17
Mayo 2016 Propuesta de Cambio Normativo de la APCI: Supresión de la Renovación del Registro y otros

Propuesta de Cambio Normativo

  • Upload
    anc

  • View
    216

  • Download
    0

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Encuentro con ONG sobre los alcances y límites de los procedimientos administrativos legales de la APCI para el manejo de la cooperación internacional, realizado el 12 y 13 de mayo del 2016.

Citation preview

Page 1: Propuesta de Cambio Normativo

Mayo 2016

Propuesta de Cambio Normativo de la APCI: Supresión de la Renovación del Registro y otros

Page 2: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Y NORMAS NACIONALES DE LA

COOPERACIÓN INTERNACIONAL 2015

I. Compilación y Sistematización Normativa 2015

Page 3: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

1. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES RECTORES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN EL PERÚ. 2. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Y NORMAS NACIONALES REFERIDOS A TRATADOS. 3. NORMAS NACIONALES QUE RIGEN LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN EL PERÚ.

4. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Y NORMAS NACIONALES COMPLEMENTARIOS DE EXTRANJERÍA, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES. 5. GLOSARIO DE TÉRMINOS BÁSICOS DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL.

Page 4: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

3.1. ONGD, ENIEX E IPREDA. 3.1.1 REGISTROS. 3.1.2 DONACIONES. 3.1.3 DENUNCIAS. 3.1.4 INFRACCIONES Y SANCIONES. 3.2 DECLARACIÓN ANUAL. 3.3. DEVOLUCIÓN DE IGV E IPM. 3.4. EXPERTOS Y VOLUNTARIOS. 3.5. PROYECTOS FINANCIADOS CON COOPERACIÓN INTERNACIONAL ENMARCADOS EN EL SNIP.

Page 5: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

Establecer un solo procedimiento para inscripción, con vigencia permanente, lo

que implicaría prescindir del procedimiento de renovación de los registros.

I. OBJETO DE LA PROPUESTA

Page 6: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

(i) En un primer nivel: Modificación del artículo 21 de la Ley N° 27692 – Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-, sobre la eliminación de la “no renovación” en los Registros de la APCI como infracción leve; y, la eliminación de la presentación de información falsa o adulterada para conseguir tal renovación, como infracción muy grave.

(ii) En un segundo nivel: Modificación del artículo 75° del Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobado por Decreto Supremo N° 015-92-PCM; derogación del literal b. del artículo 6° y modificación del literal c. del artículo 8°, del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2007-RE, sobre la eliminación de la renovación por dos años en los Registros de la APCI y sustituirlo por una vigencia permanente condicionada; así como la eliminación de la “no renovación” en los Registros de la APCI como infracción leve; y, la eliminación de la presentación de información falsa o adulterada para conseguir tal renovación, como infracción muy grave.

II. MODIFICATORIAS

Page 7: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

A NIVEL LEGISLATIVO

(Primera etapa)

A NIVEL REGLAMENTARIO(Segunda etapa)

- Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional D.S. N° 015-92-PCM (Art. 75°) - Reglamento de Infracciones y Sanciones D.S. N° 027-2007-RE (Art. 6°, inciso b, y 8°, inciso c)

- Ley N° 27692 LEY DE CREACIÓN DE LA APCI (Art. 21°, numerales 1 y 2)

Page 8: Propuesta de Cambio Normativo

PROYECTO LEY VICEMINISTRO DAE - LEGALES CANCILLER APRUEBA

CONSEJO COORDINACION VICEMINISTERIAL (TÉCNICO)

CONSEJO DE MINISTROS PREMIER ESTABLECE URGENCIA ENVÍA

AL CONGRESO

MESA DIRECTIVA COMISIÓN RREE REVISIÓN ASESORES Y FORMULACIÓN

PROYECTO DE LEY DICTAMEN FAVORABLE COMISIÓN RREE MESA DIRECTIVA PLENO DEL CONGRESO

PERIODO 1 AÑO

LÍNEA DE TIEMPO MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 21, NUMERALES 1 Y 2, DE LA LEY N° 27692 (*)

Page 9: Propuesta de Cambio Normativo

PROYECTO DECRETO SUPREMO REGLAMENTO

VICEMINISTRO DAE - LEGALES CANCILLER APRUEBA

CONSEJO DE MINISTROS (POLÍTICOS)

APROBACIÓN DEL DECRETO SUPREMO

SECRETARIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

COMISIÓN RREE FIRMA SPR Y REFRENDO

DE 3 A 6 MESES

LÍNEA DE TIEMPO MODIFICACION DEL D.S. N° 015-92-PCM Y DEL D.S. N° 027-2007-RE (*)

Artículo 75° del Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional

Artículo 6°, inciso b, del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI

Artículo 8°, inciso c, del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI

Page 10: Propuesta de Cambio Normativo

ARTÍCULO 75° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL

Page 11: Propuesta de Cambio Normativo

ARTÍCULO 6°, INCISO B, DEL REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL - APCI

Page 12: Propuesta de Cambio Normativo

ARTÍCULO 8°, INCISO C, DEL REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL - APCI

Page 13: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

III. ALCANCES:

1.Simplificar el procedimiento de registros a cargo de la APCI, que se efectúa en ocasión de la renovación cada dos años.

La eliminación del procedimiento de renovación no supone que el Registro no debiera actualizarse por tales entidades, a requerimiento de la APCI y conforme a sus procedimientos internos.

Page 14: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

2. Expeditar el procedimiento sancionador a cargo de la APCI.

La no actualización en los registros de la APCI subsiste como acto infractor, en lo que corresponde a la no presentación de la declaración anual y plan anual de actividades (artículo 6, c y d, del Reglamento), así como la presentación de información falsa o adulterada por tal actualización (artículo 8, inciso c, del Reglamento).

Page 15: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

3. Suprimir procedimientos no operativos.

-El Registro de Proyectos debiera ser actualizado, no renovado.

-En el accionar de la potestad sancionadora de la APCI tampoco se ha reconocido infracciones por la no renovación en los denominados “registros regionales”.

En ambos casos, la obligación de inscribir los respectivos proyectos por parte de las entidades sujetas de supervisión, así como de actualizar la información en los denominados “registros regionales”, es una de carácter permanente.

Page 16: Propuesta de Cambio Normativo

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

Ministerio de Relaciones Exteriores

IV. OTRAS PROPUESTAS NORMATIVAS:

- Nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI.

- Reglamento del Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable.

- Actualización de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, y Ley de Creación de la APCI (reglamentos correspondientes).

- Nuevo TUPA.

- Directivas (DOC).

Page 17: Propuesta de Cambio Normativo

Muchas gracias por su atención