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Programa Nacional para el desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario INSTRUCTIVO

Programa Nacional para el desarrollo de Parques Industriales ......Además, el Programa nacional de Parques Industriales del Bicentenario ofrece, a través del Banco na-ción, créditos

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Programa Nacional para el desarrollo de

Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

INSTRUCTIVO

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AUTORIDADES

Presidenta de la Nación

Dra. Cristina Fernández

Ministra de Industria de la Nación

Lic. Débora Giorgi

Director de Legales de Industria,

Comercio y PyME

Dr. Juan Alberto Díaz

Coordinadora Económica de Proyectos

Lic. Stella Maris Ayala Escobar

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Programa Nacional para el Desarrollo

de Parques Industriales Públicos en el

Bicentenario

Evaluadores

Lic. María Juliana Coronel

Arq. Marcelo Lozano

Lic. María Ángela Morra

Lic. Mariana Isabel Pereyra

Arq. María Julieta Raffo

Lic. Cyntia Schwerdtfeger

Coordinación Administrativa

Lic. Mariana Ciancio

Pablo Yapura

DISEño E IMPRESIón

AgRADECIMIENTO

Agradecemos al Plan nacional de Diseño por su

colaboración en la elaboración del presente Instructivo

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

5

IndiceIntroducción

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Registro Nacional de Parques Industriales RENPI

Procedimiento para inscribir al Parque Industrial en el REnPI

Formulario REnPI

Aportes No Reintegrables ANR

Procedimiento para solicitar un AnR para obras Intramuros

Solicitud de AnR para obras Intramuros

Informe Parcial

Informe Final de Obra y Cuentas

Normativa Vigente

7

8

111326

333542

52

61

73

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

7

IntroducciónLa transformación política iniciada en 2003 puso de pie a la Argentina de la producción, la inclusión y

el trabajo. El modelo productivo basado en la reindustrialización, el desarrollo del mercado interno, la

política de desendeudamiento y la defensa de las empresas nacionales hizo posible el crecimiento más

importante de los últimos 200 años. La industria nacional creció 81%, generando 127.000 nuevas PyMEs

y más de 5 millones de puestos de trabajo.

Para seguir ampliando la capacidad productiva, nuestra pujante industria nacional demanda más y

mejores espacios, que faciliten el crecimiento de la producción con valor agregado y el aumento de la

competitividad de las empresas. Con más infraestructura y nuevas tecnologías seguimos forjando la in-

dustria para esta nueva década. Por eso, la Presidenta Cristina Fernández puso en marcha el Programa

nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario.

En el marco del Programa se creó el Registro nacional de Parques Industriales para conformar una base

de datos actualizada que permita disponer en tiempo real de la oferta detallada de predios aptos para

la radicación industrial en todo el país.

El Programa prevé la ejecución de obras de infraestructura intramuros y para ello el Ministerio de Indus-

tria dispone de Aportes no Reintegrables de hasta $300 mil por solicitud para calles internas, cercos

perimetrales y obras civiles en los Parques Industriales, entre otras. A su vez, prevé la ejecución de obras

extramuros como tendido de redes de gas, electricidad y agua así como la construcción de rutas de

acceso a los Parques, a cargo del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Además, el Programa nacional de Parques Industriales del Bicentenario ofrece, a través del Banco na-

ción, créditos con subsidio del Ministerio de Industria de hasta 1 millón y medio de pesos a 5 años y tasa

fija en pesos del 9.5 % anual para provincias del norte grande y del 11 % para el resto del país para que

las PyMEs estén en los Parques.

Fortalecer sistemáticamente la industria nacional es clave para seguir mejorando el nivel de empleo y la

competitividad. Con una industria pujante, moderna, que incorpore más tecnología, innovación y valor

agregado profundizamos el modelo de crecimiento económico con inclusión social y consolidamos un

país más justo y próspero.

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el BicentenarioPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

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Unidad de Desarrollo Industrial Local - UDILLa Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL) tiene por objeto potenciar y fortalecer alianzas con los

actores locales en el Proceso Productivo-Industrial local, actuando en coordinación con los Gobiernos

Provinciales y Municipales

Objetivos

Promover alianzas estratégicas con actores gubernamentales de nivel nacional, regional y

local para el impulso del desarrollo industrial, a través de la ampliación y diversificación de las

industrias.

Generar las acciones necesarias de apoyo del crecimiento de industrias incipientes, en coordi-

nación con las áreas competentes, respecto de los gobiernos provinciales y municipales.

Planificar las acciones tendientes a incentivar las actividades de investigación científico-técni-

cas destinadas al fortalecimiento y desarrollo de las industrias, en coordinación con las áreas

competentes, respecto de los gobiernos provinciales y municipales.

Implementar acciones de capacitación y promover convenios con Universidades nacionales

en coordinación con los gobiernos provinciales y municipales para actores locales en la utili-

zación de las nuevas tecnologías aplicables a los productos y procesos.

Asesorar a los equipos políticos y técnicos de los gobiernos provinciales y municipales para

la creación de instrumentos técnicos administrativos que colaboren en el fomento de la acti-

vidad industrial.

Desarrollar, implementar y gestionar bases de datos vinculadas con la información del poten-

cial productivo y de oferta de bienes, servicios e instrumentos de apoyo a las provincias y los

municipios.

Fomentar las actividades de comunicación interinstitucional destinadas a la promoción, inte-

gración y visibilidad de los procesos productivos de las provincias y municipios.

Implementar acciones para facilitar y difundir información a los gobiernos provinciales y munici-

pales a fin de optimizar la implementación de los planes, programas y regímenes del Ministerio.

Asistir técnicamente en el análisis, evaluación, formulación y planificación de proyectos de

conformación y desarrollo de parques industriales provinciales y municipales.

Intervenir en la definición de políticas destinadas a agrupamientos industriales, el diseño, y

el financiamiento para el impulso de los mismos en acuerdos con las Provincias y Municipios.

Asesorar en la promoción del intercambio, complementación y asociación de los actores loca-

les en materia de las áreas de su competencia.

Facilitar la creación de vínculos entre actores de los gobiernos provinciales y municipales con

organismos Multilaterales y actores de sectores industriales a nivel internacional en los aspec-

tos vinculados con la industria a fin de generar inversiones.

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Parques Industriales

N° Parque Industrial

1 Área Industrial oficial de Desarrollo de El Trébol

2 Parque Industrial y Tecnológico de Villa María

3 Sector Industrial Planificado Municipal de Laprida

4 Parque Industrial Bigand

5 Área Industrial de Las Parejas

6 Parque Tecno-Industrial Albardón

7 Área Municipal de Promoción Industrial Sunchales

8 Parque de Actividades Económicas de Rafaela

9 Parque Industrial Presidente néstor Carlos Kirchner de Viale

10 Parque Tecnológico del Litoral Centro S.A.P.E.M.

11 Zona Comercial e Industrial de La Laguna

12 Parque Industrial Centrochaqueño

13 Parque Industrial Provincial Puerto Tirol

14 Parque Industrial Adrián Pascual Urquía

15 Área Industrial Carcarañá

16 Parque Industrial de Tres Arroyos

17 Área Industrial de Seguí

18 Sector Industrial Planificado Municipal de Trenque Lauquen

19 Parque Industrial Luis Beltrán

20 Parque Industrial Cañada de Gómez

21 Parque Industrial Plátanos*

22 Parque Industrial La Isla

23 Parque Industrial Coronel Suárez

24 Parque Industrial San Martín

25 Parque Industrial Provincial de Mendoza

26 Área Industrial oficial de Promoción Gálvez

27 Parque Industrial San Isidro de Lules

28 Área Industrial El Pantanillo*

29 Área Industrial San Gregorio

30 Área Industrial Firmat

31 Área Industrial Mansilla*

32 Parque Industrial Cañuelas I**

33 Parque Industrial Sustentable de Ubajay*

34 Sector Industrial Planificado Municipal de Carhué

35 Área Industrial Urdinarrain*

36 Parque Industrial oficial de Desarrollo Sauce Viejo

37 Sector Industrial Planificado de Las Flores*

38 Sector Industrial Planificado de Lobería*

39 Sector Industrial Planificado de Arrecifes** AnR en trámite

** Parque Industrial Privado

Inscriptos en el Registro Nacional de Parques Industriales con Aportes No Reintegrables (ANR) otorgados al 05/10/2011

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

10

Registro Nacional de Parques IndustrialesRENPI

25 Buenos Aires

16 Entre Ríos

04 La Pampa 05 Misiones

02 Salta

17 Santa Fe

01 Tucumán

03 Santa Cruz

18 Córdoba

01 Formosa

05 neuquén

04 San Juan

01 Stgo. del Estero

04 Chaco

02 Corrientes

09 Mendoza

03 Río negro

01 San Luis

T | 121 Parques

Actualmente, tramitan la inscripción al RENPI 121 Parques Industriales de las siguientes provincias:

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Registro nacional de Parques Industriales / REnPIPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

1312

El Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI) es una base de datos estadísticos actualizada

que permite disponer de la oferta detallada de predios aptos para la radicación industrial en todo el país,

como así también la nómina de las empresas instaladas.

Los datos del RENPI están incorporados en la página web http://parques.industria.gob.ar con el objeto

de difundir y vincular la oferta de lotes existente en los Parques con la demanda de radicación.

Se pueden inscribir todos los Parques Industriales Públicos, Mixtos y Privados radicados en el territorio

argentino. Todo Parque Industrial que quiera acceder a los beneficios del Programa nacional para el

Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario deberá estar inscripto en el RENPI

Para realizar este procedimiento, se debe completar y transferir vía Internet, con carácter de declaración

jurada, el formulario de “Solicitud de Inscripción al Registro nacional de Parques Industriales”. Dicho

formulario debe imprimirse y enviarse por correo postal junto con la documentación respaldatoria en

soporte papel a la Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL).

La UDIL evalúa el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades y sugiere la inscripción o no en

el RENPI dejando expresa constancia sobre los aspectos considerados y la normativa aplicable.

Posteriormente se resuelve la petición, disponiendo la inscripción y la emisión del Certificado corres-

pondiente.

A continuación se ilustran los pasos a seguir a fin de solicitar la inscripción del Parque Industrial en el

REnPI.

RENPI Procedimiento para inscribir al Parque Industrial en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI).1) Crear un usuario que le permitirá realizar la carga on-line del formulario de solicitud de inscripción en

el REnPI. Para ello, debe ingresar en http://parques.industria.gob.ar/sistemas/registro.php

2) Una vez creado y confirmado el usuario, completar el formulario on-line de solicitud de inscripción en

el REnPI. Una vez finalizada la carga, imprimir el formulario completo

3) Adjuntar la siguiente documentación respaldatoria en soporte papel:

a- Copia certificada del plano con subdivisiones del terreno aprobado por autoridad competente.

b- Plano con ubicación de empresas instaladas y lotes disponibles.

c- Copia certificada de la escritura del predio.

d- Copia certificada de la norma de creación.

e- Copia certificada del certificado de aptitud hidráulica emitido por autoridad competente.

f- Copia certificada del reglamento interno

g- Copia certificada del acta de designación de Autoridad del Parque Industrial.

h- Fotocopia de DnI de la máxima Autoridad del Parque Industrial.

i- Constancia de Inscripción en AFIP de las empresas radicadas en el Parque Industrial, impresa desde

la página web http://www.afip.gov.ar

j- DD.JJ. que cumple con la normativa municipal, provincial y nacional

4) El formulario impreso + la documentación respaldatoria, firmada y sellada por la autoridad del Par-

que, debe enviarse por correo certificado a:

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Área de Industria,

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

Av. Julio Argentino Roca n° 651, Planta Baja, Sector 11

(C1067ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Registro nacional de Parques Industriales / REnPIPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

1514

Procedimiento para generar su usuarioa) Ingresar a la página web http://parques.industria.gob.ar

b) Solicitar la clave de seguridad e identificación personal en REnPI-ACCESo

c) El Ministerio de Industria confirmará la contraseña a través de un e-mail al correo electrónico men-

cionado. Una vez recibido, deberá hacer un click en el link enviado para confirmar el usuario. Esta clave

será necesaria para realizar cualquier trámite en el Registro.

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Registro nacional de Parques Industriales / REnPIPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

1716

Una vez confirmado el usuario:

Ingresar a la página web http://parques.industria.gob.ar

Ingresar la clave de seguridad e identificación personal ya creada en REnPI-ACCESo

4) Ingresar su Usuario y Contraeña.

1

2

Formulario de Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales Datos del Parque Industrial

Si usted ingresa por primera vez al sistema, se encontrará con el Formulario de Solicitud de Inscripción

en el REnPI, cuyos campos son de carácter obligatorio. Las pantallas se sucederán hasta llegar a la úl-

tima, la cual tendrá la opción de finalizar.

Aquellas provincias que poseen

legislación del Parque Industrial,

deben detallar la norma jurídica

de creación provincial (Decreto,

Resolución, etc.)

En el caso de que sea Ruta

indicar si es nacional o

Provincial.

Si es el mismo que el domicilio

industrial, repetir los datos.

(continúa en la siguiente página)

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1918

(continuación página anterior) Caracteristicas del Parque Industrial

Implica tener un mínimo de infraestructura común.

Ejemplo: Apertura de calles.

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2120

Infraestructura y Equipamiento Ubicación RelativaNota aclaratoria: Debe marcar SI/no según el Parque Indus-

trial cuente o no con la infraestructura actualmente.

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2322

Empresas Establecidas

Es la sumatoria de empleos de

todas las empresas radicadas.

Ver cuadro > Condición de MiPyME en

la página siguiente

Una vez llegado a esta instancia el usuario debe

dar finalizar para pasar al siguiente paso donde

va a asociar las empresas que están en el parque.

Condición de MiPyME

Artículo 1° de la Resolución SePyME N° 24/2001 modificada por la Resolución SePyME N° 21/2010

Para establecer la condición de Micro, Pequeña o Mediana, las ventas totales anuales de la empresa no

deben superar los siguientes valores máximos

Se entenderá por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos

TRES (3) balances o información contable equivalente adecuadamente documentada, excluidos el im-

puesto al Valor Agregado, el impuesto interno que pudiera corresponder y deducidas las exportaciones

que surjan de los mencionados balances o información contable hasta un máximo del TREInTA Y CIn-

Co PoR CIEnTo (35%) de dichas ventas.

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2524

ASOCIAR A LAS EMPRESAS PERTENECIENTES AL PARQUE INDUSTRIAL

El usuario debe asociar las empresas del Parque

Industrial, mediante un formulario de carga con

datos específicos de cada empresa

noTA:

Si aún no tiene empresas radicadas ponga finalizar para

cerrar el trámite.

Al apretar en la opción Agregar empresa cargará el siguiente formulario

noTA:

Una vez finalizada la carga usted debe imprimir el formulario completo en la pestaña IMPRIMIR.

ATENCIÓN:

Una vez finalizada

la carga no se

pueden realizar

modificaciones

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2726

Formulario RENPI

SOLICITUD RENPI: 20110007

DATOS GENERALES

• Nombre del Parque Industrial : Parque Industrial Los Claveles • CUIT del Municipio : 30-11223344-5 • Nombre/Apellido Autoridad del Parque : Juan Pérez • Situación : En Construcción • Teléfono : 0911-0303456 • Fax : 0911-0303457 • Correo Electrónico : [email protected] • Norma Jurídica de Creación : Decreto provincial N° 2525/09

DOMICILIO INDUSTRIAL

• Calle / Ruta : Ruta Nacional N° 3 • Número / Km: 4.520 • Código Postal : 1234 • Provincia : Tucumán • Departamento : General San Martín • Municipio : Los Claveles

DOMICILIO LEGAL

• Calle / Ruta : Belgrano • Número / Km: 987 • Piso: • Depto: • Código Postal : 1234 • Provincia : Tucumán • Departamento : General San Martín • Municipio : Los Claveles

OTROS

• Tipo de actividad industrial susceptible de desarrollarse en el Parque de acuerdo a la categorización ambiental : Categorías 1, 2 y 3

Aportes No Reintegrables otorgados por la Provincia y/o Municipio en los últimos DOS (2) años. Provincia : Si

• Provincia: Tucumán

página 1

• Descripción : Cerramiento perimetral • Monto : $500.000 • Fecha : 01-06-2010 • Estado de la Obra : Rendida

Aportes No Reintegrables otorgados por la Provincia y/o Municipio en los últimos DOS (2) años. Municipio : Si

• Municipio : Los Claveles • Descripción : Apertura y consolidado de la calle principal • Monto : $400.000 • Fecha : 01-01-2010 • Estado de la Obra : Finalizada

Inversiones Públicas, indicando monto estado de las Obras La Provincia de Tucumán destinó $500 mil para el cerramiento perimetral del Parque Industrial Los Claveles (PILC), que permitió delimitar el predio y brindar seguridad a la empresa en operación y las que están construyendo sus naves industriales. A su vez, la Municipalidad de Los Claveles destinó $400 mil para la apertura y consolidado de la calle principal del PILC, permitiendo la circulación de vehículos en el sector donde se están localizando las primeras industrias.

• Superficie Total : 9 has. • Superficie Urbanizada : 5 has • Superficie no Urbanizada : 4 has • Cantidad total de Lotes : 19 • Superficie Total de Lotes a la Venta : 2,5 has • Superficie Total Ocupada por Industrias/Empresas : 2,5 has

página 2

A continuación se presenta el Formulario de Solicitud de

Inscripción al REnPI completo; la información ofrecida tiene

exclusivamente carácter ilustrativo.

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2928

• Aduana Interior: NO • Agua Potable: SI • Alumbrado público: NO • Área comercial: NO • Áreas Recreativas: NO • Aéreas Verdes: SI • Bancos: NO • Calles Internas: SI • Cerramiento Perimetral: SI • Correos: NO • Desagüe Pluvial: NO • Desagüe Sanitario: NO • Energía Eléctrica: SI • Espuela de Ferrocarril: NO • Estación de servicio: NO • Estacionamiento p/automóviles: NO • Estacionamiento p/camiones: NO • Internet: NO • Mantenimiento de áreas Comunes: NO • Nomenclatura de calles: NO • Oficinas Administrativas: NO • Planta de Tratamiento de Agua: NO • Red de Gas: NO • Sala de eventos Especiales: NO • Seguridad Privada: NO • Señalización: NO • Servicios Médicos y Asistenciales: NO • Sistema contra incendio: NO • Subestación Eléctrica: SI • Teléfonos: SI • Transporte Urbano: NO • Material de calle : Mejorado • Otros :

página 3

SOLICITUD RENPI: 20110007

• Distancia de Buenos Aires : 1500 (kms) • Distancia de la capital provincial : 100 (kms) • Distancia del puerto más cercano : 950(kms) • Distancia de la aduana más cercana : 100 (kms) • Distancia del Parque Industrial al centro de la ciudad: 10 (kms) • Ruta nacional más cercana :Ruta Nacional Nº 3 • Distancia del Parque Industrial a la ruta nacional más cercana : 0(kms) • Autopista más cercana: Autopista AU25 • Distancia del Parque Industrial a la autopista más cercana: 100 (kms)

página 4

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3130

SOLICITUD RENPI: 201100007

• Total de Empresas : 1 • Total Empleo generado : 15

Origen de las Empresas (%)

• Nacionales : 100 • Extranjeras : 0 • Mixtas : 0

Total de Empresas

• En proyecto : 2 • En construcción : 2 • En operación : 1

Número de Empresas

• Micro : 1 • Pequeñas : 3 • Medianas : 1 • Grandes : 0

página 5

SOLICITUD RENPI: 20110007

CUIT Razón Social 30-43704370-1 Tutti Frutti Empaques S.A. 30-18821882-2 Lemonchello S.R.L. 20-36200488-3 Flower Power de José González 27-01123581-3 El Azúcar No Endulza de Carla García 33-31415926-5 Mieleros del NOA Cooperativa Ltda.

página 6

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32

SOLICITUD RENPI: 20110142

• Se autoriza a la Autoridad de Aplicación del Decreto 915/2010 a publicar y difundir los datos consignados en la presente. Asimismo el solicitante se compromete a notificar cualquier modificación de los datos declarados.

página 7

Aportes No ReintegrablesANR

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Aportes no Reintegrables / AnRPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

3534

El Estado nacional a través del Ministerio de Industria de la nación destina $30.000.000 para financiar

obras de infraestructura intramuros mediante el otorgamiento de Aportes no Reintegrables (AnR).

El AnR consiste en una suma de dinero para la financiación de obras de infraestructura dentro del períme-

tro del Parque Industrial – Intramuros.

Son consideradas obras intramuros aquellas obras que permitan la provisión de servicios públicos y/o la

construcción de obras en el Parque Industrial. Forman parte de esta última definición las siguientes –a

mero título enunciativo: calles internas, cerco perimetral, obras civiles, playón de carga y descarga, barrera

forestal, cloacas, planta de tratamiento de efluentes y red interna de gas y electricidad.

Podrán solicitar AnR los Gobiernos Provinciales, Municipales y/o Comunales que posean Parques Indus-

triales inscriptos en el REnPI y que cumplan con los requisitos solicitados.

El límite máximo de AnR es de $300.000 por solicitud, debiendo el solicitante comprometer recursos

adicionales en concepto de contrapartida local como mínimo del 35% del AnR solicitado (por lo menos

$105.000), cuya modalidad de integración deberá constar en el cronograma de ejecución presupuestaria

del proyecto.

La Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL) controla que la documentación cumpla con los recaudos

fijados en el Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario y

efectúa el análisis de factibilidad técnica de las obras. El informe completo se eleva al Ministerio de Indus-

tria, quien emite un Acto Administrativo otorgando el AnR.

A continuación se ilustran los pasos a seguir a fin de solicitar el otorgamiento de un AnR

Aportes No Reintegrables para Obras Intramuros

Procedimiento para solicitar un ANR para Obras Intramuros1) nota de Solicitud de AnR de acuerdo al modelo de página 36 que puede descargarse de http://par-

ques.industria.gob.ar/descargas/registro/modelo_de_nota_de_solicitud_de_AnRs_obras_intramuro.doc

2) Con el mismo usuario ya creado para el REnPI, ingresar en http://parques.industria.gob.ar/obras_in-

tramuro.php para poder acceder y completar el formulario de obras Intramuros (Formulario C). Una vez

finalizada la carga, imprimir el formulario completo

3) Adjuntar la siguiente documentación en soporte papel:

a- Constancia de CUIT del Beneficiario (Municipio o Provincia en la mayoría de los casos)

b- Constancia de CBU de la cuenta bancaria receptora de fondos

c- Copia del DnI del Solicitante (Intendente o Gobernador en la mayoría de los casos)

d- Impresión de las Solicitudes de Inscripción en el REnPI suscripta por la autoridad solicitante con certi-

ficación de firma.

e- Fotocopia certificada de acta o acto administrativo de designación en el cargo de la autoridad solicitante.

f- Formulación del proyecto

I) objetivos.

II) Justificación de la necesidad de obra a financiar.

III) Cantidad de Empresas Radicadas y empleo actual en el Parque Industrial Público.

IV) Potencial de nuevas radicaciones, empleo, producción, exportaciones, importaciones y desa-

rrollo local.

V) Memoria Descriptiva de la obra.

VI) Priorización de Ejecución de la obra.

VII) Presupuesto y cronograma de ejecución presupuestaria (incluir aquí discriminado el 35% de

aporte local).

VIII) Diagrama de Gantt de la Ejecución de la obra (contemplar los tiempos administrativos)

IX) Plano de la obra aprobado por la Autoridad Competente.

X) nota informando el modo de ejecución de la obra (administración municipal, contratación di-

recta, licitación, etc)

4) El formulario de obras Intramuros (Formulario C) impreso + la documentación respaldatoria en sopor-

te papel, firmada y sellada por el solicitante, debe enviarse por correo certificado a:

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Área de Industria,

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

Av. Julio Argentino Roca n° 651, Planta Baja, Sector 11

(C1067ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Aportes no Reintegrables / AnRPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

3736

Nota de Solicitud de ANR para Obras Intramuros

nombre del Solicitante:

Gobernador o Intendente.

Poner lo que solicitan

sin el 35% de aporte local.

Debe estar firmado.

Cargo

1

Trámites Obras IntramurosPara solicitar un Aporte no Reintegrable para financiar una obra de Infraestructura Intramuro todo

Parque Industrial debe estar Inscripto en el Registro nacional de Parques industriales (REnPI).

Ingrese al botón REnPI - ACCESo

Ponga los datos

con los que usted

se registró para

inscribirse en el REnPI.

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Aportes no Reintegrables / AnRPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

3938

Para tramitar Aportes no Reintegrables para obras de Infraestructura Intramuros

usted debe ingresar a Beneficios y hacer click en Obras Intramuros y se desplegará el

siguiente formulario:

Si usted ha finalizado la carga de los datos del Registro Nacional de Parques Industriales, el Sistema

mostrará la vista con los datos cargados y una solapa con la posibilidad de tramitar los diferentes

beneficios.

2

Formulario Obras IntramurosComplete todos los datos solicitados. Una vez finalizada la carga, usted podrá imprimir el comproban-

te de la solicitud en la solapa IMPRIMIR.

(continúa en la siguiente página)

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4140

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(continúa en la siguiente página)

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4342

Solicitud de ANR para Obras Intramuros

DOMICILIO REAL Calle / Ruta: Belgrano Número / Km: 987 Piso: - Depto: - Código Postal: 1234 Provincia: Tucumán Departamento: General San Martín Municipio: Los Claveles Teléfono: 0911-0303456 E-mail: [email protected] Web:www.losclaveles.gov.ar CUIT del Municipio: 30-11223344-5 Aportes No Reintegrables otorgados por la Provincia y/o Municipio en los últimos DOS (2) años. Provincia: SI Provincia: Tucumán Descripción: Cerramiento perimetral Monto: $500.000 Fecha: 01/06/2010 Estado de la Obra: Rendida Aportes No Reintegrables otorgados por la Provincia y/o Municipio en los últimos DOS (2) años. Municipio: SI Municipio: Los Claveles Descripción: Apertura y consolidado de la calle principal Monto: $400.000 Fecha: 01/01/2010 Estado de la Obra: Finalizada Inversiones públicas realizadas en el Parque Industrial en los últimos DOS (2) años Describa: La Provincia de Tucumán destinó $500 mil para el cerramiento perimetral del Parque Industrial Los Claveles (PILC), que permitió delimitar el predio y brindar seguridad a la empresa en operación y las que están construyendo sus naves industriales. A su vez, la Municipalidad de Los Claveles destinó $400 mil para la apertura y consolidado de la calle principal del PILC, permitiendo la circulación de vehículos en el sector donde se están localizando las primeras industrias Informe de beneficios económicos del parque para la región y potencialidades del mismo (nivel de actividad a generar) Describa: El PILC fue creado por decisión del Poder Ejecutivo Provincial con el objeto de establecer un predio apto para la radicación de industrias que agreguen valor a las materias primas de Los Claveles y su zona de influencia. El Municipio a su vez se encuentra comprometido con esta iniciativa, que se verifica en la Ordenanza 999/2010 mediante la cual el Honorable Concejo Deliberante dispuso la exención en las tasas de abasto, recolección de residuos, publicidad y propaganda y barrido y limpieza por 5 años para aquellas industrias que se radiquen en el PILC. Actualmente tenemos una mediana empresa en operación (Tutti Frutti Empaques S.A.) que emplea a 15 trabajadores, 2 pequeñas empresas están construyendo sus naves industriales (Lemonchello S.R.L. y Flower Power) y esperan tomar a 10 y 12 empleados respectivamente con la puesta en marcha y 2 empresas (una pequeña y una microempresa) han presentado proyecto productivo para radicarse en el PILC, los cuales están en evaluación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM)

Formulario OI

página 1

 

SOLICITUD DE ANR´S PARA OBRAS INTRAMURO Modelo de Nota dirigida a la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

del MINISTERIO DE INDUSTRIA

El Municipio de LOS CLAVELES, representado en este acto por JUAN PEREZ,

Documento de Identidad tipo DNI Nº 18.666.999, en su carácter de INTENDENTE

MUNICIPAL, con domicilio en Belgrano N° 987 de la localidad de LOS CLAVELES,

departamento GENERAL SAN MARTIN, Provincia de TUCUMAN, constituyendo domicilio

especial en Suipacha 140 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, viene por la

presente a solicitar al MINISTERIO DE INDUSTRIA un Aporte No Reintegrable (ANR) de

PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000) para la ejecución de las siguientes obras de

infraestructura intramuros para el PARQUE INDUSTRIAL LOS CLAVELES.

Calles internas Cloacas

Cerco perimetral Planta para tratamiento de Efluentes

Obras civiles Red interna de gas x

Playón de carga y descarga Red interna de electricidad

Barrera forestal Otras: cordón cuneta

Marcar con una X lo que corresponda

Asimismo, hace saber que acompaña a la presente la documentación que exige el FORMULARIO C de la presente Reglamentación.

En la ciudad de LOS CLAVELES, a los 29 días del mes de OCTUBRE del año 2011.

Alumbrado público x

A continuación se presenta a modo de ejemplo un proyecto de solicitud de Aporte no Reintegrable.

La información ofrecida tiene exclusivamente carácter ilustrativo.

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4544

Información Referente al Solicitante Nombre y Apellido del Solicitante: Juan Pérez Provincia: Tucumán Departamento: General San Martín Municipio: Los Claveles Calle / Ruta: Belgrano Número / Km: 987 Piso: - Departamento: - Código Postal: 1234 FAX:0911-0303457 Teléfono: 0911-0303456 Teléfono Celular: 0911-15-0303458 Correo Electrónico: [email protected] Individualizar cuenta bancaria receptora de fondos, la cual deberá constituirse en una de las Entidades Financieras que operen como agentes de pago de la cuenta Única del Tesoro Nacional Entidad Bancaria: Banco de la Nación Argentina Número de Cuenta: 59100084/98 CBU: 01100501-84059100084980

página 2

Usted está obligado a: 1) Enviar toda la documentación que sea requerida posteriormente al envío de la documentación

obligatoria. 2) Permitir el ingreso de los inspectores de obra del MINISTERIO DE INDUSTRIA y/o de toda persona

que el mismo envíe 3) Exhibir toda la documentación que sea oportunamente requerida 4) Remitir un Informe Parcial de Obra a la UDIL cuando se haya alcanzado el 50% de la Obra 5) Remitir a la UDIL el Informe Final de Obra y Rendición de Cuentas en un término de hasta DIEZ (10)

días de finalizada la obra de acuerdo con los plazos establecidos en el cronograma del Proyecto. Asimismo, deberá acompañar la documentación que acredite haber practicado la contrapartida establecida (35% del monto del subsidio). Respecto a los comprobantes que respaldan la rendición de cuentas, se deberá indicar, entre otros: número de factura, Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Clave Única de Identificación Laboral (C.U.I.L.) del emisor, denominación o razón social, fecha de emisión, concepto, fecha de cancelación, número de orden de pago o cheque. La Autoridad de Aplicación podrá a los efectos de controlar la correcta utilización de los fondos, realizar las verificaciones y auditorías que estime necesarias (Res. 40/2010 Ministerio de Industria Art. 16)

página 3

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4746

Formulación de Proyecton° RAZón SoCIAL CUIT ACTIVIDAD EMPLEo

En oPERACIón

1 TUTI FRUTTI EMPAQUES S.A.

30-43704370-1 EMPACADoRA DE FRUTILLAS

15

En ConSTRUCCIón

1 LEMonCHELLo S.R.L. 30-18821882-2 ELABoRACIón DE BEBIDAS

10e

2 FLoWER PoWER DE JoSÉ GonZÁLEZ

20-36200488-3 EMPACADoRA DE FLoRES

12e

En PRoYECTo

1 EL AZÚCAR no EnDULZA DE CARLA GARCÍA

27-01123581-3 PRoDUCToRA DE ConFIRTURAS

S/D

2 MIELERoS DEL noA CooP LTDA.

33-31415926-5 EXTRACCIón DE MIEL S/D

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4948

RED InTERnA DE ILUMInACIón

MES 1 MES 2 MES 3

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

1 Licitación Pública

2 Bases

3 Armado de Luminarias

4 Armado Cajas de Conexión

5 Colocación de Columnas

6 Zanjeo

7 Tendido de cable y acometida

8 Cerrado de Zanja

9 Tablero de Comando

10 Pruebas

Ítem Descripción Unidad Cantidad Precio Unitario

Monto Total AnR Contrapartida Local

1 Construcción de bases (H 17) m3 1,2 $ 10.000 $ 12.000 $ 12.000

2 Provisión y montaje de columnas para alumbrado público de 11 mt. de altura libre y brazo de 2,50 mt. Incluye bornera, cable de 2,5 mm2, seccionador fusible de 15 A y jabalina

u 20 $ 6.500 $ 130.000 $ 130.000

3 Provisión y montaje de luminaria completa de na de 250 W, incluye la lámpara y el equipo completo

u 20 $ 1.500 $ 30.000 $ 30.000

4 Provisión y montaje de pilar de hormigón para comando y medición para alumbrado público. Incluye contactor, célula fotoeléctrica, inter-ruptor termomagnético, seccionador portafusible, etc.

gl 1 $ 20.000 $ 20.000 $ 20.000

5 Zanjeo, provisión y tendido de con-ductor subterráneo

metros 932 $ 230 $ 214.360 $ 138.000 $ 76.360

ToTAL $ 406.360 $ 300.000 $ 106.360

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5150

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5352

 

         

INFORME    PARCIAL      UNIDAD  TÉCNICA  MUNICIPAL/PROVINCIAL    RESPONSABLE  DEL  INFORME:          FECHA  DE  ENVÍO:                                                        

Firma  y  Sello  Intendente/  Aut.  Provincial  

Firma  y  Sello  Rep.  Técnico  de  la  Empresa  Contratista  (si  la  hubiere)  

Firma  y  Sello  Responsable  de  Obra  

     

Informe Parcial

página 1

 

 DATOS  GENERALES:  

 Provincia:  XXXXXXXXX    Departamento:  XXXXXXXXX    Municipio:  XXXXXXXXX    Parque  Industrial:  XXXXXXXX    N°  de  Expediente:  S01:XXXXX/XXXX  –  Resolución  MI  N°  XX/XXXX    Marcar  con  una  cruz  el  tipo  de  obra:    

Calles  internas     Cloacas    Cerco  perimetral     Planta  para  tratamiento  de  Efluentes    Obras  civiles     Red  interna  de  gas    Playón  de  carga  y  descarga     Red  interna  de  electricidad    Barrera  forestal        

 PROYECTO:    XXXXXXXXXXXXX.    Marcar  con  una  cruz  lo  que  corresponda    

Ejecución  Municipal     Contratación  directa     Licitación      Fecha  de  transferencia  de  Fondos:  XXXXXXXX    Fecha  del  Acta  de  Inicio  de  Obras:      /          /    Responsable  Técnico  de  la  Obra  (Apellido  y  Nombre):    Título:    Matrícula:    Breve  descripción  del  proyecto  ejecutado:    

 

página 2

Otros:

Resolución MI Nº

Artículo 16 del Anexo del Decreto N° 915/2010: La Autoridad de Aplicación podrá, a los efectos de

controlar la correcta utilización de los fondos, realizar las verificaciones y auditorías que estime nece-

sarias.Los beneficiarios deberán poner a disposición de la Autoridad de Aplicación, la totalidad de la

documentación respaldatoria, cuando ésta así lo requiera. Asimismo, deberán presentar Informe Parcial

cuando hayan alcanzado el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la obra.

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5554

 

OBRA:  XXXXXXXXXXXXXX.  

Marcar  con  una  cruz  lo  que  corresponda  ¿La  obra  se  realizó  de  acuerdo  a  lo  establecido  en  el  proyecto?   SI     NO      Si  la  respuesta  anterior  es  NO.  Deberá  emitir  una  opinión  técnica  detallada:    

 ¿Ha  habido  modificaciones  respecto  de  las  obras  proyectadas?   SI     NO      Si  la  respuesta  anterior  es  SI  describir  las  mismas    

 Materiales:  ¿Se  corresponden  los  materiales  empleados  con  los  indicados  en  el  proyecto?   SI     NO    

 Si  la  respuesta  anterior  es  NO  Indicar  desviaciones    

 ¿Se  cumplió  con  los  tiempos  establecido?   SI     NO    Si  la  respuesta  anterior  es  NO  Indicar  desviaciones    

 ¿La  obra  se  realiza  con    mano  de  obra  local?   SI     NO    ¿Los  materiales  utilizados  se  compraron  en  la  localidad?   SI     NO          

página 3

 

OBRAS  POR  CONTRATACIÓN  

 Contratista  (nombre  de  la  empresa):    Fecha  de  Contrato:    Fecha  de  inicio  de  obra  (DD/MM/AAAA):    Representante  Técnico:    Profesión:    Matrícula:    Plazo  de  la  obra:    Monto  del  Contrato:    Porcentaje  del  avance  de  la  obra:          Observaciones:    

 

página 4

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5756

 

 HISTORIAL  DE  GASTO  

Ítems   Descripción   Cantidad   Precio  Unitario   Monto   Fecha   N°  Factura  1              2              3              4              5              6              7              8              9              10              11              12              13              14              15              16              17              18              19              20              21              22              23              24              25              26              27              28              29              30              31              32              33              34              35              36              37              38              39              40              Total                

página 5

 

HISTORIAL  DE  ACTIVIDADES  

N°   Actividad   Plazo  proyectado1  

Plazo  Real  Fecha  de  inicio   Días  Corridos  

1     semanas      2     semanas      3     semanas      4     semanas        Comentarios:    

 

                                                                                                               1    Expresado  en  días,  de  acuerdo  al  Diagrama  de  Gantt  aprobado  

página 6

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5958

 

 INFORMACIÓN  ANEXA  

1. Fotos  al  inicio  de  la  obra  2. Fotos  del  desarrollo  de  la  obra  3. Planos  conforme  a  obra  (en  el  caso  de  que  los  hubiere)  4. Copia  de  Contrato  (en  el  caso  de  que  se  ejecute  bajo  esta  modalidad)  5. Copias  de  la  facturación  declarada  en  el  historial  de  gasto.  

página 7

ACTA  DE  INICIACIÓN  DE  OBRA  POR  CONTRATO/LICITACIÓN    Provincia:  Municipio:  Parque  industrial:  Obra:      En   la   ciudad   de   ___________,   Provincia   de   __________,   a   los   ___   días   del   mes   de  _______  del  _______,  reunidos  por  una  parte  ______________  en  representación  de  _________________________,  y  por  la  otra  _____________,  representante  de  la  firma  ____________,   se  procede  a   labrar   la  presente  Acta  de   Iniciación  de  Obra,  Licitación  Pública  Nº  ____/____  (si  correspondiere).    El  plazo  de  ejecución  de  la  misma  es  de  ________  días  corridos.  Por  lo  tanto,  los  trabajos  deberán  ser  entregados  totalmente  terminados  el  día  ___  de  _________  del  ______.  De  conformidad  de  ambas  partes,  se  firman  tres*  (3)  ejemplares  de  un  mismo  tenor  y  a  un  solo  efecto  y  fecha  antes  indicados.                      *    1  original  para  la  Municipalidad,  1  original  para  la  UDIL  y  1  original  para  el  Contratista.          

Modelo de Acta de Inicio de Obra

página 1

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6160

ACTA  DE  INICIACIÓN  DE  OBRA  EJECUCIÓN  DIRECTA    Provincia:  Municipio:  Parque  industrial:  Obra:    En   la   ciudad   de   ___________,   Provincia   de   __________,   a   los   ___   días   del   mes   de  _______  del  _______,  se  procede  a  labrar  la  presente  Acta  de  Iniciación  de  Obra.    El  plazo  de  ejecución  de  la  misma  es  de  ________  días  corridos.  Por  lo  tanto,  los  trabajos  deberán  ser  terminados  totalmente  el  día  ___  de  _________  del  ______.  De  conformidad,  se  firman  dos  (2)*  ejemplares  de  un  mismo  tenor  y  a  un  solo  efecto  y  fecha  antes  indicados.                                *  1  original  para  la  Municipalidad  y  1  original  para  la  UDIL.  

página 2

Informe Final de Obra y Cuentas

Artículo 26 del Anexo de la Resolución MI N° 40/2010: El beneficiario deberá presentar ante la UNI-

DAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL, dentro del plazo de DIEZ (10) días de finalizada la obra,

un Informe Final Técnico, que deberá ser acompañado de la documentación necesaria para realizar la

rendición de cuentas, incluida la que acredite el cumplimiento de la contrapartida local a la que se refiere

el Artículo 7º del Anexo al Decreto Nº 915/10.

Informe Final Técnico

Consta de:

1. Informe Final de obra, según modelo de página 62/68

2. Acta Final de obra. Enviar 1 original, según modelo de página 69

Rendición de Cuentas

Consta de:

1. nota dirigida a la Sra. Ministra de Industria, presentando la rendición (según modelo de página 70)

2. Planilla Detalle de Gastos, según modelo de página 71

3. Copia de los comprobantes, debidamente firmados por el Beneficiario

a. Mano de obra:

I. Copia del Formulario 931 AFIP (o formulario equivalente donde se discrimine el monto

abonado en concepto de cargas sociales) donde consta la nómina total de empleados.

II. DDJJ del Beneficiario identificando el personal afectado a la obra y el tiempo que ha

trabajado, según modelo de página 72.

III. Copia de los recibos de sueldo del personal afectado a la obra correspondientes al

lapso que han trabajado.

b. Materiales y demás contrataciones

I. Copia de las facturas

El Informe Final Técnico + la Rendición de Cuentas deben enviarse por correo o personalmente a:

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Área de Industria,

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

Av. Julio Argentino Roca n° 651, Planta Baja, Sector 11

(C1067ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Unidad de Desarrollo Industrial Local (UDIL)

Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Área de Industria,

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

Av. Julio Argentino Roca n° 651, Planta Baja, Sector 11

(C1067ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Informe Parcial + el Acta de Inicio de Obra deben enviarse por correo o personalmente a:

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6362

         

INFORME  FINAL  DE  OBRA        UNIDAD  TÉCNICA  MUNICIPAL/PROVINCIAL    RESPONSABLE  DEL  INFORME:          FECHA  DE  FINALIZACIÓN  DE  LA  OBRA:                                                        

Firma  y  Sello  Intendente/  Aut.  Provincial  

Firma  y  Sello  Rep.  Técnico  de  la  Empresa  Contratista  (si  la  hubiere)  

Firma  y  Sello  Responsable  de  Obra  

 

página 1 página 2

DATOS  GENERALES:  

 Provincia:  Córdoba    Departamento:  San  Marín    Municipio:  Villa  María    Parque  Industrial:  Parque  Industrial  y  Tecnológico  de  Villa  María  SEM    N°  de  Expediente:  S01:0360546/2010  -­‐  Resolución  MI  N°:  35/2011    Marcar  con  una  cruz  el  tipo  de  obra:    

Calles  internas     Cloacas    Cerco  perimetral     Planta  para  tratamiento  de  Efluentes    Obras  civiles     Red  interna  de  gas    Playón  de  carga  y  descarga     Red  interna  de  electricidad   X  Barrera  forestal     Otras1      

 PROYECTO:   Alumbrado  Público  y  Sistema  de  Iluminación  y  Señalización  lumínica  de  la  Garita  de  Acceso    Marcar  con  una  cruz  lo  que  corresponda    

Ejecución  Municipal     Concurso  De  precios      X   Licitación      Fecha  de  transferencia  de  Fondos:  21/03/2011    Fecha  del  Acta  de  Inicio  de  Obras:  28/04/2011    Fecha  de  presentación  del  Informe  Parcial:  08/06/2011    Responsable  Técnico  de  la  Obra  (Apellido  y  Nombre):    Título:    Matrícula:    Breve  descripción  del  proyecto  ejecutado:  Incluir  el  sistema  de  iluminación  y  señalización  lumínica  de  la  garita  de  acceso  

                                                                                                               1  Especificar  

Red Interna de electricidad

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6564

 

OBRA  1:  RED  INTERNA  DE  ELECTRICIDAD  

Marcar  con  una  cruz  lo  que  corresponda  ¿La  obra  se  realizó  de  acuerdo  a  lo  establecido  en  el  proyecto?   SI     NO      Si  la  respuesta  anterior  es  NO.  Deberá  emitir  una  opinión  técnica  detallada:    

 ¿La  obra  cumplió  con  las  expectativas  previstas  en  la  formulación  del  proyecto?   SI     NO    

 Ampliar  la  respuesta    

 Materiales:  ¿Se  corresponden  los  materiales  empleados  con  los  indicados  en  el  proyecto?   SI     NO    

 Si  la  respuesta  anterior  es  NO  Indicar  desviaciones    

 ¿Se  cumplió  con  los  tiempos  establecidos?   SI     NO    Si  la  respuesta  anterior  es  NO  Indicar  desviaciones    

 ¿La  obra  se  realiza  con    mano  de  obra  local?   SI     NO    ¿Los  materiales  utilizados  se  compraron  en  la  localidad?   SI     NO    

página 3

OBRAS  POR  CONTRATACIÓN  (contratación  directa  /  licitación)  

 Contratista  (nombre  de  la  empresa):    Fecha  de  Contrato:    Fecha  de  inicio  de  obra  (DD/MM/AAAA):    Representante  Técnico:    Profesión:    Matrícula:    Plazo  de  la  obra:    Monto  del  Contrato:            Observaciones:    

 

página 4

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6766

 HISTORIAL  DE  ACTIVIDADES  

N°   Actividad   Plazo  proyectado2  

Plazo  Real  Fecha  de  inicio   Días  Corridos  

1          2          3          4          5          6          7          8          9          10          11          12          13          14          15          16          17          18          19          20            Comentarios:    

 

                                                                                                               2  Expresado  en  días,  de  acuerdo  al  Diagrama  de  Gantt  aprobado  

página 5

CONCLUSIONES  

Detalle  a  continuación  los  beneficios  de  la  obra              

página 6

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6968

 DOCUMENTACIÓN  ANEXA  

1. Fotos  al  final  de  la  obra  2. Copia  del  Plano  Conforme  a  Obra  certificada  por  el  responsable  de  obra  (en  

caso  de  modificaciones  con  respecto  al  Plano  presentado  en  la  formulación  del  proyecto)  

3. Copia  de  la  documentación  que  acredite  el  modo  de  ejecución  de  la  obra  (Ejecución  municipal  /  contratación  directa  /  licitación)  

página 7

Acta Final de Obra Provincia: Municipio: Parque industrial: Obra: En la ciudad de ..........., Provincia de ............., a los____días del mes de______ del año _______, CERTIFICO, en carácter de declaración jurada, que la ejecución de la obra que tramita por EXP: ............ realizada con la intervención del Arquitecto/Ingeniero/MMO (dejar lo que corresponda) _____________________(Nombre y Apellido), Matrícula N° _______ en el Colegio de ____________, ha finalizado el día de hoy, cumpliendo con las condiciones de uso y estabilidad suficiente para dedicarse, debidamente conservada, al fin que se destina.

Firma y Sello Intendente/ Aut. Provincial

Firma y Sello Rep. Técnico de la Empresa Contratista (si la hubiere)

Firma y Sello Responsable de Obra

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Aportes no Reintegrables / AnRPrograma nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

7170

Nota de Presentación de la Rendición ………….., .. de …. de 20….

Sra. Ministra de Industria de la Nación Lic. Débora Giorgi Su Despacho De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a Ud a fin de presentarle la rendición de cuentas del Aporte No Reintegrable (ANR) por $ ............ depositado con fecha ........... de acuerdo a Resolución MI N° ...............

Costo Total del Proyecto $ ANR $ Contrapartida Local $

Adjunto a la presente planilla resumen y copia certificada

de los comprobantes, incluidos aquellos que acreditan el cumplimiento de la contrapartida local.

Sin otro particular, saludo a Ud muy atentamente

Planilla Detalle de Gastos

Comprobante Resolución Cancelación

N° Orden Tipo N° Fecha Emisor CUIT /

CUIL Concepto Importe ANR Contrapartida Local Fecha

N° Orden de Pago o Cheque

Total $ 405.000 $ 300.000 $ 105.000

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

72

Modelo de DD.JJ. Mano de Obra

………….., .. de …. de 20…. Sres. Unidad de Desarrollo Industrial Local Su Despacho

El que suscribe, …………………., Documento de Identidad tipo …. Nº ……………, en su carácter de ……………… de …………………, declaro bajo juramento que el siguiente personal ha sido afectado a la ejecución de la obra de infraestructura intramuros correspondiente a ………………. Aprobada mediante Resolución N° …../20…. Tipo de Personal

Empleado Modalidad de Contratación

Tareas Mes 1 Mes 2 Mes 3

Propio

Contratado

Normativa Vigente.Decreto 915/2010.Resolución 40/2010

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

7574

Decreto 915/2010ECONOMIAS REgIONALES

Créase un Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos. Autoridad de

Aplicación.

Bs. As., 28/6/2010

VISTo el Expediente nº S01:0118410/2010 del Registro del MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo, y

ConSIDERAnDo:

Que con el objeto de continuar profundizando el desarrollo industrial en todo el territorio de la REPU-

BLICA ARGEnTInA, dando preeminencia a la implementación de políticas públicas activas que reper-

cutan en las diferentes economías regionales, resulta conveniente crear un Programa nacional para el

Desarrollo de los Parques Industriales Públicos que permita financiar obras de infraestructura en dichos

establecimientos, y asimismo fomentar la radicación en ellos de Pequeñas y Medianas Empresas, me-

diante la bonificación parcial de la tasa nominal anual que establezcan las entidades financieras por

préstamos a otorgarse en el marco del presente Programa.

Que la finalidad del Programa permitirá mejorar la eficiencia de las Pequeñas y Medianas Empresas, po-

tenciar las sinergias derivadas de la localización común, incentivar la agregación de valor a la industria

manufacturera y de servicios —tanto mediante la radicación de empresas procesadoras de las materias

primas en las zonas agrícolaganaderas intensivas como la innovación tecnológica—, promover la forma-

lización de empresas y de personal, generar empleos, afianzar el desarrollo industrial regional a través

de la utilización de espacios permitiendo la convivencia adecuada con áreas residenciales.

Que a tal efecto, el Programa prevé el otorgamiento de Aportes no Reintegrables a los Parques Indus-

triales Públicos, para la realización de obras de infraestructura intramuros.

Que además se prevé la realización, a través del MInISTERIo DE PLAnIFICACIon FEDERAL, InVERSIon

PUBLICA Y SERVICIoS, de obras de infraestructura extramuros que permitan potenciar a los citados Parques.

Que el ESTADo nACIonAL en el marco del mencionado Programa, bonificará parcialmente la tasa

nominal anual que establezcan las entidades financieras por préstamos que se otorguen a empresas, a

los fines de la radicación y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en los Parques Industriales

Públicos.

Que asimismo, con el objeto de contar con una base de datos estadísticos actualizada que permita dis-

poner de la oferta detallada de predios aptos para la radicación industrial en todo el Territorio nacional,

como así también la nómina de las empresas instaladas, se dispone la creación del Registro nacional de

Parques Industriales en el ámbito de la Unidad de Desarrollo Industrial Local dependiente del MInISTE-

RIo DE InDUSTRIA Y TURISMo.

Que a los fines de complementar la base de datos ut supra mencionada, las Provincias y los Municipios,

deberán informar al Registro nacional de Parques Industriales, en el ámbito de sus competencias pro-

mocionales, los beneficios y/o cualquier tipo de subvención que otorgan a empresas ya radicadas en

sus Parques Industriales Públicos. Los datos recopilados permitirán centralizar y difundir la información.

Que es imprescindible la cooperación y coordinación entre los distintos regímenes estaduales para dar

cumplimiento a los objetivos propuestos, con el consecuente afianzamiento y robustecimiento del sis-

tema federal.

Que la presentación de las rendiciones de cuentas correspondientes, además de obedecer a un impe-

rativo legal, deviene necesaria a fin de verificar el destino, intangibilidad y eficiencia en el uso de los

fondos públicos y el adecuado ejercicio de las actividades específicas de control.

Que resulta conveniente facultar a la Autoridad de Aplicación a dictar la normativa y/o reglamentación

que resulte necesaria para su implementación.

Que la readecuación presupuestaria encuentra sustento en el Artículo 37 de la Ley de Administración

Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público nacional nº 24.156 y sus modificatorias.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artí-

culo 7, inciso d) de la Ley nacional de Procedimientos Administrativos nº 19.549.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la

ConSTITUCIon nACIonAL.

Por ello,

LA PRESIDEnTA DE LA nACIon ARGEnTInA

DECRETA:

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

7776

Artículo 1º — Créase el Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bi-

centenario, con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitar la radicación

y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en Parques Industriales Públicos, que como Anexo

con DoCE (12) hojas forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Créase el Registro nacional de Parques Industriales en el ámbito de la Unidad de Desarrollo

Industrial Local del MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo con el objeto de contar con un banco de

datos estadísticos que permita disponer en tiempo real de la oferta detallada de predios aptos para

la radicación industrial en todo el Territorio nacional, como así también la nómina de las empresas allí

instaladas.

Art. 3º — Desígnase al MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo como Autoridad de Aplicación del men-

cionado Programa, facultándolo a dictar la normativa y/o reglamentación que resulte necesaria para su

implementación.

Art. 4º — Fíjase en la suma de PESoS TRESCIEnToS MILLonES ($ 300.000.000.-) el cupo total de

créditos respecto de los cuales la Autoridad de Aplicación podrá bonificar la tasa de interés en el marco

del Programa que por el presente decreto se crea. Dicho cupo será adicional al fijado por medio del

Decreto nº 1447 de fecha 8 de octubre de 2009.

Art. 5º — Fíjase en la suma de PESoS TREInTA MILLonES ($ 30.000.000.-) el cupo total de Aportes no

Reintegrables destinados a financiar obras de Infraestructura en Parques Industriales Públicos.

Art. 6º — La Autoridad de Aplicación articulará políticas junto al MInISTERIo DE PLAnIFICACIon FE-

DERAL, InVERSIon PUBLICA Y SERVICIoS a los fines de establecer e incluir los proyectos presentados

en los programas de infraestructura que mejor se adecuen al desarrollo de obras extramuros de los

Parques Industriales Públicos.

Art. 7º — Establécese que el señor Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las adecuaciones presupues-

tarias correspondientes de acuerdo con la normativa vigente, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto

en la presente medida.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección nacional del Registro oficial y archívese. —

FERnAnDEZ DE KIRCHnER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Débora A. Giorgi. — Julio

M. De Vido.

AnexoPROgRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES

PUBLICOS EN EL BICENTENARIO

OBJETIVOS:

ARTICULo 1º: El presente Programa tiene como objetivos:

a) Financiar obras de infraestructura dentro de Parques Industriales Públicos, a través del otorgamiento

de Aportes no Reintegrables, en adelante referidos como “AnRs”.

b) Financiar obras de infraestructura para Parques Industriales Públicos, extramuros, a través del MInIS-

TERIo DE PLAnIFICACIon FEDERAL, InVERSIon PUBLICA Y SERVICIoS.

c) Facilitar la radicación de Pequeñas y Medianas Empresas —definidas según lo dispuesto en la Reso-

lución nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EM-

PRESA del ex MInISTERIo DE EConoMIA y sus modificaciones— y/o la ampliación de capacidad de las

ya instaladas, por medio del acceso al crédito, el cual contará con una bonificación en la tasa de interés

a cargo del ESTADo nACIonAL.

DEFINICIONES:

ARTICULo 2º: A los efectos del presente Programa, se entenderá por:

a) “Parque Industrial Público”: a la porción delimitada de la Zona Industrial diseñada y subdividida para

la radicación de establecimientos manufactureros y de servicios, dotada de la infraestructura, equipa-

miento y servicios apropiados para el desarrollo de tales actividades, que sean promovidos y gestiona-

dos por el Gobierno nacional, Provincial o Municipal.

b) “obras Intramuros”: a aquellas obras que permitan la provisión de servicios públicos y/o la construc-

ción de obras en el Parque Industrial. Forman parte de esta última definición los siguientes —a mero

título enunciativo—: calles internas, cerco perimetral, obras civiles, playón de carga y descarga, barrera

forestal, cloacas, planta para tratamiento de efluentes y red interna de gas y electricidad.

c) “obras Extramuros”: a aquellas obras de infraestructura que permitan la provisión de servicios públi-

cos y obras viales necesarias para el acceso al Parque Industrial.

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7978

TITULO I

APORTES NO REINTEgRABLES

BENEFICIOS:

ARTICULo 3º: Los beneficios a los que alude el presente título consisten en “AnRs”, exclusivamente

para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros exclusivamente en Parques Industriales

Públicos.

ARTICULo 4º: El límite máximo de “AnRs” a otorgar en el marco del Programa será de hasta PESoS

TREInTA MILLonES ($ 30.000.000.-).

ARTICULo 5º: Los beneficios otorgados por solicitante serán de hasta PESoS TRESCIEnToS MIL ($

300.000.-) por solicitud.

BENEFICIARIOS:

ARTICULo 6º: Podrán ser beneficiarios de los “AnRs” los Municipios y/o Provincias en donde se encuen-

tren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento establecido en el

presente Programa.

REQUISITOS:

ARTICULo 7º: Para el acceso a los beneficios previstos en el presente Programa, el peticionante deberá

aportar, como mínimo, en concepto de contrapartida local, recursos adicionales al aporte solicitado,

equivalentes al TREInTA Y CInCo PoR CIEnTo (35 %) del monto del subsidio peticionado.

La Autoridad de Aplicación evaluará y aprobará la forma de integración de dicha contrapartida.

PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A LOS “ANRs”:

ARTICULo 8º: Todo Parque Industrial Público interesado en obtener el beneficio deberá estar previa-

mente inscripto en el Registro nacional de Parques Industriales creado por la presente medida.

ARTICULo 9º: La solicitud de otorgamiento del beneficio deberá ser realizada por el Municipio y/o Pro-

vincia, en el que se encuentre radicado el Parque Industrial Público, mediante nota dirigida a la UnIDAD

DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, del MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo la cual será acom-

pañada del modelo de formulario que esta última determinará. Aquella deberá consignar como mínimo:

I. DAToS DEL PARQUE InDUSTRIAL:

1- nombre del Parque Industrial:

2- norma o Acto que lo crea:

3- Domicilio Real:

4- Aportes no Reintegrables otorgados por la Provincia y/o Municipio en los últimos DoS (2) años al

Parque Industrial, e Inversiones Públicas realizadas en el mismo, indicando en ambos casos monto y

estado de las obras.

II. DAToS DEL SoLICITAnTE:

1- nombre de la Localidad:

2- Provincia a la que pertenece:

3- Domicilio Real:

4- Teléfono y Fax:

5- Correo Electrónico:

ARTICULo 10: Con la solicitud se deberá presentar un Proyecto de Infraestructura en el que se con-

signen:

a) Las obras de infraestructura que se pretenden realizar.

b) Estimación de los costos de las obras a las que alude el punto anterior.

c) Cronograma y modo de ejecución de las obras.

d) Cantidad de Empresas radicadas y empleo actual en el Parque Industrial Público.

e) Potencial de radicaciones, a partir de la concreción de la obra peticionada.

f) Contrapartida y forma de integración.

g) Individualizar la cuenta bancaria receptora de los fondos, la cual deberá constituirse en una de las

Entidades Financieras que operen como agentes de pago de la Cuenta Unica del Tesoro nacional.

La información consignada deberá estar contenida, además, en soporte magnético que se adjuntará a

la presentación.

ARTICULo 11: Sin perjuicio de los requisitos establecidos en los artículos precedentes, la Autoridad de

Aplicación podrá establecer otros requisitos adicionales que entienda necesarios.

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8180

DEL CONTROL DE LA DOCUMENTACION Y FACTIBILIDAD:

ARTICULo 12: Si la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL verifica o detecta errores formales,

omisiones o inexactitudes en la información suministrada que puedan ser subsanados, intimará al Muni-

cipio y/o Provincia solicitante para que en el plazo de VEInTE (20) días hábiles proceda a subsanarlos,

bajo apercibimiento de declarar la caducidad del procedimiento.

ARTICULo 13: Recibida la totalidad de la documentación la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL

LoCAL controlará que ésta cumpla con los recaudos fijados en el presente Programa y efectuará el

análisis de factibilidad técnica de las obras.

ARTICULo 14: Se declarará la caducidad del beneficio cuando éste sea utilizado con fines distintos a los

aprobados.

ARTICULo 15: Corroborado el desvío de los fondos, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL

realizará la denuncia penal correspondiente e informará tal situación al Servicio Jurídico permanente

del MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo a los fines de incoar la acción de recupero patrimonial de

acuerdo a lo normado por el Decreto nº 2192 de fecha 28 de diciembre de 2009.

DEL CONTROL Y LA RENDICION DE CUENTAS:

ARTICULo 16: La Autoridad de Aplicación podrá, a los efectos de controlar la correcta utilización de los

fondos, realizar las verificaciones y auditorías que estime necesarias.

Los beneficiarios deberán poner a disposición de la Autoridad de Aplicación, la totalidad de la do-

cumentación respaldatoria, cuando ésta así lo requiera. Asimismo, deberán presentar Informe Parcial

cuando hayan alcanzado el CInCUEnTA PoR CIEnTo (50 %) de la obra.

ARTICULo 17: La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL practicará los controles periódicos

que considere pertinentes teniendo en cuenta el cronograma de obras presentado por el beneficiario.

El beneficiario deberá comunicar a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL los retrasos que

pudieren presentarse en el curso de la ejecución, dentro del plazo de QUInCE (15) días de acaecidos o

conocidos los hechos.

ARTICULo 18: El beneficiario estará obligado a rendir cuentas ante la UnIDAD DE DESARRoLLo In-

DUSTRIAL LoCAL, en un término de hasta DIEZ (10) días de finalizada la obra de acuerdo con los plazos

establecidos en el cronograma del Proyecto presentado y deberá presentar documentación fehaciente

que acredite la correcta imputación de los “AnRs” a las obras aprobadas.

Asimismo, deberá acompañar la documentación que acredite haber practicado la contrapartida esta-

blecida en el Artículo 7º del presente Programa y elaborar un Informe Final de las obras realizadas, el

cual será analizado por la Autoridad de Aplicación.

ARTICULo 19: Respecto a los comprobantes que respaldan la rendición de cuentas, se deberá indicar,

entre otros: número de factura, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o Clave Unica de Iden-

tificación Laboral (C.U.I.L.) del emisor, denominación o razón social, fecha de emisión, concepto, fecha

de cancelación, número de orden de pago o cheque.

La Autoridad de Aplicación podrá requerir nuevos extremos para la correcta rendición.

ARTICULo 20: Sólo por excepción podrá autorizarse la extensión del plazo mencionado en el Artículo

18 del citado Programa, cuando se expliciten las razones de hecho o de derecho que justifiquen su pe-

tición ante la Autoridad de Aplicación.

ARTICULo 21: Cuando el beneficiario no presentare en término la rendición de cuentas, la UnIDAD DE

DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL procederá a intimarlo por medio fehaciente por un término de SE-

SEnTA (60) días. Vencido dicho plazo se instruirá al Servicio Jurídico permanente a fin de que inicie las

acciones judiciales correspondientes.

ARTICULo 22: Los montos no rendidos de conformidad con la normativa, deberán ser reintegrados al

ESTADo nACIonAL. La Autoridad de Aplicación, al momento de reglamentar el presente Programa,

deberá estipular la forma en que se realizará la devolución.

ARTICULo 23: Los beneficiarios no podrán acceder a un nuevo “ARns”, en el marco del presente Pro-

grama, hasta tanto no haya sido aprobada la rendición de cuentas, y presentado el Informe Final.

TITULO II

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EXTRAMUROS:

BENEFICIOS:

ARTICULo 24: Los beneficios a los que alude el presente título consistirán en la realización de obras de

infraestructura que permitan la provisión de servicios públicos y obras viales necesarias para el acceso

al Parque Industrial Público.

BENEFICIARIOS:

ARTICULo 25: Serán beneficiarios del presente los Municipios y/o Provincias que presenten estudios

que evidencien la necesidad y conveniencia de llevar adelante obras de infraestructura que beneficiarán

a las empresas radicadas y favorecerá la instalación de otras.

ARTICULo 26: A los efectos del otorgamiento del presente beneficio, los solicitantes deberán cumplir

con el procedimiento establecido en los Artículos 8º a 10, del presente Programa.

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8382

ARTICULo 27: Efectuado el control que prevé el Artículo 12 del presente Programa, las solicitudes pre-

sentadas serán remitidas a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL quien realizará el análisis

correspondiente y confeccionará el orden de mérito en función de:

a) La identificación de empresas que por sus características fomenten la radicación de nuevas empresas

y generen empleo.

b) La necesidad de ampliación de parques existentes, de acuerdo con el número de empresas radicadas

y la demanda para nuevas radicaciones.

ARTICULo 28: Una vez realizado el análisis y la categorización, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUS-

TRIAL LoCAL emitirá opinión técnica respecto de las obras propuestas y, en su caso, recomendará

su realización a la Autoridad de Aplicación. Esta, a su turno, comunicará al MInISTERIo DE PLAnI-

FICACIon FEDERAL, InVERSIon PUBLICA Y SERVICIoS su preferencia para que la citada cartera

la incluya en los Programas de Infraestructura que mejor se adecuen al proyecto presentado. Dichos

proyectos deberán ajustarse a los lineamientos establecidos en los Programas existentes en el men-

cionado Ministerio.

TITULO III

DEL SUBSIDIO DE TASAS PARA LA RADICACION Y DESARROLLO

DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS:

ARTICULo 29: El ESTADo nACIonAL bonificará parcialmente la tasa nominal anual que establezcan

las entidades financieras por préstamos a otorgarse en el marco del presente Programa, a los fines de la

radicación, desarrollo y ampliaciones de las Pequeñas y Medianas Empresas en los Parques Industriales

Públicos. La cuantía de la bonificación será la establecida por la Autoridad de Aplicación.

Las beneficiarias deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Resolución nº 24 de fecha 15 de

febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA del ex MInISTERIo DE

EConoMIA y sus modificaciones y demás requisitos que fije la Autoridad de Aplicación.

ARTICULo 30: La Autoridad de Aplicación, a través de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEñA Y ME-

DIAnA EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL de la SECRETARIA DE InDUSTRIA, CoMERCIo Y DE LA

PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA, arbitrará los medios necesarios a los fines de suscribir un convenio

con el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA para la implementación del presente Programa.

ARTICULo 31: Delégase en la Autoridad de Aplicación el procedimiento para la solicitud de la boni-

ficación de tasas para la radicación de las Pequeñas y Medianas Empresas en Parques Industriales

Públicos.

TITULO IV

REgISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS:

ARTICULo 32: Todo Parque Industrial Público interesado podrá inscribirse en el mencionado Registro

que por la presente medida se crea.

ARTICULo 33: La solicitud de inscripción deberá ser realizada por el Municipio y/o Provincia o Persona

Jurídica, mediante nota dirigida a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, acompañando la

siguiente información:

I. DAToS DEL PARQUE InDUSTRIAL:

1- nombre del Parque Industrial:  

2- norma o Acto que lo crea:  

3- Localidad: Provincia:

4- Domicilio Real:  

5- Teléfono: Email:

6- Tipo de Actividad Industrial susceptible de desarrollarse en el Parque de acuerdo a la categorización

ambiental.

7- Declaración Jurada en la que manifieste que el Parque cumple con la normativa vigente, Municipal,

Provincial o nacional, para las actividades allí desarrolladas.

8- Servicios Públicos con los que cuenta el Parque.

9- Predios disponibles, indicando la superficie.

10- Detalle de las empresas radicadas y personal contratado bajo cualquier modalidad.

11- Todo otro dato que el peticionante considere pertinente.

12- Autorización a la Autoridad de Aplicación a publicar y difundir los datos consignados.

13- Compromiso de notificar a la Autoridad de Aplicación cualquier modificación en los datos declarados.

ARTICULo 34: La Autoridad de Aplicación podrá requerir cualquier otra información que estime pertinente.

ARTICULo 35: Con el objeto de difundir la información existente para lograr vincular la oferta existente

en los Parques con la demanda de radicación, los datos deberán ser incorporados en la página web

oficial del MInISTERIo DE InDUSTRIA Y TURISMo.

ARTICULo 36: En caso que la Autoridad de Aplicación detecte que la información declarada resulte

inexacta o irregular, revocará la inscripción en el citado Registro.

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8584

Resolución 40/2010Ministerio de Industria

ECONOMIAS REgIONALES

Apruébase la reglamentación del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Pú-

blicos en el Bicentenario.

Bs. As., 17/8/2010

VISTo el Expediente nº S01:0285573/2010 del Registro del MInISTERIo DE InDUSTRIA y el Decreto nº

915 de fecha 28 de junio de 2010, y

ConSIDERAnDo:

Que mediante el Decreto nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa nacional para el

Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario”, el que tiene por finalidad continuar las

políticas públicas tendientes a profundizar el desarrollo industrial, competitivo y sustentable, en todo el

Territorio nacional.

Que atento la necesidad de contar con una base estadística actualizada de la oferta de predios aptos

para la radicación industrial en el territorio de la REPUBLICA ARGEnTInA, como así también de la nómi-

na de empresas instaladas en el marco del citado Programa, por el Artículo 2º del mencionado decreto

se dispuso la creación de un Registro nacional de Parques Industriales en el ámbito de la UnIDAD DE

DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL.

Que en dicho contexto, resulta necesario establecer un procedimiento a fin de que los Parques Indus-

triales —públicos, privados y mixtos—, puedan inscribirse en el citado Registro e informar las modifica-

ciones de los datos inicialmente aportados.

Que entre los objetivos del mencionado Programa se encomendó al MInISTERIo DE InDUSTRIA, en

su carácter de Autoridad de Aplicación, la facultad de otorgar Aportes no Reintegrables para financiar

obras de infraestructura a realizarse dentro de Parques Industriales Públicos.

Que a fin de optimizar el uso de los recursos públicos y verificar su correcta utilización, corresponde

disponer los mecanismos de control de las obras a financiar y de la rendición de cuentas, estableciendo

a tal efecto la actuación conjunta de la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL con la SUBSE-

CRETARIA DE CooRDInACIon del MInISTERIo DE InDUSTRIA.

Que asimismo, y con el objeto de facilitar tanto la radicación y desarrollo de Pequeñas y Medianas Em-

presas como la ampliación de las que se encuentren actualmente instaladas, por el decreto antes citado,

se dispuso que el ESTADo nACIonAL bonifique parcialmente la tasa nominal anual que establezcan las

entidades financieras por préstamos a otorgarse en el marco del citado Programa.

Que resulta pertinente encomendar a la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE

LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA dependiente de la SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA

EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL del MInISTERIo DE InDUSTRIA, la tareas de coordinar la recep-

ción, análisis y evaluación de las solicitudes de financiamiento en el marco del Decreto nº 915/10.

Que en consecuencia, la reglamentación de la normativa resulta imprescindible tanto para tornar ope-

rativos los beneficios creados por ésta, como para establecer procedimientos claros y eficaces para su

materialización.

Que con el objeto de agilizar, simplificar y facilitar los procedimientos de presentación, análisis y eva-

luación de los proyectos, tanto para el peticionante como para la Administración Pública nacional,

resulta conveniente estandarizar las peticiones y delimitar el alcance de ciertos términos empleados en

la normativa.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto en el Artí-

culo 7, inciso d) de la Ley nacional de Procedimientos Administrativos nº 19.549.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto

nº 915/10.

Por ello,

LA MInISTRA DE InDUSTRIA

RESUELVE:

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Artículo 1º — Apruébase la REGLAMEnTACIon DEL PRoGRAMA nACIonAL PARA EL DESARRoLLo

DE PARQUES InDUSTRIALES PUBLICoS En EL BICEnTEnARIo que como Anexo con CUAREnTA Y

DoS (42) hojas forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el

Boletín oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección nacional del Registro oficial y archívese. — Dé-

bora Giorgi.

AnexoREgLAMENTACION DEL PROgRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIA-

LES PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.

TITULO I

ALCANCE DE LOS TERMINOS

ARTICULo 1º.- Inclúyense en el concepto de Parques Industriales Públicos, definido en el Artículo 2º,

inciso a) del Anexo al Decreto nº 915 de fecha 28 de junio de 2010, a aquellos que se encuentren en

proceso de formación.

ARTICULo 2º.- Considéranse comprendidos en la definición prevista en el Artículo 2º, inciso a) del Ane-

xo al Decreto nº 915/10, a los Parques Industriales, que sean promovidos y gestionados mayoritariamen-

te por el Gobierno nacional, Provincial o Municipal.

Asimismo, quedarán comprendidos en lo previsto en el Artículo 7º del Anexo al Decreto nº 915/10, los

aportes dinerarios, en bienes de capital, servicios, recursos humanos u otros, que podrán integrarse en

forma individual o conjunta.

ARTICULo 3º.- Incorpóranse en el Registro nacional de Parques Industriales creado por el Artículo 32

del Anexo al Decreto nº 915/10, a los Parques Industriales Privados y Mixtos.

A los efectos del presente Reglamento se entenderá por Parques Industriales Mixtos, a aquellos que

sean promovidos y gestionados minoritariamente por el Gobierno nacional, Provincial o Municipal.

TITULO II

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCION, RENOVACION, MODIFICACION Y ACTUALIZACION DE

DATOS Y CANCELACION DEL “REgISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES”.

CAPITULO I: PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCION.

ARTICULo 4º.- Podrán inscribirse en el Registro nacional de Parques Industriales todo Parque Indus-

trial Público, Privado o Mixto que se encuentre radicado en el territorio de la REPUBLICA ARGEnTInA,

constituido o en proceso de formación.

ARTICULo 5º.- Para la inscripción en el Registro nacional de Parques Industriales se deberá observar el

siguiente procedimiento.

a) VIA InTERnET: Completar y transferir electrónicamente, con carácter de declaración jurada, el for-

mulario de “Solicitud de Inscripción al Registro nacional de Parques Industriales”, que como FoRMU-

LARIo A, con oCHo (8) hojas forma parte del presente Anexo, a través de la página de Internet de la

SUBSECRETARIA DE InDUSTRIA dependiente de la SECRETARIA DE InDUSTRIA Y CoMERCIo del

MInISTERIo DE InDUSTRIA (http://www.sub-industria.gob.ar).

b) En SoPoRTE PAPEL: Para cumplimentar el trámite de inscripción, la autoridad máxima del Parque

Industrial deberá suscribir y presentar en soporte papel la documentación detallada en el FoRMULARIo

A del presente Reglamento. La presentación se realizará ante el Departamento de Mesa de Entradas y

notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la

Dirección de Mesa de Entradas y notificaciones de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entra-

das de la SUBSECRETARIA DE ADMInISTRACIon Y noRMALIZACIon PATRIMonIAL de la SECRE-

TARIA LEGAL Y ADMInISTRATIVA del MInISTERIo DE EConoMIA Y FInAnZAS PUBLICAS, sito en

Avenida Julio Argentino Roca nº 651, Planta Baja, Sector 11, CIUDAD AUTonoMA DE BUEnoS AIRES,

que deberá remitir la presentación a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, dependiente

del MInISTERIo DE InDUSTRIA a efectos de la prosecución del trámite de inscripción.

ARTICULo 6º.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, dentro de un plazo de DIEZ (10)

días, examinará el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa

vigente. En caso de realizar alguna observación a la solicitud y/o a la documentación acompañada, in-

timará al solicitante para que dentro de los DIEZ (10) días las subsane, bajo apercibimiento de decretar

la caducidad del procedimiento.

ARTICULo 7º.- Cumplidos los extremos señalados, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL,

en el plazo de DIEZ (10) días, emitirá los respectivos informes, indicando la procedencia o no de la ins-

cripción en el Registro nacional de Parques Industriales, y dejará expresa constancia sobre los aspectos

considerados y la normativa aplicable.

Posteriormente, emitirá el acto administrativo que resuelva la petición, y de corresponder, dispondrá la

inscripción y la emisión del Certificado de Inscripción respectivo.

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CAPITULO II: RENOVACION DE LA INSCRIPCION.

ARTICULo 8º.- La inscripción en el Registro nacional de Parques Industriales tendrá una vigencia de

TRES (3) años contados a partir de la fecha de emisión del certificado que así lo dispuso. La renovación

podrá tramitarse con no menos de noVEnTA (90) días anteriores al vencimiento.

CAPITULO III: MODIFICACION Y ACTUALIZACION DE LA INFORMACION. SOLICITUD DE CANCELA-

CION DE LA INSCRIPCION.

ARTICULo 9º.- Las modificaciones ocurridas en relación a cualquiera de los datos indicados en el FoR-

MULARIo A, deberán ser notificadas fehacientemente dentro de los VEInTE (20) días de acaecidas,

mediante el procedimiento indicado en el Artículo 5º del presente Reglamento —vía Internet y soporte

papel— y en los términos de la “Solicitud de Modificación y Actualización de datos en el Registro na-

cional de Parques Industriales” que como FoRMULARIo B, con SEIS (6) hojas forma parte del presente

Reglamento.

ARTICULo 10.- La solicitud de cancelación de la inscripción deberá practicarse por medio de nota di-

rigida a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, debidamente suscripta por la persona con

capacidad para renunciar, de acuerdo con la normativa que regule al Parque Industrial.

CAPITULO IV: PROCEDIMIENTO gENERAL.

ARTICULo 11.- El ingreso al sistema del Registro nacional de Parques Industriales vía Internet requerirá

de una clave de seguridad e identificación personal del usuario, que será creada por el solicitante res-

petando los caracteres informados por el sistema. Esta será utilizada para la realización de todos los

trámites pertinentes y como medio de identificación para las sucesivas comunicaciones que se realicen.

La clave de seguridad e identificación personal será de exclusivo conocimiento del solicitante y tendrá

carácter confidencial e intransferible, siendo éste responsable por su uso y custodia.

ARTICULo 12.- Sólo en el caso en que no se encuentre operativo el sistema de transferencia electrónica

de datos vía Internet y ello imposibilite a los solicitantes transferir electrónicamente la información re-

querida en el presente Reglamento, ésta deberá ser presentada en soporte papel.

TITULO III

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD, EVALUACION, APROBACION, CONTROL Y RENDICION DE CUEN-

TAS DE “APORTES NO REINTEgRABLES”.

CAPITULO I: PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE “APORTES NO REINTEgRABLES”.

ARTICULo 13.- Para la solicitud de APoRTES no REInTEGRABLES deberá observarse el siguiente

procedimiento:

a) VIA InTERnET: Completar con carácter de declaración jurada el formulario de “Solicitud de AnRs”,

que como FoRMULARIo C, con CUATRo (4) hojas forma parte del presente Reglamento, a través de

la página de Internet de la SUBSECRETARIA DE InDUSTRIA de la SECRETARIA DE InDUSTRIA Y Co-

MERCIo del MInISTERIo DE InDUSTRIA (http:// www.sub-industria.gob.ar).

b) En SoPoRTE PAPEL: Para cumplimentar el trámite de solicitud la autoridad máxima del organismo

solicitante deberá suscribir y presentar la documentación mencionada en el FoRMULARIo C.

La presentación se realizará ante el Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Area de

Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, sito en Avenida Julio Argentino Roca nº 651,

Planta Baja, Sector 11, CIUDAD AUTonoMA DE BUEnoS AIRES. El citado Departamento deberá remi-

tir la presentación a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, efectos de la prosecución del

trámite.

ARTICULo 14.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, dentro de un plazo de DIEZ (10)

días procederá a examinar el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas en la

normativa vigente. En el caso de detectarse deficiencias en la solicitud y/o en la documentación acom-

pañada, intimará al solicitante para que dentro de los VEInTE (20) días las subsane bajo apercibimiento

de decretar la caducidad del procedimiento.

CAPITULO II: EVALUACION Y APROBACION DE LA SOLICITUD DE “APORTES NO REINTEgRABLES”.

ARTICULo 15.- Cumplido lo establecido en el artículo anterior, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUS-

TRIAL LoCAL verificará en el plazo de DIEZ (10) días el cumplimiento de los requisitos condiciones

impuestas por la normativa vigente.

no podrán acceder a un nuevo Aportes no Reintegrables, aquellos Parques Industriales, que al momen-

to de la solicitud, no tengan aprobado el Informe Final de obra y Cuentas, inmediato anterior.

Verificados los extremos antes mencionados, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL reali-

zará el análisis de factibilidad técnica de la obra, pudiendo requerir al solicitante toda información adi-

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cional que estime necesaria para la evaluación del proyecto. Para ello deberá intimarlo a que en un plazo

de DIEZ (10) días cumpla con la requisitoria, bajo apercibimiento de tener por desistida la presentación.

ARTICULo 16.- En el término de VEInTE (20) días, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL

elaborará un informe detallando la documentación presentada y recomendará la aceptación o rechazo

de la solicitud. El informe completo será elevado al MInISTERIo DE InDUSTRIA.

ARTICULo 17.- En caso de corresponder, el MInISTERIo DE InDUSTRIA, emitirá un Acto Administrativo

otorgando los Aportes no Reintegrables peticionados que deberá consignar los siguientes puntos:

a) Determinación del monto dinerario del Aportes no Reintegrables.

b) Determinación del objeto al que será destinado el Aportes no Reintegrables.

c) número de cuenta bancaria en donde se practicará el depósito del monto consignado en el inciso a).

d) obligaciones a cargo del beneficiario: 1) Autorización de ingreso de los inspectores de obra del MI-

nISTERIo DE InDUSTRIA; 2) Plazo de entrega del “Informe Parcial” y del “Informe Final”, de acuerdo a

lo dispuesto en los Artículos 16, párrafo segundo y 18 del Anexo al Decreto nº 915/10 respectivamente;

3) Exhibición de la documentación que sea oportunamente requerida.

En caso que el beneficiario incumpla alguna de las obligaciones previstas en el plexo normativo, se dis-

pondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad

del beneficio otorgado, de conformidad al Artículo 21 de la Ley nacional de Procedimientos Administra-

tivos nº 19.549, con la consecuente obligación de devolver lo percibido.

CAPITULO III: PROCEDIMIENTO DE CONTROL. FACULTADES. RENDICION DE CUENTAS. INFORME

PARCIAL.

ARTICULo 18.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL deberá efectuar las inspecciones de

obra y auditorías que estime convenientes con el objeto de verificar la correcta utilización de los fondos

otorgados y el cumplimiento de los plazos previstos en el proyecto.

La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL y la SUBSECRETARIA DE CooRDInACIon del MI-

nISTERIo DE InDUSTRIA podrán solicitar la información y/o documentación que consideren necesaria.

Los beneficiarios deberán acompañarla dentro del plazo de DIEZ (10) días de notificados del requeri-

miento.

ARTICULo 19.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL certificará que el Parque Industrial

haya cumplido con la obligación de presentar el Informe Parcial, previo análisis y comprobación —de

considerarse pertinente— in situ de las obras.

ARTICULo 20.- En caso que el Parque Industrial no presentare el Informe Parcial, la UnIDAD DE DESA-

RRoLLo InDUSTRIAL LoCAL lo intimará por el plazo de DIEZ (10) días, bajo apercibimiento de decla-

rar la caducidad del beneficio.

ARTICULo 21.- Los hechos que puedan justificar demoras en la ejecución de obras deberán denunciarse

por escrito, acompañando las pruebas pertinentes dentro de los QUInCE (15) días de acaecidos o co-

nocidos, caducando el derecho a invocarlos transcurrido el plazo indicado.

La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL estimará la incidencia, pudiendo requerir pruebas

adicionales dentro del plazo de DIEZ (10) días, contados desde la fecha de presentación de la denuncia.

Vencido el plazo, deberá elevar al MInISTERIo DE InDUSTRIA un informe ponderando la presentación

aludida y el proyecto de acto administrativo que acepte o rechace la solicitud, según corresponda.

CAPITULO IV: DESVIO.

ARTICULo 22.- En caso que la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL detecte que el Parque

Industrial se encuentre empleando los Aportes no Reintegrables con fines diversos a los estipulados al

otorgársele el beneficio, intimará al beneficiario para que en el plazo de DIEZ (10) días realice el descar-

go correspondiente, presentando la prueba que estime conducente.

Vencido el plazo o producida la prueba, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL emitirá un

dictamen valorando lo extremos alegados por el beneficiario, y recomendará en su caso que se decrete

la caducidad del acto administrativo y se arbitren las acciones pertinentes a los fines de obtener el re-

cupero del dinero otorgado.

ARTICULo 23.- En caso de corresponder, el MInISTERIo DE InDUSTRIA, previa intervención de la SUB-

SECRETARIA DE CooRDInACIon, emitirá un Acto Administrativo que deberá consignar los siguientes

puntos:

a) Determinación del desvío de fondos.

b) Caducidad del acto de otorgamiento de los Aportes no Reintegrables.

c) Intimación al Parque Industrial para que en el plazo de QUInCE (15) días proceda a reintegrar el be-

neficio percibido, bajo apercibimiento de instruir al Servicio Jurídico Permanente a los fines de iniciar la

acción de recupero patrimonial.

CAPITULO V: REORIENTACION DEL PROYECTO.

ARTICULo 24.- El beneficiario podrá solicitar la reorientación del proyecto aprobado mediante nota

dirigida a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, explicitando los motivos de la solicitud

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y cumplimentando los requerimientos del inciso c) del FoRMULARIo C. La reorientación del Proyecto

sólo podrá ser utilizada para obras de infraestructura intramuros en el Parque Industrial.

La presentación se realizará ante el Departamento de Mesa de Entradas y notificaciones del Area de

Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, sito en Avenida Julio Argentino Roca nº 651,

Planta Baja, Sector 11, CIUDAD AUTonoMA DE BUEnoS AIRES, que deberá remitir la presentación a la

UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, a efectos de la prosecución del trámite.

ARTICULo 25.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, en el término de DIEZ (10) días

analizará y evaluará la solicitud. Posteriormente, elevará una propuesta de aceptación o rechazo al MI-

nISTERIo DE InDUSTRIA que emitirá el Acto aprobatorio o denegatorio de la reorientación del proyec-

to. Los Aportes no Reintegrables sólo podrán imputarse al proyecto reorientado a partir de la fecha de

notificación del acto aprobatorio de la solicitud.

CAPITULO VI: APROBACION DEL INFORME FINAL DE OBRA Y CUENTAS.

ARTICULo 26.- El beneficiario deberá presentar ante la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL Lo-

CAL, dentro del plazo de DIEZ (10) días de finalizada la obra, un Informe Final Técnico, que deberá ser

acompañado de la documentación necesaria para realizar la rendición de cuentas, incluida la que acre-

dite el cumplimiento de la contrapartida local a la que se refiere el Artículo 7º del Anexo al Decreto nº

915/10.

ARTICULo 27.- El beneficiario, en dicha oportunidad; podrá solicitar una ampliación en el plazo para la

presentación del Informe Final Técnico, mediante nota dirigida a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUS-

TRIAL LoCAL en la que justifique las razones de su petición adjuntando a su vez, la documentación que

considere pertinente.

La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL, dentro del quinto día resolverá la petición, quedan-

do a su criterio analizar si las razones invocadas por el beneficiario resultan suficientes. De considerarla

favorable lo notificará de la extensión, caso contrario lo intimará a presentar la documentación en el tér-

mino de CUAREnTA Y oCHo HoRAS (48 hs.), bajo apercibimiento de iniciar las acciones de recupero

previstas en el Decreto nº 915/10.

ARTICULo 28.- En caso que el beneficiario no realice en término la rendición de cuentas, se procederá

a la intimación por un término de SESEnTA (60) días, bajo apercibimiento de obrar según lo dispuesto

por el Artículo 21 del Anexo al Decreto nº 915/10.

ARTICULo 29.- El equipo técnico de la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL evaluará el

informe y la correspondencia de la obra con el plan de trabajo presentado oportunamente. En caso de

detectar omisiones o irregularidades, intimará al beneficiario a subsanarlas dentro del plazo de DIEZ

(10) días.

Vencido el plazo o presentado el descargo correspondiente, la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL

LoCAL emitirá un dictamen —en el ámbito de su competencia— que será elevado junto con la docu-

mentación acompañada a la SUBSECRETARIA DE CooRDInACIon del MInISTERIo DE InDUSTRIA.

ARTICULo 30.- La SUBSECRETARIA DE CooRDInACIon practicará el control y verificación final de la

rendición de cuentas. El beneficiario deberá presentar la documentación respaldatoria de la inversión

efectuada prevista en los Artículos 18 y 19 del Anexo al Decreto nº 915/10, de conformidad con las for-

malidades establecidas en la normativa impositiva y previsional correspondiente.

En caso de detectar omisiones o irregularidades, se intimará al beneficiario a subsanarlas dentro del

plazo de DIEZ (10) días, bajo apercibimiento de realizarse la evaluación con la información disponible.

Vencido el plazo o presentado el descargo correspondiente, la mencionada Subsecretaría devolverá lo

tramitado a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL quien se expedirá sobre la viabilidad de

aprobación del Informe Final de obra y Cuentas.

ARTICULo 31.- La UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL elevará el Proyecto de Acto Admi-

nistrativo al MInISTERIo DE InDUSTRIA que apruebe o rechace el Informe Final de obra y Cuentas.

En este último caso, se arbitrarán las medidas pertinentes a efectos de iniciar las acciones previstas en

el Decreto nº 915/10 y toda otra normativa que resulte aplicable al caso.

ARTICULo 32.- Los gastos imputados a las obras alcanzadas por el beneficio que no se encuentren

debidamente justificados, así como también los excedentes resultantes a la finalización de los trabajos,

deberán ser reintegrados al ESTADo nACIonAL en el término de QUInCE (15) días de notificado el

Acto Administrativo del Artículo 31 del presente Reglamento. Para ello la UnIDAD DE DESARRoLLo

InDUSTRIAL LoCAL notificará al beneficiario el número de cuenta habilitada en el BAnCo DE LA nA-

CIon ARGEnTInA.

TITULO IV

SOLICITUD DE LA BONIFICACION DE TASA DE INTERES PARA LA RADICACION Y DESARROLLO DE

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.

ARTICULo 33.- Podrán acceder al beneficio aquellas empresas que acrediten los siguientes requisitos:

a) Calificar como Micro, Pequeña o Mediana Empresa según lo establecido por la Resolución nº 24 de

fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA del ex MI-

nISTERIo DE EConoMIA y sus modificaciones o en la que en un futuro la reemplace.

b) Encontrarse localizada, o bien solicitar el crédito a los fines de radicarse en un Parque Industrial Pú-

blico.

c) Destinen los fondos solicitados para la radicación de la empresa, ampliación, inversión o adquisición

de bienes de capital.

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

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d) no registrar deudas líquidas y exigibles con el Fisco nacional ni con el Sistema nacional de Seguridad

Social.

e) Cumplir con las condiciones y normativa interna que exija el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA

para poder recibir el crédito de dicha entidad.

ARTICULo 34.- Las empresas interesadas en tramitar el beneficio contemplado en el Artículo 29 del

Anexo al Decreto nº 915/10, deberán presentar en las ventanillas habilitadas a tales fines o ante la SUB-

SECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA depen-

diente de la SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL del

MInISTERIo DE InDUSTRIA la siguiente documentación:

a) Solicitud que como FoRMULARIo D, con DoS (2) hojas forma parte integrante del presente Regla-

mento.

b) Constancia de Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

c) Declaración Jurada de ventas de los últimos TRES (3) años conforme lo dispuesto en el FoRMU-

LARIo E, que con DoS (2) hojas forma parte integrante del presente Reglamento, donde acredite la

condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, según lo establecido por la Resolución nº 24/01 de la

ex SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA y sus modificaciones o la que en un futuro la

reemplace, anexando declaración jurada de Impuesto a las Ganancias con sus pertinentes “Papeles de

Trabajo”; o bien, declaración jurada de Ingresos Brutos.

d) Constancia debidamente emitida por el Parque Industrial que acredite la solicitud de localización de

la Empresa en dicho Parque o bien, su localización efectiva.

Las instituciones que deseen constituirse como ventanillas del presente Programa deberán adherirse

mediante suscripción de la nota de Adhesión que como FoRMULARIo F, con DoS (2) hojas forma par-

te integrante del presente Reglamento.

Tanto éstas como las ventanillas que habilite la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo

DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA, remitirán la documentación presentada por la empresa conforme

lo establecido en la referida nota de Adhesión. La mencionada Subsecretaría deberá publicar en la página

de Internet del MInISTERIo DE InDUSTRIA las instituciones que se encuentren habilitadas a tales fines.

ARTICULo 35.- Aquellas empresas que reúnan los requisitos enumerados en los Artículos 33 y 34 del

presente Reglamento podrán solicitar el otorgamiento del crédito, que en el marco de la línea de finan-

ciación que el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA implemente a los fines del presente Programa.

La SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA

celebrará con dicha Entidad el convenio específico a los fines de su instrumentación. La citada línea de

crédito contará con una bonificación de la tasa de interés a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEñA

Y MEDIAnA EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL del MInISTERIo DE InDUSTRIA, sin perjuicio de

las deducciones usualmente contempladas por la Entidad Bancaria para sus líneas de financiamiento.

ARTICULo 36.- La Autoridad de Aplicación instruye a la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FI-

nAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA dependiente de la SECRETARIA DE LA

PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL del MInISTERIo DE InDUSTRIA, a que

fije los montos máximos y puntos porcentuales anuales que serán bonificados en el marco del presente

“Programa”; que no podrá superar los SEIS (6) puntos porcentuales anuales.

ARTICULo 37.- La SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y ME-

DIAnA EMPRESA será la encargada de verificar la viabilidad de la solicitud del beneficio, debiendo a

tales fines:

a) Efectuar la consulta ante la ADMInISTRACIon FEDERAL DE InGRESoS PUBLICoS (AFIP) respecto de:

• la inexistencia de deudas líquidas y exigibles con el Fisco Nacional y con el Sistema Nacional de

Seguridad Social.

• el cumplimiento de la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas según lo establecido

por la Resolución nº 24/01 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA y sus

modificaciones o en la que en un futuro la reemplace.

b) Solicitar a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL que informe si la empresa peticionan-

te se encuentra localizada, o bien, próxima a localizarse en un Parque Industrial Público debidamente

inscripto en el Registro nacional de Parques Industriales. Asimismo, deberá indicar si la actividad de la

empresa peticionante resulta susceptible de ser realizada en dicho parque.

c) Comunicar a la UnIDAD DE DESARRoLLo InDUSTRIAL LoCAL cuáles empresas han accedido al

crédito, detallando: monto, destino y ubicación del Parque Industrial.

ARTICULo 38.- Verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en los incisos a) a d) —in-

clusive— de los Artículos 33 y 34 del presente Reglamento, la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL

FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA elaborará un informe técnico, ponderando

la documentación presentada.

ARTICULo 39.- En caso de corresponder, la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo

DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA emitirá un Acto Administrativo en el cual declarará elegible a

la empresa a los fines de tramitar ante el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA la solicitud del crédito

correspondiente. La elegibilidad de una empresa será notificada al BAnCo DE LA nACIon ARGEnTI-

nA, debiendo agregarse a la notificación, copia debidamente autenticada de la documentación perti-

nente presentada por la empresa, así como del informe resultante de la consulta efectuada ante ADMI-

nISTRACIon FEDERAL DE InGRESoS PUBLICoS, entidad autárquica en el ámbito del MInISTERIo DE

EConoMIA Y FInAnZAS PUBLICAS.

ARTICULo 40.- notificada la empresa, ésta deberá en un plazo de DIEZ (10) días presentar ante el BAn-

Co DE LA nACIon ARGEnTInA la documentación complementaria que oportunamente establezca

dicha entidad para el acceso a la línea de crédito establecida en el marco del Programa.

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

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Que fuera presentada la totalidad de la documentación, a satisfacción del BAnCo DE LA nACIon

ARGEnTInA, dicha Entidad Financiera deberá expedirse en un plazo qué no podrá superar los VEInTE

(20) días corridos.

ARTICULo 41.- La decisión que adopte el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA respecta de la califi-

cación del beneficiario como sujeto de crédito, deberá ser notificada tanto a la SUBSECRETARIA DE

PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA como al beneficiario en

un plazo que no podrá superar los DIEZ (10) días, contados desde que dicha decisión sea adoptada de

conformidad con los mecanismos usuales que el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA tenga a estos

efectos.

ARTICULo 42.- En caso de corresponder, el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTInA deberá arbitrar los me-

dios conducentes para suscribir el acuerdo de crédito con el beneficiario, el cual quedará sujeto a la consti-

tución de la garantía correspondiente. Una vez monetizado el crédito, el BAnCo DE LA nACIon ARGEnTI-

nA remitirá a la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA

EMPRESA la información correspondiente, conforme lo que se establezca en el convenio específico.

ARTICULo 43.- A los efectos del pago de la bonificación de la tasa de interés por los créditos que se

otorguen en el marco del presente Programa, la SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA

Y DESARRoLLo REGIonAL, utilizará los mecanismos habituales establecidos mediante la normativa

vigente para el Régimen de Bonificación de Tasas.

FORMULARIO A

SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REgISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES

1. nombre del Parque Industrial:

2. Situación (marcar con una cruz lo que corresponda):

I. En Construcción

II. En Ampliación

3. Localidad:

4. Provincia:

5. Calle/Ruta:

6. número:

7. Teléfono (Código de área número):

8. Fax:

9. Correo electrónico:

10. norma Jurídica de Creación (Tipo y número):

11. Domicilio Legal:

12. Domicilio Industrial:

13. Tipo de actividad industrial susceptible de desarrollarse en el Parque de acuerdo a la categorización ambiental:

14. Aportes no Reintegrables otorgados por la Provincia o Municipio en los DoS (2) últimos años:

15. Inversiones Públicas, indicando monto y estado de las obras:

CARACTERISTICAS DEL PARQUE InDUSTRIAL

16. Superficie Total (has):

17. Superficie Total Urbanizada (has):

18. Superficie no Urbanizada (has)

19. Cantidad total de lotes

20. Superficie Total de Lotes a la Venta (has)

21. Superficie Total ocupada por Industrias/Empresas (has)

InFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIEnTo

(Marcar con una cruz en el caso de tener el servicio)

22. Agua Potable

23. Desagüe Pluvial

24. Desagüe Sanitario

25. Cerramiento perimetral

26. Planta de tratamiento de agua

27. Energía Eléctrica

28. Subestación eléctrica

29. Red de Gas

30. Teléfonos

31. Internet

32. Correos

33. Espuela de Ferrocarril

34. Transporte Urbano

35. Seguridad privada

36. oficinas Administrativas

37. Aduana Interior

38. Sala de eventos especiales

39. Mantenimiento de áreas comunes

40. Estacionamiento p/camiones

41. Estacionamiento p/automóviles

42. Calles Internas

43. Material de calles

44. Sistema contra incendio

45. Alumbrado Público

46. nomenclatura de calles

47. Señalización

48. Areas Verdes

49. Area comercial

50. Estación de Servicio

51. Servicios Médicos y Asistenciales

52. Bancos

53. Areas recreativas

54.otras

UBICACIon RELATIVA

55. Distancia de Buenos Aires (km)

Page 50: Programa Nacional para el desarrollo de Parques Industriales ......Además, el Programa nacional de Parques Industriales del Bicentenario ofrece, a través del Banco na-ción, créditos

normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

9998

56. Distancia de la capital provincial (km)

57. Distancia del puerto más cercano (km)

58. Distancia de la aduana más cercana (km)

59. Distancia del Parque Industrial al centro de la ciudad (km)

60. Distancia del Parque Industrial a la ruta nacional más cercana —identificar ruta— (km)

61. Distancia del Parque Industrial a la autopista más cercana —identificar autopista— (km)

EMPRESAS ESTABLECIDAS

Total de Empresas:

62. Total de Empleo generado (Cantidad de Empleados):

63. origen de las Empresas (agregar porcentaje):

nacionales

Extranjeras

Mixtas

64. Total de Empresas:

En proyecto:

En construcción:

En operación:

65. número de Empresas:

MIcro:

Pequeñas:

Medianas:

Grandes:

66. Rubros de recepción de pedidos de radicación y ampliación detallando cantidad en cada caso.

Parque Industrial

Razón Social

Fecha de inicio de Actividades

nº de CUIT

Actividad Principal (*)

Porcentaje de Participación nacional

número Total de Empleados

Monto de Ventas Mercado Local

Monto de Ventas Mercado Externo

Superficie de Terreno

Superficie Construida

nombre del Represen-tante Legal

Teléfono E-mail

(*) Actividad según inscripción AFIP.

DoCUMEnTACIon A PRESEnTAR En “SoPoRTE PAPEL” A LA UnIDAD DE DESARRoLLo InDUS-

TRIAL LoCAL DEL MInISTERIo DE InDUSTRIA DE LA nACIon LA SIGUIEnTE DoCUMEnTACIon:

I. Impresión del formulario declaración jurada de “Solicitud de Inscripción al Registro nacional de Par-

ques Industriales”.

II. Copia certificada del plano con subdivisiones del terreno aprobado por autoridad competente.

III. Plano con ubicación de empresas instaladas y lotes disponibles.

IV. Copia certificada de la escritura del predio.

V. Copia certificada de la norma de creación.

VI. Copia certificada del certificado de aptitud hidráulica emitido por autoridad competente.

VII. Copia certificada del reglamento interno:

Este debe contener:

a) organización y funcionamiento del ente administrador.

b) Proporción de los gastos comunes del Parque Industrial que corresponda a cada parcela.

c) Condiciones, derechos y obligaciones referidas al uso de los bienes y servicios de uso común.

d) Participación en su caso de la Provincia o de la Municipalidad.

VIII. Copia certificada del acta de designación de Autoridad del Parque Industrial.

IX. Fotocopia de DnI de la máxima Autoridad del Parque Industrial.

X. Constancia de Inscripción de las “Empresas” radicadas en el Parque Industrial ante la ADMInISTRA-

CIon FEDERAL DE InGRESoS PUBLICoS, entidad autárquica en el ámbito del MInISTERIo DE ECo-

noMIA Y FInAnZAS PUBLICAS, impresa de la página web de dicho organismo http:// www.afip.gov.ar).

XI. Autorización a la Autoridad de Aplicación a publicar y difundir los datos consignados.

XII. Compromiso de notificar a la Autoridad de Aplicación cualquier modificación en los datos declarados.

XIII.Todo otro dato que, el parque considere pertinente.

FORMULARIO B

SOLICITUD DE MODIFICACION Y ACTUALIZACION DE DATOS EN EL REgISTRO NACIONAL DE PAR-

QUES INDUSTRIALES

67. nombre del Parque Industrial:

68. Situación (marcar con una cruz lo que corresponda):

I. En Construcción

II. En Ampliación

69. Localidad

70. Provincia:

71. Calle/Ruta

72. número

73. Teléfono (Código de área número)

74. Fax

75. Correo electrónico

76. norma Jurídica de Creación (Tipo y número):

77. Domicilio Legal del Area:

78. Domicilio Industrial:

CARACTERISTICAS DEL PARQUE InDUSTRIAL

79. Superficie Total (has):

80. Superficie Total Urbanizada (has)

81. Superficie no Urbanizada (has):

82. Cantidad total de lotes

83. Superficie Total de Lotes a la Venta (has)

84. Superficie Total ocupada por Industrias/Empresas (has)

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

101100

InFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIEnTo

(Marcar con una cruz en el caso de tener el servicio)

85. Agua Potable

86. Desagüe Pluvial

87. Desagüe Sanitario

88. Cerramiento perimetral

89. Planta de tratamiento de agua

90. Energía Eléctrica

91. Subestación eléctrica

92. Red de Gas

93. Teléfonos

94. Internet

95. Correos

96. Espuela de Ferrocarril

97. Transporte Urbano

98. Seguridad privada

99. oficinas Administrativas

100. Aduana Interior

101. Sala de eventos especiales

102. Mantenimiento de áreas comunes

103. Estacionamiento p/camiones

104. Estacionamiento p/automóviles

105. Calles Internas

106. Material de calles

107. Sistema contra incendio

108. Alumbrado Público

109. nomenclatura de calles

110. Señalización

111. Areas Verdes

112. Area comercial

113. Estación de Servicio

114. Servicios Médicos y Asistenciales

115. Bancos

116. Areas recreativas

117. otras

UBICACIon RELATIVA

118. Distancia de Buenos Aires (km)

119. Distancia de la capital provincial (km)

120. Distancia del puerto más cercano (km)

121. Distancia de la aduana más cercana (km)

122. Distancia del Parque Industrial al centro de la ciudad (km)

123. Distancia del Parque Industrial a la ruta nacional más cercana —identificar ruta— (km)

124. Distancia del Parque Industrial a la autopista más cercana —identificar autopista— (km)

EMPRESAS ESTABLECIDAS

125 Total de Empresas:

126. Total de Empleo generado (Cantidad de Empleados):

127. origen de las Empresas (agregar porcentaje):

I. nacionales

II. Extranjeras

III. Mixtas

128. Total de Empresas:

I. En proyecto:

II. En construcción:

III. En operación:

129. número de Empresas:

I. Micro:

II. Pequeñas:

III. Medianas:

IV. Grandes:

130. Rubros de recepción de pedidos de radicación y ampliación detallando cantidad en cada caso

.

Parque Industrial

Razón Social

Fecha de inicio de Actividades

nº de CUIT

Actividad Principal (*)

Porcentaje de Participación nacional

número Total de Empleados

Monto de Ventas Mercado Local

Monto de Ventas Mercado Externo

Superficie de Terreno

Superficie Construida

nombre del Represen-tante Legal

Teléfono E-mail

(*) Actividad según inscripción AFIP.

DoCUMEnTACIon A PRESEnTAR En “SoPoRTE PAPEL” AnTE LA UnIDAD DE DESARRoLLo In-

DUSTRIAL LoCAL DEL MInISTERIo DE InDUSTRIA, RESPALDAToRIA DEL DATo QUE USTED HA

MoDIFICADo JUnTo A:

XIV. Impresión del formulario declaración jurada de “Solicitud de Inscripción al Registro nacional de

Parques Industriales”.

FORMULARIO C

SOLICITUD DE “APORTES NO REINTEgRABLES”

A. Información referente al Parque Industrial:

i. nombre del Parque Industrial:

ii. Domicilio Real:

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

103102

iii. nombre de la localidad:

iv. Provincia:

v. Teléfono y/o Fax:

vi. Correo Electrónico:

vii. Página Web:

viii. Aportes no Reintegrables recibidos por la Provincia y/o Municipio en los últimos DoS (2) años.

Provincia:

Descripción:

Monto:

Fecha:

Estado de la obra (marcar con una cruz)

o En ejecución

o Terminada

o Rendida

Municipio:

Descripción:

Monto:

Fecha:

Estado de la obra (marcar con una cruz)

o En ejecución

o Terminada

o Rendida

ix. lnversiones Públicas realizadas en el Parque Industrial en los últimos DoS (2) años.

x. Informe de beneficios económicos del parque para la región y potencialidades del mismo (nivel de ac-

tividad a generar, empleo, producción, exportaciones, importaciones, desarrollo del mercado regional).

xi. Individualizar cuenta bancaria receptora de fondos, la cual deberá constituirse en una de las Entida-

des Financieras que operen como agentes de pago de la Cuenta Unica del Tesoro nacional.

Entidad Bancaria:

nº de Cuenta:

CBU :

I. Solicitud de Registro nacional de Parques Industriales suscripta por la autoridad solicitante con cer-

tificación de firma.

II. Fotocopia certificada de acta o acto administrativo de designación en el cargo de la autoridad soli-

citante.

III. Copia certificada del certificado de Inscripción en el Registro nacional de Parques Industriales.

C. Formulación del proyecto:

I. objetivos.

II. Justificación de la necesidad de obra a financiar.

III. Cantidad de Empresas Radicadas y empleo actual en el Parque Industrial Público.

IV. Potencial de nuevas radicaciones, empleo, producción, exportaciones, importaciones y desarrollo

local.

V. Memoria Descriptiva de la obra.

VI. Priorización de Ejecución de la obra.

VII. Presupuesto y cronograma de ejecución presupuestaria (incluir aquí discriminado el TREInTA Y

CInCo PoR CIEnTo (35%) de aporte local).

VIII. Diagrama de Gantt de la Ejecución de la obra.

IX. Plano de la obra aprobado por la Autoridad Competente.

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normativa Vigente: Decreto 915/2010 - Resolución 40/2010Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

105104

FORMULARIO D FORMULARIO E

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Programa nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario

106

FORMULARIO F

noTA DE ADHESIon DE LAS InSTITUCIonES

AL PRoGRAMA nACIonAL PARA EL DESARRoLLo DE PARQUES InDUSTRIALES PUBLICoS En EL

BICEnTEnARIo.

La InSTITUCIon……………………………………………con domicilio legal en la calle

……………………………. de …………… representada en este acto por ……………………………………

en su carácter de ……………………….. con DnI nº ……………………….. en adelante referida como la VEnTAnILLA”

declara mediante la presente su voluntad de adherir al PRoGRAMA nACIonAL PARA EL DESARRoLLo

DE PARQUES InDUSTRIALES PUBLICoS En EL BICEnTEnARIo, aprobado por el Decreto nº 915/10,

sujeto a las siguientes condiciones:

CLAUSULA 1: Las empresas interesadas en tramitar el beneficio contemplado por el Artículo 29 del

Anexo al Decreto nº 915/10, en el marco del PRoGRAMA nACIonAL PARA EL DESARRoLLo DE PAR-

QUES InDUSTRIALES PUBLICoS En EL BICEnTEnARIo (en adelante “EL PRoGRAMA”), que reúnan

los requisitos establecidos por los Artículos 33 y 34 del presente Reglamento, podrán presentar ante la

“VEnTAnILLA”.

CLAUSULA 2: A los fines de EL PRoGRAMA, la “VEnTAnILLA” verificará que la documentación presen-

tada por la empresa se encuentre completa, conforme los requisitos establecidos por el Artículo 30 de

la presente Reglamentación.

CLAUSULA 3: Habiendo concluido satisfactoriamente la verificación, la “VEnTAnILLA” deberá remitir a

la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA

dependiente de la SECRETARIA DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA Y DESARRoLLo REGIonAL

del MInISTERIo DE InDUSTRIA la documentación presentada por la empresa.

CLAUSULA 4: Cualquier falencia en la documentación o incumplimiento detectado por la SUBSECRE-

TARIA DE PRoMoCIon AL FInAnCIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA será requerido

por ésta directamente al beneficiario.

CLAUSULA 5: La declaración de elegibilidad por parte de la SUBSECRETARIA DE PRoMoCIon AL FInAn-

CIAMIEnTo DE LA PEQUEñA Y MEDIAnA EMPRESA será comunicada por la misma a la “VEnTAnILLA”.

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