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Protocolo malos Tratos al menor

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Protocolo malos Tratos al menor. Mª Carmen Rodríguez Isabel Pérez Trabajo social. ASNM. Referencias legales. Ley 1/98, 20 abril Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores Víctimas de Malos Tratos en Orden de 11 de febrero de 2004). - PowerPoint PPT Presentation

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Protocolo malos Protocolo malos Tratos al menorTratos al menor

Mª Carmen RodríguezMª Carmen RodríguezIsabel PérezIsabel Pérez

Trabajo social. ASNMTrabajo social. ASNM

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Referencias legalesReferencias legalesLey 1/98, 20 abril

• Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores Víctimas de Malos Tratos en Orden de 11 de febrero de 2004).

• Andalucía, de 20 de noviembre de 2002, (Orden de 11 de febrero

de 2004). • Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se establece el Sistema

de Información sobre Maltrato Infantil de Andalucía. S.I.M.I.A • Decreto 81/2010, de 30 de marzo, de modificación del Decreto

3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil de Andalucía.

• Orden de 23 de junio de 2006 por la que se aprueban los modelos de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil.

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Maltrato al menorMaltrato al menor

Situación de riesgo social:

“Aquellas situaciones en las que exista carencias o dificultades en la

atención de las necesidades básicas que el menor precise para su

correcto desarrollo físico, psíquico y social y que no requiera la

separación del medio familiar" ( Art. 22 de la Ley 1/98 de 20 a abril).

Maltrato:

"Cualquier acto por acción u omisión realizado por individuos,

instituciones o por la sociedad en su conjunto y todos los estados

derivados de estos actos o de su ausencia que priven al menor de su

libertad o de sus derechos y/o que dificulten su optimo desarrollo"

(Centro internacional de la infancia de París)

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Tipos de maltratoTipos de maltrato Maltrato físico Maltrato psicológico/emocional Negligencia/abandono físico/cognitivo. Abandono psicológico/emocional Abuso sexual y/o agresión sexual Corrupción Explotación laboral Maltrato prenatal Retraso no orgánico del crecimiento Síndrome de Munchausen por poderes Maltrato institucional

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• PRIORIZAR de forma planificada y coordinada

• Orientado a la ATENCION y prevención

• Prevalece el interés del MENOR

• Permanezca en su ENTORNO FAMILIAR

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Factores de riesgo SocialFactores de riesgo Social

Cualquier situación individual, familiar o social que impide el desarrollo normal del menor y que por las circunstancias negativas pueden provocar un maltrato.

El maltrato se desencadenaría por la interacción de varios factores de riesgo, junto a la presencia de factores específicos que puedan desencadenarlo: sucesos conflictivos, percepción subjetiva de stress,....

Factores socio familiares Características de los padres Características del menor

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Factores de Riesgo SocialFactores de Riesgo Social

• Entorno sociofamiliar.-

Familias desestructuradasPadres muy jóvenesAislamiento social y familiarRelaciones de pareja conflictivasMarginalidad,..Graves problemas económicos

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Factores de Riesgo SocialFactores de Riesgo Social

Características de los padres:

Limitaciones físicas, intelectuales o emocionalesDesconocimiento de los recursos de ayudaAbuso de alcohol y otras drogasProblemas psiquiátricosControl deficiente de impulsosFalta de habilidad en resolución de conflictos

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Factores de Riesgo SocialFactores de Riesgo Social

• Características de los menores

Niños prematurosDeficit físicos. Psíquicos o sensorialesCon hiperactividadProblemas médicos crónicosNiño no deseadoNacido en pareja anterior y rechazo de nueva

pareja

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Factores complementarios o Factores complementarios o de protecciónde protección

Son aquellas circunstancias favorables que disminuyen la posibilidad de ocurrencia del maltrato y pueden equilibrar la influencia de los factores de riesgo.

Es importante conocerlo para orientar sobre el pronostico del caso y sobre la intervención familiar. Apoyar y reforzar y potenciar las competencias de sus miembros, de cara a superar la situacion que dio lugar a la intervención profesional

Page 12: Protocolo malos Tratos al menor

Factores compensatorios o Factores compensatorios o de protecciónde protección

• Características socio económicas

Valores y normas culturales opuestas al uso de la violencia

Sentido de la responsabilidad compartido en el cuidado de los niños

Seguridad económicaApoyo sociales y familiaresRelaciones sociales positivas,..

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Principios Generales de Actuación

• Priorizar de forma planificada y coordinada

• Orientado a la Atención y Prevención• Prevalece el interés del menor• Que permanezca en su entorno

familiar

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• POTENCIAR estrategias de preunificación familiar

• Agilizar, coordinar y trabajo INTERDISCIPLINAR

• INFORMACION CONTINUA a los padres o tutores de las actuaciones

• Evitar VICTIMIZACION secundaria

Principios Generales de Actuación

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Fases de Actuación

• PREVENCION

• DETECCION

• NOTIFICACION

• INTERVENCION

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Cómo realizarCómo realizarla detecciónla detección

Prestar atención a la existencia de factores de riesgo. Ante la existencia de indicadores:

• Comprobar consistencia para evitar alarmismos innecesarios.

• Valorar la gravedad para su adecuada notificación.

• Recoger en lo posible , el máximo de pruebas.

• Actuación inmediata, especialmente en los casos muy graves.

• Garantizar la protección del menor y preservar su intimidad.

• Proporcionar seguridad y confianza al menor.

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Que hacer ante la sospechaQue hacer ante la sospecha

Comunicar con Hoja de notificación a Serv. Sociales y/o a Menores

•Hoja de Notificación: SIMIA•Emitir Parte de lesiones y remitir a Juzgado y/o ingreso•Comunicar a T. Social Salud

M. GRAVEMaltrato LEVE Maltrato MODERADO

Valoración clínicaValoración social

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Notificación del maltrato Notificación del maltrato infantilinfantil

• A través de la hoja de detección y notificación ( SIMIA):- Datos identificación del menor.- Datos del centro que ha detectado el maltrato.- Tipología e indicadores y valoración del maltrato.- Instancia a la que se ha comunicado el caso.- Origen del maltrato.

• Importancia de proporcionar información complementaria sobre el caso: resultados de las exploraciones efectuadas, valoración del trabajador social sobre la familia y el menor, o cualquier otro documento que pueda ser relevante.

• Denuncia judicial cuando sea pertinente.

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Notificación del maltrato Notificación del maltrato infantilinfantil

• A través de la hoja de detección y notificación ( SIMIA):- Datos identificación del menor.- Datos del centro que ha detectado el maltrato.- Tipología e indicadores y valoración del maltrato.- Instancia a la que se ha comunicado el caso.- Origen del maltrato.

• Importancia de proporcionar información complementaria sobre el caso: resultados de las exploraciones efectuadas, valoración del trabajador social sobre la familia y el menor, o cualquier otro documento que pueda ser relevante.

• Denuncia judicial cuando sea pertinente.

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Actuaciones especificas:Actuaciones especificas:• Proporcionar atención sanitaria que precise el menor.

• Facilitar el apoyo psicológico, bien de forma inmediata o continuada si lo requiere el caso.

• La exploración se procurará realizar en un ambiente relajado y grato, evitando situaciones que puedan resultar traumáticas.

• Seguimiento y evaluación de la situación del menor a través de citas y seguimiento de las mismas. Prestar atención a las inasistencias.

• Coordinación y colaboración en los distintos niveles asistenciales para abordar el caso.

• Comunicar los casos de sospecha de maltrato a unidad de trabajo social de salud, para valorar la situación socio familiar del menor, cumplimentar hoja de detección y notificación y la colaboración con los servicios sociales generales y/o específicos.

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……Actuaciones específicas.Actuaciones específicas.

• Emisión de informes técnicos que puedan ser necesarios para la intervención de otras instancias o instituciones.

• Garantizar la confidencialidad del menor y su anonimato

• Emitir el parte de lesiones cuando se aprecien daños quepuedan haber sido provocados por el maltratos y remitir ainstancias judiciales • En los casos de maltrato grave o ante duda/sospecha, INGRESO.

• Garantizar la protección al menor mediante intervención policial si fuera necesario.

• Evitar duplicidad de intervenciones cuando deba intervenir el médico forense por solicitud judicial.

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