oportunidad de reunirme ya

sea con la Comisión, con ustedes Dr., o la Comisión también de Gobernación y Reglamentos y que

revisemos la propuesta que yo hice en la primera Sesión y lo que sea salvable, que hay muchas otras

cosas como que se obligue a que los integrantes de las Comisiones deben de asistir, y si no asisten,

que se haga una amonestación, porque si no hay quorum, no hay reunión de la Comisión. Y ese punto

pues no se trata, entonces esto lo dejo como a manera de reflexión. Sí lo voy a votar a favor, no me

voy a abstener como le había dicho yo a la Lic. Carolina y les pido que me acepten en una reunión y

que discutamos el reglamento que yo había propuesto.

La Regidora Sara Sofía Burciaga Dávila manifiesta: En el dictamen en cuestión no queda muy claro lo

estipulado en el acuerdo IEC/CG/234/2017 que se menciona en la exposición de motivos, ya que este

acuerdo nos menciona lo siguiente: “Se aprueban los lineamientos que regulan a las y los funcionarios

públicos o Presidentes Municipales que no se separen de su cargo y busquen ser reelectos o reelectas

para la integración de los Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, para la pre campaña y

campaña en el Proceso electoral local ordinario 2017-2018 en los siguientes términos: No podrán

realizar actos de campaña en horas y días laborales en atención a lo que establezca el R. Ayuntamiento,

no podrán utilizarse recursos públicos, humanos, materiales o económicos del Ayuntamiento, no se

podrá disponer del personal dado de alta en la nómina del R. Ayuntamiento del cual ejerce su

Administración para realizar actos de campaña en horas laborales ni de aquél otro que sea pagado por

el Ayuntamiento. Deberán observar lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, la local del Estado de Coahuila, el Código Municipal y la legislación aplicable. En este

sentido solicito se modifique el dictamen en el mismo sentido en el cual reza el acuerdo del Instituto

Electoral de Coahuila antes mencionado y no como viene en el dictamen porque en el resolviendo

segundo menciona que se solicita se apruebe el establecer un horario laboral para el personal del R.

Ayuntamiento de Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado

y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o

distintos. Proponiendo quede de la siguiente manera: Se aprueba un horario laboral para las y los

funcionarios públicos municipales y par el Presidente Municipal de 8:00 a 15:00 horas, con excepción

del personal sindicalizado y de aquellos departamentos que por sus necesidades laborales requieran

cubrir turnos adicionales o distintos; esto es ya que como fracción edilicia estaremos vigilantes además

de cumplir con lo dispuesto ya que formamos parte de esta Administración.

El Regidor Marco Antonio Fuentes expone: Respeto los comentarios de mis compañeros, quisiera

puntualizar muy claro la posición que guarda precisamente ese acuerdo que se publicó en el 2017, por

parte del IEC, en el sentido de que es una referencia en donde vienen plasmados los lineamientos de

por qué el Instituto Electoral de Coahuila, plantea la necesidad de que los Ayuntamientos tengamos en

tiempos de campaña o precampaña los miramientos claros y específicos, para poder hacer una

precampaña o campaña para que no precisamente nada de transparencia, de legalidad y de respeto

podamos determinar que todo funcionario público, aspirante que no sea separado de su cargo, cuente

precisamente con ese tipo de horarios para ser más transparentes, para hacer más claras las campañas

y evitar precisamente lo que el Señor Alcalde en su campaña, uno de sus planteamientos fue

precisamente el de transparencia clara y referida, entonces creo que los lineamientos que por ahí, no

sé si entendí mal, pero creo que los que comentó mi compañera Regidora son los mismos que vienen

establecidos aquí; son de 8:00 a 15:00 horas a excepción de los trabajadores sindicalizados y que pos

sus propias actividades laborales tengan que hacerlo en otro tiempo en un horario diferente, como los

son los bomberos, los policías, los médicos, etc. Yo considero que viene bien establecido ahí la

puntuación y de acuerdo a la Presidencia en la Comisión que yo estoy teniendo, creo que me parece

muy pertinente que este horario que se plasma ahí, fortalece lo que marca el IEC en ese acuerdo 234

del 2017, establezca este punto muy claro para que se lleve a cabo.

La Regidora Liliana Ramírez Hernández manifiesta: Yo considero que en ningún momento se está

contraponiendo a los lineamientos que establece el IEC, al contrario, se están respetando los

lineamientos en los cuales nada más se establece que el Ayuntamiento va a ser quien establezca el

horario laboral, lo único que señala el acuerdo es que sea en horas laborales y precisamente con este

acuerdo se cumple cabalmente este lineamiento, donde estamos señalando en caso de que se

apruebe, el horario en que se va a trabajar en el Ayuntamiento; no considero que se esté violando o

contraponiendo, al contrario. Aparte, el IEC no puede intervenir en cuanto al Ayuntamiento en

determinarnos un horario, precisamente nosotros como cuerpo colegiado de Cabildo somos los que

tenemos la facultad de determinar este horario, entonces yo considero que se debe votar este acuerdo

en los términos que se presentó.

La Regidora Sara Sofía Burciaga agrega: Estoy totalmente de acuerdo con ustedes, única y

exclusivamente en el segundo acuerdo de la penúltima hoja, entonces que lo pongan igual; es para

todo el personal, incluyendo los funcionarios públicos, no nada más el personal administrativo, sino

todo, se incluye en este acuerdo igual, que incluya a los funcionarios.

El Secretario del Ayuntamiento contesta: Es que si está incluido.

La Regidora Sara Sofía Burciaga agrega: En el segundo, de acuerdo con los acuerdos dice: la Comisión

de Modernización Administrativa y Transparencia del Republicano Ayuntamiento de Saltillo aprueba

por unanimidad, establecer el horario laboral para el personal del R. Ayuntamiento de Saltillo de las

08:00 a las 15:00 horas, sino que igual, incluyan que son los funcionarios públicos, o sea el Alcalde y

nosotros como funcionarios, a eso me refiero.

El Alcalde: Es el personal, los funcionarios y el personal. ¿Le parece?

La Regidora Sara Sofía Burciaga comenta: Me queda claro, pero no deben haber obviedades en este

tipo de cuestiones.

El Alcalde agrega: El personal es todos los que de una o de otra manera estamos en la nómina, como

dice el Dr., Más claro ni el agua, ¿verdad?, bueno votamos yo pienso que es prácticamente lo mismo.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por mayoría con el voto a favor de

Armando Gutiérrez González, Primer Regidor; María Bárbara Cepeda Boehringer, Segunda Regidora;

Marco Antonio Fuentes López, Tercer Regidor; Agustina Robles Ramírez, Cuarta Regidora; Oscar

David del Bosque Martínez, Quinto Regidor; Beatriz Eugenia Fraustro Dávila, Sexta Regidora; Aníbal

Soberón Rodríguez, Séptimo Regidor; Liliana Ramírez Hernández, Octava Regidora; Emmanuel

Alejandro Gaona Velasco, Noveno Regidor; Dolinka Liliana Martínez Soria, Décima Regidora; Bernardo

Escareño Lara, Décimo Primer Regidor; Xóchitl Guadalupe Ibarra Valero, Décimo Tercera Regidora;

Rodolfo Garza Gutiérrez, Décimo Sexto Regidor, Dora Alicia Villasana Martínez, Décimo Séptima

Regidora; Lydia María González Rodríguez, Síndico; Juan Pablo Valdez Fuentes, Síndico de Vigilancia;

y Manolo Jiménez Salinas, Alcalde; con el voto en contra de Sara Sofía Burciaga Dávila, Décimo Quinta

Regidora, con la abstención de Alfonso Danao de la Peña Villarreal, Décimo Cuarto Regidor,

procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 55/10/18

PRIMERO: Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Modernización Administrativa y

Transparencia, en consecuencia establecer el horario laboral para personal del R. Ayuntamiento de

Saltillo de las 8:00 horas a las 15:00 horas, con excepción del personal sindicalizado y de aquellos

departamentos que por sus necesidades laborales requieran cubrir turnos adicionales o distintos.

SEGUNDO: Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal, órgano de difusión de este Gobierno Municipal.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. El Secretario del Ayuntamiento

comunica que el OCTAVO punto consiste en Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos

Vulnerables e Igualdad, relativo a la propuesta para que dentro del edificio de la Presidencia Municipal,

el Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo, se instalen lactarios. Continuando el Secretario, se otorga

la palabra a su Presidenta Regidora María Bárbara Cepeda Boehringer para el desahogo de este punto,

mismo que se transcribe a continuación:

Dictamen 002/CDHGVI/2018

H. Cabildo del R. Ayuntamiento de Saltillo P r e s e n t e.- Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, relativo a la propuesta para que dentro del edificio que ocupa la Presidencia Municipal, el Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo, se instale una sala de lactancia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Organización Mundial de la Salud (OMS), establece que la leche materna es el primer alimento natural de los niños, recomendable hasta los primeros dos años de edad, la cual proporciona energía, nutrientes, vitaminas y minerales que necesitan durante sus primeros meses de vida, aportando al menos la mitad de sus necesidades nutricionales durante la segunda mitad del primer año y hasta un tercio en el segundo año de edad, además de promover el desarrollo sensorial, cognitivo y de proteger al bebé de enfermedades infecciosas y crónicas. Así mismo, establece que la lactancia reduce la mortalidad infantil por enfermedades de la infancia, como la diarrea o la neumonía, y favorece un pronto restablecimiento en caso de enfermedad. En este contexto, la lactancia materna representa un derecho de las niñas, niños y de sus madres, ya que trae consigo un sin número de beneficios como la supervivencia, salud, nutrición y desarrollo infantil, aunado a que crea un fuerte vínculo entre madre e hijo, proporcionándole al infante seguridad y protección. Este derecho debe ser reconocido plenamente por los gobiernos y la sociedad, asegurando que las mujeres que deseen ejercerlo, cuenten con las condiciones idóneas que favorezcan la lactancia materna, sobre todo a quienes se encuentran laborando. Si bien es cierto, actualmente las mujeres desempeñan un papel importante dentro del ámbito laboral, lo cual no debe ser un impedimento para que asuman su maternidad, sino por el contrario, deben existir acciones que protejan y salvaguarden los derechos de las mujeres para compaginar con sus actividades laborales. Existen algunos factores individuales, del entorno y labores que provocan el abandono a la lactancia materna como lo son; la salud emocional de la madre, falta de conocimiento sobre la lactancia materna, falta de apoyo de la pareja, familia o trabajo, rigidez en el horario de la jornada laboral, falta de acceso a salas de lactancia, entre otros. Partiendo de la premisa de que la alimentación es un derecho de las niñas y los niños y ya que la leche materna es el alimento más importante para los bebés dentro de los primeros seis meses de vida, es sumamente importante buscar mecanismos que apoyen tanto a las madres como a los lactantes. Por lo vertido anteriormente, como Gobierno Municipal, el impulsar distintas estrategias que favorezcan la lactancia materna, a través de su promoción, protección y apoyo, así como la creación de espacios y condiciones propicias para ejercer este derecho, es proteger la maternidad y la alimentación de la niñez, logrando así un desarrollo integral y armónico de la infancia.

R E S U L T A N DO

PRIMERO.- Que en fecha 02 de marzo de 2018, la C. María Bárbara Cepeda Boehringer, Segunda Regidora, presentó en sesión ordinaria ante quienes integran la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, la propuesta para que la Presidencia Municipal, el Instituto Municipal de la Mujer y el DIF Saltillo, instalen dentro de sus oficinas una sala de lactancia, a fin de someterlo a estudio y análisis, y en el supuesto de existir observaciones, fueran presentadas en sesión posterior de la misma Comisión. SEGUNDO.- La Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, sesionó el día 21 de marzo de 2018, en la Sala de Regidores de la Presidencia Municipal, con la finalidad de realizar las modificaciones correspondientes a la propuesta mencionada en el resultando anterior. TERCERO.- Así mismo, dentro de la sesión en comento y después de haberse realizado diversas observaciones por parte de quienes integran la Comisión, La Lic. María Bárbara Cepeda Boehringer

sometió la propuesta votación, en donde se aprobó por unanimidad a través del ACUERDO 003/CDHGVI/21/03/2018 la siguiente propuesta:

PROPUESTA

Que dentro del edificio que ocupa la Presidencia Municipal, el Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo, se instale una sala de lactancia.

En primera instancia dirigida a todas las madres que laboran dentro de estas Dependencias, y ya que son lugares que cuentan con una afluencia importante de ciudadanas, podrán hacer uso de esta sala las usuarias o visitantes que se encuentren en el período de lactancia. La sala en mención, deberá ser un espacio accesible, cómodo, limpio, seguro y privado para proteger la intimidad y tranquilidad de las madres, dentro del cual pueden amamantar, extraer su leche y conservarla. Las salas de lactancia, contarán como mínimo con lo siguiente: ubicación accesible, suficientes contactos para los equipos que se conecten, sillas o sillones de preferencia individuales, mesa para cada asiento, refrigerador o frigo bar, lavabo o tarja, agua potable, pizarrón para notas, biombo para privacidad, material de promoción para la práctica de la lactancia, tal y como lo establece el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) México y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

FUNDAMENTO LEGAL

Convención sobre los Derechos del Niño; artículo 24, numeral 2 inciso e), “Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños conozcan los principios básicos de la salud y nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna….” Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres, artículo 12, numeral 2; “los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.” Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el apartado A, fracción V del artículo 123 constitucional se establecen los derechos de las mujeres trabajadoras durante el embarazo y la maternidad, señalando que durante el descanso previo y posterior al parto (6 semanas respectivamente), deberán percibir su salario íntegro, así como conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por la relación de trabajo. Señala adicionalmente que en el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. Ley Federal del Trabajo; el artículo 170 fracción IV, dentro del cual se establece que “en el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado.” La Ley General de Salud en su artículo 64 señala que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, fracción II; “Acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento a la lactancia materna y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno-infantil.” Según lo estipulado en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 50, fracción III, referido al derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, la obligación de las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México de coordinarse a fin de promover en todos los grupos de la sociedad y, en particular, en quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, de niños, niñas y adolescentes, los principios básicos de la salud y la nutrición, las ventajas de la lactancia materna…….” La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece en su artículo 11 que constituye violencia laboral, entre otras conductas, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el periodo de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género. Estatuto Jurídico Para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila, artículo 32, fracción IV; “En el período de lactancia tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, para ello la dependencia o entidad designará un lugar adecuado e higiénico denominado lactario, en caso de que concurran varias dependencias o entidades en un mismo inmueble se podrá designar un lactario común.” Ley Estatal de Salud, estipula en su artículo 59; “En la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias del Estado de Coahuila establecerán: II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento a la lactancia materna y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno-infantil, además de impulsar, la instalación de lactarios en las dependencias o entidades públicas, así como en las instituciones de educación superior pública o privada.”

Ley de Protección a la Maternidad en el Estado de Coahuila, artículo 25.- “Con independencia de las disposiciones de seguridad social previstas en otras leyes, los patrones están obligados dentro de sus posibilidades y conforme a la legislación aplicable a contar con áreas especiales para la lactancia de los niños”.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, los artículos 26, 28, 30 y 31 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo Coahuila de Zaragoza. SEGUNDO.- El H. Cabildo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 158-C, 158-N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza. TERCERO.- Que para dar cumplimiento a instrumentos internacionales, así como a la normativa federal y estatal, por medio de las cuales se fomenta la lactancia materna y se protege este derecho para las mujeres y lactantes, se propone la instalación de salas de lactancia dentro de estas tres Dependencias Municipales. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión después de haber estudiado y analizado la propuesta en mención, resuelve: PRIMERO.- Por las razones asentadas con anterioridad, la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, somete a consideración del H. Cabildo del R. Ayuntamiento de Saltillo, el que dentro del edificio que ocupa la Presidencia Municipal, el Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo, se instale una sala de lactancia. SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaria del R. Ayuntamiento para que gire instrucciones a las Dependencias y Direcciones Municipales involucradas, a fin de llevar a cabo la debida implementación de la propuesta. Así lo acordaron y firman el presente Dictamen los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

NOMBRE Y FIRMA VOTO

_______________________________________________X_________________________________

C. LIC. MARÍA BÁRBARA CEPEDA BOEHRINGER FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Presidenta de la Comisión

(Rúbrica)

___________________________________________X_____________________________________

C. DR. RODOLFO GARZA GUTIÉRREZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Secretario de la Comisión

(Rúbrica)

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C. LIC. SARA SOFÍA BURCIAGA DÁVILA A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

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C. AGUSTINA ROBLES RAMÍREZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Integrante de la Comisión

(Rúbrica)

La Regidora Xóchitl Ibarra Valero expone: Quiero felicitar a la Regidora María Bárbara Cepeda,

Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad por su tan atinada

propuesta al instalar salas de lactancia en este edificio y en otros edificios municipales. Las mujeres

cada vez más estamos ganando terreno en el ámbito laboral, lo cual nos ha llevado a buscar estrategias

para seguir desarrollándonos como procreadoras de vida. Es por esto que los lactarios son una

excelente opción para que toda aquella mujer que se encuentre en período de lactancia se sienta con

tranquilidad de poder proveer a su bebé la leche materna que sin lugar a dudas es el mejor alimento

durante los primeros meses de vida. Sin embargo, hay un punto que como servidora pública, mujer y

madre me inquieta, este es el de la higiene de estas salas, ya que por lactario se entiende un lugar

especialmente acondicionado para que las madres amamanten, extraigan y conserven su leche, por lo

que estas salas deben de contar con un ambiente destinado exclusivamente para este fin, quedando

terminantemente prohibido su uso para cualquier otra actividad. Deberá garantizarse que las

condiciones de higiene y limpieza se brinden en óptimas condiciones de salubridad, para lo que se

recomienda que se asigne una persona especialista en el tema como responsable del área, quien

deberá vigilar el cuidado y el buen uso de los insumos de estas salas y su pulcritud. Me di a la tarea de

consultar y preguntar sobre el mejor funcionamiento de estas salas, por lo que contacté a la Dra. Karla

Ivonne González Ramírez, especialista de lactancia de nuestra localidad, quien me proporcionó

información que me permito dejar para su análisis. La Dra. González está en la mejor disposición de

ayudarnos a la instalación correcta de estas salas. Quiero dejar claro que mi comentario va únicamente

en el sentido de proteger la salud tanto de la madre como del infante. De ninguna manera pretendo

descubrir el hilo negro ni mucho menos usurpar funciones que no me corresponden, pero como madre,

como funcionaria, estoy preocupada por la salud de las mujeres.

El Regidor Marco Antonio Fuentes manifiesta: Hay mujeres que desafortunadamente no son tendientes

a practicar este tipo de acción que promueven acciones de salud para el niño y para la madre, inclusive

son preventivas de ciertos tipos de cáncer, promoviendo la lactancia se disminuye, está demostrado.

Yo lo que quiero comentar es que las áreas no tienen que estar estériles, que es muy diferente a como

ya lo mencionó Xochitl, tener limpieza e higiene, es suficiente, como me consta que están inclusive los

sanitarios que hoy por hoy ya, con la indicación que en esta Administración se dió, están pulcramente

ya mucho mejor a como estaban anteriormente y que quede bien claro que las especificaciones que

marca la norma oficial mexicana para la instalación de lactarios es que cumplan con los estándares de

limpieza de cualquier edificio en un momento dado. Lo más importante es que no se preste a cualquier

otra actividad distinta a la del lactario, ahí sí coincido con la compañera Regidora, y yo creo que eso va

a ser muy importante porque nos sumaremos a otras oficinas o centros de trabajo en donde será tarea

importante de la Comisión que preside mi compañera, el darle la adecuada difusión para contribuir en

materia de salud, el municipio en mejorar las condiciones de la misma, en las mujeres.

La Regidora María Bárbara Cepeda expone: Le quiero comentar a mi compañera que así será,

estaremos al pendiente por parte de nuestra Comisión, y aquí se encuentra también personal de la

Secretaría de Salud que está encargada de quienes montan los lactarios y ellos también van a estar

en constante supervisión para que tengan un buen funcionamiento, tengan una buena higiene y estén

funcionando como deben de ser, así como también cada lactario cuenta con un reglamento.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 56/10/18

PRIMERO: Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Derechos Humanos, Grupos

Vulnerables e Igualdad, en consecuencia, la instalación de salas de lactancia dentro del edificio que

ocupa la Presidencia Municipal, el Instituto Municipal de la Mujer y DIF Saltillo.

SEGUNDO: Comuníquese a la Secretaria del R. Ayuntamiento para que gire instrucciones a las

Dependencias y Direcciones Municipales involucradas, a fin de llevar a cabo la debida implementación

de la propuesta.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día, el Secretario del Ayuntamiento

comunica que el NOVENO punto consiste en la Clausura de la Sesión.

El Alcalde manifiesta: Habiendo agotados los asuntos programados para esta Sesión y no existiendo

otro punto en el Orden del Día pendiente de desahogar, procedo a clausurar esta tercer Sesión de

Cabildo del mes de marzo, siendo las catorce horas con treinta y nueve minutos del día veintitrés de

marzo de dos mil dieciocho.

PRESIDENTE MUNICIPAL

MANOLO JIMÉNEZ SALINAS

PRIMER REGIDOR

ARMANDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ

SEGUNDA REGIDORA

MARÍA BARBARA CEPEDA

BOEHRINGER

TERCER REGIDOR

MARCO ANTONIO FUENTES

LÓPEZ

CUARTA REGIDORA

AGUSTINA ROBLES RAMÍREZ

QUINTO REGIDOR

OSCAR DAVID DEL BOSQUE

MARTÍNEZ

SEXTA REGIDORA

BEATRIZ EUGENIA FRAUSTRO

DÁVILA

SÉPTIMO REGIDOR

ANÍBAL SOBERÓN RODRÍGUEZ

OCTAVA REGIDORA

LILIANA RAMÍREZ HERNÁNDEZ

NOVENO REGIDOR

EMMANUEL ALEJANDRO GAONA

VELASCO

DÉCIMA REGIDORA

DOLINKA LILIANA MARTÍNEZ SORIA

DÉCIMO PRIMER REGIDOR

BERNARDO ESCAREÑO LARA

DÉCIMO TERCERA REGIDORA

XOCHITL GUADALUPE IBARRA

VALERO

DÉCIMO CUARTO REGIDOR

ALFONSO DANAO DE LA PEÑA

VILLARREAL

DECIMO SEXTO REGIDOR

RODOLFO GARZA GUTIERREZ

SÍNDICO

LYDIA MARÍA GONZÁLEZ

RODRÍGUEZ

DÉCIMO QUINTA REGIDORA

SARA SOFÍA BURCIAGA

DÁVILA

DÉCIMO SÉPTIMA REGIDORA

DORA ALICIA VILLASANA

MARTÍNEZ

SÍNDICO DE VIGILANCIA

JUAN PABLO VALDEZ

FUENTES

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

JORGE EDUARDO VERÁSTEGUI SAUCEDO