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PROASIR PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE INTERCONEXIÓN PARA FUENTE DE ENERGÍA RENOVABLE O SISTEMA DE COGENERACIÓN EN MEDIANA O PEQUEÑA ESCALA A LA RED DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 11 de noviembre de 2010

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A LAS … · Revisa y aprueba el proyecto de las obras a cargo del solicitante. 11 Solicitante Construye la(s) obra(s) a su cargo con supervisión de CFE

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PROASIRPROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A LAS

SOLICITUDES DE INTERCONEXIÓN PARA FUENTE

DE ENERGÍA RENOVABLE O SISTEMA DE

COGENERACIÓN EN MEDIANA O PEQUEÑA

ESCALA A LA RED DEL SERVICIO PÚBLICO DE

ENERGÍA ELÉCTRICA

11 de noviembre de 2010

INFORMACIÓN GENERAL

Resolución RES/054/2010

por la que la Comisión

Reguladora de Energía expide

el Modelo de Contrato de

Interconexión para Fuente de

Energía Renovable o Sistema

de Cogeneración en Mediana

Escala y sustituye el Modelo

de Contrato de Interconexión

para Fuente de Energía Solar

en Pequeña Escala por el

Contrato de Interconexión para

Fuente de Energía Renovable

o Sistema de Cogeneración en

Pequeña Escala.

8 de abril de 2010

INFORMACIÓN GENERAL

Documento interno de

Comisión Federal de

Electricidad

Formalizado el 21 de mayo

de 2010

Autorizado por los

Coordinadores Comercial y de

Distribución

OBJETIVO Y ALCANCE

Formalizar los criterios y

establecer los lineamientos

técnicos y administrativos que

deben cumplir los usuarios

para la interconexión a la red

de servicio público de energía

eléctrica de sus proyectos de

generación de fuentes de

energía renovable o sistema

de cogeneración en mediana y

pequeña escala, observando

para tal efecto, el

cumplimiento de la

normatividad vigente.

De aplicación nacional

POLÍTICAS

Corresponde a las áreas de

Planeación y Comercial validar

la información del proyecto

proporcionada por el usuario, y

asesorarlo para que proceda a

elaborar el contrato de

interconexión.

Todas las solicitudes

recibidas serán atendidas en

las Zonas de Distribución.

Las solicitudes podrán ser

recibidas en las oficinas de

CFE de atención al público, al

teléfono 071 y en el portal de

CFE.

http://www.cfe.gob.mx/Paginas/contactanos.aspx

POLÍTICAS

Si como resultado de los

análisis técnicos para la

interconexión de un generador

existen requerimientos de

compensación reactiva en la

red, esta se hará con cargo al

usuario.

En los casos de circuitos de

media tensión que alimenten

carga urbana y rural donde se

pretenda interconectar un

generador, el Suministrador

definirá previo análisis

operativo, la necesidad de

instalar un restaurador (con

cargo al usuario) cercano al

punto de interconexión, que

permita discriminar posibles

fallas que afecten la

continuidad de la generación.

POLÍTICAS

Las actualizaciones, las

modificaciones o ampliaciones

que se tengan que realizar en

las instalaciones de CFE, para

garantizar la confiabilidad

operativa del Sistema Eléctrico

Nacional derivadas de la

interconexión de un generador,

serán con cargo al usuario.

En caso de que se requiera

realizar obra, con base a la

información proporcionada por

el solicitante, se formulará el

presupuesto correspondiente y

se le entregará el oficio

resolutivo dentro de los plazos

correspondientes.

POLÍTICAS

Una vez formalizado el

Contrato de Interconexión se

realizará el cambio de medidor

en los plazos que a

continuación se establecen:

Dos días hábiles servicio

urbano.

Cinco días hábiles servicio

rural.

Todos aquellos casos no

considerados en el

procedimiento, así como las

controversias que pudieran

surgir con relación al mismo,

serán resueltos por las

Subgerencias Comercial y de

Distribución, de la División

correspondiente.

NORMAS

Sin excepción alguna no se

podrá conectar al Sistema Eléctrico

Nacional fuentes de energía

renovable y sistemas de

cogeneración particulares, que no

cuenten con su respectivo contrato

de interconexión.

Para efectos de otorgar la

factibilidad de interconexión de una

fuente de generación de energías

renovables y sistemas de

cogeneración a la red del servicio

público, el usuario debe

proporcionar al menos la siguiente

información; ubicación geográfica

del proyecto, número de unidades

y capacidad de generación, tipo de

fuente, estimado de energía

generada anual, fecha de entrada

en operación. En su oportunidad

también debe proporcionar los

parámetros eléctricos del conjunto

generador.

NORMAS

Con el fin de asegurar los

parámetros para la

facturación, el suministrador

aplicará los procedimientos de

inspección y prueba para los

equipos de medición

propiedad del suministrador.

Los medidores y los

transformadores de

instrumento destinados a la

facturación deben ser

instalados en el punto de

interconexión.

Los transformadores de

instrumento para la medición

en el punto de interconexión,

deben ser de uso exclusivo

para este fin.

NORMAS

Todos aquellos

generadores interconectados

al Sistema Eléctrico Nacional

que modifiquen la capacidad

de su fuente, deben cambiar

sus esquemas de protección

de acuerdo a las

especificaciones técnicas de

CFE.

La sincronización del

generador con el SEN, se

realizará en forma automática

en función del esquema de

control y protecciones

incluidas dentro de las

especificaciones técnicas

anexo al presente documento

NORMAS

Para la interconexión del

generador al Sistema Eléctrico

Nacional la línea de

distribución deberá contar con

el esquema de protección

adecuado de acuerdo con lo

establecido en la NRF

041,”Esquemas de protección

para líneas de transmisión y

distribución”

Para las solicitudes del

Contrato de Interconexión

realizadas por personas

morales, deberá el solicitante

presentar la documentación

que acredite a la persona que

realiza el trámite como

apoderado legal.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN

1 Solicitante

Realiza solicitud de trámite del Contrato de

interconexión de la fuente de energía renovable y

sistemas de cogeneración, entregando documentos

requeridos de acuerdo al Formato 1 del

procedimiento.

2 Departamento Comercial

En la agencia recibe, revisa la solicitud de Contrato

de Interconexión y en su caso solicita información

complementaria al Solicitante.

Si recibe la solicitud vía atención telefónica, le indica

al usuario se presente en la agencia con la

documentación de acuerdo al Formato 1 de este

procedimiento.

3 Departamento Comercial

Registra en SICOSS solicitud de Contrato de

Interconexión y envía al Departamento de

Planeación la documentación entregada por el

solicitante.

4 Departamento Planeación

Recibe la solicitud de interconexión con la

información completa, realiza el estudio técnico y

emite oficio resolutivo en caso de requerir obra.

Carga en SIAD dentro del modulo de Porteo la

información.

5 Departamento Planeación

Envía al Departamento de Medición las

características del servicio que se encuentra

realizando el trámite de solicitud de interconexión.

6 Departamento Medición

Recibe información de las características del

servicio y verificar la existencia del medidor que

cumpla con las características necesarias.

7 Departamento Planeación

Informa al usuario si requiere obra.

Si = Continua proceso en el punto 8

No = Continua proceso en el punto 15

8 Departamento Planeación

¿Solicitante construye las obras?

Si = Continua proceso en el punto 9

No = Continua proceso en el punto 14

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN

9 SolicitanteElabora el proyecto de acuerdo con las bases de

diseño y especificaciones de CFE.

10 Departamento de PlaneaciónRevisa y aprueba el proyecto de las obras a cargo

del solicitante.

11 SolicitanteConstruye la(s) obra(s) a su cargo con supervisión

de CFE.

12 Departamento de PlaneaciónElabora proyecto, presupuesto y convenio de

construcción de obras.

13 Departamento Planeación Formaliza el convenio de aportaciones.

14 Departamento de DistribuciónConstruye las obras convenidas con base al

proyecto.

15 SolicitantePaga diferencia del costo del medidor

convencional.

16 Departamento Comercial Formaliza el contrato de interconexión.

17 Departamento de Medición

Recibe instrucción para instalar equipo de

medición.

Verificar en campo la instalación de la Fuente de

Energía Distribuida de acuerdo a Formato 2 del

presente procedimiento.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Notas del formato 2:

El medidor M1 viene integrado al

equipo, por lo que es proporcionado por

el usuario e instalado antes de la carga.

No es proporcionado, ni instalado, ni

probada su calibración, por CFE.

El medidor M2 tiene las siguientes

características:

a. Para Contratos de Interconexión para

Fuente de Energía Renovable o Sistema

de Cogeneración en Pequeña Escala:

Medidor electrónico de 15 clase 100

Amperes ó 30 clase 200 Amperes, según

corresponda a la carga y tipo de

medición del cliente, 1, 2 ó 3 fases, 120 a

480 Volts, base tipo “S”, formas 1S, 2S,

12S o 16S, Clase de exactitud de 0,5%

de acuerdo a la Especificación CFE

GWH00-78, con medición de kWh

Bidireccional.

b. Para Contratos de Interconexión para

Fuente de Energía Renovable o Sistema

de Cogeneración en Mediana Escala: El

que se indica en al Anexo E-RMT del

Modelo de Contrato respectivo

Ing. Francisco Javier Varela Solis

Jefe del Departamento de Inspección

Comisión Federal de Electricidad

Tel 01-5555-146881

[email protected]

www.cfe.gob.mx

Gracias por su

atención!