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Procuraduría General de la República
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1
EL MINISTERIO PÚBLICO
PERFIL DE LAS DIFERENTES PROCURADURIAS
Jody Granados
Octubre 2009
Marco teórico: el surgimiento y la institucionalización del Ministerio Público
La Procuraduría surgió con el establecimiento de la República y la Constitución
de 1844. En efecto, su artículo 131 se refiere al cargo de Agente del Ministerio
Público como parte de la Suprema Corte de Justicia. Es nombrado por el Poder
Ejecutivo así que desde el inicio, la Procuraduría depende de este Poder.
Las funciones de este Agente del Poder Ejecutivo, también llamado Procurador
Fiscal, fueron precisadas por una ley de 18451. Otras bases legales ampliaron
las misiones de la Procuraduría2. Desde el año 1857, el Ministro Fiscal juega el
papel de nexo entre la Suprema Corte de Justicia y el Ministro de Justicia.
Dicho de otro modo, el Procurador General de la
República es el representante del Ministerio Público ante la Suprema Corte de
Justicia.
Además de esta función, la Constitución revisada en 1927 añade que el Procurador
General de la República es no sólo el Jefe del Ministerio Público sino también
el Jefe de la Policía Judicial.
Desde el año 1931 (con la Ley No. 79) hasta el año 1964 (con la Ley No. 485, del 10 de
noviembre de 1964), hubo varias transferencias de atribuciones entre la
Procuraduría General de la República y la Secretaría de Estado de Justicia.
Finalmente, a partir 1964, el Procurador General además de las funciones que le
confieren la Constitución y las leyes, tiene definitivamente a su cargo todos
los asuntos que estaban atribuidos al Secretaría de Estado de Justicia (lo cual
es suprimida), o sea servicios administrativos relacionados con el ramo
Judicial.
1 Ley No. 41 del 11 de Junio de 1845, Orgánica para los Tribunales de la República
2 Reglamento No. 247 del 9 de Junio de 1851 para el Régimen Interior de la Suprema Corte de Justicia y la Ley No. 387 del 19 de
Mayo de 1855 sobre Organización Judicial
2
1/ La Procuraduría General de la República
Informaciones generales:
Sitio web: www.procuraduria.gov.do
Dirección: Calle Juan de Dios Ventura Simó esquina Enrique Jiménez Moya,
Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo.
Santo Domingo, D.N.,
Apartado Postal 1485.
Tel: (809) 533-3522
Fax: (809) 533-4098
A. Composición, Dependencias Según el Estatuto del Ministerio Público3, la Procuraduría General de la
República cuenta con varias unidades administrativas, las cuales son: la
Secretaría General, el Departamento de Recursos Humanos, el Departamento
Administrativo y Financiero, el Departamento de Contabilidad, el Departamento
de Informática, el Departamento de Relaciones Públicas, el Departamento de
Estadística y Planificación, el Departamento de Multas, el Departamento de
Capacitación, Evaluación, Control y Desarrollo de la Gestión, el Departamento
de Archivo y Correspondencia, el Departamento de Legalizaciones y el
Departamento de Edificaciones y Mantenimiento.
Otros órganos están también bajo la dependencia de la Procuraduría General de
la República tales como la Dirección General de Prisiones, el Departamento de
Prevención contra la Corrupción Administrativa, la Escuela Nacional del
Ministerio Público -la cual tendrá a su cargo la capacitación de los miembros
del Ministerio Público en servicio y la formación de los aspirantes a ingresar
a la carrera-, la Dirección Nacional del Ministerio Público y la Unidad de
Familia y de Menores.
Cada una de esas dependencias tiene una sección en el sitio web de la
Procuraduría General de la República. Igualmente, se puede encontrar un
organigrama representando la organización de la Procuraduría General de la
República.
http://www.procuraduria.gov.do/PGR.NET/Nosotros/Organigrama.aspx
B. Competencia En su sitio web, la Procuraduría General define su misión como el ejercicio de
la “acción penal pública, la investigación de los hechos punibles, la
3 ley 78-03 de 2003 del Estatuto del Ministerio Público. Título XI Cap. I “Unidades Administrativas” artículo 48
3
representación y defensa del interés público y social, así como la vigilancia y
cumplimiento de las normas del debido proceso legal”. Asimismo tiene que
garantizar la protección de las víctimas y los testigos y respetar los derechos
humanos. Eso pone énfasis en su función de Jefe del Ministerio Público. Es
función principal de tal manera que frecuentemente se confunda los términos de
“Ministerio Público” y de “Procuraduría General”. Incluso la página web de la
Procuraduría se titula “MINISTERIO PUBLICO. PROCURADURIA GENERAL DE LA
REPUBLICA”4.
Así que es necesario ahora hacer la diferencia entre la institución del
Ministerio Público en general y la Procuraduría General de la República. Por
una parte, si el Procurador General de la República es el representante del
Ministerio Público ante la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público no
se limita a este Agente. Tiene otros miembros a diferentes niveles de
jurisdicción al igual que tiene otros órganos. Por otra parte, si la función de
Ministerio Público es la función principal de la Procuraduría General de la
República, no es la única. En efecto tiene otras competencias tratadas
brevemente en la primera parte sobre el Marco teórico como por ejemplo las
funciones de Secretaría de Estado de Justicia (servicios administrativos) y de
Administración Penitenciaria.
C. El Procurador General de la República
a. Sus atribuciones
Es el funcionario quien encabeza la Procuraduría General de la República. Su
asiento está en Santo Domingo. El Estatuto Del Ministerio Público precisa sus
atribuciones en el artículo 47 del Título X.
El Procurador General de la República tiene competencia nacional. Además de
las atribuciones administrativas de la Secretaría de Estado de Justicia que le
fueron transferidas por la ley No 485 del 10 de noviembre de 1964, tiene las
siguientes atribuciones5.
Primero, como máxima autoridad de la Procuraduría General de la República, El
Procurador General de la República designa los empleados administrativos de la
institución, sus dependencias y los directores de los Departamentos y
Direcciones Generales que dependan de ella.
Después, como Jefe del Ministerio Público representándole ante la Suprema Corte
de Justicia, dirige el conjunto de esa institución. O sea, tiene la
supervigilancia de los demás funcionarios del Ministerio Público y de la
4 http://www.procuraduria.gov.do/PGR.NET/Index.aspx
5 Sólo citamos las más importantes
4
Policía Judicial. Más precisamente, gestiona el presupuesto, dicta el
reglamento interno, ayuda a fijar los criterios operativos para reclutar y
evaluar el personal de la institución, puede suspender en funciones a cualquier
miembro del Ministerio Público...
Además, preside varios órganos, o sea el Consejo General de Procuradores, el
Consejo Superior Disciplinario y el Consejo Directivo de la Escuela Nacional
del Ministerio Público.
Igualmente, ayuda al Poder Ejecutivo para dirigir la política del Estado contra
la criminalidad. Define y ejecuta la política penitenciaria del Estado a través
de la Dirección General de Prisiones.
El Procurador General de la República tiene mucho poder pero debe ejercer todas
sus funciones rindiendo cuenta al Poder Ejecutivo.
b. El actual Procurador General de la República: el Magistrado Radhamés Jiménez Peña
Este dominicano de 48 años de edad, tiene dos facetas: el hombre de carrera
jurídica y el hombre de carrera política.
Por una parte, es un abogado de carrera. En el año 1985 se gradúa de Doctor en
Derecho, en la Universidad Autónoma de Santo Domingo. De 1986 hasta 1995 se
mantiene en la Oficina de Abogados del Dr. Abel Rodriguez del Orbe. En 1995,
funda la oficina Fernandez y Asociados con el Dr. Leonel Fernández Reyna y la
Dra. Margarita Cedeño de Fernández. Siempre ha sido activo participando a
varios foros nacionales e internacionales y publicando libros, ensayos y
artículos de periódicos sobre diversos tópicos en el ámbito jurídico.
Por otra parte, es un político. En el año 1981 se volvió miembro del Partido de
la Liberación Dominicana. El año 1998 fue el punto culminante de su ascensión
en el seno del partido ya que fue elegido al Comité Central, máximo organismo
de dirección del partido. El año siguiente entró en el primer gobierno del
Presidente Dr. Leonel Fernández Reyna como Director General Aeroportuario.
Sus carreras jurídica y política se reunieron cuando fue elegido Secretario de
Asuntos Jurídico del partido en el año 2000. Ejercerá este cargo hasta el año
2010. También es Delegado político alterno ante la Junta central Electoral
aunque en cuanto a sus funciones políticas se encuentra de licencia para
cumplir con el cargo de Procurador General.
Finalmente, desde el año 2006, ocupa un cargo relevante en el sector público.
En efecto este hombre, miembro del PLD y que ha colaborado muchas veces con el
Presidente Dr. Leonel Fernández Reyna, fue designado por ese último Procurador
General de la República Dominicana. Su acción es reconocida como exitosa ya que
ha contribuido a institucionalizar y modernizar el Ministerio Público y el
Sistema Penitenciario Nacional.