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DOCUMENTO DE EVALUACIÓN INICIAL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES DE LA COMARCA DE AMBROZ PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

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DOCUMENTO DE EVALUACIÓN INICIAL

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Documento Inicial

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN......................................................................................................1

1.1. MARCO DE REFERENCIA DE LA POLÍTICA FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL EXTREMEÑA. .............................................................................................................2

1.2. INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PORF DE AMBROZ...................................................................................................................................5

1.3. FINALIDAD Y OBJETIVO DEL PRESENTE DOCUMENTO INICIAL. ......................5

2. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DEL PORF DE AMBROZ. ............................6

2.1. CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LA COMARCA DE AMBROZ. ..................7

3. ALCANCE Y ÁMBITO DE LA PLANIFICACIÓN DEL PORF. ....................................7

3.1. FINALIDAD DEL PORF DE AMBROZ...................................................................8

3.2. ÁMBITO TERRITORIAL DEL PORF DE AMBROZ. .................................................8

3.3. ÁMBITO FUNCIONAL Y SECTORIAL DEL PORF DE LA COMARCA DE AMBROZ. ................................................................................................................ 18

4. ESTADO LEGAL Y ADMINISTRATIVO DE LOS MONTES DE AMBROZ. ............. 19

5. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN DEL PORF DE AMBROZ............................ 22

6. DESARROLLO PREVISIBLE DEL PROYECTO DEL PORF DE AMBROZ............. 22

6.1. METODOLOGÍA. ............................................................................................. 22

6.2. PROCEDIMIENTOS PRECEPTIVOS. .................................................................. 23

6.2.1. Procedimiento preceptivo de participación pública. ......................... 24

6.2.2. Procedimiento preceptivo de evaluación ambiental estratégica. ... 26

6.2.3. Coordinación de los distintos procedimientos....................................... 28

7. ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DEL PORF DE AMBROZ................................... 29

7.1. ÍNDICE GENERAL DEL PORF DE AMBROZ. ..................................................... 29

7.2. DOCUMENTOS ................................................................................................ 30

7.3. PLAZOS. ........................................................................................................... 30

8. CONSIDERACIONES PREVIAS, FACTORES Y EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES. ........................................................................................................... 31

8.1. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS ELEMENTOS ESTRATÉGICOS DEL TERRITORIO............................................................................................................. 31

8.2. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL Y TERRITORIAL................................................................................................................................. 32

9. FACTORES Y EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES...................................... 33

9.1. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL CLIMA.......................................................... 33

9.2. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL SUELO. ......................................................... 33

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9.3. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LAS AGUAS. ..................................................... 33

9.4. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA VEGETACIÓN. ............................................ 33

9.5. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA FAUNA. ....................................................... 34

9.6. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL PAISAJE Y EL PATRIMONIO......................... 34

9.7. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA SOCIOECONOMÍA. ................................... 34

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1. INTRODUCCIÓN. La Dirección General de Medio Ambiente, desarrollando el encuadre director de la política regional en materia forestal y medioambiental, concretamente en el impulso de su planificación estratégica, ha emprendido los trabajos previos para la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz.

De manera general un Plan de Ordenación de los Recursos Forestales , también denominado PORF, es un instrumento de planificación forestal en el marco de la ordenación del territorio, regulado por la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, cuya utilidad es garantizar la gestión sostenible de los espacios y recursos forestales y naturales incluidos en su ámbito territorial y funcional.

Un PORF es un instrumento para planificar y ordenar los usos y actividades relacionadas con los espacios y recursos forestales de los montes de una comarca y, su finalidad es establecer un modelo territorial y de organización de la gestión forestal, mediante la regulación de usos y la definición de criterios de gestión, para los montes y demás terrenos forestales en su ámbito de aplicación. Por otro lado, la Ley de Montes permite establecer mediante los PORF, directrices para la ordenación de usos del suelo forestal, de carácter indicativo, respecto a cualesquiera otras actuaciones, planes o programas sectoriales.

El Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de l a comarca de Ambroz representa el segundo instrumento de planificación, de ámbito subregional o comarcal, tras el PORF de la comarca de Las Hurdes, que desarrolla a escala táctica las directrices estratégicas en materia de ordenación del territorio forestal en Extremadura, entendiendo ésta, como la ordenación del uso y gestión de los espacios y recursos forestales de la comarca de Ambroz, atendiendo a las indicaciones recogidas en el Plan Forestal de Extremadura (PFEx).

Para acometer este tipo de planes y programas la sociedad actual demanda instrumentos eficaces, que evalúen y prevean los posibles efectos negativos y positivos, que las prescripciones contenidas en los mismos pueden provocar sobre el medio ambiente. Es por esto, que desde las más altas instituciones se busca el establecimiento de mecanismos de control que garanticen la responsabilidad ambiental de las iniciativas, líneas y medidas recogidas en el contenido de estos proyectos, de manera normalizada.

La Unión Europea (UE), y posteriormente la mayoría de los países del panorama europeo, han ido introduciendo y acomodando paulatinamente en su ordenamiento jurídico, los acuerdos y tratados en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible, fruto de los consensos alcanzados en el marco de Naciones Unidas . Mediante el establecimiento de diversas Directivas, publicadas a lo largo de las últimas décadas, se ha ido conformando el marco directriz de la política común de la UE. La experiencia adquirida por los órganos competentes en esta materia, pone de manifiesto que la consideración de los aspectos ambientales en determinadas actuaciones públicas y privadas reguladas en la legislación1 existente, muestra sensibles carencias, cuando se trata de evitar o corregir los efectos ambientales en las fases previas, anteriores a la ejecución de los proyectos.

Para tratar de corregir estas posibles carencias en las escalas jerárquicas superiores de planificación (planes y programas), se ha instaurado en el ordenamiento jurídico nacional la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y en el autonómico la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollada mediante el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

1 Recogidas originalmente, en el caso español, a través del Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y posteriormente, tras sufrir varias modificaciones, en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

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Así, este marco legislativo introduce la Evaluación Ambiental Estratégica, en el procedimiento preceptivo para la elaboración y aprobación de planes y programas con incidencia directa en el medio ambiente, para paliar los posibles efectos negativos que conlleva no tener en cuenta el componente ambiental anteriormente a la ejecución de los trabajos.

La evaluación ambiental, además de un instrumento de control, pretende ser un mecanismo de integración de las diferentes consideraciones ambientales en la planificación a escala estratégica o táctica.

La consideración de los efectos significativos sobre el medio ambiente en la toma de decisiones, durante las fases de elaboración, información pública y aprobación de los planes y programas, es una herramienta útil que contribuye a aumentar la calidad final del proceso necesario para la elaboración del Plan y, garantiza, en cierta medida, la corrección de los posibles efectos negativos que puedan surgir en las fases posteriores de desarrollo y aplicación.

A lo largo del presente documento se tratará de establecer una amplia visión de los contenidos del Plan, así como de los procesos necesarios para la formulación del mismo, con el fin de aportar suficiente información para que desde el Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente, se pueda desarrollar, con las máximas garantías, el proceso de análisis y consultas necesario para la elaboración del Documento de Referencia, siempre y cuando, desde el órgano ambiental se entienda éste proceso de evaluación como un trámite necesario y preceptivo, una vez determinados los efectos significativos del desarrollo del PORF.

El Documento de Referencia del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz determinará la amplitud, el nivel de detalle y grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) del Plan. Además, debe integrar los criterios ambientales estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables en cada caso.

1.1. MARCO DE REFERENCIA DE LA POLÍTICA FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL EXTREMEÑA.

El Plan Estratégico sobre el Medio Natural o Plan Fore stal de Extremadura (PFEx) es el instrumento director de la política regional y recoge el marco normativo aplicable, las recomendaciones, compromisos, planes, programas y directrices que marcan el ámbito de incidencia de la política forestal y del medio natural en Extremadura. A continuación se recogen algunas de las normas e instrumentos que a todos los niveles se consideran como referencia.

Marco normativo

Ámbito Europeo

» Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva Aves).

» Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres (Directiva Hábitats).

» Reglamento (CE) 1100/98 del Consejo, de 25 de mayo de 1998 que modifica el Reglamento (CEE) 1615/89 del Consejo por el que se crea un Sistema Europeo de Información y de Comunicación Forestal (EFICS).

» Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999 sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos.

» Reglamento (CE) 2152/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el seguimiento de los bosques y de las interacciones medioambientales en la Comunidad (Forest Focus).

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» Reglamento CE nº 1698 del Consejo/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para el periodo 2007-2013.

» Directiva 2003/4/CE sobre acceso a la información medioambiental, Directiva 2003/35/CE sobre participación en materia de medio ambiente y Decisión 2005/370/CE del Consejo de Europa sobre la celebración y ratificación del Convenio Aarhus en nombre de la Comunidad Europea.

» Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación ambiental estratégica de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Ámbito Estatal

» Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y su modificación (Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003).

» Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. » Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras

agrícolas. » Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes. » Orden de 28 de julio de 1997, sobre ayudas para acciones de desarrollo ordenación de

los Bosques en zonas rurales. » Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente. » Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la

información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).

Ámbito Regional

» Ley 1/1986, sobre la Dehesa en Extremadura. » Ley 14/2010 de Caza en Extremadura. » Ley 11/2010, de Pesca y Acuicultura en Extremadura. » Ley 8/1998 de Conservación de la naturaleza y espacios protegidos de Extremadura,

modificada por la Ley 9/2006. » Ley 5/2004 de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura. » Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y

sus modificaciones (Ley 9/2010 y Ley 9/2011). » Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad

Autónoma de Extremadura.

Marco instrumental

Ámbito Internacional

» Estrategia Mundial para la Conservación de la Naturaleza (1978). » Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. (Informe Brundtland, 1987). » Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

(CNUMAD), conocida como Cumbre para la Tierra 1992, con la Declaración de Principios relativos a los Bosques, la Convención Marco sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y, posteriormente, el Convenio de Lucha contra la Desertificación (1996).

» Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, conocida como “Río+5” (1997). » Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, conocida como “Río + 10” (2002). » Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como

Hábitat de Aves Acuáticas (1971). » Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora

Silvestres (CITES; 1975).

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» Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (1979).

» Convenio de Conservación de la Vida Silvestre y del Medio Natural en Europa (1986). » Convenio de Biodiversidad Biológica (1992). » Protocolo de Kyoto (1997). » Estrategia Forestal de la FAO.

Ámbito Europeo

» Resolución del Consejo de 15 de diciembre de 1998, sobre una Estrategia Forestal para la Unión Europea.

» Resoluciones sucesivas del Proceso Ministerial Paneuropeo sobre protección de bosques.

» Disposiciones de Política Agraria Comunitaria. » Convenio Europeo del Paisaje (2000). » Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 15 de junio de

2006, relativa a un Plan de Acción de la UE para los bosques. » Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo

tecnológico y demostración (2007 a 2013). » Convenio Aarhus de 25 de junio de 1998, sobre el acceso a la información, la

participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, firmado por los países que integran el Espacio Económico Europeo.

Ámbito Estatal

» Estrategia Nacional de Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad; documento aprobado por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en 1998.

» Estrategia Forestal Española; documento aprobado en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en 1999.

» Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales (1999).

» Plan Hidrológico Nacional (2001). » Plan Forestal Español; aprobado por Consejo de Ministros en 2002. » Plan Nacional de Actuaciones Prioritarias en materia de restauración hidrológico-

forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación (2002). » Programa Agua del Ministerio de Medio Ambiente. » Estrategia de Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales

(2006). » Programa de Acción Nacional Contra la Desertificación (PAND, 2007). » Estrategia Nacional de Restauración de Ríos (2007). » Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS, 2007).

Ámbito Regional

» Plan PREIFEX de Prevención de Incendios Forestales en Extremadura. » Plan INFOEX de Lucha Contra los Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de

Extremadura. » Plan de Restauración Hidrológico-Forestal. » Plan Forestal de Extremadura. » Plan de Recuperación del lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura » Estrategia de Cambio Climático para Extremadura. » Plan Territorial del Valle del Ambroz, Tierras de Granadilla y Las Hurdes.

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1.2. INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PORF DE AMBROZ.

La autonomía extremeña, con plenas competencias en materia de montes, medio ambiente y ordenación del territorio, dispone de normativa propia que desarrolla y transpone la normativa básica estatal para la regulación de los procedimientos regionales de evaluación ambiental estratégica, mediante la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura , en donde se desarrolla convenientemente el procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas para la elaboración de este tipo de proyectos con plenas garantías.

Mediante el presente documento se pretende iniciar el trámite para el desarrollo del proceso de evaluación ambiental estratégica del PORF de la comarca de Ambroz afrontando la fase inicial del procedimiento establecido por el Servicio de Protección Ambiental, siempre y cuando, como ya se ha indicado anteriormente, el órgano ambiental entienda éste como necesario y preceptivo, una vez determinados los efectos significativos del desarrollo del PORF sobre el medio ambiente y las consecuencias de su aplicación a corto, medio y largo plazo.

1.3. FINALIDAD Y OBJETIVO DEL PRESENTE DOCUMENTO INICIAL.

La finalidad de este documento es dar cobertura a la fase inicial del procedimiento de Evaluación Ambiental del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz, según lo establecido en la Ley 5/2010 de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Reglamento de Evaluación Ambiental de Extremadura.

Procedimiento de Evaluación Ambiental de Planes y P rogramas Fases Desarrollo y contenidos

Inicial El órgano promotor del plan o programa comunica al órgano ambiental el inicio del proceso de evaluación ambiental, adjuntando un Documento de Evaluación Inicial.

I El órgano ambiental realiza consultas a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado y elabora un documento de referencia en el que se define el contenido y alcance del informe de sostenibilidad ambiental (ISA).

II Elaboración por parte del órgano promotor del informe de sostenibilidad ambiental basándose en las consideraciones del documento de referencia.

III

El órgano promotor somete la versión preliminar del plan o programa incluyendo el informe de sostenibilidad ambiental, a un periodo de consultas e información pública y elabora un documento donde se justifique como se han tomado en consideración las alegaciones y observaciones formuladas en este periodo.

IV Elaboración de una memoria ambiental que será realizada por el órgano ambiental, donde se valorará cómo se han integrado los aspectos ambientales en la propuesta del plan o programa.

V Propuesta del plan o programa por parte del órgano promotor, tomando en consideración el informe de sostenibilidad ambiental, las alegaciones formuladas en las consultas y la memoria ambiental.

VI Una vez aprobado el plan o programa, el órgano promotor lo pone a disposición del órgano ambiental, de las Administraciones públicas afectadas y del público interesado.

VII

Seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación o ejecución de los planes y programas, realizado de forma conjunta entre el órgano promotor y el órgano ambiental, para identificar los efectos ambientales no previstos y permitir llevar a cabo las medidas adecuadas para evitarlos.

Tabla 1

Fuente: Dirección General de Protección Ambiental. Web extremambiente.

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Su objetivo fundamental, por lo tanto, es la comunicación formal por parte del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, como órgano promotor , al Servicio de Protección Ambiental como órgano ambiental competente en la materia, del inicio del proceso necesario para la evaluación ambiental del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz.

Según se deriva de la legislación vigente, esta comunicación, apoyada en el contenido del presente documento, deberían ser elementos suficientes para que se inicie el trámite administrativo necesario para el desarrollo del procedimiento de evaluación. No obstante, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal complementará cualquier tipo de información y documentación adicional, si así fuera necesario, para que el órgano ambiental realice los análisis que estime conveniente, sin perjuicio de las perceptivas consultas a las Administraciones públicas afectadas y, al público interesado en general, con el fin de reunir suficiente información y documentación para la elaboración de un documento de referencia adecuado a las necesidades del proyecto.

2. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DEL PORF DE AMBROZ. La política regional sobre el medio forestal ha ido paulatinamente adecuándose conforme a los compromisos, recomendaciones y directrices de los organismos internacionales de referencia, mediante los instrumentos disponibles, según la legislación vigente en materia forestal y de conservación del medio natural y la biodiversidad.

La figura de los planes forestales comarcales responde a la necesidad de disponer de instrumentos de ordenación forestal de ámbito superior al monte, surgida ya en la primera mitad del siglo XX, en que las Instrucciones de Ordenación de Montes de 1930 establecían la figura de los “Planes de Ordenación de Comarcas de Explotación Forestal”, en principio concebidos para proyectar una ordenación conjunta de los aprovechamientos forestales de los montes de una comarca, con el fin de diseñar una red viaria optimizada para la extracción y transporte de madera, de manera que facilitase la integración monte-industria, así como para promover la asociación de propietarios forestales y celebrar convenios de gestión para impulsar la ordenación forestal.

Las Instrucciones de 1930 denominaron ordenación “extrínseca” a aquellos planes comarcales de ordenación forestal para distinguirla de la tradicional ordenación “intrínseca” de montes, consideración muy significativa para extrapolar y planificar la ordenación forestal más allá del monte, a una escala comarcal. Esta figura de la planificación forestal comarcal se mantuvo marginalmente en las posteriores Instrucciones de 1970, aún vigentes, pero en realidad estos planes nunca fueron formulados, aprobados, ni llevados a la práctica.

Sin embargo, durante el proceso de reforma de la política forestal española, iniciado a finales del siglo XX, a partir de la formulación de la Estrategia Forestal Española (EFE, 1999) , ya se consideró la necesidad de establecer una figura de estas características que contribuyese a disponer de más superficie forestal ordenada, para atender las demandas y compromisos internacionales al respecto, ya que con los tradicionales proyectos de ordenación de montes, apenas se tenía ordenado en aquel entonces poco más del 10% de la superficie forestal española.

El Plan Forestal Español (PFE, 2002) clasifica los instrumentos de ordenación forestal según tres escalas de planificación en función de sus respectivos ámbitos competenciales de decisión, considerando que los objetivos, el ámbito objeto del plan, el escenario y los actores implicados son diferentes:

1. Para el ámbito nacional, regional o autonómico , se constituyen instrumentos de planificación estratégica de la política forestal, como sucede con el PFE y los planes forestales autonómicos (PFEx), que corresponden a una escala que algunos expertos denominan de planificación forestal “estratégica ” . El escenario como ámbito del plan es el territorio forestal de España o de una Comunidad Autónoma y los actores principales son representantes de los agentes implicados a nivel estatal o autonómico.

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2. Para un ámbito subregional, a nivel provincial o comarcal , se constituyen planes que ordenan los espacios y recursos forestales de una unidad administrativa determinada, que corresponden a una escala que algunos expertos denominan de planificación forestal “táctica ”. El escenario como ámbito del plan es el distrito, comarca o provincia objeto del mismo, y los actores principales son las entidades y agentes locales implicados.

3. A escala de monte o grupo de montes , se disponen los planes y proyectos de ordenación de montes, cuyos actores principales son los titulares del monte o montes objeto del plan y su objetivo es ordenar su gestión, usos y aprovechamientos, a una escala que algunos expertos denominan de planificación forestal ejecutiva/operativa .

La Dirección General de Medio Ambiente consciente de la necesidad de disponer de este tipo de instrumentos de planificación en la política regional del medio natural y forestal extremeño, elaboró poco después de la aparición del Plan Forestal Español el Plan Forestal de Extremadura, como marco director de planificación estratégica regional, y en las últimas fechas ha procedido a su primera revisión, una vez cumplido el primer periodo de aplicación establecido.

El Plan Estratégico sobre el Medio Natural o Plan Fore stal de Extremadura (PFEx) contempla el desarrollo de la planificación de los espacios y recursos forestales a escala comarcal mediante los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales (PORF). Se trata, en definitiva, de un instrumento intermedio (a escala táctica), que se sitúa entre el propio PFEx, y la ordenación forestal a escala local, a nivel de monte o finca.

2.1. CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LA COMARCA DE AMBROZ.

La Dirección General de Medio Ambiente ha decidido emprender la elaboración del segundo PORF de Extremadura en la comarca de Ambroz, una vez que el primer PORF extremeño, cuyo ámbito territorial engloba los terrenos forestales de la comarca de Las Hurdes, se encuentra actualmente en fase de finalización.

Para continuar con el desarrollo de herramientas de planificación forestal a escala subregional o comarcal (mesoplanificación), la Dirección General de Medio Ambiente ha iniciado la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz , como desarrollo y extensión del Plan Forestal de Extremadura. Esta comarca, se caracteriza por una importante presencia del sector industrial forestal; una amplia diversidad de sistemas y estructuras forestales (un 85% de su superficie es de carácter forestal), que albergan bosques, dehesas de frondosas y otros paisajes caracterizados por la amplia presencia de hábitats de interés comunitario, algunos de carácter prioritario, bajo un régimen de propiedad en el que la mayoría de terrenos forestales son montes de régimen privado (84%). Con esta iniciativa se pretende impulsar el sector forestal del Valle de Ambroz y a ctivar la movilización de los recursos forestales y sus subproductos asociados, c on el fin de contribuir al estímulo de la actividad económica y empresarial en torno a los montes y terrenos forestales, incentivar la creación de empleo y el desarrollo de la industria forestal, en un marco programado y normalizado , que tenga en cuenta las consideraciones ambientales y las restricciones establecidas normativamente para la conservación del patrimonio natural extremeño, de una forma responsable, sostenible y con una visión a largo plazo.

El Plan pretende ser un vehículo adecuado para planificar la gestión sostenible de sus montes con la participación de los habitantes de la comarca. Tales antecedentes, se consideran motivos suficientes para emprender el Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz .

3. ALCANCE Y ÁMBITO DE LA PLANIFICACIÓN DEL PORF.

Es necesario conocer el ámbito del Plan para entender el alcance real de la planificación y comprender su finalidad y utilidad, en el desarrollo de la política regional del medio natural y, su extensión a la comarca de Ambroz.

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El alcance del Plan comprende el ámbito territorial, sectorial y funcional objeto del mismo, que abarca territorialmente los espacios o terrenos rústicos que cumplan la condición legal de monte recogida en la ley estatal, por tanto, el territorio correspondiente a la superficie forestal de la comarca de Ambroz; funcionalmente comprende la administración regional, comarcal y local relacionada con la gestión del medio natural, así como sectorialmente abarca todo lo relativo al sector forestal y de conservación de la naturaleza.

En su concepción, el PORF de Ambroz pretende constituir una referencia comarcal para la adecuada ordenación, gestión, uso y aprovechamiento sostenible de los espacios y recursos forestales y, establecer un rango jerárquico respecto de otros planes de ordenación, sus efectos jurídicos y el grado de vinculación que supongan sus determinaciones para la administración y los particulares.

3.1. FINALIDAD DEL PORF DE AMBROZ.

El proyecto del PORF de Ambroz pretende desarrollar algunas de las posibilidades que la normativa básica forestal otorga a la figura del PORF, erigiéndose como instrumento intermedio de planificación forestal , entre la planificación forestal estratégica de ámbito regional (Plan Forestal de Extremadura) y los proyectos de ordenación a escala de monte, con el fin de ordenar la gestión de los espacios y recursos forestales del ámbito comarcal objeto del PORF, siendo un instrumento para la ordenación de la gestión sostenible de los montes de la comarca.

A efectos de la evaluación ambiental del PORF, conviene decir que el objeto del Plan será proporcionar recomendaciones para ordenación y gestión sostenible de los espacios y recursos forestales que incluyen líneas de acción que pueden comprender actuaciones forestales (repoblaciones forestales, tratamientos selvícolas preventivos y de mejora, áreas cortafuegos, pistas forestales, etc) para las que se tienen en cuenta previamente sus efectos ambientales, previsibles pero no mesurables, y cuya ejecución se realiza a otra escala, a nivel de proyecto, con un mayor grado de definición que, en su caso, permitirá la estimación de impacto ambiental procedente conforme a la legislación específica aplicable.

3.2. ÁMBITO TERRITORIAL DEL PORF DE AMBROZ.

En primer lugar, conviene aclarar que la normativa forestal vigente sobre PORF sugiere la posibilidad de aplicar esta planificación para un ámbito preferentemente comarcal. En efecto, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 31 de la ley básica de montes, “el ámbito territorial de los PORF serán los territorios con características geográficas, socioeconómicas, ecológicas, culturales o paisajísticas homogéneas de extensión comarcal o equivalente”.

Se puede deducir, por tanto, que el ámbito territorial afectado por el PORF, independientemente de su denominación, corresponderá a territorios dentro del ámbito subregional integrados por comarcas o agrupaciones comarcales afines, procurando su adecuación a unidades territoriales administrativas socio-económicamente consolidadas o, en su caso, a las unidades o comarcas forestales/naturales zonificadas en el Plan Forestal Regional o instrumento estratégico equivalente de planificación forestal en cada Comunidad Autónoma.

El territorio objeto del PORF corresponde a los espacios o terrenos forestales que responden a la naturaleza jurídica de montes, conforme a la normativa forestal básica vigente. A continuación se presenta de forma esquematizada una pequeña caracterización del territorio que abarca la comarca de Ambroz.

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DESCRIPCIÓN DE LA COMARCA.

Escenario territorial.

La comarca cacereña de Ambroz se encuentra al noreste de Extremadura, en las últimas estribaciones de la Sierra de Gredos. Está situada en el corazón de las sierras del norte de Extremadura, flanqueada por el Valle del Jerte al este, Las Hurdes y Granadilla al oeste, Plasencia al sur y Sierra de Béjar al norte.

Esta comarca está constituida por once municipios cuyos términos municipales se extienden por el Valle del Ambroz y las sierras circundantes.

Ilustración 1. Ámbito territorial del PORF de Ambroz.

Fuente: Tercer Inventario Forestal Nacional (IFN3).

Por tanto, el ámbito territorial específico del PORF de la comarca de Ambroz lo componen aquellos terrenos pertenecientes a los once términos municipales, que presenten las características y condición jurídica de monte definida en la Ley 43/2003, de Montes. Se puede afirmar que el ámbito territorial objeto del plan son los montes o terrenos forestales de la comarca de Ambroz.

Estos once municipios abarcan una superficie de 30.280,22 ha, según los datos cartográficos disponibles, lo que supone un 1,52% de la superficie de la provincia de Cáceres. Los terrenos forestales representan más del 85% del territorio con unas 26.446,08 ha.

Usos del suelo.

La distribución de los usos del suelo de la comarca de Ambroz guarda una estrecha relación con las características geológicas, geomorfológicas y con el grado de intervención humana, debido a que son factores determinantes sobre el mismo, e indican el carácter forestal de la misma.

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Distribución de usos de suelo en la comarca de Ambroz

84%

14%

1%1%

Forestal

Agrícola

Urbano

Agua

Ilustración 2. Distribución de usos de suelo en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del IFN3.

La distribución de usos de suelo por municipios, indica que la localidad con mayor porcentaje de superficie forestal de la comarca de Ambroz es Jarilla con casi el 96% de su territorio , seguido por Abadía con el 94% y La Garganta con el 92%. Por el contrario, La Granja solamente alcanza el 48%.

Ilustración 3. Mapa de usos del suelo de la comarca.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del IFN3.

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Orografía.

El relieve de la comarca de Ambroz objeto de este Plan es montañoso debido a la inclusión en la formación granítica de Trasierra y Sierra de Candelario en su parte oriental, las cuales a su vez forman parte de las estribaciones occidentales de la Sierra de Gredos. En la zona sur, se desciende desde los picos más altos hasta el fondo del valle, más ondulado, abierto y menos abrupto.

La distribución altitudinal que presenta el ámbito de actuación muestra una oscilación próxima a los 2.000 metros, ya que pasa de los 370 metros de altitud en las zonas centrales y bajas del valle, hasta los 2.170 metros en el municipio de Hervás.

Ilustración 4. Mapa hipsográfico.

Fuente: Elaboración propia.

Las características generales de la pendiente en la comarca de Ambroz indican que se trata de un territorio escarpado , ya que casi la tercera parte del territorio del PORF se sitúa en el intervalo de pendiente entre 25-50%, encuadrándose las pendientes más elevadas en la parte montañosa de la comarca, más ligada a actividades forestales, y siendo mucho más suaves éstas en la penillanura y cuenca sedimentaria del valle, donde la orografía es menos abrupta, y por tanto más proclive para el desarrollo de actividades agrícolas y agroforestales.

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Ilustración 5. Mapa de pendientes de la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

El estudio de las exposiciones en la comarca de Ambroz, determina que éstas son principalmente meridionales (solana = 59%) y por ello más favorables para el desarrollo de aprovechamientos por la cantidad de radiación que reciben; mientras que las septentrionales (umbría = 34%) están representadas en menor proporción, y constituyen áreas más frescas y húmedas, debido a los valles cerrados y profundos que existen en las zonas más montañosas de la comarca.

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Ilustración 6. Mapa de orientaciones de la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

Hidrografía.

La comarca de Ambroz se encuadra en la Cuenca Hidrográfica del Tajo , concretamente este territorio pertenece a la subcuenca del río Alagón, estando presidida la red hidrográfica de la zona por el río Ambroz (afluente por la izquierda del río Alagón al sur del Embalse de Gabriel y Galán) que da nombre a esta comarca y que actúa como colector de casi todos los arroyos que surcan la superficie en estudio. En esta red de tipo dendrítico abundan los cauces, torrenteras y arroyos que otorgan al agua una relevancia singular en la comarca.

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Ilustración 7. Red hidrográfica principal de la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

Entre los demás cursos de agua que bañan el valle del Ambroz y los pequeños valles que discurren desde las partes más altas de la comarca se pueden destacar el río Baños, el Balozano, el de la Garganta, el Valdeciervo, el arroyo Mata Judíos, el de la Aldobara Honda, la Garganta Grande, la Ancha, la Cabera, la Madrigala, la Perdida, la Cámbara, la Buitrera, etc.

Vegetación.

La vegetación en la comarca de Ambroz está formada principalmente por formaciones de matorral abierto en las zonas más altas de la comarca, bosques de frondosas caducifolias como los robles y castaños en las laderas de transición hacia las zonas más bajas, y dehesas abiertas de quercíneas en la penillanura.

Destacan en el paisaje los castaños, que aunque no dominan las formaciones forestales de la comarca, sí son representativos y además forman alguno de los bosques de esta especie mejor conservados de España. Otra de las especies de especial representatividad en la comarca es el roble melojo, que puede presentar dos estructuras diferentes: masas adultas de buenos portes y forma adehesada, cuando han sido intervenidas por su propietarios para la obtención de leñas, y masas de monte bajo con una densidad de pies mayor.

Además, la comarca de Ambroz alberga en su territorio importantes formaciones vegetales amenazadas en el resto de la región o incluso del país. En este sentido, existe abundante vegetación de interés natural y catalogada como es el caso del tejo (Taxus baccata), catalogado en peligro de extinción en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, el arce menor (Acer monspessulanum L.) que está catalogado como vulnerable y aparece en forma de pies sueltos o pequeños bosquetes, al igual que el abedul (Betula alba) que se presenta en el Puerto de Honduras como la mejor masa de esta especie en la provincia. También se existen otras especies de presencia testimonial o dudosa como el acebo (Ilex aquifolium) y el avellano (Corylus avellana).

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Respecto al tipo de monte, según el Tercer Inventario Forestal Nacional, es el monte arbolado el más habitual en la comarca de Ambroz, siendo su superficie casi un 57% del uso forestal ,. En las zonas más bajas es donde existen áreas más extensas sin uso forestal.

Ilustración 8. Tipología de los terrenos forestales de la comarca.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del IFN3.

Las formaciones forestales arboladas dominantes , según el Tercer Inventario Forestal Nacional, son las de Quercus pyrenaica , con distintos grados de fracción de cabida cubierta, mezcla y estado, alcanzando el 33% de la superficie forestal arbolada comarcal. Estas masas se sitúan en las zonas a media ladera, mientras que las dehesas de Quercus ilex, que son la segunda formación forestal arbolada en proporción, se encuentran en la penillanura y cuenca de sedimentación del valle.

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Formaciones forestales arboladas5%

33%

7%3%22%

8%

12%

6% 4%

Pinus pinaster Quercus pyrenaicaQuercus ilex Quercus suberBosque adehesado de Quercus ilex Otros bosque adehesadosCastanea sativa Matorral arbolado ralo y dispersoOtras formaciones arboladas

Ilustración 9. Formaciones forestales arboladas agrupadas en la comarca.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del IFN3.

Espacios protegidos.

En la comarca existen 15 hábitats de interés comunitario , que suponen el 71% del territorio de la zona de estudio, de los que el 18% se consideran prioritarios.

Ilustración 10. Mapa de hábitats de interés comunitario.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

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Además, en el ámbito de trabajo de la comarca de Ambroz existen cuatro árboles singulares , pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de la región, que ocupan un área de 35 hectáreas.

ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS NORMA DECLARACIÓN

Árbol singular “Abedular del Puerto de Honduras”

DECRETO 76/2004

Árbol singular “Alcornoque de la Fresneda” DECRETO 36/2001

Árbol singular “Castaños del Temblar” DECRETO 36/2001

Árbol singular “Castaño de la Escarpia o de la Marotera”

DECRETO 36/2001

Tabla 2. Espacios Naturales Protegidos en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

Por otro lado, la comarca cuenta con una importante extensión incluida en la Red Ecológica Europea Natura 2000 , que abarca más del 66% de la superficie del territorio total de la comarca de Ambroz, donde se protegen diversos hábitats característicos y taxones poco habituales, de especies de flora y fauna.

FIGURA DE LA RED NATURA 2000 SUPERFICIE

(ha) % COMARCA

ZEPA 1.558,61 5,15

LIC 20.207,90 66,74

Tabla 3. Superficies de la Red Natura 2000 en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

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Ilustración 11. Superficie protegida en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

Tanto la Red de Espacios Naturales Protegidos como la Red Ecológica Europea Natura 2000 se encuentran en muchos de los casos solapadas, por lo que una vez eliminados los solapes se obtiene que la superficie protegida total en la comarca es de 20.208,67 hectáreas, lo que supone el 66,74% de la superficie total de la comarca.

3.3. ÁMBITO FUNCIONAL Y SECTORIAL DEL PORF DE LA COMARCA DE AMBROZ.

Además de delimitar los montes o espacios forestales de Ambroz como ámbito territorial objeto del PORF, es preciso integrar también el ámbito competencial del mismo conformado por las competencias autonómicas en materia forestal y de conservación de la naturaleza.

Es, por esta razón, que el ámbito funcional del Plan debe centrarse en las materias relacionadas con la gestión forestal y de conservación de la naturaleza , a todos los niveles competenciales que se den en la región; es decir que funcionalmente el objeto del PORF es el medio forestal, expresión que se incluye en el órgano administrativo que asume tales competencias (Dirección General de Medio Ambiente) y que es el órgano promotor del mismo.

En efecto, en la región de Extremadura las administraciones cuyas funciones engloban tales competencias están asignadas a la estructura orgánica administrativa de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, como autoridad ambiental competente en la región, principalmente a través de la Dirección General de Medio Ambiente . Esta dirección se estructura en los siguientes servicios que ofrecen una idea aproximada del ámbito funcional objeto del Plan:

» Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. » Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. » Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas. » Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.

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» Servicio de Protección Ambiental.

Por lo tanto, dentro de las funciones de esta Dirección General, se encuentra el ser el órgano ambiental competente de la región, que interviene formalmente en el procedimiento preceptivo para la evaluación ambiental del Plan de manera que, tanto en el transcurso de su elaboración como en los resultados del documento final, en su desarrollo y seguimiento, se consideren las adecuadas consideraciones y efectos ambientales del mismo.

Otras administraciones parcialmente implicadas en el Plan son la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo y la Consejería de Educación y Cultura por sus competencias en materia de control del patrimonio, de fomento de la actividad empresarial, de la investigación y desarrollo tecnológico, de las denominaciones de origen y marcas de calidad, en materia de empleo, ordenación del territorio, educación o turismo.

El carácter comarcal del PORF condiciona la participación funcional de la Diputación Provincial de Cáceres a través del Área de Medio Ambiente y el Organismo Autónomo para el Desarrollo Local (OADL) cuyos objetivos y fines persiguen la contribución al desarrollo local y la puesta en marcha de programas y proyectos que favorezcan los objetivos estratégicamente establecidos para las distintas comarcas de la provincia.

Los ayuntamientos de los municipios que componen la comarca cierran el grupo de entidades u organismos de la administración autonómica y local que conforman el ámbito funcional del PORF.

En definitiva, es ineludible contemplar todas las administraciones implicadas en la ordenación y gestión de los espacios y recursos forestales en todos sus aspectos, aunque las actividades estén separadas en organizaciones administrativas diferentes.

Respecto al ámbito sectorial , el Plan se localiza en el sector forestal y de conservación de la naturaleza, tanto en la correspondencia de la gestión por parte de las diferentes unidades administrativas como de los agentes sociales implicados y otras esferas socioeconómicas relacionadas. Entre otros se consideran las industrias y empresas forestales y demás actividades económicas enmarcadas en el sector primario dependientes de los recursos forestales, así como otros agentes de la actividad social y económica relacionada con los montes.

4. ESTADO LEGAL Y ADMINISTRATIVO DE LOS MONTES DE AMBROZ. La distribución de la propiedad de los terrenos forestales en la comarca de Ambroz no ha sufrido grandes cambios a lo largo de la historia. Los porcentajes de propiedad y régimen administrativo de dichos terrenos son similares a las medias regionales.

De esta manera, se puede destacar, que la mayoría de la superficie forestal de la comarca (casi el 84%) es de propiedad privada , mientras que el 16% restante del territorio es de propiedad pública.

SUPERFICIE TIPOLOGÍA DE PROPIEDAD

FORESTAL ha %

Público 4.074,89 16,01

Privado 21.371.19 83,99

Tabla 4. Tipología de propiedad forestal en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Dirección General de Medio Ambiente.

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En cuanto al régimen administrativo de gestión, se corresponde con la tipología de propiedad ya que todas las propiedades de titularidad privada son gestionadas por administradores particulares, mientras que las propiedades de titularidad municipal, catalogadas de utilidad pública, son gestionadas por la administración forestal regional por estar incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cáceres.

Ilustración 12. Régimen de gestión de los terrenos en la comarca de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Dirección General de Medio Ambiente.

La propiedad particular tiene unas características distintas dependiendo de la ubicación en la comarca. De esta manera, en las zonas más bajas del valle, los predios son de dimensiones medias, mientras que en las zonas altas, se muestra un elevado nivel de minifundio, estando representada mayoritariamente por pequeños terrenos con una distribución muy fragmentada, donde no son productivos y presentan importantes síntomas de abandono.

En cuanto a la propiedad pública, hay que destacar que en la comarca existen diez montes catalogados de utilidad pública repartidos en cinco de los once municipios del ámbito objeto del Plan. El tamaño de estos montes es muy diverso, desde las 19,60 hectáreas de “Montecillo” a las 2.101,15 hectáreas de “Cruces de la Sierra, Forquito y Pinajarro”.

Régimen de gestión administrativa

16%

84%

Régimen público Régimen privado

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MUNICIPIO MUP SUPERFICIE

(ha) NOMBRE

128 28,14 Matagatos

129 19,60 Montecillo

130 22,47 Pellejera Baños de Montemayor

131 53,83 Mata Agotada

Casas del Monte 2 1.071,10 Sierra

4 65,12 Castañar del Duque Gargantilla

5 154,76 Palancar

6 271,60 Castañar Gallego Hervás

7 2.101,15 Cruces de la Sierra, Forquito y Pinajarro

La Garganta 134 287,12 Baldío de la Muela, Peñanegra y otros

Tabla 5. Montes Catalogados de Utilidad Pública en la comarca de Ambroz. Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Dirección General de Medio Ambiente.

Ilustración 13. Montes Catalogados de Utilidad Pública.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Dirección General de Medio Ambiente.

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5. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN DEL PORF DE AMBROZ.

El proceso de planificación establece un horizonte en el que se consigue dar respuesta a las necesidades e intereses ecológicos, económicos, sociales y culturales que convergen sobre los sistemas forestales de la comarca de Ambroz. Es necesario para la alcanzar este horizonte que el resultado del Plan sea técnicamente adecuado, socialmente comprometido y económica y administrativamente viable. Además, debe ser ambientalmente responsable, integrando una estrategia propia para la conservación de los espacios forestales y sus recursos, de forma que se compatibilice la actividad forestal y el aprovechamiento de recursos forestales, con la conservación de la naturaleza y el fomento de la biodiversidad.

El Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz es un instrumento para la ordenación del uso y gestión de los espacios y recursos forestales de la comarca, pero no una herramienta de gestión en sí misma. En este sentido, el propio planteamiento táctico a nivel comarcal exige planificar de modo que se establezca en el contenido del PORF un conjunto de directrices comunes, que sirvan como criterios orientadores a escala comarcal, para el posterior desarrollo de los proyectos de ejecución en los montes.

Por consiguiente, los objetivos que se pretenden alcanzar con el PORF de Ambroz son:

1. Caracterizar el escenario natural y forestal en el marco socioeconómico de la comarca, analizando tanto el estado actual y tendencia de los espacios y recursos forestales como su conservación, ordenación y gestión, proporcionando los diagnósticos correspondientes.

2. Zonificar la comarca según las limitaciones ambientales pertinentes y orientar los usos y actividades en los montes, caracterizando los tipos de montes más representativos de la zona según sus características, su funcionalidad y régimen de propiedad forestal.

3. Proporcionar directrices, criterios orientadores e instrumentos necesarios para establecer el Plan como referente técnico comarcal de ordenación y gestión forestal sostenible.

4. Orientar la distribución de presupuestos e inversiones de la administración forestal en los montes de la comarca, de conformidad con los programas del Plan Forestal de Extremadura que tengan aplicación en el ámbito del PORF.

5. Sustanciar y efectuar el procedimiento preceptivo de evaluación ambiental estratégica del Plan conforme a los requisitos y documentos exigibles por su normativa específica.

6. Desarrollar, documentar y evaluar un proceso participativo de consultas y debates entre las entidades y agentes locales implicados, en cumplimiento de la normativa vigente al respecto.

6. DESARROLLO PREVISIBLE DEL PROYECTO DEL PORF DE AMBROZ.

En respuesta a las exigencias y requisitos legales necesarios para la formulación y aprobación formal del Plan, es preciso desarrollar los correspondientes procedimientos que permitan efectuar su elaboración conforme a la normativa aplicable. Esto significa desarrollar durante el proceso tres procedimientos paralelos de evaluación técnica , ambiental y social , así como aplicar la metodología común establecida para ello.

6.1. METODOLOGÍA.

Se describen a continuación la metodología a emplear para el desarrollo del proceso de planificación y de las fases en las que se divide el proceso previsto para la elaboración del PORF, así como los procedimientos preceptivos que es preciso sustanciar, para cumplimentar la formulación y aprobación formal del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales, de conformidad con los requisitos exigibles por la normativa aplicable al efecto.

Con carácter general, todos los procedimientos a desarrollar durante el proceso de elaboración del PORF conforman una metodología que responde al empleo de técnicas características de los procesos de planificación y análisis que, en esencia, responden a dos fases de realización:

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1. Fase “A+D” de análisis y diagnóstico, que debe presentar el estado actual de la situación y detectar las necesidades, carencias, problemas, riesgos y amenazas que afectan al objeto del Plan, así como las fortalezas, potencialidades, retos y oportunidades que se presentan.

2. Fase “D+P” de directrices y propuestas, debe describir directrices, estrategias, iniciativas, medidas y actuaciones a desarrollar que, como consecuencia del diagnóstico efectuado, conducen a la configuración y desarrollo del plan estratégico que se pretende, articulando las medidas y actuaciones en los programas operativos correspondientes.

Con ambas fases como núcleo de referencia para efectuar la toma de decisiones, se considera necesaria una fase inicial para la recopilación de información y documentación disponible, para la preparación de los procedimientos de participación social y de evaluación ambiental estratégica, así como la elaboración del presente documento inicial.

A su vez, entre las fases de diagnóstico y propuestas, como resultado de la primera fase de diagnóstico de los tres procedimientos de evaluación técnica, social y ambiental que han de efectuarse, debe procederse a realizar una síntesis e integración de diagnósticos que permita preparar el diseño del Plan que se pretende.

Finalmente, para formular el Plan habrá que tomar las decisiones oportunas para integrar las proposiciones y demandas sociales procedentes en las propuestas técnicas, así como la memoria ambiental conjunta que se derive del preceptivo informe de sostenibilidad ambiental.

Una vez efectuada la toma de decisiones y propuesta dispositiva del Plan, será preciso desarrollar una fase final para la formulación del PORF, previa a su aprobación formal, que procure los medios necesarios para celebrar el preceptivo trámite de información pública para la incorporación de las alegaciones y modificaciones pertinentes y proceder a la presentación y divulgación del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz.

En resumen, el proceso coordinado de elaboración del PORF se realizará en las siguientes etapas o fases sucesivas:

� 1ª.- Fase previa.

o Recopilación de información y documentación disponible.

o Diseño y preparación del proceso de participación.

o Documento Inicial del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

� 2ª.- Fase de análisis y diagnóstico del territorio y su gestión, y desarrollo del proceso de participación social.

o Análisis y diagnóstico del territorio y su gestión.

o Desarrollo y evaluación del proceso de participación social.

� 3ª.- Fase de formulación del documento dispositivo e informes preceptivos.

o Documento dispositivo provisional.

o Informe de Sostenibilidad Ambiental.

o Informe de evaluación y conclusión del proceso de participación social.

6.2. PROCEDIMIENTOS PRECEPTIVOS.

Además de las propias prescripciones técnicas del pliego de condiciones correspondiente para la elaboración del PORF, tanto la Ley 5/2010 de prevención y calidad ambiental y su desarrollo reglamentario, como la Ley 27/2007 de información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente obligan respectivamente a desarrollar un procedimiento participativo y otro de evaluación ambiental durante el proceso, sin perjuicio del posterior trámite preceptivo de información pública.

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En consecuencia, los requisitos exigibles por la normativa aplicable obligan a coordinar simultáneamente tres procedimientos durante la elaboración del Plan, tal como se refleja en la ilustración 1, que deben integrarse y complementarse entre sí e intercambiar documentación e información para procurar una adecuada visión y formulación del PORF, efectuándose con anterioridad a los trámites preceptivos de información pública y del procedimiento administrativo aplicable que permita la aprobación formal del Plan.

La aplicación de estos procedimientos, a priori, garantiza que el proceso que se emprende sea en sí mismo un procedimiento “sostenible” por el que se procuran obtener resultados que sean socialmente consensuados, técnica y administrativam ente viables, y ambientalmente responsables .

Ilustración 14. Procedimientos para la formulación y aprobación del PORF de Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

6.2.1. Procedimiento preceptivo de participación pú blica.

En cumplimiento de la normativa aplicable al efecto, se procede a efectuar una evaluación social del Plan mediante el desarrollo de un proceso preceptivo de participación pública de las entidades y agentes implicados del sector y demás personas físicas o jurídicas legalmente interesadas, de forma que participen tanto durante el proceso de diagnóstico como en la selección de alternativas y toma de decisiones para formular la propuesta del PORF.

Este proceso será formalmente convocado y se desarrollará mediante el establecimiento de foros de diálogo con mesas de debate conducidos por mediadores expertos en resolución de conflictos y armonización de intereses sobre cuestiones ambientales. El proceso, sus debates y conclusiones se registrarán en las actas correspondientes y se efectuará un informe de evaluación del desarrollo y resultados del proceso participativo.

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Como mecanismos divulgativos y de comunicación social del proceso se ha dispuesto una página web2 a disposición del PORF, donde se incluyen los informes, documentos participados de diagnóstico y propuestas para su incorporación a la redacción del Plan como demandas sociales del sector.

Ilustración 15. Desarrollo del proceso de participación pública.

Fuente: Elaboración propia.

En principio, según el método de trabajo establecido, el proceso se desarrolla en tres fases:

� Fase previa: conlleva la investigación inicial y los trabajos previos, con lo que se obtiene la identificación de los interlocutores (mapa social) y el análisis y caracterización inicial de problemas (árbol de problemas).

� Fase de articulación del proceso: se realiza el desarrollo del proceso de participación en sí. Esta fase se subdivide a su vez en la fase de análisis y diagnóstico, donde se buscan los problemas en la comarca relacionados con el medio forestal y su gestión y la fase de directrices y propuestas, donde los agentes sociales exponen las soluciones a estas propuestas en forma de demandas sociales del proceso.

� Fase devolutiva: se efectúa una sesión de retorno, donde se expone a los agentes implicados como se han tenido en cuenta sus proposiciones y se presenta cuáles de sus propuestas no tienen cabida en el Plan y el porqué.

2 http://www.geaweb.com/porfambroz/

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El procedimiento previsto proporciona la oportunidad a los participantes de intervenir durante el proceso, de manera que les permite emitir diagnósticos y proposiciones antes de la toma final de decisiones, en lugar de presentarles un Plan ya definido para su pronunciamiento durante el trámite de información pública; el reto consiste en procurar una eficacia adecuada del proceso de modo que permita a los participantes intervenir en los resultados.

6.2.2. Procedimiento preceptivo de evaluación ambie ntal estratégica.

Junto al anterior proceso de participación pública es necesario efectuar el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, que preceptivamente se establece en la legislación y reglamentación ambiental en la materia, a cuyo inicio responde el presente documento.

En este caso, se procede al inicio del procedimiento mediante el presente Documento Inicial, que dará pie al Documento de Referencia emitido por el órgano ambiental competente para definir el alcance del procedimiento y el contenido del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) adecuado a las características y objetivos que se pretenden con la elaboración del PORF de la comarca de Ambroz, entendido como un plan táctico que desarrolla a escala comarcal la política regional sobre el medio forestal definida en el Plan Forestal de Extremadura.

El procedimiento preceptivo que ha de confirmar el órgano ambiental competente permite su intervención durante el proceso; así podrá comprobar si los análisis y diagnósticos efectuados consideran las variables ambientales adecuadas, de modo que se emita un “Informe de Sostenibilidad Ambiental” que se irá generando junto con la redacción técnica del PORF, y facilitará el intercambio de información entre la administración promotora y la ambiental.

Por otra parte, los documentos e informes de evaluación ambiental que resulten pertinentes se incorporarán al proceso participativo para su consulta por los agentes implicados, durante las fases de diagnóstico y propuestas.

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Ilustración 16. Esquema del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

Fuente: Elaboración propia.

En todo caso, el desarrollo y alcance del procedimiento, así como los contenidos de los informes ambientales pertinentes serán definidos por el Servicio de Protección Ambiental, como administración ambiental competente al efecto, quien podrá establecer el régimen de consultas que estime conveniente, sin perjuicio de intervenir en el proceso de participación pública que paralelamente se desarrolla durante la elaboración del PORF.

Una vez que el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, como administración promotora del PORF, disponga la propuesta de mismo y el correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental, sin perjuicio de las consultas que se consideren pertinentes a las entidades o personas afectadas, ambos documentos deberán someterse al trámite administrativo de información pública durante el periodo preceptivo de 45 días, durante el cual se podrán efectuar las sugerencias o alegaciones que se consideren convenientes.

En particular, durante este periodo preceptivo las instituciones y agentes intervinientes en el proceso de participación pública tendrán la oportunidad de comprobar en qué medida sus proposiciones y demandas sociales han sido incorporadas al Plan y, en su caso, proceder a efectuar las alegaciones que consideren oportunas.

Tras el mencionado trámite de información pública del PORF junto con el ISA, se efectuará el tratamiento de las observaciones y alegaciones presentadas, incorporando al Plan y a su evaluación ambiental las observaciones, aportaciones o modificaciones que resulten pertinentes, procediendo a justificar el rechazo o la incorporación de cada alegación mediante el informe de análisis y evaluación de alegaciones correspondiente.

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Con todo ello, se dispondrá el documento dispositivo del PORF de la comarca de Ambroz y a su vez el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, como administración promotora de elaboración del Plan, y el Servicio de Protección Ambiental, como administración ambiental competente, dispondrán “conjuntamente” la Memoria Ambiental preceptiva, previamente a efectuar el procedimiento formal de aprobación del PORF.

Tras la aprobación formal del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz con sus consideraciones ambientales incorporadas, se pondrá este, junto con la Memoria Ambiental, a disposición del público. Posteriormente y de forma periódica, se realizará su evaluación y seguimiento mediante los indicadores que se determinen de forma conjunta por ambas administraciones a efectos ambientales.

6.2.3. Coordinación de los distintos procedimientos .

En definitiva, el proceso de elaboración del PORF de la comarca de Ambroz se pretende desarrollar mediante las sucesivas fases del método de trabajo establecido para cada uno de los tres procedimientos que paralelamente se han de efectuar de manera coordinada, conforme se resume en el esquema adjunto.

Ilustración 17. Desarrollo previsible de los tres procesos para la elaboración del PORF de

Ambroz.

Fuente: Elaboración propia.

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7. ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DEL PORF DE AMBROZ.

Como consecuencia del contenido y alcance exigible para constituir los documentos para el desarrollo del PORF, se dispone el índice previo de contenidos que se adjunta como referencia. De conformidad con el pliego de condiciones establecido por la administración competente para la elaboración, redacción y formulación del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Ambroz, se deduce el contenido y alcance del mismo así como los documentos que lo han de conformar.

El PORF proporcionará un diagnóstico estructural que definirá el ámbito territorial y la situación actual de los montes y otros elementos territoriales del patrimonio público relacionados con el medio forestal, en el que se describen las especiales características de funcionalidad del medio forestal en la comarca.

Tras un análisis y diagnóstico del medio físico, biótico y socioeconómico relacionado con los montes y el medio natural, se analiza la problemática del sector forestal y del medio natural en la comarca ofreciendo diagnósticos sobre la gestión de los montes, la conservación de la naturaleza y otras actividades relacionadas con el medio natural, disponiendo anejos con cartografía e informes específicos sobre algunos de los factores más significativos.

En definitiva, tras realizar el encuadre y justificación del proyecto se estructuran dos partes diferenciadas:

� ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO

� DIRECTRICES Y PROPUESTAS

Resumiendo, primeramente se realizará un análisis y diagnóstico del medio natural y forestal y de la gestión llevada a cabo, que derivará en un diagnóstico integrado del que formarán parte las conclusiones y demandas sociales surgidas de proceso de participación pública y, si así fuera necesario, las consideraciones del proceso de evaluación ambiental estratégica, conformando el “árbol de problemas” del medio forestal en la comarca de Ambroz. Posteriormente se configurará la parte propositiva del PORF en función de los diagnósticos recabados. El contenido de esta parte incluirá la adecuación al ámbito comarcal de la estructura programática del Plan Forestal Regional, las directrices para la ordenación del régimen de usos del suelo forestal y los efectos jurídicos y el rango jerárquico del PORF.

7.1. ÍNDICE GENERAL DEL PORF DE AMBROZ.

ÍNDICE

ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO

I. INTRODUCCIÓN.

I.1. ANTECEDENTES. I.2. JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS.

II. ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO DEL MEDIO NATURAL Y FORE STAL.

II.1. ESCENARIO TERRITORIAL. II.2. ESCENARIO NATURAL. II.3. ESCENARIO FORESTAL. II.4. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS. II.5. ESCENARIO SOCIOECONÓMICO.

III. ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO DE LA GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL Y FORESTAL.

III.1. GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL Y FORESTAL DE LA COMARCA. III.1.1. Conservación de la biodiversidad y del patrimonio natural. III.1.2. Defensa del medio natural y forestal.

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III.1.3. Restauración y mejora del medio natural y forestal. III.1.4. Selvicultura, ordenación de usos y otros aprovechamientos forestales. III.1.5. Otras acciones promocionales, culturales y educativas en los montes.

III.2. ANÁLISIS DE LAS INVERSIONES FORESTALES EN LA COMARCA.

IV. DESARROLLO Y EVALUACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIP ACIÓN SOCIAL.

IV.1. FASE DE ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO. IV.2. DIAGNÓSTICO INTEGRADO. ARBOL DE PROBLEMAS Y CUESTIONES CLAVE. IV.3. FASE DE DIRECTRICES Y PROPUESTAS. IV.4. PROPUESTAS DE LA SOCIEDAD.

DIRECTRICES Y PROPUESTAS

I. DIRECTRICES GENERALES DE ORDENACIÓN DE LOS ESPAC IOS FORESTALES DE LA COMARCA.

I.1. DIAGNÓSTICO INTEGRADO. I.2. PAISAJES Y ESCENARIOS FORESTALES DE LA COMARCA. I.3. ZONIFICACIÓN COMARCAL. I.4. ORIENTACIÓN DE USOS Y APROVECHAMIENTOS FORESTALES.

II. REFERENTE TÉCNICO COMARCAL DE ORDENACIÓN Y GEST IÓN FORESTAL SOSTENIBLE.

II.1. DIRECTRICES COMARCALES DE GESTIÓN FORESTAL SOSTENIBLE. II.2. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN FORESTAL SOSTENIBLE.

II.2.1. Caracterización de montes tipo. II.2.2. Tipificación de documentos de planificación y ordenación forestal.

III. ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA. DESARROLLO COMARCAL D E LOS PROGRAMAS DEL PLAN FORESTAL REGIONAL.

IV. EFECTOS JURÍDICOS Y RANGO JERÁRQUICO DEL PLAN.

7.2. DOCUMENTOS

Una vez conocidos los contenidos que conforman el PORF, es preciso describir la documentación que se va desarrollar durante los trabajos de elaboración del Plan.

En principio, de conformidad con el pliego de condiciones establecido al efecto, el proceso de elaboración del PORF dispondrá los siguientes documentos:

� Documentos de análisis y diagnóstico del medio y la gestión forestal.

� Documento dispositivo provisional del Plan.

� Documentos, actas e informe de evaluación del proceso de participación.

� Documentos preceptivos de evaluación ambiental: Informe de Sostenibilidad Ambiental.

7.3. PLAZOS.

En origen, el proyecto del PORF de Ambroz está definido en su concepción para un diseño de aplicación y vigencia de cuatro quinquenios, durante este periodo se realizarán revisiones con la periodicidad que se establezca en el propio PORF y se llevarán a cabo actuaciones de seguimiento que informen del estado y grado de aplicación de los distintos programas a desarrollar durante los veinte años de vigencia.

Las líneas y medidas de actuación contempladas en el desarrollo del proyecto se distribuirán en el tiempo adecuadamente, de forma que contribuyan en la mejor medida al cumplimiento de los objetivos del PORF.

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8. CONSIDERACIONES PREVIAS, FACTORES Y EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES.

La evaluación ambiental estratégica de planes y programas no está, al menos en estos momentos, desarrollada para la consideración de planes y programas de estas características, por lo que no existen técnicas establecidas de identificación, que baremen los efectos ambientales de un PORF, o instrumento similar y, dispongan las medidas adecuadas para prevenirlos, reducirlos o contrarrestarlos.

El plan táctico a escala comarcal que se pretende acometer tiene por objetivo diseñar de forma planificada una referencia comarcal de ordenación y gestión forestal para la adecuada gestión, uso y aprovechamiento sostenible de los espacios y recursos forestales de Ambroz, desarrollando además criterios de gestión forestal sostenible.

En ausencia de un procedimiento específico, se propone recurrir a un enfoque orientado inspirado en los criterios de desarrollo sostenible, en el cual se pueda verificar que se ha conseguido la integración ambiental del Plan.

Entre los principios, criterios, requisitos y objetivos que se plantean para realizar esta integración ambiental en la planificación táctica forestal para la comarca de Ambroz, se propone:

» Establecer principios y criterios de sostenibilidad, de forma que sin perjuicio de los objetivos económicos de la propiedad, se garanticen los beneficios sociales y ambientales que los espacios forestales y naturales proporcionan.

» Alcanzar objetivos de conservación y uso sostenible de los recursos, mediante medidas de protección de los valores y de prevención de riesgos, de restauración y ordenación de los usos y aprovechamientos para que se ejerzan de forma sostenible.

» Seleccionar programas y líneas de actuación compatibles con los principios, criterios y objetivos ambientales propuestos y que sean sostenibles desde el punto de vista del medio.

» Plantear las acciones y actuaciones de acuerdo a la capacidad de acogida del medio (la tasa de renovación de los recursos, la asimilación de efluentes y vertidos, etc.).

» Ordenar y regular el comportamiento de las actividades a través de directrices de actuación que determinen una gestión sostenible.

» Posibilitar la generación de impactos positivos.

Con todos estos planteamientos, y a la espera de las propuestas ambientales que se emitan tanto por el órgano ambiental competente como las surgidas durante el proceso participativo, y de conformidad con la finalidad y objetivos que se pretenden alcanzar, se exponen algunas consideraciones, factores y efectos ambientales previstos en el desarrollo del presente PORF.

8.1. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS ELEMENTOS ESTRATÉGICOS DEL TERRITORIO.

Se pretende desarrollar una zonificación comarcal multiusos para la distribución de efectivos, recursos e inversiones, adecuando la organización administrativa de distribución territorial en materia forestal y de conservación de la naturaleza.

Los elementos estratégicos del territorio que pueden verse afectados por las medidas del PORF son aquellos que están involucrados en la gestión y ordenación de cualquier actividad, recurso o circunstancia sobre el ámbito territorial anteriormente definido, que son los terrenos forestales de la comarca de Ambroz. Con carácter general, algunos de los elementos territoriales y ambientales sobre los que podría tener efecto el presente PORF, son:

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» Los espacios naturales protegidos y todo terreno rústico en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación, que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas.

» Los terrenos yermos, roquedos y arenales. » Los bosques de ribera. » Los terrenos agrícolas abandonados que a juicio de la administración autonómica

competente en materia forestal sean objetivamente recuperables para fines forestales, y siempre que hayan adquirido signos inequívocos de su estado forestal.

» Los cultivos forestales procedentes de plantaciones de especies productoras de madera.

» Todo terreno que se adscriba a la finalidad de ser repoblado u transformado al uso forestal.

» Las infraestructuras y construcciones destinadas al servicio del monte. » Elementos potencialmente afectados por la planificación, que se ubican en el mismo

territorio, y que están ligados a actividades socioeconómicas relacionadas con los espacios forestales y naturales: infraestructuras, instalaciones (industriales, ganaderas, etc.), edificaciones, yacimientos arqueológicos y espacios destinados a uso público.

» Elementos ambientales que pueden ser considerados estratégicos dentro de cada territorio, como monumentos naturales, hábitats prioritarios, elementos singulares de alto valor, puntos de asentamiento para especies protegidas, etc.

8.2. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL Y TERRITORIAL.

El Plan Forestal de Extremadura es el instrumento que enmarca la política forestal y de conservación de la biodiversidad y el patrimonio natural en la región, encuadrándose en sus directrices y propuestas los diferentes instrumentos de planificación sectorial y territori al mediante los cuales se estructuran las distintas actuaciones.

La comarca de Ambroz, por sus singularidades, está incluida dentro de varias zonificaciones referentes al sector forestal y del medio natural, diseñadas desde el prisma regional de planificación, que engloban y superan el ámbito territorial al que se refiere el PORF.

El PORF debe recoger las normas e indicaciones de los diferentes instrumentos de planificación de su ámbito, e integrarlas en su contenido en base al marco de referencia establecido en el Plan Forestal de Extremadura.

Entre los diferentes instrumentos de planificación que en la elaboración del PORF se deban tomar como marco de referencia, están:

» Plan de prevención de incendios forestales de la Zona de Alto Riesgo de Ambroz.

» Plan de Recuperación del lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura.

» Plan de recuperación del murciélago ratonero forestal (Myotis bechsteinii) en Extremadura.

» Plan de recuperación del murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi) y del murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale) en Extremadura.

» Plan de recuperación de Macromia splendens en Extremadura.

» Plan de conservación de Coenagrion mercuriale en Extremadura.

» Plan de manejo de Gomphus graslinii en Extremadura.

» Plan de conservación del hábitat de Oxygastra curtisii en Extremadura.

Aunque se dispone de información de la amplia superficie de terrenos catalogados como LIC y ZEPA en la comarca, no se conoce la existencia de ningún instrumento especifico, ni plan de gestión aprobado en la zona.

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9. FACTORES Y EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES.

A continuación y, de modo esquemático e indicativo, se definen algunos de los efectos previsibles de la aplicación del PORF.

9.1. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL CLIMA.

El principal efecto sobre el clima que puede derivarse del PORF de Ambroz, más allá de los conocidos efectos microclimáticos de las masas boscosas, será el de contribuir en la atenuación de las alteraciones del cambio climático, efecto derivado del papel de las masas arboladas como sumidero de carbono.

La función de los bosques y demás espacios forestales en la mitigación del cambio climático se considera primordial para la reducción de emisiones a la atmósfera, tal y como se recoge en la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia, aprobada en noviembre de 2007 y que ha sido transpuesta a la Estrategia de Cambio Climático para Extremadura.

Las actuaciones para la mejora, mantenimiento y restauración de los sistemas vegetales, mediante acciones para recuperar la cubierta vegetal allí donde ha desaparecido y fortalecerla allí donde esté debilitada, así como lograr una menor incidencia de los incendios, favorecerá la fijación de CO2 recogida en el Convenio Marco de Naciones Unidas Contra el Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto, en el Plan Forestal de Extremadura , y en las Estrategias Forestales Europea y Española y el Plan Forestal Español, que hacen hincapié en esta función de los bosques.

Los artículos 3.3 y 3.4 del Protocolo establecen las siguientes acciones como medio para desarrollar y fortalecer este papel de los bosques:

• Incrementar la superficie forestal a través de los procesos de reforestación y forestación.

• Conservación y mejora de la superficie forestal mediante la aplicación, entre otras, de técnicas apropiadas de restauración hidrológico-forestal, lucha contra la desertificación y defensa contra incendios, plagas y enfermedades.

• Mejora de la capacidad de captación de CO2 mediante la mejora de su eficiencia en términos de biomasa, a través de actuaciones selvícolas, siempre cumpliendo el principio de una gestión forestal sostenible.

9.2. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL SUELO.

La recuperación, consolidación y mejora de la cubierta arbórea en la comarca de Ambroz, tendrán un efecto positivo sobre el suelo, pues la erosión potencial de la comarca es muy alta y, además de los problemas que unas pérdidas de suelo elevadas podrían generar en la región, tendría graves consecuencias en el embalse de Gabriel y Galán, al que vierten sus aguas, de forma prácticamente directa, todos los ríos de la comarca.

9.3. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LAS AGUAS.

La mejora de la cubierta arbórea lleva aparejada, en cualquier cuenca, una mejora sustancial de las condiciones hidrológicas: aumenta la infiltración disminuyendo la escorrentía superficial, mejorando la capacidad de retención de agua y disminuyendo los tiempos de concentración, los riesgos de avenidas e inundaciones y mejorando, además, la calidad de las aguas.

9.4. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA VEGETACIÓN.

El PORF de Ambroz pretende mantener y mejorar las masas ya existentes acelerando el proceso natural de recuperación de la cubierta en los lugares donde haya desaparecido o sea deficitaria por perturbaciones ocurridas o por otras causas. El Plan busca también el mantenimiento de la diversidad de especies y formaciones, ya que esto supone una mayor capacidad de autodefensa del monte y un mejor soporte para la fauna.

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Durante la elaboración del PORF se tendrá en cuenta, igualmente, la situación de los hábitat de interés contemplados en la declaración de los espacios de la Red Natura 2000 presentes en la comarca, así como las formaciones recogidas en el estudio “Distribución y estado de conservación de formaciones forestales amenazadas de Extremadura”, elaborado por la Universidad de Extremadura y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Estas zonas influirán decisivamente en la toma de decisiones, que irán siempre orientadas a su defensa, mejora y, si cabe, expansión.

9.5. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA FAUNA.

Como ya se ha dicho, y tal y como dicta la normativa de espacios incluidos en la Red Natura 2000, la gestión de los mismos ha de garantizar un estado de conservación favorable de los valores naturales que justificaron su inclusión en la red. La elaboración del Plan atenderá en todo momento a las especies recogidas en los documentos declarativos de dichos espacios, así como a las especies recogidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Se considera que la aplicación de estas medidas específicas, junto con la mejora general de la vegetación en la comarca, tendrán un efecto beneficioso para la fauna.

Hay que señalar, por último, que la zonificación de la comarca atenderá especialmente al mantenimiento, creación o restauración de corredores ecológicos que comuniquen las distintas zonas de la misma, así como esta con las regiones periféricas.

9.6. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE EL PAISAJE Y EL PATRIMONIO.

Los efectos sobre el paisaje de la comarca representarán una de las principales imágenes del PORF, ya que el proyecto en su concepción, lleva implícito el objetivo de mantener y mejorar la diversidad de formaciones vegetales, aumentado y favoreciendo la presencia y distribución de los taxones mediterráneos e incluso atlánticos que se suponen autóctonos en la comarca. Del mismo modo y, atendiendo a las demandas de los vecinos de la comarca, se pretende garantizar, mediante las acciones correctoras necesarias, la presencia y persistencia de los innumerables saltos de agua, gargantas y demás componentes del paisaje fluvial de Ambroz, utilizando procedimientos tradicionales, en la medida que sea posible, pues, representa uno de los principales valores del patrimonio natural y supone un reclamo muy interesante para el turismo en la zona.

9.7. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LA SOCIOECONOMÍA.

La aplicación del PORF en la comarca debe reflejarse de forma sustancial en la economía de la zona, ya que, en cierta medida, este proceso planificador pretende optimizar y rentabilizar el valor de los bienes y servicios ambientales con el fin de establecer una infraestructura que fomente la fijación de población, el empleo y el desarrollo de un tejido empresarial en torno al sector forestal y del medio natural, mediante una premisa de sostenibilidad apoyada en los múltiples aprovechamientos que ofrece la comarca y en la riqueza y singularidad de sus localizaciones dentro de la región extremeña y el entorno mediterráneo. El objetivo es conseguir la gestión sostenible del territorio como motor de desarrollo del medio rural.