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PROCESO PARA EL REGISTRO DE UNA MARCA EN MÉXICO. 1. Realización de la búsqueda fonética a fin de verificar que no existan otros signos distintivos ya sea en trámite o concedidos ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) que puedan ser objeto de impedimento legal para la marca a proponer. 2. Presentación de la solicitud de registro de marca ante el IMPI, el cual otorga un numero de expediente para referencia interna del trámite. 3. Una vez que la solicitud es ingresada al sistema de marcas del IMPI, es turnada a una Coordinación de Examen de Forma, en la cual un examinador evalúa que la solicitud cumpla con los requisitos formales establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de existir un requisito por cumplimentar, el IMPI lo hará saber por escrito otorgando un plazo de cuatro meses sin prórroga para darle contestación. 4. Una vez satisfecho el examen de forma, la solicitud es turnada a un nuevo examinador quien realizará el examen de fondo, verificando que los elementos gráficos, fonéticos e ideológicos de la marca propuesta a registro no invada los derechos de terceros. Asimismo verifica que no caiga en los supuestos de negación de registro de marca señalados por el artículo 90 de le Ley de la Propiedad Industrial. 5. En caso de existir una objeción derivada del examen de fondo, el IMPI lo notificará por escrito al interesado, otorgándole un plazo de cuatro meses sin prórroga para darle contestación. 6. En caso de que el impedimento legal sea desestimado por el interesado, el Instituto concederá el Título de Registro de Marca en su favor, con una vigencia de diez años contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud, siendo renovable por periodos de diez años. 7. En caso de no desestimar el impedimento legal, el Instituto girará la negativa de registro de marca por escrito al interesado, teniendo éste un plazo de quince días para interponer recurso de revisión ante el propio instituto, o bien cuarenta y cinco días para iniciar el juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Procedimiento Para El Registro de Una Marca

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en este documento podrás encontrar los 7 pasos básicos para registrar una marca en México.

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PROCESO PARA EL REGISTRO DE UNA MARCA EN MÉXICO.

1. Realización de la búsqueda fonética a fin de verificar que no existan otros signosdistintivos ya sea en trámite o concedidos ante el Instituto Mexicano de laPropiedad Industrial (IMPI) que puedan ser objeto de impedimento legal para lamarca a proponer.

2. Presentación de la solicitud de registro de marca ante el IMPI, el cual otorga unnumero de expediente para referencia interna del trámite.

3. Una vez que la solicitud es ingresada al sistema de marcas del IMPI, es turnada auna Coordinación de Examen de Forma, en la cual un examinador evalúa que lasolicitud cumpla con los requisitos formales establecidos en la Ley de laPropiedad Industrial. En caso de existir un requisito por cumplimentar, el IMPI lohará saber por escrito otorgando un plazo de cuatro meses sin prórroga paradarle contestación.

4. Una vez satisfecho el examen de forma, la solicitud es turnada a un nuevoexaminador quien realizará el examen de fondo, verificando que los elementosgráficos, fonéticos e ideológicos de la marca propuesta a registro no invada losderechos de terceros. Asimismo verifica que no caiga en los supuestos denegación de registro de marca señalados por el artículo 90 de le Ley de laPropiedad Industrial.

5. En caso de existir una objeción derivada del examen de fondo, el IMPI lonotificará por escrito al interesado, otorgándole un plazo de cuatro meses sinprórroga para darle contestación.

6. En caso de que el impedimento legal sea desestimado por el interesado, elInstituto concederá el Título de Registro de Marca en su favor, con una vigenciade diez años contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud, siendorenovable por periodos de diez años.

7. En caso de no desestimar el impedimento legal, el Instituto girará la negativa deregistro de marca por escrito al interesado, teniendo éste un plazo de quince díaspara interponer recurso de revisión ante el propio instituto, o bien cuarenta ycinco días para iniciar el juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de JusticiaFiscal y Administrativa.