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Dueño Rodríguez Associates PO Box 361026 San Juan, P.R. 00936-1026 787 / 781-0021 Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao Declaración de Impacto Ambiental Estratégica Preliminar 25 de febrero de 2005

Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao · parcial incluye ciertos asuntos1, se requiere, además de la celebración de una vista pública en el Municipio y la aprobación

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Dueño Rodríguez Associates PO Box 361026 San Juan, P.R. 00936-1026 787 / 781-0021

Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao Declaración de Impacto Ambiental Estratégica Preliminar 25 de febrero de 2005

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Tabla de Contenido Introducción _______________________________________________________1

I. Base Legal para la Revisión Parcial ___________________________________2

II. Resumen del proceso seguido y grupos consultados______________________6

III. Descripción de la Revisión Parcial____________________________________8

Resumen de Enmiendas al Programa Actuación______________________9

Resumen de Enmiendas al Reglamento Ordenación _________________10

Resumen de Enmiendas a la Clasificación del Suelo _________________10

Resumen de Enmiendas a la Calificación de los Suelos _______________24

Conclusión__________________________________________________24

IV. Descripción del Ambiente _________________________________________25

V. Asuntos ambientales principales y análisis impacto ______________________31

VI. Alternativas a la Acción Propuesta __________________________________37

VII. Relación de los usos a corto y largo plazo ____________________________48

VIII. Compromisos irrevocables _______________________________________49

IX. Plan de implantación y monitoría ___________________________________50

Rev is ión Parc ia l de l P lan Ter r i t o r ia l de Humacao : Memor ia l Exp l i ca t i vo 1

Introducción

El artículo 4 de la Ley sobre Política Pública Ambiental exige que las agencias emitan una declaración de impacto ambiental sobre cualquier acción, incluyendo la formulación de reglamentación. La Junta de Calidad Ambiental, mediante la Resolución R-04-42-1 del 12 de enero de 2005, promulgó las normas que regirán la preparación de las declaraciones de impacto ambiental estratégica (DIA-E) para evaluar acciones relacionadas con la formulación y adopción de reglamentación tales como los planes territoriales.

Las normas requieren que, además de los aspectos requeridos en el artículo 4 (c.) para cualquier declaración de impacto ambiental, se incluya en la DIA-E los siguientes aspectos:

• Una identificación de los asuntos ambientales principales asociados a la propuesta de política, plan, programa, legislación o reglamentación.

• Una declaración expresa sobre si la propuesta apoya o contraviene; adelanta, atrasa o impide; metas u objetivos ambientales u otras obligaciones nacionales, regionales o internacionales.

• Una identificación de las principales preocupaciones del público de las cuales tenga conocimiento la agencia proponente y sus explicaciones o respuestas a las mismas;

• Una lista de los grupos o sectores y personas consultadas;

• Un esquema de las medidas de mitigación propuestas; y,

• Un esquema del plan de implantación y monitoría.

Al momento de adoptarse estas normas, el Municipio de Humacao ya contaba con un Plan Territorial adoptado y vigente, pero estaba en proceso de revisar el mismo de forma parcial. El propósito de esta declaración de impacto ambiental estratégica (DIA-E) es examinar y evaluar la propuesta revisión parcial a tenor con el nuevo procedimiento dispuesto por la Junta de Calidad Ambiental.

La DIA-E de la Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao se organiza en nueve secciones:

1. Base legal para la Revisión Parcial del Plan Territorial

2. Resumen del proceso seguido y grupos consultados

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3. Descripción de la Revisión Parcial

4. Descripción del ambiente

5. Asuntos ambientales y análisis de impactos

6. Alternativas a la reglamentación propuesta

7. Relación entre el corto y largo plazo

8. Compromisos irrevocables o irreparables

9. Plan de implantación y monitoría.

I. Base Legal para la Revisión Parcial

La Ley 81 de 30 de agosto de 1990, según enmendada y conocida como la Ley de Municipios Autónomos faculta a los municipios a preparar planes de ordenación. El primero de los planes de ordenación que se prepara es el Plan Territorial, pudiendo prepararse, además, Planes de Área y Planes de Ensanche, según las necesidades municipales. Estos planes son similares a los planes de usos de terrenos que prepara la Junta de Planificación, pero tienen ciertos elementos mandatorios que deben incluir y que los distingue de otros planes.

El Municipio de Humacao preparó y adoptó un Plan Territorial siguiendo los procedimientos dispuestos por Ley. El Plan consiste de tres documentos: el Memorial, el Programa de Actuación y la Reglamentación. La Reglamentación incluye un documento narrativo y dos tipos de mapas: la clasificación y la calificación de todo el territorio municipal.

El Plan Territorial del Municipio de Humacao vigente dispone que: “El Plan podrá ser revisado si ocurren cambios significativos en la población total, y de su índice de crecimiento, recurso, usos e intensidades de ocupación y otros elementos que justificaron la clasificación de suelo adoptada.” (Véase en el Plan Territorial el Título IV - Las Políticas del Plan, Sección 5 - Actualización, Revisión y Modificación del Plan)

La nueva información del Censo de 2000, reveló que ha habido un cambio en el índice de crecimiento de la población.

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Índices de crecimiento poblacional Puerto Rico, Región Este y Municipio de Humacao

Mientras que el índice de crecimiento poblacional del Municipio había excedido la de Puerto Rico y la de la Región Este durante las últimas décadas, entre el 1990 y el 2000, el índice de crecimiento poblacional en el Municipio fue menor durante la última década, por lo que se pudiera ver afectada la posición del Municipio como centro regional. Además, de permanecer esta tendencia, se aumentará la distancia entre los lugares de trabajo ubicados en el Municipio y las residencias dispersas en otros municipios. Este cambio exige la revisión del Plan Territorial.

La revisión parcial propuesta incluye:

Actualizar la información demográfica: La información del Censo de 2000 y las proyecciones de población de la Junta de Planificación se publicaron luego de que se hubiera completado el Plan Territorial y sometido a la Junta de Planificación (1998).

Actualizar la información sobre los desarrollos existentes: Los mapas de clasificación y calificación se prepararon antes de que se obtuviera las fotografías de satélites de ICONOS que ha facilitado la Oficina de Presupuesto y Gerencia. Al observar la extensión de las comunidades rurales y urbanizaciones, se ha modificado la calificación y la clasificación de diferentes lugares.

Actualizar los proyectos aprobados: Existen proyectos aprobados por la Junta de Planificación luego de sometidos los mapas del Plan Territorial a dicha agencia. La distribución de los proyectos ha

28.00%

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6.00%

23.00%

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10.00%8.00%

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1970-1980 1980-1990 1990-2000

Municipio Humacao Region Este Puerto Rico

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creado unos precedentes que se requiere tomar en consideración en la distribución de la clasificación de los suelos.

Actualizar los proyectos propuestos: Actualmente, la Junta de Planificación está procesando múltiples proyectos propuestos en Humacao. Algunos de los proyectos se sometieron previo a la adopción del Plan. Otros se sometieron o están en proceso de someterse al proceso de permisos luego de que el Plan entrara en vigor.

Actualizar el inventario de terrenos disponibles para vivienda de interés social y para nuevos centros de empleo: Los terrenos previamente identificados en el Plan vigente para desarrollo urbano tienen limitaciones para el desarrollo de proyectos de interés social y de nuevos centros de empleo, por lo que se ha requerido actualizar la distribución de la clasificación del suelo.

Actualizar la base cartográfica: Los mapas del Plan Territorial fueron preparados en un sistema diseñado para planos (“CAD”). La revisión parcial incluye transferir la cartografía al sistema de información geográfica (SIG, por sus siglas en español o GIS por sus siglas en inglés). Este sistema de representación geográfica es el que utiliza la Junta de Planificación para sus trabajos de planificación.

La preparación y revisión de los planes de ordenación se rige por las disposiciones de la Ley 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Municipios Autónomos y por el Reglamento sobre Planes de Ordenación Municipal adoptado por la Junta de Planificación. La Ley 81 y el Reglamento reconocen dos tipos de revisiones de los planes de ordenación, a saber, las revisiones integrales y las revisiones parciales.

Las revisiones integrales de los planes territoriales se requieren, al menos cada ocho años. Su preparación y tramitación es similar al proceso de la preparación del Plan de Ordenación Territorial original. La preparación de un Plan Territorial o de una revisión integral a un Plan Territorial previamente aprobado requiere presentar en vistas públicas cuatro etapas en forma secuencial o concurrente. Luego de éstas, el Plan Territorial debe ser aprobado por la Asamblea Municipal y presentado para adopción a la Junta de Planificación por el

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Municipio. Una vez es adoptado por la Junta, entra en vigor luego de la aprobación del Gobernador.

La Ley distingue, dos tipos de procesos para las revisiones parciales, dependiendo del asunto del cual trate la revisión parcial. Si la revisión parcial incluye ciertos asuntos1, se requiere, además de la celebración de una vista pública en el Municipio y la aprobación de la Asamblea Municipal de la revisión parcial, su adopción por la Junta y su aprobación por el Gobernador. Se puede denominar este tipo una revisión parcial “coordinada”, ya que la iniciativa municipal requerirá ser coordinada con el Gobierno Central.

Para la revisión parcial del Plan de Ordenación Territorial en otros asuntos, no incluidos en la lista, la Ley sólo requiere la celebración de una vista pública, la aprobación de la revisión parcial por la Asamblea Municipal y la notificación de dicha revisión a la Junta de Planificación. Estas últimas revisiones parciales, que no requieren adopción por la Junta y aprobación por el Gobernador, entran en vigor a los 45 días de la notificación a la Junta de Planificación. Se puede denominar este tipo de revisión parcial, una revisión parcial “notificada”.

La Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao se limita a los siguientes asuntos:

Proceso Requerido para Enmendar Conforme a

Ley de Municipios Autónomos

Documento del Plan Revisión Parcial Notificada

Revisión Parcial Coordinada

Memorial

Actualizar censo X

Añadir mapas X

Actualizar proyectos X

Actualizar las demandas de suelo X

Actualizar necesidad de viviendas X

Revisar políticas públicas X

Revisiones de estilo X

1 La identifica como necesaria la adopción por la Junta y la aprobación por el Gobernador para las siguientes revisiones parciales: (1) Revisiones a los documentos de las políticas del Plan incluido en el Memorial; (2) Revisiones a los planos de infraestructura, plan vial, y dotaciones generales; (3) Revisiones a la sección del Programa de Proyectos de Inversión, certificados por las agencias públicas; (4) Revisiones al Plano de Clasificación de Suelo; (5) Revisiones a los Planos de Ordenación (excepto las enmiendas a los planos de conformidad con lo establecido en el artículo 13.012); y, (6) Revisión al Reglamento de Ordenación.

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Proceso Requerido para Enmendar Conforme a

Ley de Municipios Autónomos

Documento del Plan Revisión Parcial Notificada

Revisión Parcial Coordinada

Programa de Actuación

Sustitución de Programa de Ensanche X X

Reglamento

Texto

Añadir distrito PDM y E X

Derogar distrito PU, PE-1, PE-2, PE-3, PE-4

X

Enmendar otras secciones X

Mapa de Clasificación

Revisión de mapa X

Mapa de Calificación X

Revisión de mapa X

La revisión parcial que ha elaborado el Municipio de Humacao incluye asuntos típicos de una revisión parcial coordinada y de una revisión parcial notificada, a saber, aquellos que requieren adopción por Junta luego de una vista pública y aquellos que meramente tienen que ser notificados a Junta luego de su adopción. Para agilizar el trámite y facilitar la compresión de los asuntos revisados se propone llevar a cabo una sola vista pública para ambos tipos de asuntos y seguir el proceso de la revisión parcial coordinada para todos los asuntos.

II. Resumen del proceso seguido y grupos consultados

Para la Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao, se utilizó la información provista por el Censo de Población 2000 para actualizar los datos censales incluidos en el Plan originalmente. También se obtuvo nueva información de la Junta de Planificación sobre las consultas de ubicación presentadas ante esa agencia y se analizó la ubicación y tipo de consulta sometida. Otra nueva fuente de información han sido las fotografías ICONOS, las cuales han facilitado conocer el grado de desarrollo de los sectores del Municipio.

Otro elemento importante de la Primera Revisión Parcial fue la conversión de la base cartográfica original, al sistema de información geográfica (GIS, por sus siglas en inglés). Originalmente los planos de

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calificación y clasificación se había n preparado y adoptado en un formato de CAD, o de dibujo de planos electrónicos que no permitía el manejo de las capas de información georeferenciadas. La conversión a GIS permite al Municipio examinar los detalles de los mapas de calificación y clasificación con relación a los niveles de información y las fotografías aéreas2.

Durante la preparación de la Primera Revisión Parcial al Plan Territorial del Municipio de Humacao, se han llevado a cabo reuniones formales e informales con diversos grupos.

Octubre 2003: Reunión para recibir información sobre preocupaciones con el Plan Vigente. La reunión se anunció en un periódico local y a la misma asistieron, además de los dueños de terrenos, miembros de las Juntas de Comunidad de Humacao, y ciudadanos particulares, específicamente portavoces de agrupaciones ciudadanas.

En esta reunión se identificaron una serie de discrepancias entre la clasificación y calificación de terrenos y las aprobaciones a proyectos que ya estaban en construcción o bajo consideración de la Junta de Planificación. También se presentó las expectativas de desarrollo de varios lugares dispersos por el Municipio. Palmas del Mar mostró preocupación con la diversidad de distritos en el Plan Territorial para dicha comunidad por el conflicto que estos presentaban con el Plan Maestro de Palmas adoptado también por la Junta de Planificación.

Octubre 2004: Reunión con ambas Juntas de la Comunidad de Humacao. Se les hizo entrega de los mapas de calificación vigentes, se les presentaron los hallazgos principales de la revisión parcial en proceso, y se solicitaron comentarios a ser incluidos en la revisión parcial. No se presentaron comentarios por escrito formales, pero en las reuniones mostraron preocupación por la pérdida de importancia del centro tradicional para el comercio, el interés en promover el repoblamiento del centro; la falta de un servicio confiable de agua; la falta de información sobre los proyectos aprobados o en proceso ante la Junta de Planificación; y el rol de las Juntas en el proceso de comentarios del Municipio sobre los proyectos referidos por la Junta de Planificación para comentarios.

2 No estuvo disponible la base cartográfica del Centro de Recaudaciones e Impuestos Municipales.

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III. Descripción de la Revisión Parcial

A continuación se presenta un resumen de las enmiendas a los elementos del Plan Territorial:

Resumen de enmiendas al Memorial del Plan Territorial vigente:

El Memorial del Plan de Ordenación Territorial de Humacao se revisa en diversos aspectos, la mayoría de los cuales son del tipo que se denomina “revisión parcial notificada”. Entre estas revisiones se encuentran las siguientes:

1. Actualización de los datos censales con la información del Censo de 2000 y de las proyecciones demográficas de la Junta de Planificación.

2. Incorporación de mapas temáticos nuevos sobre alguna de la información presentada anteriormente (ej. Zonas susceptibles a inundaciones)

3. Revisión de la información en el Título II.2.(2.5) Actividad Inmobiliaria sobre los proyectos.

4. Revisión de la información en el Título II.4.(4.4) Demandas, sobre las demandas estimadas para diferentes usos

5. Incorporación de una nueva sección sobre la Vivienda de Interés Social (§7) bajo el Título III Diagnóstico: Un balance positivo entre problemas y oportunidades.

6. Cambios en estilo de redacción a través del documento Los nuevos datos censales y las proyecciones demográficas preparadas por la Junta de Planificación reflejan una situación nueva, desconocida al momento de preparar el Plan Territorial en vigor. Esta nueva información indica que Humacao está en riesgo de perder su importancia regional debido a que la población no ha aumentado al ritmo que se había observado en las décadas anteriores, cuando su crecimiento poblacional excedía el de la Región Este y el de Puerto Rico. Entre el 1990 y el 2000, la población de la Región Este creció más rápidamente que la población en Humacao, por lo que se concluye que la nueva población de la Región no encontró espacio en el Municipio de Humacao y se dispersó a otros polos, restándole vitalidad al Municipio. El Municipio de Humacao está comprometido con recuperar y defender la importancia regional de Humacao por lo que se estudió en detalle las alternativas para asegurar su importancia regional. Una de las primeras alternativas ha sido examinar lo dispuesto en el Plan sobre este asunto.

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Del examen del Plan se desprendió dos conclusiones importantes: en primer término, aunque se adoptó el objetivo general de “Ubicar a Humacao como centro de actividades de servicio y comercio de los Municipios cercanos (Naguabo, Juncos, Las Piedras y Yabucoa)”, no se adoptó política alguna que promulgara una posición acerca del ritmo de crecimiento poblacional. Debe tenerse presente que, al momento de preparar el Plan, el índice de crecimiento poblacional de Humacao había superado el de la Región y el de Puerto Rico durante varias décadas. No era un asunto sobre el cual hubiera necesidad de expresarse porque parecían haber unos patrones estables de crecimiento poblacional. En segundo lugar, la clasificación del suelo municipal utilizó una metodología para estimar la demanda de terrenos para diferentes usos que no ha probado ser adecuada. En el 1997, cuando se preparó el Plan, sólo se proyectó la necesidad de los diferentes usos urbanos hasta 2005. En aquel momento no se podía haber previsto que la adopción del Plan no se daría hasta el 2003. Además, la proyección de necesidad de terrenos urbanos incluyó un ajuste por las necesidades del mercado de bienes raíces de sólo 20%. En inglés el término se conoce como “surplus or market factor adjustment”. Estudios más recientes recomiendan que se utilice un ajuste de entre un 25% y hasta un 50%3. Para propiciar el reestablecimiento de la tendencia original del índice de crecimiento se propone revisar, también, las políticas generales. Los cambios a las políticas reflejan mejor la posición sobre el balance de intereses que debe prevalecer para asegurar que Humacao mantenga su primacía en la Región Este como centro poblacional para una gran diversidad de familias.

Resumen de Enmiendas al Programa Actuación

Las enmiendas al Programa de Actuación surgen a consecuencia de las enmiendas propuestas a la clasificación del territorio que se explica en mayor detalle en otra sección. El Programa en si mantiene todas sus secciones. Sólo se revisa el Capítulo IV: Programa de Ensanche para eliminar los programas anteriormente adoptados e incluir la información sobre el nuevo Ensanche.

3 Véase Nelson, Arthur C., Planner’s Estimating Guide, Projecting Land-Use and Facilities Needs, Planners Press, American Planning Association, Chicago, Illinois, 2004.

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Resumen de Enmiendas al Reglamento Ordenación

El Reglamento de Ordenación se enmienda para:

1. Añadir una sección que distingue entre los planos de ordenación para la clasificación y la calificación del territorio, y los trámites para su revisión. También se revisa la sección relacionada con las enmiendas a los mapas de ordenación, para distinguir entre los las enmiendas directas e indirectas a los mapas.

2. Añadir el distrito PDM para regir el desarrollo y uso de todos los terrenos dentro de la Comunidad Palmas del Mar. El distrito tiene como propósito calificar el área dentro de la Comunidad, a tenor con el Plan Maestro adoptado por la Junta de Planificación para Palmas en la Resolución 87-51-0490-JPU.

3. Derogar el distrito PU, Palmas Utilidades, porque con la revisión parcial estos solares formarían parte del distrito más general, PDM anteriormente mencionado.

4. Derogar los distritos PE-1, PE-2, PE-3 y PENP (Secciones 3.39, 3.40, 3.41, y 3.42.) porque las áreas a las que aplicaban ya no estarán clasificadas como suelo urbanizable si no que revierten a los distritos originales (R-1).

5. Añadir un distrito E (Ensanche) (Nueva Sección 3.40) para regir los cambios temporeros en lo que se prepara un Plan de Ensanche.

6. Revisar la sección sobre excepciones y desarrollos extensos para responder a los objetivos relacionados a la clasificación del territorio.

Estas revisiones al Reglamento de Ordenación son “revisiones parciales coordinadas” que requerirán la eventual adopción por la Junta de Planificación y la aprobación del Gobernador para entrar en vigor.

Resumen de Enmiendas a la Clasificación del Suelo

La clasificación del suelo adoptada finalmente en el Plan Territorial difiere de la clasificación preliminar informada en el Memorial. La discusión del contenido de la revisión parcial relacionada con la clasificación se basa en las medidas obtenidas del sistema de información con base geográfica y no en la tabla de las cabidas de la clasificación preliminar incluida en el Memorial.

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Cabida por Clasificación de Suelo en el Municipio de Humacao

Clasificación Cabida

Preliminar Cuerdas

Cabida Final Mapas

Cuerdas

Deferencia Cuerdas

Suelo Urbano 6,445 6,990 +545

Suelo Urbanizable 815 724 -91

Programado 326 356 +31

No programado 489 367 -121

Suelo Rústico 22,290 21,927 -363

Común 18,591 14,561 -4,030

Especialmente Protegido 3,698 7,365 +3,667

Total: 29,550 29,641 +91

Actualmente los suelos urbanos de Humacao abarcan una extensión de 6,990 cuerdas, o sea, el 21.8% de la extensión territorial. De ésta área, la Comunidad de Palmas del Mar abarca cerca de 2,919 cuerdas, o el 43% del total de suelos urbanos. Otras tres áreas completan el suelo urbano: Fermina con unas 270 cuerdas, el Pueblo con 3,262cuerdas y Punta Santiago con unas 4802cuerdas. La distribución de los tipos de suelos se ilustra a continuación:

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Municipio de Humacao Mapa de Clasificación de los Suelos

2003

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Las áreas designadas como suelos urbanos están casi completamente construidas. En el Pueblo, el análisis de las fotografías de IKONOS recibidas luego de la entrada en vigor del Plan, demostró que un 88% del área del Pueblo ya estaba construida. Las poco más de 500 cuerdas vacantes se dispersaban en sobre 45 lugares, ninguno de los cuales tenía una gran extensión4.

Áreas Construidas Dentro del Suelo Urbano de la Zona Central

Municipio de Humacao

Fotografías ICONOS 1997, Delimitación Suelo Urbano: Plan Territorial de Humacao, 2003

Los suelos rústicos del Municipio se dividen, actualmente, entre los suelos rústicos comunes, con una extensión de 21,927 cuerdas y los suelos rústicos especialmente protegidos con una extensión de 7,365 cuerdas. Los suelos rústicos comunes cubren comunidades compactas tales como Antón Ruiz y comunidades más dispersas a lo largo de carreteras, tales como Tejas, Candelero Arriba, y Mambiche. También incluye terrenos de alta productividad agrícola al sur y al norte del Pueblo, terrenos de montes boscosos al sur y al norte del Pueblo.

4 El tamaño promedio de los terrenos donde se propuso un proyecto de vivienda de más de 20 unidades fue de 66.4 cuerdas, para los proyectos radicados ante la Junta de Planificación del 1999 a 2003 en Humacao.

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Los suelos rústicos especialmente protegidos cubren, la reserva natural de las Lagunas Mandry y el Bosque de Pterocarpus y el cause mayor o Zona I de los Mapas de Zonas Susceptibles a Inundaciones del Río Humacao, entre el Pueblo y la costa. Otras áreas sensitivas, tales como varios montes boscosos no fueron incluidas en esta clasificación. Una de las principales preocupaciones del público sobre el Plan Territorial de Humacao vigente es la extensión y ubicación de las clasificaciones del suelo. El Mapa de Clasificaciones ha provocado incertidumbre sobre los lugares identificados en el Plan para nuevos desarrollos y ha dificultado nuevos desarrollos en las áreas ya desarrolladas que se interesa densificar (desarrollos de “relleno” o consolidación) .

Los nuevos proyectos y propuestas de desarrollo pendientes de someterse al proceso de permisos se dispersan por todo el territorio, en vez de concentrarse en los lugares más apropiados, identificados de antemano. Para atender esta situación se propone revisar la clasificación de diferentes lugares con el propósito de

• Aumentar la extensión de los suelos urbanos para que sea en ellos que se concentre la mayor parte del desarrollo futuro;

• Reubicar y ampliar los suelos urbanizables con el propósito de anticipar nuevos desarrollo a gran escala en lugares con tamaño suficiente para hacer viable su desarrollo;

• Extender el suelo rústico especialmente protegido a otras áreas en el interior que se interesa conservar.

• Como consecuencia de estos cambios, el suelo rústico común se reducirá en extensión.

Estos cambios permitirán al Municipio dirigir los nuevos desarrollos a los lugares más apropiados y convenientes ahora; estudiar nuevas áreas para futuros desarrollo y aumentar los lugares que no se consideran apropiados para futuros desarrollos.

A continuación se presenta el detalle de los cambios a cada tipo de suelo:

Suelos Urbanos: Se propone ampliar los suelos urbanos de 6,984 cuerdas a 9,336 cuerdas, o sea, un aumento de 2,352 cuerdas. A

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continuación se describe e ilustra los cambios sucesivos a la extensión del suelo urbano:

1. Reclasificación a suelo urbano de los suelos urbanizables existentes.

Los suelos urbanizables abarcan una extensión de 724 cuerdas y ubican dentro de las áreas originalmente identificadas por la Junta de Planificación dentro del ámbito de expansión urbana. Cerca de la mitad de los suelos urbanizables fueron clasificadas como suelos urbanizables programados (357 cuerdas) y la mitad como suelos urbanizables no programados (368 cuerdas).

Son los únicos terrenos vacantes de tamaño considerable en las inmediaciones del Pueblo, pero por estar clasificados como suelo urbanizable, no están disponibles para nuevos proyectos de desarrollo hasta tanto se complete el Plan de Ensanche requerido. Antes de que se pueda desarrollar un proyecto en los suelos urbanizables, deberá prepararse un Plan de Ensanche en cada predio, siguiendo las especificaciones del Programa de Ensanche y la reglamentación y legislación aplicable. La preparación de un Plan de Ensanche requiere la celebración de tres vistas públicas, la aprobación de la Legislatura Municipal, la adopción por la Junta de Planificación y la aprobación por el Gobernador. Estos procesos pueden durar varios años. Esta enmienda añade 724 cuerdas al suelo urbano adoptado originalmente .

Número del Ensanche

Nombre del Ensanche Cabida Clasificación Vigente

PE-1 Universidad 109 cuerdas SUP

PE-2 Mariana 43 cuerdas SUP

PE-3 San Francisco 205cuerdas SUP

PE-1 NP Cataño 367 cuerdas SUNP

Total: 724 cuerdas

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Ilustración de la Reclasificación de los Suelos Urbanizables en el Suelo Urbano

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2. Reclasificación a suelo urbano de proyectos de desarrollo

construidos, aprobados por o en proceso ante la Junta de Planificación5. Una de las preocupaciones de las personas consultadas sobre el Plan Territorial es la discrepancia entre los proyectos aprobados por la Junta de Planificación y la reglamentación adoptada en el Plan Territorial luego de la aprobación de ciertos proyectos.

Número de la

Consulta Nombre de la

Consulta Cabida Clasificación

Vigente

1992-51-1192-JPU San Jerónimo Industrial Park

40 cuerdas 6 SREP

1996-51-0133-JPU San Francisco 40 cuerdas SRC

1998-51-0147-JPU Mirador de Humacao

158 cuerdas SRC

Total: 238 cuerdas

5 No se incluye en esta lista al proyecto 2000-51-0604-JPU, conocido como Renaissance Center, porque el mismo está dentro de los suelos urbanizables no programados anteriormente mencionados. 6 La consulta originalmente fue aprobado por la Junta de Planificación en 77 cuerdas. Sólo está parcialmente incluida en el suelo urbano.

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Ilustración de la Reclasificación de los Terrenos con Proyectos a Suelo Urbano

3. Reclasificación a suelo urbano de varias comunidades existentes y

terrenos en sus cercanías en suelo rústico común (1,097 cuerdas) y suelo rústico especialmente protegido (418 cuerdas). Cuando se prepararon los mapas de clasificación del Plan Territorial original no se contó con las fotografías aéreas (ICONOS) existentes. Estas fotografías, conjuntamente con el mapa parcelario permiten precisar los límites de las áreas ya urbanizadas por la densidad, tipo y cantidad de infraestructura disponible actualmente.

No todas las áreas que se propone añadir al suelo urbano estarán disponibles para nuevos desarrollos extensos. Comunidades e instalaciones existentes ocupan una gran parte de los nuevos terrenos que se incluyen en el suelo urbano. La designación de este conjunto de terrenos clarifica la extensión del área urbana y establecerá la prioridad futura para las mejoras a la infraestructura de carácter urbano. Los terrenos vacantes dispersos a través del territorio también permitirán la consideración de proyectos

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directamente por los métodos comunes de consulta de ubicación, rezonificación o permisos ministeriales o discrecionales.

Nombre Cabida Clasificación Vigente

Antón Ruiz 66 cuerdas SRC

Collores 442 cuerdas SRC

Periferia Urbana Oeste 221 cuerdas SRC

Punta Santiago 275 cuerdas SREP

Aeropuerto 135 cuerdas SRC

Aeropuerto 286 cuerdas SREP

Candelero Abajo 189 cuerdas SRC

Total: 1,641 cuerdas

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Ilustración de la Reclasificación de Comunidades y Terrenos Cercanos para

Consolidar el Suelo Urbano

Suelo urbanizable: El nuevo suelo urbanizable se propone al norte del Municipio, en las cercanías de las comunidades de Antón Ruiz, Mambiche y Collores. El suelo urbanizable programado propuesto constará de 880 cuerdas, 291 de ellas, originalmente clasificadas como suelo rústico común y 589 originalmente clasificadas como suelo rústico especialmente protegido. El suelo urbanizable no programado constará de 253 cuerdas adicionales, todas ellas anteriormente clasificadas como suelo rústico común. La extensión del nuevo suelo urbanizable será 1,133 cuerdas, un aumento de 418 cuerdas sobre el tamaño de los suelos urbanizables en los mapas de clasificación vigentes. La nueva área incluye comunidades existentes de muy baja densidad que deberán ser consideradas en la planificación del Ensanche. Además, se requerirá como condición al desarrollo la utilización de un sistema de manejo de escorrentía que mantenga las características de las descargas

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pluviales, por lo que se requerirá dedicar terrenos al manejo de la escorrentía.

Ilustración de la Clasificación Incluyendo el Nuevo Suelo Urbanizables

Suelo rústico: Los suelos rústicos se reducen de 21,927 cuerdas a 18,975 cuerdas, para una reducción de 2,952 cuerdas. Este cambio se desglosa en una reducción neta de 3,275 cuerdas de los suelos rústicos comunes y un aumento neto de los suelos rústicos especialmente protegidos de 324 cuerdas. A continuación se desglosan los cambios a cada tipo de suelo: El suelo rústico común se reduce de 14,561 cuerdas a 11,286 cuerdas, o sea, una reducción neta de 3,275 cuerdas. El cambio surge a consecuencia de las siguientes reclasificaciones:

• la reclasificación a suelo urbano de terrenos en los que ya se han construido urbanizaciones residenciales e industriales (238 cuerdas);

• la reclasificación a suelo urbano de varias comunidades ya construidas (1,390 cuerdas);

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• la reclasificación a suelo urbanizable programado (281 cuerdas) y no programado (253 cuerdas);

• la reclasificación a suelo rústico especialmente protegido de lugares para su conservación (1,374 cuerdas).

El suelo rústico especialmente protegido aumenta de 7,365 cuerdas a 7,689 cuerdas, para un aumento neto de 324 cuerdas. Esta diferencia surge a consecuencia de los siguientes cambios:

• La reclasificación de suelo rústico común a suelo rústico especialmente protegido de 1,374 cuerdas (aumento).

• La reclasificación de suelo rústico especialmente protegido a suelo urbanizable programado de 253 cuerdas (reducción).

• La reclasificación de suelo rústico especialmente protegido a suelo urbano de 40 cuerdas por haber proyecto ya aprobado; de otras 337 cuerdas por estar dentro de áreas ya construidas (reducción).

Ilustración de la Clasificación con el

Suelo Rústico Especialmente Protegido Adicional

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Resumen: Los cambios a la clasificación anteriormente descritos producen los siguientes cambios en la cabida total de cada clasificación

Clasificación Cabida Vigente Cuerdas

Cabida Propuesta

Cuerdas

Cambio Cuerdas

Suelo Urbano 6,990 9398 +2,408

Suelo Urbanizable 723 1,141 +418

Programado 356 886 +530

No programado 367 255 -112

Suelo Rústico 21,927 19,102 -2,824

Común 14,561 11,362 -3,199

Especialmente Protegido 7,365 7,740 +375

Total: 29,641 29,641 0

2003

2005

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Resumen de Enmiendas a la Calificación de los Suelos

También se propone enmendar la calificación del suelo. Las razones que justifican estos cambios son tres:

1. Reconocer enmiendas a los mapas de zonificación que inadvertidamente no se habían incluido originalmente. En el intervalo de tiempo entre completar los mapas de clasificación y calificación y su adopción, la Junta de Planificación continuó considerando peticiones de enmiendas a los mapas de zonificación. En ocasiones concedió enmiendas a los distritos de zonificación de determinados solares en Humacao que no habían sido incorporados a los mapas de zonificación que no se habían recogido en los mapas de calificación. La adopción de los mapas de calificación tuvo la desafortunada consecuencia de que se cambiara el distrito cuyo cambio ya había sido aprobado. Ahora se incorporan esos cambios en los distritos que la Junta de Planificación había aprobado. Estas revisiones son del tipo de revisión “notificada” ya que son enmiendas al mapa de calificación que ya fueron presentadas a vistas públicas y adoptadas por la Junta de Planificación.

2. Responder a la reclasificación: La reclasificación arriba descrita

va acompañada de enmiendas a los distritos de calificación,.

3. Se deroga el distrito PU – Palmas Utilidades y se sustituye el detalle de la calificación vigente al aplicar el distrito PDM a la totalidad de los terrenos de Palmas del Mar cubiertos por el Plan Maestro en vigor de la Junta de Planificación para esa Comunidad.

Estas enmiendas son el tipo de revisión que debe ser coordinada con la Junta de Planificación y se incluye en el anejo G la lista de cambios.

Conclusión

La revisión a diferentes elementos del Plan de Ordenación Territorial adoptado, presentadas anteriormente, no constituyen una revisión integral. Algunas, son, incluso, elementos susceptibles de ser enmendados en el Municipio, sin que tengan que ser adoptados por la Junta de Planificación y aprobados por el Gobernador. Los cambios propuestos a los documentos del Plan Territorial son los mínimos necesarios para recuperar los índices de crecimiento que se esperaban para Humacao, asegurando su posición como centro regional.

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IV. Descripción del Ambiente

El Municipio de Humacao está ubicado en la Región Este de Puerto Rico, según la distribución regional adoptada por la Junta de Planificación para los municipios de Puerto Rico. Los municipios en la Región comparten ciertas características. Por ejemplo, la topografía de ellos es similar porque son municipios costeros, con áreas montañosas en el interior. Las planicies entre las montañas y la costa tienen usualmente extensas planicies susceptibles a inundaciones y en las cuales abundan recursos naturales tales como bosques y lagunas. En el pasado fueron áreas intensamente cultivadas para la caña y aún ahora se utilizan, en ocasiones para la ganadería. Los municipios con más población en la Región Este en el 2000 fueron Humacao, Río Grande y Fajardo. En ellos se concentran, también, las actividades más importantes, incluyendo aeropuertos regionales, instalaciones hospitalarias y turísticas, centros comerciales, industrias y servicios comerciales en general. El cierre de la Base Naval de Roosevelt Roads ha afectado económicamente la Región, pero se anticipa que la pronta implantación del Plan de Reuso de la Base, preparado para el Gobierno Central, genere nuevos estímulos a la economía regional. La Autopista PR-53 y la Carretera PR-3 les unen a Fajardo y Humacao entre sí y con el resto de Puerto Rico. Los sistemas de abasto de agua están sobrecargados y se han propuesto mejoras de diversos tipos. Aunque no hay planta de generación de energía eléctrica, el sistema, en general, opera satisfactoriamente. El Municipio de Humacao tiene una topografía similar a la de otros municipios en la Región Este. La costa y la planicie costera son susceptibles a inundaciones. La planicie del interior está relativamente libre del peligro de inundaciones y es donde se han ubicado los asentamientos más importantes tales como el centro tradicional. El interior, más montañoso, también ha sido objeto del poblamiento por los ciudadanos. Ejemplo de esto son las Comunidades de Mariana y Collores.

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Los recursos naturales más importantes de Humacao son el Bosque de Pterocarpus y las Lagunas Mandry y Santa Teresa. Ésta áreas han sido objeto de un plan de adquisiciones por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). Recientemente la Compañía de Turismo ha establecido, en conjunto con las comunidades un Plan de Ecoturismo para el área. Otros recursos importantes son el Balneario de Punta Santiago, y la Marina de Palmas del Mar. Ambos son importantes atractivos vacacionales para el turismo interno. Actualmente, los terrenos clasificados como suelo urbano incluyen varias comunidades:

• La Fermina: Originalmente una comunidad rural, hoy en día es una urbanización.

• Centro Tradicional: Además del área del casco, incluye múltiples urbanizaciones construidas durante las últimas décadas, centros comerciales, el Recinto de la Universidad de Puerto Rico, parques industriales, el aeropuerto, y múltiples otras instalaciones públicas y privadas.

• Punta Santiago: Originalmente una comunidad rural, hoy en día consta de varias urbanizaciones dispersas en la costa.

• Palmas del Mar: Originalmente un proyecto turístico vacacional, hoy en día se ha convertido en un destino turístico y una comunidad de residentes permanente.

En el Mapa Asentamientos principales se ilustra la ubicación de éstas y otras comunidades. La infraestructura existente discurre por los lugares próximos a las comunidades existentes, según se ilustra en los mapas del sistema de energía eléctrica y de agua potable que se acompaña. La reglamentación de los usos del terreno aplicable al Municipio de Humacao consiste de una jerarquía de documentos de política pública. Además del Plan Territorial, le son de aplicación las políticas públicas promulgadas por el Gobierno Central. Entre las más importantes están los Objetivos y Políticas Públicas del Plan de Usos de Terrenos de Puerto Rico (JP:1995) y la adopción de una Zona de Interés Turístico que abarca parte de los terrenos del Municipio.

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La Fermina

Antón Ruiz

Bajandas

Punta Santiago

Buena Vista

Palmas del Mar Candelero Arriba

Centro urbano

Asentamientos Principales

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V. Asuntos ambientales principales y análisis impacto

Los asuntos ambientales principales y los análisis de su impacto sobre el ambiente asociados a la Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao que se han identificados son: 1. Conservación de la importancia del Municipio de Humacao como

centro regional de la Región Este. El Municipio de Humacao es uno de los centros regionales de importancia de la Región Este. Cuando se sometió el Plan Territorial final a la consideración de la Junta de Planificación no se había recibido la información del Censo de Población de 2000. Hasta ese momento, la tendencia los índices de crecimiento del Municipio de Humacao de las últimas décadas con relación a los índices de población de la Región Este y de Puerto Rico se había mantenido estable. Humacao crecía más rápidamente que la Región o Puerto Rico total. No obstante ese índice de crecimiento se vio afectado durante la década del 1990 al 2000, según la actualización de los datos censales reveló. Algunas de las consecuencias de permitir que continúe esta tendencia sería la pérdida de oportunidades económicas para el comercio local, el aumento en el largo del recorrido de las residencias a los centros de empleo en el Municipio, falta de apoyo a la transportación masiva por la ausencia de una masa crítica que permita el establecimiento de esos sistemas. La Primera Revisión Parcial tiene como propósito evitar estos impactos ampliando los suelos urbanos y urbanizables. Al examinar y analizar los terrenos clasificados como suelo urbano en el Plan aprobado en el 2003 se encontró que no existían suficientes terrenos vacantes clasificados como suelo urbano, por lo que se propone la reclasificación de varios lugares para atender esta la situación planteada.

2. Aumento en los terrenos disponibles para vivienda de interés

social Uno de los asuntos que más preocupación ha levantado entre los dueños de terrenos en el Municipio es que la existencia de la Comunidad de Palmas del Mar al sur del Municipio y las restricciones que impone el Plan Territorial

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vigente al desarrollo de terrenos en el norte han impedido la construcción de proyectos para viviendas de interés social en el Municipio. Preocupa que estas se desplacen hacia otros municipios y que Humacao sufra el proceso conocido como “gentrification” en inglés. Este término se utiliza para describir el desplazamiento de población de medianos o escasos recursos de un lugar por familias de más ingresos que ocupan el lugar paulatinamente. A través de la ampliación de los terrenos clasificados como suelo urbano, se facilita el desarrollo de nuevos proyectos, algunos de ellos de densidades medias, para familias de medianos o escasos recursos. La reubicación y consolidación de los terrenos clasificados como suelos urbanizables (programados y no programados) al norte del Municipio también permite nuevos proyectos de interés social.

3. Se simplifican los distritos de calificación en el área de Palmas del Mar, atemperándolos al Plan Maestro vigente.

La Comunidad de Palmas del Mar está clasificada actualmente como suelo urbano. Su calificación, sin embargo, es diversa. Incluye distritos turísticos residenciales y comerciales. También incluye algunos sectores calificados en distritos RP-1 y RP-2, o sea, distritos de Recreación y Parques Uno y Dos. Entre los distritos de Palmas está el distrito PU, Palmas Utilidades que cubre el área donde ubican las instalaciones de infraestructura para todo el complejo. Estas instalaciones son privadas y son operadas por Palmas del Mar para dicha comunidad. Las enmiendas propuestas incluyen la derogación del distrito “PU” del Reglamento de Ordenación y la inclusión de un distrito denominado “PDM”, o sea, Palmas del Mar, en dicho Reglamento para regir el uso y los cambios en usos dentro de Palmas del Mar. Este cambio obedece a que la Junta de Planificación adoptó en el 1997 un Plan Maestro de Palmas del Mar que dispone las normas que se habrán de observar tanto para el desarrollo de los usos existentes como para la conversión de los usos existentes a otros usos. Los usos y las transformaciones de usos dentro de la Comunidad de Palmas del Mar que permite la Octava Extensión a la Consulta Número 87-51-0490-JPU del 22 de mayo de 2000 son diferentes a los que se permitirían bajo las calificaciones existentes. El nuevo distrito “PDM” evita

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esta dificultad ya que refiere los cambios futuros en los usos de los terrenos a la Resolución de la Junta de Planificación antes mencionada7. La simplificación de los distritos dentro de Palmas del Mar a uno solo, no tiene efectos en el ambiente físico o socio económico porque no altera la Resolución aprobando el Plan Maestro que rige el desarrollo.

4. Aumento en la densidad de las futuras áreas urbanas: La preparación de un Plan de Ensanche y la adopción de una nueva normativa para los proyectos extensos que allí se ubiquen (enmiendas al Programa de Ensanche) permitirá traer al Municipio de Humacao los preceptos de organización espacial del Nuevo Urbanismo. Este movimiento tiene varios objetivos entre los que se encuentra la recreación de los ambientes urbanos en nuevos desarrollos, diferentes en su concepción urbanística a los desarrollos suburbanos típicos. Estos ambientes permiten un mejor aprovechamiento de las áreas desarrolladas y típicamente incluyen grandes extensiones de lugares públicos naturales. Este aumento será gradual y se permitirá sólo luego de la preparación de una declaración de impacto ambiental para el propuesto Ensanche en su totalidad. Es en este documento donde se podrán estudiar los detalles de los impactos físicos de las propuestas nuevas áreas urbanas. En comparación con los terrenos clasificados como suelo urbanizable en el Plan vigente, los nuevos terrenos, por estar agrupados en un solo lugar, reducirán los impactos de los nuevos desarrollos sobre las comunidades circundantes. En el Plan vigente, los suelos urbanizables se encuentran dispersos en el resto del área urbana ya construida y su desarrollo no se estudiaría como un conjunto, por lo que no se habría considerado los efectos acumulados de desarrollos sucesivos. La agrupación de los terrenos urbanizables que ahora se propone y su ubicación en la periferia de otros asentamientos existentes mitigará este efecto.

7 La Junta de Planificación, cuando adoptó la Zona de Interés Turístico, no aprobó distrito alguno para la Comunidad de Palmas del Mar.

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El cambio reglamentario propuesto, por lo tanto, es beneficioso pero no significativo.

5. Se reducirá la incertidumbre sobre el propósito de la clasificación de

suelo rústico común. Actualmente el suelo rústico común del Municipio de Humacao incluye asentamientos con características más urbanas que rurales. También incluye terrenos de valor agrícola, similares a los incluidos en la clasificación de suelo rústico especialmente protegido. Otras porciones del suelo rústico común son bosques en las laderas de colinas del interior. Esta diversidad de condiciones dentro de la misma clasificación ha permitido la continuada especulación sobre cual es la política pública relacionada con el futuro desarrollo de estos terrenos. Las consultas de ubicación presentadas ante la Junta de Planificación están dispersas a través de todo el territorio municipal:

Ilustración de los Proyectos Sometidos a la Junta de Planificación sobre la

Clasificación Vigente del Plan Territorial de Humacao

La revisión propuesta examina en mejor detalle los usos y recursos existentes en todo el territorio municipal, pero muy especialmente en el suelo rústico común. La revisión del Mapa de Clasificación permite clarificar los lugares

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apropiados para proyectos de interés social y distinguiendo éstos de los lugares que se requiere conservar. Algunos de los suelos rústicos comunes, ocupados por asentamientos y provistos de infraestructura, pasarán a ser parte de los suelos urbanos. Otros suelos rústicos actuales, se estudiarán en detalle en un Plan de Ensanche para formar parte de los nuevos suelos urbanizables programados y no programados. Finalmente, parte de los suelos rústicos comunes, pasarán a ser parte de los suelos rústicos especialmente protegidos para salvaguardar sus recursos. Actualmente, los proyectos de carácter urbano no han encontrado cabida dentro de los suelos urbanos. Según se presentó en las ilustraciones precedentes, no existen grandes extensiones de terrenos vacantes dentro del suelo urbano. Los nuevos proyectos promovidos por el sector privado para diferentes mercados y para diferentes usos, por lo tanto, se han ubicado fuera de los terrenos clasificados como suelo urbano. Ejemplo de estos son los proyectos construidos al norte, sur y este del área urbana central. Otros proyectos identificados en las reuniones con la Junta de Planificación y con el público, están paralizados por la ausencia de terrenos clasificados apropiadamente para acomodar las propuestas. La ampliación del suelo urbano para incluir los suelos urbanizables del Plan original, y la incorporación de desarrollos urbanos existentes en la periferia de los suelos urbanos, facilitará la consolidación un sector en el centro del Municipio para usos urbanos. Los nuevos suelos urbanos proveerán lugares apropiados para la ubicación de proyectos de carácter urbano por estar servidos por la infraestructura urbana y estar rodeados o consolidados por las edificaciones urbanas existentes.

6. Conservación de lugares adicionales como bosques: La clasificación de suelo rústico común se extendió tanto a los asentamientos existentes como a lugares relativamente despoblados. Específicamente, existen dos áreas de colinas al norte y al sur del Centro Tradicional que conservan una vegetación espesa. Aunque no se identificado especies críticas en los mismos, quizás por estar rodeados de

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edificaciones, son lugares que se amerita conservar por el carácter que imprimen al Municipio. Por sus pendientes, desarrollos de carácter urbano pudieran poner en peligro las comunidades cercanas y producirían un aumento en las áreas desforestadas. Este cambio es uno de carácter beneficioso, aunque no tenga impactos significativos.

7. Reducción en los suelos destinados a la agricultura El Plan Territorial vigente clasifica como suelo rústico especialmente protegido y califica como A-1 unas 2,685 cuerdas. (9.05% del total del territorio municipal). De estas, en la Revisión Parcial al Plan Territorial se propone reclasificar 624 cuerdas (un 23% de los terrenos actualmente calificados como A-1) como suelo urbanizable programado. Además, se propone recalificar los terrenos de A-1 a un nuevo distrito “E”, Distrito de Ensanche. Aunque a corto plazo el cambio reglamentario propuesto no tendrá efecto alguno sobre las operaciones agrícolas que allí se encuentran actualmente, a largo plazo, las operaciones agrícolas existentes tendrán que trans ferirse a otros terrenos más al este. Este cambio pudiera afectar la cantidad de ganado que se mantenga o pudiera aumentar los costos de la operación de la actividad, requiriendo mayores inversiones. El Plan vigente clasifica como suelo rústico común y califica en un distrito A-2 unas 3,831 cuerdas (12.92% del total) del territorio municipal. Los terrenos calificados como A-2 ubican en tres lugares: al noroeste del Municipio (2,333 cuerdas); en el centro, al sur del Río Humacao (446 cuerdas) y al sur del Municipio (1,052 cuerdas). Estos terrenos, sin embargo, están parcialmente ocupados por comunidades existentes o proyectos en alguna etapa del proceso de permisos. Estos terrenos, aunque calificados para actividades agrícolas, no tiene operaciones de importancia. Se propone recalificar 660 cuerdas calificadas actualmente dentro de un distrito A-2 al norte del Municipio a un distrito AD por estar ya desarrolladas por comunidades. Otras porciones del distrito A-2 del nordoeste , con un total de 569 cuerdas de ese distrito se proponen recalificar dentro de un

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distrito “E”, de Ensanche. De estas 569 cuerdas, 291 estarán clasificadas como suelo urbanizable programado y unas 278 como suelo urbanizable no programado. En total, se reducirá el distrito A-2 del noroeste a unas 1,104 cuerdas. El distrito A-2 al sur del Río Humacao, permanecerá inalterado. El distrito A-2 al sur del Municipio se reducirá en un 35% por motivo de proyectos aprobados y en proceso. La escasa aportación de la actividad agrícola en términos de empleos o ingresos municipales, hace del cambio en la calificación y clasificación y la consecuente pérdida de lugares para la práctica de la agricultura una sin impactos significativos. Desde el punto de vista socio económico, se producen impactos importantes porque, los terrenos que se pierden para la agricultura se ganan para otros usos más apremiantes a la sociedad, incluyendo la vivienda de interés social.

VI. Alternativas a la Acción Propuesta

La consideración de alternativas a la acción propuesta, a saber, la adopción de la Primera Revisión del Plan Territorial del Municipio de Humacao, permite comparar los posibles efectos de diferentes estrategias para alcanzar el fin primordial del Plan Territorial: promover la prosperidad del Municipio, asegurando la importancia de Humacao como centro de la Región Este, haciendo de este un lugar atractivo para el establecimiento de empresas y un lugar agradable para vivir. 1. Alternativa preferida: adopción de la Primera Revisión Parcial

al Plan Territorial de Humacao: Descripción de la alternativa: Según se ha descrito en las secciones precedentes, la alternativa preferida es la Primera Revisión Parcial del Plan Territorial de Humacao según presentado. La mayoría de los elementos cuya revisión se propone no tienen efectos ambientales alguno. Los asuntos cuya revisión se propone se discuten a continuación desde el punto de vista de los impactos significativos o no significativos:

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Revisión Propuesta al Plan Efectos de Revisión Propuesta

Memorial

Actualizar censo No tiene efectos ambientales

Añadir mapas No tiene efectos ambientales

Actualizar proyectos No tiene efectos ambientales

Actualizar necesidad de viviendas No tiene efectos ambientales

Revisión de políticas públicas Efectos mínimos

Revisiones de estilo No tiene efectos ambientales

Programa de Actuación

Sustitución de Programa de Ensanche

Efectos mínimos

Reglamento

Texto

Añadir distrito PDM y E No tiene efectos ambientales

Derogar distrito PU, PE-1, PE-2, PE-3, PE-4

No tiene efectos ambientales

Enmendar otras secciones Efectos mínimos

Mapa de Clasificación

Revisión de mapa Efectos mínimos

Mapa de Calificación

Revisión de mapa Efectos mínimos

Los efectos mínimos mencionados anteriormente son, en balance, efectos deseables.

Relacionados al Memorial: La mayoría de los cambios al Memorial actualizan información y no producen cambios ambientales. El único cambio al Memorial que pudiera tener efectos indirectos a largo plazo es las enmiendas a las políticas sobre los usos de terrenos. Estas políticas se reformulan para clarificar que en efecto es política del Municipio tanto la promoción de nuevas oportunidades de empleo como nuevas viviendas de interés social y el mejoramiento de los espacios públicos y la conservación de las áreas naturales. Relacionados al Programa de Actuación: La revisión del Programa de Actuación se limita a la sustitución de los programas de ensanche vigentes por el programa de ensanche de los nuevos suelos urbanizables. En términos absolutos, el tamaño del

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ensanche aumenta pero el cambio más significativo ocurre debido a la utilización de terrenos anteriormente clasificados como suelos rústicos especialmente protegidos y calificados en un Distrito “A-1”. Este cambio supone la pérdida de un 23% de los terrenos clasificados y calificados así. El efecto no puede evitarse porque otros terrenos vacantes actualmente, con tamaño suficiente para acomodar un Plan de Ensanche adecuado tienen recursos más valiosos cuyo aprovechamiento no puede ser transferido. Según se puede apreciar de las fotografías aéreas y la calificación existente, no existen otros lugares con una extensión similar, con accesos adecuados a las vías de circulación regionales y que estén próximos a las áreas ya construidas. La nueva formulación del Programa de Ensanche incluye la identificación del itinerario para llevar a cabo el Plan de Ensanche incluyendo la preparación de una DIA-P. Relacionadas a la Reglamentación: Los cambios a la Reglamentación producirán, a largo plazo, efectos sobre el ambiente. Las enmiendas propuestas, en conjunto, tienen efectos positivos sobre el ambiente porque aumentan los terrenos bajo la clasificación de suelos rústicos especialmente protegidos, reducen la incertidumbre sobre el propósito de la clasificación de suelo rústico común, consolidan los suelos urbanizables y amplían las áreas disponibles para desarrollo urbano en los lugares que ya cuentan con infraestructura. Además, se eliminan distritos que no son útiles para el análisis de proyectos y se mejora la redacción de secciones relacionadas a los cambios de calificación, las excepciones y las consultas de ubicación para reflejar las implicaciones de la aplicación de la clasificación y calificación a los permisos y solicitudes que antes se llevaban a cabo bajo los parámetros de la zonificación. A continuación se ilustra la Primera Revisión propuesta al Mapa de Clasificación del Municipio de Humacao:

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Alternativa Preferida para la Clasificación del Territorio

Análisis del cumplimiento de la alternativa con las políticas vigentes: La Ley de Municipios Autónomos y la Ley Orgánica de la Junta de Planificación requieren que los planes territoriales estén en armonía con las políticas públicas sobre usos de terrenos de jerarquías superiores. A esta y todas las alternativas le es de aplicación, por lo tanto, las disposiciones del documento titulado “Objetivos y Políticas Públicas del Plan de Usos de Terrenos de Puerto Rico”. Este documento, adoptado originalmente por la Junta de Planificación en el 1977 y revisado en el 1995, dispone cual es la política pública sobre diversos aspectos. Varios de ellos son relevantes a la Revisión Parcial del Plan Territorial bajo consideración. Específicamente los objetivos sobre desarrollo urbano disponen que se deberá identificar por medio de los planes los lugares hacia donde es deseable encauzar el crecimiento urbano. A renglón seguido se enumeran una serie de criterios normativos para identificar los lugares deseables, los que se discuten a continuación:

• “Proveer terrenos suficientes y adecuados para acomodar el crecimiento poblacional a tono con la necesidad particular de cada municipio”.

La alternativa preferida cumple con esta política, ya que amplía el suelo urbano para incluir, además de

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las comunidades urbanas existentes y los proyectos ya aprobados o sometidos, los terrenos próximos a estos para otros proyectos urbanos, a tono con las necesidades esperadas. Los suelos urbanizables se reubican lo más alejado posible de las presiones de desarrollo de Palmas del Mar para asegurar la disponibilidad de terrenos para vivienda de interés social.

• “Seleccionar para propósitos urbanos como primera prioridad, terrenos con las siguientes características: terrenos en áreas edificadas que propicien el desarrollo y la densificación selectiva, bolsillos de terrenos vacantes (que no constituyan espacios abiertos), terrenos que no sean de alta productividad avícola o inundables y donde exista o se puedan mejorar, operar y mantener a un costo razonable la infraestructura.”

Los terrenos identificados para la ampliación del suelo urbano son aquellos en áreas consolidadas por la edificación existente, que no son de alta productividad agrícola y ni inundables. Estos terrenos están, en su mayoría ya construidos pero contienen solares y terrenos que están disponibles para nuevos desarrollos. Los terrenos identificados para la reubicación de los suelos urbanizables también cumplen con esta política porque, aunque parcialmente ocupan terrenos de alta productividad agrícola, son terrenos que constituyen una segunda prioridad, ya que para su utilización se requieren estudios adicionales, específicamente un Plan de Ensanche y una declaración de impacto ambiental.

• “Descartar para usos urbanos aquellos terrenos donde ubiquen recursos naturales de importancia que sean ambientalmente críticos o donde exista una condición de contaminación ambiental que represente un riesgo a la salud, así como el uso de terrenos sumamente escarpados, susceptibles a erosión, a deslizamientos y de alto riesgo a desastres naturales.”

La ampliación de las áreas incluidas en la clasificación de suelo rústico especialmente protegido también cumple con esta política ya que identifica

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lugares adicionales con recursos naturales donde no se debe mantener la expectativa de desarrollo urbano. Estos terrenos adicionales son actualmente suelos rústicos comunes. Además, ninguno de los terrenos identificados para la ampliación del suelo urbano o la relocalización del suelo urbanizable tiene las características que requieren que se descarten para desarrollo urbano. Ninguno de los terrenos contiene recursos naturales, no están contaminados ambientalmente, no son escarpados, ni susceptibles a erosión, deslizamientos u otros desastres naturales.

En conclusión, la Alternativa Uno, la preferida, cumple con la normativa sobre usos de terrenos para desarrollo urbano vigente y adelanta la política pública sobre este asunto.

2. Segunda Alternativa: Llevar a cabo una Revisión Parcial Notificada El Plan Territorial vigente dispone que el mismo sea revisado cuando se advierta un cambio en los índices de crecimiento del Municipio. El Municipio ha identificado un cambio en el índice de crecimiento y su relación con los índices de crecimiento de la Región Este y de Puerto Rico, por lo que hace obligatorio la Revisión del Plan. No obstante lo anterior, el Plan no especifica que tipo de revisión es requerida. Una alternativa posible, por lo tanto, es limitar la revisión a aquellos elementes que son susceptibles a ser revisados sin la ingerencia del Gobierno Central. La Ley de Municipios Autónomos reconoce que, salvo las revisiones a una serie de elementos, tales como los mapas de clasificación y calificación, otros elementos del Plan Territorial pueden ser revisados por el Municipio luego de la celebración de vistas públicas. Esas enmiendas entrarían en vigor a los 45 días de haber sido notificadas a la Junta de Planificación, a menos que dicha agencia objete la propuesta adopción de la revisión por el Municipio. Puede denominarse esta revisión, una revisión parcial “notificada”. Descripción de la Alternativa de Revisión Parcial Notificada: Bajo esta alternativa, sólo se revisarían los documentos cuya revisión pueda ser considerada y aprobada por el Municipio sin que medie la participación de la Junta de Planificación. Se excluiría de la revisión, por lo tanto, el Mapa de Clasificación y Calificación.

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A continuación se ilustra el Mapa de Clasificación que quedaría si se optase por esta alternativa, por haber dejada inalterada del Mapa de Clasificación vigente:

Segunda Alternativa para la Clasificación del Territorio

Esta alternativa tendría ciertos efectos negativos significativos que requieren que sea descartada. En primer lugar mantendría las limitaciones a los lugares disponibles para vivienda de interés social ya que no existen terrenos dentro del suelo urbano apropiados para estos usos y los terrenos identificados como suelos urbanizables aún no han sido objeto de un Plan de Ensanche. Véase discusión anterior para mayores detalles. Debe tenerse presente que para usar los terrenos urbanizables vigentes se requiere la preparación de un Plan de Ensanche. Los Planes de Ensanche requieren la celebración de tres vistas públicas y la preparación de una declaración de impacto ambiental formal. Estos procesos toman tiempo y que la necesidad de vivienda de interés social es inmediata. Mantener las políticas y la clasificación y calificación inalterada tendría, además, la indeseable consecuencia de dejar sin resolver los conflictos entre las aprobaciones anteriores de proyectos y su clasificación y calificación vigente. Esta discrepancia trae problemas económicos a los residentes y negocios que se han ubicado conforme a las autorizaciones emitidas por las agencias del Gobierno Central y las disposiciones del Plan no reflejan dichas autorizaciones.

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Por otro lado, en ausencia de una política pública que promueva a Humacao como sede regional tanto para negocios como para residencias, se acentúa la dispersión de las residencias de los trabajadores que acuden a Humacao diariamente. La dispersión de los lugares de empleo y las residencias otros municipios aumenta la congestión de las vías regionales y reduce su eficiencia para otros propósitos. Mantener la clasificación y calificación y demás reglamentación perpetúa estas tendencias hacia la dispersión de los lugares de trabajo. Los únicos efectos positivos de mantener inalterado el Mapa de Clasificación vigente serían la eliminación de alteraciones físicas a los terrenos en la periferia de las áreas urbanas como producto de los proyectos. Este efecto positivo pudiera verse cancelado por el aumento en los proyectos de pequeña escala, tales como segregaciones de menos de veinte solares, que proliferan en los suelos rústicos comunes existentes sin que medien requerimientos de obras de urbanización más estrictos como los que se aplican a los proyectos de urbanización que se permiten en los suelos urbanos. Los proyectos de pequeña escala, en conjunto, pueden tener efectos negativos mayores porque no se les exigen, por ejemplo, ampliaciones a las líneas de infraestructura para servir los mismos, si no que están excluidos categóricamente de ser considerados por las agencias ambientales. Análisis del cumplimiento de la alternativa con las políticas vigentes: Esta alternativa contraviene la política pública adopta que requiere que los planes territoriales identifiquen, de antemano, los lugares “suficientes y adecuados” a las necesidades del crecimiento poblacional del Municipio de Humacao:

• “Proveer terrenos suficientes y adecuados para acomodar el crecimiento poblacional a tono con la necesidad particular de cada municipio”.

No existen suficientes terrenos dentro de los suelos urbanos delimitados actualmente porque los terrenos vacantes dentro del suelo urbano están dispersos en solares de tamaño inferior al necesario para el promedio de los proyectos urbanos sometidos a la consideración de la Junta de Planificación. Además, los terrenos clasificados como suelo urbano tienen altos costos por su gran centralidad y no son económicamente viables para proyectos de vivienda de interés social. Por no cumplir con el primer requisito en cuanto a la cantidad de terrenos para

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usos urbanos, no se entra a discutir los criterios normativos para la selección de terrenos para desarrollo urbano.

3. Tercera Alternativa: Adoptar reglamentación menos estricta Una alternativa a la revisión parcial propuesta es adoptar reglamentación menos estricta que la vigente y que la propuesta. Descripción de la alternativa: Esta alternativa incluiría el enmendar el Mapa de Clasificación y Calificación para limitar los suelos rústicos especialmente protegidos a aquellos de tenencia pública, reclasificar los terrenos privados que actualmente están clasificados como suelo rústico especialmente protegido a suelo rústico común si están ubicados al este de la Autopista PR-53 y a suelo urbano si están ubicados al oeste de la Autopista.

Alternativa Tres para la Clasificación del Territorio

Esta alternativa tiene ventajas y desventajas ambientales. Desde el punto de vista del ambiente reglamentario, simplifica significativamente los procesos para el trámite de proyectos. Facilita, además, la divulgación de cual es la política pública sobre el desarrollo de los terrenos en Humacao, ya que es fácil de conocer si un terreno tiene o no potencial para desarrollo dependiendo sólo de si es público o privado, y si está al este o al oeste de la Autopista PR-53. Desde el punto de vista físico, la gran extensión de los terrenos que se abren a desarrollo urbano sugiere

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que se afectarán las comunidades existentes porque se acentuaría la dispersión de proyectos grandes y pequeños que existe actualmente. El área clasificada como suelo urbano en esta alternativa es mayor que la que se requiere para acomodar el crecimiento durante los próximos ocho años. Cubre un área de sobre 15,296 cuerdas, la mayor parte de la cual está vacante. Además, importantes lugares naturales, tales como el Cerro Barbecho se estarían proponiendo para desarrollo. Los proyectos que se someterían son de esperarse que estuvieran dispersos en todo el territorio que se reclasificaría a urbano. Por la ausencia de un límite razonable a las áreas susceptibles a nuevos proyectos, se mantendría la indeseable consecuencia de la dispersión de las aprobaciones y los cambios en las necesidades de infraestructura. Análisis del cumplimiento de la alternativa con las políticas vigentes: Esta alternativa tampoco cumple con la política establecida de proveer terrenos suficientes y adecuados, ya que incluye para desarrollo terrenos adicionales a los requeridos para acomodar el crecimiento poblacional anticipado. La alternativa tres se descarta porque no cumple con las políticas públicas adoptadas sobre la forma de atender las propuestas de desarrollo urbano en los planes territoriales.

4. Cuarta alternativa: Adoptar reglamentación más estricta Otra alternativa disponible es la adopción de una reglamentación más estricta que la vigente o que la propuesta. Descripción de la alternativa: Una alternativa más estricta que la existente y la propuesta es la reclasificación a suelo rústico especialmente protegido de mayores extensiones de terrenos. Estos suelos pudieran extenderse a los lugares que aún no tienen asentamientos. El suelo rústico común vigente actualmente se reclasificaría a suelo rústico especialmente protegido a menos que tuviera actualmente, o debiera tener por su grado de desarrollo existente, una calificación de un distrito “AD” ó “Área Desarrollada”. A continuación se presenta una ilustración de esta alternativa:

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Alternativa Cuarta para la Clasificación del Territorio

Esta alternativa evita el problema que presenta la dispersión de proyectos de desarrollo, ya que limita la radicación de esos proyectos en un área mayor que la que existe actualmente. En esencia, se estarían pasando 8,071 cuerdas de terrenos actualmente clasificados como suelo rústico común a la clasificación de suelo rústico especialmente protegido. Esta alternativa restringe los lugares donde se pueden considerar los nuevos proyectos, pero tiene la desafortunada consecuencia de impedir la consolidación de áreas que ya están desarrolladas. Por ejemplo, en el área de Mariana, existen grandes extensiones de asentamientos de muy baja densidad que se han desarrollado a lo largo de las carreteras existentes pero no están calificados dentro de un distrito AD. Estos lugares tienen el potencial de acomodar segundas plantas o viviendas para familiares adicionales en el mismo predio, e incluso, algunas segregaciones adicionales en lugares que ya han sido impactados por las construcciones. Su clasificación con suelos rústicos especialmente protegidos, sin embargo, impediría todo tipo de consolidación y pudiera impedir la construcción de nuevas viviendas en solares ya segregados si éstas se consideran desarrollos de carácter urbano. Además, se impediría el desarrollo de proyectos de interés social por varios años, mientras se tramitan los planes de ensanche requeridos. A consecuencia se estaría propiciando el

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“gentrification” o el desplazamiento de Humacao de las familias de ingresos bajos y moderados. Estos efectos no se consideran beneficiosos para los residentes de Humacao y por lo tanto, se descarta esta alternativa . Análisis del cumplimiento de la alternativa con las políticas vigentes: El propósito de la Revisión Parcial, además de actualizar los datos relacionados con la ordenación territorial es responder a las inquietudes que esta actualización suscita. Las inquietudes son dos: el riesgo de perder la importancia regional por la continuada merma en el índice de crecimiento en relación a los índices de la Región y de Puerto Rico y la dispersión de los proyectos en todo el territorio debido a la falta de lugares de fácil desarrollo. Adoptar una reglamentación más estricta, por ejemplo, ampliando el área clasificada como suelo rústico especialmente protegido, no logra la implantación del objetivo general adoptado de mantener a Humacao como un centro importante de la Región Este ya que no cumpliría con la política pública de “proveer terrenos suficientes y adecuados para acomodar el crecimiento poblacional a tono con la necesidad particular de cada municipio”.

VII. Relación de los usos a corto y largo plazo

Uno de los problemas del desarrollo es la utilización indiscriminada de terrenos para proyectos. Por utilización indiscriminada de terrenos se entiende la propuesta de todo tipo de proyecto en todo tipo de área sin considerar el tipo de área en el cual se somete cierto tipo de proyecto. Así, por ejemplo, se someten proyectos a cualquier densidad en lugares que nunca han sido desarrollados a dicha densidad, por ejemplo, apartamentos bajos dentro de urbanizaciones residenciales de baja densidad. También se refiere a propuestas de construcciones urbanas en lugares boscosos o praderas cuyo carácter se interesa mantener.

La clasificación del territorio municipal permite hacer explícita la política pública sobre el desarrollo del territorio basada en los análisis del mismo que se presentan en el Plan Territorial, específicamente en el Memorial. Actualmente, al considerar la clasificación del territorio del Municipio de Humacao a la luz de la información actualizada sobre los datos censales y los datos de los proyectos aprobados y pendientes, se hace patente que la clasificación no ha servido de guía para las decisiones del Gobierno Central y del sector privado en las decisiones sobre los lugares apropiados para desarrollo. Al revisar la situación dentro de los suelos urbanos, se ha identificado la escasez de terrenos vacantes con la reglamentación adecuada para propiciar la ubicación de proyectos dentro

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del suelo urbano, lo cual, se especula ha provocado (1) la reducción del índice de crecimiento con respecto a los índices de la Región y Puerto Rico; y, (2) la dispersión de los proyectos en todo tipo de clasificación del territorio.

A corto plazo, la nueva reglamentación propuesta no tendrá impacto directo sobre el ambiente físico y socio económico. Sólo afectará el ambiente reglamentario aclarando la política pública sobre los lugares apropiados para desarrollo. Se aumentarán los terrenos disponibles dentro del suelo urbano, se reubicarán los suelos urbanizables hacia donde se puedan planificar como un conjunto, se reducirán los suelos rústicos comunes y se aumentarán los suelos rústicos especialmente protegidos.

La productividad del medio ambiente a largo plazo se mejorará en la medida que se limite el área disponible para desarrollo de una forma apropiada a las demandas que se ejercen sobre el ambiente urbano y refinando los lugares apropiados para desarrollo. La productividad socio económica a largo plazo se refleja en la consolidación de la importancia de Humacao como centro regional de la Región Este, el aumento en la disponibilidad de terrenos para vivienda de interés social y todo otro tipo de proyecto, el aumento en los recaudos municipales por concepto de las nuevas construcciones, el pago de patentes de los nuevos negocios y el aumento en las patentes de los negocios existentes. La mejoría en productividad física a largo plazo se refleja en la identificación de lugares adicionales que serán conservados en su estado natural para mantener el carácter del municipio en la actualidad, a la vez que se reservan para desarrollo áreas que cuentan con infraestructura por estar próximos a las áreas ya desarrolladas.

VIII. Compromisos irrevocables

La adopción de la nueva clasificación ampliará las áreas dedicadas a la conservación de los ambientes naturales que allí se encuentran y ampliará, también, las áreas dedicadas a los usos urbanos. Se reducirán, en consecuencia, las áreas donde pueda existir incertidumbre con relación a su uso futuro, a saber, los suelos rústicos comunes.

Las enmiendas propuestas aseguran que Humacao contará con suficientes terrenos para mantener su posición como centro de importancia en la Región Este y que los futuros desarrollos ocurrirán de forma compacta, próximos a los terrenos ya desarrollados.

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IX. Plan de implantación y monitoría

Tanto la Ley de Municipios Autónomos como la Ley Orgánica de la Junta de Planificación incluyen disposiciones para la implantación de los planes territoriales. En esencia, ambas leyes exigen que todo proyecto que se considera luego de entrar en vigor el Plan esté conforme con las recomendaciones y disposiciones adoptadas en el Plan. Los trámites establecidos para la consideración de proyectos de desarrollo son varios. Dependen del tipo de proyecto y el tipo de reglamentación que aplica al lugar donde se propone. Los usos y construcciones conformes con los distritos de calificación y clasificación pueden someterse directamente al Municipio o a la Administración de Reglamentos y Permisos, dependiendo del status de la transferencia de la jerarquía. Otros proyectos de desarrollos extensos, que pudieran implicar una recalificación indirecta tienen otro trámite que se inicia en la Junta de Planificación o en el Municipio, de nuevo, dependiendo del status de la transferencia de las jerarquías. La Junta de Calidad Ambiental y las agencias envueltas en el proceso de permisos han establecido procedimientos para evaluar ambientalmente cada proyecto de desarrollo, dependiendo de su magnitud y ubicación. Algunos proyectos sencillos, por ejemplo, permisos de usos que sustituyen usos existentes y que están conformes con las disposiciones reglamentarias del distrito en que ubican, se consideran exclusiones categóricas. Otros proyectos más complejos, tales como los proyectos de desarrollos extensos, usualmente requieren ser considerados a base de una declaración de impacto ambiental. Independientemente del proceso seguido para su autorización, el Municipio, la Administración de Reglamentos y Permisos y la Junta de Calidad Ambiental retienen la facultad de monitorear constantemente el cumplimiento de las diferentes acti vidades con las políticas públicas vigentes.