Propuestas de Pueblo Bicicletero para integrar al Reglamento de Tránsito del Área Metropolitana de Monterrey

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    Monterrey, N.L. a 30 de noviembre de 2013

    Comisin Intermunicipal de Seguridad Vial

    P R E S E N T E . -

    Asunto: Propuesta de Pueblo Bicicletero para el Reglamento de Trnsito del reaMetropolitana de Monterrey.

    Buscamos que el rea Metropolitana de Monterrey pueda crear una norma decirculacin en la que se promueva un uso del espacio pblico ms equitativo y en la quese establezca la prioridad de las personas sobre los automviles. As mismo, se buscaque la seguridad de los ciudadanos, en especial la de los usuarios ms vulnerables, seauna prioridad.

    A pesar de que los usuarios de las calles incluyen peatones, ciclistas, usuarios y

    conductores de transporte pblico, as como automovilistas, los reglamentos actualesen el rea Metropolitana de Monterrey estn primordialmente orientados a regular eltrnsito de vehculos automotores y, consecuentemente privilegian la movilidadmotorizada individual sobre otras formas de desplazamiento en las ciudades.

    Pueblo Bicicletero considera vital cambiar los contenidos, valores y forma de losdocumentos que regulan la movilidad en el rea Metropolitana de Monterrey.

    Un buen reglamento de trnsito, seala el Instituto de Polticas para el Transporte y elDesarrollo (ITDP por sus siglas en ingls1), tendra que avocarse slo a las reglas decirculacin y que est organizado de tal forma que su consulta sea gil y sencilla.Adems, las normas de trnsito deben romper con la nocin de que las calles estn

    destinadas para la circulacin de automotores; al contrario, afirma el Instituto, debenfavorecer a una concepcin renovada de las calles, no slo como espacio decirculacin, sino como espacios en los que coincidan varios tipos de movilidad y en elque se puedan desarrollar numerosas actividades.

    El Reglamento debe buscar fomentar entre todos los usuarios de las vialidades lacordialidad hacia los dems, la prudencia al circular por las calles.

    JERARQUA

    Es imperativo que el reglamento de trnsito homologado establezca el caminar como el

    modo de transporte de mayor preferencia.

    Los peatones no slo son los usuarios de la va pblica ms vulnerables, sino quetambin son los que realizan los viajes que generan menos externalidades negativas. Elpriorizar la movilidad peatonal tambin responde a una lgica de equidad social, de

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    salud pblica y de seguridad vial. Por lo anterior, no slo el espaciovial, sino las reglas de circulacin deben proteger y priorizar la movilidad peatonal.

    Se propone que el artculo 1 del Reglamento sea el siguiente:

    La aplicacin de este reglamento estar basada en los siguientes principios rectores:

    I.La circulacin en condiciones de seguridad vial es un derecho, por lo que todas lasautoridades en el mbito de su competencia deben adoptar medidas para garantizar laproteccin de la vida;II.La circulacin en la va pblica debe efectuarse con cortesa, por lo que losciudadanos deben observar un trato respetuoso hacia los agentes y personal de apoyovial; se evitar todo acto que implique una obstruccin al trnsito de los dems; y sedar prioridad de uso del espacio a los usuarios ms vulnerables de acuerdo a lasiguiente jerarqua:a) Peatones; en especial personas con alguna discapacidad y otros sectores de lapoblacin con necesidades especiales como: nios, adultos mayores y mujeresembarazadas;

    b) Ciclistas;c) Usuarios y prestadores del servicio de transporte de pasajeros masivo, colectivoo individual;d) Usuarios y prestadores del servicio de transporte de carga; ye) Usuarios de transporte particular automotor.III.Los conductores de vehculos motorizados deben responsabilizarse del riesgo queimplican para los dems usuarios de la va, por lo que su conduccin se realizar conprudencia y cautela.IV.El uso racional del automvil particular para mejorar las condiciones de salud yproteccin del ambiente.

    DISPOSICIONES PARA PEATONES

    Los peatones deben guiar su circulacin bajo las siguientes reglas:

    I.Obedecer las indicaciones de los agentes, personal de apoyo vial, promotoresvoluntarios, as como las seales de trnsito;II.Dar preferencia de paso y ayudar a aquellos que utilicen dispositivos de movilidadasistida;III. Cuando utilicen vehculos recreativos en las vas peatonales:a) Dar preferencia a los dems peatones;b) Cuando circulen en vas peatonales, conservar una velocidad que no ponga enriesgo a los dems usuarios; y

    c) Evitar asirse a otros vehculosIV.Antes de cruzar una va, verificar que los vehculos tienen oportunidad por distanciay velocidad de frenar para cederles el paso. Asimismo, procurar el contacto visual conlos conductores.V.Ceder el paso a vehculos de emergencia cuando estos circulen con las sealesluminosas y acsticas en funcionamiento.VI.Cruzar por las esquinas o zonas marcadas para tal efecto en las vas primarias yvas secundarias con ms de dos carriles de circulacin. En vas secundarias quecuenten con hasta dos carriles para la circulacin podrn cruzar en cualquier punto;

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    VII.Utilizar los pasos peatonales a desnivel ubicados en vas deacceso controlado. En otras vas primarias no es obligatorio su uso cuando el paso adesnivel se encuentre a ms de 30 metros del punto donde se realiza el cruce;

    Los peatones que no cumplan con las obligaciones de este reglamento, sernamonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad a

    las disposiciones aplicables.

    Las autoridades correspondientes tomarn las medidas que procedan para garantizar laintegridad fsica y el trnsito seguro de los peatones, en particular, de las personas condiscapacidad. Asimismo, realizarn las acciones necesarias para garantizar que las vaspeatonales, se encuentren libres de obstculos que impidan el trnsito peatonal.

    Los peatones tienen preferencia de paso sobre el trnsito vehicular:

    I.En las intersecciones controladas por semforos, cuando:a) La luz verde les otorgue el paso;b) Habindoles correspondido el paso de acuerdo con el ciclo del semforo no

    alcancen a cruzar la va;c) Los vehculos vayan a dar vuelta para incorporarse a otra va y haya peatonescruzando sta;II.En las intersecciones que no cuenten con semforos, siempre tendrn preferenciasobre el trnsito vehicular independientemente de las reglas establecidas en el artculo9o. Cuando haya peatones esperando pasar, los conductores debern parar y cederlesel paso.III.En la utilizacin del arroyo vehicular, cuando:a) No existan aceras en la va. En caso de existir acotamientos o vas ciclistas, lospeatones podrn circular sobre stas; a falta de dichas opciones transitarn por elextremo de la va y en sentido contrario al flujo vehicular;b) Las aceras estn impedidas para el libre trnsito peatonal por consecuencia de

    obras pblicas o privadas, eventos que interfieran de forma temporal la circulacin ocuando el flujo de peatones supere la capacidad de la acera. La autoridad se asegurarde la implementacin de espacios seguros para los transentes;c) Transiten en comitivas organizadas, procesiones o filas escolares, debiendocircular en el sentido de la va;d) Remolquen algn objeto que impida la libre circulacin de los dems peatonessobre la acera, debiendo circular en el sentido de la va;e) Se utilicen vehculos recreativos o dispositivos de movilidad asistida, siempre ycuando transiten por el primer carril de circulacin de la va. En estos casos tambin sepodr hacer uso del acotamiento y vas ciclistas;IV.Cuando transiten por la acera y algn conductor deba cruzarla para entrar o salir deuna cochera o estacionamiento;

    V.En las calles de prioridad peatonal, dnde podrn circular en todo lo ancho de la va yen cualquier sentido.

    El conductor de un vehculo motorizado que no respete la preferencia de paso de lospeatones de acuerdo a lo dispuesto en este artculo, se sancionar con base en lasiguiente tabla:

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    FraccinSancin con multa equivalente en dasdel salario mnimo general vigente en elrea Geogrfica B

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    DISPOSICIONES PARA CICLISTAS

    DE LAS NORMAS PARA LA CIRCULACIN DE VEHCULOS NO MOTORIZADOS

    La circulacin ciclista tambin debe ser prioritaria en el reglamento de trnsitohomologado, ya que comparte algunas de las ventajas de la movilidad a pie. Los viajesen bicicleta no slo no generan emisiones de contaminantes y responden a la mismalgica de equidad social y salud pblica, sino que representan el medio de transportems eficiente en trminos de espacio utilizado y de velocidad.

    Los conductores de vehculos no motorizados tienen los mismos derechos yobligaciones descritas en las normas generales para la circulacin de vehculos,exceptuando lo establecido en el presente captulo, as como aquellas provisiones quepor la naturaleza propia de los vehculos no motorizados no sean aplicables.Adicionalmente deben:

    I.Respetar las seales de trnsitoy las indicaciones de los agentes y del personal deapoyo vial;II.Circular en el sentido de la va;III.Donde existan vas ciclistas exclusivas, circular preferentemente por estas; exceptocuando:a) Est impedida para el libre trnsito a consecuencia de obras pblicas o privadas,eventos que interfieran de forma temporal la circulacin o cuando el flujo de ciclistassupere la capacidad de la va.b) Circulen vehculos no motorizados que tengan un ancho mayor a 0.75 m queimpida la libre circulacin de los dems ciclistas sobre la va;c) Se tenga que adelantar a otro usuario;d) Vayan a girar hacia el lado contrario en el que se encuentre la va ciclista o estnprximos a entrar a un predio.IV.Indicar la direccin de su giro o cambio de carril, mediante seales con el brazo ymano;V.Utilizar un slo carril de circulacin;VI.Rebasar slo por el carril izquierdo;VII.Evitar asirse o sujetarse a otros vehculos en movimiento;VIII.Llevar a bordo slo al nmero de personas para el que exista asiento disponible;IX.El o la ciclista debe usar aditamentos o bandas reflejantes para uso nocturno;X.El ciclista debe compartir de manera responsable con los vehculos y el transportepblico la circulacin en carriles de la extrema derecha.

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    promover ms no obligar al uso del casco ya que esto es solo unaaccin que no evita en si los accidentes relacionados a la bicicleta.

    Tambin se debe promover y fomentar el uso de la bicicleta ya que el hacer el uso delcasco obilgatorio tiende a reforzar la percepcin de la bicicleta como un vehculoinseguro, lo que es un error. El casco slo debe ser promovidoen un contexto de

    fomento del uso de la bicicleta, para reafirmar en conjunto con la seguridad, otrosvalores de su uso, tales como libertad de movimiento, medio ambiente, economa,salud, etc. De otra forma, la promocin del casco solo puede provocar la disminucindel nmero de ciclistas en las calles. Los verdaderos beneficios no vienen en el uso delcasco sino en tener un mayor nmero de ciclistas en la calle.

    Otro punto importante es comprender que existen muchos otros factores que ponen enriesgo a los ciclistas en la va pblica, y son stos sobre los que se debe trabajar paratratar el problema de origen.

    1. La causa de los accidentes radica principalmente en el excesivo nmero devehculos motorizados y las altas velocidades de stos, adems las vialidades

    del rea Metropolitana de Monterrey estn construidas de tal manera quefomentan estas altas velocidades. Esto aunado a lo poco que se ha hecho enaras de controlar este factor y de crear conciencia de que todo aquel que manejaa exceso de velocidad es un victimario en potencia.

    2. La mayora de las lesiones de los ciclistas son principalmente en la zona de loshombros y clavculas, no en la cabeza. Razn por la cual el objetivo debe sercrear condiciones ms sanas y seguras para circular y caminar. Y una vez hechoesto promover (ms no obligar) el uso del casco junto con otras medidas deseguridad.

    3. Se sabe que la principal causa de muerte entre los ciclistas es el atropello porvehculos motorizados, ante los que el uso del casco no representa unadiferencia relevante.

    En conclusin, el casco obligatorio no es una medida adecuada: no soluciona ningnproblema existente y, adems, aporta problemas nuevos que no existan. Se debe deiniciar por promover una convivencia entre todos los tipos de movilidad existentes en elrea Metropolitana de Monterrey y un buen inicio es el de cimentar el reglamentohomologado en la pirmide de movilidad urbana y acompaar esto con una campaa deconcientizacin y respeto hacia los ms desprotegidos en las calles que es el caso depeatones, gente con discapacidad y ciclistas.

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    Fecha de elaboracinNoviembre de 2013

    Autores del documentoDavid Pulido y Roberto FloresPueblo Bicicletero

    AgradecimientoAgradecemos la asesora para este documento del Instituto de Polticas para elTransporte y el Desarrollo (ITDP, por sus siglas en ingls).

    FUENTES

    Allan, C. (2012, 20 de abril). Cycle helmets: An overview of the evidence. TheUK's National Cyclists' Organisation. Consultado el 2 de noviembre enwww.ctc.org.uk.

    Bicycle Helmet Research Foundation. Cycle helmets and rotational injuries.

    Cyclehelmets.org. Consultada el 4 de noviembre en: www.cyclehelmets.org. Bicycle Helmet Research Foundation. www.cyclehelmets.org Coordinadora en Defensa de la Bici (2012) Propuesta para eliminar la

    obligatoriedad del uso del casco para vas interurbanas. Conbici. Consultado el2 de noviembre en www.conbici.org.

    Freire, J.; Kruchten, Z. (2013, 29 de octubre). Casco obligatorio: una zancadillaal uso de la bicicleta en Espaa. European Cyclists Federation. Consultado el 2de noviembre en: http://www.ecf.com.

    Geffen, R (2013, 14 de Junio). BMA's helmet stance questioned as USA safety

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    de noviembre en www.ctc.org.uk.

    Manual Ciclociudades. Instituto de Polticas para el Transporte y el Desarrollo(ITDP, por sus siglas en ingls). Consultado el 2 de noviembre enwww.ciclociudades.mx.

    Phillips, R. O., Fyhri, A. and Sagberg, F. (2011), Risk Compensation and Bicycle

    Helmets. Risk Analysis, 31: 11871195. http://bit.ly/1c3DEAH Propuesta de Reglamento de Trnsito Modelo. Instituto de Polticas para el

    Transporte y el Desarrollo (ITDP, por sus siglas en ingls) www.itdp.mx Reglamento de Trnsito Metropolitano de la Ciudad de Mxico. Consultado el 2

    de noviembre en www.df.gob.mx.

    INFORMACIN DE CONTACTO

    [email protected] (81) 1968.7555Casa Bicicletera. Isaac Garza #735-B Ote. Colonia Centro. Monterrey, N.L. C.P. 64000