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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de mayo de 2010 419481 Aprueban Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2010-MEM/DM Lima, 21 de mayo 2010 CONSIDERANDO: Que, los numerales 5 y 17 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú consagran respectivamente el derecho de acceso a la información pública y el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política económica, social y cultural de la Nación; Que, el artículo 46º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona natural o jurídica, en forma individual o colectiva, puede presentar opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes, en los procesos de toma de decisiones de la gestión ambiental y en las políticas y acciones que incidan sobre ella, así como en su posterior ejecución, seguimiento y control. El derecho a la participación ciudadana se ejerce en forma responsable; Que, el numeral 1 del artículo 48º de la Ley General del Ambiente señala que las autoridades públicas establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental, promueven su desarrollo y uso por las personas naturales o jurídicas relacionadas, interesadas o involucradas con un proceso particular de toma de decisiones en materia ambiental o en su ejecución, seguimiento y control. Asimismo promueven, de acuerdo a sus posibilidades, la generación de capacidades en las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del ambiente y los recursos naturales; y, alientan su participación en la gestión ambiental; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2009- MINAM, se aprobó el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, el mismo que tiene por finalidad establecer las disposiciones sobre acceso a la información pública con contenido ambiental, para facilitar el acceso ciudadano a la misma. Asimismo, regular los mecanismos y procesos de participación y consulta ciudadana en los temas de contenido ambiental; Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM establece que la norma será de aplicación a todos los órganos que forman parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental o desempeñan funciones ambientales en todos los niveles de gobiernos, siempre que no tengan normas vigentes sobre las materias reguladas en el citado reglamento; Que, en ese sentido, resulta necesario desarrollar lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, con el objeto de definir lineamientos para la realización de la consulta y la efectiva participación ciudadana relacionada con los aspectos propios de las actividades eléctricas, fortaleciendo la participación de la población involucrada en el área de influencia de los proyectos eléctricos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas, los que constan de cuatro (4) Títulos, tres (3) Capítulos, cuatro (4) Sub Capítulos y cincuenta (50) artículos, que como documento adjunto forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 497540-1 PRODUCE Modifican la R.J. 26-2010- FONDEPES/J, sobre delegación de facultades al Secretario General y al Jefe de la Oficina General de Administración FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 076-2010-FONDEPES/J Lima, 19 de Mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 010-92-PE publicado el 06 de junio de 1992, se creó el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero como organismo descentralizado del Ministerio de Pesquería y mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-PRODUCE publicado el 04 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del mismo. Que, mediante Resolución Jefatural N° 26-2010- FONDEPES/J del 19 de marzo de 2010, la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero delegó al Secretario General y Jefe de la Oficina General de Administración, facultades en materia de contratación pública, entre otras; conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF; Que, asimismo, el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1017 – Ley de Contrataciones del Estado concordante con el artículo 5° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, determina que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha ley le otorga, excepto en la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que establezca el Reglamento; Que, es propósito del Titular del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, promover y apoyar la agilización y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión en materia de contrataciones, por lo que resulta conveniente modificar lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º de la Resolución Jefatural Nº 26-2010- FONDEPES/J, referidas a la aprobación de los procesos de selección correspondiente a las Adjudicaciones de Menor Cuantía; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y el Reglamento de Organización y Funciones de FONDEPES, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-PRODUCE; Con la opinión favorable del Secretario General y de los Jefes de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, conforme a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar los artículos 2º y 3º de la Resolución Jefatural Nº 26-2010-FONDEPES/J, en los términos siguientes: “Artículo 2º.- Delegar al Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, durante el Ejercicio Fiscal 2010, la facultad de aprobar los expedientes de contratación y las bases de los procesos

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, miércoles 26 de mayo de 2010 419481

Aprueban Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 223-2010-MEM/DM

Lima, 21 de mayo 2010

CONSIDERANDO:

Que, los numerales 5 y 17 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú consagran respectivamente el derecho de acceso a la información pública y el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política económica, social y cultural de la Nación;

Que, el artículo 46º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona natural o jurídica, en forma individual o colectiva, puede presentar opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes, en los procesos de toma de decisiones de la gestión ambiental y en las políticas y acciones que incidan sobre ella, así como en su posterior ejecución, seguimiento y control. El derecho a la participación ciudadana se ejerce en forma responsable;

Que, el numeral 1 del artículo 48º de la Ley General del Ambiente señala que las autoridades públicas establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental, promueven su desarrollo y uso por las personas naturales o jurídicas relacionadas, interesadas o involucradas con un proceso particular de toma de decisiones en materia ambiental o en su ejecución, seguimiento y control. Asimismo promueven, de acuerdo a sus posibilidades, la generación de capacidades en las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del ambiente y los recursos naturales; y, alientan su participación en la gestión ambiental;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, se aprobó el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, el mismo que tiene por finalidad establecer las disposiciones sobre acceso a la información pública con contenido ambiental, para facilitar el acceso ciudadano a la misma. Asimismo, regular los mecanismos y procesos de participación y consulta ciudadana en los temas de contenido ambiental;

Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM establece que la norma será de aplicación a todos los órganos que forman parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental o desempeñan funciones ambientales en todos los niveles de gobiernos, siempre que no tengan normas vigentes sobre las materias reguladas en el citado reglamento;

Que, en ese sentido, resulta necesario desarrollar lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, con el objeto de definir lineamientos para la realización de la consulta y la efectiva participación ciudadana relacionada con los aspectos propios de las actividades eléctricas, fortaleciendo la participación de la población involucrada en el área de influencia de los proyectos eléctricos;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas, los que constan de cuatro (4) Títulos, tres (3) Capítulos, cuatro (4) Sub Capítulos y cincuenta (50) artículos, que como documento adjunto forma parte de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

497540-1

PRODUCE

Modifican la R.J. N° 26-2010-FONDEPES/J, sobre delegación de facultades al Secretario General y al Jefe de la Oficina General de Administración

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES

RESOLUCIÓN JEFATURALN° 076-2010-FONDEPES/J

Lima, 19 de Mayo de 2010

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 010-92-PE publicado el 06 de junio de 1992, se creó el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero como organismo descentralizado del Ministerio de Pesquería y mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-PRODUCE publicado el 04 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del mismo.

Que, mediante Resolución Jefatural N° 26-2010-FONDEPES/J del 19 de marzo de 2010, la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero delegó al Secretario General y Jefe de la Oficina General de Administración, facultades en materia de contratación pública, entre otras; conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF;

Que, asimismo, el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1017 – Ley de Contrataciones del Estado concordante con el artículo 5° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, determina que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha ley le otorga, excepto en la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que establezca el Reglamento;

Que, es propósito del Titular del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, promover y apoyar la agilización y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión en materia de contrataciones, por lo que resulta conveniente modificar lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º de la Resolución Jefatural Nº 26-2010-FONDEPES/J, referidas a la aprobación de los procesos de selección correspondiente a las Adjudicaciones de Menor Cuantía;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y el Reglamento de Organización y Funciones de FONDEPES, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-PRODUCE;

Con la opinión favorable del Secretario General y de los Jefes de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, conforme a sus respectivas competencias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar los artículos 2º y 3º de la Resolución Jefatural Nº 26-2010-FONDEPES/J, en los términos siguientes:

“Artículo 2º.- Delegar al Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, durante el Ejercicio Fiscal 2010, la facultad de aprobar los expedientes de contratación y las bases de los procesos

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Cuadro de texto
(Estos Lineamientos no han sido publicados en el Diario Oficial “El Peruano”, a solicitud del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, han sido enviados por el Ministerio de Energía y Minas, mediante Oficio Nº 664-2016-MEM/SEG, de fecha 18 de mayo de 2016.)
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