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PROPUESTA DE TRABAJO PARA LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SINALOA

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P R O P U E S T A D E T R A B A J O P A R A L A

F I S C A L Í A G E N E R A L D E L E S T A D O

D E S I N A L O A

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Índice

I) Introducción.

II) Antecedentes.

III) Objetivo General.

IV) Objetivo Específicos.

VI) Propuestas de fortalecimiento para el trabajo de la Fiscalía General del

Estado de Sinaloa.

1. Desconcentrar las cuatro regiones de la policía de investigación: zona

centro, centro – norte, norte y sur)

2. Implementar un sistema de denuncia digital mediante el cual los agentes de

investigación recepcionarán la denuncia en forma digital y al instante.

3. Fortalecimiento de la Unidad de Inteligencia y Análisis.

4. Fortalecimiento interinstitucional mediante realización de acuerdos con las

Secretarías de Seguridad Pública de los municipios para la conformación

de grupos de investigación.

5. Organización funcional de los agentes del Ministerio Público, de la policía

de investigación y de los peritos.

6. Creación de un programa integral de protección de personas que

intervengan en el proceso penal.

7. Reorganizar, fortalecer y profesionalizar la Vicefiscalía de Desaparición

Forzada, así como lograr el acercamiento directo con los diferentes

colectivos de búsquedas

8. Acercamiento personalizado con la sociedad, víctimas y ofendidos.

9. Transparentar las actividades realizadas por la Institución.

10. Reorganizar y fortalecer la Unidad de Atención Temprana.

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MTRO. MARCO ANTONIO ALMANZA ÁVILES 1

I) Introducción

El sistema de justicia penal acusatorio y oral en México, impulsado con la reforma del

18 de junio del 2008, planteó la necesidad de proteger los derechos humanos de las

víctimas u ofendidos, así como de los imputados en el proceso, con el objeto de

disminuir la impunidad, otorgando mayor certeza y seguridad jurídica a los involucrados,

considerando como eje central los principios contenidos en el Código Nacional de

Procedimientos Penales y demás instrumentos jurídicos aplicables.

Con el mismo propósito se fue implementando el nuevo sistema de justicia penal en los

demás estados de la república, incluyendo el estado de Sinaloa, gestándose su inicio

el 14 de octubre de 2014, en el municipio de Angostura, región zona centro-norte de

Sinaloa, consolidándose posteriormente en las regiones norte, centro y sur del Estado.

Para lograr la instauración de dicho sistema fue necesario que previamente se

adecuaran y se hicieran mejoras en las instalaciones de las diferentes regiones del

Estado, sin soslayar la capacitación ardua y exhaustiva a que fueron sometidos por las

exigencias, los operadores del sistema que forman parte de la Fiscalía General del

Estado, como los agentes del Ministerio Público, asesores victimales, peritos,

mediadores y demás personal obligado.

En forma gradual se empezó por los delitos no graves hasta llegar a los graves y de

alto impacto, con el compromiso de garantizar la debida aplicación de los principios que

dan transparencia, seguridad y certeza jurídica, entre los que destacan el de legalidad,

publicidad, presunción de inocencia, concentración, igualdad, inmediatez,

contradicción, centrales en el debido proceso y con absoluto respeto a los derechos

humanos.

Sin embargo, debido a la gran demanda en la interposición de las denuncias y/o

querellas por el aumento de los hechos delictivos en el estado de Sinaloa, la institución

se ha visto rebasada, por lo que se requiere fortalecer el sistema de justicia desde el

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 2

primer contacto que es la Unidad de Atención Temprana, debido a que la posible víctima

u ofendido de un delito, no es atendido con la inmediatez requerida por la falta de

personal, que se complica cuando suceden los hechos en horas no hábiles para la

Institución.

En forma lamentable, se ha incrementado la Desaparición Forzada de Personas en el

estado, por lo que existe una evidente preocupación para que las personas, ya sea

familiares o la sociedad en general, así como los grupos colectivos o activistas, reciban

la atención especializada que demandan, en asesoría integral (jurídica, psicológica,

médica), asimismo disponer de los recursos económicos y de otra naturaleza,

necesarios para continuación de las investigaciones correspondientes.

Es necesario incrementar el número de operadores especializados, tanto en los

Mecanismos Alternos de Solución de Controversias, como en los procesos que han

sido judicializados, para garantizar la seguridad jurídica y generar confianza ante la

sociedad.

Para un mejor desempeño en el quehacer diario de las policías de investigación, Estatal

y Municipal, es necesario una óptima coordinación tratándose de delitos no graves y

graves, para evitar violaciones a los protocolos de actuación y contaminación de la

cadena de custodia entre otros, es por lo que se propone que la policía de investigación

con la experiencia académica y de campo adquirida, instruya con cursos de

capacitación a los policías preventivos.

Por último, se plantea la necesidad de transparentar las actividades realizadas por la

Institución, en lo referente a bienes, servicios y obra pública, así como en lo que

respecta a las averiguaciones previas y carpetas de investigación, informando en forma

mensual y en estadística los resultados a la sociedad, respetando el principio de reserva

conforme a la ley aplicable, con la finalidad de generar confianza y mejorar la

percepción social en la procuración de justicia.

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En este plan de trabajo se pretende destacar los elementos fundamentales a los que

debe prestarse atención para fortalecer efectivamente a la Fiscalía, para que esta

cumpla con eficiencia y efectividad su labor, asimismo debe de contar con los recursos

adecuados en tecnología de primer nivel y recursos especializados que contribuyan a

realizar su trabajo de manera óptima. Es de reconocido conocimiento que la Fiscalía en

forma continua ha capacitado a su personal en sus diferentes especialidades, con el

objetivo de mejorar el servicio otorgado a la ciudadanía, lo que deberá ser una

constante que se garantice esta disposición.

II) Antecedentes

Debido a las reformas constitucionales realizadas en el año 2008, en el estado de

Sinaloa se implementó el nuevo sistema penal acusatorio en el año 2014, iniciando en

la región centro - norte del estado que contempla los municipios de Angostura, Salvador

Alvarado, Guasave, Sinaloa y Mocorito. Para éste proceso se capacitaron agentes del

Ministerio Público, peritos y policías de investigación, siento estos últimos coordinados

por el suscrito, sacando avante este alto reconocimiento, de ser el pionero en la

investigación y persecución de los delitos, con grandes avances, recobrando con ello

la confianza de la ciudadanía hasta el día de hoy, logrando desde el año 2014 al año

en curso 2021, llevar a la policía de investigación del estado a ser reconocida en los

primeros lugares a nivel nacional en el desempeño de sus funciones, poniendo por ende

a la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, como una de las mejores en nuestro

territorio nacional.

III) Objetivo General.

Profesionalización de agentes del Ministerio Público, policías de investigación y peritos,

así como ampliar el personal en estas áreas, a fin de poder brindar una mejor atención.

Ésta profesionalización conllevará a su especialización, debiendo capacitarlos de

manera periódica con instructores certificados en materia de procuración de justicia, en

el ámbito nacional e internacional.

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Crear un ambiente laboral humanista, en los diferentes departamentos de la Fiscalía

General del Estado, para generar una mayor atención y confianza a la ciudadanía.

IV) Objetivo Específico.

Que los agentes del Ministerio Público, agentes de policía de investigación y peritos, se

profesionalicen, para brindar una mejor atención y que su actuar en las investigaciones

sea de manera científica, lo que llevará aún más a subir escalafones en materia de

procuración de justicia y llegar a ser los mejores en nuestra labor; sabemos que no es

fácil, pero capacitando personal y dándoles un trato humanitario, se lograrán estos

objetivos y con ello, será la sociedad quien se beneficiará de estos logros, generando

un vínculo de confianza todavía mayor al que se tiene.

V) Propuestas de fortalecimiento para el trabajo de la Fiscalía General del Estado

de Sinaloa.

1. Desconcentrar las cuatro regiones de la policía de investigación: zona centro,

centro – norte, norte y sur)

En una sociedad cambiante en el mundo y concretamente en México, donde las

demandas ciudadanas han sido más exigentes, debido a que la forma de garantizar los

derechos de imputados y víctimas de delito eran insuficientes, el poder legislativo en

forma obligada enfatizó su atención para implementar un nuevo sistema de justicia

penal que garantizara los derechos de todos los involucrados, es por ello que en el año

2008, se realizaron las reformas constitucionales, para que la sociedad en general

recuperara la confianza en las instituciones, poniendo como fecha límite para esta

implementación en todo el territorio nacional el año 2016, cumpliendo en nuestro estado

de Sinaloa, de manera cabal dicha implementación, toda vez que fue en el año 2014,

que se materializa este sistema en la región centro – norte del estado, que comprende

los municipios de Angostura, Salvador Alvarado, Guasave, Sinaloa Municipio y

Mocorito, siendo en el municipio de Angostura donde en un primer término se establece

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 5

el complejo del Centro de Justicia Penal centro-norte, donde se concentran por parte

de la Fiscalía, agentes del Ministerio Público, policías y peritos para cubrir los

municipios que conforman esta región.

Posteriormente, en fecha 1 de junio del año 2015, en la región norte, que comprende

los distritos judiciales de los municipios de Ahome, El Fuerte y Choix, concentrando,

tanto Ministerio Públicos, policías y peritos solamente en Ahome, faltando en el

municipio de El Fuerte y Choix.

De igual manera y cumpliendo al mandato constitucional, para la implementación del

nuevo sistema de justicia penal, el día 15 de enero del año 2016, se continuó en la

región sur, que comprende los distritos judiciales de los municipios de Elota, Cósala,

San Ignacio, Mazatlán, Concordia, Rosario y Escuinapa; para culminar el día 13 de

junio del año 2016, en la región centro, que comprende los distritos judiciales de los

municipios de Culiacán, Navolato y Badiraguato.

Siendo de esta manera que el estado de Sinaloa culminó la implementación del sistema

de justicia penal, pero si bien es cierto, se cumplió en tiempo y forma, hubo alejamiento

de policías de investigación del estado en diferentes zonas, esto debido al cierre de

diversas bases de policía de investigación que se tenían antes de llevar a cabo este

sistema, sobre todo la zona serranas del estado, donde la sociedad aspira a una

adecuada procuración de justicia, que puede ser proporcionada por parte de nuestra

policía de investigación, toda vez que ha sido debidamente capacitada adquiriendo

nuevos conocimientos, habilidades y aptitudes, desde una cultura ética y respeto a los

derechos humanos, consagrados en nuestra Constitución y en los tratados

internacionales que nuestro país es parte.

Es en ese orden de ideas, se requiere de unidades de investigación permanentes en

estas zonas, destacando que todos los municipios son atendidos por la policía de

investigación y son recorridos muy largos los que se realizan por parte de los

investigadores de la Fiscalía, los cuales al abrir estas unidades que se proponen,

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pudieran estar en todo momento, cercanos a la ciudadanía que habita en esos lugares,

como por ejemplo, San Ignacio, la Cruz de Elota, Choix, lo que conllevaría también, que

el ciudadano al momento de interponer una denuncia y/o querella, no tuviera que

desplazarse hasta una agencia del Ministerio Público que se encuentra alejada de su

lugar de radicación, sino que tendría cerca a un policía, quien a raíz de estas reformas

y como se puede advertir en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se

encuentra facultado para brindar el servicio que requiere la ciudadanía para la

investigación de los delitos actuando entonces, en representación de todos aquellos

que en forma directa o indirecta resultan lesionados por la comisión de un delito.

Proponiendo la reapertura y fortalecimiento de las bases que fueron cerradas en dichos

municipios

2. Implementar un sistema de denuncia digital, mediante el cual los agentes de

investigación recepcionarán la denuncia en forma digital y al instante.

En la actualidad el uso de nuevas tecnologías en la tarea policial, se propone el uso de

tabletas digitales para que los policías estatales y preventivos puedan tomar denuncias

a través de estos equipos, evitando así que las víctimas del delito acudan a una unidad

de Ministerio Público a interponer la denuncia correspondiente, ahora se pretende que

el policía sea quien se presente hasta el lugar de los hechos, recepcione la denuncia

en tiempo real, ingresando a la consulta general de la Fiscalía General del Estado,

para dar inicio a la denuncia sobre el hecho, donde la victima podrá firmar y recibir por

correo electrónico, la constancia de su denuncia, en delitos de fuero común como por

ejemplo: robo que afectan al patrimonio, robo a comercio, robo a casa habitación, robo

de vehículo, robo a transeúnte, entre otros.

Con el uso de la tecnología, se les dará la capacitación a los elementos policiales, con

este proyecto es posible recabar más denuncias, las víctimas de delitos evitan

desplazarse, lo que genera un gasto a su patrimonio y de tiempo, en consecuencia,

mejor deciden no interponer denuncia; con esta propuesta se evita que la victima de

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delito pierda tiempo en una agencia del Ministerio Público levantando la denuncia

correspondiente.

Las tabletas digitales también ofrecen ventajas cuando los agentes investigadores

necesitan recopilar información de las personas en la escena donde se ha cometido un

delito. Las tabletas digitales brindan una manera fácil para que los agentes entreguen

citaciones electrónicas y recolecten firmas para ello, se propone que los agentes

investigadores tengan sus tabletas digitales y registren la denuncia a esta herramienta,

que permitirá hacer la denuncia en un menor tiempo, donde también puede ser

levantada por policías estatales y municipales a través de tabletas electrónicas.

El policía actuará como un primer respondiente al tener contacto con la víctima y

proporcionará la información sobre sus derechos, a dónde puede ir y cuál puede ser el

procedimiento, una vez activada la carpeta de investigación por este medio electrónico.

De acuerdo a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa en su

capítulo IV, artículo 46, apartado II, III y IV, señala que los agentes de la policía de

investigación deberán:

II. Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito e informar

al Ministerio Público por cualquier medio y de forma inmediata de éstas y de las

diligencias urgentes;

III. Recibir denuncias anónimas e inmediatamente hacerlas del conocimiento del

Ministerio Público, a efecto de que éste autorice cerciorarse, conforme a derecho, de la

veracidad de los datos aportados;

IV. Registrar sus actuaciones en el sistema informático de la Fiscalía General del

Estado, bajo el número interno de control o el número único de causa que genere el

Ministerio Público y alimentarlo con la información requerida, de conformidad con las

disposiciones jurídicas aplicables y la normatividad que emita el Fiscal General;

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Es por ello la necesidad de utilizar por parte de los agentes dispositivos móviles como

tabletas electrónicas, toda vez que les permitirán tener acceso a información mejor y

más vital en el sitio, lo que les ayudará a completar informes de manera rápida y precisa

o responder a diversas necesidades.

A través del uso de tabletas digitales podrán:

Recopilar y organizar datos en cualquier lugar.

Transferir de forma inalámbrica información o imágenes de pruebas a las agencias.

Acceder instantáneamente a los antecedentes penales.

Acceder en tiempo real a las bases de datos de la Fiscalía General del Estado.

Cabe mencionar que en el estado de Querétaro, se ha implementado este proyecto que

es único en el país y fomenta la presentación de denuncias, donde 34 mil 429 delitos

que se han denunciado en el 2020 en esa Entidad, el 30.7 % fueron realizado por los

afectados desde el lugar de los hechos, sin tener que trasladarse a una unidad de la

Fiscalía General del Estado, esta es una práctica que en todo el país sólo se realiza

en la entidad de Querétaro y ha sido reconocida por organismo como México Evalúa

o World Justice Project.

3. Fortalecimiento a la Unidad de Inteligencia y Análisis

La llegada de un nuevo sistema de justicia penal nos exige mucho más como Institución,

debido a que el estándar de prueba aumenta, por esta razón las Unidades de

Inteligencia y Análisis y la figura del analista se vuelven piezas claves en la persecución

del delito, porque sus herramientas e insumos le permitirán al investigador y al

Ministerio Público tener mayor expectativa de éxito, misma que se encargará de las

acciones de recolección y procesamiento de información con el propósito de integrarlas

en producto de inteligencia para los procesos de toma de decisiones.

Dicha Unidad deberá integrarse para todas las Inspecciones de la Fiscalía y en la policía

de investigación del estado de Sinaloa, pues con la ayuda de la labor de inteligencia,

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se logrará esclarecer mayor cantidad de delitos y así mismo recuperar la confianza de

la ciudadanía en cuanto a materia de seguridad se refiere, en cada una de las

actuaciones de los grupos policiales se encuentra la Dirección General de

Inteligencia y Análisis para la persecución del delito, bajo las órdenes del Fiscal

General del estado de Sinaloa, mismas que tienen contemplado dentro de sus

funciones lo siguiente:

a) Sistematizar la información sustantiva para generar bases de datos.

b) Llevar a cabo un análisis efectivo de la información que permita la generación de

productos de inteligencia, que puedan ser explotables en tiempo real, permitiendo

contribuir de manera eficaz y eficiente a la investigación de delitos y con ella al

fortalecimiento del Estado de Derecho (Delitos Patrimoniales, Robos de Vehículos,

Tramitación Común, Delitos Sexuales, Feminicidio, Homicidio, Desaparición

Forzada, Grupos Vulnerables, etc.).

c) Realización de informes procedentes de fuentes abiertas, como técnica de apoyo y

consolidación de las actividades de inteligencia.

d) Supervisar el funcionamiento de la infraestructura tecnológica instalada que soporta

los sistemas de Plataforma México y el equipo de tecnología especializada.

e) Elaborar redes técnicas, de vínculos y comunicación (delincuenciales, personas y

telefonía), que permiten identificar los factores comunes y modus operandi de los

grupos del crimen organizado y delincuentes que operan individualmente.

f) Georeferencias de mapas delictivos y modos de combate.

g) Realizar mapeos de los delitos para saber su índice.

h) Definir y validar los métodos de análisis, clasificación y procesamiento de la

información obtenida a través de la investigación de campo.

i) Recibir, registrar, sintetizar, analizar y explotar la información primaria para la

generación de insumos de inteligencia sobre factores y elementos que real o

potencialmente invadan la seguridad pública del estado.

j) Utilizar, consultar, suministrar, intercambiar, sistematizar y actualizar la información

que a través de la interconexión de redes, se genere diariamente en Plataforma

México.

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El área de inteligencia tiene elementos capacitados académica y profesionalmente,

además tiene la firme convicción de servir a la sociedad sinaloense, así como también

colaborar con diferentes unidades de inteligencia de las corporaciones policiales dentro

de nuestro estado, también se llevará a cabo la coordinación entre las Instituciones de

procuración de justicia de los estados de todo el país, así mismo deberá ajustarse a la

incidencia delictiva del estado como de los municipios.

Con la Unidad de Inteligencia y Análisis y con la colaboración de la policía de

investigación del estado, se pretende garantizar que la investigación de los delitos se

realice de forma eficaz, ordenada, coherente y útil para el proceso penal.

La Unidad de Inteligencia colaborará para el fortalecimiento de la policía de

investigación del estado y las Inspecciones Generales de la Fiscalía General del Estado

de Sinaloa, también se llevará a cabo la materialización de los mecanismos de

intercambio de información criminal efectivo, frente al nuevo sistema de justicia penal

entre las unidades de análisis de la Información de las Fiscalías y las unidades de

análisis de la Fiscalía General de la República.

Es importante destacar que las unidades de inteligencia deben contar con herramientas

tecnológicas de primer nivel que permita realizar el análisis de información de manera

rápida y profesional.

En base a lo antes señalado, es preciso mencionar que el personal de Inteligencia reúne

los elementos indispensables como la formación, capacitación, conocimientos teóricos,

técnicos, desarrollo de destreza y demás habilidades que garantizan el eficaz y eficiente

análisis de los delitos.

Para ser un analista de inteligencia es necesario tener licenciatura en carreras como

derecho, criminología, psicología, administración, informática, diseñador gráfico, entre

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otras, lo que se combina con la gran vocación que se debe tener para servir a la

sociedad y a la procuración de justicia.

4. Fortalecimiento interinstitucional mediante realización de acuerdos con las

Secretarías de Seguridad Pública de los municipios para la conformación de

grupos de investigación.

El fundamento lo encontramos en el artículo 21 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos: “La investigación de los delitos corresponde al Ministerio

Público y a las Policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el

ejercicio de esta función”.

La coordinación entre las policías de los tres órdenes de gobierno, es de trascendental

importancia, aun cuando cada policía tiene delimitada sus funciones, se requieren

mayores acuerdos de manera interna con los Secretarios y Presidentes Municipales, a

fin de capacitar a sus elementos para reforzar la investigación en delitos no graves y en

sus excepciones con los graves como en los casos de flagrancia cuando operan como

primeros respondientes, mediante la implementación de cursos de capacitación para

obtener mejores resultados ante quienes han sido afectados en sus bienes jurídicos,

otorgando certeza y seguridad jurídica, al mismo tiempo que se cambia la percepción

negativa ante la sociedad.

En la actualidad tenemos delitos de fuero común con muchas incidencias como en el

caso de robo a comercio, robo a personas, que son delitos que las corporaciones

estatales pudieran realizar sus investigaciones, no hay nada más dañino para el

sistema de seguridad pública y justicia penal que la impunidad del delito, sin que esto

implique que las sanciones privativas de la libertad son la salida para todos los

problemas. Es fundamental que las policías preventivas transformen su manera de

operar: debe hacer uso de las nuevas facultades de recepción de denuncias, atención

a víctimas e investigación criminal para ofrecer a la ciudadanía un servicio integral.

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El trabajo coordinado entre la policía de investigación para la recopilación de

información, es necesaria para lograr la aprehensión de los inculpados de un delito y

que los mismos sean procesados. El policía investigador al estar debidamente

capacitado en la investigación de delitos, puede sin lugar a dudas, prevenir los mismos,

al identificar los factores que le permitan prevenirlo, es decir, el policía está apto para

la prevención a partir de la investigación, con un enfoque proactivo, toda vez que la

investigación reactiva sería insuficiente.

La formación de grupos de investigación al interior de las corporaciones de policías

preventivas conformadas por profesionistas titulados en derecho, criminología,

psicología y carreras afines, con el objetivo de facilitar y dar seguimiento a las denuncias

recibidas, a efecto de identificar los patrones delictivos y reunir información para su

detención. Para brindar una mejor atención, los horarios deberán ser discontinuos y

estarán supervisados con relación a su productividad y desempeño, evitando que

incurran en prácticas ilegales en la información generada.

La obligada relación con los agentes del Ministerio Público y la policía de investigación

al actuar bajo su mando y conducción, garantiza la legalidad de los actos de

investigación, permite disminuir los índices de la actividad de delincuencia y la

disminución de delitos.

La ejecución del plan de mecanismos formales para que los policías de otros

agrupamientos compartan información con el área especializada de investigación. La

policía en su función de proximidad se convierte en un investigador involuntario, su

presencia en las calles y diversos sectores de la ciudad, le permite identificar los delitos

y faltas administrativas de mayor incidencia.

La sociedad en general reclama sin saber exactamente de quien es la responsabilidad,

si de la policía, el Ministerio Público o los jueces, cuando sus demandas no son

satisfechas, es por ello que perciben de forma deficiente el actuar de los policías, de

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 13

ahí la importancia de una buena investigación y efectiva coordinación con los agentes

del Ministerio Público, para que los delitos no queden impunes.

5. Organización funcional de los agentes del Ministerio Público, de la policía de

investigación y de los peritos.

Fue precisamente en el año 2008, que en México inició un periodo de evolución de su

sistema de justicia. En el año mencionado el Congreso de la Unión aprobó la reforma

penal que cambia el sistema inquisitivo a un modelo de justicia penal acusatorio y oral.

Dicho cambio tiene por objeto garantizar los derechos de la víctima y los imputados,

acortar los términos de los juicios y que a la víctima le sea garantizada la reparación

del daño sufrido, además de garantizar mayor transparencia en el actuar de las

autoridades, debido a la exigencia de que los juicios se lleven a cabo de forma oral y

pública.

En consecuencia, la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, inició un proceso de

reingeniería en infraestructura y personal humano, para lograr que el proceso se

concretará conforme a lo exigido por la reforma constitucional.

En ese contexto en nuestra actualidad, se cuenta con 450 (cuatrocientos cincuenta)

agentes del Ministerio Público, así como 820 (ochocientos veinte) elementos de

agentes de policía de investigación y 225 (doscientos veinticinco) elementos de peritos

y del personal administrativo y jurídico son 540 (quinientos cuarenta), quienes día a día

hacen un gran esfuerzo para brindar una adecuada atención a la sociedad en sus

respectivas asignaciones, lo cual, por la cantidad de servidores públicos, brinda un

servicio de calidad, pero se miran rebasados en los asuntos que se deben de atender

día a día, es por ello que propongo mejorar los inmuebles de donde se despacha este

personal, lo que conllevaría a una mejora para la sociedad a presentarse a oficinas

dignas, además de reorganizar al personal de agentes del Ministerio Publico, quienes

se designarían en agentes del Ministerio Públicos investigadores, comprometidos a

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 14

llevar a cabo las investigaciones desde la noticia criminal, hasta concluir la etapa de

investigación, siendo en la etapa intermedia, donde actuarían los agentes del Ministerio

Público especializados en litigación oral, logrando con esto reducir el trabajo a los

agentes del Ministerio Público, lo que permitiría un desahogo mayor de carpetas de

investigación, dando con ello mejores resultados en las investigaciones y servicio de

calidad a la sociedad, proponerse cursos de actualización, capacitación por parte de

instructores certificados a nivel nacional e internacional que lleven a Sinaloa a seguir

avanzando hasta llegar a primer lugar a nivel nacional en procuración de justicia, donde

actualmente nos encontramos en el puesto octavo, según la página México Evalúa,

por las acciones institucionales para el desarrollo y formalización del sistema de justicia

en México, lo cual indica que se han hecho las cosas bien, pero se pueden hacer aún

mejor, con el apoyo para la infraestructura que se pretende implementar.

6. Creación de un programa integral de protección de personas que intervengan

en el proceso penal.

El testimonio es un instrumento legalizado en el que se da fe de un hecho,

representando el más fácil y más común de los medios de prueba desde que existen

los hombres y desde que tienen pretensión de hacer justicia; dentro de los sistemas de

justicia penal es de suma trascendencia debido a que los testigos son los ojos y los

oídos de la justicia, pero su definición puede variar según el ordenamiento jurídico de

que se trate. En el sistema de protección, lo importante de la función del testigo como

prueba en el sistema judicial, sea antes, durante y después de un juicio, al ser portador

de información importante para las actuaciones judiciales o procesos penales. Los

testigos requieren seguridad y certeza de recibir protección contra actos de intimidación

y daños en su integridad física, emocional y psicológica.

Siendo entonces que los testigos representan la piedra angular en la investigación y

enjuiciamiento de los implicados, necesitan tener la certeza de que recibirán apoyo y

protección contra la intimidación y los daños que puedan tratar de infligirles, los que de

no contar con programa real de protección de testigos, muchos testigos no estarían

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rindiendo su testimonio por miedo, o bien, por no contar con los recursos de trasladarse

al lugar donde le es citado para rendir su testimonio, es por ello que se propone que la

protección a los testigos puede consistir en proporcionar una escolta policial hasta el

tribunal, ofrecer una residencia temporal en un hogar seguro y alimentación,

realizándose todo sin perjuicio de los derechos del acusado.

Brindar garantías a víctimas y testigos, en los casos que presenten altos riesgos, es un

elemento indispensable para que la ciudadanía confié en la Fiscalía General del Estado

e importante para cumplir estándares internacionales y fortalecer la Institución. Este

elemento requiere revisar y realizar reformas a la Ley de Atención y Protección a

Víctimas del Estado de Sinaloa, además de analizar otros factores que contribuyen a

promover estas garantías. En el estado no se cuenta con regulaciones apropiadas para

brindar protección a denunciantes.

Es necesario otorgar seguridad jurídica y protección integral (física, psicológica y

económica), a personas que han intervenido como testigos, incluso operadores activos

o inactivos, en una investigación sobre todo cuando ha sido judicializada, toda vez que

cuando son requeridos por la autoridad judicial para el desahogo de alguna diligencia

o declaración testimonial, existen un impedimento geográfico por encontrarse fuera de

la entidad, aunado al económico por no contar con los recursos para el traslado,

sumando algunas veces el temor a su integridad física y psicológica, lo que constituye

un obstáculo para el normal seguimiento en el debido proceso, por lo que resulta

imperante la creación de un programa que permita resolver esta problemática.

a) Asistencia a las víctimas y protección de testigos

La Organización de las Naciones Unidas a través de su oficina de drogas y crimen,

señala que el impacto del crimen en las personas afectadas por él puede ser profundo.

Las víctimas pueden sufrir daños físicos, mentales, emocionales y económicos, de los

que es posible que algunas nunca se recuperen. Se pueden amenazar o infligir lesiones

a las víctimas, los testigos o sus familias, e incluso se pueden amenazar vidas.

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Además de los fuertes incentivos de derechos humanos para ayudar y proteger a las

personas que han sido víctimas o testigos presenciales de delitos graves, existen

incentivos de justicia penal para hacerlo. La cooperación de víctimas y testigos es

fundamental para lograr enjuiciamientos exitosos de delincuentes y desmantelar los

grupos delictivos organizados. Sin embargo, uno de los desafíos que enfrentan muchos

sistemas de justicia penal en la investigación y el enjuiciamiento de delitos es obtener

esa cooperación.

Todos los sistemas de justicia penal tienen el deber de establecer procedimientos que

proporcionen medidas para la protección de las personas cuya cooperación con el

sistema de justicia penal en una investigación o enjuiciamiento las pone, o las personas

estrechamente relacionadas con ellas, en riesgo de sufrir graves daños físicos o

emocionales. Tales medidas pueden incluir:

Asistencia antes y durante el juicio para hacer frente a los obstáculos psicológicos y

prácticos de testificar;

Medidas de protección antes, durante y después de la audiencia o juicio para testigos

"en riesgo".

Procedimientos judiciales para garantizar la seguridad del testigo mientras testifica;

Un programa encubierto de protección de testigos.

Los actores involucrados en el sistema penal pueden ser convocados o solicitados a

declarar por la Fiscalía, la defensa, el representante legal de víctimas o los propios

Jueces.

Es por ello que la Fiscalía deberá garantizar medidas particulares para que estos

puedan testificar de manera segura tomando en cuenta su privacidad, dignidad y

bienestar.

Se deberá desarrollar un programa integral de asistencia a víctimas y testigos, el cual

incluye:

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a. Brindar información sobre los derechos de las víctimas.

b. Brindar asistencia para obtener órdenes de protección.

c. Proporcionar información sobre el proceso de justicia penal y el estado del caso

penal.

d. Acompañamiento a procesos judiciales penales.

e. Notificación a víctimas y testigos de procesos judiciales, fechas y hechos.

f. Capacitación a fiscales, policías y autoridades de protección de testigos;

g. Evaluaciones legales e institucionales.

h. Programas de sensibilización dirigidos a las autoridades de justicia penal (fiscales,

policías, peritos);

7. Reorganizar, fortalecer y profesionalizar la Vicefiscalía de Desaparición

Forzada, así como lograr el acercamiento directo con los diferentes colectivos de

búsquedas.

Las desapariciones forzadas afectan los valores más profundos de la sociedad

respetuosa de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, se puede

definir el concepto de desaparición forzada cuando una persona es arrestada, detenida

o secuestrada contra su voluntad, o privada de su libertad de alguna u otra manera por

parte de policía de diferentes corporaciones o grupos criminales organizados.

La desaparición de personas, en la última década, ha tomado dimensiones como nunca

en la historia de nuestro país; el Comité contra la Desaparición Forzada de la

Organización de las Naciones Unidas (CDFI-ONU), aseveró la existencia de un número

considerable de personas desaparecidas generalizadas en gran parte de los estados

de la Republica, calificadas como desapariciones forzadas; es por ello que se debe

recoger la realidad de las víctimas y sus familias. Resultando de suma importancia la

participación de las familias y de los diversos grupos colectivos en los procesos de

búsqueda, además de ser un derecho que tienen las familias de las víctimas directas,

realizar un proceso que deje fuera a las familias carecerá de toda legitimidad; debe

Page 20: PROPUESTA DE TRABAJO PARA LA FISCALÍA GENERAL DEL …

Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 18

entenderse por “Persona Desaparecida”, cuando en base en información

proporcionada por familiares, personas cercanas o vinculadas con ella, la hayan dado

por desaparecida debido a la falta de comunicación o cualquier otra circunstancia que

haga suponer su desaparición.

La recién creada agencia del Ministerio Público Especializada en Desaparición

Forzada, tiene como prioridad brindar atención a los colectivos y familiares de personas

desaparecidas, ya sea por denuncias, Alerta Amber o Protocolo Alba, sin embargo,

debido a la gran demanda que se reciben no solo de la entidad, sino de todos los

estados de la república, es necesario fortalecer con más personal especializado y

recursos, para estar en aptitud de brindar el apoyo en la búsqueda de los no localizados,

para cambiar la percepción de desatención y lograr los resultados esperados por los

denunciantes sean familiares en forma directa y a través de los grupos colectivos con

el apoyo de la sociedad en general.

La propuesta es tener un mayor número de agentes investigadores, así como agentes

del Ministerio Público, es decir, proporcionarles cursos impartidos por expertos en la

materia hasta de certificación internacional, que profesionalicen a nuestros agentes del

Ministerio Publico, a los policías y a los peritos en este delito, acordando con cada uno

de estos, que deberán informar a los familiares de las víctimas sobre las posibles líneas

de investigación a seguir, incluyendo en su actuación las señaladas por los familiares,

en concordancia con el artículo 20 apartado C fracción II de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos.

Así mismo se harán programas de capacitación, actualización y especialización

continua y permanente en temas relacionados con la materia; se dotará de mejor

equipamiento con el fin de colaborar con resultados eficientes en el Sistema Nacional

de Búsqueda de Personas.

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 19

Con esta propuesta se busca garantizar el derecho a una investigación inmediata,

efectiva e imparcial, que pueda iniciarse de oficio y que deberán conducirse de forma

independiente, imparcial, exhaustiva, eficaz, pronta y con adecuadas medidas de

protección para las víctimas y los familiares.

A principio de marzo del año 2019, los familiares se unieron con el recién creado grupo

de Comisión Estatal de Búsqueda donde se organizaban comisiones de búsqueda de

N.N. y personas presuntamente desaparecidas en algunas entidades de Sinaloa, con

el propósito de adelantar un proceso de búsqueda, en varios casos estas comisiones

han identificado a cadáveres y se han monitoreado los procedimientos de exhumación

e identificación de restos.

Lo que se busca es trabajar de manera coordinada con otras organizaciones,

implementar la Ley General en Materia de Desaparición Forzada (aprobada en 2017),

desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de

Persona a nivel estatal y así mismo impulsar la implementación de mecanismos

eficaces que den con el paradero de las personas desaparecidas y que además, en el

caso de las Instituciones del Ministerio Público, ofrezcan certeza jurídica a los

resultados de cada acto de investigación.

La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición

Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017, tiene por objeto

establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las

autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para buscar a las personas

desaparecidas y no localizadas, esclarecer los hechos, así como para prevenir,

investigar, sancionar y erradicar éste delito incluyendo los delitos vinculados que

establece esta Ley; asimismo, crea el Sistema Nacional de Búsqueda, la Comisión

Nacional de Búsqueda y ordena la creación de Comisiones Locales de Búsqueda en

las Entidades Federativas, entre otros.

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 20

8. Acercamiento personalizado con la sociedad, víctimas y ofendidos.

A raíz de las reformas constitucionales del año 2008 en México, la víctima ha logrado

el debido reconocimiento a sus derechos humanos, en el procedimiento penal

acusatorio, en donde la victimología, el garantismo penal, representan un papel de

suma trascendencia, considerando que anterior a dicha reforma la víctima había sido

minimizada, hoy es reconocida como sujeto procesal con pleno respeto a los derechos

emanados de la legislación nacional y los tratados internacionales, dando prioridad a

la reparación del daño e implementando la justicia restaurativa, generándose las

condiciones para la desvictimación.

Bastaría remontarnos al artículo 2° del Código Nacional de Procedimientos Penales

para darnos cuenta que dentro de los objetivos se encuentra el de sancionar al

responsable y lograr la reparación del daño, en un marco de respeto de los derechos

humanos.

También al analizar la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de

Sinaloa, resulta una obligación reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del

delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia,

protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia y todos los

demás derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos.

Por tratarse de un imperativo legal de la policía y el Ministerio Público, recibir la

denuncia de la víctima, es de suma trascendencia la cercanía con las víctimas de un

delito, procurando que el ofendido quede conforme con la atención que reciba por parte

del servidor público, máxime cuando la víctima puede participar activamente en la etapa

de investigación y de juicio ofreciendo pruebas, con el derecho de recibir información

sobre los avances, asesoría legal, atención médica, psicológica y con el derecho a

exigir la reparación del daño.

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 21

Proponiéndose para ello visitas continuas a su domicilio, para informar avances de las

investigaciones, verificar que se estén respetando sus derechos que le consagra

nuestra Constitución, además de realizar talleres con la sociedad, que permitan cultivar

los valores humanos, llevarles de igual manera pláticas jurídicas para informar qué es

la Fiscalía General del Estado, haciéndoles ver cómo se les puede ayudar con sus

problemas legales en materia penal, realizándose para esto la creación de un grupo de

personas que transmitan esta información de manera profesional, contar con lugares

especializados donde la víctima de algún delito pueda de así quererlo, ser protegida las

24 horas del día en este albergue o centro de protección a víctimas del delito, hasta

concluido su asunto.

También es importante y sin pasar por alto, reforzar el área de asesoría jurídica victimal

de la Fiscalía General del Estado, con mayor número de personal calificado para ello,

además de todo material que se requiera para realizar su labor.

9. Transparentar las actividades realizadas por la Institución.

Mostrar a la sociedad las licitaciones que se realicen en la Fiscalía General del Estado,

donde se arrojarán los datos del proveedor que están en las licitaciones y verán la

veracidad de cada uno.

En relación al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del estado de Sinaloa, poner a disposición del público en general, de acuerdo

con sus facultadas, atribuciones y funciones, la información de temas, documentos y

políticas.

En este punto primeramente me gustaría recalcar que la sociedad tiene el derecho de

acceso a la información pública de la Fiscalía General del Estado, es decir cada persona

de nuestra sociedad, tiene el derecho de acceder a la información generada,

administrada o en poder de nuestra Fiscalía, a excepción de aquella información que

prevé la propia ley, establecidas estas en el artículo 6° de nuestra Constitución,

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 22

permitiendo con esto una lucha contra la corrupción, es decir, el ciudadano al momento

de acceder a la página de la Fiscalía y verifique las opciones de búsqueda que tiene

dentro de la página; misma que pone a disposición del público en general, de acuerdo

con sus facultades, atribuciones y funciones, como por ejemplo, podrá revisar las

licitaciones públicas que se realizan con los proveedores de servicio, la transparencia

de las obligaciones comunes (desde su marco normativo, la estructura orgánica

completa, las facultades de cada área, los indicadores de objetivos y resultados,

indicadores de resultados, directorios de servidores públicos, entre otras), con lo cual

la sociedad podrá constatar que efectivamente el recurso se está empleando para los

fines que son destinados, así como indicadores específicos (donde se podrá observar

las denuncias y querellas presentadas de cada delito).

De esta manera, la ciudadanía al entrar a la página de la Fiscalía podrá verificar los

movimientos realizados y podrá constatar que no exista ninguna actividad fuera de la

licitud, con esto, se concede un canal de relación permanente entre la sociedad y los

servidores públicos, que vendrá a trasparentar todo el actuar de la Fiscalía General del

Estado y avanzar todavía más en la confianza de esta gran Institución y la sociedad

sinaloense.

También con ello se permitirá generar confianza en el quehacer diario de la institución,

considerando se haga público cada mes, por los diversos medios informativos.

Si bien es cierto, existe un control interno para medir en forma estadística las denuncias

presentadas por probables hechos delictivos o delitos cometidos en la entidad,

pretendiendo cumplir con la expectativa de que la sociedad se encuentre debidamente

informada, es necesario e imperante establecer que se externe clasificando las

denuncias que fueron presentadas y resueltas aplicando los mecanismos alternativos

de solución de controversias, garantizando el acuerdo reparatorio, evitando con esto la

judicialización de los casos, por ejemplo; si se presentasen 3000 denuncias y/o

querellas, explicar a la sociedad cuántas se resolvieron satisfactoriamente y cuántas

se judicializaron.

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 23

La misma transparencia se propone en los casos de las licitaciones de bienes, servicios

y obra pública.

¿Qué hacer ante esto? Establecer un programa de estadística criminal diseñado y

operado por expertos con información no solo de cantidades, sino completo y detallado

que permita la explicación científica del fenómeno criminal para su comprensión y

contención. Los resultados de este programa deberán publicarse periódicamente en

una página oficial exclusiva para el conocimiento de autoridades, medios de

comunicación, académicos y público en general.

10. Reorganizar y fortalecer la Unidad de Atención Temprana.

A raíz de la implementación del nuevo sistema de justicia penal en el estado de Sinaloa,

iniciando en octubre de 2014, como plan piloto en Angostura, continuando en el proceso

de aplicación en el resto de los municipios, culminando en junio de 2016, advirtiéndose

que fuimos rebasados por la demanda ante el aumento de hechos delictivos, es por ello

que una de las propuestas para mejorar y fortalecer la atención a víctimas, ofendidos o

la persona que denuncie la comisión de algún delito, es que se incremente el personal

especializado para brindar una atención las 24 horas del día, siguiendo los principios

de legalidad, profesionalismo, eficacia y respeto a los derechos humanos.

La Unidad de Atención Temprana, se trata de uno de los departamentos de suma

importancia para la Fiscalía General del Estado, toda vez que es el primer contacto de

la ciudadanía con la procuración de justicia y de las unidades, por las cuales más

personas circulan a diario, es por ello que esta unidad requiere reorganizar su

estructura y fortalecerse con mayor personal capacitado para estas labores, por lo que

con un aumento de personal, se podrá atender de manera profesional y sin pérdida de

tiempo para el ciudadano; conllevando con ello a una rápida reparación del daño o

indemnización a las víctimas, mediante estos mecanismos se evitará que un buen

número de asuntos llegue a los juzgados. Así, los responsables de procurar e impartir

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Mtro. Marco Antonio Almanza Áviles 24

justicia podrán dedicar más tiempo y atención a los asuntos más graves, como

homicidios y secuestros entre otros.

En la actualidad, para interponer una denuncia una persona puede tardar más del

tiempo necesario para poder ser atendido, por este punto se pretende capacitar al

personal que atienden a la sociedad para poder darle el mejor trato y que la persona

tenga más confianza en acudir sin ningún problema para poder solucionar su asunto.

Se vigilará que el personal que opera en las unidades de atención temprana lo hagan

bajos los principios de eficacia, eficiencia, agilidad, oportunidad, legalidad, objetividad,

honradez, lealtad, imparcialidad, profesionalismo, disciplina, transparencia, rendición

de cuentas, equidad e integridad.

Facultades que tiene la Unidad de Atención Temprana y Primer Contacto son:

I. Recibir, registrar y analizar de forma inmediata las denuncias y/o querellas, y en su

caso, iniciar las carpetas de investigación;

II. Determinar y ordenar los actos de investigación que deben realizar conforme a los

hechos denunciados;

III. Informar a la víctima u ofendido, en qué consisten los mecanismos alternativos de

solución de controversias en materia penal, para la derivación del asunto;

IV. Evaluar y canalizar las carpetas de investigación y los asuntos en que se intervenga,

al Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

en Materia Penal, a la Unidad de Tramitación Masiva de Casos o unidad administrativa

competente;

V. Auxiliarse de la Dirección de Unidad de Análisis y de imputados desconocidos, en el

cruce de información de los registros de investigación, para su procesamiento y

análisis, que conlleven a la identificación del imputado;

VI. Autorizar la consulta de abstención de investigar y archivo temporal, que tales casos

propongan los agentes del Ministerio Publico de su adscripción.

VII. Las demás que le encomiende el Fiscal General, la Ley Orgánica, este Reglamento y

otros ordenamientos legales aplicables.

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(Art. 113 Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa)

La atención temprana tiene sustento en el artículo 3, fracción XIV, de la Ley Nacional

de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, la cual de

manera específica señala que la Unidad de Atención Inmediata es la instancia adscrita

a la Fiscalía General, encargada de canalizar las solicitudes a la institución

especializada en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia

penal.

Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias, y en materia

penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los

casos en los que se requerirá supervisión judicial, sustentado en el artículo 17 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por su parte, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, en su

artículo 50 señala expresamente que la atención inmediata en materia de justicia

restaurativa se integrará con Ministerios Públicos, personal de psicología, trabajo social,

facilitadoras y facilitadores certificados.