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EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. E.S.P. Código: EPC-SIGC-Pt-73 SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCEDIMIENTO Versión: 0 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO Fecha: 21/12/2016 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

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IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO

Fecha: 21/12/2016

PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y

CONTROL DEL RIESGO

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

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IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO

Fecha: 21/12/2016

Contenido

1. OBJETIVO. .................................................................................................................................................. 3

2. ALCANCE .................................................................................................................................................... 4

3. DEFINICIONES. ........................................................................................................................................... 5

4. METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LA MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO. ........................................................................................................... 10

4.1. RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS. ............................................... 10 4.2. IDENTIFICACIÓN DE CONTROLES EXISTENTES ................................................................................. 11 4.3. EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO. ..................................................................................... 12

4.3.1. NIVEL DE DEFICIENCIA (ND).................................................................................................... 12 4.3.2. NIVEL DE EXPOSICIÓN (NE)..................................................................................................... 13 4.3.3. NIVEL DE PROBABILIDAD (NP). ............................................................................................... 14 4.3.4. INTERPRETACIÓN DE NIVELES DE PROBABILIDAD. ................................................................. 14 4.3.5. DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE CONSECUENCIA (NC). .......................................................... 15 4.3.6. DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO (NR = NP * NC). ...................................................... 16 4.3.7. INTERPRETACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO. ............................................................................... 16 4.3.8. VALORACIÓN DEL RIESGO. ..................................................................................................... 17

4.4. DETERMINACIÓN DE CONTROLES. .................................................................................................. 17

ANEXOS ............................................................................................................................................................ 20

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1. OBJETIVO.

Identificar, valorar, implementar y establecer un procedimiento para la continua Identificación de peligros, originados por el desarrollo de las actividades, que afectan adversamente la salud y la seguridad de las personas que se encuentran bajo el control de Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P., evaluando los riesgos y determinando controles de todas las actividades (rutinarias y no rutinarias), equipos, materiales, instalaciones, servicios, personal con acceso al sitio de trabajo (contratistas y visitantes), comportamientos, aptitudes y otros factores humanos relacionados con la compañía.

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2. ALCANCE

Aplica a las diferentes instalaciones, procesos, servicios y personal (trabajadores, contratistas y visitantes) teniendo en cuenta:

Los peligros reales y potenciales de sus actividades presentes y futuras en condiciones de operación normal y anormal, en actividades rutinarias y no rutinarias.

La naturaleza del proceso y del trabajo.

Tareas Críticas.

Requisitos legales y de otra índole.

Destrezas, conocimientos generales y específicos del personal para el desarrollo eficiente y seguro de las actividades.

.

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3. DEFINICIONES. ACCIDENTE DE TRABAJO: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de Entidades de servicios temporales que se encuentren en misión. (Ley 1562 de 2012, Art. 3.) ACTIVIDAD RUTINARIA: Actividad que forma parte de la operación normal de la organización, se ha planificado y es estandarizable. (Decreto 1072 de 2015) ACTIVIDAD NO RUTINARIA: Actividad que no forma parte de la operación normal de la organización o actividad que la organización ha determinado como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución. (Decreto 1072 de 2015) AUTO-REPORTE DE CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o

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contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo. (Decreto 1072 de 2015) CENTRO DE TRABAJO: Se entiende por Centro de Trabajo a toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada. (Decreto 1072 de 2015) CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición, entre otros: a) las características generales de los locales, instalaciones, máquinas, equipos, herramientas, materias primas, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; b) Los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; c) los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores y; d) la organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos o biomecánicos y psicosociales. (Decreto 1072 de 2015) CONSECUENCIA: Resultado, en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un riesgo, expresado cualitativa o cuantitativamente. (GTC-045, 2012) DESEMPEÑO DE SST. Resultados medibles de la gestión de una organización en relación con sus riesgos. (NTC OHSAS 18001-2007) ENFERMEDAD LABORAL. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales serán reconocidas como

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enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Laborales, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales. Parágrafo 2°. Para tal efecto, El Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, realizará una actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos cada tres (3) años atendiendo a los estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales. (Ley 1562 de 2012, Art. 4) ELEMENTO DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP): Dispositivo que sirve como barrera entre un peligro y alguna parte del cuerpo de una persona. (GTC-045, 2012) EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL: Dispositivo que sirve como medio de protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detención contra caídas. (GTC-045, 2012) EVALUACIÓN HIGIÉNICA: Medición de los peligros ambientales presentes en el lugar de trabajo para determinar la exposición ocupacional y riesgo para la salud, en comparación con los valores fijados por la autoridad competente. (GTC-045, 2012) EVALUACIÓN DEL RIESGO: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción. ((Decreto 1072 de 2015) EXPOSICIÓN: Situación en la cual las personas se exponen a los peligros. (GTC-045, 2012) IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO: Proceso para reconocer si existe un peligro y

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definir sus características. (NTC OHSAS 18001-2007) INCIDENTE: Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido lesión o enfermedad (independiente de su severidad), o víctima mortal.

Nota 1 Un accidente es un incidente que da lugar a lesión, enfermedad o víctima mortal.

Nota 2 Un incidente en el que no hay lesión, enfermedad ni víctima mortal también se puede denominar como “casi-accidente” (situación en la que casi ocurre un accidente”.

Nota 3 Una situación de emergencia es un tipo particular de incidente. (NTC OHSAS 18001-2007)

INCIDENTE DE TRABAJO: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. (Resolución 1401 de 2007). LUGAR DE TRABAJO. Cualquier espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con el trabajo, bajo el control de la organización. Nota. Cuando se considera lo que constituye un lugar de trabajo, la organización debería tener en cuenta los efectos de la S y SO sobre el persona que, por ejemplo, se encuentra de viaje o en tránsito (por ejemplo: va en automóvil, en avión, en barco o en tren, está trabajando en las instalaciones de un cliente, o está trabajando en su propia casa. (NTC OHSAS 18001-2007)

MEDIDA(S) DE CONTROL: Medida(s) implementada(s) con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes. (GTC-045, 2012)

PERSONAL EXPUESTO: Número de personas expuestas directamente a un(os) peligros(s). (GTC-045, 2012)

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PELIGRO: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. (Decreto 1072 de 2015) POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización. (Decreto 1072 de 2015) RIESGO: Combinación de la probabilidad de que ocurran una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por éstos. (Decreto 1072 de 2015) PROBABILIDAD: Grado de posibilidad de que ocurra un evento no deseado y pueda producir consecuencias. (GTC-045, 2012) RIESGO ACEPTABLE: Riesgo que ha sido reducido a un nivel que la organización

puede tolerar con respecto a sus obligaciones legales y su propia política en S

y SO. (NTC OHSAS 18001-2007)

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO – SST: La Seguridad y Salud en el Trabajo - SST es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. (Decreto 1072 de 2015) SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST): El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora, continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. (Decreto 1072 de 2015)

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VALORACIÓN DEL RIESGO: Proceso de evaluar el(los) riesgos que surgen de un(os) peligros(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los controles existentes, y de decidir si el (los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o no. (NTC OHSAS 18001-2007)

VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL TRABAJO O VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LA SALUD EN EL TRABAJO. Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación ejecución y evaluación de los programas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Dicha vigilancia comprende tanto la vigilancia de la salud de los trabajadores como la del medio ambiente de trabajo. Parágrafo 1: En aplicación de lo establecido en el artículo 1ºde la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en el trabajo todo lo que antes de la entrada en vigencia de dicha ley hacía referencia al término salud ocupacional. Parágrafo 2: Conforme al parágrafo anterior a partir de la fecha de publicación del presente decreto se entenderá el Comité Paritario de Salud Ocupacional como Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo y el Vigía en Salud Ocupacional como Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo, quienes tendrán las funciones establecidas en la normatividad vigente. (Decreto 1072 de 2015)

4. METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LA MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y

CONTROL DEL RIESGO. 4.1. RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS. Para la identificación de peligros se tiene como instrumento la Matriz identificación de peligros, evaluación, valoración y control del riesgo que estableció Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P., basada en la GTC-45:2012. En esta identificación participan los colaboradores con quienes se

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recolecta la información acerca de los peligros internos y externos asociados a las actividades que desarrollan, así como, los controles que se establecen y el análisis de los mismos. La Matriz identificación de peligros, evaluación, valoración y control del riesgo, consta de los siguientes campos:

Dependencia.

Cargos.

Zona/lugar.

Tareas.

Actividad (rutinaria – No rutinaria).

Peligro.

Efectos posibles.

Controles existentes.

Evaluación del riesgo.

Aceptabilidad del riesgo.

Criterios para controles.

Medidas de intervención (Eliminación, sustitución, controles de ingeniería, señalización/control administrativo y EPP).

Observaciones. En la identificación se incluyen todos los peligros relacionados con las actividades que se ejecutan. Para lo cual, es importante tener en cuenta las siguientes preguntas: ¿Existe una situación que pueda generar daño?, ¿Quién o qué puede sufrir daño?, ¿Cómo puede ocurrir el daño?, ¿Cuándo puede ocurrir el daño?. En la tabla de peligros (GTC-45, 2012) - ANEXO Nº 1, se identifican los posibles peligros, con su clasificación y descripción; así como, la descripción de los niveles de daño, como referencia de los efectos posibles que pueden generar.

4.2. IDENTIFICACIÓN DE CONTROLES EXISTENTES

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Se relacionan todos los controles implementados por la empresa en la fuente medio e individuo y los administrativos como inspecciones, ajustes a procedimientos, horarios de trabajo, proceso de capacitación, etc.

4.3. EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO.

La evaluación de los riesgos corresponde al proceso de determinar la probabilidad de que ocurran eventos específicos y la magnitud de sus consecuencias, mediante el uso sistemático de la información disponible, para ello se tienen en cuenta las actividades rutinarias, no rutinarias y las personas que tienen acceso al sito de trabajo (contratistas y visitantes). Para evaluar el nivel de riesgo (NR), se deberá determinar lo siguiente:

NR= NP x NC

Dónde: NP= Nivel de Probabilidad

NC= Nivel de Consecuencia A su vez, para determinar el NP se requiere:

NP= ND X NE Dónde:

ND= Nivel de Deficiencia NE= Nivel de Exposición

4.3.1. NIVEL DE DEFICIENCIA (ND).

Nivel de deficiencia Valor de

ND Significado

Muy Alto (MA) 10

Se ha (n) detectado peligro (s) que determina(n) como posible la generación de incidentes o consecuencias muy significativas, o la eficacia del conjunto de

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medidas preventivas existentes respecto al riesgo es nula o no existe, o ambas.

Alto (A) 6

Se ha (n) detectada algún (os) peligro (s) que pueden dar lugar a consecuencias significativa (s), o la eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes es baja, o ambas.

Medio (M) 2

Se han detectado peligros que pueden dar lugar a consecuencias poco significativas o de menor importancia, o la eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes es moderada, o ambas.

Bajo (B) No se asigna valor

No se ha detectado consecuencia alguna, o la eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes es alta, o ambas. El riesgo está controlado.

4.3.2. NIVEL DE EXPOSICIÓN (NE).

Nivel de exposición Valor de

NE Significado

Continua (EC) 4 La situación de exposición se presenta sin interrupción o varias veces con tiempo prolongado durante la jornada laboral.

Frecuente (EF) 3 La situación de exposición se presenta varias veces durante la jornada laboral por tiempos cortos.

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Ocasional (EO) 2 La situación de exposición se presenta alguna vez durante la jornada laboral y por un período de tiempo corto.

Esporádica (EE) 1 La situación de exposición se presenta de manera eventual.

4.3.3. NIVEL DE PROBABILIDAD (NP).

Nivel de probabilidad (NP) Nivel de exposición (NE)

4 3 2 1

Nivel de deficiencia (ND)

10 MA-40 MA-30 A-20 A-10

6 MA-24 A-18 A-12 M-6

2 M-8 M-6 B-4 B-2

4.3.4. INTERPRETACIÓN DE NIVELES DE PROBABILIDAD.

Nivel de probabilidad

Valor de NP Significado

Muy Alto (MA) Entre 40 y 24

Situación deficiente con exposición continua o muy deficiente con exposición frecuente. Normalmente la materialización del riesgo ocurre con frecuencia

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Alto (A) Entre 20 y 10

Situación deficiente con exposición frecuente u ocasional, o bien situación muy deficiente con exposición ocasional o esporádica. La materialización del riesgo es posible que suceda varias veces en la vida laboral.

Medio (M) Entre 8 y 6

Situación deficiente con exposición esporádica o bien situación mejorada con exposición continuada o frecuente. Es posible que suceda el daño alguna vez.

Bajo (B) Entre 4 y 2

Situación mejorable con exposición ocasional o esporádica, o situación sin anomalía destacable con cualquier nivel de exposición. No es esperable que se materialice el riesgo, aunque puede ser concebible.

4.3.5. DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE CONSECUENCIA (NC).

Nivel de consecuencias

Valor NC Significado

Daños personales

Mortal o catastrófico (M)

100 Muerte (s)

Muy grave (MG) 60 Lesiones o enfermedades graves irreparables (incapacidad permanente parcial o invalidez)

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Grave (G) 25 Lesiones o enfermedades con incapacidad laboral temporal (ILT)

Leve (L) 10 Lesiones o enfermedades que no requieren incapacidad

4.3.6. DETERMINACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO (NR = NP * NC).

Nivel de riesgo NR = NP x NC

Nivel de probabilidad (NP) 40-24 20-10 8-6 4-2

Nivel de consecuencias

(NC)

100 I 4 000-2 400

I 2 000-1 200

I 800-600

II 400-200

60 I 2 400-1 440

I 1 200-600

II 480 - 360

II 240

III 120

25 I 1 000-600

II 500 -250

II 200 -150

III 100 -50

10 II 400-240

II 200 III

80-60

III 40

III 100

IV 20

4.3.7. INTERPRETACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO.

Nivel de riesgo Valor de NR Significado

I 400 - 600 Situación crítica. Suspender actividades hasta que el riesgo esté bajo control. Intervención urgente

II 500 - 150 Corregir y adoptar medidas de control de inmediato. Sin embargo, suspenda actividades si el nivel de riesgo está por encima o igual de 360

III 120 - 40 Mejorar si es posible. Sería conveniente justificar la intervención y su rentabilidad.

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IV 20

Mantener las medidas de control existentes, pero se deberían considerar soluciones o mejoras y se deben hacer comprobaciones periódicas para asegurar que el riesgo aún es aceptable.

4.3.8. VALORACIÓN DEL RIESGO.

Aceptabilidad Nivel de riesgo Significado

I No aceptable

II No aceptable o aceptable con control específico

III Aceptable IV Aceptable

4.4. DETERMINACIÓN DE CONTROLES.

A partir de los controles existentes identificados en la Matriz de identificación de peligros, evaluación, valoración y control del riesgo, se establecen las medidas de prevención, control y/o seguimiento recomendadas para minimizar los riesgos, tanto en la fuente generadora (eliminación, sustitución, controles de ingeniería como en el medio (barreras, guardas, advertencias, señalizaciones, procedimientos, instructivos y/o estándares) y en los trabajadores (EPP), se programan de acuerdo a la clasificación del riesgo, la implementación de las acciones de intervención, adicionalmente para la determinación de controles siempre se usa la siguiente jerarquía para disminuir el riesgo: eliminación, sustitución, controles de ingeniería, señalización/controles administrativos y EPP. Jerarquía de controles recomendados: - Eliminación: modificar un diseño para eliminar el peligro, por ejemplo,

introducir dispositivos mecánicos de alzamiento para eliminar el peligro de manipulación manual.

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- Sustitución: sustituir por un material menos peligroso o reducir la energía

del sistema (por ejemplo, reducir la fuerza, el amperaje, la presión, la temperatura, etc.).

- Controles de ingeniería: instalar sistemas de ventilación, protección para

las máquinas, enclavamiento, cerramientos acústicos, etc. - Señalización/controles administrativos: instalación de alarmas,

procedimientos de seguridad, inspecciones de los equipos, controles de acceso, capacitación del personal, instructivos y estándares, entre otros.

- Equipos/elementos de protección personal: gafas de seguridad, protección auditiva, máscaras faciales, sistemas de detención de caídas, respiradores y guantes.

4.5. ACTUALIZACIÓN La actualización de la Matriz de identificación de peligros, evaluación, valoración y control del riesgo se desarrollara mínimo una vez al año. Independientemente de la periodicidad establecida, la actualización de la Matriz de identificación de peligros, evaluación, valoración y control del riesgo se realizara cuando se presenta alguna de las siguientes circunstancias u otras por alguna razón justificada.

Cambios en los requisitos legales y de otra índole.

Cambio en las condiciones de trabajo.

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Introducción de nuevas tecnologías, equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos.

Solicitudes de los trabajadores.

Resultados negativos en las inspecciones de seguridad.

Cuando un proceso sufra modificaciones.

Cuando se presenten daños o anomalías en la salud de los trabajadores.

Cuando se presente una enfermedad laboral.

Cuando ocurran incidentes o accidentes

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ANEXOS ANEXO Nº 1 TABLA DE PELIGROS (GTC- 45, 2012)

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ANEXO Nº 2. TABLA DE PELIGROS (GTC-45, 2012).

Biológico Físico Químico Psicosocial Biomecánico De Seguridad

Rendimientos

Naturales *

Virus Ruido (impacto intermitente y continuo)

Polvos orgánicos, inorgánicos

Gestión organizacional (estilo de mando, pago, contratación, participación, inducción y capacitación, bienestar social, evaluación del desempeño, manejo de cambios)

Postura (prolongada mantenida, forzada, antigravitacionales

Mecánico (elementos de máquinas, herramientas, piezas a trabajar, materiales proyectados sólidos o fluidos

Sismo

Bacterias Iluminación (luz visible por exceso o deficiencia)

Fibras Características de la organización del trabajo (comunicación, tecnología, organización del trabajo, demandas cualitativas y cuantitativas de la labor

Esfuerzo Eléctrico (alta y baja tensión, estática)

Terremoto

Hongos Vibración (cuerpo entero,

Líquidos (nieblas y rocíos)

Características del grupo social del

Movimiento repetitivo

Locativo (sistemas y medios de

Vendaval

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segmentaria)

trabajo (relaciones, cohesión, calidad de interacciones, trabajo en equipo)

almacenamiento, superficies de trabajo (irregularidades, deslizantes, con diferencia del nivel) condiciones de orden y aseo, (caídas de objeto)

Ricketsias Temperaturas externas (calor y frío)

Gases y vapores

Características de la tarea (carga mental, contenido de la tarea, demandas emocionales, sistemas de control, definición de roles, monotonía, etc).

Manipulación manual de cargas

Tecnológico (explosión, fuga, derrame, incendio)

Inundación

Parásitos Presión atmosférica (normal y ajustada)

Humos metálicos, no metálicos

Interface persona tarea (conocimientos, habilidades con relación a la demanda de la tarea, iniciativa, autonomía y reconocimiento,

Accidentes de tránsito

Derrumbe

EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. E.S.P. Código: EPC-SIGC-Pt-73 SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

PROCEDIMIENTO Versión: 0

IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO

Fecha: 21/12/2016

identificación de la persona con la tarea y la organización.

Picaduras Radiaciones ionizantes (rayos x, gama, beta y alfa)

Jornada de trabajo, (pausas, trabajo nocturno, rotación, horas extras, descansos)

Público (Robos, atracos, asaltos, atentados, de orden público, etc)

Precipitaciones, (lluvias, granizadas, heladas)

Mordeduras

Radiaciones no ionizantes (láser, ultravioleta infrarroja)

Trabajo en Alturas

Fluidos o excrementos

Disconfort Térmico

Trabajo en Espacios Confinados

* Tener en cuenta únicamente los peligros de fenómenos naturales que afectan la seguridad y bienestar de las personas en el desarrollo de una actividad. En el plan de emergencias de cada ENTIDAD, se consideraran todos los fenómenos naturales que pudieran afectarla.

EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. E.S.P. Código: EPC-SIGC-Pt-73 SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

PROCEDIMIENTO Versión: 0

IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO

Fecha: 21/12/2016

Elaboró:

Nombre: José Raúl Pedraza Jiménez Cargo: Profesional Dirección Gestión Humana y Administrativa

Revisó:

Nombre: Marisol Alvarado Castillo Cargo: Directora de Gestión Humana y Administrativa

Aprobó:

Nombre:

Manuel Adul Sandoval Villamizar

Cargo:

Director de Planeación