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Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Universidad Nacional de Córdoba DERECHO TRIBUTARIO Cátedra A y B Plan 207/99 Prof. Titular Cát. A: Dr. José A: Bocchiardo | Prof. Titular Cát. B: Dr. Eduardo Arroyo 1. FUNDAMENTACION El plan de estudios implementado por la R HCD 207/99 cambió la denominación de nuestra materia y su ubicación dentro del plan de estudios de la carrera de Abogacía. Nuestra asignatura pasa a denominarse “Derecho Tributario” en lugar de “Finanzas y Derecho Tributario” como lo fue desde 1956, modificación que no significa solamente un reconocimiento de que la primera gozará de autonomía, sino que implica introducir un cambio fundamental, que no tiene carácter meramente formal o semántico, sino sustancial o de fondo, pues el estudio separado de ambas disciplinas obedece a razones científicas, por la diversidad intrínseca de su objeto de conocimiento, de sus métodos de investigación y de sus principios. Ello no significa desconocer la conexión que existe entre ambas materias, sino por el contrario, revalorizar su importancia, por el alto grado de desarrollo que han adquirido. Lo que ocurre es que ante la alternativa de no disponer de espacios curriculares para las dos asignaturas en un plan de estudios de una Facultad de Derecho, se debe dar prioridad a las cuestiones estrictamente jurídicas, sin perjuicio de la inclusión de Finanzas Públicas y Derecho Financiero como asignaturas opcionales o en carreras de postgrado. Por otra parte, la materia se situó en el undécimo semestre del plan de estudios de la carrera de abogacía, con un sistema de correlatividades (progresión sistemática de contenidos y formación secuencial integrada), elogiable, que dio solución a los graves inconvenientes que presentaba el plan anterior, al posibilitar que los alumnos cursaran nuestra asignatura e incluso pudieran promoverla, sin que tuvieran conocimientos previos de derecho constitucional, Procesal o Administrativo, o un grado de avance suficiente en otras materias como Derecho Civil, Comercial, Penal o Internacional, todas íntimamente relacionadas con el Derecho Tributario, lo que implicaba que el docente debía asignar tiempo a la enseñanza de conceptos que eran previos y

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DERECHO TRIBUTARIO Cátedra A y B

Plan 207/99

Prof. Titular Cát. A: Dr. José A: Bocchiardo | Prof. Titular Cát. B: Dr. Eduardo Arroyo

1. FUNDAMENTACION

El plan de estudios implementado por la R HCD 207/99 cambió la denominación

de nuestra materia y su ubicación dentro del plan de estudios de la carrera de Abogacía.

Nuestra asignatura pasa a denominarse “Derecho Tributario” en lugar de “Finanzas

y Derecho Tributario” como lo fue desde 1956, modificación que no significa

solamente un reconocimiento de que la primera gozará de autonomía, sino que implica

introducir un cambio fundamental, que no tiene carácter meramente formal o

semántico, sino sustancial o de fondo, pues el estudio separado de ambas disciplinas

obedece a razones científicas, por la diversidad intrínseca de su objeto de

conocimiento, de sus métodos de investigación y de sus principios. Ello no significa

desconocer la conexión que existe entre ambas materias, sino por el contrario,

revalorizar su importancia, por el alto grado de desarrollo que han adquirido. Lo que

ocurre es que ante la alternativa de no disponer de espacios curriculares para las dos

asignaturas en un plan de estudios de una Facultad de Derecho, se debe dar prioridad a

las cuestiones estrictamente jurídicas, sin perjuicio de la inclusión de Finanzas Públicas

y Derecho Financiero como asignaturas opcionales o en carreras de postgrado.

Por otra parte, la materia se situó en el undécimo semestre del plan de estudios de

la carrera de abogacía, con un sistema de correlatividades (progresión sistemática de

contenidos y formación secuencial integrada), elogiable, que dio solución a los graves

inconvenientes que presentaba el plan anterior, al posibilitar que los alumnos cursaran

nuestra asignatura e incluso pudieran promoverla, sin que tuvieran conocimientos

previos de derecho constitucional, Procesal o Administrativo, o un grado de avance

suficiente en otras materias como Derecho Civil, Comercial, Penal o Internacional,

todas íntimamente relacionadas con el Derecho Tributario, lo que implicaba que el

docente debía asignar tiempo a la enseñanza de conceptos que eran previos y

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necesarios, pero que pertenecían a otras ramas del derecho, restándole tiempo a los

contenidos específicos.

Estas reformas sustanciales, junto al hecho de ser obligatorio su cursado y

habérsele asignado 60 horas de clase al igual que las materias troncales, implica un

avance cualitativo de gran importancia para la formación de los futuros profesionales,

colocando a nuestra Facultad en un puesto de vanguardia en la enseñanza del Derecho

Tributario, al acoger casi en su integridad las recomendaciones realizadas en las

Primeras Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario de Montevideo de 1956 y

el 1º, 2º y 3º Encuentro de Profesores de Finanzas Públicas y Derecho Tributario de

Facultades de Derecho de Universidades públicas y privadas de todo el país,

organizados por la asociación argentina de Estudios Fiscales en 1987, 1988 y 2000,

como así también las autorizadas opiniones doctrinarias y muy especialmente las de los

Profesores Jacinto R. Tarantino y Héctor Belisario Villegas, que nos precedieron en la

Cátedra, los que en sendos trabajos sobre el tema titulados “Direcciones actuales para

el estudio de la materia tributaria” y “Panorama Argentino y Latinoamericano del

Derecho Tributario. Las dificultades de su enseñanza en las Facultades de Derecho”,

propician similares ideas.

En forma simultánea se introdujeron importantes modificaciones al nuevo régimen

de enseñanza, cursado y evaluación y al sistema de correlatividades.

Lo expuesto exige que, además de ajustarse a los nuevos regímenes de enseñanza y

evaluación, se deba adaptar los objetivos y el contenido del Programa de la materia,

mediante una adecuada selección, ordenamiento y actualización de los temas.

Para definir el contenido del programa, se comenzó por analizar el de las

asignaturas correlativas previas o que tienen una conexión estrecha, para evitar

posibles omisiones o reiteraciones en los temas, procurando de esa manera integrarlos

y armonizarlos.

A continuación, se procedió a diseñar su estructura, dividiéndolo en tres partes,

siguiendo los lineamientos de la teoría dogmática clásica, autorizadas opiniones

doctrinarias, la técnica legislativa adoptada por la legislación tributaria nacional y los

Códigos Tributarios Provinciales y Municipales. Se considera, por otra parte, la más

adecuada desde el punto de vista didáctico.

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La Primera Parte, denominada “Nociones Preliminares”, contiene los conceptos

introductorias de la asignatura, el estudio de las principales corrientes doctrinarias y las

relaciones del Derecho Tributario con las demás ramas del derecho y otras disciplinas.

La Segunda Parte, titulada “Parte General”, comprende el estudio de las normas y

principios generales aplicables a todos los títulos, en tanto no sean expresamente

modificadas al legislar sobre cada uno de ellos. Se incluyen los temas relativos al Poder

Tributario, los Tributos y sus especies o categorías (caracterizándolos desde el punto de

vista estrictamente jurídicos), la Norma Tributaria (estableciendo particularidades en

cuanto a su vigencia, interpretación y aplicación) la obligación tributaria, la Gestión

Administrativa para la Determinación, Liquidación y percepción de los Tributos,

Infracciones y Sanciones Tributarias Penales, procedimientos y Procesos Tributarios, el

Ordenamiento Jurídico Tributario Internacional y el Ordenamiento Jurídico Tributario

de la Integración económica Regional. Los temas incluidos, no difieren mayormente

(salvo en cuanto a su ordenamiento), de los tratados en el actual programa bajo el título

de Derecho Constitucional Tributario, Derecho tributario Material, Derecho Tributario

Formal, etc., Se consideró más apropiada la nueva denominación, porque en general, se

ajusta a la terminología empleada en la legislación tributaria positiva y además porque

conforme a la experiencia adquirida, permite al educando una mejor y más rápida

identificación del contenido de las Unidades. Ello sin perjuicio que el mismo seguido

por autores nacionales y extranjeros en sus cursos y tratados.

Cabe advertir que el análisis se efectuará sobre la base del ordenamiento jurídico

tributario federal, porque los principios generales son similares en todas las

jurisdicciones, y además, porque se considera imposible desarrollar en un curso lectivo

la legislación de cada una de las veintitrés provincias, las ciudad autónoma de Buenos

Aires y los más de 2300 municipios y entes locales, todo ello sin perjuicio de las

referencias o remisiones sobre puntos específicos de estos ordenamientos. Este criterio

es el adoptado por todas las Cátedras de la materia en las restantes Facultades de

Derecho de universidades nacionales y extranjeras.

Finalmente, la Tercera Parte, titulada “Parte Especial”, se subdivide también en tres

partes conforme al criterio de distribución del poder tributario establecido en la

Constitución de la Nación Argentina, incluyéndose en cada una los principales tributos

que integran el ordenamiento jurídico tributario del Gobierno Federal, de las Provincias

y de los Municipios. Su desarrollo es precedido por el estudio de los sistemas de

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coordinación financiera y armonización tributaria entre los distintos entes de gobierno,

como los sistemas de coparticipación de impuestos y los convenios celebrados entre las

distintas jurisdicciones, que dan origen a un “nuevo derecho” denominado por nuestra

CSJN como intrafederal e interjurisdiccional.

Para seleccionar los temas a incluir se tuvieron en cuenta, además del programa

actual de la materia, los vigentes en las Facultades de Derecho o de Jurisprudencia de

las Universidades Nacionales de Buenos Aires, de Rosario, del Litoral, de Tucumán, de

Cuyo y de Catamarca, Universidades del Salvador, Austral, Católica Argentina,

católica de Córdoba, de Salamanca (España), Complutense de Madrid, de Valencia y

Autónoma de Barcelona (España), con las correspondientes adaptaciones.

2. COMPETENCIAS A DESARROLLAR.

- Competencia para interpretar, invocar y aplicar las normas tributarias

mediante el razonamiento jurídico crítico,

- Competencia para el asesoramiento jurídico tributario en el sector público y

privado,

- Competencia para intervenir en los procedimientos y procesos tributarios,

- Competencia para analizar sistemáticamente las situaciones a fin de poder

enfocarlas y otorgarles la solución y prioridad adecuada.

3. OBJETIVOS.

3.1 Objetivos generales

- CONCIENTIZAR al educando que el objeto de conocimiento del Derecho

Tributario, como el de las demás ramas del Derecho, son los principios y

normas jurídicas referidas a los tributos, a diferencia de otras disciplinas

que confluyen en su estudio pero con objeto, métodos y principios distintos,

entre ellas, muy especialmente, las Finanzas Públicas.

- COMPRENDER que el Derecho Tributario, al igual que las demás

asignaturas que conforman el plan de estudio de la carrera de Abogacía,

cumple con la función de habilitarlo una vez obtenido el título profesional

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para el ejercicio profesional de las competencias señaladas en el pto. 2 del

presente.

3.2 Objetivos específicos

Unidad I: Incorporar nociones generales del derecho Tributario de tal manera que

le permita reconocer las características específicas y comunes de las normas jurídicas que

integran su objeto de conocimiento, que la diferencia de las demás ramas del derecho y

otras disciplinas.

Unidad II: Conocer las normas y principios constitucionales que regulan el poder

tributario del estado, su distribución y armonización entre los distintos entes públicos de

gobierno y los principios que lo limitan.

Unidad III: Identificar los caracteres jurídicos de los tributos, que los diferencian

de otros recursos del estado, como así también, siguiendo la misma metodología, distinguir

sus distintas especies.

Unidad IV: Enunciar las fuentes normativas del Derecho Tributario y destacar las

particulares características que presenta la legislación y la jurisprudencia sobre vigencia,

interpretación e integración de las normas tributarias.

Unidad V y VI; a) Delimitar el contenido del Derecho Tributario Sustantivo o

Material, como así también precisar el concepto, la naturaleza y las características de la

obligación tributaria, sus elementos y su dinámica funcional; b) Establecer las semejanzas

y diferencias con las relaciones jurídicas que surgen del ejercicio del poder tributario, del

Derecho Tributario Formal y del Derecho Privado, c) Identificar cuales son las

obligaciones accesorias y vincular a la obligación tributaria strictu sensu.

Unidad VII: a) Especificar los deberes formales de los sujetos pasivos de la

obligación tributaria; b) Conocer los organismos que ejercen la administración tributaria,

sus facultades y atribuciones.

Unidad VIII: Conocer los principios generales del Derecho Penal Tributario y

caracterizar los distintos tipos penales (delitos y contravenciones) pertinentes, detectando

las similitudes y diferencias con el Derecho Penal Común.

Unidad IX: a) Suministrar al educando los conocimientos teóricos sobre los

procedimientos y procesos tributarios en cuanto a los órganos competentes, acciones,

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excepciones y recursos; b) Capacitar al alumno en el manejo operativo de dichos

procedimientos, procesos y recursos.

Unidad X: a) Destacar la importancia de las normas tributarias de carácter

internacional que regulan las relaciones económicas internacionales, incorporando las

nuevas cuestiones que se presentan con motivo del fenómeno de globalización; b)

Reconocer la naturaleza de las normas y la particularidad de los problemas tributarios que

emanan de los procesos de integración económica regional, que se diferencian de los que

se presentan en el orden internacional, dando origen a un “nuevo derecho”, el Derecho

Tributario de la Integración Económica Regional.

Unidad XI: Identificar las disposiciones constitucionales infra-constitucionales de

coordinación y armonización del poder tributario entre Nación Provincias, Municipios y

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en especial, las funciones y procedimientos de los

organismos específicos competentes para la interpretación, aplicación y solución de

controversias.

Unidades XII a XVIII: a) Analizar sistemáticamente el hecho imponible y demás

aspectos de cada tributo en particular; b) Distinguir a qué ordenamiento tributario

corresponde, permitiéndole de esa manera determinar el organismo que ejerce la

administración tributaria, los procedimientos y procesos a seguir, el órgano competente

para entender en las controversias, etc.; c) Reafirmar que el estudio de los tributos

aduaneros, forman parte del Derecho Tributario, señalando sus particularidades.

4. CONTENIDO

PRIMERA PARTE: Nociones Preliminares

UNIDAD I: DERECHO TRIBUTARIO. Concepto, contenido y carácter. Origen y

desarrollo del Derecho Tributario. Autonomía. División. Codificación. Relación con

las demás ramas del Derecho. Relación con las Finanzas Públicas.

SEGUNDA PARTE: Parte General

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UNIDAD II: EL PODER TRIBUTARIO. 2.1- Introducción: Noción General.

Concepto. Caracterización. 2.2- Ordenamiento del poder Tributario en Argentina;

2.2.1 Distribución entre la Nación, las Provincias, los Municipios y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires; a) distribución territorial; b) Distribución material. 2.2.2

Coordinación y armonización tributaria entre los distintos entes públicos de

gobierno: Consideraciones generales. Remisión. 2.3 – Principios constitucionales del

ordenamiento tributario: a) Nociones generales; b) Enunciación; a) Reserva de ley,

b) Capacidad contributiva, c) Generalidad, d) Igualdad, e) No confiscatoriedad, f)

Proporcionalidad, g) Razonabilidad, h) Libertad de circulación territorial, i) Tutela

jurisdiccional, j) Otros principios.

UNIDAD III: RECURSOS TRIBUTARIOS. 3.1 – Los Tributos: Concepto.

Categorías, Clasificación. 3.2 – El Impuesto: Concepto. Clasificación. 3.3 La tasa:

Concepto y caracterización. Diferencias con el precio público. Graduación.

Clasificación. 3.4 Las Contribuciones Especiales: concepto. A) Contribución de

mejoras: Concepto y caracterización. B) Peaje: Noción, Naturaleza Jurídica.

Constitucionalidad. Legislación vigente. C) Seguridad social y regulación económica

o profesional: Noción. Naturaleza. Caracterización.

UNIDAD IV: LA NORMA TRIBUTARIA. 4.1- Introducción. 4.2 Fuentes. 4.3 El

hecho imponible (como figura legal o típica): terminología. Concepto. Estructura. 4.4

Competencia normativa tributaria respecto a otras ramas del derecho 4.5

Vigencia de la norma tributaria: a) en el espacio b) en el tiempo 4.6 Interpretación

de la norma tributaria: Métodos. La realidad económica. La consulta tributaria 4.7

Integración de la norma tributaria.

UNIDAD V: LA OBLIGACION TRIBUTARIA 5.1 Introducción: Noción general

La relación jurídico tributaria de la doctrina: teorías. 5.2 La obligación tributaria

strictu sensu: Concepto y caracteres. Poder tributario y obligación tributaria. 5.3

Elementos esenciales de la obligación tributaria A)Sujetos: a) sujeto activo; b)

sujetos pasivos: categorías. Solidaridad tributaria. Resarcimiento. Domicilio.

Convenios de partes. B) Objeto: a)elemento objetivo del hecho imponible, objeto del

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tributo, de la obligación tributaria y de la prestación. b) El importe de la deuda

tributaria: fijo, variable o mixto C) Causa: teorías.

UNIDAD VI: LA OBLIGACION TRIBUTARIA (Continuación) 6.1 Nacimiento

de la obligación tributaria: A) Hecho imponible (acaecido): Relevancia jurídica.

Consideración de la real situación tributaria. Hecho, acto o circunstancia ilegal, ilícita o

inmoral. Obligaciones condicionales. B) Vicisitudes: exenciones y beneficios

tributarios. 6.2 Extinción de la obligación tributaria: causales. Prescripción. 6.3

Obligaciones tributarias accesorias: intereses y recargos. 6.4 Obligaciones

Conexas: Anticipos. Pagos a cuenta. Retenciones y percepciones. 6.5 Privilegios

UNIDAD VII: LOS ACTOS DE GESTION PARA LA DETERMINACION,

LIQUIDACIÓN, PERCEPCION Y CONTROL DE CUMPLIMIENTO DEL

TRIBUTO 7.1 Introducción: Concepto y contenido. Obligación tributaria y relación

jurídica formal o administrativa. 7.2 La Administración Tributaria: Organización y

Competencia. Autoridades. Facultades. Funciones de dirección y Juez Administrativo.

7.3 Deberes formales de contribuyentes, responsables y terceros hacia la

Administración Tributaria: enunciación general. 7.4 Actos de determinación –

liquidación tributaria: a) concepto, b) valor, c) formas, d) Determinación –

liquidación por los sujetos responsables: caracteres y efectos, e) det. de oficio

subsidiaria: casos en que procede y formas. F) Liquidación administrativa. 7.5 Actos

de verificación, fiscalización e investigación: Facultades de la Administración.

Presunciones de exactitud, inexactitud, rectificaciones y períodos declarados.

Requisitos y formalidades de actuación de la administración. 7.6 Disposiciones varias

relevantes: Secreto fiscal. Publicación de nóminas. Presentación espontánea. Incentivo

al cumplimiento de los deberes formales. Consulta. 7.7 Derechos y garantías de los

sujetos pasivos.

UNIDAD VIII: INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS PENALES 8.1

Introducción: Nociones generales previas. Clasificación de las infracciones. Evasión,

elusión y economía de opción. 8.2 Contravenciones tributarias. 8.2.2 Principios

generales: Clasificación. Bien jurídicamente protegido. Sujetos responsables. 8.2.3

Contravenciones en la Ley 11.683: A) Infracción a los deberes formales: a)

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Sancionadas con multa; b) Sancionadas con clausura. B) Infracción a las

obligaciones sustanciales: Omisión, defraudación. C) Exención y reducción de

sanciones. Extinciones de las infracciones y sanciones. 8.3 Delitos tributarios y

Relativos a Recursos de la Seguridad Social A) Principios Generales: Ámbito de

aplicación. Bien jurídicamente protegido. Responsabilidad de las personas de

existencia ideal y demás entes. Participación y asociación criminal. Aplicación no

excluyente de penas por delitos y contravenciones. Penas. B) Delitos tributarios

C)Delitos relativos a Recurso de Seguridad Social D) Delitos fiscales comunes.

UNIDAD IX: PROCEDIMIENTOS Y PROCESOS TRIBUTARIOS 9.1

INTRODUCCION: Nociones generales. 9.2 PROCEDIMIENTOS ANTE LA

ADMINISTRACION TRIBUTARIA: A) Determinación de oficio subsidiaria; B)

Demanda de repetición (Remisión) C) Sumario por infracciones; D) Recursos, E)

Aplicación supletoria de la Ley de Procedimientos Administrativos. 9.3 PROCESOS

TRIBUTARIOS: A) Contencioso tributario administrativo: Tribunal Fiscal de la

Nación: Organización y Competencia. Acciones y recursos: procedimientos.

Sentencia. B) Contencioso tributario judicial: a) ante los tribunales de Primera

Instancia: acciones y recursos. Proceso por Delitos Tributarios y Provisionales:

tribunales competentes. Denuncia. Determinación administrativa de la deuda.

Sustanciación de procedimientos administrativos y judiciales. Medidas urgentes.

Querellantes. b) ante las Cámaras Nacionales Competentes, c) ante la CSJN. 9.4

SISTEMA MIXTO: Ejecución Fiscal. 9.5 REPETICION TRIBUTARIA: Aspectos

sustantivos y formales.

UNIDAD X: 10.1 - ORDENAMIENTO JURIDICO TRIBUTARIO

INTERNACIONAL A) Introducción: Concepto. Contenido. Fuentes. B) Principales

cuestiones: a) planificación tributaria. B) Problemas relacionados con el comercio

internacional: principios del país de origen y del país de destino. b) doble imposición

internacional: Conceptos. Causas. Posibles soluciones jurídico formales. Estructura y

contenido de los tratados. c) sujetos económicamente vinculados; e) Competencia

fiscal nociva. C) Derechos y garantías del contribuyente derivados de los tratados

internacionales. 10.2 - ORDENAMIENTO JURIDICO TRIBUTARIO DE LA

INTEGRACION ECONOMICA REGIONAL A) Concepto B) Fuentes C)Grados de

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integración económica y tributaria. D) Técnicas jurídicas para solucionar los problemas

tributarios E) Cláusulas tributarias de los principales tratados de Integración.

TERCERA PARTE: Parte Especial

UNIDAD XI: 11.1 ORDENAMIENTO JURIDICO TRIBUTARIO

ARGENTINO: Nociones generales. 11.2 COORDINACION Y ARMONIZACION

DE LOS ORDENAMIENTOS TRIBUTARIOS ARGENTINOS: 11.2.1

INTRAFEDERAL: A) El Derecho intrafederal en la Jurisprudencia de la CSJN.

B) Sistema de coparticipación federal: Distribución de recursos tributarios.

Obligaciones de las partes. Organismos de aplicación: integración, funciones, partes

habilitadas para actuar y valor de sus decisiones. C) Otros acuerdos o pactos

federales. 11.2.2 INTERJURISDICCIONAL: a) Nociones generales, b) Convenio

Multilateral relativo al ISIB: Noción introductoria. Ámbito de aplicación. Régimen de

distribución de Ingresos. Disposiciones generales. Organismos de aplicación c) otras

convenciones. 11.2.3 PROVINCIAL Y MUNICIPAL: Consideraciones generales

sobre regímenes vigentes.

A) TRIBUTOS NACIONALES

UNIDAD XII: IMPUESTO A LAS GANANCIAS 12.1 Introducción: Distinción

entre capital y renta. Formas de imposición. Antecedentes nacionales. Caracterización.

12.2 Legislación vigente. Hecho imponible. a) Aspecto material: concepto de

ganancia. Ganancia de fuente argentina y de fuente extranjera. b) Aspecto espacial:

residencia, no residencia y doble residencia. c) Aspecto personal: Principio general.

Establecimientos estables de extranjeros. Vinculación económica. Sociedad conyugal,

menores y sucesiones indivisas. d) Aspecto temporal: Período fiscal. Categorías. Base

imponible: ganancia, ganancia neta y ganancia neta sujeta a impuesto, deducciones y

quebrantos. Alícuotas. Determinación y pago. Retención en la fuente. Exenciones. 12.3

IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA: Hecho imponible. Sujetos

pasivos. Base imponible. Alícuota y pago a cuenta. Exenciones. Determinación

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UNIDAD XIII: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 13.1.1 Introducción:

Impuesto a las ventas. Formas de imposición. Antecedentes nacionales. 13.1.2

Legislación vigente: características. Hecho imponible: aspectos. Sujetos pasivos.

Base imponible. Liquidación: Débito fiscal y crédito fiscal, saldos a favor y reintegros.

Período de imposición. Alícuotas. Inscripción: efectos y obligaciones que genera.

Régimen especial para exportadores. 13.2 REGIMEN SIMPLIFICADO PARA

PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) (MONOTRIBUTO) 13.2.1

Introducción: Nociones generales. 13.2.2 Legislación vigente: A) Régimen General:

Tributos que sustituye. Definición de pequeño contribuyente. Requisitos del régimen

simplificado. Sanciones. Normas referidas al IVA y al IG. Disposiciones especiales

para las sociedades comprendidas y los profesionales. B) Régimen especial para

pequeños contribuyentes agropecuarios C) Régimen especial de los Recursos de la

Seguridad Social.

UNIDAD XIV: 14.1 IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES 14.1.1

Introducción: Nociones generales. 14.1.2 Legislación vigente: Características. Hecho

imponible: Aspecto material: bienes gravados. Aspecto espacial. Sujetos pasivos:

Contribuyentes: personas físicas y sucesiones indivisas. Entidades domiciliadas,

radicadas o ubicadas en el exterior: presunciones. Sustitutos. Aspecto temporal. Base

imponible. Alícuotas. Exenciones. Determinación 14.2 IMPUESTO A LOS

PREMIOS DE DETERMINADOS JUEGOS Y CONCURSOS: Introducción:

Nociones generales Legislación vigente: Características. Hecho imponible. Sujetos

pasivos. Base imponible. Alícuotas. 14.3 IMPUESTOS INTERNOS. A)

Introducción: Noción y antecedentes B) Legislación vigente: Hecho imponible.

Sujetos pasivos. Base imponible. Alícuotas. Privilegio. Exenciones. Determinación y

pago. 14.4 OTROS TRIBUTOS

UNIDAD XV: TRIBUTOS ADUANEROS 15.1 Introducción: Nociones generales.

15.2 Tributos aduaneros: Derechos de importación. Derechos de exportación.

Impuestos de equiparación de precios. Derechos antidumping. Derechos

compensatorios. Tasa de estadística. Tasa de comprobación. Tasa de servicios

extraordinarios. Tasa de almacenaje. 15.3 Estímulo a la exportación: Drawback.

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Reintegros y reembolsos. Otros estímulos 15.4 Régimen penal: Delitos aduaneros.

Infracciones aduaneras.

B) TRIBUTOS PROVINCIALES

UNIDAD XVI: 16.1 IMPUESTO INMOBILIARIO: Nociones generales. Hecho

imponible. Contribuyentes y responsables. Base imponible. Alícuotas. Determinación,

liquidación y pago. Exenciones. 16.2 IMPUESTO A LA PROPIEDAD

AUTOMOTOR: Hecho imponible. Contribuyentes y responsables. Base imponible.

Pago. Exenciones.

UNIDAD XVII: 17.1 IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS:

Introducción. Hecho imponible. Contribuyentes y responsables. Base imponible.

Determinación, liquidación y pago. Exenciones. Convenio multilateral. 17.2

IMPUESTO DE SELLOS: Nociones generales. Hecho imponible. Contribuyentes y

responsables. Base imponible. Determinación, liquidación y pago. Exenciones. 17.3

TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS: Hecho imponible. Sujeto pasivo.

Importe tributario. Pago. 17.4 TASA DE JUSTICIA: Contribuyentes. Base imponible.

Alícuota. Exenciones. Determinación, liquidación y pago.

C) TRIBUTOS MUNICIPALES

UNIDAD XVIII: 18.1 CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS

INMUEBLES: Consideraciones generales. Hecho imponible. Contribuyentes y

responsables. Base imponible y alícuotas. Determinación, liquidación. Exenciones.

18.2 CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL,

INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS: Introducción. Hecho imponible. Contribuyentes

y responsables. Base imponible. Alícuotas. Exenciones. 18.3 CONTRIBUCION QUE

INCIDE SOBRE AUTOMOTORES, ACOPLADOS Y SIMILARES: Introducción.

Hecho imponible. Contribuyentes y responsables. Base imponible. Alícuotas.

Determinación, liquidación.

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5.- METODOLOGIA DE ENSEÑANZA

Para motivar al alumno y ayudar a la mejor compresión de la materia, se considera

conveniente no adoptar un sistema excluyente, sino procurar una adecuada

combinación de distintos métodos, especialmente:

- Exposiciones magistrales, insustituibles en el proceso de enseñanza y aprendizaje

presencial

- Método del caso, en los temas que permitan aplicarlo y siempre que sea posible una

adecuada para lograr los objetivos propuestos.

- Dinámica de grupo, como talleres, simulación de controversias, etc. En las

cuestiones que se estime conveniente su aplicación.

Cualquiera sea la modalidad que se adopte, requiere:

- por parte del docente, suministro del material de estudio actualizado y adecuado que

sea necesario, que no se encuentre disponible en los textos la bibliografía o fuesen de

difícil acceso.

- por parte del alumno, la lectura previa de los temas, el manejo de la jurisprudencia,

predisposición para participar en las actividades

- por parte de ambos, dar prioridad a la exégesis de la norma y el análisis de la

jurisprudencia.

6.- ACTIVIDADES

- Dictado de clases obligatorias conforme a la reglamentación vigente,

- Participación en seminarios, conferencias y actividades organizadas por el Instituto de

Derecho Financiero y Tributario de la facultad, u otras instituciones de reconocido

prestigio académico en la especialidad,

- visitas guiadas a organismos de la Administración tributaria,

- establecimiento de vínculos con instituciones representativas des sector público y

privado para conocer las inquietudes y problemáticas que se le presentan en la realidad.

7.- EVALUACION

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Evaluaciones parciales y finales en las fechas establecidas por la facultad según la

modalidad de cursado según el régimen implementado por la Ord. HCD Nº 2/00, sus

modificatorias y concordantes.

8.- BIBLIOGRAFIA

8.1 GENERAL

GIULIANI FONROUGE Carlos M., “Derecho Financiero” Ultima edición

GIULIANI FONROUGE Carlos M. – NAVARRINE Susana “Procedimiento

Tributario y Provisional”, Ultima edición.

JARRACH, Dino “Curso Superior de Derecho Tributario” Ed. Liceo Profesional

Cima, Bs.As.

“Finanzas Públicas y Derecho Tributario” última edición.

MONOGRAFIAS, TRABAJOS, ESTUDIOS Y JURISPRUDENCIA, suministradas

por el docente en la clase y LEGISLACION VIGENTE

VILLEGAS Héctor B. “Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario”.

8.2 ESPECIFICA

Unidad II:

CASAS, José O.”Derechos y Garantías Constitucionales del Contribuyente” Ed. Ad

Hoc Bs. As última edición.

SPISSO, Rodolfo “Derecho Constitucional Tributario” Ultima edición.

Unidades V y VI:

BOCCHIARDO, José C. “Derecho Tributario Sustantivo o Material” Tratado de

Tributación, Tomo I, Derecho Tributario, Vol. 2, Ed. Astrea, Bs. As. 2003, Pág. 123

Unidad VIII:

BOCCHIARDO, José C.

Page 15: Programa de Derecho Tributario Cátedra "A" - UNC

Facultad de Derecho y Ciencias SocialesUniversidad Nacional de Córdoba

- “Técnicas jurídicas antielusivas: La doctrina latinoamericana” Revista de la

Facultad de Derecho y Cs. Ss. De la UNC, Vol. 2, Nº 1 1994 Nueva Serie, Pág. 37

- “Reflexiones sobre la obligación de tributar por actos ilícitos o inmorales y su

implicancia sobre los delitos tributarios” Cuaderno del Departamento de Derecho

Público de la Facultad de Derecho y Cs. Ss. De la UNC Nº 1, Pág. 125.

VILLEGAS, Héctor B. “Régimen penal tributario Argentino” Ultima edición.

Unidad IX:

DIAZ SIERO, Horacio D. VELJANOVICH, Rodolfo D. y BERGROTH, Leonardo,

“Procedimiento Tributario”, última edición.

Unidad XI:

BULIT GOÑI, Enrique

- “Algunas consideraciones sobre la Coparticipación Federal y la Reforma

Constitucional de 1994, en El Federalismo Fiscal a partir de la Reforma

Constitucional, Ed. Asociación Mutual de Empleados de la DGI de la RA. Bs. As.

1995, Pág. 423

- “Convenio Multilateral” Ed. Desalma, Bs. As. 1992

Unidad XVII:

BULIT GOÑI, Enrique, Impuestos sobre los Ingresos Brutos, 2º Ed. Ed. Desalma, Bs. As.

1997