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[PRODUCTO INTEGRADOR – SEGUNDA PARCIAL.] 2012 Anahí Aceves. Sussete Camacho Laura Godínez Alan López

Producto integrador – segunda parcial. · Web viewLos antecedentes del derecho económico en España surgen con la promulgación de la Constitución de Cádiz. Además de que represente

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[Producto integrador – segunda parcial.]

2012 Anahí Aceves. Sussete Camacho Laura Godínez Alan López

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Introducción.

La adecuación de la economía al derecho permitió que se diera el surgimiento de un nuevo

estudio como tal, el derecho económico, este estudio da cabida al análisis sustancioso de temas

que parecen ser de distintos campos pero que al final de su estudio muestran un grado de

correlación. En esta parcial, se dio a la tarea de ahondar un poco más en estos estudios y sobre

todo aplicarlos en algunas ocasiones a situaciones cotidianas basado en conocimiento empírico.

Partiendo del análisis de los antecedentes del derecho económico hasta el análisis económico del

derecho, una serie de temáticas fueron abordadas y permitieron desarrollar un criterio más

amplio de estas, dando lugar a la discusión pero sobre todo al enriquecimiento didacta mediante

la práctica de cada estudiante.

Como sabemos, España es un país con gran historia, misma que permite la ilación de hechos con

los cuales se pueden llegar a conclusiones determinantes sobre cada concepto y los hechos

cotidianos de una nación. La observación y el análisis fueron determinantes pues sin ellos no es

posible llegar a los resultados necesarios buscando aplicar los temas a la que algunos llama la

madre patria.

Dicho lo anterior, la búsqueda de la explicación de hechos económicos basados en el derecho y

viceversa ha llevado a que se creen diversos esquemas que, mediante ellos se explique de manera

más explícita lo que cada idea busca transmitir, y es que, las temáticas abordadas por más

antiguas que tengan su comienzo son de vital relevancia aun en estos tiempos.

La defensa de los derechos políticos y su aplicación, los derechos culturales y sociales entre otros,

son algunos de los temas que a continuación se desglosaran en este trabajo.

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Desarrollo

Estado fallido

El término estado fallido es empleado para describir un Estado soberano que, se considera, ha

fallado en la garantía de servicios básicos. El Fund for Peace propone los siguientes parámetros:

Pérdida de control físico del territorio, o del monopolio en el uso legítimo de la fuerza.

Erosión de la autoridad legítima en la toma de decisiones.

Incapacidad para suministrar servicios básicos.

Incapacidad para interactuar con otros Estados, como miembro pleno de la comunidad

internacional.

Por lo general, un Estado fallido se caracteriza por un fracaso social, político y económico,

caracterizándose por tener un gobierno tan débil o ineficaz, que tiene poco control sobre vastas

regiones de su territorio, no provee ni puede proveer servicios básicos, presenta altos niveles

de corrupción y de criminalidad, refugiados y desplazados, así como una marcada degradación

económica. Sin embargo, el grado de control gubernamental que se necesita, para que un Estado

no se considere como fallido, presenta fuertes variaciones. Más notable aun, el concepto mismo

de Estado fallido es controvertido, sobre todo cuando se emplea mediante un argumento de

autoridad, y puede tener notables repercusiones geopolíticas. (Fondo para la Paz, 2012)

Según el índice de estados fallidos publicado por el fondo para la paz, para clasificar a los países

como estados fallidos toma en cuenta doce factores determinantes como la presión demográfica

creciente, movimientos masivos de refugiados y desplazados internos; descontento grupal y

búsqueda de venganza, huida crónica y constante de población; desarrollo desigual entre grupos;

crisis económica aguda o grave; criminalización y deslegitimación del Estado; deterioro progresivo

de los servicios públicos; violación extendida de los Derechos Humanos; aparato de seguridad que

supone un ‘Estado dentro del Estado’; ascenso de elites faccionalizadas e intervención de otros

Estados o factores externos. (Fondo para la Paz, 2012)

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Índice de gobernabilidad.

Rendición de cuentas sobre los derechos económicos, sociales y culturales

de España.

Informe Conjunto al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Este informe ofrece

información complementaria al informe presentado por el Estado español en junio de 2009 y

destaca áreas de preocupación que revelan el incumplimiento del Estado español respecto a sus

obligaciones en el marco del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

(PIDESC). Pone énfasis en temas que o no han sido abordados o bien han sido abordados de

forma insuficiente en el 5º Informe Estatal de España.

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En España, las competencias en las áreas relativas a los derechos económicos, sociales y culturales

(DESC), especialmente en educación y en salud, se encuentran sumamente descentralizadas desde

el Estado central a las 17 comunidades autónomas—reconocidas en la Constitución Española—que

son garantes fundamentales del cumplimiento de estos derechos en España. Sin embargo, el

Estado tiene la obligación de respetar, proteger y realizar los derechos humanos en el nivel local,

autonómico y nacional, sin discriminación.

Los derechos económicos, sociales y culturales se encuentran consagrados en la Constitución

Española, pero son considerados como meros principios rectores de la política social y económica

que han de informar la legislación positiva y la práctica judicial, y no como derechos

fundamentales con el mismo rango que los civiles y políticos.

La crisis económica ha sido el factor determinante que no sólo ha afectado de forma negativa el

disfrute de los DESC en España, sino que también ha determinado las políticas impulsadas por las

sucesivas administraciones a la hora de afrontarla. Durante los últimos dos años (2010- 2011), la

anterior administración implementó una serie de medidas de austeridad que no lograron

estimular la economía ni tampoco paliar las consecuencias negativas de la crisis sobre los derechos

económicos, sociales y culturales, tal y como muestran diversos indicadores sociales. En agosto de

2011, el Congreso aprobó una reforma que modifica el artículo 135 de la Constitución y que

entrará en vigor en 2020. Esta modificación establece que todas las administraciones públicas

deben adecuar sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaría, no pudiendo incurrir en

un déficit estructural que supere los límites establecidos por la Unión Europea.6 No obstante, la

acelerada naturaleza de estas políticas pone en cuestión no sólo hasta qué punto las medidas de

austeridad han sido adoptadas de forma participativa y transparente, sino también si las

evaluaciones del impacto de estas medidas en los derechos humanos a corto y largo plazo han

sido realizadas con el debido cuidado, asegurándose antes de tomar decisiones de que la situación

de los colectivos más vulnerables no empeoraría como consecuencia de estas medidas. En este

contexto, la creciente frustración social ha desembocado en una serie de movilizaciones sociales,

especialmente en las personas jóvenes, con reivindicaciones relacionadas con los derechos

económicos, sociales y culturales. (Informe DESC, 2012)

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Derechos económicos.

El Derecho Económico es el conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas que dan lugar

la producción, circulación, distribución y consumo de las riquezas, regulándolas desde el punto de

vista jurídico. Mientras la economía política lo hace desde la óptica económica. (Zuñiga, 2000)

De esta manera es como se desprenden, los derechos económicos, los cuales, brotan de la misma

naturaleza humana y son necesarios para salvaguardar la libertad y la dignidad del hombre. Los

principales derechos económicos son los siguientes: derecho al trabajo, derecho a la elección de

profesión, derecho a la vivienda, derecho a la propiedad privada. De acuerdo a esto podemos

comprobar que en la constitución de España si vienen señaladas los derechos económicos de sus

ciudadanos, por ejemplo en el artículo 33 se reconoce el derecho a la propiedad privada, en el Art.

35 se señala que todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho a trabajar y de elegir

la profesión que les plazca.

Derechos sociales.

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Los derechos sociales son los que se garantizan universalmente, es decir, a todos los ciudadanos

por el hecho de serlo, el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida digna.

Estos mismos, son los que humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en el que se

desarrollan. Son garantías de la igualdad y la libertad reales (Carbonell, 2008). Entre los más

destacados se encuentran: derecho a la asistencia social, ala ciencia y la cultura, a la protección de

la salud, a la vivienda, derecho de acceso a la educación, de asociación, etc.

De esta manera, podemos decir que en España si se garantizan estos derechos, ya que en art. 43

se señala el derecho a la salud y en el 43 el derecho a la educación, cabe mencionar que en este

país la educación obligatoria es hasta la secundaria, mientras que en países como Costa Rica es

hasta la preparatoria. Sin embargo la deserción escolar prematura en España ha ido en

aumentado, lo que se traduce, en que las políticas educativas no han sido ten eficientes.

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Derechos políticos.

Los derechos políticos son los derechos que tienen los ciudadanos de participar en la integración y

ejercicio de los poderes públicos y, en general, en las decisiones de su comunidad. Comprenden

todos los derechos inherentes e inseparables a la calidad de ciudadano en una sociedad

democrática, que se ejercen frente al gobierno y en el ámbito del Estado, y de los que se

benefician los individuos por pertenecer a una sociedad. Entre los principales derechos políticos se

encuentran: el derecho al voto y a ser electo, a acceder a todos los cargos públicos, a dirigir

peticiones a los poderes públicos, a reunirse y asociarse, a formar un partido político, entre otros

(IFE, 2012).

Para medir la eficacia de dichos derechos en los países, existen varios indicadores, el más

destacado es el Índice de democracia, el cual es emitido por diferentes instituciones, como el

Índice de democratización de Latino américa el índice de democracia emitido por The Economist;

este último contempla variables como el proceso electoral, el pluralismo, los derechos civiles, etc.

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Derechos económicos, sociales- culturales y políticos de España.

Antecedentes de derecho económico.

Los antecedentes del derecho económico en España surgen con la promulgación de la

Constitución de Cádiz. Además de que represente un gran cambio para la sociedad, puesto que le

dio más participación en la vida política; por ejemplo, estableció que el poder reside en la nación y

no sobre el monarca. Además se realizó la división de lo poderes en: ejecutivo, judicial y

legislativo.

El poder ejecutivo todavía residía en el rey, pero eso si, con importantes limitaciones, como que

sus ordenes debían ser validadas por el Ministro correspondiente o que no puede disolver las

Cortes. Por otra parte, la nación tuvo un nuevo derecho de representación, esto mediante sus

representantes en Cortes.

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Análisis económico del derecho: Caso delincuencia económica en México

El Análisis Económico del Derecho se configura como la aplicación de la Teoría Económica y de los

métodos econométricos al examen de la formación, estructura y efectos de las leyes e

instituciones jurídicas (Ramírez, 2010).

La aplicación del Análisis Económico del Derecho (AED) en el caso estudiado; consiste en utilizar la

racionalidad económica al derecho, tratando de explicar las conductas tal y como son en el mundo

actual y tratar de proponer soluciones a través de una organización de normas e instituciones

basadas en razonamientos económicos.

Evolución y transformación de la economía española.

Los años de autarquía y retraso (1939-1959): El aislamiento internacional era una característica de

nuestra economía ya desde la segunda mitad del siglo XIX. El Estado no hizo sino mantener y

fortalecer la política proteccionista y de fomento industrial anterior, que reflejaba la tradicional

postura de una amplia burguesía industrial y financiera, interesada en limitar o, incluso, eliminar la

competencia externa.

El plan de estabilización y los años de desarrollo (1959-1973): El Plan de Estabilización se basó en

tres pilares (Fuentes, 1993): en primer lugar, la liberalización del comercio exterior; en segundo

lugar, la estabilización interna, que supone el abandono de la política del «crecimiento

inflacionario». Por último, la mejora de la asignación de recursos, a través de la mayor

competencia en el mercado interior.

La crisis de los años setenta y la transición a la democracia (1973-1985): A partir de entonces, y

hasta el final del régimen franquista, puede hablarse de una «segunda transición hacia el

liberalismo.

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Evolución del estado Español.

El país de España tiene como precedente principal una serie de eventos de transcendencia

internacional, y es que, en el año de 1812, promulga su primer constitución, “la de Cádiz”, esta

constitución es relevante por el hecho de que fue promulgada en lo que era el marco de la lucha

por la independencia en la nueva España, en esta constitución establece la forma de gobierno

(monarquía) a diferencia de países como Chile o Argentina. De 1833 a 1875 de dio lugar a la lucha

por la construcción de un estado liberal, posteriormente en ese mismo año se dio cabida a la

restauración del estado español hasta el año de 1902. Otra etapa importante en su historia fue la

entrada de Francisco Franco al poder con una dictadura militar en el año de 1939 y terminando en

el año de 1975 como su muerte y sucesión al rey Juan Carlos I siendo un país demócrata.

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Conclusión

En esta parcial pudimos analizar la situación de diferentes países, desde el punto de vista

del derecho económico; esto a través de indicadores, tales como el IDH, el índice de

gobernabilidad, etc; incluso estudiando la calidad de los derechos (económicos, sociales y

políticos) que el Estado ofrece a su población. Y así mismo, como fue la evolución de

dichos países para llegar a la realidad en la que hoy se encuentran.

Se pudo conocer las significantes diferencias entre todos los países estudiados, unos con

una alta calidad de vida, mientras otros con una muy baja; o con muy buena educación y

viceversa. Sin embargo, se pudo conocer la génesis del porque la situación actual de cada

país, sus leyes, es decir, la Carta Magna de cada uno de estos. En esta pudimos conocer si

estaban garantizados los derechos de los ciudadanos, y en la práctica, estudiamos si en

realidad se estaban cumpliendo conforme a la ley.

De esta manera, podemos darnos cuenta que el Estado es el principal actor en el

desarrollo de la economía y sociedad de un país, es decir, es el eje rector. Sin embargo,

como se estudio, notamos la existencia de algunos Estados fallidos, los cuales no estaban

cumpliendo con su papel, es decir, el de satisfacer las necesidades de su población; es aquí

donde entra el derecho económico, para regular las fallas del Estado y de esta manera

poder crear las mejores estrategias para tener un país con alta calidad de vida y

desarrollado.