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Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en Áreas Protegidas Marino-Costeras MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES -MARN- Guatemala, diciembre 2018 MINISTERIODEAGRICULTURA GANADERÍAYALIMENTACIÓN-MAGA- DIRECCIÓN DENORMATIVIDADDELA PESCAYACUICULTURA-DIPESCA-

Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en … · 2021. 4. 22. · la ordenación silvicultural, de un bosque, con valor de mercado o no, asegurando la conservación,

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Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en

Áreas Protegidas Marino-Costeras

MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES -MARN-

Guatemala, diciembre 2018 MINISTERIO DE AGRICULTURA

GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN -MAGA-

DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA -DIPESCA-

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Citación Sugerida: Instituto Nacional de Bosques (INAB) y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). (2018). Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral del Pacífico de Guatemala: 3. Manual de Lineamientos Técnicos para el Manejo Sostenible del Recurso Forestal del Ecosistema Manglar de Guatemala. Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en Áreas Protegidas Marino-Costeras (APM). (MARN-CONAP/PNUD-GEF) – Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), Guatemala. 92 páginas.

Nos gustaría reconocer al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (www.undp.org) y al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (www.thegef.org) por su apoyo y contribución financiera a esta publicación a través del Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la biodiversidad en Áreas Protegidas Marino-Costeras (APM).

Desarrollado por: Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) Fotografía: © PNUD Guatemala | Paola Foncea

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“Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad

en Áreas Protegidas Marino Costeras (APMs)”

Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral Pacífico

de Guatemala

No. de contrato: 0087534-2017-006

Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza

Vo.Bo.:__________________________ Raquel Sigüenza

Coordinadora del Proyecto

Guatemala, septiembre de 2018

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Instituto Nacional de Bosques –INAB-

Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP-

Versión final

Manual de Lineamientos Técnicos para

el Manejo Sostenible del Recurso

Forestal del Ecosistema Manglar de

Guatemala

Septiembre de 2018

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Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral Pacífico de Guatemala

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Contenido

PRESENTACIÓN ..................................................................................................................................... 3

ACRÓNIMOS ............................................................................................................................................ 4

DEFINICIONES ........................................................................................................................................ 5

INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................... 9

PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DEL MANUAL DE LINEAMIENTOS TÉCNICOS ...................... 10

BASE LEGAL GENERAL ....................................................................................................................... 11

INSTITUCIONES INVOLUCRADAS Y SUS ATRIBUCIONES .......................................................... 12

OBJETIVOS DEL MANUAL DE LINEAMIENTOS TÉCNICOS ......................................................... 14

DESCRIPCIÓN DE LAS ESPECIES ...................................................................................................... 15

ASPECTOS GENERALES ...................................................................................................................... 25

PLANIFICACIÓN FORESTAL DE ACUERDO CON LOS OBJETIVOS DE MANEJO Y TIPOS DE

MANEJADORES ..................................................................................................................................... 38

1) Plan de Manejo para el Establecimiento de Plantaciones Voluntarias ........................................39

2) Plan de Manejo por Saneamiento o Sanitario ...........................................................................................46

3) Plan de Manejo por Salvamento .......................................................................................................................53

4) Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Protección .......................................................60

5) Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Aprovechamiento ........................................66

6) Planes de Manejo de Restauración del Bosque Manglar .....................................................................74

7) Consumo Familiar ...................................................................................................................................................81

REFERENCIAS ......................................................................................................................................................................86

Referencias bibliográficas y electrónicas ..........................................................................................................86

Referencias legales ........................................................................................................................................................86

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PRESENTACIÓN

Guatemala, septiembre de 2018

La entrada en vigencia del Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso Forestal del

Ecosistema Manglar (Acuerdo Gubernativo No. _____), de acuerdo a su Artículo 35, demanda la

construcción de un Manual de Lineamientos Técnicos que oriente su operativización. Como

primer paso en el cumplimiento de dicho Reglamento, el INAB y el CONAP presentan, a

continuación, el Manual de Lineamientos Técnicos para el Aprovechamiento Sostenible

del Recurso Forestal en el Ecosistema Manglar.

El presente Manual de Lineamientos Técnicos para el Aprovechamiento Sostenible del

Recurso Forestal en el Ecosistema Manglar, construido a través de un proceso de consulta y

trabajo compartido entre INAB y CONAP, en el cual participaron OCRET y las municipalidades

que cuentan con convenio de cooperación con el INAB, esfuerzo facilitado por UICN, tiene por

objetivo, a través de las siete variables de planes de manejo que el Reglamento contempla,

alcanzar el uso sostenible del recurso forestal del manglar con miras a mantener la

extensión y cobertura actual de dicho ecosistema o incrementarla. Ello, con la meta en el

corto, mediano y largo plazo de propiciar la conservación y manejo sostenible de uno de los

ecosistemas estratégicos del país, el ecosistema manglar.

Esperando que el presente manual proporcione al técnico forestal del INAB y del CONAP las

herramientas y criterios técnicos que le permitan analizar la viabilidad o no de cualquier

solicitud de plan de manejo forestal en el ecosistema manglar, agradecemos al personal de

ambas instituciones que participó activamente en la construcción del mismo.

Gerencia de INAB y Secretaría del CONAP

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ACRÓNIMOS

CC Ciclo de corta

CAP Corta Anual Permisible

CITES Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de

Fauna y Flora Silvestres

CONAP Consejo Nacional de Áreas Protegidas

CONRED Comisión Nacional para la Reducción de Desastres

DAP Diámetro a la altura del pecho

DMC Diámetro Mínimo de Corta

DPI Documento Personal de Identificación ha Hectárea

IC Intensidad de corta

IMA Incremento Medio Anual

INAB Instituto Nacional de Bosques

INSIVUMEH Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meteorología e Hidrología

km Kilómetro

km2 Kilómetro cuadrado

LEA Lista de Especies Amenazadas de Guatemala m Metro

m2 Metro cuadrado

MAGA Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

MARN Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales

MLT Manual de Lineamientos Técnicos para el Manejo Sostenible del Recurso

Forestal del Ecosistema Manglar de Guatemala

NOAA National Oceanic and Atmospheric Administration

OCRET Oficina de Control de las Reservas Territoriales del Estado

PROBOSQUE Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo,

Producción y Protección de Bosques en Guatemala

RNF Registro Nacional Forestal

SIGAP Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas

UICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza

UPS Unidades Prácticas de Salinidad

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DEFINICIONES

El presente Manual de Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar

en el Litoral Pacífico de Guatemala utiliza las siguientes definiciones:

ÁREA PROTEGIDA: son áreas protegidas, las que tienen por objeto la conservación, el manejo

racional y la restauración de la flora y fauna silvestre, recursos conexos y sus interacciones

naturales y culturales, que tengan alta significación para su función o sus valores genéticos,

históricos, escénicos, recreativos, arqueológicos y protectores, de tal manera de preservar el

estado natural de las comunidades bióticas, de los fenómenos geomorfológicos únicos, de las

fuentes y suministros de agua, de las cuencas críticas de los ríos, de las zonas protectoras de

los suelos agrícolas, a fin de mantener opciones de desarrollo sostenible.

APROVECHAMIENTO FORESTAL: es el beneficio obtenido por el uso de los productos o

subproductos del bosque, en una forma ordenada, de acuerdo a un plan de manejo

técnicamente elaborado, que por lo tanto permite el uso de los bienes del bosque con fines

comerciales y no comerciales, bajo estrictos planes silvícolas que garanticen su sostenibilidad.

Los aprovechamientos forestales se clasifican en:

1. Comerciales: Los que se realicen con el propósito de obtener beneficios lucrativos

derivados de la venta o uso de los productos del bosque.

2. No comerciales: Los que proveen beneficios no lucrativos, según sus fines se clasifican

en:

a. Científicos: Los que se efectúan con fines de investigación científica y

desarrollo tecnológico,

b. De consumo familiar: Los que se realizan con fines no lucrativos para

satisfacer necesidades domésticas, tales como: combustible, postes para cercas

y construcciones en las que el extractor los destina exclusivamente para su

propio consumo y el de su familia. El reglamento determinará los volúmenes

máximos permisibles.

En el caso del presente Manual, entiéndase por aprovechamiento forestal el manejo integrado

del bosque manglar1.

BOSQUE: es el ecosistema en donde los árboles son las especies vegetales dominantes y

permanentes, se clasifican en:

1. Bosques naturales sin manejo: Son los originados por regeneración natural sin

influencia del ser humano,

2. Bosques naturales bajo manejo: Son los originados por regeneración natural y que se

encuentran sujetos a la aplicación de técnicas silviculturales, y

3. Bosques naturales bajo manejo agroforestal: Son los bosques en los cuales se practica

el manejo forestal y la agricultura en forma conjunta.

1 Ver definición de manejo integrado.

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CONSERVACIÓN: es el manejo de comunidades vegetales y animales u organismos de un

ecosistema, llevado a cabo por el hombre, con el objeto de lograr una productividad y

desarrollo de los mismos e incluso aumentarla hasta niveles óptimos permisibles, según su

capacidad y la tecnología del momento, con una duración indefinida en el tiempo.

ECOSISTEMA: es un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y

microorganismos que interactúan entre sí y con los componentes no vivos de su ambiente

como una unidad funcional en un área determinada.

ESPECIE: es un conjunto de individuos con características semejantes que se identifican con

un nombre científico común.

INCENDIO FORESTAL: un fuego que está fuera de control del hombre en un bosque.

INCENTIVOS FORESTALES: son todos aquellos estímulos que otorga el Estado para

promover la reforestación y la creación de bosques y/o el manejo sostenible del bosque

natural.

LICENCIA: es la facultad que el Estado otorga a personas individuales o jurídicas, para que por

su cuenta y riesgo realicen aprovechamientos sostenibles de los recursos forestales,

incluyendo la madera, semillas, resinas, gomas y otros productos no maderables, en terrenos

de propiedad privada, cubiertos de bosques.

MANEJO INTEGRADO: en el caso del presente Manual, manejo integrado se define como el

establecimiento de acciones integrales que lleven a la conservación y uso sostenible del

recurso forestal en el ecosistema manglar. Por lo tanto, las actividades contempladas dentro

de un plan de manejo con fines de aprovechamiento deberán abarcar aprovechamiento

sostenible (bajo la premisa que debe aprovecharse solamente lo que el bosque crece

anualmente), medidas sanitarias, de salvamento, de restauración, de prevención y manejo de

incendios, entre otras.

PLAGA: población de plantas o animales no microscópicas que por su abundancia y relación

provocan daños económicos y biológicos al bosque.

PLAN DE MANEJO: es un programa de acciones desarrolladas técnicamente, que conducen a

la ordenación silvicultural, de un bosque, con valor de mercado o no, asegurando la

conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales.

PLANTACIÓN: es una masa arbórea; son bosques establecidos por siembra directa o indirecta

de especies forestales. Estos pueden ser voluntarios u obligatorios:

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a. Voluntarios: Son los establecidos sin previo compromiso ante autoridad forestal

competente por aprovechamiento o por incentivos forestales para su reforestación, y

b. Obligatorios: Son los establecidos por compromisos adquiridos ante la autoridad

forestal. Se exceptúan de esta clasificación y no son considerados como bosques de

cualquier tipo, las plantaciones agrícolas permanentes de especies arbóreas.

PRODUCTOS FORESTALES: son los bienes directos que se aprovechan del bosque. Estos

incluyen los siguientes: trozas rollizas o labradas, sin ningún tratamiento, postes y pilotes sin

ningún tratamiento; material para pulpa, durmientes sin ningún tratamiento; astillas para

aglomerados, leña carbón vegetal, semillas, gomas, resinas y cortezas. El reglamento podrá

especificar otros productos forestales para incluirlos en los listados correspondientes.

PROTECCIÓN FORESTAL: conjunto de medidas que tienden a la preservación, recuperación,

conservación y uso sostenible del bosque.

RECUPERACIÓN: en el caso del presente Manual se refiere a aquellas actividades de índole

forestal que busquen el mantenimiento y/o el incremento de la cobertura y/o extensión del

ecosistema manglar. Dichas acciones pueden incluir el establecimiento de plantaciones

voluntarias, la reforestación, la restauración del ecosistema, entre otras.

REFORESTACIÓN O REPOBLACIÓN FORESTAL: es el conjunto de acciones que conducen a

poblar con árboles un área determinada.

REGENERACIÓN NATURAL: es la reproducción del bosque mediante los procesos naturales

del mismo, los cuales pueden favorecerse mediante técnicas silviculturales.

RESTAURACIÓN: es el proceso de retornar una población o ecosistema degradado a una

condición similar a la original.

SANEAMIENTO: en el caso del presente Manual se refiere a las intervenciones de naturaleza

sanitaria en el ecosistema manglar, por lo cual se aplicarán las disposiciones relativas al

manejo sanitario.

SANITARIO: aquellas acciones encaminadas al manejo de plagas y enfermedades forestales.

SALVAMENTO: aquellas acciones encaminadas al aprovechamiento de recurso forestal

resultado de causas naturales.

SIEMBRA DIRECTA: es la reproducción forestal mediante la colocación de la semilla

directamente en el campo definitivo.

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SIEMRA INDIRECTA O PLANTACIÓN: establecimiento de un bosque mediante plantas que

previamente han sido cuidadas en vivero.

TALA: cortar desde su base un árbol.

USO SOSTENIBLE: Es el uso de especies, ecosistemas u otro recurso natural, a una tasa donde

se mantenga en la superficie territorial que proteja su funcionamiento adecuado.

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INTRODUCCIÓN

Dentro del marco del Proyecto “Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en Áreas

Protegidas Marino Costeras (APMs)”, ejecutado por el Programa de las Naciones Unidas para

el Desarrollo –PNUD-, el Instituto Nacional de Bosques (INAB) solicita a la Unión Internacional

para la Conservación de la Naturaleza (UICN), la construcción del Manual de Lineamientos

Técnicos para el Aprovechamiento Sostenible del Recurso Forestal en el Ecosistema Manglar,

con base a lo indicado en el Artículo 35 del Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso

Forestal del Ecosistema Manglar (Acuerdo Gubernativo No. Xx-2015), el cual se encuentra en

análisis final para aprobación a nivel de la Secretaría General de la Presidencia. Dicho artículo

indica que el Manual de Lineamientos Técnicos para el Aprovechamiento Sostenible del

Recurso Forestal en el Ecosistema Manglar, de ahora en adelante denominado MLT “será

elaborado de forma conjunta y homologada entre el INAB y el CONAP, dentro de los ciento

ochenta (180) días posteriores a la entrada en vigencia del presente Reglamento. Cualquier

modificación a este Manual podrá ser realizado con la aprobación de Gerencia del INAB y del

CONAP”. Con miras a la aprobación del Reglamento en el corto plazo, el documento a

continuación presenta la propuesta del MLT con base en el reglamento mencionado.

Teniendo en cuenta que el ecosistema manglar es un ecosistema de distribución restringida,

con especies altamente especializadas a su entorno, que cumple múltiples funciones

ecosistémicas que van más allá de la provisión de productos forestales, el MLT, a través de las

siete modalidades de planes de manejo forestal que el Reglamento propone (i.e. Plan de

Manejo para el Establecimiento de Plantaciones Voluntarias, Plan de Manejo por Saneamiento

o Sanitario, Plan de Manejo por Salvamento, Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de

Protección, Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Aprovechamiento, Planes de

Manejo de Restauración del Bosque Manglar y Consumos Familiares) debe buscar el uso

sostenible del recurso forestal del manglar con miras a mantener la extensión y cobertura

actual de este o incrementarla. Bajo dicha premisa, el presente MLT indica la base legal, el

objetivo esperado del plan de manejo, los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar

la viabilidad y/o potencialidad de que el área propuesta sea sujeta al plan, los requisitos para

presentar solicitudes, el diagrama de flujo para el análisis y evaluación del plan de manejo y

los formatos a utilizar para cada uno de los planes de manejo mencionados.

Se espera que el presente MLT proporcione al técnico forestal del INAB las herramientas y

criterios técnicos que le permitan analizar la viabilidad o no de cualquier solicitud de plan de

manejo forestal en el ecosistema manglar, ello con miras a propiciar la conservación y manejo

sostenible de uno de los ecosistemas estratégicos del país, el ecosistema manglar.

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PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DEL MANUAL DE LINEAMIENTOS

TÉCNICOS

Para la construcción del presente MLT, en primera instancia, se procedió a la consulta y

análisis del proyecto de Acuerdo Gubernativo que contendrá el Reglamento para el Manejo

Sostenible del Recurso Forestal del Ecosistema Manglar. Con base en dicho Reglamento, se

procedió a plantear la estructura del MLT, la cual fue consensuada entre el INAB, el Consejo

Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), PNUD y UICN.

Una vez se contó con consenso sobre la estructura del MLT, se procedió a la revisión de

literatura técnico-científica, planes de manejo forestal de bosque manglar elaborados en

Guatemala, planes de manejo elaborados en otros países de la región con el apoyo de UICN,

manuales de procedimientos y normativa del INAB y CONAP para construir una propuesta

preliminar de criterios técnicos a analizar para cada uno de los planes de manejo

considerados dentro del Reglamento. Una vez se contó con dicha propuesta preliminar, la

misma fue sometida a discusión y análisis a través del desarrollo de una serie de reuniones y

talleres de consulta con INAB Central, las Regionales IX y IV de dicha institución y con las

Oficinas Forestales Municipales ubicadas en el Pacífico de Guatemala que suscribieron

convenios con el INAB. Durante dichas reuniones y talleres se afinaron los criterios

presentados y obtuvieron insumos sobre otros criterios técnicos que, desde la experiencia

institucional y de campo de cada una de las entidades señaladas, se considera que deben

tomarse en cuenta para analizar la viabilidad o no de cualquier solicitud de plan de manejo

forestal en el ecosistema manglar. Dichas reuniones y talleres fueron complementados con

reuniones de consulta con OCRET y un taller de consulta y trabajo conjunto con personal de

CONAP Central, Regionales de CONAP (Metropolitana, Nororiente, Suroriente, Altiplano

Occidental y Costa Sur) y personal del Parque Nacional Rio Dulce y el Parque Nacional

Sipacate-Naranjo. Una vez se colectaron dichos insumos, se procedió a la construcción de la

presente propuesta de MLT.

Una vez el Reglamento arriba citado sea aprobado, el presente MLT debe constituirse

en el insumo principal de una última serie de esfuerzos de coordinación

interinstitucional y homologación de criterios entre el INAB y CONAP en los 180 días

posteriores a dicha aprobación.

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BASE LEGAL GENERAL

La Constitución Política de la República de Guatemala en sus artículos 64, 97, 121, 122 y 126

declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio

nacional, ordenando la creación de normas necesarias para garantizar la utilización y el

aprovechamiento de los ecosistemas como el mismo manglar, al ser éstos, bienes del Estado

que por su importancia deben ser objeto de reforestación y conservación de forma especial.

Leyes ordinarias tales como la Ley de Áreas Protegidas, la Ley Forestal y la Ley Reguladora de

Áreas de Reserva Territoriales del Estado de Guatemala, permiten no sólo establecer las bases

de la coordinación interinstitucional para poner en práctica el mandato constitucional, sino

contemplan los mecanismos para llevar a cabo la reforestación y conservación del ecosistema

manglar a través de la creación de sus respectivos reglamentos. Convenios internacionales

ratificados por el Estado de Guatemala, refuerzan a su vez el interés que existe, al ser el

ecosistema manglar parte de la diversidad biológica del país, el promover y asegurar su

aprovechamiento sostenible a futuro bajo mecanismos de protección. Por su parte, la

legislación vigente contempla la creación de incentivos para promover protección del

ecosistema manglar, tal es el caso de la Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación,

Restauración, Manejo, Producción y Protección de Bosques en Guatemala (PROBOSQUE).

El Convenio de cooperación para la homologación e implementación de instrumentos,

procedimientos y normas para la administración forestal dentro y fuera de áreas protegidas

entre INAB y CONAP, el cual tiene por objeto implementar conjuntamente una agenda mínima

interinstitucional para la homologación de instrumentos, normas y procedimientos para la

gestión del bosque y la diversidad biológica, dentro y fuera de áreas protegidas, ha sido la

herramienta que permitió de manera coordinada sumar los esfuerzos para la creación de la

propuesta de Acuerdo Gubernativo que contiene el Reglamento para el Manejo Sostenible del

Recurso Forestal del Ecosistema Manglar con base en la cláusula cuarta, literal e), que

comprende la elaboración de la propuesta de reglamento en mención, promoviendo su

aprobación e implementación.

Finalmente, el Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso Forestal del Ecosistema

Manglar (Acuerdo Gubernativo ____), en su artículo 35, ordena la elaboración del presente

manual en forma conjunta y homologada entre el INAB y el CONAP, precepto legal mediante el

cual descansa la existencia del mismo.

Con el objetivo de fundamentar el análisis de las solicitudes de los aprovechamientos de

recurso manglar considerados en el Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso

Forestal del Ecosistema Manglar, el presente Manual incluye, para cada uno de los

aprovechamientos considerados, los artículos del Reglamento aplicables a cada uno y otras

disposiciones legales vigentes relacionadas con aspectos técnicos y administrativos para cada

uno de los requisitos.

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INSTITUCIONES INVOLUCRADAS Y SUS ATRIBUCIONES

Instituto Nacional de Bosques (INAB)

Entidad estatal autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e

independencia administrativa. Órgano máximo de dirección y autoridad competente del

sector público agrícola en materia forestal, siendo sus funciones: ejecutar las políticas

forestales que cumplan los objetivos de la Ley Forestal; promover y fomentar el desarrollo

forestal del país mediante el manejo sostenible de los bosques, la reforestación, la industria y

la artesanía forestal, basada en los recursos forestales y la protección y desarrollo de las

cuencas hidrográficas; impulsar la investigación para la resolución de problemas de

desarrollo foresta a través de programas ejecutados por universidades y otros entes de

investigación; coordinar la ejecución de programas de desarrollo forestal a nivel nacional;

otorgar, denegar, supervisar, prorrogar y cancelar el uso de las concesiones forestales, de las

licencias de aprovechamiento de productos forestales, fuera de las áreas protegidas;

desarrollar programas y proyectos para la conservación de los bosques y colaborar con las

entidades que así lo requieran, incentivar y fortalecer las carreras técnicas y profesionales en

materia forestal; elaborar los reglamentos de la institución y específicos de la materia forestal,

entre otras funciones establecidas en la ley2.

Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP)

Órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas

(SIGAP), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio

aéreo, con atribuciones para formular la políticas y estrategias de conservación, protección y

mejoramiento del patrimonio natural de la Nación por medio del SIGAP, mantener estrecha

coordinación e intercomunicación entre las entidades integrantes del SIGAP especialmente

con el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), servir de órgano asesor de la

Presidencia del República y de todas las entidades estatales en materia de conservación,

protección u uso de los recursos naturales del país, en especial, dentro de las áreas protegidas,

entre otras3.

Oficina de Control de las Reservas Territoriales del Estado (OCRET)

Entidad administrativa que depende del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

(MAGA), encargada de llevar el control por medio de los registros correspondientes de la

2 Ley Forestal, Decreto Número 101-96 del Congreso de la República, Título II –Del órgano de dirección y encargado de la aplicación de esta Ley-, Capítulo I –Disposiciones Generales- Artículos 5 –Creación- y, 6 –atribuciones-. 3 Ley de Áreas Protegidas, Decreto Número 4-89 del Congreso de la República y sus Reformas, Título IV –Del órgano de dirección y encargada de la aplicación de esta ley; Capítulo I –Del Consejo Nacional de Áreas Protegidas y su Secretaría Ejecutiva-, Artículo 59 –Creación del Consejo Nacional de Áreas Protegidas; Capítulo II –Organización y atribuciones-, Artículo 69 –Atribuciones del CONAP-.

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Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral Pacífico de Guatemala

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Áreas de Reserva Territoriales del Estado de Guatemala y ejecutar los programas y obras que

sean necesarias para el mejor aprovechamiento y desarrollo de las mismas4.

Municipalidades

Administradores de municipios, una de las cuatro entidades territoriales locales de acuerdo al

Código Municipal. Las competencias de los municipios pueden ser propias y atribuidas por

delegación. Las competencias propias son todas aquellas inherentes a su autonomía

establecida constitucionalmente de acuerdo a sus fines propios. Las competencias atribuidas

son las que el Gobierno Central delega a los municipios mediante convenio y se ejercen en los

términos de la delegación o transferencia respetando la potestad de auto organización de los

servicios del municipio, establecidos en el Código Municipal5. Municipalidades a lo largo del

país han establecido convenios con el INAB para la emisión de consumos familiares. Para los

efectos del presente Manual, se deberán celebrar y/o actualizar los convenios vigentes entre

el INAB y las diferentes municipalidades que permitan el otorgar, de forma directa, las

autorizaciones de consumo familiar y, en particular, llevar a cabo las actividades de control,

monitoreo y seguimiento de los consumos familiares autorizados a través de las Oficinas

Forestales Municipales.

Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN)

Ente rector de las políticas públicas correspondientes a las funciones sustantivas de su ramo,

ejerce papel de coordinación y facilitación de la acción del sector bajo su responsabilidad –

ambiente y recursos naturales, para lo cual debe coordinar esfuerzos y propiciar la

comunicación y cooperación entre las diferentes instituciones públicas y privadas que

corresponda. Dentro del marco del MLT, el MARN debe velar por la aplicación Listado

Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016 cuando

proceda.

4 Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala, Decreto Número 126-97 del Congreso de la República, Capítulo I –Disposiciones Generales-, Artículo 2 –Ente administrativo-. 5 Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Título I – Generalidades-, Artículo 4 –Entidades locales territoriales-, Artículo 6 -Competencias propias y atribuidas-.

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OBJETIVOS DEL MANUAL DE LINEAMIENTOS TÉCNICOS

El objetivo principal del MLT, con base a lo incluido en el Reglamento para el Manejo

Sostenible del Recurso Forestal del Ecosistema Manglar, se centra en proporcionar al técnico

forestal del INAB las herramientas y criterios técnicos que le permitan analizar la viabilidad

o no de cualquier solicitud de plan de manejo forestal en el ecosistema manglar,

teniendo en cuenta que el ecosistema manglar es un ecosistema de distribución

restringida, con especies altamente especializadas a su entorno, que cumple múltiples

funciones ecosistémicas que van más allá de la provisión de productos forestales (e.g.

descarga y recarga de aguas subterráneas, control de flujo y reflujo en el encuentro de las

aguas dulces con las marinas, control de erosión y estabilización costera, retención de

sedimentos, retención de nutrientes, mantenimiento de la calidad del agua incluyendo

transformación de nutrientes, estabilización micro climática, amortiguamiento de los

contaminantes de ecosistemas vecinos, amortiguamiento contra el embate de eventos

meteorológicos, recreación y esparcimiento, captura de CO2, hábitats de una alta

biodiversidad, entre otros), por lo que los planes de manejo forestal de dicho ecosistema (en

las siete variables que aborda el Reglamento y el presente MLT), deben buscar el uso

sostenible del recurso forestal del manglar con miras a mantener la extensión y

cobertura actual de este o incrementarla.

Cada uno de los planes de manejo forestal del ecosistema manglar a analizar deben ser

evaluados con la mejor información técnico-científica disponible, teniendo en cuenta que,

siguiendo el principio precautorio, no debe alegarse la falta de pruebas científicas como razón

para aplazar las medidas de manejo encaminadas a evitar o reducir la perdida de dicho

ecosistema.

Información requerida para la evaluación de los diferentes planes de manejo forestal del

ecosistema manglar debe provenir del sistema de parcelas permanentes de mangle

establecidas por el mismo INAB, por lo que se insta a la rigurosidad de medición y análisis de

datos provenientes de dichas parcelas.

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DESCRIPCIÓN DE LAS ESPECIES6

Avicennia bicolor Standl.

Familia: Acanthaceae

Nombre común: Ixtatén o mangle negro

Nombre científico: Avicennia bicolor Standl.

Sinónimos: No posee sinónimos

Descripción de la especie: Árbol de porte pequeño, con copa irregular. Su corteza es

blanquecina o café-grisáceo claro (en contraste con la café-grisáceo oscura de A. germinans

(L.) L. Las hojas son elípticas, de haz brillante y totalmente sin pelos, característica con la cual

se puede diferenciar de A. germinans (L.) L., ya que esta tiene cristales en el haz y el envés. El

envés sí es algo velloso y generalmente está cubierto por cristales de sal. La inflorescencia es

una panícula terminal o axilar de flores blancas y sin pelos. El fruto es una cápsula

redondeada y lisa. Tiene unas raíces verticales, esponjosas, que se proyectan sobre el fango,

absorben el aire y ventilan el sistema radicular de soporte.

Figura 1. (A) Individuo de A. bicolor Standl. (B) Corteza (C) Inflorescencia

(D) Ampliación de la flor (E) Haz y envés de la hoja (F) Propágalo

6 Con base a Zacarías y Sánchez (2017), pendiente de revisión por parte del Comité Científico de INAB.

A

C

F

A B D

E

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Distribución: Según Oxford Forestry Institute y el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza –CATIE-, (2013) esta especie es posible encontrarla desde Chiapas hasta Colombia. Según los reportes existentes en la Flora Mesoamericana esta especie se puede encontrar en los países de El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá. En Guatemala esta especie se ubica en entre los municipios de Moyuta y Pasaco en el departamento de Jutiapa y Sipacate, departamento de Escuintla.

Mapa 1. Distribución de A. bicolor en el país

Avicennia germinans (L.) L.

Familia: Acanthaceae

Nombre común: Mangle negro

Nombre científico: Avicennia germinans (L.) L.

Sinónimos:

o Avicennia africana P.Beauv.

o Avicennia elliptica Thunb.

o Avicennia floridana Gand.

o Avicennia floridana Raf.

Descripción de la especie: Árbol con altura de 15 a 30 m y diámetros de 20 a 60 cm: copa

umbelada, follaje claro y abierto con ramas oblicuamente ascendentes; fuste recto, cilíndrico,

base cónica o alargada y neumatóforos en contorno a la base. La corteza es gris negruzca con

un ligero reflejo plateado, áspera, fisurada, horizontal y longitudinalmente y se agrieta en

bloques regulares. Hojas simples, opuesto decusada, enteras, peciolo de 0.5 a 1 cm de largo,

glabro, Circular; lámina elíptico lanceolada a falcada, de 8 a 12 cm de largo y de 3 a 3.5 cm de

ancho, ápice agudo, base aguda a cuneiforme, haz verde oscuro y envés grisáceo, ambas

superficies glabras. Las inflorescencias están en panículas terminales o axilares; flores blancas

con el centro amarillento; cáliz verde claro a grisáceo, rodeado por tres pequeñas brácteas;

corola formada por cuatro pétalos lobulados de color blanco con la base interna ligeramente

amarillenta; tiene cuatro estambres internos en la base de la corola, ovario súpero, unilocular,

tetraovular. Los frutos son cápsulas oblicuo elipsoides de 2 a 3 cm de largo, que abren en dos

valvas con cáliz persistente y contienen una sola semilla.

B

A

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Figura 2. (A) Individuo de A. germinans (L.) L. (B) Corteza (C) Inflorescencia

(D) Ampliación de la flor (E) Haz y envés de la hoja (F) Neumatóforos

Distribución: Esta especie se distribuye

“desde el sur de Florida (EEUU), a través de

México, América Central y las Antillas, hasta

Perú y Brasil en Sur América” (Oxford

Forestry Institute y el Centro Agronómico

Tropical de Investigación y Enseñanza –

CATIE-, 2013). Según los reportes

existentes en la Flora Mesoamericana esta

especie se puede encontrar en los

departamentos de San Marcos, Retalhuleu,

Santa Rosa y Jutiapa de Guatemala. Esta

especie se puede encontrar asociada con R.

Mangle L. y L. racemosa (L.) C.F. Gaertn.

Distribuida en toda la costa sur del Pacifico y

en el Atlántico guatemalteco en el municipio

de Livingston, Izabal.

Mapa 2. Distribución de A. germinans en el país

D

C

B

A

A

C

D C

E

B

F

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Conocarpus erectus L.

Familia: Combretaceae

Nombre común: Botón o botoncillo

Nombre científico: Conocarpus erectus L.

Sinónimos:

o Conocarpus acutifolius Willd. ex Schult.

o Conocarpus procumbens L.

o Conocarpus Sericeus J.R.Forst. ex G.Don

o Conocarpus Sericeus (Griseb.) Jiménez

o Conocarpus supina Crantz

o Terminalia erecta (L.) Baill.

Descripción de la especie: Árbol o arbusto de hasta 13 m de altura, de tronco derecho y muy

ramificado de color amarillento y de follaje denso; corteza oscura fisurada; las hojas alternas,

lanceoladas o elípticas de 3-8 cm de largo por 1.5-3 cm de ancho, coriáceas y levemente

carnudas, puntiagudo en ambos extremos, de color verde amarillo en ambas superficies; las

flores se dan en los extremos de ramas y en axilas de la hoja y son de color verde-amarillento

de pequeñas cabezas, cerca de 5 mm de diámetro en tallos delgados; los frutos son múltiples y

redondeados de 10-12 cm de diámetro. Florece todo el año.

Figura 3. (A y B) Individuo de C. erectus L. (C) Inflorescencia (D) Fruto (E) Corteza

Figura 1. A y B. individuo de C. erectus L. C. Inflorescencia. D. Fruto E. Corteza

C

D

B

E

A

B

C

D

E

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Distribución: Esta especie se distribuye “desde el sur de Florida (EEUU), a través de México, América Central y las Antillas, hasta Perú y Brasil en Sur América” (Oxford Forestry Institute y el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza –CATIE-, 2013). Existen reportes de esta especie de en los departamentos de San Marcos y Escuintla, Guatemala (Flora Mesoamericana 2015) Esta especie en Guatemala tiene menor distribución en comparación con otras especies como R. mangle L. o A. germinans (L.)L. sin embargo aunque en menor cantidad se puede localizar esta especie en las áreas limítrofes de los ecosistemas de manglares con los bosques secos en el Pacifico de Guatemala y en el Atlántico escasamente localizable.

Laguncularia racemosa (L.) C.F.Gaertn.

Familia: Combretaceae

Nombre común: Mangle blanco

Nombre científico: Laguncularia racemosa (L.) C.F.Gaertn.

Sinónimos:

o Conocarpus racemosus L.

o Horau racemosus (L.) M.Gómez

o Laguncularia obovata Miq.

Descripción de la especie: El mangle blanco es un arbusto o árbol generalmente pequeño de

hasta 20 metros de alto por 60 cm de diámetro. Su tronco es recto con ramas ascendentes,

copa redondeada y densa. Las ramas jóvenes son ligeramente aplanadas de color pardo

moreno. Su corteza externa es gris oscura a rojiza y se parte en pequeñas placas. La corteza

interna es de color rosa a rojo oscuro, cambia a pardo rojizo y exuda un líquido rojizo. Las

hojas del mangle blanco son opuestas, elípticas y redondeadas tanto en la base como en el

ápice, llegan a medir desde 4 a 10 cm de largo por 2 a 4 cm de ancho; la parte superior de la

hoja (haz) es verde oscuro brillante y la parte inferior (envés) es verde amarillento. La base de

las hojas (pecíolo) mide de 4 a 15 mm y posee un par de glándulas cerca de la base de la

lámina. La hoja tiene numerosas glándulas hundidas en el envés de la lámina que pueden

verse fácilmente a contra luz. Sus flores crecen en grupos en la punta de ramillas en las axilas

de las hojas o al final de las ramas jóvenes. En conjunto flores y ramillas se conocen como

inflorescencias y miden de 3 a 7 cm de largo. Las flores masculinas y las femeninas se

desarrollan en diferentes individuos (especie dioica). Las partes externas de la flor se

fusionaron formando un tubo (hipanto) con cinco lóbulos o dientes triangulares de aspecto de

cera de 2 a 3 mm. Al final del tubo nacen cinco pétalos diminutos blancos y redondeados de 1

Mapa 1. Distribución de C. erectus en el país

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mm de largo. Las flores masculinas tienen 10 estambres insertos en la base del tubo del cáliz.

Las flores femeninas tienen un estigma simple, un ovario con un solo compartimento donde se

desarrollan hasta dos óvulos y que nace por debajo de la corola. Sus frutos sedosos y carnosos,

tienen forma de botella aplanada, miden entre 1 a 2.5 cm de largo y tienen varios surcos

longitudinales. Contienen una semilla de casi 2 cm de largo rodeada por una membrana

papirácea. La semilla generalmente empieza a germinar dentro del fruto cuando éste se

encuentra adherido al árbol. Este fenómeno es menor que en las otras especies de mangle.

Figura 4. (A) Individuo de L. racemosa (L.) C.F.Gaertn (B) Bosque (C) Ampliación de la flor

(D) Corteza (E) Inflorescencia

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Distribución: Se tienen reportes de esta

especie de en los departamentos de San

Marcos y Retalhuleu y Escuintla, Guatemala

(Flora Mesoamericana, 2015). Se ubica

“desde el sur de Florida (EEUU), a través de

México, América Central y las Antillas, hasta

Perú y Brasil en Sur América” (Oxford

Forestry Institute y el Centro Agronómico

Tropical de Investigación y Enseñanza –

CATIE-, 2013). Esta especie se puede

localizar en ambas costas (Atlántico y

Pacifico) de Guatemala.

Mapa 4. Distribución de L. racemosa en el país

Rhizophora mangle L.

Familia: Rhizophoraceae

Nombre común: Mangle rojo

Nombre científico: Rhizophora mangle L.

Sinónimos:

o Bruguiera decangulata Griff.

o Rhizophora americana Nutt.

Descripción de la especie: Árbol o arbusto perennifolio, halófito, de 1.5 a 15 m (hasta 30 m)

de altura con un diámetro de hasta 50 cm. Hojas opuestas, simples, pecioladas, elípticas a

oblongas, aglomeradas en las puntas de las ramas, de 8 a 13 cm de largo por 4 a 5.5 cm de

ancho, coriáceas, lisas, gruesas; verde oscuras en el haz y amarillentas con puntos negros en el

envés. Fuste o tronco recto. Ramas apoyadas en numerosas raíces aéreas de origen adventicio,

simples o dicotómicamente ramificadas, con numerosas lenticelas. Corteza externa de color

olivo pálido con manchas grises, pero si se raspa adquiere un color rojo, inolora, amarga, dura,

de textura lisa a rugosa y apariencia fibrosa, se desprende fácilmente en escamas. Interna de

color rojo intenso, granulosa (con alto contenido de fibras y esclereidas). La corteza forma

lenticelas hipertrofiadas en las partes sumergidas de tallos y raíces. Grosor total: 20 a 30 mm.

Flor(es). Inflorescencias simples, con 2 ó 3 flores, pedúnculos de 3 a 5 cm, flores

actinomórficas; corola de 1.8 cm de diámetro; cáliz de 1.54 cm de diámetro; sépalos 4,

persistentes, amarillos, coriáceos, gruesos, de 4.1 mm de ancho; pétalos 4 no persistentes,

blancos o amarillentos en la base y moreno rojizos arriba, de 2.6 mm de ancho. Fruto(s). Baya

de color pardo, coriácea, dura, piriforme, farinosa, de 2 a 3 cm de largo por 1.5 cm de ancho en

la base, cáliz persistente. Se desarrolla una semilla, rara vez dos, por fruto. Una sola semilla

germina en el interior del fruto (viviparidad). Los propágulos son frecuentemente curvos, de

color verde a pardo en la parte inferior y presentan numerosas lenticelas. Miden de 22 a 40

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cm de largo por 1 a 2 cm de diámetro en su parte más ancha. Raíces fulcreas, ramificadas,

curvas y arqueadas. Destacan las modificaciones de sus raíces en prolongaciones aéreas del

tallo como zancos o prolongaciones cortas que emergen del suelo llamadas neumatóforos.

Figura 5. (A) Individuo de R. mangle L. (B) Bosque alto (C) Bosque chaparro

(D) Hoja haz y envés (E) Lenticela en la raíces (F) Flores (G) Corteza

Distribución: “Es nativo desde el sur de

Florida (EEUU), a través de México, América

Central y las Antillas, hasta Perú y Brasil en

Sur América” (Oxford Forestry Institute y el

Centro Agronómico Tropical de

Investigación y Enseñanza –CATIE-, 2013).

Especie característica de los ecosistemas de

manglar por su ubicación a orillas de los

cuerpos de agua, su distribución es la de

mayor de abundancia en todo el Pacifico y

Atlántico de Guatemala. Importante resaltar

que esta especie está reportara dentro del

Parque Nacional Laguna del Tigre, área

protegida ubicada en el departamento de

Petén.

Mapa 5. Distribución de R. mangle en el país

G

A

A D

C

B C

D

E

F

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Rhizophora racemosa G.Mey.

Familia: Rhizophoraceae

Nombre común: Mangle rojo

Nombre científico: Rhizophora racemosa L.

Sinónimos:

o Rhizophora mangle var. racemosa (G.Mey.) Engl.

Descripción de la especie: Árboles hasta 25 m. Hojas 7-14 × 3-8 cm, elípticas, el ápice agudo;

pecíolo 1-3 cm; estípulas 3.5-6 cm. Inflorescencias ramificadas dicotómicamente 5-6 veces, o

la primera ramificación tricotómica, las ramas rígidas, robustas, divaricadas o casi

divaricadas; pedúnculo 10-40 mm; pedicelos 3-20 mm; brácteas 2 o 3, 5-20 mm, connatas, los

márgenes escariosos, el ápice agudo a anchamente agudo; bractéolas 2, 5-20 mm, connatas,

los márgenes escariosos, el ápice agudo a anchamente agudo. Yemas floríferas 6-10 mm,

elipsoideas; sépalos 7-10 × 2.5-3.5 mm en las flores, 12-15 × 5-7 mm en los frutos,

triangulares; pétalos 5-6 × 0.5-1 mm, caducos, glabros abaxialmente, los márgenes

vilosos;estambres 8, 3-6 mm, sésiles, apiculados; estilo 3-6 mm. Fruto 25-35 × 12-15 mm;

hipocótilo 11-35 cm, recto o curvado. 2 n =36. Zonas de marea, estuarios, lagunas costeras y

de aguas salobres. H (Davidse y Pilz 31666, MO); ES (Sidwell et al. 644, F); N (Grijalva

2157, MO); CR (Liesner 4913, MO); P (Lao 419, MO)(Mesoamérica, Colombia, Venezuela,

Guayanas, Ecuador, Perú, Brasil, O. de África tropical).

Figura 6. (A) Individuos de R. racemosa G. Mey (B) Corteza (C) Inflorescencia (D) Propágulo

(E) Inflorescencia (F) Ampliación de la flor

A

B

C

D

F

E D

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Distribución: “Es nativo desde el sur de Florida (EEUU), a través de México, América Central y las Antillas, hasta Perú y Brasil en Sur América” (Oxford Forestry Institute y el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza –CATIE-, 2013). En Guatemala esta especie se cuenta con reportes desde el municipio de Sipacate, Escuintla hasta la frontera con el Salvador en el departamento de Jutiapa, algunos reportes realizados por Mario Veliz y Celeste Méndez ubican la especie en el departamento de Santa Rosa, el municipio de Iztapa, Escuintla lo reporta Magaly Arrecis y en Chiquimulilla, Santa Rosa lo reporta Rolando Sagastume & E. Jiménez

Mapa 6. Distribución de R. racemosa en el país

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ASPECTOS GENERALES

Metodologías a utilizarse para cálculo de variables requeridas para los diferentes planes de

manejo:

INVENTARIO FORESTAL

El inventario forestal deberá utilizar datos estadísticos y dasométricos para la obtención de la

corta anual permisible (CAP), del diámetro mínimo de corta (DMC), del ciclo de corta (CC) y de

la intensidad de corta (IC), entre otras variables que el regente forestal deberá determinar

para la optimización y adecuado manejo del ecosistema manglar. El inventario forestal

también deberá incluir las especies asociadas al manglar en el área donde se pretende la

implementación del plan de manejo, para lo cual deberá observar los siguientes lineamientos:

1. Diámetro mínimo de corta (DMC): Se refiere al diámetro mínimo que debe tener el

árbol para aprovecharlo. Hay dos consideraciones importantes para definirlo: a) el

DMC debe permitir un equilibrio entre el área basal aprovechada y el potencial del

bosque para recuperar esa pérdida dentro del ciclo de corta prevista y b) el DMC

preferiblemente debe ser mayor al rango de DAP (Diámetro a la altura del pecho) en el

que la especie tiene su máxima producción de semillas,

2. Ciclo de corta: Por ciclo de corta se entiende el período que debe transcurrir entre uno

y otro aprovechamiento para que el bosque alcance a restaurarse de la perturbación.

Un ciclo de corta largo permite tener DMC más bajos porque hay más tiempo para

recuperar lo que se va a cortar. En este caso, generalmente hay que tener cuidado de

dejar suficientes árboles semilleros y bajar la intensidad de corta. Otra posibilidad es

mantener un DMC razonable y una intensidad de corta más alta. Un ciclo de corta

corto generalmente requiere de un DMC mayor y una intensidad de corta baja. Los

árboles de rápido crecimiento generalmente influyen de manera positiva en la

intensidad de corta, en el DMC y en el ciclo de corta, ya que permiten una intensidad

mayor, un DMC menor y/o un ciclo más corto, e

3. Intensidad de corta (IC) y volumen autorizado: Por intensidad de corta se entiende el

número de árboles que van a ser aprovechados por hectárea. El cálculo de la IC tiene

que ver con la distribución diamétrica del área basal por especie tomando como

referencia el DMC y el CC establecidos7.

7 Centro del Agua del Trópico Húmedo para América Latina y el Caribe (CATHALAC). 2007. Diagnóstico del estado actual de los manglares, su manejo y su relación con la pesquería en Panamá (Primera etapa). Panamá. 52 pp.

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ESTRUCTURA FORESTAL

La estructura forestal deberá ser determinada a través del inventario forestal inicial en el área

sujeta a evaluación del plan de manejo forestal. Para ello, se recomienda el establecimiento de

parcelas de 100 m2 como mínimo, en las cuales deben muestrearse los siguientes parámetros

para cada una de las especies presentes:

1. Número de individuos (para obtener árboles/hectárea),

2. Densidad,

3. Densidad relativa,

4. Área basal,

5. Volumen (para obtener m3/hectárea),

6. Frecuencia relativa,

7. Alturas, y

8. DAP.

Dichas mediciones deberán verse acompañadas de la construcción de los perfiles de

vegetación de la zona objeto de análisis. Para la elaboración del perfil de vegetación se

recomienda el establecimiento de un transepto de 100 m dentro de la misma parcela ya

descrita, registrándose la especie, DAP, altura, altura de la primera ramificación, diámetro o

cobertura de la copa de los individuos que toquen el transepto con el fuste o con la cobertura

de la copa (Mateucci y Colma 1982).

MICROTOPOGRAFÍA

Para su determinación se utiliza un nivel de mano convencional (manguera de nivel), un

flexómetro, marcadores contra agua y estadales de madera de 1.5 m de altura.

La primera medición se realiza a cinco metros de la orilla del cuerpo de agua, clavando un

estadal y marcando el nivel del agua, hora y día de registro para la corrección de datos con

respecto a nivel medio del mar. Posteriormente, con el flexómetro se mide la distancia del

suelo a la marca, y se clava otro estadal al inicio del bosque midiendo las distancias entre un

estadal y otro, identificando las especies. La siguiente medición se establecerá a 10 m del

anterior, corriendo el nivel con una manguera con agua, donde el menisco coincida con la

marcar del estadal anterior respecto al nuevo. La nueva marca será medida a partir del suelo

con el flexómetro y así sucesivamente hasta terminar el perfil.

HIDROPERÍODO

Para conocer el hidroperíodo deben delimitarse las áreas de inundación durante mareas altas

y bajas en los diferentes tipos fisonómicos de manglar identificados por el análisis de

estructura forestal. Para su medición pueden utilizarse dos métodos:

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1. Posicionar estadales de madera de 1.5 m de altura en el límite inferior y a 10 m hacia

el límite superior de la comunidad de mangle en los diferentes tipos fisonómicos

detectados en el análisis de estructura forestal. Deberá marcarse el nivel del agua en

ambos estadales en el momento de las mareas más altas y más bajas. Posteriormente

se mide la amplitud del agua tomando como base la distancia del suelo a la marca

(amplitud de marea), con la finalidad de obtener los intervalos de marea, o

2. La información puede obtenerse a través de consultas con las personas que conocen

el área donde se pretende implementar el plan de manejo y que viven en la zona

cercana a esta. Las variables a recolectar son:

a. Frecuencia de la inundación: una vez al día, dos veces al día, inundación sólo

en los marciales u otras (especificar),

b. Altura de lámina de agua: altura máxima de inundación,

c. Duración (i.e. tiempo tarda la inundación en el área): 12 horas, 24 horas, 1

semana, 1 mes, se mantiene inundado todo el tiempo u otros8.

SALINIDAD

La salinidad es un tensor natural que afecta el desarrollo de las especies de manglar y que a

su vez se ve afectada por el hidroperíodo y microtopografía. La salinidad puede evaluarse con

ayuda de un conductímetro.

La salinidad se verifica a través del agua intersticial de área ya que esta regularmente es la

que menos varía en espacio y tiempo. Los puntos de muestreo pueden estar distribuidos en el

área objeto de análisis de forma sistemática para determinar la existencia de variaciones en la

misma.

MANEJO Y RECOLECCIÓN DE HIPOCÓTILOS

Colecta de hipocótilos silvestres:

a) Se recomienda los hipocotíleos sean colectados en zonas circundantes a la zona objeto

de análisis del plan de manejo, cuidando que el nivel de extracción no altere la

regeneración natural de dicho bosque,

b) Color y flotación: en el caso de Rhizophora mangle, los propágulos maduros presentan

un color verde obscuro en la parte donde se desprende la frústula; color amarillo café

en el caso de Laguncularia racemosa; color marrón rojizo en el caso de Conocarpus

erectus y verde amarillento para Avicennia germinans,

8 INAB, CONAP e ICC. 2016. Metodología para el establecimiento y mantenimiento de Parcelas Permanentes de Medición Forestal -PPMF- en Bosque Natural del Ecosistema Manglar. Guatemala. 29 pp.

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c) Tamaño: si la colecta se realiza directamente de las ramas de los árboles, se deberá

tener cuidado en seleccionar los mayores tamaños. En el caso particular de Rhizophora

mangle, la frústula se desprende fácilmente, y

d) Aquellos hipocótilos que estén manchados o dañados por insectos, crustáceos u otro

organismo no deben considerarse para colecta.

Viveros:

Pueden establecerse, pero ello dependerá de la disponibilidad financiera, de seguimiento,

mantenimiento y de terreno apropiado (en términos de hidroperíodo, microtopografía y

salinidad, entre otros factores), para la implementación del mismo.

Siembra:

La profundidad dependerá directamente de la morfología (tamaño) que caracteriza cada

especie. En el caso de Rhizophora mangle se recomienda plantar los hipocótilos a una

profundidad de cinco a siete cm. Para Avicennia germinans, la profundidad recomendada va de

los tres a cuatro cm, mientras que para Laguncularia racemosa se recomienda a los 0.5 cm.

ECUACIONES VOLUMÉTRICAS A UTILIZARSE PARA LA ESTIMACIÓN DE VOLUMEN EN

ROLLO

Las ecuaciones para predecir el volumen en rollo de las especies de mangle rojo (Rhizophora

mangle L.), mangle negro (Avicennia germinans (L.) L.), mangle blanco (Laguncularia racemosa

(L). C.F. Gaerth) y botoncillo (Conocarpus erectus L.), se crearon a partir del análisis de

regresión estadística, el cual reduce los márgenes de error en los cálculos para establecer una

relación entre una variable cuantitativa llamada variable dependiente (en este caso volumen

en pie) y una o más variables independientes, llamadas predictoras (en este caso el DAP).

El volumen del árbol es una variable difícil de medir mediante los métodos convencionales,

considerando que en estos métodos incluye la estimación de la altura; sin embargo, éste

puede ser calculado a partir de una variable fácil de medir como el DAP y su relación con el

volumen usando el análisis de regresión; se determinó las tendencias de 21 modelos por

especie y se seleccionó el modelo estadístico representado por una ecuación matemática que

mejor se ajuste a dicha esta correlación a partir de 15 cm de DAP; que se presenta en el

cuadro siguiente.

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Resumen de coeficientes para la construcción del modelo volumétrico las especies de mangle

rojo (Rhizophora mangle L.), mangle negro (Avicennia germinans (L.) L.), mangle blanco

(Laguncularia racemosa (L). C.F. Gaerth) y botoncillo (Conocarpus erectus L.)

Especie Coeficientes Estimación E.E. LI (95%) LS (95%) T p-valor CpMallows VIF Modelo matemático

Mangle blanco

Constante -0.39 0.15 -0.7 -0.07 -2.54 0.0173

Vol = -0.39+ (0.04 * Dap) DAP 0.04 4.20E-03 0.03 0.05 9.29 <0.0001 86.35 1

Mangle botoncillo

Constante -0.44 0.08 -0.59 -0.28 -5.8 <0.0001

Vol = -0.44+ (0.03 * Dap) DAP 0.03 2.60E-03 0.03 0.04 12.7 <0.0001 161.31 1

Mangle negro

Constante -0.7 0.1 -0.91 -0.5 -6.88 <0.0001

Vol = -0.70+ (0.05 * Dap) DAP 0.05 3.40E-03 0.04 0.05 13.21 <0.0001 174.5 1

Mangle rojo Constante -0.4 0.08 -0.56 -0.24 -4.98 <0.0001

-0.4

Vol = -0.4+ (0.03 * Dap) DAP 0.03 3.30E-03 0.03 0.04 10.35 <0.0001 107.05

0.03

Tablas generadas a partir de las ecuaciones volumétricas para las especies de Mangle: mangle

rojo (Rhizophora mangle L.), mangle negro (Avicennia germinans (L.) L.), mangle blanco

(Laguncularia racemosa (L). C.F. Gaerth) y botoncillo

(Conocarpus erectus L.)9

Modelo -0.39 + (0.04 *Dap) -0.44+ (0.03*Dap) -0.7+ (0.05*Dap) -0.4+ (0.03 *Dap)

DAP Blanco Botoncillo Negro Rojo

15 0.21 0.01 0.05 0.05

16 0.25 0.04 0.10 0.08

17 0.29 0.07 0.15 0.11

18 0.33 0.10 0.20 0.14

19 0.37 0.13 0.25 0.17

20 0.41 0.16 0.30 0.20

21 0.45 0.19 0.35 0.23

22 0.49 0.22 0.40 0.26

23 0.53 0.25 0.45 0.29

24 0.57 0.28 0.50 0.32

25 0.61 0.31 0.55 0.35

26 0.65 0.34 0.60 0.38

27 0.69 0.37 0.65 0.41

28 0.73 0.40 0.70 0.44

29 0.77 0.43 0.75 0.47

30 0.81 0.46 0.80 0.50

31 0.85 0.49 0.85 0.53

32 0.89 0.52 0.90 0.56

33 0.93 0.55 0.95 0.59

34 0.97 0.58 1.00 0.62

35 1.01 0.61 1.05 0.65

36 1.05 0.64 1.10 0.68

9 Tablas volumétricas a partir de un diámetro a la altura del pecho de 15 cm para las cuatro especies de

mangle.

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Página 30 de 90

37 1.09 0.67 1.15 0.71

38 1.13 0.70 1.20 0.74

39 1.17 0.73 1.25 0.77

40 1.21 0.76 1.30 0.80

41 1.25 0.79 1.35 0.83

42 1.29 0.82 1.40 0.86

43 1.33 0.85 1.45 0.89

44 1.37 0.88 1.50 0.92

45 1.41 0.91 1.55 0.95

46 1.45 0.94 1.60 0.98

47 1.49 0.97 1.65 1.01

48 1.53 1.00 1.70 1.04

49 1.57 1.03 1.75 1.07

50 1.61 1.06 1.80 1.10

55 1.81 1.21 2.05 1.25

60 2.01 1.36 2.30 1.40

70 2.41 1.66 2.80 1.70

75 2.61 1.81 3.05 1.85

NIVEL DE DEGRADACIÓN DEL ECOSISTEMA MANGLAR

(a) Parámetros para medir la degradación en el bosque manglar

Para definir los niveles de degradación se propone analizar ocho indicadores, los cuales se

consideran determinantes para la distribución y salud del ecosistema manglar. Cada indicador

tiene de dos a cinco variables.

Los siguientes indicadores buscan ser de aplicación rápida y sencilla, los mismos integran

aspectos biológicos y morfológicos del medio en donde se establece el ecosistema manglar.

En primera instancia se evalúa aquellos directamente relacionados con la cobertura del

bosque (Ejemplo: la densidad, el área basal según la clasificación del bosque por altura del

árbol). Con los indicadores se buscará la suma total de puntos en donde, si la sumatoria da

arriba de los 60, el mismo se considerará un bosque altamente degradado (TIPO C). En otro

caso, si la sumatoria se encuentra entre los 40 y 60 de puntuación, el mismo se considera

como un bosque medianamente degradado (TIPO B), y por ultimo una sumatoria menor a 40,

será un bosque de degradación baja (TIPO A).

Los demás indicadores están ligados a las funcionalidades del ecosistema, el medio que le

rodea y elementos que puedan alterar la calidad del bosque. Dos indicadores clave que

determinan si el mangle es saludable o degrado son el hidroperiodo y la salinidad.

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(b) Sumatoria de ponderaciones

Una vez se realice el ejercicio y evaluadas las variables presentes en el área de interés, se

deberá realizar la sumatoria por indicador. Este resultado deberá asignar un nivel de

degradación según el rango establecido en las tablas incluidas más adelante.

La clasificación en tablas se realizó por especie debido a las diferencias y complejidad

estructural de las comunidades del bosque manglar. Un bosque de mangle rojo (Rhizophora

mangle L., Rhizophora racemosa G. Mey.), no se comportará de la misma forma que un bosque

de mangle blanco (Laguncularia racemosa C.F. Gaertn) y un mangle botoncillo (Conocarpus

erectus L.) no se comportará de la misma forma que un mangle negro (Avicennia germinans L.,

Avicennia bicolor Standl).

A continuación se presentan tablas para medir la degradación en las cuatro familias de mangle

presentes en el Litoral del Pacífico. Para cada especie se ha generado una tabla. Si el área

presenta más de dos especies, utilizar la tabla de la especie con dominancia.

Mangle rojo (Rhizophora mangle L., Rhizophora racemosa G. Mey.)

Regeneración (seleccionar una) Ponderación

Regeneración mayor al 40 % de cobertura 0

Regeneración menor al 40% de la cobertura 15

Sin regeneración en el área 25

Estado sanitario y mortandad de los árboles (Existe presencia en el sitio

de interés de algunos individuos con las siguientes características, puede seleccionar más de uno)

Ponderación

Individuos vivos enfermos y/o plagados 1

Individuos derribados por viento 1

Individuos muertos por rayos 1

Individuos muertos por plagas 1

Corte clandestino en fuste principal del árbol o raíces 1

Contaminación del área y especies invasoras (En el sitio de interés se

pueden encontrar las siguientes características, puede seleccionar más de uno) Ponderación

Contaminación en agua superficial 2

Contaminación por desechos sólidos 3

Contaminación por hidrocarburos (visualmente: aceites) 3

Presencia de especies invasoras (enredaderas, trepadoras, gramíneas)

2

Hidroperiodo (seleccionar una) Ponderación

Frecuencia de inundación (seleccionar una)

Frecuencia de inundación nula 10

Frecuencia de inundación media 5

Frecuencia de inundación alta 0

Altura de inundación (seleccionar una)

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Altura de inundación promedio menor a 1 m 0

Altura de inundación promedio mayor a 1 m 5

Salinidad intersticial (seleccionar una) Ponderación

Salinidad arriba de los 65 UPS 10

Salinidad debajo de los 65 UPS 0

Características del suelo (puede seleccionar más de una) Ponderación

Suelo compactado 4

Suelo fragmentado por poca humedad 3

Suelo fragmentado por alta concentración de salinidad 3

Suelo fangoso (alto contenido de humedad) 0

Estructura del bosque: Densidad (Arboles por hectárea) Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros

Existe una cantidad de 560 a 800 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 200 a 589 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 199 árboles por hectárea 10

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros

Existe una cantidad de 1210 a 1410 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 320 a 1210 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 319 árboles por hectárea 10

Estructura del bosque: Área Basal Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 15 a 43 m2 por hectárea 10

El área basal del sitio se encuentra entre 10 a 14 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 9 m2 por hectárea 20

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 4 a 6 m2 por hectárea 10

El área basal del sitio se encuentra entre 2 a 3 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 1 m2 por hectárea 20

El total deberá encontrarse entre una puntuación de 0 a 100

Mangle negro (Avicennia germinans L., Avicennia bicolor Standl.)

Regeneración (seleccionar una) Ponderación

Regeneración mayor al 40 % de cobertura 0

Regeneración menor al 40% de la cobertura 15

Sin regeneración en el área 25

Estado sanitario y mortandad de los árboles (Existe presencia en el sitio

de interés de algunos individuos con las siguientes características, puede seleccionar más de uno)

Ponderación

Individuos vivos enfermos y/o plagados 1

Individuos derribados por viento 1

Individuos muertos por rayos 1

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Individuos muertos por plagas 1

Corte clandestina en fuste principal del árbol o raíces 1

Contaminación del área y especies invasoras (En el sitio de interés se

pueden encontrar las siguientes características, puede seleccionar más de uno) Ponderación

Contaminación en agua superficial 2

Contaminación por desechos sólidos 3

Contaminación por hidrocarburos (visualmente: aceites) 3

Presencia de especies invasoras (enredaderas, trepadoras, gramíneas)

2

Hidroperiodo Ponderación

Frecuencia de inundación (seleccionar una)

Frecuencia de inundación nula 5

Frecuencia de inundación media 3

Frecuencia de inundación alta 0

Altura de inundación (seleccionar una) 0

Altura de inundación promedio mayor a 30 cm 5

Altura de inundación promedio menor a 30 cm 0

Salinidad intersticial (seleccionar una) Ponderación

Salinidad arriba de los 100 UPS 10

Salinidad arriba de los 0 UPS 0

Características del suelo (puede seleccionar más de una) Ponderación

Suelo compactado 5

Suelo fragmentado por poca humedad 5

Suelo fragmentado por alta concentración de salinidad 0

Suelo fangoso (alto contenido de humedad) 0

Estructura del bosque: Densidad (Arboles por hectárea) Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 720 a 920 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 240 a 719 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 239 árboles por hectárea 10

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 1080 a 1280 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 360 a 1079 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 359 árboles por hectárea 10

Estructura del bosque: Área Basal Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 20 a 38 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 10 a 20 m2 por hectárea 20

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 10 m2 por hectárea 25

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 7 a 9 m2 por hectárea 15

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Página 34 de 90

El área basal del sitio se encuentra entre 4 a 6 m2 por hectárea 20

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 3 m2 por hectárea 25

El total deberá encontrarse entre una puntuación de 0 a 100

Mangle blanco (Laguncularia racemosa (L.) C.F. Gaertn)

Regeneración (seleccionar una) Ponderación

Regeneración mayor al 40 % de cobertura 0

Regeneración menor al 40% de la cobertura 15

Sin regeneración en el área 25

Estado sanitario y mortandad de los árboles (Existe presencia en el sitio de

interés de algunos individuos con las siguientes características, puede seleccionar más de uno) Ponderación

Individuos vivos enfermos y/o plagados 1

Individuos derribados por viento 1

Individuos muertos por rayos 1

Individuos muertos por plagas 1

Corte clandestina en fuste principal del árbol o raíces 1

Contaminación del área y especies invasoras (En el sitio de interés se

pueden encontrar las siguientes características, puede seleccionar más de uno) Ponderación

Contaminación en agua superficial 2

Contaminación por desechos sólidos 3

Contaminación por hidrocarburos (visualmente: aceites) 3

Presencia de especies invasoras (enredaderas, trepadoras, gramíneas)

2

Hidroperiodo (seleccionar una) Ponderación

Frecuencia de inundación nula 10

Frecuencia de inundación media 5

Frecuencia de inundación alta 0

Altura de inundación (seleccionar una)

Altura de inundación promedio menor a 30 cm 0

Altura de inundación promedio mayor a 30 cm 5

Salinidad intersticial (seleccionar una) Ponderación

Salinidad arriba de los 100 UPS 10

Salinidad arriba de los 0 UPS 0

Características del suelo (puede seleccionar más de una) Ponderación

Suelo compactado 4

Suelo fragmentado por poca humedad 3

Suelo fragmentado por alta concentración de salinidad 0

Suelo fangoso (alto contenido de humedad) 3

Estructura del bosque: Densidad (Arboles por hectárea) Ponderación

Page 39: Proyecto Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en … · 2021. 4. 22. · la ordenación silvicultural, de un bosque, con valor de mercado o no, asegurando la conservación,

Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral Pacífico de Guatemala

Página 35 de 90

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 1080 a 1280 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 350 a 1070 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 349 árboles por hectárea 10

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 1530 a 2000 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 510 a 1529 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 509 árboles por hectárea 10

Estructura del bosque: Área Basal Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 16 a 45 m2 por hectárea 10

El área basal del sitio se encuentra entre 14 a 38 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 13 m2 por hectárea 20

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

El área basal del sitio se encuentra entre 6 a 7 m2 por hectárea 10

El área basal del sitio se encuentra entre 3 a 6 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 2 m2 por hectárea 20

El total deberá encontrarse entre una puntuación de 0 a 100

Mangle botoncillo (Conocarpus erectus L.)

Regeneración (seleccionar una) Ponderación

Regeneración mayor al 40 % de cobertura 0

Regeneración menor al 40% de la cobertura 15

Sin regeneración en el área 25

Estado sanitario y mortandad de los árboles (Existe presencia en el sitio

de interés de algunos individuos con las siguientes características, puede seleccionar más de uno)

Ponderación

Individuos vivos enfermos y/o plagados 1

Individuos derribados por viento 1

Individuos muertos por rayos 1

Individuos muertos por plagas 1

Corte clandestina en fuste principal del árbol o raíces 1

Contaminación del área y especies invasoras (En el sitio de interés se

pueden encontrar las siguientes características, puede seleccionar más de uno) Ponderación

Contaminación en agua superficial 2

Contaminación por desechos sólidos 3

Contaminación por hidrocarburos (visualmente: aceites) 3

Presencia de especies invasoras (enredaderas, trepadoras, gramíneas)

2

Hidroperiodo (seleccionar una) Ponderación

Frecuencia de inundación nula 0

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Página 36 de 90

Frecuencia de inundación media 0

Frecuencia de inundación alta 10

Altura de inundación (seleccionar una)

Altura de inundación promedio mayor a 10 cm 5

Altura de inundación promedio menor a 10 cm 0

Salinidad intersticial (seleccionar una) Ponderación

Salinidad arriba de los 120 UPS 10

Salinidad arriba de los 0 UPS 0

Características del suelo (puede seleccionar más de una) Ponderación

Suelo compactado 5

Suelo fragmentado por poca humedad 0

Suelo fragmentado por alta concentración de salinidad 0

Suelo fangoso (alto contenido de humedad) 5

Estructura del bosque: Densidad (Arboles por hectárea) Ponderación

Sí la altura promedio de los árboles es mayor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 460 a 620 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 210 a 419 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 209 árboles por hectárea 10

Sí la altura promedio de los árboles es menor a los 10 metros (seleccionar uno)

Existe una cantidad de 980 a 1180 árboles por hectárea 3

Existe una cantidad entre 360 a 979 árboles por hectárea 5

Existe una cantidad entre 0 a 359 árboles por hectárea 10

Estructura del bosque: Área Basal Ponderación

El área basal del sitio se encuentra entre 4 a 12 m2 por hectárea 10

El área basal del sitio se encuentra entre 3 a 8 m2 por hectárea 15

El área basal del sitio se encuentra entre 0 a 2 m2 por hectárea 20

El total deberá encontrarse entre una puntuación de 0 a 100

Indicador Ponderación

Regeneración 25

Estado sanitario y mortandad de las especies 5

Contaminación del área y especies invasoras 10

Hidroperiodo 10

Salinidad intersticial 10

Características del suelo 10

Estructura del bosque: Densidad 10

Estructura del bosque: Área basal 20

Total 100

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Indicadores A B C Ponderación 20 – 40 40 - 60 60 -100

Siguiendo los niveles para medir degradación del manual de criterios de PROBOSQUE, un

bosque degradado nivel C, cumple con poca cobertura, la inexistencia de regeneración natural

del mangle, el flujo hídrico alterado, la presencia de especies invasoras, y la alta

concentración de salinidad. Por lo que las ponderaciones deberán ir de un 60 a un 100, en el

caso de una degradación de Tipo C, en donde el sitio cumple la mayoría de características de

un sitio degradado.

En el caso de una degradación B, el sitio cumplirá con más de un 50% de las características de

un sitio degradado, según los indicadores evaluados previamente, y en el caso de una

degradación de tipo A, las características serán principalmente superficiales, de cobertura o

estructura del bosque por intervención directa por el ser humano.

Es importante indicar que según el análisis realizado se deberá tomar en cuenta el estado

sanitario de las especies, ya que un árbol enfermo o plagado podrá ser la causa de la

degradación de un bosque, ya sea por causas naturales o inducidas por el ser humano.

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PLANIFICACIÓN FORESTAL DE ACUERDO CON LOS OBJETIVOS

DE MANEJO Y TIPOS DE MANEJADORES

Como lo establece el Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso Forestal del

Ecosistema Manglar, el uso y/o aprovechamiento de dicho recurso puede darse en siete

modalidades:

1. Plan de Manejo para el Establecimiento de Plantaciones Voluntarias,

2. Plan de Manejo por Saneamiento o Sanitario,

3. Plan de Manejo por Salvamento,

4. Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Protección,

5. Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Aprovechamiento,

6. Planes de Manejo de Restauración del Bosque Manglar, y

7. Consumos Familiares.

A continuación, el MLT presenta los criterios técnicos a analizar por parte del técnico de INAB

y/o CONAP (cuando proceda) para evaluar la viabilidad o no de cualquiera de los siete tipos

de planes de manejo forestal enlistados previamente, bajo la premisa que estos planes deben

buscar el uso sostenible del recurso forestal del manglar con miras a mantener la

extensión y cobertura actual de este o incrementarla.

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1) Plan de Manejo para el Establecimiento de Plantaciones Voluntarias

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 13. Establecimiento y aprovechamiento de plantaciones voluntarias. El

establecimiento y aprovechamiento de plantaciones voluntarias estará regulado de acuerdo a

lo siguiente:

a) Fuera de áreas protegidas: El INAB podrá autorizar el establecimiento de plantaciones

voluntarias únicamente en aquellas áreas degradadas o desprovistas de cobertura

forestal. El aprovechamiento se hará conforme al procedimiento de Aprovechamiento

de Exentos de Licencia Forestal, de conformidad con los Artículos 49 y 53 de la Ley

Forestal, y

b) Dentro de áreas protegidas: El CONAP podrá autorizar el establecimiento de

plantaciones voluntarias mediante la aprobación de planes de manejo para el

establecimiento de plantaciones voluntarias, deberá realizarse con especies locales

nativas (manglares) con el objetivo de restablecer y recuperar áreas desprovistas de

vegetación. El CONAP podrá autorizar el aprovechamiento de plantaciones

voluntarias, mediante la aprobación de planes de aprovechamiento, atendiendo la

normativa aplicable al área según su categoría de manejo y zonificación”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de cualquier plan de manejo para el establecimiento de plantaciones voluntarias

en el ecosistema manglar debe ser el incremento de la extensión y cobertura de dicho

ecosistema, por medio de plantaciones que busquen la recuperación del ecosistema manglar.

El área propuesta dentro del plan de manejo podrá ser sujeta a o no incentivos forestales para

fines de protección y provisión de servicios ambientales con base a la Ley PROBOSQUE10 o ser

incentivadas por cualquier mecanismo financiero orientado a la recuperación del ecosistema

manglar, o podrá ser sujeta a aprovechamiento sostenible (en el caso de extensiones inscritas

en el Registro de la Propiedad antes de 1956).

A su vez, dicho plan de manejo podrá ser presentado en el caso de plantaciones obligatorias

(i.e. compromisos de recuperación y criterios de oportunidad por orden judicial).

10 Artículo 10 de PROBOSQUE. Modalidades a incentivar. e) Manejo de bosques naturales para fines de protección y provisión de servicios ambientales. Esta modalidad incluye proyectos de protección de bosques para fuentes de agua, conservación de diversidad biológica, ecoturismo, conservación de germoplasma, protección de sitios sagrados y otros que sean calificados como bosques de protección por la Junta Directiva del INAB.

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CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo para el establecimiento de plantaciones

voluntarias son los siguientes:

1. Debe analizarse la potencialidad de plantación y/o recuperación de las especies

presentes con base en criterios biológicos y fisicoquímicos del área. Dicha

potencialidad deberá analizarse tomando en cuenta los siguientes aspectos:

a. Las especies de mangle propuestas para la plantación son especies presentes

en la zona. Para ello deberá analizarse el inventario y la estructura forestal de

bosques circundantes a la zona objeto de aplicación del plan de manejo,

b. El plan de manejo propicia el mantener la estructura natural del bosque de

mangle donde se piensa establecer la plantación, imitando el sistema natural

circundante, guardando las proporciones de cada una de las especies

presentes, su densidad, etc. Si se considera que el plan si propicia el

mantenimiento de la estructura natural del bosque, puede recomendarse, para

incrementar la potencialidad de plantación y/o recuperación de las especies

presentes, la plantación de mangle blanco como primera especie, ya que según

observaciones en campo, es el primer sucesor vegetal, y el cual promueve la

creación de microclima para R. mangle, y

c. Si el hidroperíodo y la salinidad son los adecuados para el desarrollo de las

especies a plantar (e.g. mangle negro presenta una mayor tolerancia a los

niveles de salinidad que el resto de las especies distribuidas en el Pacífico).

Estos datos deberán provenir de la parcela permanente de mangle del INAB

más cercana al área donde se pretende establecer el plan de manejo o de

aquellas que cumplan con un estándar definido en la Guía para el

Establecimiento de Parcelas Permanentes,

2. Si el plan de manejo considera el enriquecimiento, que el mismo se encuentre

planteado para ser desarrollado utilizando especies del ecosistema a recuperar, y

3. Si el plan de manejo considera la conservación de árboles de importancia para otras

especies.

Si la plantación voluntaria va a ser objeto de aprovechamiento sostenible, deberá,

posteriormente, presentarse un Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de

Aprovechamiento. Debido a ello se recomienda se analicen los criterios indicados para dicho

tipo de planes si el fin final de la plantación será el aprovechamiento.

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REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos11,

2. Copia del DPI12,

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del Registro de la Propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble o cualquier otra que se estime pertinente13,

4. Instrumento ambiental favorable14,15, y

5. Una vez el plan de manejo para el establecimiento de plantaciones voluntarias haya

sido aprobado por el INAB, la plantación deberá ser inscrita en el Registro Nacional

Forestal (RNF). La inscripción requiere los siguientes datos:

a. Número de registro,

b. Finca,

c. Propietario,

d. Representante legal,

e. Aldea, municipio y departamento,

f. Teléfono 1 y 2,

g. Área en hectáreas,

h. Especies,

i. Procedencia, y

j. Fecha de vencimiento.

11 Artículos 10, 11, 12 y 13 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitudes de aprovechamiento contenidos en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 12 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitudes de aprovechamiento contenidos en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 13 Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal. 14 Artículo 20 de la Ley de Áreas Protegidas y la División 02, Silvicultura y Extracción de madera del Listado Taxativo de Proyectos, obras, industrias o actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016. Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas. 15 Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas.

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FORMATO

PLAN DE MANEJO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE

PLANTACIONES VOLUNTARIAS EN EL ECOSISTEMA MANGLAR

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el CONAP Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB/CONAP Número de teléfono Correo electrónico

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II. INFORMACIÓN ADICIONAL

El área considerada dentro del Plan de Manejo es resultado de plantaciones obligatorias (i.e. compromisos de recuperación y criterios de oportunidad por orden judicial)

Si No

El área considerada dentro del Plan de Manejo accesará a incentivos forestales Si No

III. CARACTERÍSTICAS BIOFÍSICAS DEL ÁREA

Descripción del hidroperíodo Descripción de la microtopografía Descripción de la salinidad intersticial (i.e. grado de salinidad intersticial promedio en UPS)

Frecuencia de mareas de la localidad (con base a registros del INSIVUMEH o la NOAA)

Profundidad máxima promedio (m)

Rodal

IV. ESTRUCTURA FORESTAL DE LA ZONA CIRCUNDANTE

Muestreo forestal Área muestreada Intensidad de muestreo

(%)

No. de parcelas Forma de la parcela Área de la parcela (m2)

Tipo de

muestreo

Diámetro mínimo muestreado (cm)

Error de muestreo (%)

Fórmulas para el cálculo de volumen (por especie)

Resultados

Especie No.

individuos Densidad relativa

Área basal

Volumen Frecuencia

relativa Altura

(m) DAP

V. ESPECIES A UTILIZAR PARA LA PLANTACIÓN VOLUNTARIA Y SU PROCEDENCIA

Indique las especies de mangle a utilizar en la plantación voluntaria y su procedencia, por especie

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VI. ESTRUCTURA FORESTAL DE LA PLANTACIÓN VOLUNTARIA

Con base a la estructura forestal de la zona circundante, describa la estructura con que implementará la plantación (i.e. proporción entre especies, densidad de individuos por hectárea, espaciamiento de los individuos por hectárea, etc.)

VII. METODOLOGÍA DE PLANTACIÓN

Describa ampliamente la metodología que se utilizará para la plantación (i.e. uso de semilla, propágulos, material vegetativo, almacenamiento, técnica de plantación, espaciamiento entre plántulas por hectárea, materiales a utilizar, etc.)

VIII. PROTECCIÓN FORESTAL

Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Acciones de prevención de plagas y enfermedades, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

IX. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Actividad Rodal Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del Plan de Manejo

X. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca desde el casco municipal,

2. Mapa integral de la finca (i.e. ortofoto y/o imagen de Google Earth) y colindancias,

identificando la zona donde se pretende ubicar la plantación voluntaria y aplicar el

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Plan de Manejo. Todos los mapas deben de incluir norte, escala gráfica y numérica,

identificación de vértices georreferenciados con DATUM WGS 84, sistema de

coordenadas GTM y grilla de coordenadas, los cuales deberán aparecer en la leyenda,

debidamente indicados, como parte de las referencias, y

3. Datos de los censos forestales levantados.

XI. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

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2) Plan de Manejo por Saneamiento o Sanitario

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 14. Planes de manejo con fines de aprovechamiento, salvamento y

saneamiento. El INAB y el CONAP, de acuerdo a sus competencias, podrán otorgar licencias

forestales con fines de aprovechamiento, salvamento o saneamiento a través de la aprobación

de planes de manejo forestal sostenible, bajo regulaciones establecidas en el presente

reglamento y las leyes vigentes, los planes maestros y el MLT.

Cuando los bosques de mangle dentro de áreas protegidas fueran afectados por eventos

climáticos extremos o plagas y enfermedades, y, previo análisis técnico- científico por parte

del CONAP, se podrán autorizar planes de salvamento o saneamiento tomando en cuenta la

zonificación de las áreas y los planes maestros, siempre y cuando estén debidamente

justificadas e incluyan las medidas necesarias que garanticen la restauración ecológica del

ecosistema.

Dentro y fuera de áreas protegidas no se considerará este tipo de plan de manejo para todos

aquellos individuos muertos por afecciones provocadas, las cuales puedan ser debidamente

comprobadas”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de cualquier plan de manejo con fines sanitarios debe ser el evitar la propagación

de cualquier tipo de plaga o enfermedad que se reporte afecte al ecosistema manglar,

independientemente de su extensión.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo sanitario son los siguientes:

1. Al momento de detectarse cualquier tipo de plaga o enfermedad, independientemente

de su extensión,

2. El plan de manejo debe identificar el tipo de enfermedad, pudiendo ser parasitaria (o

infecciosa, aquellas producidas por los hongos, virus, bacterias, viroides, fitoplasmas,

nemátodos, plantas superiores, etc.) o no parasitaria (o no infecciosas o fisiogénicas),

las cuales pueden ser de origen químico (salinidad del suelo, exceso o deficiencia de

nutrientes, problemas de fitotoxicidad por exceso de pesticidas, gases y humos

provenientes de industrias, etc.) o de origen físico (relacionadas con la estructura del

suelo que afecta la penetración de las raíces, la retención de agua y la aireación,

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deficiencia de luz, temperaturas extremas, excesos de humedad relativa ambiente o

sequedad, etc.),

3. El plan de manejo debe presentan una evaluación de los siguientes tipos de

síntomas16:

a. Necróticos: implican la muerte del tejido afectado. Según el órgano

involucrado y la forma de presentarse se diferencian los siguientes tipos:

i. Manchas: frecuentes sobre hojas y tallos, pueden presentarse en

botones florales, flores y frutos,

ii. Podredumbres: definidas como una desorganización de los tejidos.

Según la naturaleza del órgano afectado pueden ser secas o húmedas,

iii. Cancros: los cuales se producen sobre tejidos lignificados o algo

suculentos. Son lesiones de tipo crónico, de lento progreso y con

tendencia a extenderse,

iv. Marchitamientos: se manifiestan mediante la muerte de toda la planta.

Generalmente estos se presentan en las enfermedades causadas por

hongos del suelo que atacan el cuello y las raíces de sus hospederos, o

v. Autotomías, se asocian a algunas manchas foliares. La planta

hospedero separa dichas manchas mediante una capa suberosa con el

objeto de aislar el patógeno mediante el desprendimiento del área

muerta.

b. Hiperplásicos: están relacionados con el aumento exagerado del tamaño de

todo o parte del órgano afectado. Este síntoma generalmente está asociado a

dos síntomas histológicos o tipos de hiperdesarrollo: hipertrofia o aumento del

volumen celular e hiperplasia, multiplicación excesiva de las células, etc.,

c. Hipoplásicos: en este caso se observa la disminución del tamaño del órgano

afectado (atrofia) o del individuo (enanismo). Este tipo de síntomas también

pueden manifestarse como una disminución del contenido de algún elemento

constitutivo normal de la planta, o

d. Metaplásicos: se manifiestan por la aparición de coloraciones que no son

normales en un órgano sano17,

4. Con base a la extensión de la afectación, debe incluir una estimación del nivel de

susceptibilidad de mayor número de individuos que los afectados por la plaga o

enfermedad al momento de presentar el plan de manejo, y

16 Se recomienda consultar la guía grafica de identificación de microorganismos asociados a lesiones en muestras de mangle (2017), generada por el Grupo de Estudios Moleculares Aplicados a la Biología (GeMBio) de México. Documento ilustrativo disponible en: http://www.semarnatcam.campeche.gob.mx/wp-content/uploads/2017/01/9.3-Microorganismos-Asociados-a-Lesiones-del-Mangle.pdf 17 Murace, M. y Aprea, A. 2011. Enfermedades forestales. Generalidades. Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales. Universidad Nacional de La Plata. Argentina. Disponible en: http://aulavirtual.agro.unlp.edu.ar/pluginfile.php/20946/mod_resource/content/1/2011Enfermedades%20forestales.%20Generalidades..pdf

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5. Puede considerarse la corta final del individuo afectado siempre y cuando su

remoción garantice el control efectivo del brote.

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos18,

2. Copia del DPI19,

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble20,

4. Aviso por el cual el propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario o

autoridades informan al INAB sobre cualquier plaga forestal21,

5. En los casos en que el usuario desee utilizar madera proveniente del saneamiento

forestal, deberá contar con la autorización del propietario del terreno para poder

realizar la actividad22, e

6. Instrumento ambiental favorable23,24.

Debe tomarse en cuenta que los aprovechamientos forestales con fines de saneamiento,

plenamente comprobados por el INAB, quedan exentos de la garantía para el compromiso de

reforestación (Artículo 57 de la Ley Forestal).

18 Artículos 10, 11, 12 y 14 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Artículo 30 del Reglamento de la Ley Forestal; Artículo 6 y 8 del Reglamento para la implementación de Planes Sanitarios; Sección B, Requisitos para presentar solicitudes de aprovechamiento contenidos en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 19 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 6 del Reglamento para la implementación de Planes Sanitarios; Artículo 30 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitudes de aprovechamiento contenidos en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 20 Artículo 8 del Reglamento para la implementación de Planes Sanitarios; Sección B, Requisitos para presentar solicitudes de aprovechamiento contenidos en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 21 Artículo 3 y 6 del Reglamento para la implementación de Planes Sanitarios. 22 Sección G, Lineamientos para el manejo forestal con fines de Saneamiento del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 23 Artículo 20 de la Ley de Áreas Protegidas. División 02, Silvicultura y Extracción de madera del Listado Taxativo de Proyectos, obras, industrias o actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016; Sección G, Lineamientos para el manejo forestal con fines de Saneamiento del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas. 24 Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas.

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FORMATO

PLAN DE MANEJO POR SANEAMIENTO O SANITARIO EN EL

ECOSISTEMA MANGLAR

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el CONAP

Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB/CONAP Número de teléfono Correo electrónico

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II. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA AFECTADA, AGENTE CAUSAL Y ESTIMACIÓN DEL DAÑO

CAUSADO

Descripción del área afectada (i.e. dentro del contexto de la finca donde se presenta la plaga o enfermedad, identificar extensión (ha) y coordenadas del área afectada)

Descripción de las especies de mangle afectadas, indicando porcentajes de afectación (i.e. Rhizophora mangle=80%; Laguncularia racemosa=20%)

Descripción del agente causal (i.e. presentación obligatoria de los síntomas y, de ser posible, presentar su identificación taxonómica, ciclo de vida, etc.)

Estimación maderable del daño causado

Estimación del nivel de susceptibilidad de mayor número de individuos que los afectados por la plaga o enfermedad al momento de presentar el plan de manejo

III. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONTROL A APLICAR Y SU JUSTIFICACIÓN

Método de control y su justificación (i.e. cómo se detendrá la expansión del brote)

Tratamiento de los productos previo a su extracción

Manejo de residuos del aprovechamiento

IV. CANTIDAD Y TIPOS DE PRODUCTOS A EXTRAER

No. foco

Área del

brote

No. de árboles

Especie DAP

medio (cm)

Altura media

(m)

Tratamiento silvicultural

Volumen Total (m3) Troza

Madera aserrada

Leña Otro

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V. ACCIONES DE RESTAURACIÓN PARA EL ÁREA AFECTADA

Método Año de

establecimiento Especie Área (ha)

Densidad inicial (árboles/ha)

Regeneración

natural dirigida

Plantación

Manejo de

rebrotes

Restauración del ecosistema manglar25

Otros

Total

VI. MONITOREO Y EVALUACIÓN DE LA REPOBLACIÓN FORESTAL

Descripción de las actividades de monitoreo y

evaluación de la repoblación forestal (i.e.

metodología, temporalidad, etc.)

VII. PROTECCIÓN FORESTAL

Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Acciones de prevención de plagas y enfermedades, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

VIII. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Actividad Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del plan de manejo

25 Para ello deberá presentarse, posteriormente, un Plan de Manejo de Restauración del Bosque

Manglar.

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IX. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca desde el casco municipal,

2. Mapa integral de la finca (i.e. ortofoto y/o imagen de Google Earth) y colindancias,

identificando la zona de afectación de la plaga o enfermedad. Todos los mapas deben

de incluir norte, escala gráfica y numérica, identificación de vértices georreferenciados

con DATUM WGS 84, sistema de coordenadas GTM y grilla de coordenadas, los cuales

deberán aparecer en la leyenda, debidamente indicados, como parte de las referencias,

3. Datos del censo o inventario forestal correspondiente, y

4. Debido a la poca información con que se cuenta sobre plagas y enfermedades que

aquejan al ecosistema manglar, se deberá presentar una documentación exhaustiva de

dichas afecciones.

X. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

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3) Plan de Manejo por Salvamento

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 14. Planes de manejo con fines de aprovechamiento, salvamento y

saneamiento. El INAB y el CONAP, de acuerdo a sus competencias, podrán otorgar licencias

forestales con fines de aprovechamiento, salvamento o saneamiento a través de la aprobación

de planes de manejo forestal sostenible, bajo regulaciones establecidas en el presente

reglamento y las leyes vigentes, los planes maestros y el MLT.

Cuando los bosques de mangle dentro de áreas protegidas fueran afectados por eventos

climáticos extremos o plagas y enfermedades, y, previo análisis técnico-científico por parte del

CONAP, se podrán autorizar planes de salvamento o saneamiento tomando en cuenta la

zonificación de las áreas y los planes maestros, siempre y cuando estén debidamente

justificadas e incluyan las medidas necesarias que garanticen la restauración ecológica del

ecosistema.

Dentro y fuera de áreas protegidas no se considerará este tipo de plan de manejo para todos

aquellos individuos muertos por afecciones provocadas, las cuales puedan ser debidamente

comprobadas”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de cualquier plan de manejo con fines de salvamento debe ser el “rescate” del

producto forestal que pueda ser aprovechado sin afectar la dinámica de regeneración natural

del bosque posterior a la afectación de fuente natural que haya afectado al ecosistema.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo por salvamento son los siguientes:

1. Si se cuenta con evidencia documentada, de preferencia de fuente gubernamental (e.g.

INSIVUMEH o CONRED), de eventos meteorológicos (e.g. vientos, temporales, marea

de fondo, etc.), que pudieron haber causado la muerte natural de árboles de mangle

dentro de dicho ecosistema en la zona en la cual se propone el plan de manejo por

salvamento,

2. Si no se cuenta con dicha evidencia documentada, el plan de manejo deberá presentar

una descripción detallada (e.g. fecha de ocurrencia, tipo de evento meteorológico,

duración, con fotografías, notas de prensa u otro medio gráfico) del evento que causó

la muerte natural de los árboles de mangle que se pretende aprovechar a través del

plan,

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3. Si se trata de árboles muertos en pie, total o parcialmente derribados por causas

naturales,

4. Si los árboles derribados sujetos a salvamento presentan raíces expuestas completas

(i.e. resultado de derribo sin acción humana),

5. Si los árboles a ser objeto de salvamento no son sitio de anidación, reproducción u

otro de especies de fauna nativa del área (e.g. loro de nuca amarilla, aves coloniales

acuáticas como garzas, etc.),

6. Si el plan de manejo establece la volumetría que puede ser sujeta a salvamento con

base a un censo de árboles derribados y su nivel de descomposición, la cual puede ser

clasificada en sana, intermedia o podrida, debido esencialmente a las diferencias en el

contenido de humedad (Delaney et al. 199726). Se recomienda aprobar aquellos

salvamentos en los que el nivel de descomposición sea categorizado como sano,

7. Si el plan de manejo contempla medidas de protección contra incendios forestales,

8. Si los árboles sujetos a salvamento no son resultado de incendios forestales inducidos

o de causa antropogénica,

9. Si el plan de manejo contempla acciones de restauración del ecosistema manglar una

vez el producto forestal haya sido sujeto a salvamento. Se recomienda que la

aprobación de planes de manejo por salvamento esté condicionada a la

implementación de un plan de manejo con fines de restauración del ecosistema

manglar (ver Planes de Manejo de Restauración del Bosque Manglar).

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos27,

2. Copia del DPI28,

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble29,

26 Delaney, M., Brown, S., Lugo, E., Torres-Lezama, A. & Bello-Quintero, M. 1997. The distribution of organic carbon in major component of forest located in five life zones of Venezuela. Journal of Tropical Ecology 13:697-708. 27 Artículos 10, 11, 12 y 14 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Artículo 30 del Reglamento de la Ley Forestal. 28 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 30 del Reglamento de la Ley Forestal. 29 Artículo 30 del Reglamento de la Ley Forestal.

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4. Para los casos de salvamento por incendio forestal, deberá presentar la certificación

extendida por autoridad competente, que contenga que la investigación ha sido

agotada y la anuencia de intervenir el bosque30,

5. En los casos en que el usuario desee utilizar madera proveniente del salvamento

forestal, deberá contar con la autorización del propietario del terreno para poder

realizar la actividad31, e

6. Instrumento ambiental favorable32,33.

Debe tomarse en cuenta que los aprovechamientos forestales con fines de salvamento,

plenamente comprobados por el INAB, quedan exentos de la garantía para el compromiso de

reforestación (Artículo 57 de la Ley Forestal).

FORMATO

30 Artículo 30 y 33 del Reglamento de la Ley Forestal. Es necesario que durante la homologación de criterios se establezca el nombre de la Autoridad para aclarar el artículo. 31 Sección G, Lineamientos para el manejo forestal con fines de Saneamiento del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 32 Artículo 20 de la Ley de Áreas Protegidas; División 02, Silvicultura y Extracción de madera del Listado Taxativo de Proyectos, obras, industrias o actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016; Sección G, Lineamientos para el manejo forestal con fines de Salvamento del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas. 33 Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas.

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PLAN DE MANEJO POR SALVAMENTO EN EL ECOSISTEMA MANGLAR

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el CONAP Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB Número de teléfono Correo electrónico

II. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA AFECTADA, AGENTE CAUSAL Y ESTIMACIÓN DEL DAÑO

CAUSADO

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Descripción del área afectada (i.e. dentro del contexto de la finca donde se presentó el evento meteorológico, identificar extensión (ha) y coordenadas del área afectada)

Descripción de las especies de mangle afectadas, indicando porcentajes de afectación (i.e. Rhizophora mangle=80%; Laguncularia racemosa=20%)

Descripción del agente causal (i.e. descripción del evento meteorológico, plenamente documentado)

Estimación maderable del daño causado

III. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONTROL Y PREVENCIÓN

Método de control y su justificación (i.e. cómo se desarrollará el salvamento del producto forestal sin perturbar aquel que no haya sido afectado por el evento meteorológico)

Tratamiento de los productos previo a su extracción

Manejo de residuos del aprovechamiento

IV. CANTIDAD Y TIPOS DE PRODUCTOS A EXTRAER

Rodal Área (ha)

No. de árboles

afectados

Especie (código)

DAP medio (cm)

Altura media

(m)

Volumen Total (m3) Troza

Madera aserrada

Leña Otro

Total

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V. ACCIONES DE RECUPERACIÓN PARA EL ÁREA AFECTADA

Método Año de

establecimiento Especie Área (ha)

Densidad inicial (árboles/ha)

Regeneración natural dirigida

Plantación

Manejo de rebrotes

Restauración del ecosistema

manglar34

Otros

Total

VI. PROTECCIÓN FORESTAL

Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Acciones de prevención de plagas y enfermedades, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

VII. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Actividad Rodal Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del Plan de Manejo

VIII. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca,

2. Mapa integral de la finca (i.e. ortofoto y/o imagen de Google Earth) y colindancias,

identificando la zona de afectación por el evento meteorológico donde se pretende

aplicar el Plan de Manejo. Todos los mapas deben de incluir norte, escala gráfica y

numérica, identificación de vértices georreferenciados con DATUM WGS 84, sistema

de coordenadas GTM y grilla de coordenadas, los cuales deberán aparecer en la

leyenda, debidamente indicados, como parte de las referencias, y 34 Para ello deberá presentarse, posteriormente, un Plan de Manejo de Restauración del Bosque

Manglar.

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3. Datos del censo de árboles derribados y todos aquellos que correspondan.

IX. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

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4) Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Protección

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 15. Planes de manejo con fines de protección. El INAB y el CONAP, de acuerdo a

sus competencias, podrán aprobar planes de manejo con fines de protección en áreas con

cobertura de bosque manglar que posean potencialidad de ser conservadas o puedan ser

beneficiadas por programas de incentivos forestales que garanticen su conservación y

protección”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de los planes de manejo para bosque manglar con fines de protección debe

centrarse en la protección y uso sostenible de bosques con alto valor de conservación. Un

bosque de alto valor de conservación es aquel que presenta sitios con valores importantes de

biodiversidad; áreas que son refugios para plantas y animales silvestres en peligro de

extinción, endémicos y/o restringidos; áreas que proveen servicios esenciales a los

ecosistemas, además de presentar áreas donde cubren sus necesidades las comunidades

locales (Rumiz et al. 2004 en Santivañez y Mostacedo 200735).

También podrá considerarse este tipo de plan de manejo, al igual que en el caso de planes de

manejo de plantaciones voluntarias, si el área propuesta pretende ser sujeta a incentivos

forestales para fines de protección y provisión de servicios ambientales con base a la Ley de

Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo, Producción y Protección de

Bosques en Guatemala (PROBOSQUE)36.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo con fines de protección son los

siguientes:

1. Si dentro de la zona se reportan especies incluidas dentro de los apéndices I, II y III de

la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y

Flora Silvestres (CITES),

35 Santivañez, J. L. y Mostacedo, B. 2007. Guía de Campo para la Identificación de Atributos de Alto Valor de Conservación. WWF, Instituto Boliviano de Investigación Forestal. Santa Cruz, Bolivia. 56 pp. 36 Artículo 10 de PROBOSQUE. Modalidades a incentivar. e) Manejo de bosques naturales para fines de protección y provisión de servicios ambientales. Esta modalidad incluye proyectos de protección de bosques para fuentes de agua, conservación de diversidad biológica, ecoturismo, conservación de germoplasma, protección de sitios sagrados y otros que sean calificados como bosques de protección por la Junta Directiva del INAB.

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2. Si dentro de la zona se reportan especies incluidas dentro de la Lista Roja de la Unión

Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), especialmente aquellas

categorizadas como en peligro crítico (CR), en peligro (EN), vulnerable (VU) y casi

amenazada (NT),

3. Si dentro de la zona se reportan especies endémicas o de hábitat restringido,

4. Si la zona se encuentra colindante a áreas protegidas,

5. Si la zona se encuentra dentro de área protegida, la presencia y distribución de

especies incluidas dentro de la Lista de Especies Amenazadas de Guatemala (LEA),

6. Si se trata de un área importante para la subsistencia de comunidades humanas,

7. Si el área presenta valores culturales importantes (e.g. vestigios arqueológicos mayas

o de los primeros asentamientos humanos en el Pacífico del país), y

8. Si el área presenta zonas especiales que concentran temporalmente especies (e.g.

camarones de importancia nutricional/comercial, aves coloniales acuáticas en

colonias de anidaje, aves playeras en playones intermareales durante temporada

migratoria, etc.).

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos37,

2. Copia del DPI38, y

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble39.

Debe tomarse en cuenta que los aprovechamientos forestales con fines de protección,

plenamente comprobados por el INAB, quedan exentos de la garantía para el compromiso de

reforestación (Artículo 57 de la Ley Forestal).

37 Artículos 10, 11, 12 y 15 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal. 38 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal. 39 Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal.

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FORMATO

PLAN DE MANEJO PARA BOSQUE MANGLAR CON FINES DE

PROTECCIÓN

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el CONAP

Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB Número de teléfono Correo electrónico

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II. INFORMACIÓN ADICIONAL

El área considerada dentro del Plan de Manejo accesará a incentivos forestales Si No

III. CARACTERÍSTICAS BIOFÍSICAS DEL ÁREA

Descripción del hidroperíodo Descripción de la microtopografía Descripción de la salinidad intersticial (i.e. grado de salinidad intersticial promedio en UPS)

Frecuencia de mareas de la localidad (con base a registros del INSIVUMEH o la NOAA)

Profundidad máxima promedio (m)

Rodal

IV. JUSTIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN

Recurso principal a proteger (e.g. especies amenazadas, de rango restringido, zonas de reproducción de especies de importancia, valores culturales, etc.)

Justificación del Plan de Manejo Objetivos generales y específicos del Plan de Manejo

V. CARACTERIZACIÓN FORESTAL DE LA ZONA SUJETA A PROTECCIÓN

Descripción general de la zona sujeta a protección

Caracterización del bosque a proteger Área inventariada Intensidad de muestreo (%)

No. de parcelas Forma de la parcela Área de la parcela

(m2)

Tipo de muestreo Diámetro mínimo inventariado (cm)

Error de muestreo (%)

Distribución por clase diamétrica

Especie Densidad <10 cm De 10 -20

cm 20-30 cm 30-40 cm

Mayor de

40 cm Total

Número de

árboles

Área basal

por hectárea

Volumen

por hectárea

Número de

árboles

Área basal

por hectárea

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Volumen

por hectárea

Resumen de la caracterización del bosque a proteger

Nombre científico DAP

promedio (cm)

Altura promedio

(m)

Densidad de árboles por parcela

Densidad total de árboles

Especie endémica

Lista Roja UICN

CITES LEA

VI. ESPECIFICACIÓN DE LAS CATEGORÍAS DE RECURSOS A PROTEGER

Protección de especies de flora

Nombre científico

Nombre común

Lista Roja UICN CITES LEA Justificación

Protección de especies de fauna

Nombre científico

Nombre común

Lista Roja UICN CITES LEA Justificación

Protección de recursos hidrobiológicos (enfatizar en la población beneficiada o por beneficiar: fuente alimenticia, agua dulce, etc.)

Tipo de recurso Justificación Número

aproximado de beneficiarios

VII. MEDIDAS DE PROTECCIÓN FORESTAL

Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Acciones de prevención de plagas y enfermedades, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

VIII. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

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Actividad Rodal Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del Plan de Manejo

IX. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca desde el casco municipal,

2. Mapa integral de la finca (i.e. ortofoto y/o imagen de Google Earth) y colindancias,

identificando la zona donde se pretende aplicar el Plan de Manejo. Todos los mapas

deben de incluir norte, escala gráfica y numérica, identificación de vértices

georreferenciados con DATUM WGS 84, sistema de coordenadas GTM y grilla de

coordenadas, los cuales deberán aparecer en la leyenda, debidamente indicados, como

parte de las referencias, y

3. Libreta de campo conteniendo la totalidad de información de las variables

dasométricas calculadas en campo y datos de los censos forestales levantados.

X. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

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5) Plan de Manejo para Bosque Manglar con fines de Aprovechamiento

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 14. Planes de manejo con fines de aprovechamiento, salvamento y

saneamiento. El INAB y el CONAP, de acuerdo a sus competencias, podrán otorgar licencias

forestales con fines de aprovechamiento, salvamento o saneamiento a través de la aprobación

de planes de manejo forestal sostenible, bajo regulaciones establecidas en el presente

reglamento y las leyes vigentes, los planes maestros y el MLT.

Cuando los bosques de mangle dentro de áreas protegidas fueran afectados por eventos

climáticos extremos o plagas y enfermedades, y, previo análisis técnico-científico por parte del

CONAP, se podrán autorizar planes de salvamento o saneamiento tomando en cuenta la

zonificación de las áreas y los planes maestros, siempre y cuando estén debidamente

justificadas e incluyan las medidas necesarias que garanticen la restauración ecológica del

ecosistema.

Dentro y fuera de áreas protegidas no se considerará este tipo de plan de manejo para todos

aquellos individuos muertos por afecciones provocadas, las cuales puedan ser debidamente

comprobadas”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de cualquier plan de manejo con fines de aprovechamiento debe ser el uso

sostenible del recurso forestal dentro del ecosistema manglar, desde un punto de vista de

manejo integrado de dicho ecosistema. Por lo tanto, las actividades contempladas dentro

de un plan de manejo con fines de aprovechamiento deberán abarcar aprovechamiento

sostenible (bajo la premisa que debe aprovecharse solamente lo que el bosque crece

anualmente), medidas sanitarias, de salvamento, de restauración, de prevención y manejo de

incendios, entre otras.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo con fines de aprovechamiento son los

siguientes:

1. El plan de manejo debe establecer un volumen máximo de aprovechamiento por

especie (i.e. basado en el Incremento Medio Anual –IMA-) y por área, determinando

densidad de aprovechamiento por área destinada,

2. El plan de manejo debe establecer un diámetro mínimo de corta (DMC) por especie.

Como se menciona anteriormente, hay dos consideraciones importantes para

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definirlo: a) el DMC debe permitir un equilibrio entre el área basal aprovechada y el

potencial del bosque para recuperar esa pérdida dentro del ciclo de corta prevista y b)

el DMC preferiblemente debe ser mayor al rango de DAP en el que la especie tiene su

máxima producción de semillas,

3. El plan de manejo debe establecer un ciclo de corta, el período que debe transcurrir

entre uno y otro aprovechamiento para que el bosque alcance a restaurarse de la

perturbación. Un ciclo de corta largo permite tener DMC más bajos porque hay más

tiempo para recuperar lo que se va a cortar. En este caso, generalmente hay que tener

cuidado de dejar suficientes árboles semilleros y bajar la intensidad de corta. Otra

posibilidad es mantener un DMC razonable y una intensidad de corta más alta. Un

ciclo de corta corto generalmente requiere de un DMC mayor y una intensidad de

corta baja. Los árboles de rápido crecimiento generalmente influyen de manera

positiva en la intensidad de corta, en el DMC y en el ciclo de corta, ya que permiten una

intensidad mayor, un DMC menor y/o un ciclo más corto. No debe autorizarse la corta

final, a menos que se trate de aquellos árboles afectados por plagas o enfermedades,

4. El plan de manejo deberá identificar la intensidad de corta (IC) y el volumen

autorizado por especie. Se recomienda aprobar el plan de manejo si el número de

árboles a ser derribados se encuentra por arriba del DMC. De ésta manera, el

proponente tendrá mucho cuidado de escoger el árbol que derribe,

5. Si la zona se encuentra localizada dentro de área protegida, debe de evaluarse la

viabilidad del plan de manejo dependiendo de la categoría de la misma, así como las

disposiciones contenidas dentro del Estudio Técnico y Plan Maestro vigentes de esta, y

6. Si se trata de aprovechamientos con fines científicos, el plan de manejo deberá

presentan un objetivo claro y el volumen requerido para alcanzar dicho objetivo,

ampliamente justificado.

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos40 ,

2. Copia del DPI41,

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

40 Artículos 10, 11, 12 y 14 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Artículo 50 de la Ley Forestal; Artículo 40 del Reglamento Ley Forestal. 41 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas.

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Sistematización de Prácticas de Restauración y Lineamientos Técnicos para el Uso Sostenible del Ecosistema Manglar en el Litoral Pacífico de Guatemala

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certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble42,

4. Compromiso de reforestación43,

5. En los casos en que el usuario desee realizar un proyecto de investigación del recurso

forestal del ecosistema manglar, deberá contar con la autorización del propietario del

terreno para poder realizar la actividad44,

6. En los casos en que el usuario desee realizar un proyecto de investigación del recurso

forestal del ecosistema manglar, deberá contar elaborar un protocolo de investigación.

Dicho protocolo deberá llevar el respaldo de una universidad o de una entidad

dedicada a fines científicos debidamente registrada en el INAB45,

7. Si el aprovechamiento con fines científicos se pretende desarrollar dentro de área

protegida, se deberán tramitar los permisos y licencias correspondientes ante el

CONAP y, si hubiere, ante el co-administrador del área46,47,

8. Fotocopia del registro del Regente Forestal ante el INAB/CONAP48,49,

9. Aval del consejo comunitario de desarrollo local y/o de la autoridad Municipal50, e

10. Instrumento ambiental favorable51,52.

FORMATO

Se cuenta con un formato de plan de manejo integrado del ecosistema manglar homologado

entre INAB y CONAP53, el cual se presenta a continuación con modificaciones sugeridas.

42 Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 43 Artículo 55 de la Ley Forestal. 44 Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 45 Artículo 54 del Reglamento de la Ley Forestal. 46 Artículo 26 de la Ley de Áreas Protegidas; Artículo 30 del Reglamento para el Manejo Sostenible del Recurso Forestal del Ecosistema Manglar. 47 Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento forestal no comercial contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 48 Sección “C” Requisitos y procedimientos para presentar solicitud de autorización de proyectos vinculados a los programas de incentivos forestales del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 49 Aplica para superficies mayores a cinco hectáreas. 50 Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 51 Artículo 20 de la Ley de Áreas Protegidas. División 02, Silvicultura y Extracción de madera del Listado Taxativo de Proyectos, obras, industrias o actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016; Sección G, Lineamientos para el manejo forestal con fines de Saneamiento del Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 52 Deberán homologarse criterios en cuanto a la solicitud del requisito, ya que éste, según el Listado Taxativo y la Ley de Áreas Protegidas, aplicaría únicamente para empresas.

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PLAN DE MANEJO PARA BOSQUE MANGLAR CON FINES DE

APROVECHAMIENTO

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el

CONAP

Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB/CONAP Número de teléfono Correo electrónico

53 Aprobado mediante Resolución 06-10-2016, emitida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas en su sesión 10-2016, con respecto a los formatos para el saneamiento, salvamento y aprovechamiento forestal de mangle dentro de la Reserva Natural Privada “La Chorrera”, de fecha 11 de mayo de 2016.

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II. UBICACIÓN GEOGRÁFICA Y USO DEL SUELO

Ubicación en la hoja cartográfica: 1:50,000 Uso actual del suelo

Descripción ha % 1. Bosque de mangle

2. Bosque seco 3. Palma nativa 4. Salineras 5. Camaroneras 6. Matorrales 7. Potreros 8. Cultivos agrícolas

(especificar)

9. Esteros 10. Otros (especificar)

III. CARACTERÍSTICAS BIOFÍSICAS DEL ÁREA

Descripción del hidroperíodo Descripción de la microtopografía Descripción de la salinidad intersticial (i.e. grado de salinidad intersticial promedio en UPS)

Frecuencia de mareas de la localidad (con base a registros del INSIVUMEH o la NOAA)

Profundidad máxima promedio (m)

Rodal

IV. INVENTARIO FORESTAL

54 Dar código MIRASILV: las primeras cuatro letras corresponden al género y las últimas dos a la

especie.

Resumen

Rodal Área (ha)

Especie54 Diámetro

normal (cm)

Altura promedio

(m)

Densidad/ha

Área basal/ha

Volumen (ha)

Manejo

Sanitario

Salvamento

Protección

Muestreo del inventario forestal

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V. DESCRIPCIÓN DEL APROVECHAMIENTO FORESTAL

Justificación del aprovechamiento (i.e. describa por qué se está solicitando el aprovechamiento

Productos a extraer

Rodal Especie Área

(ha)

Existencias Extraer Remanente

Troza

(m3)

Leña

(m3)

%

total

Troza

(m3)

Leña

(m3)

%

total

Troza

(m3)

Leña

(m3)

%

total

Saldos

Descripción del tipo de tumba, extracción y otros

VI. SILVICULTURA

Área inventariada Intensidad de muestreo %

No. de parcelas

Forma de la parcela Área de la parcela (m2)

Tipo de muestreo Diámetro mínimo inventariado (cm)

Error de muestreo (%)

Fórmulas para el cálculo de volumen (por especie)

Distribución por clase diamétrica

Especie Densidad <10cm De 10 -20

cm 20-30

cm 30-40

cm Mayor de

40 cm Total

Número de árboles

Área basal por hectárea

Volumen por hectárea

Número de árboles

Área basal por hectárea

Volumen por hectárea

Posibilidad de corta anual

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Descripción de métodos silvícola por rodal

Rodal Tratamiento

silvícola Especie

Área

(ha)

Existente Extraer Remanente

Densidad Área

basal/ha

Vol.

(ha)

Área

basal/ha

Vol.

(ha)

Área

basal/ha

Vol.

(ha)

VII. MÉTODO DE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE

Método Especie Área (ha) Densidad

Inicial (árboles/ha)

Regeneración natural

dirigida

Plantación

Manejo de rebrotes

Restauración del

ecosistema manglar55

Otros

VIII. PROTECCIÓN ESPECIAL

Sitios prioritarios de protección (fisiográficos y fisonómicos) Ubicación y desarrollo de los árboles de mangle (especificar)

Importancia ecológica para la fauna Especie(s) Descripción Anidación Si No Alimentación Crianza Resguardo Medidas de prevención y protección Descripción de mantenimiento de canales Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Acciones de prevención de plagas y enfermedades, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

Prevención de ilícitos (i.e. corta no autorizada, ingreso de ganado al bosque, caza, entre otros)

55 Para ello deberá presentarse, posteriormente, un Plan de Manejo de Restauración del Bosque

Manglar.

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IX. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES56

Actividad Rodal Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del Plan de Manejo

X. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca desde el casco municipal,

2. Mapa de ubicación de la finca y sus colindancias,

3. Mapa de realización y cuerpos de agua, 4. Mapa de ubicación de parcelas de muestreo, 5. Mapa de caminos y canales para extracción del producto,

6. Mapa de ubicación de árboles semilleros,

7. Mapa de ubicación del compromiso de recuperación,

8. Mapa de áreas a intervenir,

9. Mapas de áreas de protección especial. Todos los mapas deben de incluir norte, escala

gráfica y numérica, identificación de vértices georreferenciados con DATUM WGS 84,

sistema de coordenadas GTM y grilla de coordenadas, los cuales deberán aparecer en

la leyenda, debidamente indicados, como parte de las referencias, e

10. Incluir libreta de campo conteniendo toda la información de las variables

dasométricas recabadas en campo (impresa y escaneada).

XI. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

56 Cinco años como mínimo.

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6) Planes de Manejo de Restauración del Bosque Manglar

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 16. Plan de Manejo de Restauración del bosque Manglar. El INAB y el CONAP

promoverán y aprobarán planes de manejo de restauración del bosque manglar en áreas sin

cobertura forestal, degradadas o perturbadas, con el fin de iniciar, orientar, acelerar o

recuperar la cobertura forestal y la integridad ecológica del ecosistema manglar”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

El objetivo de cualquier plan de manejo de restauración del bosque manglar debe ser la

recuperación estructural y funcional de zonas degradadas de mangle. Los planes de manejo de

restauración del bosque manglar deben buscar restaurar los bosques perdidos por razones

tanto naturales (e.g. marea de fondo) como antropogénicas (e.g. tala ilegal, tala inmoderada,

azolvamiento, entre otros) e incrementar la cobertura del bosque manglar en el Pacífico de

Guatemala.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR EL PLAN DE MANEJO

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta sea sujeta a un plan de manejo de restauración del bosque manglar son

los siguientes:

1. La zona está ubicada, preferentemente, en el mapa de áreas potenciales de

restauración definido en la Estrategia Nacional de Restauración del Paisaje Forestal,

2. La zona está ubicada en tierras degradadas (de forma moderada, alta o severa) que

han tenido cierto grado de intervención por el ser humano o afectación por causas

naturales,

3. Si el área fue sujeta a eventos meteorológicos extremos (e.g. marea de fondo), lo cual

resultó en la pérdida de bosque manglar,

4. Si el área está siendo sujeta a azolvamiento de canales naturales,

5. Se cuenta con evidencia de pérdida de conectividad funcional, i.e. el bosque manglar

ya no presta los mismos servicios ecosistémicos (e.g. se reporta un cambio en la

composición y número de especies que utilizan el recurso manglar –peces, crustáceos,

aves coloniales acuáticas, etc.), aspecto que debe describirse ampliamente en el plan

de manejo,

6. Se cuenta con evidencia de pérdida de conectividad estructural, i.e. las características

estructurales del bosque manglar han sido modificadas (e.g. modificación de canales

naturales, estructura forestal, etc.), aspecto que debe describirse ampliamente en el

plan de manejo,

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7. Si la técnica de restauración a utilizar es acorde o compatible a la variable que causó la

pérdida del bosque manglar, i.e. si el bosque manglar fue derribado a causa de vientos

de intensidad elevada, el establecimiento de parcelas de restauración de 2x2 m no es

recomendable, ya que dicho arreglo espacial genera fustes rectos en las especies

plantadas, característica que las hace nuevamente susceptibles a ser derribadas por el

mismo tipo de vientos,

8. Si la técnica de restauración propuesta incluye intervenciones tanto a nivel estructural

como a nivel funcional, y

9. Si el plan de manejo de restauración del bosque manglar es seguimiento a planes de

manejo con fines de salvamento previamente aprobados.

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formato del Plan de Manejo con los anexos requeridos57,

2. Copia del DPI58, y

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble59.

FORMATO

57 Artículos 10, 11, 12 y 16 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar. 58 Copia del documento que acredite la representación legal si se trata de persona jurídica. Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 59 Artículo 40 del Reglamento de la Ley Forestal; Sección B, Requisitos para presentar solicitud de autorización de aprovechamiento no forestal contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas.

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PLAN DE MANEJO DE RESTAURACIÓN DEL BOSQUE

MANGLAR

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Datos del representante legal Nombre del representante legal Número de Documento de Identificación Personal Número de teléfono Datos del regente forestal Nombre completo Número de registro del regente forestal ante el INAB Número de registro del regente forestal ante el CONAP

Información de la finca Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento Área total de la finca (ha) Ubicación GTM (WGS84) (X,Y)

Colindancias

Norte Sur Este Oeste

¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

Datos del elaborador del Plan de Manejo (INAB)/Regente (CONAP) Nombre completo

Firma

Número de registro ante el INAB Número de teléfono Correo electrónico

II. INFORMACIÓN ADICIONAL

El área considerada dentro del Plan de Manejo accesará a incentivos forestales Si No

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III. CARACTERÍSTICAS BIOFÍSICAS DEL ÁREA

Hidroperíodo Descripción del hidroperiodo ¿El hidroperiodo está alterado? Si No Descripción de la alteración (i.e. causa natural o antropogénica y cómo ello ha alterado al ecosistema manglar)

Microtopografía Descripción de la microtopografía ¿La microtopografía está alterada? Si No Descripción de la alteración (i.e. causa natural o antropogénica y cómo ello ha alterado al ecosistema manglar)

Descripción de la salinidad intersticial (i.e. grado de salinidad intersticial promedio en UPS)

Frecuencia de mareas de la localidad (con base a registros del INSIVUMEH o la NOAA)

Profundidad máxima promedio (m)

Rodal

IV. CARACTERÍSTICAS DEL SITIO

Nombre de la cuenca Influencia de cuerpos de agua cercanos

Descripción Existencia Distancia del área (m) Canales/quineles Si No Ríos Si No Mar Si No Bocabarras

Existencia Condición Distancia de la bocabarra (m) Si No Abierta Cerrada

Niveles de inundación Nivel mínimo en verano (m)

Nivel máximo en época lluviosa (m)

Tipo de bosque de mangle aledaño Descripción del tipo de bosque, e.g. mangle rojo, mangle negro, mangle blanco, mangle botoncillo o bosque mixto

Área muestreada Intensidad de muestreo (%)

No. de parcelas Forma de la parcela Área de la parcela

(m2)

Tipo de muestreo Diámetro mínimo muestreado (cm)

Error de muestreo (%)

Especie No.

individuos Densidad relativa

Área basal

Volumen Frecuencia

relativa Altura (m) DAP

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V. PLANIFICACIÓN DE LA RESTAURACIÓN

Justificación de la restauración

Objetivos de la restauración Técnicas de restauración estructural Restauración de la microtopografía (i.e. describir la metodología a utilizar, tiempo de ejecución, etc.)

Restauración del hidroperiodo (i.e. describir la metodología, tiempo de ejecución, etc.)

Restauración de canales naturales (i.e. describir metodología y destino final del sedimento)

Lavado del sustrato por exceso de salinidad (i.e. describir la metodología, tiempo de ejecución, etc.)

Técnicas de restauración funcional Especies de mangle a utilizar en la restauración, justificando su utilización

Procedencia del material reproductivo a utilizar

Tipo Semilla Plantas

provenientes de viveros

Recolección de plantas o

semillas

Material vegetativo

Otros (especifique)

Justificación del tipo seleccionado

Propuesta técnica

Área del proyecto

en ha

Técnica de restauración

Especie

Densidad existente (cuando aplique)

Densidad a

enriquecer (cuando aplique)

Densidad inicial

(árboles/ha)

Año de establecimiento

Tiempo

Total de hectáreas a restaurar

Descripción y justificación de cada una de las técnicas de restauración mencionadas arriba

Medidas culturales Nombre Descripción general Año de ejecución Tiempo de ejecución

Medidas silviculturales

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Nombre Descripción general Año de ejecución Tiempo de ejecución

VI. MEDIDAS DE PROTECCIÓN FORESTAL

Medidas de prevención y control de plagas y enfermedades. Incluya (a) Actividades de prevención, (b) Monitoreo, y (c) Control

Medidas de prevención y control de incendios forestales. Incluya (a) Justificación de la prevención de incendios forestales, (b) Líneas de control y rondas cortafuego, (c) Puntos de control y recorridos por el área, (d) Manejo de combustibles/silvicultura preventiva (combustibles vivos y/o muertos), (e) Identificación de áreas críticas, y (f) Plan de respuesta en caso de incendios forestales

VII. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Actividad Rodal Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Descripción de cada una de las actividades a llevar a cabo durante el periodo de vigencia del Plan de Manejo

VIII. ANEXOS

El Plan de Manejo debe venir acompañado de los siguientes anexos:

1. Croquis de acceso a la finca desde el casco municipal,

2. Mapa del área total de la finca (Ortofoto, Google Earth o Imágenes Landsat),

3. Mapa de uso actual y ubicación del área con respecto a los cuerpos del agua (ríos,

mares, pampas, canales y quineles),

4. Mapa de ubicación del proyecto en el Mapa de Áreas Potenciales para la Restauración

del Paisaje Forestal de la República de Guatemala (IGN 2014),

5. Mapa de las áreas a restaurar (Ortofoto, Google Earth o Imágenes Landsat),

6. Mapa de salinidad con los puntos muestreados,

7. Mapa de parcelas de muestreo de árboles y/o regeneración natural (cuando aplique),

8. Ubicación de puntos de alteración del flujo hidrológico (cuando aplique) - Ortofoto y/o

Imagen de Google Earth. Todos los mapas deben de incluir norte, escala gráfica y

numérica, identificación de vértices georreferenciados con DATUM WGS 84, sistema

de coordenadas GTM y grilla de coordenadas, los cuales deberán aparecer en la

leyenda, debidamente indicados, como parte de las referencias, y

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9. Libreta de campo conteniendo la totalidad de información de las variables

dasométricas calculadas en campo, datos de los censos forestales levantados, datos de

salinidad y otros.

IX. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN EL PLAN DE MANEJO El elaborador del presente Plan de Manejo, (nombre), quien se identifica con el DPI (número) y número de registro ante el INAB (número) y/o CONAP (número) declara la veracidad de la información consignada. En el caso de no ser cierta la manifestación antes señalada, el elaborador del Plan de Manejo asume las consecuencias legales que pudieran derivarse de su actuación y el INAB o el CONAP, dependiendo del caso, procederán conforme a la normativa vigente. Firma del elaborador del Plan de Manejo

Lugar y fecha

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7) Consumo Familiar

BASE LEGAL ESPECÍFICA

“Artículo 20. Requisitos. Para aprovechamiento de Consumo Familiar, según el caso, los

interesados deberán presentar los requisitos indicados en la normativa forestal vigente y el

Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas y demás disposiciones aplicables.

En el caso que el área de aprovechamiento se ubique en áreas de reserva territorial del

Estado, debe presentarse copia de la documentación que acredite los derechos de

arrendamiento convenidos con la OCRET.

En áreas de reserva territorial del Estado, otorgadas en arrendamiento a comunidades,

además de los requisitos establecidos en el párrafo anterior deberá presentar el aval del

COCODE legalmente constituido y vigente.

Artículo 21. Volumetría. El INAB y el CONAP, de acuerdo a sus competencias, emitirán el

documento de autorización de consumo familiar forestal en el ecosistema manglar dentro y

fuera de áreas protegidas, a propietarios y arrendatarios de acuerdo a lo siguiente:

a) Fuera de áreas protegidas: El INAB puede otorgar el aprovechamiento de consumo

familiar de acuerdo a la volumetría siguiente:

Consumo familiar para leña y mejoras de vivienda: hasta un máximo de cinco (5)

metros cúbicos por familia por año.

Las municipalidades en coordinación y delegación de INAB, podrá otorgar consumos

familiares dentro de su jurisdicción municipal.

b) Dentro de áreas protegidas: Con base en la normativa aplicable al área, según

categoría de manejo y zonificación, el CONAP podrá autorizar aprovechamientos por

consumo forestal familiar de acuerdo a la volumetría siguiente:

Consumo familiar de leña: hasta un máximo de un (1) metro cúbico por familia, por

año.

Consumo familiar para mejoras de vivienda: hasta un máximo de cinco (5) metros

cúbicos por familia, cada diez (10) años.

Artículo 22. Actualización de volumetrías para consumos familiares. El INAB y el CONAP,

conjuntamente podrán establecer límites de volumetría a autorizar, con base en resultados

provenientes de estudios de poblaciones de mangle y su dinámica poblacional que justifiquen

una volumetría más adecuada a las condiciones existentes del recurso forestal en el

ecosistema Manglar.

Artículo 23. Restricciones para consumo familiar. Los productos forestales autorizados

para consumo familiar proveen beneficios no lucrativos, por consiguiente está prohibida su

comercialización.

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Artículo 24. Documentos para el transporte de productos forestales provenientes de

consumos familiares del recurso mangle. Los documentos que amparan el transporte de

productos forestales provenientes de consumos familiares son:

a) Nota de Envío Exentos de Licencia Forestal, fuera de áreas protegidas; y,

b) Guía de Transporte, dentro de áreas protegidas”.

OBJETIVO DEL PLAN DE MANEJO

Más que un plan de manejo, el otorgamiento de consumos familiares de mangle debe basarse

en la demanda de uso de dicho recurso forestal por parte de las comunidades locales en

equilibrio con el incremento medio anual (IMA) por especie a aprovechar. El objetivo del

consumo familiar debe centrarse en suplir las necesidades energéticas de cada familia, pero

tomando en cuenta la tasa de regeneración de la especie aprovechada en esta modalidad.

Debido a ello, es de suma importancia que las Oficinas Forestales Municipales que cuentan

con convenio con INAB para el otorgamiento de consumos familiares lleven un estricto

control sobre el número de consumos familiares otorgados anualmente, que verifiquen la

volumetría de los consumos otorgados y presenten ya sea un plan de manejo de bosque

manglar con fines de aprovechamiento o adquieran un compromiso de reforestación (con una

temporalidad a definir), para recuperar la pérdida de producto forestal y propiciar el uso

sostenido del mismo en el corto, mediano y largo plazo. Las mismas disposiciones aplicarían

en el caso de áreas protegidas. En el caso de estas áreas, la emisión de credenciales de

consumo familiar deben otorgarse dependiendo de la categoría de la misma, así como las

disposiciones contenidas dentro del Estudio Técnico y Plan Maestro vigentes de cada una.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA EVALUAR LA SOLICITUD DE CONSUMO FAMILIAR

Los criterios técnicos que deben analizarse para evaluar la viabilidad y/o potencialidad de

que el área propuesta pueda ser sujeta a consumo familiar, son los siguientes:

1. Si se trata de individuos muertos,

2. Si se trata de individuos enfermos,

3. Si se trata de individuos derribados por causas naturales, no derribos inducidos

producto de actividad humana,

4. Si se trata de individuos vivos, los volúmenes deben aprobarse por especie, con base

en el IMA por especie,

5. Si el consumo familiar es de mangle blanco, se recomienda que el consumo familiar se

otorgue mediante un sistema de rotación, guardando la altura de corte en función de

los niveles de inundación, i.e. la corta debe hacerse arriba del nivel máximo de

inundación de la zona, y

6. En conjunto, si los consumos familiares están amparados o acompañados de un

compromiso de reforestación supervisado por un técnico de INAB o por la Oficina

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Forestal Municipal. En el caso de solicitudes de consumo familiar dentro de área

protegida, si estos están amparados o acompañados de un compromiso de

reforestación supervisado por un técnico de CONAP.

REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y LEGAL

1. Formulario de solicitud60,

2. Copia del DPI61,

3. Copia del documento que acredite la posesión del inmueble (documento que acredite

la calidad de propietario, poseedor, ocupante, arrendatario, concesionario). En caso no

se cuente con certificación del registro de la propiedad se podrá presentar la

certificación extendida por autoridad municipal competente que acredite la posesión

del bien inmueble62,

4. Aval del COCODE, si el arrendamiento fue otorgado a una comunidad63,

5. En caso de estar ubicado en Área Protegida, se solicitará en lugar del anterior la

autorización del alcalde auxiliar de la comunidad ubicada en el área sujeta a la

solicitud de consumo64, y

6. Constancia de residencia en la localidad en la cual se solicita el consumo, extendida

por la Municipalidad.

RECOMENDACIÓN ESPECÍFICA

Se recomienda que los convenios entre INAB y las municipalidades contemplen el

compromiso de la Municipalidad de reforestar las zonas sujetas a consumo familiar, con base

al número y volumetría de los otorgados de forma anual.

60 Artículo 20 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar; Sección Q, Criterios para el uso de recursos arbóreos del ecosistema manglar contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 61 El consumo familiar solamente aplica para persona individual. 62 Formato de credencial para consumo forestal familiar contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas. 63 Artículo 20 del Reglamento para el manejo sostenible del recurso forestal del ecosistema manglar. 64 Sección Q, Criterios para el uso de recursos arbóreos del ecosistema manglar contenido en el Manual para la Administración Forestal en Áreas Protegidas.

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FORMATO

SOLICITUD DE CONSUMO FAMILIAR DE PRODUCTOS FORESTALES DEL

ECOSISTEMA MANGLAR

I. INFORMACIÓN GENERAL

Datos del solicitante, propietario, poseedor, arrendatario, ocupante, concesionario, autoridad civil o municipal Nombre completo Número de Documento de Identificación Personal

Sexo Comunidad lingüística

Pueblo de pertenencia

Estado civil

Número de teléfono Lugar de donde se extraerá el producto Aldea Caserío Nombre de la finca Número Folio Libro Departamento Ubicación política Tipo de propiedad Privada Pública (Estatal/Municipal) Arrendamiento ¿La finca se encuentra dentro de área protegida? Si No En caso positivo, indique nombre del área protegida y zona en la que se encuentra

II. PRODUCTO A EXTRAER

Especie(s) Número de árboles (por especie si aplica)

Tipo del producto a extraer Uso del producto

III. BENEFICIARIOS

La familia beneficiada está compuesta por las siguientes personas:

Nombre Edad Parentesco con el solicitante

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IV. DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Declaro que los datos consignados en la presente solicitud son verídicos. Los árboles que se

extraerán con la resolución de aprovechamiento forestal de consumo familiar (fuera de área protegida y extendida por el INAB) o la credencial de consumo forestal familiar (dentro de área

protegida y extendida por el CONAP), se encuentran dentro de los límites de mi propiedad, la cual no

se encuentra en litigios judiciales, sometiéndome a lo que dicta la Ley de no ser así.

Asumo el compromiso de salvaguardar las fuentes de agua, velar por la protección de los bosques y denunciar cualquier aprovechamiento ilegal de los productos forestales del ecosistema manglar ante la autoridad competente. El aprovechamiento es únicamente para mi consumo y no para comercializar con él. Firma del solicitante

Lugar y fecha

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REFERENCIAS

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Referencias legales

Instrumento internacionales

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199366.

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Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala,

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Ley de Áreas Protegidas, Decreto 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, Diario de

Centro América. Guatemala, 10 de febrero de 1989.

Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo, Producción y

Protección de Bosques en Guatemala (Probosque), Decreto 2-2015 del Congreso de la

República de Guatemala, Diario de Centro América. Guatemala, 27 de octubre del año

2015.

Ley de Incentivo Forestal para Poseedores de Pequeñas Extensiones de Tierra Forestal o

Agroforestal (PINPEP), Decreto 51-2010 del Congreso de la República de Guatemala,

Diario de Centro América. Guatemala, 17 de diciembre del año 2010.

Ley Forestal, Decreto 191-96 del Congreso de la República de Guatemala, Diario de Centro

América. Guatemala, 04 de diciembre de 1996.

Ley Reguladora de Áreas de Reserva Territoriales del Estado de Guatemala, Decreto 126-97

del Congreso de la República de Guatemala, Diario de Centro América. Guatemala, 30 de

diciembre de 1997.

Acuerdos Gubernativos

Reglamento de la Ley Reguladora de Áreas de Reserva Territoriales del Estado de Guatemala,

Acuerdo Gubernativo 432-2002 del Presidente de la República de Guatemala. Diario de

Centro América. Guatemala, 12 de noviembre de 2002.

Reglamento Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo 759-90 del Presidente de la

República de Guatemala. Diario de Centro América. Guatemala, 20 de agosto de 1990.

Acuerdos Ministeriales

65 Instrumento de ratificación fue depositado por el Estado de Guatemala el 10/07/1995. 66 Instrumento de ratificación fue depositado por el Estado de Guatemala el 02/02/1994.

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Listado taxativo de proyectos, obras, industrias o actividades, Acuerdo Ministerial 199-2016

Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Diario de Centro América. Guatemala, 14 de

julio del año 2016.

Resoluciones y Actas

Reglamento de la Ley Forestal. Resolución 4.23.97 de la Junta Directiva del Instituto Nacional

de Bosques. Diario de Centro América. Guatemala, 11 de diciembre de 1997.

Reglamento de Ley de Incentivo Forestal para Poseedores de Pequeñas Extensiones de Tierra

Forestal o Agroforestal (PINPEP). Resolución 01.31.2017 de la Junta Directiva del Instituto

Nacional de Bosques. Diario de Centro América. Guatemala, 14 de septiembre de 2017.

Reglamento de la Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo,

Producción y Protección de Bosques en Guatemala. Acta JD.28-2017.3 de la Junta Directiva

del Instituto Nacional de Bosques. Diario de Centro América. Guatemala, 25 de agosto de

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Lista de Especies Amenazadas de Flora y Fauna de Guatemala. Resolución SC. No. 01/2009 del

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Consejo Nacional de Áreas Protegidas. Diario de Centro América. Guatemala, 25 de julio de

2012.