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PROCESO COMÚN SE DESARROLLA EN TRES ETAPAS: 1.LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.- En el que se deben de reunir los actos de investigación para formular o no ACUSACIÓN. 2.La ETAPA INTERMEDIA.- Que sirve para el control de la acusación. 3.EL JUZGAMIENTO.- Se desarrolla el juicio oral en virtud al principio de contradicción. Se dicta la sentencia.

PROCESO COMÚN

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PROCESO COMÚN. SE DESARROLLA EN TRES ETAPAS: LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.- En el que se deben de reunir los actos de investigación para formular o no ACUSACIÓN. La ETAPA INTERMEDIA.- Que sirve para el control de la acusación. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: PROCESO COMÚN

PROCESO COMÚN

SE DESARROLLA EN TRES ETAPAS:1. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.- En el que

se deben de reunir los actos de investigación para formular o no ACUSACIÓN.

2. La ETAPA INTERMEDIA.- Que sirve para el control de la acusación.

3. EL JUZGAMIENTO.- Se desarrolla el juicio oral en virtud al principio de contradicción. Se dicta la sentencia.

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PROCESOS ESPECIALES

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PROCESO INMEDIATO

- Es requisito necesario para su incoación.- Debe de contar con elementos probatorios

suficientes que pongan de manifiesto la existencia del delito.

- El Código Procesal Penal a la usanza italiana lo ha esbozado de manera tal, que el fiscal deba de contar con un caso que tenga o suficiencia probatoria, o flagrancia, o confesión del imputado.

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PROCESO EN RAZÓN DE LA FUNCIÓN PUBLICA

- El fundamento de su especialidad radica en la condición de las personas que se somete a proceso.

- Los cargos que ocupan dentro del aparato estatal, son de tal importancia para el mantenimiento de la democracia que necesitan un proceso especial para su juzgamiento.

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PROCESO DE SEGURIDAD

- También la especialidad de este proceso penal radica en la calidad personal del procesado y de la consecuencia jurídica a imponerse.

- Un proceso ordinario no podría (en muchos casos) ser el mas viable para poder enjuiciar a una persona que no se puede comportar de acuerdo a derecho o a que posee facultades limitadas.

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PROCESO POR EJERCICIO PRIVADO DE LA ACCIÓN PENAL

- Tiene su justificación en el objeto materia de proceso.

- Se persigue un delito de poca relevancia en términos de alarma social, cuya incoación, depende absolutamente de la pate agraviada; por ello su regulación es similar a la del proceso civil, al ser un proceso que depende, tanto en impulso como en su total desarrollo, de la voluntad de las partes.

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PROCESO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA- Se basa en que para su tramitación esta presente

en todo momento el principio de consenso.- Distinto al de los procesos ordinarios que se

basan en el principio de oficialidad y contradicción.

- Este proceso procura que las partes lleguen a un acuerdo en lo que a la responsabilidad y sancion a imponer en lo que a la imputación del imputado respecta.

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PROCESO POR COLABORACIÓN EFICAZ

- Es el proceso que se ha instaurado para la lucha contra la criminalidad organizada.

- De ahí que su especialidad radica como en la terminación anticipada.

- En el principio del consenso y en ser un instrumento no convencional de lucha contra el crimen organizado.

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PROCESO POR FALTAS

- Tiene su razón de ser en la materia que es objeto de proceso, pues a diferencia del proceso común en el que la materia objeto de dicho proceso lo constituye el delito;

- En el proceso por faltas la materia objeto del proceso esta constituida por contravenciones llamadas, por el Código Penal, “faltas”, las que son infracciones a la norma penal que lesionan bienes jurídicos de menor intensidad o la agresión a ellos es mínima.

- Por tal motivo su regulación en el derecho penal material sustantivo es diferente a la de los delitos; pero en estricto, como lo ha establecido la doctrina, es un proceso ordinario, como el proceso común.