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Evaluación Externa del Programa de Identidad Jurídica Resumen Ejecutivo 1 Programa de Identidad Jurídica Introducción En este documento se presenta el resumen ejecutivo final que integra los resultados del rediseño del Programa de Identidad Jurídica, conforme a las bases de participación publicadas por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) a través de sus instancias convocantes y área solicitante, en este orden: la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación; y la Dirección General de Desarrollo Social y Humano, respectivamente, y que una vez cubiertos los requisitos y emitidos los resultados correspondió su ejecución a la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco, a través del equipo de investigación coordinado por el Dr. Carlos Humberto Durand Alcántara, profesor- investigador de dicha institución y como colaboradores el M.C. Alejandro Córdova Cárdenas, el Biólogo Vicente Campos Rayon, el Lic. Mario Loza Rodríguez, Lic. Ana Ofelia Sánchez Valenciana y el Lic. Manuel Dionicio Jiménez Merlín, aspecto que fue asentado en el acta de acuerdo signada por la Unidad Administrativa convocante a través de su director el Dr. Jorge Andrés Raygosa Echeagaray por parte de SEDESOL y en representación de la Universidad Autónoma Metropolitana, a través del Dr. Carlos H. Durand Alcántara y de sus órganos rectorales. Valga señalar que en la etapa concerniente al diseño de la muestra estadística y del trabajo de campo colaboraron en apoyo al equipo de la UAM A los doctores Miguel Sámano Rentaría, Gerardo Gómez González, y los maestros en ciencias Daniel Victorico Rivera y José Manuel Teodoro Méndez, profesores investigadores de la UACH, quienes participaron tanto en la fase de carácter estadístico, como en los talleres de análisis de documentos y en la aplicación propiamente del trabajo de campo. Finalmente no quisiéramos cerrar esta introducción sin establecer nuestro reconocimiento al apoyo brindado por el Dr. Jorge Andrés Raygoza Echeagaray.

Programa de Identidad Jurídica Introducción...establecido ningún convenio con los COPLADES, ni se han ejecutado convenios base de colaboración interinstitucional, esto de acuerdo

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Evaluación Externa del Programa de Identidad Jurídica Resumen Ejecutivo

1

Programa de Identidad Jurídica

Introducción

En este documento se presenta el resumen ejecutivo final que integra los

resultados del rediseño del Programa de Identidad Jurídica, conforme a las bases

de participación publicadas por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) a

través de sus instancias convocantes y área solicitante, en este orden: la

Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación; y la Dirección General de

Desarrollo Social y Humano, respectivamente, y que una vez cubiertos los

requisitos y emitidos los resultados correspondió su ejecución a la Universidad

Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco, a través del equipo de

investigación coordinado por el Dr. Carlos Humberto Durand Alcántara, profesor-

investigador de dicha institución y como colaboradores el M.C. Alejandro Córdova

Cárdenas, el Biólogo Vicente Campos Rayon, el Lic. Mario Loza Rodríguez, Lic.

Ana Ofelia Sánchez Valenciana y el Lic. Manuel Dionicio Jiménez Merlín, aspecto

que fue asentado en el acta de acuerdo signada por la Unidad Administrativa

convocante a través de su director el Dr. Jorge Andrés Raygosa Echeagaray por

parte de SEDESOL y en representación de la Universidad Autónoma

Metropolitana, a través del Dr. Carlos H. Durand Alcántara y de sus órganos

rectorales. Valga señalar que en la etapa concerniente al diseño de la muestra

estadística y del trabajo de campo colaboraron en apoyo al equipo de la UAM A

los doctores Miguel Sámano Rentaría, Gerardo Gómez González, y los maestros

en ciencias Daniel Victorico Rivera y José Manuel Teodoro Méndez, profesores

investigadores de la UACH, quienes participaron tanto en la fase de carácter

estadístico, como en los talleres de análisis de documentos y en la aplicación

propiamente del trabajo de campo. Finalmente no quisiéramos cerrar esta

introducción sin establecer nuestro reconocimiento al apoyo brindado por el Dr.

Jorge Andrés Raygoza Echeagaray.

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Elemento a considerar y que es de suma importancia lo constituyó, que a

propuesta de la instancia convocante, y en virtud de que el objetivo trazado en las

bases de participación se refieren a la evaluación de los resultados∗ obtenidos por

el Programa de Identidad Jurídica, se sugirió la transformación de dicha

evaluación, estableciendo más bien el rediseño del citado Programa.

A tal efecto, en este rediseño se integraron los siguientes aspectos:

• Se estableció el texto y el contexto del Programa de Identidad Jurídica.

• Se estableció el marco conceptual y de referencia que guió el rediseño.

• Se caracterizó la metodología y planeación aplicadas.

• Se delimitaron las variables a través de las cuales se desarrolló la

investigación.

• Se establecieron los indicadores y bases de datos que integran el perfil del

documento.

• Se desarrollaron el diagnóstico basal que dio el fundamento estadístico y

que ha fundamentado el rediseño del Programa de Identidad y Certeza

Jurídica.

• Se estableció el fundamento económico a través del cual se reestructura el

Programa y se establecieron las conclusiones y recomendaciones

inherentes a la aplicación del Programa.

• Se delimitó el diseño muestral para la ejecución del trabajo de campo.

∗ Considerando que la evaluación es una parte sustantiva de la planeación, puesto que controla el grado de coordinación, seguimiento y cumplimiento del conjunto de actividades destinadas a formular e instrumentar los programas bajo una dimensión temporal de corto, mediano o largo plazo, en el presente documento se abordarán los aspectos genéricos que, hoy constituyen algunas de las imprecisiones de fondo del programa con la finalidad de ofrecer un nuevo diseño de éste, que permita vincular la relación existente entre la planeación y la programación con la acción; es decir, con la realidad.

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• Se aplicaron los instrumentos, cuya codificación da cuenta de las

proyecciones en que se enmarca el programa de Identidad Jurídica.

• Se identificó la viabilidad del Programa de identidad Jurídica, a partir de los

resultados obtenidos en campo.

• Se integraron las conclusiones, avances de resultados y proyecciones de la

ejecución del trabajo de campo.

1. Estrategia desarrollada

1.1. Delimitación y dimensión del problema en estudio

Evaluación, análisis, pertinencia, prospección y recomendaciones del

“documento”1 denominado Programa de identidad jurídica, correspondiente a la

Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) conforme a sus reglas de operación

publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 15 de marzo de 2002.

Conforme a las bases de participación el objetivo trazado –“realizar la

evaluación del Programa Identidad Jurídica a cargo de la Dirección General de

Desarrollo Social y Humano…”2- fue reestructurado en virtud de que se trata de un

programa de reciente creación y en proceso de obtener resultados.

De esta manera, dicha readecuación se ubicó en el análisis del documento

de identidad jurídica, así como en los recaudos o elementos sistematizados que

han sido considerados para su elaboración, así como, el marco de su política

normativa e institucional. En las reglas de operación de los programas de

1 Nos referimos al término “documento”, en virtud de que el denominado “Programa de identidad jurídica” no contó con sus fundamentos conceptuales, diagnóstico, y/o proyecciones de campo. Sin embargo, utilizaremos indistintamente en el marco de este estudio, los términos documento y/o programa, ello únicamente con fines de carácter descriptivo. 2 Doc. Bases de participación para la evaluación externa del Programa de Identidad Jurídica, SEDESOL, México, 2002, p. 1.

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subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, están establecidas las

bases de cooperación interestatal e interinstitucional: sin embargo, no se ha

establecido ningún convenio con los COPLADES, ni se han ejecutado convenios

base de colaboración interinstitucional, esto de acuerdo a la información

suministrada por la Dirección de Desarrollo Social y Humano de la Subsecretaría

de Desarrollo Social y Humano de la SEDESOL, lo que desde luego denota

ausencia en la planeación y aplicación del programa.

La parte significativa del universo en estudio se estableció como la

búsqueda de la identidad jurídica para la población mexicana rural en pobreza

extrema, ésta adecuación fue más allá de aspectos de carácter administrativo

(costo-eficiencia) y/o de su concomitante normatividad jurídica en este ámbito

colegimos que no nos encontramos frente a la “evaluación o rediseño” de un

programa estrictamente jurídico, sino en la identificación y análisis de un

“fenómeno complejo”, en cuyo caso debe ser explicado y proyectado bajo una

óptica trans e interdisciplinaria, considerando los procesos socioeconómicos,

culturales y de política que pueden viabilizar su futura aplicación.

En conclusión, los alcances del presente estudio corresponden a los del

rediseño del Programa de Identidad Jurídica, a través de un enfoque

transdisciplinario, adecuándolo como un objeto a investigar, en relación a los

parámetros que le den viabilidad.

1.2 Planeación y Metodología

Las fases que integraron la presente investigación fueron cuatro, las cuales se

encontraron debidamente integradas y secuenciadas, al respecto encontramos:

1.2.1. La que correspondió a la investigación documental integrada por la

recuperación, análisis y sistematización de la información( clasificada) vinculante

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que relaciona al documento denominado de Identidad Jurídica, con su

comprensión, adecuación, objetivos, metas, proyección y futura aplicación.

Correspondió a esta fase metodológica el diseño conceptual, es decir

analizar la plataforma conceptual del documento, sugiriendo posibles nuevas

adecuaciones.

Los centros que sirvieron de apoyo en nuestra búsqueda fueron:

- Organización de las Naciones Unidas para la Infancia UNICEF

- Consejo Nacional de Población (CONAPO)

- Registro nacional de Población (RENAPO)

- Archivo General de la Nación (AGN)

- Centro de Estudios Demográficos y Urbanos del COLMEX

- Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)

- Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

- Instituto de Investigaciones Sociales UNAM.

- Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

- Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT)

- Gobiernos de los Estados

- Secretaría de la Reforma Agraria (SRA)

- Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)

- Notarías (Colegio de Notarios)

- Registro Público de la Propiedad

- Procuraduría Agraria

- Secretaría de Gobernación

1.2.2. Desarrollo de un diagnóstico basal integrado por la descripción y el

análisis de la información existente, en torno al documento de identidad jurídica, lo

que permitió establecer el significado y pertinencia del mismo, a través del estudio

cuantitativo y cualitativo de la información.

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1.2.3. En esta fase, además del estudio de diversos bancos de datos –

incluyendo los de carácter estadístico- se desarrollaron, por otro lado, los

siguientes aspectos:

Entrevistas a profundidad con diversos actores vinculados con el programa,

como: investigadores del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, del

Colegio de México, a través del Centro de Estudios Sociológicos, Barras de

Abogados especializadas, Directores Generales (región sureste) y de la encuesta

económica del INEGI, Directores Generales de la Secretaría de Reforma Agraria,

de la Procuraduría Agraria Nacional y del DIF nacional y el director de Vinculación

Interinstitucional del Registro Nacional de Población, entre otros.

Diversas reuniones de trabajo y entrevistas con la estructura responsable

del documento de identidad jurídica a través de la Dirección de Desarrollo Social

Humano de la SEDESOL, sito San Antonio Abad 131 de la Ciudad de México.

1.2.4. La cuarta etapa correspondió al muestreo estadístico que se

integró por la aplicación de las técnicas, dinámicas e instrumentos de campo

tendientes a identificar el grado de aplicación, aceptación y viabilidad del

Programa de Identidad Jurídica, delimitando entre otros aspectos:

• El grado de aceptación del Programa

• Los beneficios económico-sociales.

• La cobertura y focalización del programa.

• El cumplimiento de las reglas de operación.

• El costo efectividad.

• La transparencia de los procesos ejecutados.

• La eficacia y eficiencia del Programa.

• El cumplimiento de los objetivos y metas.

• La pertinencia de las premisas básicas.

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Para lograra una evaluación objetiva, la metodología empleada en el trabajo

de campo tomó en consideración, del universo de estudio, dos entidades

federativas, cuya población objetivos es representativa de las metas y

expectativas trazadas en el Programa de Identidad Jurídica, en esta óptica se

ubicaron los estados de Oaxaca y Chiapas, así como, las unidades de análisis,

las hipótesis, el diseño muestral, el plan de análisis, el contexto y las formas de

recoger la información, los instrumentos de recolección de datos, las formas y

pasos del procesamiento y las técnicas utilizadas, con el objeto de ubicar como

fueron abordados cada uno de los objetivos de la evaluación en el marco del

trabajo de campo.

1.2.5 Etapa de elaboración de resultados en la cual se establecen las

conclusiones, proyecciones y recomendaciones a corto, mediano y largo plazo (6

a 12 años).

2. Marco conceptual

2.1. De la denominación (Identidad y certeza jurídica)

El “cimiento” desde el cual se organiza este Programa es el que se refiere a la

denominada identidad jurídica, concepto que desde luego, es necesario

dimensionar en virtud que de él se despliega la estrategia de dicho programa y

que convendrá advertir en su justa dimensión a efecto de comprender, si en dicha

identidad jurídica de los mexicanos en pobreza extrema se ajustan los objetivos y

consecuentemente las metas esperadas. Aclaramos que en un primer momento

identificamos a la identidad jurídica en su acepción estrictamente normativa, ello

sin soslayar diversos elementos a los que nos referiremos más adelante.

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Desarrollo

El Programa de Identidad Jurídica se desenvuelve –entre otros- en dos

campos normativos; en primer lugar encontramos el que corresponde al derecho

constitucional y que obra o se manifiesta como un derecho político inherente al ser

humano.

Al respecto la Constitución General de la República señala:

“Capítulo II

De los mexicanos

Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por

naturalización.

A) Son mexicanos por nacimiento:

I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la

nacionalidad de sus padres.

II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacido en

territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional

III. Los que nazcan en el extranjero hijos de padres mexicanos por

naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre

mexicana por naturalización.

IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas…”

Este es el de la identidad propiamente dicha y que corresponde al derecho

a una nacionalidad y a un nombre, acto jurídico que deriva del nacimiento de una

persona, en un territorio (Estado) y tiempo determinados (Ius Soli); o a través, del

reconocimiento al derecho a la sangre (Ius Sanguinis).

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Así la identidad3 corresponde a aquellas personas a quienes se les

reconocen determinados derechos y obligaciones en virtud de haber nacido en el

marco del Estado nacional. De ahí que el Programa de Identidad Jurídica postule

como uno de sus objetivos, acreditar –vía el documento oficial- la identidad de

aquellos mexicanos que en condiciones de pobreza extrema no cuentan con este

derecho a su nacionalidad y consecuentemente a un nombre. De manera tal, que

el acto jurídico de expedición del acta de nacimiento, constituye la “base

estructural”4, desde la cual se ubica o se formaliza la condición de ser mexicano y

consecuentemente la de su identidad jurídica.

El segundo campo normativo, del problema en cuestión se expresa

fundamentalmente a partir del derecho civil conforme a lo sustentado por diversos

tratadistas del derecho constitucional, internacional y civil5 encontramos, que de

dicha identidad jurídica –la de ser mexicano- se desprende su realización, como

persona a través de la ejecución de diversos actos jurídicos, y es en esta segunda

actitud o momento normativo, el que corresponde a la existencia de la persona

física y sus atributos, que el Programa de Identidad se plantea de manera

ambigua, toda vez que la realización de la persona respecto de los actos jurídicos

que ejerza, corresponderán a que estos sean ejecutados y perfeccionados

conforme a derecho, es decir, que se trataría de la certeza jurídica de las

personas.

Planteado de esta forma, identificamos que el Programa en estudio nos

dota de dos elementos diferenciados, aunque ligados en su pretensión; por un 3 De Ibid: Aquello que hace semejante o igual a una persona o cosa; Cf. Burgos M. et al, Diccionario Latino, Madrid, España, 1940. 4 Para la UNICEF; “El ‘primer derecho’, a un nombre y una nacionalidad, es fundamental para el cumplimiento de otros derechos, y sin embargo, esta acción se deniega a millones de niños. Cf La Convención sobre los derechos del niño, http://www.unicef.org/spanih/crc/bg/018,htm 5 Cf. Borja Rodrigo, Derecho político constitucional, FCE, 1991. Sayeg Helú Jorge, El constitucionalismo social mexicano, FCE, 1996. Martínez Vera Rogelio, Fundamentos de derecho público, 1996. Sorensen, Max, Derecho internacional, FCE, 1990. Tamayo Salmorán, Introducción al estudio de la constitución, UNAM, 1989. Galindo Garfias, Derecho civil, Porrúa, 1994.

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lado el del derecho fundante que corresponde a la identidad jurídica6, evento que

adviene del derecho a la nacionalidad y a un nombre y el de la certeza jurídica,

que consiste en la realización de la persona jurídica y la ejecución de diversos

actos jurídicos. La debida adecuación que se proporcione a cada uno de estos

fundamentos normativo-sociales permitirá la correcta realización del sentido,

objetivos y proyecciones que guarda este “Programa”.

Concluyendo, el documento en estudio debió referirse a dos circunstancias

(conceptos) y momentos de la juridicidad pretendida, dígase el de la identidad y el

de la certeza jurídicas de los mexicanos en pobreza extrema, a partir de lo cual

recomendamos que el programa se denomine de identidad y certeza jurídica.

2.2 Población objetivo y viabilidad financiera del Programa

El programa de referencia consideró como población objetivo… “Aquéllas

personas que habitan zonas rurales en pobreza extrema…”7.

Sustentado de esta manera el mencionado programa podría atender a

19’937,321 personas, según así lo advierte el Programa de Microrregiones al

delimitar la magnitud de la población en pobreza extrema de México. Cualesquiera

de los segmentos que integran esta población podría ubicarse en la hipótesis de

constituir población con necesidad de regularizar su situación jurídica. Bajo esta

óptica resultaría prácticamente imposible que existieran recursos que plantearan

6 La escuela contemporánea del derecho italiano sostiene que la identidad jurídica corresponde al presupuesto de la persona que se refiere a sus orígenes como ser humano y a su pertenencia, abarcando su nombre, filiación, nacionalidad, idioma o lengua, costumbres, cultura propia y demás componentes de su propio ser. Cf D’Antonio, Daniel Hugo, El derecho a la identidad y la protección jurídica, Ibriola, Roma, 2001, p. 72. 7 Reglas de operación, Programa de Identidad Jurídica, DOF, viernes 15 de Marzo de 2002 p.3.

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alternativas a un problema de esta magnitud, sin embargo el Programa así quedo

esbozado.8

Valga mencionar que para el año 2002 este Programa contó con una

asignación de únicamente 13 millones de pesos lo cual advertiría una

incongruencia, entre el trazo de la población objetivo y el cúmulo de acciones

potencialmente aplicables en el programa.

En este marco, delimitamos que la población objetivo deberá de ser

rediseñada atendiendo, entre otros aspectos, a las potencialidades reales-

cuantitativas que le es factible dar cobertura a la SEDESOL, en coadyuvancia con

otras instancias estaduales y federales.

2.3. La población rural en pobreza extrema (o población objetivo)

El segundo concepto que es necesario delimitar es el que corresponde a la

población usuaria, factual y potencialmente (población objetivo).

Precisión que es necesaria toda vez que la manera en que fue elaborado el

Programa, enfatiza a la población objetivo como “rural”, sin embargo, en realidad

la adjetiviza o desarrolla como una población urbana, aspecto que se guía

fundamentalmente por el derecho privado, haciendo énfasis a la idea del

ciudadano, aspectos que si bien no contravienen del todo los objetivos pretendidos

en dicho Programa, si guardan determinadas contradicciones que pueden llevar a

errores y sesgos en las metas esperadas.

8 Contemplando exclusivamente la acción concerniente a la expedición de las actas de nacimiento, en un costo medio de 35 pesos y fundamentados en el dato de la ENADID, de aproximadamente 8 millones de mexicanos que carecen de este documento, correspondería a un total de 371 millones de pesos su financiamiento.

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En este ámbito el documento identidad jurídica, tanto en sus términos de

referencia, como en sus reglas de operación hace alusión a la población y

comunidades rurales en pobreza extrema. Cuantitativamente, según el Consejo

Nacional de Población, se calcula que dicha población, es aproximadamente de

veinte millones de mexicanos9.

Desde el marco de la sociología rural concebimos que la población objetivo

desarrolla una diversidad de relaciones sociales en virtud de lo cual las acciones

de identidad y certeza jurídica que se pretenden aplicar, advierten determinado

significado para su concreción (aplicación).

Dentro de estas relaciones, las más significativas son:

a) Las de las economías campesinas.

b) Las de aparcería y mediería.

c) Las de trabajo agrícola (jornaleros).

d) Las de carácter rururbano10.

9 Consejo Nacional de Población, Estadísticas, SEGOB, México, 1999. 10 Según de Janury et al, se pueden establecer cuatro categorías de productores agrícolas en México, diferenciados por su participación en los mercados alimentario y laboral:

a) Campesinos sin tierra, cerca de 600 mil con alta participación en el mercado local y migración estacional;

b) Minifundistas (o de infrasubsistencia), con 1.7 hectáreas en promedio en ejidos y con predios de tamaño menor a 4 hectáreas en propiedad privada; constituyen el 50% del total de los campesinos;

c) Pequeños productores de subsistencia (o de subsistencia y estacionarios), con 7.5 hectáreas en promedio en ejidos y con predios menores a 12 hectáreas en propiedad privada; representan del 20 al 25% del total de los campesinos.

d) Pequeños productores capitalizados (o excedentarios) que obtienen un excedente agrícola superior a sus necesidades familiares y productivas que les permite cierto grado de capitalización; en promedio disponen de 25 hectáreas en ejidos, pero menos de 40 hectáraes en propiedad privada; representan del 10 al 15% de los campesinos.

Cf. De Janury A. et al, Estrategias para mitigar la pobreza rural en América Latina y el Caribe: reformas del sector agrícola y el campesinado en México, IICA-FIDA, No. 4, San José de Costa Rica.

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Coadyuvatorio de estas relaciones el Estado mexicano estipula las

relaciones jurídicas de propiedad en que se ubica la población objetivo, en este

tenor encontramos a la llamada propiedad derivada que puede distinguirse en

cinco dimensiones de derecho y una de hecho (posesión):

- La propiedad privada.

- La propiedad ejidal.

- La propiedad comunal.

- La propiedad en colonias, y

- Los baldíos y terrenos nacionales.

En el marco de la etnología avizoramos que según las fuentes estadísticas

del INEGI, el 40% de la “población objetivo” de este Programa corresponde a las

poblaciones indígenas de México.

Esta población se concentra principalmente en el centro y en el sur del país:

Oaxaca, Veracruz, Chiapas, Puebla, Yucatán, Hidalgo, México y Guerrero. En

algunos estados, la proporción total es significativa. En Oaxaca 53% es indígena,

en Yucatán representa 52%, en Quintana Roo 37% y en Chiapas 35%11.

La información estadística refleja de manera clara su ubicación y

concentración en el territorio nacional. De los 2,412 municipios que existen en la

República Mexicana, 803 cuentan cuando menos con 30% de población indígena

y el 22% restante se encuentra dispersa en todo el país.

11 INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda, año 2000.

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Conforme a lo señalado entendemos que la población indígena constituye

una parte fundamental de la población objetivo en que el gobierno de la República

diseña su política social.

Bajo este tenor es importante precisar que dentro de las facultades que

tiene asignadas la SEDESOL se encuentra “VII. Estudiar las circunstancias

socioeconómicas de los pueblos indígenas y dictar las medidas para lograr que la

acción coordinada del poder público redunde en provecho de los mexicanos que

conserven y preserven sus culturas, lenguas, usos y costumbres originales, así

como promover y gestionar ante las autoridades federales, estatales y

municipales, todas aquellas medidas que conciernan al interés general de los

pueblos indígenas…”12

2.3.1. La adecuación jurídica de la población objetivo

El programa de identidad jurídica originalmente fue diseñado –en lo

fundamental- en el contexto del derecho civil (privado) y del derecho

administrativo, sin advertir que la población objetivo se ubica y dimensiona

básicamente en el marco del derecho agrario y aún incluso de los derechos de los

pueblos indios y de la antropología jurídica.

Concebimos que más allá de las acciones de carácter civil que se

encuentran enunciadas para su ejecución en el Programa de Identidad Jurídica,

como son las que corresponden a las personas en relación con la expedición de

actas del estado civil (supra cit.) y otros documentos y a los que nos referiremos

más adelante se encuentra el que específicamente corresponde a la materia

agraria y que se expresa, en parte, a través de los bienes ejidales y cuya certeza

jurídica dependerá que sean incorporados otros elementos, como son los

concernientes a aquellos bienes que ya son o pueden ser objeto de transmisión

12 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Art. 32, Porrúa, México, 2002.

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en la estructura ejidal, en cuyo tenor se encuentran diversas políticas, planes, y

programas que operan en el país y cuyo objeto es la regularización de la tenencia

de la tierra ejidal y comunal, los cuales trazaremos más profundamente en el

diagnóstico basal que complementa la presente investigación.

Inicialmente observamos que el Programa de Identidad Jurídica, como un

instrumento de gestión, a partir de su institución ejecutora (SEDESOL) podría

establecer convenios coadyuvatorios con aquéllas entidades gubernamentales y/o

Colegios de Notarios que permitan la regularización en aquéllas micro regiones

que sea viable dicho aserto.

Institucionalmente encontramos a:

- Secretaría de la Reforma Agraria.

- El Registro Agrario Nacional.

- La Procuraduría Agraria Nacional.

Organismos del ramo agrario que desarrollan el Programa denominado

PROCEDE.13. Sin embargo, el problema básico, en este tenor corresponderá a

delimitar la viabilidad de la acción, es decir apoyo económico, a efecto de

escrituración a la población objetivo, en virtud de que esté trazada de manera

específica y no sustentada para una población potencial de casi veinte millones de

mexicanos y por otro lado identificar que en el ejercicio de sus funciones la

13 El programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos, conocido como PROCEDE, ha sido el programa interinstitucional de escala federal que ha permitido cristalizar una parte importante de las reformas al artículo 27 constitucional. La aplicación del Programa llevó implícitas diversas acciones institucionales, entre las que se encuentran la gestión ante autoridades civiles, administrativas y agrarias para tener completa la documentación de las carpetas básicas y de las personas que iban a ser beneficiadas: la conciliación de intereses entre núcleos agrarios y de estos con los particulares; delimitación, destino, medición, asignación e inventario de tierras, así como la certificación y titulación de ellas, teniendo como instrumento a las asambleas ejidales y comunales. Cf. Mendoza Héctor, “La Territorialidad y el futuro de nuestra institución” en Estudios Agrarios No 18, 2001.

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SEDESOL estaría abarcando con el Programa de identidad funciones que

competen a la Secretaría de la Reforma Agraria.

Es en este marco que integramos en este estudio la importancia que

corresponde a la CORETT, Comisión de la Regularización de la Tenencia de la

Tierra en el cumplimiento y viabilidad de la acción mencionada.

También en el ámbito del derecho agrario encontramos a las denominadas

comunidades agrarias cuya población es eminentemente indígena. Contrario

sensu a la tendencia privatizadora concerniente a algunos bienes agrarios, como

así corresponde a la casa- habitación de los ejidatarios, a su parcela o parte

alícuota, cuando se trate de ejidos colectivos o en su caso la parte alícuota de los

ejidatarios en las áreas en común.14 Los pueblos indígenas guardan

singularidades en su tratamiento, toda vez, que su estructura agraria, ha

mantenido su condición de inalienabilidad. Para el Programa de identidad jurídica

adquieren singular importancia dichos pueblos, ya que, conforman un segmento

representativo de la población objetivo, al tratarse del núcleo humano más

marginado de México. Al respecto advertimos, que además de la connotación civil

que avizora el Programa de identidad son específicas sus connotaciones de

carácter etnológico, es decir en el marco de su delimitación cultural (sistemas de

derecho indígena).

2.3.2. Derecho administrativo de gestión o procedimiento judicial

Uno de los equívocos que proyecta el programa-documento de identidad jurídica

es el que se refiere a la ejecución de sus acciones, al respecto es indudable que

conforme a las atribuciones que establece la Ley Orgánica de la Administración

Pública a la Secretaría de Desarrollo Social, no le corresponde por su propia

14 Cf. Ley Agraria, Título Segundo, Ed. Porrúa, México, 2002.

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17

naturaleza, intervenir en lo concerniente a los procedimientos jurídicos,

propiamente dichos y/o a la emisión de determinaciones judiciales.

Al respecto encontramos que mientras el objetivo general del programa

delimita de manera congruente el perfil pretendido “…Realización de gestiones

que le permitan a la población rural en pobreza extrema contar con los

documentos oficiales que les acrediten…”15; el segundo objetivo refiere “…realizar

acciones para facilitar la celebración de actos jurídicos que propicien que se

regularice su situación ante las instancias legales competentes.”16

Rigurosa y formalmente o conforme a derecho, es muy importante precisar

que la mayoría de las acciones delineadas en el documento de identidad (supra.

cit.) son actos personalísimos en cuyo cumplimiento corresponde al particular dar

seguimiento a su procedimiento civil, agrario o administrativo, ante la autoridad,

fedatario o juez que competa, de manera que es necesario delimitar que los

indicadores utilizados por SEDESOL en el programa de identidad referidos a

trámite, actividad y gestión, deben de ser adecuados a lo posible y lo real, y no al

supuesto de tramitación en el marco de un procedimiento judicial que de fin a un

expediente y/o al trámite per se.

El Programa de Identidad Jurídica debe “ajustar” su procedimiento a

aquellas gestiones que partan de su funcionalidad administrativa eficiente:

Concluyendo a este apartado, el Programa de Identidad no está trazado como una

aplicación adjetiva o procedimental en el que las Delegaciones de SEDESOL

intervengan con una estructura de abogados en la resolución de actos jurídicos; se

15 Reglas de operación de los programas, Programa de Identidad Jurídica, DOF, viernes 15 de marzo de 2002, p. 2. 16 Ibidem

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18

delimita más bien, que su objetivo es fundamentalmente de orientación,

capacitación y fundamentalmente de gestión.

Así dentro de las acciones programadas sugerimos:

Dar preeminencia dentro del conjunto de acciones al que corresponde a la

expedición y/o en su caso emisión de copias de las actas de nacimiento, trátese

de recién nacidos, menores y/o ciudadanos (extemporáneos); en virtud de que

éste es el derecho fundante de los atributos de la personalidad y además porque

en ello radica el derecho a la nacionalidad y a un nombre, dígase el derecho a la

identidad jurídica de los mexicanos.

I. En los demás rubros o acciones en que se divide el Programa en

cuatro grupos encontramos, más bien, la expresión de la certeza

jurídica, que si bien puede suponer la identidad de las personas y sus

bienes, se refiere más bien a la seguridad normativa de dichas

personas.

Al respecto encontramos para el rubro No. 1 De las personas, que el

Programa de Identidad Jurídica, gestionará, el apoyo económico

coadyuvatorio en la compensación económica al particular en aquellos

casos que ya exista asentado en los libros y/o expedientes el

procedimiento judicial concerniente a:

• Actas de defunción.

Según se puede observar hemos desagregado diversas acciones

originalmente planteadas, dada la dispersión con que fueron

incorporadas al programa, además de su inviabilidad económica y la

carencia de fuentes estadísticas que permitan su debida planeación,

aspectos que desarrollaremos más adelante.

En la ejecución de estas acciones ubicamos, tanto el apoyo económico

brindado por las mesas de gestión de las CECS, como la planeación y

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19

ejecución de convenios de colaboración en los tres niveles de gobierno

que permitan, a través de las Delegaciones de SEDESOL la eficacia y

prontitud en la expedición de los documentos de referencia (Copias

Certificadas del Registro Civil.).

Este apartado –de las personas- cierra con la acción relativa a dos

documentos:

- La CURP y el certificado de estudios.

En el caso de la expedición de la Clave Única de Registro de

Población (CURP) encontramos que es prácticamente “aleatoria”, de la

expedición del acta de nacimiento, y/o en su caso del ejercicio del

derecho de petición que realice en su momento la población objetivo

ante las mesas de gestión de los CEC’S, esta acción no cuenta con

asignación económica dada la naturaleza gratuita fundamentada en el

Reglamento de la Ley General de Población. En cuanto al certificado

de estudios observamos las mismas carencias de falta de fuentes

estadísticas que permitan su planeación.

Enmarcamos que en este apartado se han desagregado del Programa

–documento original, las acciones concernientes a actas de

reconocimiento de los hijos, actas de tutela, actas de emancipación,

actas de matrimonio y las actas de divorcio administrativo y

aleatoriamente la que correspondía a la de certificados de estudios.

II. De las siguientes acciones que planteó originalmente éste programa

encontramos: De los bienes (testimonios): (Inmuebles, muebles,

apropiación de animales, tesoros, constancias de servidumbre).

De estos únicamente consideramos que es viable mantener el que

corresponde a los bienes inmuebles17, toda vez que su aplicación en

17 Como ha quedado asentado, mas allá de su adecuación en materia civil, se entienden como inmuebles en relación con la población rural en pobreza extrema; la casa habitación o terreno en la zona urbana de dicha población, su parcela o la parte alícuota que le corresponda en las áreas en

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20

buena medida es coadyuvatoria de las funciones que tiene asignadas

por ley la SEDESOL18. Además del vínculo interinstitucional que a tal

efecto se aplica con la Comisión para la Regularización de la Tenencia

de la Tierra (CORETT) la SRA y el RAN. Valga mencionar que si bien

el problema de la regularización de la tenencia de la tierra es

complejo, dígase por ejemplo, en el caso específico de los pueblos

indios. El Gobierno de la República ha impulsado, prácticamente a la

par de la Reforma al artículo 27 constitucional, un amplio programa de

regularización, catastro, certificación, titulación y registro de la

propiedad, que en este caso corresponde, en buena medida, a la

población objetivo de éste programa– población rural en pobreza

extrema. Según datos elaborados por la Secretaría de la Reforma

Agraria, los avances corresponden a un 70% del total pretendido, de

manera tal, que existe una fuente estadística inicial, que vinculada a

los trabajos de CORETT viabilizan el seguimiento de ésta acción.

En el rubro tercero, solamente quedaría el que corresponde a

sucesiones:

- Testamentaria

Ello cuando no corresponda a procedimiento judicial19 y cuya

aplicación será de manera interinstitucional, como así acontece con la

Procuraduría Agraria Nacional, ejecutándose los convenios de

colaboración correspondientes.

común del ejido, o la parte alícuota que le corresponda del área de producción, cuando se trate de ejidos colectivos. 18 Artículo 32 fracción IX “Proyectar la distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que corresponda, así como coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los ejecutivos estatales para la realización de acciones coincidentes en ésta materia, con la participación de los sectores social y privado. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Porrúa, México 2002. 19 En éste tenor advertimos las atribuciones de la Procuraduría Agraria Nacional, que entre otras corresponde la de la conciliación de los intereses de la población rural.

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Concluyendo: La desagregación de las acciones precitadas tiene su base

en (trátese de las personas y sus bienes) tres aspectos estadísticos:

a) Que no existen datos censales, ni siquiera a nivel macro, que más allá

del azar o la suposición permitan incorporar un Programa Nacional

que establezca la proyección y búsqueda de la certeza jurídica en los

rubros que originalmente planteaba el documento – programa de

identidad jurídica.

b) Que aún conociendo la magnitud de la población potencial y las

posibles acciones (frecuencia) a desarrollar una de las limitaciones

será la de los recursos financieros, ya que, como se deduce de la

propuesta 2002, de los programas de la SEDESOL el de Identidad

Jurídica es el que cuenta con el presupuesto más reducido.

c) De manera particular, precisamos que la variable concerniente a la

cultura, juega un papel significativo en la aplicación de las acciones

que originalmente planteó el programa y que ahora proponemos

desagregar como lo son:

- De los bienes muebles.

- De la apropiación de animales.

- De los tesoros.

- De las constancias de servidumbre.

Al respecto y como habíamos precisado (supra cit) según CONAPO (1999)

aproximadamente el 40% de ésta población es indígena, y en cuyo caso las

acciones pretendidas podrían “caer en un vacío”, ello si advertimos que éstos

núcleos conforme a sus sistemas específicos de usos, costumbres y de tradición

oral establecen determinados derechos a las familias y a las personas respecto de

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sus “bienes” muebles, animales, “tesoros” o “servidumbres”20. Al respecto, mas

allá de un registro escrito, la comunidad, paraje, pueblo o barrio de que se trate

identifica el derecho de “pertenencia” que corresponda a cada familia o persona a

través de sus autoridades tradicionales y como un hecho consensado y aceptado.

3 Conclusiones. 3.1 De la estrategia y el perfil del programa

I. La justificación de este rediseño de programa se manifiesta en la

existencia de una población potencial de 19,937,32121 de mexicanos en

pobreza extrema carentes de alguno de los beneficios (acciones)

trazados en el rediseño, y que corresponden a la aplicación de los

objetivos y metas inherentes a la búsqueda y realización de la identidad

y certeza jurídica de los mexicanos que habitan en las zonas rurales y

viven en condiciones de pobreza extrema.

II. Contrario sensu a su planteamiento primigenio, este rediseño delimita la

existencia de dos categorías jurídicas diferenciadas, aunque ligadas en

su pretensión; por un lado la del derecho fundante, que corresponde a la

identidad jurídica, evento que adviene de la expedición del acta de

nacimiento, el cual acredita el derecho a la nacionalidad y a un nombre;

y el de la certeza jurídica, que corresponde a la realización de la

persona y a la ejecución de diversos actos jurídicos.

20 Cuando nos hemos referido a la adecuación de carácter civil del programa, es precisamente porque -entre otros aspectos- no se consideró el “perfil” rural o étnico en la identificación de las acciones, en éste tenor precisamos que los términos -del derecho civil- como son los de “bien”, “tesoro” o “servidumbre”, por ejemplo, pueden tener otra connotación en el marco de la cosmogonía indígena. Cf. Durand Carlos, Derechos Indios, UACH, 1997. 21 Cfr. El Programa Nacional de Atención a las Microrregiones, 2002.

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La delimitación de estos dos fundamentos que conforman este rediseño

permiten advertir que la denominación correcta que corresponde es: Programa de identidad y certeza jurídica.

III. El perfil del programa se organizará a partir de la acción relativa a la expedición de actas de nacimiento, toda vez que en este acto

jurídico radica el derecho a la nacionalidad y constituye el derecho que

funda, desde la personalidad jurídica de los mexicanos, la existencia de

los demás derechos.

Así, partiendo de dicha acción, el programa de identidad y certeza jurídica se

integró para su ejecución por cinco acciones más: (en total se mantienen 6 del

documento original).

En el marco de los derechos de las personas:

a) Actas de defunción.

En el marco del patrimonio:

b) Los inmuebles.

En el marco de las sucesiones:

c) La Testamentaria

En el ámbito de la sensibilización:

c) Talleres

Y en combinación con el Registro Nacional de Población

d) La del Certificado Único de Registro de la Población (CURP).

IV. En el manejo de las acciones diseñadas se busca evitar la distracción

de recursos; la dispersión de acciones, y la “excesiva burocracia”.

El criterio de eficiencia al cual nos sujetamos alude a la concentración y

ejecución de acciones viables, cuya supervisión y organización dependa en lo

esencial de la propia SEDESOL, como así acontece en los convenios de

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concurrencia y colaboración interinstitucionales que establezca esta Secretaría

con los gobiernos de los Estados, la CORETT, la Procuraduría Agraria Nacional, y

los Colegios de Notarios.

V. La caracterización de la población objetivo no puede sustentarse a partir

de cánones urbanos o del derecho privado (civil) o por lo menos, tan

sólo a partir única y exclusivamente de esta rama del derecho. Su

delimitación corresponde a su condición rural, en cuyo caso existen

aspectos culturales y socioeconómicos que la definen. A los efectos de

este programa, constituyen la población objetivo:

• La mujer campesina-indígena.

• La población rural en pobreza extrema, cuyos ingresos no rebasan

3.5 salarios mínimos, y sus dependientes.

• Los indigentes rurales (desempleados rurales que no cuentan con

ningún ingreso).

• Los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios con unidades de

producción no mayores a 5.0 hectáreas en terrenos de temporal, y

sus equivalentes en terrenos de agostadero y cerril (10 y 20 has).

• Los jornaleros agrícolas (Aparceros, medieros)

• Los sesenta y cuatro pueblos indígenas.

• Los avecindados de las zonas urbanas ejidales y áreas de

asentamientos humanos de ejidos y comunidades.

• Los colonos rurales

Dentro de este espectro social, el tamaño de la población beneficiada será

dimensionado a partir de la seriación de las V etapas que integra este programa y

en el cual existen criterios de prelación a partir de diversos parámetros

socioeconómicos, de género y culturales.

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VI. Identificamos como prioritario al registro del nacimiento como un

derecho fundante de otros derechos, en el marco del programa de

identidad y certeza jurídica.

En este ámbito, la variable de la natalidad y su proyección permiten advertir

valores de mayor y menor incidencia, los cuales determinan a su vez, órdenes de

prelación respecto de la cobertura en que se puede delimitar el programa.

Aleatorio a esta variable, se encuentra el promedio nacional de intervalo entre

nacimientos, el cual indica la temporalidad de aplicación del programa; según la

base de datos, dicho intervalo es de 2.5 años. Aspecto que determinó la

periodicidad del programa en lapsos de dos años, por etapa, lo cual no descarta

su administración y ejecución anualizada, a los efectos del Plan Nacional de

Desarrollo y de la Ley General de Población.

Así, el programa se organiza –entre otros aspectos- a partir de aquellas

microrregiones y macrorregiones de la población objetivo en que la incidencia de

nacimientos sea mayor, además de considerar el periodo de intervalo citado.

En este tenor, los Estados que adquieren mayor importancia son Chiapas,

Oaxaca, Puebla, cuyo índice de natalidad es de los más altos a nivel nacional,

ubicándose entre 3.7 y 4.1 hijos.

VII. La mujer constituye un segmento fundamental de la población objetivo

de este programa, ya que: radica en ella el hecho vital de la fecundidad;

existe una feminización en las relaciones sociales de producción rurales

y las condiciones de expulsión masiva de fuerza de trabajo rural

condicionan a la mujer a mantener las economías campesinas.

VIII. La identificación de la población rural, a través de sus relaciones

sociales y particularmente de su régimen de propiedad, determinó, entre

otros aspectos la reconfiguración de la acción relativa a inmuebles, en

cuyo caso compete a las distintas formas de tenencia y de posesión de

la tierra, es decir la propiedad ejidal, comunal, colonias, terrenos baldíos

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y pequeña propiedad. En este ámbito encontramos que el trazo del

programa primigenio se sustentó al azar, lo que determina la

yuxtaposición con otros programas a nivel nacional, como los

desarrollados por la SRA, el RAN, el INEGI, y la PA.

Dicha reconfiguración relativa a la acción de escrituración de la propiedad rural

fue delimitada en vínculo estrecho con la Comisión de Regularización de la

Tenencia de la Tierra, organismo que liga su política a la de SEDESOL, lo que

permitirá su aplicación eficiente.

IX En el marco de su planeación el diseño de este programa parte del principio de

jerarquización, tanto en el manejo de la atención a la población, la ejecución de

sus acciones, así como, en el suministro de las partidas que corresponda a su

ejercicio.

3.2 Conclusiones estratégicas al trabajo de campo

Conclusiones Estratégicas

I. Conforme a las Reglas de Operación y Términos de Referencia

publicados en el D.O.F. relativos al seguimiento, aplicación y evaluación

del Programa de Identidad Jurídica, se observó que hasta la última

semana del mes de noviembre, el mencionado programa, no se había

aplicado. Específicamente, se encontró (en base al trabajo de campo)

que no se habían destinado recursos a las delegaciones estaduales de

SEDESOL de los Estados de Oaxaca y Chiapas, al igual que en los

municipios visitados, los cuales, desde luego, forman parte, tanto de los

CEC’S (Centros Estratégicos Comunitarios), como de las

Microrregiones, que cuentan con población objetivo –población rural en

pobreza extrema-.

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II. Al no existir resultados específicos de aplicación del Programa de

Identidad Jurídica, sobre posibles beneficiarios, el trabajo de campo se

estructuró a través de una muestra dirigida a usuarios potenciales e

informantes clave (85% y 15% respectivamente).

III. Dada la dimensión del Universo en estudio (población objetivo) y la

muestra aprobada para su aplicación por parte de la SEDESOL,

referente a solamente 100 cuestionarios, se concibe que los resultados

son limitados. No obstante, trazamos los presentes resultados en dos

ámbitos, a saber:

a) Que la aplicación del instrumento proyecta, que el objetivo del

programa, (brindar identidad y certeza jurídica a la población en

pobreza extrema en las regiones en estudio), es fundamental y

necesario.

b) Que los resultados obtenidos sugieren los parámetros de una prueba

piloto, los cuales permitirán la futura adecuación metodológica para

la evaluación del Programa de Identidad Jurídica y el concomitante

mejoramiento del instrumento de campo.

IV. Los resultados obtenidos demuestran la viabilidad del rediseño del programa en cuyo caso, se observa que las acciones del programa se limiten a los siguientes rubros

1. De las personas.

1.1 Actas de nacimiento.

1.2 Actas de defunción.

1.3 CURP.

2. De los bienes.

2.1Inmuebles.

3. De las sucesiones.

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3.1 Testamentaria.

4. Orientación.

4.1Talleres de sensibilización y promoción.

Aspecto que se desprende del desconocimiento por parte de la población

acerca del carácter que guarda cada una de las acciones otrora consideradas en

el Programa, es decir, falta de cultura jurídica y de aplicación institucional por parte

del gobierno federal, a través de posibles campañas de sensibilización e

información.

V. En virtud de que aproximadamente el 50 % de los encuestados

(usuarios potenciales e informantes clave) no cuentan con documentos base de su

identidad y certeza jurídica, se establece la necesidad de aplicación del citado

Programa, en cuyo caso y dada la magnitud del problema se proyecta el necesario

incremento presupuestal que destine el gobierno Federal al mismo

VI. La no aplicación del Programa determina que en los rubros relativos a:

• Cumplimiento de los objetivos y metas. • Beneficios económicos-sociales. • Cobertura y focalización. • Cumplimiento de las reglas de operación. • Costo-efectividad. • Eficacia y eficiencia del Programa. • Pertinencia de las premisas básicas.

No sea factible sustentar precisiones, aspectos a los que nos referiremos en el marco del tercer informe de esta evaluación. 4. RECOMENDACIONES ESTRATEGICAS 4.1 Sobre el programa 1. Reestructuración del programa, partiendo de su dimensión nacional (31

entidades federativas). Se aplicará en cinco etapas, proceso que se verificará

durante los próximos diez años, 2003-2012 y que tendrá como ámbito espacial de

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aplicación a las microrregiones y macrorregiones, independientemente de la

existencia o no, de los Centros Estratégicos Comunitarios ( CECS ).

Los parámetros cuali-cuantitativos del diseño de las etapas son:

-Tamaño de la población;

-Grado de marginación;

-Grado de dispersión;

-Niveles de pobreza extrema;

-Fecundidad;

-Carencia de registro de nacimientos;

-Infraestructura;

Expulsión poblacional;

-Regularización de la tenencia de la tierra.

Los órdenes de prelación se establecieron conforme a la política diseñada

por la SEDESOL, jerarquizando aquellas poblaciones de mayor necesidad

económica.

Las etapas se organizan a partir del criterio de las regiones y micro regiones y se

delimitarán de la siguiente manera:

1. En las microrregiones de muy alto grado de marginación que se

encuentran comprendidas en las regiones22:

REGIONES ESTADO LUGAR DE

MARGINACIÓN23 POBLACIÓN POTENCIAL

Guerrero 2 1, 748,023 I Hidalgo 5 839,290 Chiapas 1 2, 774,597 Oaxaca 3 2, 185,298 IV

Veracruz-Llave 4 3, 035,168 Población total 10,618376

Fuente: UNAM

22 Según regionalización económica del país. 23 Elaboradas con información de CONAPO 2000.

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2. En las microrregiones de alto grado de marginación que se encuentran

comprendidas en las regiones:

REGIONES ESTADO LUGAR DE MARGINACIÓN24

POBLACIÓN POTENCIAL

Guanajuato 13 289,365 I San Luis Potosí 6 861,097 II Zacatecas 12 174,927

Michoacán 10 695,969 III Nayarit 14 49,883 Puebla 7 1, 813,093 IV Tabasco 9 315,894

Campeche 8 231,162 V Yucatán 11 716,562 Población total 5,147,952

3. En las microrregiones de grado medio de marginación que se encuentran

comprendidas en las regiones:

REGIONES ESTADO LUGAR DE

MARGINACIÓN25 POBLACIÓN POTENCIAL

Morelos 19 32,781 I Querétaro 16 310,176 II Durango 17 124,960 III Sinaloa 15 295,796 IV Tlaxcala 18 34,954 V Quintana Roo 20 111,828 Población total 910,495

24 Ibidem. 25 Elaboradas con información de CONAPO 2000.

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4. En las microrregiones de grado bajo de marginación que se encuentran

comprendidas en las regiones:

REGIONES ESTADO LUGAR DE MARGINACIÓN26

POBLACIÓN POTENCIAL

Estado de México 21 1, 309,443 I Tamaulipas 23 126,399 II Chihuahua 26 228,430

Aguascalientes 28 53,090 Baja California Sur 27 109,853

Colima 22 5,478 Jalisco 25 166,267

III

Sonora 24 39,545 Población total 2, 038,505

5. En las microrregiones de grado muy bajo de marginación que se

encuentran comprendidas en las regiones:

REGIONES ESTADO LUGAR DE MARGINACIÓN27

POBLACIÓN POTENCIAL28

Coahuila 29 55,349 D,F 32 DN I

Nuevo León 31 67,312 III Baja California 30 1, 135,332 Población total 1, 257,993

2. Ampliación presupuestal (anual) hasta por un monto de 40 millones de pesos

que corresponde al cubrimiento de una población de aproximadamente 10%. Y

cuya distribución se dispone de la siguiente manera:

Porcentaje de asignación de recursos.

26 Ibidem. 27Ibidem. 28 Coordinación General de Microrregiones.

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$40´000,000.00 Trámite Porcentaje

CURP Gratuito

Acta de nacimiento 30

Escrituración CORETT 30.974

Acta de defunción 5

Testamentaria PA 5

Talleres de sensibilización 1

Subprograma pueblos indios 20

Gastos de operación y fiscalización 8.026

Fuente: Propia con proyecciones al año 2003.

La asignación de los recursos esta basada en un orden de jerarquización y de

prelación en la búsqueda del abatimiento de aquellas necesidades que se

enmarcan en el contexto de la identidad y certeza jurídica de los mexicanos en

pobreza extrema que habitan las áreas rurales y de los pueblos indígenas en

particular.

3. Creación de una partida presupuestal, base de sustento para la aplicación

del Programa de Identidad y Certeza Jurídica, a través de la cual sea

creada una instancia intermedia de Operación del Programa aplicándose a

través de la Dirección General de Desarrollo Social y Humano de la

SEDESOL, cuya administración se delimitará a partir de los siguientes

rubros:

A) Personal de confianza:

A1) Supervisor de programa (2 plazas), sueldo: $8,000.00

A2) Secretario (2 plazas); sueldo: $5,600.00

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A3) Coordinador interinstitucional; (1 plaza); sueldo: $7,000.00

Las funciones que se le asignarán a esta instancia administrativa son:

a) Ser el vínculo operativo entre los diversos actores e interventores

del Programa y la Dirección General de Desarrollo Social y

Humano.

b) Constituirse en instancia coadyuvatoria de la estructura ejecutora

correspondiente a la Dirección General de Desarrollo Social y

Humano, en sus ámbitos administrativo y de supervisión.

c) Erigirse en el enlace ante las delegaciones regionales de

SEDESOL, supervisando el debido cumplimiento del programa.

d) Supervisar el proceso de creación y desarrollo de las mesas de

operación, en comunicación con cada una de las delegaciones de

la SEDESOL.

e) Verificar la aplicación y cumplimiento de cada una de las

operaciones de las mesas.

f) Supervisar el funcionamiento de los talleres y la aplicación de sus

operadores.

4. Identificación del tamaño de la población objetivo conforme a las etapas

diseñadas29 respecto de la cual impactará el Programa de Identidad y Certeza

Jurídica proyectando el número de acciones a desarrollar y las mesas -itinerantes-

que se proponen aplicar.

5. Garantizar la debida planeación a través del cumplimiento de los convenios

interinstitucionales de concertación y concurrencia, fundamentalmente con la

Procuraduría Agraria Nacional, en materia de sucesiones; CORETT, en el ámbito

de la regularización de la tenencia de la tierra; y de coordinación con los

programas que le son recurrentes al de Identidad y Certeza Jurídica, como lo son, 29 En la presente reestructuración, presentamos debidamente dimensionada a la Etapa 1 a desarrollar en dos años y que incluye toda la base de datos.

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el de Microrregiones, Desarrollo de los Pueblos y Comunidades indígenas y

Mujeres Jefas de Familia; y con los gobiernos estaduales y municipales de cada

uno de los Estados y micro regiones de que se trate. (Etapas)

En este marco, funcionalizar la participación de la estructura responsable

(Delegaciones estatales de SEDESOL) y ejecución del programa en el marco de

las COPLADE de cada una de las que corresponda a la aplicación.

6. La ejecución del Programa de Identidad y Certeza Jurídica, se regulará para su

funcionamiento en las siguientes acciones y montos:

ACCIONES MONTOS

De las personas

Actas de nacimiento

Actas de defunción

35

35

De los bienes (testimonio)

Inmuebles

2,500.00

De las sucesiones

Testamentaria

750

Orientación

Talleres

5,000.00

7. Crear el Subprograma de Identidad y Certeza Jurídica de los Pueblos Indios, en

el marco de su Programa Matriz de Identidad y Certeza Jurídica Nacional, en

coadyuvancia con los gobiernos estaduales, municipales y la SEDESOL, en el

marco de las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Publica le

confiere al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, en lo

relativo al Desarrollo Social de los Pueblos y comunidades de México.

Page 35: Programa de Identidad Jurídica Introducción...establecido ningún convenio con los COPLADES, ni se han ejecutado convenios base de colaboración interinstitucional, esto de acuerdo

Evaluación Externa del Programa de Identidad Jurídica Resumen Ejecutivo

35

Acreditar la creación de un presupuesto de hasta 8 millones de pesos para

el manejo y financiamiento del Subprograma de Identidad y Certeza Jurídica en el

ámbito de los Pueblos Indígenas y cuyo manejo y suministro de partidas se

organice a través de las instancias respectivas de la SEDESOL.

Promover las iniciativas necesarias con el objeto de incorporar a los

Pueblos y comunidades indígenas, en el marco de este programa, en el registro

de sus hechos vitales, (nacimiento y muerte) que se desenvuelvan en sus

demarcaciones, desarrollando a tal efecto los marcos normativos necesarios que

convaliden la acreditación de las oficialías del Registro civil con operadores de los

pueblos indígenas.

De igual manera impulsar la capacitación a través de los tres órganos de

gobierno a efecto de consolidar la preparación de registradores indígenas.