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Pronunciamiento Técnico N° 003-2011
Informes especiales requeridos por
la Resolución N°17026-2010 de la
Superintendencia de Banca y
Seguros y AFP (SBS)
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INSTITUTO PERUANO DE AUDITORES
INDEPENDIENTES – IPAI
INFORMES ESPECIALES REQUERIDOS POR RESOLUCION Nº 17026-2010
DE LA SUPERINDENTENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP (SBS)
PRONUNCIAMIENTO TECNICO Nº 03-2011
Este pronunciamiento técnico tiene por finalidad orientar a los auditores independientes
(indistintamente los “auditores” o los “auditores externos”) en el cumplimiento de la
Resolución SBS Nº 17026-2010, Reglamento de Auditoría Externa, que establece que
los auditores externos, además de los dictámenes de auditoría sobre los estados
financieros individuales y consolidados, debe emitir los informes que se detallan a
continuación:
- Informe sobre la evaluación del sistema de control interno.
- Informe sobre cumplimiento de los requerimientos patrimoniales, y los límites
globales y de concentración establecidos en el Reglamento para la Supervisión
Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos.
- Informe sobre el sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del
terrorismo.
- Informes especiales según el tipo de entidad, siendo los informes de las entidades
relevantes que hemos incluido en este pronunciamiento los siguientes:
1. Informes aplicables a bancos, financieras y entidades similares -
1.1. Revisión de la cartera crediticia
1.2. Revisión de los límites globales e individuales
1.3. Revisión de la gestión de la liquidez
1.4. Revisión de la gestión del riesgo cambiario del balance y fuera del balance.
1.5. Revisión de la gestión del riesgo de tasa de interés del trading y banking book
1.6. Revisión de la gestión del riesgo operacional
1.7. Revisión de la cartera de inversiones
1.8. Revisión de los controles informáticos
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2. Informes aplicables a empresas de seguros y reaseguros -
2.1 Primas por cobrar, concentración de riesgo de cuentas por cobrar y
procedimientos para reportes de siniestros.
2.1 Operaciones de reaseguros y coaseguros
2.3 Revisión de la cartera de inversiones
2.4 Reservas técnicas, margen de solvencia y fondo de garantía
2.5 Revisión de la gestión del riesgo cambiario del balance y fuera del balance
2.6 Revisión de la gestión del riesgo operacional
2.7 Revisión de los controles informáticos
3. Informes aplicables a las AFP -
3.1 Cumplimiento de las políticas de inversiones y procedimientos asociados.
3.2 Para los fondos administrados, revisión del cumplimiento de lo establecido
por el Sistema Integral de Administración de Riesgos de Inversión.
3.3 Revisión de la gestión del riesgo operacional.
3.4 Revisión de los controles informáticos.
Excepto por el informe de cumplimiento sobre la prevención del lavado de activos que
debe realizarse como un trabajo independiente a la auditoría de los estados financieros
(estableciendo que el mismo debe ser realizado por un equipo de auditoría diferente si es
que lo realiza la misma sociedad que audita los estados financieros o una sociedad de
auditoría diferente a la que realiza dicha auditoría); el resto de informes son elaborados
en base a la auditoría de los estados financieros y, en consecuencia, supone el uso de
pruebas basadas en muestras de auditoría y la ejecución de procedimientos adicionales
que permitan cumplir con los requerimientos establecidos por la SBS, considerando el
ámbito de especialización que tenemos los profesionales encargados de ejecutar estos
trabajos.
Como resultado del análisis técnico de las normas de auditoría, el IPAI considera que es
pertinente determinar las pautas que los auditores independientes deben seguir para dar
cumplimiento a las normas emitidas por la SBS, de forma a que se emitan informes que
tengan un formato y contenido común, y que se basen en la ejecución de procedimientos
uniformes que permitan cumplir con la Resolución que ha emitido la SBS, las normas
legales vigentes y que cumplan con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas
en el Perú.
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FORMATO Y CONTENIDO DE LOS INFORMES
El IPAI considera que, técnicamente, los informes que requiere la SBS se pueden
agrupar en categorías que requieren procedimientos, documentación y una forma de
reporte similar. Las categorías de informes que resultan del análisis son:
I. Memorándum de recomendaciones sobre asuntos de control interno y otros -
Este informe resulta de la revisión que realiza el auditor externo del sistema de
control interno de la entidad, incluyendo la revisión de los riesgos informáticos en la
medida necesaria para determinar la naturaleza, oportunidad y extensión de los
procedimientos de auditoría; y así estar en condiciones de expresar una opinión
sobre los estados financieros de acuerdo con normas de auditoría generalmente
aceptadas en el Perú. Debido a que el informe considera el control interno de la
entidad, que incluye los procedimientos que se han desarrollado para cubrir los
riesgos de auditoría; en forma coherente con los informes que se han venido
emitiendo por los auditores externos en el Perú, es apropiado incluir en esta carta la
revisión de aspectos de naturaleza similar y que corresponden al control interno de la
entidad, a pesar que su revisión no es en muchos casos parte del ámbito de la
auditoría y no recae en el área de especialización de los auditores externos. En este
sentido, los aspectos que se deben incluir en el informe además de las
recomendaciones de control interno operativo, contable y de sistemas son:
i) Para entidades bancarias y similares -
o Norma sobre vinculación y grupos económicos.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del riesgo de
tasas de interés.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del riesgo
país.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del riesgo
operacional.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del riesgo
cambiario.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración de los
contratos de financiamiento con garantía de cartera crediticia.
o Seguimiento a las recomendaciones de años anteriores.
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ii) Para empresas de seguros y reaseguros –
o Políticas y procedimientos para la administración de los riesgos de operación.
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del riesgo
cambiario.
o Seguimiento a las recomendaciones de años anteriores.
iii) Para AFP –
o Políticas y procedimientos para la identificación y administración del
riesgo de operación.
o Seguimiento a recomendaciones de años anteriores.
Debido a que el trabajo del auditor externo no incluye estos aspectos específicos, la
revisión se debe basar en procedimientos limitados que permitan al auditor tomar
conocimiento de si la entidad ha cumplido con los requisitos de las normas de la
SBS o si existen situaciones o recomendaciones a reportar, basados en los
procedimientos que el IPAI considera adecuados, considerando que no es objeto de
la revisión evaluar la suficiencia o idoneidad de los aspectos mencionados
anteriormente.
En los Anexo I.1, II.1, III.1 adjuntos incluimos el modelo de informe que se debe
usar en estos casos, así como los procedimientos a realizar para aquellas áreas que
no son parte de la auditoría externa.
II. Informe complementario al trabajo de auditoría -
Este informe complementa el trabajo de auditoría y se basa en la revisión de
información (anexos) que son preparados por la Gerencia y enviados a la SBS.
Entre los tópicos que se incluyen en el informe tenemos:
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i) Para entidades bancarias y similares (literales A y B del contenido 16º de la ley
General)
o Relación y clasificación de créditos refinanciados.
o Relación y clasificación de créditos reestructurados.
o Relación de créditos directos y contingentes, criticados y clasificados por
categorías.
o Relación de créditos directos y contingentes otorgados a personas jurídicas
vinculadas al Banco.
o Requerimiento de patrimonio efectivo por riesgos de créditos, mercado y
operacional y cálculo del límite global.
o Posición mensual de liquidez (promedio mensual).
o Liquidez por plazos de vencimiento.
o Inversiones.
o Posiciones e instrumentos financieros derivados.
ii) Para empresas de seguros y reaseguros –
o Primas de seguros por cobrar.
o Operaciones de reaseguros y coaseguros.
o Inversiones.
o Reservas técnicas, margen de solvencia y fondo de garantía.
iii) Para AFP –
Política de inversiones y procedimientos asociados.
Políticas para el Sistema Integral de Administración de Riesgos de
Inversión.
El objetivo del trabajo del auditor externo es emitir una opinión sobre los estados
financieros básicos y determinar si los anexos indicados anteriormente contienen
diferencias significativas en relación a dichos estados financieros basados en la
auditoría.
Este informe incluye, en cumplimiento de las normas de la SBS, la descripción del
alcance del trabajo y los criterios seguidos para la selección de las muestras.
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III. Informe sobre el sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del
terrorismo
Este tipo de trabajo e informe debe seguir los requerimientos de la Sección 920 de
las NIA; es decir, indicar:
o La naturaleza del compromiso, incluyendo la indicación de que los
procedimientos aplicados no constituyen ni una auditoría, ni una revisión y que
por consiguiente no se tendrá ninguna certidumbre como la que se requiere
para trabajos de auditoría.
o La identificación de la información sobre la cual se aplican los procedimientos
acordados.
o La naturaleza del compromiso, oportunidad y el alcance de los procedimientos
que se aplicarán.
o La clase de información que se dará sobre los hallazgos.
o Las limitaciones de distribución del informe de acuerdo con las normas
vigentes.
Considerando lo anterior, el Comité del IPAI ha definido que los procedimientos a
ejecutar para emitir el informe especial de cumplimiento sobre el sistema de
prevención de lavado de activos, según las Normas de Auditoría Vigentes en el Perú,
son coherentes con los detallados en el Anexo II de la Resolución de la SBS.
El informe de cumplimiento deberá ser redactado de acuerdo al formato indicado en
el Anexo IV adjunto, el cual cumple con los requerimientos establecidos en las
Normas Internacionales de Auditoría para este tipo de trabajo y que se encuentran
vigentes en el Perú.
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SELECCIÓN DE MUESTRAS
La SBS requiere en su reglamento el uso de muestras representativas las que, de
acuerdo a NIAs, deben determinarse en base a si se trata de una prueba sustantiva, de
controles o de doble propósito.
Las pruebas sustantivas, por su naturaleza, requieren de muestras basadas en
diversas técnicas, que pueden ser estadísticas o de juicio, dependiendo del tamaño,
concentración y otros factores del universo a probar. En general, los informes
especiales para la SBS no requieren de pruebas sustantivas, sino de pruebas de
controles o de doble propósito; por lo que el análisis y criterios de la selección de
muestras para pruebas sustantivas no es parte de este Pronunciamiento Técnico.
El alcance de las pruebas sobre controles tiene como objetivo obtener evidencia de
auditoría apropiada de que los controles seleccionados funcionan eficazmente como
fueron diseñados durante todo el período de confianza.
Los principales factores que influyen en el alcance de las pruebas de los requisitos
establecidos por la SBS son:
• La importancia relativa de los posibles errores que pudieran resultar si el
control no está funcionando.
• Con qué frecuencia es ejecutado el control – mientras menos frecuentemente
sea ejecutado un control y menor sea el número total de ocurrencias, menos
extensas necesitan ser las pruebas.
• Que tan persuasiva es la evidencia producida por el control.
• La existencia de una combinación de controles que pueda reducir el nivel de
seguridad que podría requerirse para cualquiera de estos controles.
• El volumen de transacciones.El alcance al cual los auditores internos u otras
personas han ejecutado pruebas similares o relacionadas durante el período de
auditoría.
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De acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría, los tamaños de muestra para
pruebas de controles o doble propósito según las guías aceptadas internacionalmente,
usando el método de selección aleatoria o el método de selección al azar, y que las
firmas miembros del IPAI consideran que son muestras representativas, que permiten
obtener evidencia suficiente de auditoría sobre la eficacia operativa de los controles
relevantes y cumplir con las normas de la SBS son:
Naturaleza del Control y
Frecuencia de Ejecución Número de Partidas a Probar
Control manual, ejecutado diariamente o
varias veces por día (Nota 1) 25
Control manual, ejecutado
semanalmente 5
Control manual, ejecutado
mensualmente 2
Control manual, ejecutado
trimestralmente 2
Control manual, ejecutado anualmente 1
Control de aplicación Probar una aplicación (prueba de uno) de
cada control de aplicación para cada tipo
de transacción y alternativa de
procesamiento, si es soportada por
controles generales de sistemas eficaces
(que han sido probados); de lo contrario
probar 25
Nota 1: Para ciertos tipos de controles podemos identificar un pequeño número de
ocurrencias de control para un tipo de control que opera frecuentemente. En estas
circunstancias, si el número de ocurrencias de control:
• Fluctúa de 50 a 250 ocurrencias, el tamaño de muestra deber ser 10% del número
de ocurrencias.
• Es menos de 50 ocurrencias, se selecciona un tamañode muestra de 5 partidas, o se
revisa el 100% si el universo es menor a 5 ocurrencias.
****
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El IPAI considera que todos los auditores independientes deberán seguir los
lineamientos establecidos en este comunicado para cumplir con su responsabilidad
profesional de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría, caso contrario
deberán soportar adecuadamente en sus papeles de trabajo cualquier desvió en los
procedimientos, formatos y contenidos de los informes especiales.
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Anexos
I. Informes para entidades bancarias y similares
I.1 Recomendaciones sobre aspectos de control interno y otros
I.2 Informe complementario al 31 de diciembre de 20XX de acuerdo con la Resolución SBS N°17026
I.3 Informe sobre el cumplimiento de los requerimientos patrimoniales así como de los límites globales y de concentración establecidos en el Reglamento para la supervisión consolidada de los conglomerados financieros mediante SBS N° 11823-2010.
II. Informes para empresas aseguradoras
II.1 Recomendaciones sobre aspectos del sistema de control interno y otros
II.2 Informe complementario al 31 de diciembre de 20XX de acuerdo con la Resolución SBS N°17026
III. Informes para AFP
III.1 Recomendaciones sobre aspectos del sistema de control interno y otros
III.2 Informe complementario al 31 de diciembre de 20xx de acuerdo con la Resolución SBS Nº17026
IV. Informe de lavado de activos
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Aprobación y Ratificación
El presente pronunciamiento técnico fue aprobado el 23 de enero de 2012 con el voto afirmativo de los siguientes miembros de la Comisión de Investigación Científica y Tecnológica:
Juan Paredes
Eduardo Gris
Luis Montero
Luis Pierrend
Mario Tan Jun Jump
Víctor Requena
El presente pronunciamiento técnico fue ratificado el 24 de enero de 2012 con el voto afirmativo de los siguientes miembros del Consejo Directivo del IPAI:
Edmundo Beltrán, Presidente
Esteban Chong, Vicepresidente
Víctor Requena, Director Secretario
Virgilio Espinoza, Director Tesorero
Manuel Pazos, Director de Coordinación Externa
Juan Paredes, Director de Investigación Científica y Tecnológica
Alberto Ramírez, Director de Difusión Académica