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2 ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN DEL USUARIO DE UN VEHÍCULO DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ANTE LA PRESENTACIÓN DE UN SINIESTRO

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN DEL USUARIO DE UN … · 1. La aplicación del presente procedimiento inicia cuando ocurre un siniestro en el vehículo conducido por el empleado del Órgano

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ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN DEL

USUARIO DE UN VEHÍCULO DEL ÓRGANO DE

FISCALIZACIÓN SUPERIOR ANTE LA

PRESENTACIÓN DE UN SINIESTRO

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PÁGINA

I. Objetivo 3

II. Marco Jurídico 3

III. Normas 3

IV. Descripción del Procedimiento 5

Tratándose de robos 5

Tratándose de accidentes 6

V. Diagrama de flujo 7

CONTENIDO

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I.- OBJETIVO

Proporcionar a los empleados del Órgano de Fiscalización Superior que utilizan los vehículos oficiales, propiedad del Poder Legislativo, adscritos al Órgano de Fiscalización Superior (OFS), de los elementos necesarios para que actúen de manera satisfactoria ante un siniestro, para salvaguardar el patrimonio del Poder Legislativo.

II.- MARCO JURÍDICO

Artículo 69, fracción I., de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato.

III.- NORMAS

1. Todos los usuarios de los vehículos del OFS deberán respetar los límites de velocidad establecidos por las autoridades en las vías de comunicación, así como las disposiciones en materia de tránsito que las autoridades competentes establezcan.

2. Los usuarios de los vehículos del OFS, deberán conducir con cortesía y evitarán agredir a terceros con el claxon, de manera verbal o con señales obscenas y siempre procurarán dar preferencia a los peatones.

3. Todo el personal que para el desempeño de sus labores requiera el uso de algún vehículo propiedad del OFS, estará obligado a contar con licencia de conducir vigente y proporcionar una copia de la misma al Departamento de Servicios Generales y Recursos Materiales del OFS. Salvo excepciones justificadas, los costos de obtención de la licencia de conducir correrán por cuenta del empleado del OFS. La falta de ésta no será causa de incumplimiento de comisiones de trabajo conferidas a los empleados del OFS.

4. El Departamento de Servicios Generales y Recursos Materiales del OFS, elaborará un padrón de licencias de los empleados susceptibles de ser usuarios de vehículos propiedad del Poder Legislativo.

5. Queda estrictamente prohibido a los usuarios de los vehículos del Órgano de Fiscalización Superior conducir los mismos bajo el influjo de bebidas embriagantes y estupefacientes.

OBJETIVO, MARCO JURÍDICO, NORMAS

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6. Si el usuario del vehículo siguió el procedimiento establecido para el caso de presentación de siniestros, y el incidente no es imputable al conductor por causa alguna en la realización del siniestro, los costos del deducible correrán por cuenta del OFS. En este supuesto, cuando los costos de reparación sean menores que el importe del deducible, el OFS absorberá los mismos.

7. En caso de accidente el usuario deberá reportar de inmediato el evento a la Compañía Aseguradora con la cual el OFS tuviere contratada la Póliza respectiva, para que se haga cargo de los trámites respectivos; también se deberá informar al Departamento de Servicios Generales del OFS. En el interior de cada vehículo del OFS el usuario encontrará original de la Póliza de Seguro del mismo, directorio de ajustadores así como el original de la Tarjeta de Circulación que le permitirán al usuario cumplir con esta norma.

8. El Departamento de Servicios Generales y Recursos Materiales difundirá a todos los usuarios de la información básica que se pudiera requerir en caso de un siniestro, para facilitarles el cumplimiento del presente procedimiento.

9. Tratándose de accidentes o de robos, en cualquier caso, la Dirección General de Administración deberá reportar el incidente a la Contraloría Interna del Poder Legislativo.

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TRATÁNDOSE DE ROBOS.- 1. La aplicación del presente procedimiento inicia cuando ocurre un siniestro en el vehículo conducido por el empleado del Órgano de Fiscalización Superior.

2. Tratándose de robo de automóvil, el usuario deberá acudir a la Agencia del Ministerio Público más próxima al lugar donde ocurrió el robo, para levantar la denuncia correspondiente. Debiendo recabar copia de la misma para que sea proporcionada con posterioridad a la Compañía Aseguradora.

3. Inmediatamente después de haber levantado la denuncia correspondiente, el usuario deberá informar del hecho a la Compañía Aseguradora a través del ajustador respectivo. Tomando debida nota del número de evento proporcionado por la Compañía Aseguradora. Así mismo, el usuario afectado deberá reportar el incidente a Tránsito Municipal y Estatal y a la Policía Federal Preventiva, solicitando a cada corporación comprobante de aviso.

4. Cumplido lo anterior, el usuario deberá reportar el evento a la Dirección General de Administración del Órgano de Fiscalización Superior, aportando copias de la denuncia levantada ante el Agente del Ministerio Público y del número de reporte ante la Compañía Aseguradora.

5. La Dirección General de Administración del Órgano de Fiscalización Superior le dará seguimiento al evento.

6. Con relación al punto tres de supralíneas, en caso de que el usuario, una vez levantada la denuncia de hechos ante el Agente del Ministerio Público correspondiente, no cuente con el número telefónico de la Compañía Aseguradora o del Ajustador respectivo entonces procederá a comunicarse a la oficinas del Órgano de Fiscalización Superior con el Director General de Administración o al Departamento de Servicios Generales y Recursos Materiales, para recibir instrucciones.

7. De acuerdo al punto anterior, la Dirección General de Administración procederá a reportar el robo a la Compañía Aseguradora con quien se tuviere contratada la Póliza respectiva, debiendo tomar el número de siniestro proporcionado por ésta.

8. Concluido el punto anterior, la Dirección General de Administración del OFS le dará seguimiento al evento.

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IV. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

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TRATÁNDOSE DE ACCIDENTES.-

9. Tratándose de un accidente, el usuario del vehículo propiedad del OFS deberá mantener la calma y evitar llegar a arreglos con el otro afectado o firmar convenios así como tampoco aceptar ninguna responsabilidad y concretarse a esperar la presencia del ajustador, de lo contrario los gastos ocasionados por el percance correrán por cuenta del usuario del vehículo del OFS. Se sugiere que mientras acuden el ajustador de seguros o alguna autoridad a dar fe del incidente, el usuario tenga a la mano su licencia de conducir, la tarjeta de circulación del vehículo y la póliza de seguro del mismo.

10. Ocurrido el accidente, el usuario del vehículo deberá reportar el evento a la Compañía

Aseguradora solicitando la presencia de un ajustador autorizado que se haga cargo de los trámites respectivos. El usuario del vehículo siempre deberá apegarse a las instrucciones que le dé la Compañía Aseguradora o bien el Ajustador de Seguros designado. De preferencia no se deberá mover el vehículo hasta que alguna autoridad o el ajustador lo indiquen.

11. Concluido el punto anterior, el usuario deberá de informar a la Dirección General de

Administración del accidente ocurrido, para su debido seguimiento.

12. La Dirección General de Administración le dará seguimiento al evento.

13. Fin del procedimiento.

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Inicio

Ocurre siniestro

¿Robo?

El usuario acude a la Agencia del MP correspondiente a levantar denuncia por robo

Recaba copia del Acta

Accidente

¿El usuario llega a un arreglo con el otro afectado?

El usuario pagará el 100% de los daños ocasionados al vehículo del OFS

El usuario reporta el evento a la Cia Aseguradora solicitando ajustador.

El usuario informa de lo ocurrido a la Dir. Gral. de Admon. Del OFS para su seguimiento

La Dirección General de Administración da seguimiento al evento

Fin

¿El usuario cuenta con datos de la Cia. De Seguros?

El usuario reporta el robo a la Cía. Aseguradora y toma el # de siniestro proporcionado por la misma

El usuario informa de lo ocurrido a la Dir. Gral. De Admón para su seguimiento.

El usuario se comunica a las oficinas del OFS para pedir apoyo a la Dir. Gral. De Admón o al Depto. De Servs. Grales para pedir apoyo

Con el reporte anterior, Oficinas Grales. Del OFS reportan el incidente a la Cía. Aseguradora y toma # de siniestro.

La Dirección General de Administración da seguimiento al evento

Si

No

Si

No

Si

No

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ATENTAMENTE GUANAJUATO, GTO., ENERO DEL 2007

C.P. MAURICIO ROMO FLORES AUDITOR GENERAL DELÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR

DEL PODER LEGISLATIVO DE GUANAJUATO

V. DIAGRAMA DE FLUJO