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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS. Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia) Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B AYUNTAMIENTO DE LA LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA. ADMINISTRACIÓN PROMOTORA: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TOTANA. AUTOR DEL PROYECTO: JUAN ANTONIO GARCÍA VICTORIA. INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS. FECHA: DICIEMBRE 2.013.

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ADMINISTRACIÓN PROMOTORA: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TOTANA.

AUTOR DEL PROYECTO: JUAN ANTONIO GARCÍA VICTORIA. INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS.

FECHA: DICIEMBRE 2.013.

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DOCUMENTO Nº1. MEMORIA.

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ÍNDICE 1. ANTECEDENTES............................................................................................................................................................3 2. OBJETO DEL PROYECTO. ............................................................................................................................................3 3. EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS..............................................................................................................................3 4. ESTADO ACTUAL. .........................................................................................................................................................3 5. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA.........................................................................................................3 6. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. ...................................................................................................................................3 7. CONTROL DE CALIDAD. ...............................................................................................................................................3 8. JUSTIFICACIÓN DE LOS CUADROS DE PRECIOS. ....................................................................................................4 9. PLAZOS DE EJECUCIÓN Y DE GARANTÍA. ................................................................................................................4 10. ESTUDIO GEOTÉCNICO. .............................................................................................................................................4 11. PRESUPUESTO. ...........................................................................................................................................................4 12. SEÑALIZACIÓN. ...........................................................................................................................................................4 13. MAQUINARIA................................................................................................................................................................5 14. NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. ...........................................................................................5 15. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.......................................................................................................................5 16. REGLAMENTACIÓN.....................................................................................................................................................5 17. DOCUMENTOS QUE COMPONEN EL PROYECTO....................................................................................................7 18. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA. .......................................................................................................................8 19. DEFINICIÓN DE OBRA COMPLETA............................................................................................................................8 20. CONCLUSIONES. .........................................................................................................................................................8

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1. ANTECEDENTES. Por encargo de la Concejalía de Infraestructuras, Vivienda, Medio Ambiente, Servicios y Mantenimiento Integral de la Ciudad y Caminos del Excmo. Ayuntamiento de Totana con CIF: P-3003900-B con domicilio social en Plaza de La Constitución, s/n de Totana (Murcia), el técnico que suscribe procede a la redacción de la presente Proyecto de “CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA”, cuyo objeto es dictaminar sobre las actuaciones necesarias y su valoración para llevar a cabo las tareas epigrafiadas. Se ha procedido a la redacción considerando la normativa vigente, con objeto de someter el Proyecto a la aprobación de la Autoridad competente, para obtener si procede la oportuna autorización.

2. OBJETO DEL PROYECTO. El objeto del presente Proyecto es la definición de todos los elementos y las características técnicas, económicas y administrativas que debe reunir la Memoria de CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA que se pretende ejecutar, y el diseño de los materiales, obras e instalaciones que se deben emplear y realizar para su perfecta terminación. Así como los cálculos justificativos de que los medios empleados son correctos. Este Proyecto tiene principalmente las siguientes finalidades: a) Contratar la Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal Nuestra Señora del Carmen, en base a las necesidades existentes. b) Servir de base para la Licitación, Contratación y Ejecución de las mismas. c) Solicitar, en su caso, las Autorizaciones Administrativas y Permisos que fueran necesarios para llevarlas a cabo. En esta Memoria se definen las características necesarias y parámetros precisos de forma suficiente para alcanzar estas finalidades anteriormente citadas.

3. EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS. Las actuaciones se encuentran ubicadas en el Cementerio Municipal Nuestra Señora del Carmen del Municipio de Totana.

4. ESTADO ACTUAL. Actualmente existe en el Cementerio Municipal una zona preparada para la ejecución de fosas, como se indica en los planos incluidos en este documento.

5. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA. Se adopta la solución mediante fosas prefabricas en lugar de la ejecución de fosas hormigonadas in situ, por su rapidez de colocación, dando mejores resultados.

6. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. Las obras proyectadas consisten en la Construcción de 12 fosas en la ampliación del Cementerio Municipal. Las obras comenzarán con el vaciado de la superficie donde se ubicarán las fosas. El fondo de la excavación se rellenará con una solera de hormigón de limpieza HM-20 de 10 cm. de espesor. Se ejecutará un muro perimetral de hormigón armado HA-25/P/20/IIa con armadura B-500S de 12 y 16 mm. de diámetro (disposición según planos), con un espesor de 30 cm y una solera de 25 cm. tal y como se detalla en los planos. Una vez ejecutado el muro perimetral se

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colocarán las fosas prefabricadas dejando entre ellas una distancia de 30 cm. que se rellenará con grava para terminar en la coronación con un murete de bloque. También esta prevista la urbanización (pavimentado con terrazo, adoquinado, etc…) de las zonas próximas a las fosas, para continuar con la urbanización del cementerio, siempre continuando con la estética existente.

7. CONTROL DE CALIDAD. Para determinar la calidad de los materiales empleados en obra, así como su puesta "in situ" (compactación, curado, compresión, tracción, etc.) la Dirección Técnica de las Obras definirá los ensayos y pruebas que estime necesarios, que se realizarán en laboratorio homologado. El costo de los ensayos y pruebas correrá a cargo de la Empresa contratante de las obras, fijándose el costo máximo en el dos por ciento (2%) del Presupuesto General de Ejecución por Contrata, estando incluida esta partida en Costos Indirectos y Gastos Generales de Contrata.

8. JUSTIFICACIÓN DE LOS CUADROS DE PRECIOS. La justificación de los precios viene desarrollada en el correspondiente anejo de justificación de precios, en el que se detallan los distintos precios de la mano de obra, maquinaria y elementos de la instalación, sirviendo estos para la redacción del presupuesto, que servirán para el abono y posterior liquidación de las obras.

9. PLAZOS DE EJECUCIÓN Y DE GARANTÍA. El plazo de ejecución que se establece para la terminación de las obras una vez realizada el Acta de Comprobación de Replanteo será de UN (1) mes. Si este plazo no coincidiese con el fijado en el Pliego de Condiciones Administrativas o que rija la adjudicación, prevalecerá el fijado en éste último. El plazo de garantía de las obras será de doce (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisional, durante el mismo, el Contratista estará obligado a la reparación de cuantos desperfectos se produzcan por deficiencias imputables en la ejecución de las obras.

10. ESTUDIO GEOTÉCNICO. Conforme a la naturaleza de las obras a ejecutar y la homogeneidad del terreno de la zona a actuar no se considera necesario la ejecución de un estudio geotécnico de los terrenos.

11. PRESUPUESTO. El Presupuesto de Ejecución Material asciende a la cantidad de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE EUROS con SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (17.217,63 €).

Total Presupuesto de Ejecución Material 17.217,63 €

14 % Gastos Generales 2.410,47 €

6% Beneficio Industrial 1.033,06 €

Suma de Gastos Generales y Beneficio Industrial 3.443,53 €

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Total Presupuesto de Inversión 20.661,16 €

21 % I.V.A 4.338,84 €

Total Presupuesto de Ejecución por Contrata 25.000,00 €

Asciende el presupuesto de Ejecución por Contrata a la expresada cantidad de: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €).

12. SEÑALIZACIÓN. Durante la ejecución de las obras, el Contratista estará obligado a disponer los balizamientos, defensas e iluminación necesarias para advertir de la existencia de la obra, evitando así que por negligencia o mala señalización pudiera derivarse cualquier tipo de problema o accidente.

13. MAQUINARIA. Toda la maquinaria utilizada en estas obras se dejará, al acabar la jornada laboral, perfectamente bloqueada y recogida en los lugares en que menos moleste a los vecinos, con carteles y señalización adecuada que prohíban el acceso a ellas; siempre y cuando no sea posible retirarlas de la vía pública.

14. NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. El contratista viene obligado a adoptar, en la ejecución de los distintos trabajos, todas las medidas de seguridad que resulten indispensables para garantizar la ausencia de riesgo para el personal, tanto propio como ajeno de la obra, siendo a tales efectos responsable de los accidentes que, por inadecuación de las medidas adoptadas, pudieran producirse durante el desarrollo de las mismas. Se incluye en el presente proyecto un Estudio de Seguridad y Salud, conforme a lo indicado en el Real Decreto 1.627/1.997 de 24 de Octubre y la Ley 31/1.995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. El contratista deberá adoptar un plan de obra en acuerdo con la Dirección de Obra, así como el Plan de Seguridad y Salud, en base al Estudio Seguridad y Salud del presente proyecto, con carácter previo al inicio de las obras, para su aprobación.

15. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. El presente proyecto se ajusta a las normas dictadas por la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada de la Región de Murcia.

16. REGLAMENTACIÓN. En la redacción del presente Proyecto, se ha observado el cumplimiento de la Normativa Vigente que le es de aplicación, y en especial, la siguiente: - Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. (BOE. Nº 256, de 25 de Octubre). - Decreto D-3139/77 de 9 de Diciembre de MI. petróleo y electricidad y RD-1946 de 6 de Julio sobre medidas de ahorro energético.

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- Normas y disposiciones vigentes de la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Normas y disposiciones vigentes de los Órganos Oficiales del Municipio de Totana. - Pliego de Condiciones Jurídicas y Económico Administrativas del Ayuntamiento de Totana. - Plan General de Ordenación Urbana de Totana. - Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Ordenanza de Seguridad e Higiene en el trabajo (OM. de 9 de marzo de 1971). - Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - R.D, 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. - Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. - Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. - Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). - Condiciones impuestas por los Organismos Públicos afectados y Ordenanzas Municipales. - Norma de construcción sismorresistente: parte General y Edificación (NCSE-02), de 27 de septiembre. - M.E.L.C.: Métodos de Ensayo del Laboratorio Central de Ensayos de Materiales. - Orden de fecha 15 de Octubre de 1.991 de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma sobre accesibilidad en espacios públicos y edificación, así como el Decreto Regional nº 39/1.987, de 4 de Junio, que ésta desarrolla. - Ley 5/95 de 7 de Abril de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma sobre “Condiciones de Habitabilidad en Edificios de viviendas y de Promoción de la Accesibilidad General”. - Real Decreto 505/2007. 20/04/2007. Ministerio de la Presidencia. Aprueba las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. BOE 11/05/2007.

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- Ley 51/2003. 02/12/2003. Jefatura del Estado. Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. BOE 03/12/2003. - Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT 01 a BT 51. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. BOE 18-9-02. - Condiciones impuestas por los Organismos Públicos afectados y Ordenanzas Municipales.

17. DOCUMENTOS QUE COMPONEN EL PROYECTO. Integran el presente Proyecto, los siguientes documentos: Documento nº1. Memoria.

1.1. Antecedentes. 1.2. Objeto del Proyecto. 1.3. Emplazamiento de las obras. 1.4. Estado actual. 1.5. Justificación de la solución adoptada. 1.6. Descripción de las obras. 1.7. Control de calidad. 1.8. Justificación de los Cuadros de Precios. 1.9. Plazos de ejecución y de garantía. 1.10. Estudio Geotécnico. 1.11. Presupuesto. 1.12. Señalización. 1.13. Maquinaria. 1.14. Normas de Seguridad y Salud en el trabajo. 1.15. Protección del Medio Ambiente. 1.16. Reglamentación. 1.17. Documentos que componen el proyecto. 1.18. Clasificación del Contratista. 1.19. Definición de Obra Completa. 1.20. Conclusiones.

Anejos a la Memoria. Anejo nº1. Justificación de precios. Anejo nº2. Plan de obra. Anejo nº3. Plan de Gestión de Residuos. Anejo nº4. Fotografías. Documento nº2. Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Documento nº3. Presupuesto.

1. Mediciones. 2. Cuadro de precios nº1. 3. Cuadro de precios nº2. 4. Presupuesto y mediciones. 5. Resumen del Presupuesto.

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Documento nº4. Planos. Plano nº1. Situación. Plano nº2. Emplazamiento. Plano nº3. Cimentación. Detalles. Plano nº4. Planta tipo. Plano nº5. Urbanización. Plano nº6. Detalle pavimentación. Plano nº7. Sección constructiva. Plano nº8. Detalles: Módulo sepultura. Documento nº5. Estudio de Seguridad y Salud.

1. Memoria. 2. Pliego de Condiciones. 3. Presupuesto.

18. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA. En el artículo 65, Subsección V. Exigencias de clasificación, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 03/2011, de 14 de noviembre, establece que para contratar con las Administraciones Públicas la ejecución de contratos de obras de importe igual o superior a 350.000 euros, o de contratos de servicios por presupuesto igual o superior a 120.000 euros, será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado. Dado que el presupuesto de la obra es inferior a 350.000 euros, no será necesaria la clasificación del contratista.

19. DEFINICIÓN DE OBRA COMPLETA. El presente proyecto comprende una obra completa, entendiéndose por tal la que es susceptible de ser entregada al uso general y al servicio correspondiente, sin perjuicio de las ulteriores ampliaciones de que posteriormente puedan ser objeto y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra, según el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

20. CONCLUSIONES. El técnico autor del presente proyecto, considera y espera que con los datos aportados, la redacción objeto del presente proyecto merezca la aprobación de los organismos competentes para proceder a su puesta en marcha, quedando a disposición de ellos para aclarar o ampliar cuanto consideren oportuno.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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ANEJOS A LA MEMORIA.

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INDICE ANEJO Nº1..........................................................................................................................................................................3 JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS...........................................................................................................................................3

1. INTRODUCCIÓN. ........................................................................................................................................................4 2. COSTE HORARIO DE LA MANO DE OBRA...............................................................................................................4 3. COSTE HORARIO DE LA MAQUINARIA. ...................................................................................................................5 4. COSTES INDIRECTOS. ..............................................................................................................................................6

PRECIOS SIMPLES. ...................................................................................................................................................8 MANO DE OBRA. ....................................................................................................................................................9 MATERIALES. .......................................................................................................................................................11 MAQUINARIA. .......................................................................................................................................................13

PRECIOS GENERALES............................................................................................................................................15 PRECIOS AUXILIARES. ........................................................................................................................................16 PRECIOS DESCOMPUESTOS. ............................................................................................................................18

ANEJO Nº2........................................................................................................................................................................28 PLAN DE OBRA................................................................................................................................................................28

1. INTRODUCCIÓN. ......................................................................................................................................................29 2. DIAGRAMA DE GANTT.............................................................................................................................................29

ANEJO Nº3........................................................................................................................................................................31 PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS.................................................................................................................................31

1. IDENTIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS A GENERAR, CODIFICADOS CON ARREGLO A LA LISTA EUROPEA DE RESIDUOS PUBLICADA POR ORDEN MAM/304/2002 DE O DE FEBRERO O SUS MODIFICACIONES POSTERIORES. ............................................................................................................................................................32 2. PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA O EN EMPLAZAMIENTOS EXTERNOS. ..................................................................................................................................................................32 3. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REFERENTES A LOS RESIDUOS........................................................................33

ANEJO Nº4........................................................................................................................................................................35 FOTOGRAFÍAS. ................................................................................................................................................................35

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ANEJO Nº1. JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS.

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1. INTRODUCCIÓN. Los datos de partida para obtener los precios unitarios han sido los siguientes:

• Precio de coste de la mano de obra por categorías tomando como base los jornales mínimos aprobados por el Ministerio de Trabajo para las industrias de construcción y obras públicas, las bases vigentes de cotización al régimen general de la Seguridad Social y formación profesional y los aumentos voluntarios regulados por los convenios colectivos actualmente en vigor.

• Precio de Coste horario de equipo de maquinaria.

• Precio de los materiales a pie de obra.

• Rendimientos.

• Costes indirectos.

2. COSTE HORARIO DE LA MANO DE OBRA. Para el cálculo del importe de la hora de trabajo de las distintas clases de la mano de obra que intervienen en la ejecución de los trabajos, partimos de los jornales mínimos aprobados por el Ministerio de Trabajo para las industrias de construcción y obras públicas, las bases vigentes de cotización al régimen general de la Seguridad Social y formación profesional y los aumentos voluntarios regulados por los convenios colectivos actualmente en vigor. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Obras Públicas del 27 de Abril de 1.971 que modifica el punto 1.1. de la Orden de 14 de marzo de 1.969 ( B.O.E ) de 29/03/79 estos costes horarios se obtienen por la aplicación de la siguiente formula.

C= (1 + K) A + B en lo que: C = Costes del jornal a euros/hora. K = Coeficiente medio en tanto por uno. A = Base de cotización al régimen de la seguridad social y formación profesional vigente euros/hora. B = Cantidad que complementa al coste horario y recoge los pluses de convenios colectivos y demás no comprendidos en el coeficiente K en euros/hora. Para el cálculo del coeficiente K tenemos que recoger los siguientes conceptos:

a) Los jornales percibidos y no trabajados. b) Las indemnizaciones por despido y muerte. c) La seguridad social y formación profesional.

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3. COSTE HORARIO DE LA MAQUINARIA. Nomenclatura. E = Promedio anual estadístico de días de puesta a disposición de la maquinaria. T = Número de daños enteros que la maquinaria esta en condiciones normales de alcanzar los rendimientos

medios. Vt = Valor de reposición de la maquinaria. Hut = Promedio de horas de funcionamiento económico. Hua = Promedio anual estadístico de horas de funcionamiento. M + C = Gastos en % de Vt, debido a reparaciones generales y conservación ordinaria de la maquinaria durante el

periodo T. I = Interés anual bancario para inversiones en maquinaria. Im = Interés medio anual equivalente que se aplica a la inversión total en función de T. S = Seguros y otros gastos fijos anuales como impuestos, almacenaje. Ad = Porcentaje de la amortización que pesa sobre el coste de puesta disposición de la maquinaria. Cd = Coeficiente unitario del día de puesta a disposición de la maquinaria expresado en porcentaje o

incluyendo días de reparaciones, periodos fuera de campaña y días perdidos en parque. Ch = Coeficiente unitario de la hora de funcionamiento de la maquinaria expresado en porcentajes. Pi = Coste intrínseco de la hora media de funcionamiento. d = Coeficiente de conservación o desgaste de elementos de la maquinaria, dado como porcentaje de Vt. Pd = Coste horario por conservación de la maquinaria. Pm = Coste horario por mano de obra. C = Consumo medio de carburante por hora de funcionamiento

Ch = ( 100 – Ad ) + ( M + C ) / Hut Coste intrínseco de la hora medio de funcionamiento

Pi = Ch x ( Vt/ 100 )+ ( Cd E / Hua) x ( Vt/ 100 )

Coste de la conservación de la maquina.

Pd = d x Vt / Hut Coste por consumos:

Pc = c x p + 1 ( c x p ) Coste total de la hora media de funcionamiento:

P = Pi + Pd + Pm + Pc

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4. COSTES INDIRECTOS. En cumplimiento del Art. 1º de la Orden de 12 de Junio de 1.968 (BOE de 25/07/68), se redacta el presente anejo en el que se justifica el importe de los precios unitarios que figuran en los Cuadros de Precios. Para la obtención de los precios unitarios se ha seguido lo prescrito en el art. 97 del Reglamento General de Contratación del Estado, así como las Normas Complementarias incluidas en la Orden del 12 de Junio de 1.968 y Orden de 27 de Abril de 1.971. Se han confeccionado los Cuadros de Jornales, Maquinaria y Materiales, y previa obtención de los Precios Auxiliares que se han creído necesarios, se ha llegado a obtener el oste directo de las distintas unidades de obra, al que se ha añadido el coste indirecto (mediante el coeficiente “K”) para obtener el precio unitario final. Para la determinación de los costes indirectos, se aplica lo prescrito en el art. 67 del Reglamento General de Contratación del Estado, y en los art. 9 a 13 de la citada Orden de 12/06/68. Pe = ( 1 + k / 100 ) Cd

En la que: Pe = Es el precio de ejecución material (Euros). K = Es el porcentaje correspondiente a coste indirectos. Cd = Es el coste directo de la unidad de obra. (Euros). Se consideran costes directos.

• La mano de obra con sus pluses, cargos y seguros sociales, que intervienen directamente en la ejecución de la unidad de obra.

• Los materiales a los precios resultantes a pie de obra que quedan integrados en la unidad que sean necesarios

para su ejecución.

• Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, así como los gastos del personal, combustible y energía que tengan lugar por el accionamiento de la maquinaria.

Se consideran costes indirectos. Todos aquellos que no son imputables directamente a unidades concretas sino al conjunto de la obra, comunicaciones, almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorios, etc, los de personal técnico y los imprevistos. A la vista de las condiciones de la obra a ejecutar y del programa indicativo del posible desarrollo de los trabajos se estima el coeficiente K como suma del sumando K = K1 + K2 donde K1 represente el porcentaje correspondiente a imprevistos, y que se establece en 1 por tratarse de obra terrestre. K2 es el porcentaje resultante de la relación entre costes indirectos y directos.

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Teniendo en cuenta la analogía con otros tipos de obras y la duración estimada de la obra, y en base que la orden ministerial estima como máximo el valor de 5 se fija K2 = 2, con lo que:

K = 1 + 2 = 3 %.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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PRECIOS SIMPLES.

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MANO DE OBRA.

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LISTADO DE MANO DE OBRA CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO mO01OA010 h Encargado 19,08 mO01OA020 h Capataz 18,66 mO01OA030 h Oficial primera 18,65 mO01OA050 h Ayudante 16,99 mO01OA070 h Peón ordinario 16,24 mO01OB010 h Oficial 1ª encofrador 18,73 mO01OB020 h Ayudante encofrador 17,57 mO01OB040 h Oficial 1ª ferralla 18,73 mO01OB050 h Ayudante ferralla 17,57

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MATERIALES.

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LISTADO DE MATERIALES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO MP03EC110 m2 Sepultura de dos cuerpos de hormigon prefabricado 356,89 P32HF010 ud Consistencia cono Abrams 6,00 P32HF025 ud Resist. a compresión, serie de 2 probetas 49,00 mP01AA020 m3 Arena de río 0/6 mm. 16,80 mP01AA030 t Arena de río 0/6 mm. 13,22 mP01AA060 m3 Arena de miga sin clasif. 5,25 mP01AA190 kg Arena caliza machaq. sacos 0,3 mm 0,33 mP01AG010 t Garbancillo 4/20 mm. 13,82 mP01AG030 m3 Garbancillo especial 20/40 18,00 mP01BG040 ud Bloque hormigón gris 40x20x30 0,85 mP01CC030 t Cemento CEM II/B-P 32,5 N sacos 98,64 mP01D020 l Desencofrante p/encofrado madera 1,71 mP01D130 m3 Agua 1,11 mP01EM010 m2 Tablero aglom. hidrófugo 3,66x1,83x22 16,27 mP01EM080 m3 Madera pino encofrar 26 mm 247,91 mP01HA010 m3 Hormigón HA-25/P/20/I central 80,21 mP01HM010 m3 Hormigón HM-20/P/20/I central 76,11 mP01HM120 m3 Hormigón HM-20/P/20/IIa central 77,11 mP01MC040 m3 Mortero cem. gris II/B-M 32,5 M-5/CEM 65,85 mP01U070 kg Puntas 20x100 7,30 mP03AA010 kg Alambre atar 1,30 mm 1,39 mP03ACA010 kg Acero corrugado B 400 S/SD 6 mm 0,69 mP03ACC030 kg Acero corrugado B 500 S/SD 0,85 mP03AM020 m2 Malla 15x15x5 mm. 2,078 kg/m2 1,40 mP08XBH010 m Bord.hor.monoc.jard.gris t.VI 9-10x20 1,90 mP08XVA020 m2 Adoquín horm.8cm gris 9,88 mP08XVA030 m2 Suplem.color tostados adoqu.horm 0,98 mP08XVT040 m2 Baldo.terraz.relie.pul.40x40x4 15,95 mP31CB110 m2 Cerram. prov. malla galvanizada 8,25 mP31IA010 ud Casco seguridad básico 5,37 mP31IA040 ud Semi-mascarilla 2 filtros 44,34 mP31IA180 ud Gafas vinilo visor policarb. 13,16 mP31IA260 ud Orejeras adaptables casco 16,05 mP31IC020 ud Mono de trabajo poliéster-algodón 22,78 mP31IC070 ud Peto reflectante amarillo/rojo 14,88 mP31IM040 ud Par guantes goma fina 1,99 mP31IM060 ud Par guantes serraje manga 12 3,17 mP31IP060 ud Par de botas caucho 46,83 mP31W010 ud Costo mensual Comité seguridad 137,51

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MAQUINARIA.

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LISTADO DE MAQUINARIA CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO mM02GE090 h Grúa telescópica s/camión 20 t. 48,00 mM03HH010 h Hormigonera 200 l. gasolina 2,42 mM03HH020 h Hormigonera 300 l. gasolina 3,39 mM05EN020 h Excav.hidráulica neumáticos 84 CV 48,30 mM05PN010 h Pala cargadora neumáticos 85 CV/1,2m3 45,98 mM05RN020 h Retrocargadora neumáticos 75 CV 36,80 mM05RN030 h Retrocargadora neumáticos 100 CV 45,24 mM06CM020 h Compre.port.diesel m.p. 3,2 m3/min 7 bar 3,07 mM06MI030 h Martillo manual picador neumático 3,01 mM07CB040 h Camión basculante 4x4 14 t. 40,12 mM07N010 m3 Canon tierras de préstamos 1,03 mM07N020 m3 Canon suelo seleccionado préstamo 1,24 mM07N040 m3 Canon de RCD a vertedero 12,00 mM07W030 t km transporte zahorra 0,13 mM08CA020 h Cisterna agua s/camión 10.000 l. 30,14 mM08RB010 h Bandeja vibrante de 300 kg. 4,76 mM08RL010 h Rodillo vibrante manual tándem 800 kg. 5,84 mM11HV030 h Aguja eléct.c/convertid.gasolina D=79mm. 4,84

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PRECIOS GENERALES.

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PRECIOS AUXILIARES.

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CUADRO DE PRECIOS AUXILIARES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE mO01OA090 h Cuadrilla A mO01OA030 1,000 h Oficial primera 18,65 18,65 mO01OA050 1,000 h Ayudante 16,99 16,99 mO01OA070 0,500 h Peón ordinario 16,24 8,12 Mano de obra.......................................... 43,76 TOTAL PARTIDA ..................................... 43,76 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y TRES EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS mO01OA140 h Cuadrilla H mO01OA030 1,000 h Oficial primera 18,65 18,65 mO01OA050 1,000 h Ayudante 16,99 16,99 Mano de obra.......................................... 35,64 TOTAL PARTIDA ..................................... 35,64 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TREINTA Y CINCO EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

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PRECIOS DESCOMPUESTOS.

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JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01.001 m LEVANTADO DE BORDILLO

Levantado de bordillo, con recuperación del mismo incluso retirada y carga, o acopio en obra, incluido el transporte y canón a vertedero, totalmente terminado.

mO01OA010 0,067 h Encargado 19,08 1,28 mO01OA070 0,067 h Peón ordinario 16,24 1,09 mM06CM020 0,050 h Compre.port.diesel m.p. 3,2 m3/min 7 bar 3,07 0,15 mM06MI030 0,050 h Martillo manual picador neumático 3,01 0,15 mM05RN020 0,009 h Retrocargadora neumáticos 75 CV 36,80 0,33 mM07CB040 0,015 h Camión basculante 4x4 14 t. 40,12 0,60 mM07N040 0,005 m3 Canon de RCD a vertedero 12,00 0,06 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 3,70 0,11 %CI 3,000 % Costes Indirectos 3,80 0,11 TOTAL PARTIDA ................................... 3,88 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRES EUROS con OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 02.001 m3 EXCAVACIÓN POZO M.M. H < 3 m

Excavación en pozo por medios mecánicos y hasta 3 metros de profundidad, en cualquier clase de terreno (excepto roca), incluso carga y transporte a vertedero de los productos sobrantes, medida sobre perfil, incluido cánon de vertido, totalmente terminado.

mO01OA070 0,050 h Peón ordinario 16,24 0,81 mM05EN020 0,050 h Excav.hidráulica neumáticos 84 CV 48,30 2,42 mM07CB040 0,050 h Camión basculante 4x4 14 t. 40,12 2,01 mM07N010 1,000 m3 Canon tierras de préstamos 1,03 1,03 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 6,30 0,19 %CI 3,000 % Costes Indirectos 6,50 0,20 TOTAL PARTIDA ................................... 6,66 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SEIS EUROS con SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN 03.001 m3 H.LIMPIEZA HM-20/P/20 CEM II

Suministro y puesta en obra de hormigón de limpieza en masa tipo HM-20 fabricado in situ o prefabricado con cemento CEM-II, con árido procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia plástica, colocado en fondos de excavación, a cualquier profundidad, para capa de limpieza y/o rellenos.

mO01OA070 0,300 h Peón ordinario 16,24 4,87 mP01HM120 1,000 m3 Hormigón HM-20/P/20/IIa central 77,11 77,11 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 82,00 2,46 %CI 3,000 % Costes Indirectos 84,40 2,53 TOTAL PARTIDA ................................... 86,97 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHENTA Y SEIS EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS 03.002 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I LOSA V.MANUAL

Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm., para ambiente normal, elaborado en central en relleno de losa de cimentación, incluso armadura (50 kg/m3.), vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSL , EHE y CTE-SE-C.

mE04LM010 1,000 m3 HORM. HA-25/P/20/I LOSA V. MAN. 73,34 73,34 mE04AB020 50,000 kg ACERO CORRUGADO B 500 S 1,51 75,50 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 148,80 4,46 %CI 3,000 % Costes Indirectos 153,30 4,60 TOTAL PARTIDA ................................... 157,90 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS con NOVENTA CÉNTIMOS 03.003 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I 2 CARAS 0,30 V.MAN.

Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elaborado en central, en muro de 30 cm. de espesor, incluso armadura (60 kg/m3), encofrado y desencofrado con tablero aglomerado a dos caras, vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CCM , EHE y CTE-SE-C.

mE04MEM020 2,500 m2 ENCOF. TABL. AGLOM. MUROS 2CARAS 3,00m. 34,43 86,08 mE04MM010 1,050 m3 HORMIGÓN HA-25/P/20/I V.MAN. 118,24 124,15 mE04AB020 60,000 kg ACERO CORRUGADO B 500 S 1,51 90,60 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 300,80 9,02 %CI 3,000 % Costes Indirectos 309,90 9,30 TOTAL PARTIDA ................................... 319,15 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRESCIENTOS DIECINUEVE EUROS con QUINCE CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE 03.004 m3 RELLENO TRASDÓS MURO/MAT.PRÉSTAMO

Relleno localizado en trasdós de muros con productos procedentes de préstamos de material seleccionado, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado.

mO01OA020 0,020 h Capataz 18,66 0,37 mO01OA070 0,200 h Peón ordinario 16,24 3,25 mM05RN030 0,020 h Retrocargadora neumáticos 100 CV 45,24 0,90 mM08CA020 0,020 h Cisterna agua s/camión 10.000 l. 30,14 0,60 mM08RL010 0,020 h Rodillo vibrante manual tándem 800 kg. 5,84 0,12 mM07W030 10,000 t km transporte zahorra 0,13 1,30 mM07N020 1,100 m3 Canon suelo seleccionado préstamo 1,24 1,36 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 7,90 0,24 %CI 3,000 % Costes Indirectos 8,10 0,24 TOTAL PARTIDA ................................... 8,38 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS 03.005 ud SEPULTURA DE DOS CUERPOS PREFABRICADA

Suministro y transporte con autodescarga y montaje de sepultura de hormigón armado prefabricado, compuesta por una fosa superior de 2,45x1,00x0,70, una fosa inferior de 2,45x1,00x0,70 y dos unidades de conjunto de baldas de cierre de fosa superior e inferior.

mO01OA030 0,500 h Oficial primera 18,65 9,33 mO01OA050 0,500 h Ayudante 16,99 8,50 mO01OA070 0,200 h Peón ordinario 16,24 3,25 MP03EC110 1,000 m2 Sepultura de dos cuerpos de hormigon prefabricado 356,89 356,89 mM02GE090 0,300 h Grúa telescópica s/camión 20 t. 48,00 14,40 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 392,40 11,77 %CI 3,000 % Costes Indirectos 404,10 12,12 TOTAL PARTIDA ................................... 416,26 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATROCIENTOS DIECISEIS EUROS con VEINTISEIS CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE 03.006 m3 RELLENO GARBANCILLO ZANJAS M.MECÁNICOS

Suministro, extensión y compactación de garbancillo de canto rodado de 20 a 40 mm, colocado en zanjas o superficies para drenaje, en capas de 20 cm, medido sobre perfil.

mO01OA020 0,006 h Capataz 18,66 0,11 mO01OA070 0,060 h Peón ordinario 16,24 0,97 mM08RB010 0,040 h Bandeja vibrante de 300 kg. 4,76 0,19 mM05PN010 0,005 h Pala cargadora neumáticos 85 CV/1,2m3 45,98 0,23 mP01AG030 1,000 m3 Garbancillo especial 20/40 18,00 18,00 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 19,50 0,59 %CI 3,000 % Costes Indirectos 20,10 0,60 TOTAL PARTIDA ................................... 20,69 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTE EUROS con SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 03.007 m2 FÁB.BLOQ.HORMIG.GRIS 40x20x30 cm

Fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x30 cm. para revestir, recibidos con mortero de cemento CEM II/B-M 32,5 N y arena de río M-5, rellenos de hormigón de 330 kg. de cemento/m3. de dosificación y armadura según normativa, i/p.p. de formación de dinteles, zunchos, jambas, ejecución de encuentros, piezas especiales, roturas, replanteo, nivelación, aplomado, rejuntado, limpieza y medios auxiliares, s/NTE-FFB-6 y CTE-SE-F, medida deduciendo huecos superiores a 1 m2.

mO01OA140 0,550 h Cuadrilla H 35,64 19,60 mP01BG040 13,000 ud Bloque hormigón gris 40x20x30 0,85 11,05 mP01MC040 0,035 m3 Mortero cem. gris II/B-M 32,5 M-5/CEM 65,85 2,30 mA03H090 0,030 m3 HORM. DOSIF. 330 kg /CEMENTO Tmáx.20 75,16 2,25 mP03ACA010 3,000 kg Acero corrugado B 400 S/SD 6 mm 0,69 2,07 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 37,30 1,12 %CI 3,000 % Costes Indirectos 38,40 1,15 TOTAL PARTIDA ................................... 39,54 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TREINTA Y NUEVE EUROS con CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN 04.001 m2 BALDOSA 40x40cm TERRAZ.PULIDO

Suministro y colocación de baldosa de 40 x 40 cm de terrazo pulido con relieve, en aceras, sobre solera de hormigón HM-20/P/20/I, y 10 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza.

mO01OA090 0,050 h Cuadrilla A 43,76 2,19 mP01HM010 0,080 m3 Hormigón HM-20/P/20/I central 76,11 6,09 mP08XVT040 1,000 m2 Baldo.terraz.relie.pul.40x40x4 15,95 15,95 mA02A070 0,020 m3 MORTERO CEMENTO M-7,5 80,35 1,61 mA02A040 0,002 m3 MORTERO CEMENTO M-20 102,83 0,21 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 26,10 0,78 %CI 3,000 % Costes Indirectos 26,80 0,80 TOTAL PARTIDA ................................... 27,63 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con SESENTA Y TRES CÉNTIMOS 04.002 m2 PAV.ADOQ.HORM. RECTO GRIS 20x10x8

Pavimento de adoquín prefabricado de hormigón bicapa en color gris,sobre solera de hormigón HM-20/P/r20/I, y 10 cm. de espesor, con mallazo 15x15x5 mm., de forma rectangular de 20x10x8 cm., colocado sobre cama de arena de río, rasanteada, de 3/4 cm. de espesor, dejando entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena caliza de machaqueo, i/recebado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base firme existente, no incluido en el precio, compactada al 100% del ensayo proctor.

mO01OA090 0,150 h Cuadrilla A 43,76 6,56 mP01HM010 0,100 m3 Hormigón HM-20/P/20/I central 76,11 7,61 mP03AM020 0,050 m2 Malla 15x15x5 mm. 2,078 kg/m2 1,40 0,07 mM08RB010 0,050 h Bandeja vibrante de 300 kg. 4,76 0,24 mP08XVA020 1,000 m2 Adoquín horm.8cm gris 9,88 9,88 mP08XVA030 1,000 m2 Suplem.color tostados adoqu.horm 0,98 0,98 mP01AA060 0,060 m3 Arena de miga sin clasif. 5,25 0,32 mP01AA190 0,500 kg Arena caliza machaq. sacos 0,3 mm 0,33 0,17 mP01D130 0,005 m3 Agua 1,11 0,01 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 25,80 0,77 %CI 3,000 % Costes Indirectos 26,60 0,80 TOTAL PARTIDA ................................... 27,41 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTISIETE EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE 04.003 m BORDILLO HORM. MONO PREFABRICADO 9-10/20 cm.

Suministro y colocación manual mediante útil de seguridad de bordillo prefabricado de hormigón, en recta o curva, tipo VI de las normas municipales de 10 x 20 cm, para delimitación de alcorques sin rejilla, incluso mortero de asiento y rejuntado, sin incluir excavación ni hormigón de solera y refuerzo.

mO01OA030 0,150 h Oficial primera 18,65 2,80 mO01OA070 0,150 h Peón ordinario 16,24 2,44 mP08XBH010 1,000 m Bord.hor.monoc.jard.gris t.VI 9-10x20 1,90 1,90 mA02A051 0,008 m3 MORTERO CEM. M-15 D=450kg/m3 cem. 92,85 0,74 %0500 3,000 % Medios auxiliares...(s/total) 7,90 0,24 %CI 3,000 % Costes Indirectos 8,10 0,24 TOTAL PARTIDA ................................... 8,36 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD 05.001 ud SERIE 2 PROBETAS, HORMIGÓN

Ensayo para el control estadístico, s/EHE, en la recepción de hormigón fresco con la toma de muestras, fabricación y conservación en cámara húmeda, refrendado y rotura a compresión simple a 28 días de 2 probetas cilíndricas de 15x30 cm. y la consistencia, s/UNE 83300/1/3/4/13.

P32HF010 2,000 ud Consistencia cono Abrams 6,00 12,00 P32HF025 1,000 ud Resist. a compresión, serie de 2 probetas 49,00 49,00 %CI 3,000 % Costes Indirectos 61,00 1,83 TOTAL PARTIDA ................................... 62,83 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SESENTA Y DOS EUROS con OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS 06.001 ud Gestión de residuos Sin descomposición TOTAL PARTIDA ................................... 550,00 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA EUROS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 07.111 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. mP31IA010 1,000 ud Casco seguridad básico 5,37 5,37 %CI 3,000 % Costes Indirectos 5,40 0,16 TOTAL PARTIDA ................................... 5,53 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCO EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS 07.112 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. mP31IC020 1,000 ud Mono de trabajo poliéster-algodón 22,78 22,78 %CI 3,000 % Costes Indirectos 22,80 0,68 TOTAL PARTIDA ................................... 23,46 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTITRES EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS 07.113 ud CHALECO REFLECTANTE

Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela reflectante, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

mP31IC070 1,000 ud Peto reflectante amarillo/rojo 14,88 14,88 %CI 3,000 % Costes Indirectos 14,90 0,45 TOTAL PARTIDA ................................... 15,33 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINCE EUROS con TREINTA Y TRES CÉNTIMOS 07.114 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS

Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

mP31IA040 0,333 ud Semi-mascarilla 2 filtros 44,34 14,77 %CI 3,000 % Costes Indirectos 14,80 0,44 TOTAL PARTIDA ................................... 15,21 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINCE EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES 07.121 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB.

Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cámara de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homologadas.

mP31IA180 1,000 ud Gafas vinilo visor policarb. 13,16 13,16 %CI 3,000 % Costes Indirectos 13,20 0,40 TOTAL PARTIDA ................................... 13,56 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS 07.131 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO

Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado.

mP31IA260 1,000 ud Orejeras adaptables casco 16,05 16,05 %CI 3,000 % Costes Indirectos 16,10 0,48 TOTAL PARTIDA ................................... 16,53 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIECISEIS EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN 07.141 ud PAR GUANTES GOMA FINA

Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, albañilería, pocería, hormigonado, etc.

mP31IM040 1,000 ud Par guantes goma fina 1,99 1,99 %CI 3,000 % Costes Indirectos 2,00 0,06 TOTAL PARTIDA ................................... 2,05 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOS EUROS con CINCO CÉNTIMOS 07.142 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12

Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, homologados.

mP31IM060 1,000 ud Par guantes serraje manga 12 3,17 3,17 %CI 3,000 % Costes Indirectos 3,20 0,10 TOTAL PARTIDA ................................... 3,27 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRES EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS

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JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO CANTIDAD UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN 07.151 ud PAR DE BOTAS CAUCHO

Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de deslizamiento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas.

mP31IP060 1,000 ud Par de botas caucho 46,83 46,83 %CI 3,000 % Costes Indirectos 46,80 1,40 TOTAL PARTIDA ................................... 48,23 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y OCHO EUROS con VEINTITRES CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS 07.211 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA

Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares galvanizados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tirantes, garras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en función del número óptimo de utilizaciones.

mP31CB110 1,000 m2 Cerram. prov. malla galvanizada 8,25 8,25 %CI 3,000 % Costes Indirectos 8,30 0,25 TOTAL PARTIDA ................................... 8,50 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR APARTADO 07.31 VARIOS 07.311 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) mP31W010 1,000 ud Costo mensual Comité seguridad 137,51 137,51 %CI 3,000 % Costes Indirectos 137,50 4,13 TOTAL PARTIDA ................................... 141,64 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO CUARENTA Y UN EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

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ANEJO Nº2. PLAN DE OBRA.

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1. INTRODUCCIÓN. Para la elaboración del plan de obra objeto de este anexo, se parte del estudio de las unidades de obra con sus mediciones y rendimientos. De este modo, y teniendo en cuenta experiencias en obras similares, se realiza un diagrama de Gantt con carácter orientativo sobre el programa de ejecución de las obras definidas en el presente proyecto. En función de los recursos humanos y de maquinaria de la empresa constructora, se podrá modificar este plan para obtener un rendimiento óptimo. Lo que sí debe respetarse es el plazo total de ejecución, para lo cual el contratista precisará los rendimientos de sus equipos y adecuará los trabajos al plazo establecido. 2. DIAGRAMA DE GANTT. El diagrama de Gantt consiste en una representación gráfica sobre dos ejes; en el vertical se disponen las tareas del proyecto y en horizontal se representa el tiempo, y es la forma habitual de presentar el plan de obra. En el diagrama que se muestra a continuación, se representa además en el eje horizontal el presupuesto parcial y acumulado cada mes de ejecución de la obra. Este gráfico será de uso constante a lo largo de la ejecución del proyecto, y será una herramienta básica de seguimiento y control de la buena evolución de las obras. El plazo total para la ejecución de la obra deducido es de UN (1) MES.

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SEMANAS ACTIVIDAD

1 2 3 4

Presupuesto de Ejecución material

Presupuesto Base de

Licitación TRABAJOS PREVIOS

38,80 € 56,34 €

MOVIMIENTO DE TIERRAS

920,01 € 1.335,85 €

ESTRUCTURA Y

CIMENTACIÓN 13.045,05 € 18.941,41 €

URBANIZACIÓN

1.634,13 € 2.372,76 €

CONTROL DE CALIDAD

125,66 € 182,46 €

GESTIÓN DE RESIDUOS

550,00 € 798,60 €

SEGURIDAD Y SALUD

903,98 € 1.312,58 €

P.E.M. Parcial 1.322,30 € 6.886,01 € 7.011,68 € 1.997,64 € P.E.M. Acumulado 1.322,30 € 8.208,31 € 15.219,99 € 17.217,63 € P.E.C. Parcial 1.919,98 € 9.998,49 € 10.180,96 € 2.900,57 € P.E.C. Acumulado 1.919,98 € 11.918,47 € 22.099,43 € 25.000,00 €

17.217,63 € 25.000,00 €

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ANEJO Nº3. PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS.

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1. IDENTIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS A GENERAR, CODIFICADOS CON ARREGLO A LA LISTA EUROPEA DE RESIDUOS PUBLICADA POR ORDEN MAM/304/2002 DE O DE FEBRERO O SUS MODIFICACIONES POSTERIORES. En la orden 2690/2006 de la CAM se identifican dos categorías de Residuos de Construcción y Demolición (RCD). RCDs de Nivel I.- Residuos generados por el desarrollo de las obras de infraestructura de ámbito local o supramunicipal contenidas en los diferentes planes de actuación urbanística o planes de desarrollo de carácter regional, siendo el resultado de los excedentes de excavación de los movimientos de tierra generados en el transcurso de dichas obras. Se trata, por tanto, de las tierras y materiales pétreos, no contaminados, procedentes de obras de excavación. RCDs de Nivel II.- Residuos generados principalmente en las actividades propias del sector de la construcción, de la demolición, de la reparación domiciliaria y de la implantación de servicios. Son residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las que entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Se contemplan los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición, incluidos los de obras menores de construcción y reparación domiciliaria sometidas a licencia municipal o no. Los residuos generados serán tan solo los marcados a continuación de la Lista Europea establecida en la Orden MAM/304/2002. No se considerarán incluidos en el cómputo general los materiales que no superen 1m3 de aporte y no sean considerados peligrosos y requieran por tanto un tratamiento especial.

TIERRAS Y PÉTREOS DE EXCAVACIÓN 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 NATURALEZA NO PÉTREA 17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 02 01 17 04 05 Hierro y acero 17 02 03 Plástico NATURALEZA PÉTREA 01 04 09 Residuos de arena y arcilla 01 04 10 Residuos de polvo y arenilla distintos de los mencionados en el código 01

04 07 17 01 01 Hormigón

2. PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA O EN EMPLAZAMIENTOS EXTERNOS. Se prevé la reutilización en la misma obra donde sea posible las tierras procedentes de la excavación. No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado el resto de residuos.

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3. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REFERENTES A LOS RESIDUOS. - El depósito temporal de los escombros se realizará bien en sacos industriales iguales o inferiores a 1m3, contenedores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos. - El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…) que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado. - Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad, especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al menos 15 cm a lo largo de todo su perímetro. En los mismos deberá figurar la siguiente información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor/envase y el número de inscripción en el registro de transportistas de residuos, creado en el art. 43 de la Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la CAM. Esta información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos. - El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor dotará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los contadores permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra que prestan servicio. - En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y procedimientos para la separación de cada tipo de RCD. - Se atenderán criterios municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de licencia de obras…) especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados. La Dirección de Obras será la responsable de tomar la última decisión y de su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes. - Se deberá asegurar en la contratación de la ostión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar solo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente. Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos. - La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos que se hallen en una obra de derribo o de nueva planta se regirán conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales. - Para el caso de los residuos con amianto se seguirán los pasos marcados por la Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos para poder considerarlos como peligroso o no peligroso. En cualquier caso siempre se cumplirán los preceptos dictados por el RD 108/1991 de 1 de febrero sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, así como la legislación laboral al respecto. - Los restos de lavado de canaletas/ cubas de hormigón serán tratadas como escombros.

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- Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos. - Las tierras superficiales que puedan tener un uso posterior para jardinería o recuperación de los suelos degradados será retirada y almacenada durante el menor tiempo posible en caballones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación y la contaminación con otros materiales.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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ANEJO Nº4. FOTOGRAFÍAS.

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Parcela donde se ubicarán las 12 fosas.

Urbanización actual.

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DOCUMENTO Nº2. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PARTICULARES.

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ÍNDICE CAPITULO I. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO DE CONDICIONES. ....................................................................8

1.1. OBJETO DE ESTE PLIEGO.....................................................................................................................................8 1.2. DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS Y QUE SIRVEN DE BASE A LA CONTRATA, Y RELACIÓN ENTRE ESTOS MISMOS DOCUMENTOS. ....................................................................................................................8 1.3. REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN Y DE LA CONTRATISTA. .........................................................8 1.4. OBRAS ACCESORIAS. ...........................................................................................................................................9

CAPITULO II. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS...............................................................................................................10 2.1. DISPOSICIONES DE APLICACIÓN.......................................................................................................................10 2.2. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. ..........................................................................................................................12 2.3. CONTRADICCIONES Y OMISIONES EN LA DOCUMENTACIÓN. ......................................................................12

CAPITULO III. CONDICIONES A SATISFACER. .............................................................................................................14 3.1. CONDICIONES A SATISFACER POR LOS MATERIALES Y SU MANO DE OBRA. ..........................................14

3.1.1. Cemento...........................................................................................................................................................14 3.1.1.1. Definición....................................................................................................................................................14 3.1.1.2. Condiciones generales................................................................................................................................14 3.1.1.3. Transporte y almacenamiento. ....................................................................................................................14 3.1.1.4. Suministro e identificación...........................................................................................................................15

3.1.1.4.1. Suministro............................................................................................................................................15 3.1.1.4.2. Identificación........................................................................................................................................15

3.1.1.5. Control de calidad. ......................................................................................................................................15 3.1.1.5.1. Control de recepción. ...........................................................................................................................15 3.1.1.5.2. Control adicional. .................................................................................................................................16 3.1.1.5.3. Criterios de aceptación o rechazo.........................................................................................................16

3.1.1.6. Medición y abono........................................................................................................................................16 3.1.1.7. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. .......................................................................................16

3.1.2. Agua.................................................................................................................................................................17 3.1.2.1. Definición....................................................................................................................................................17 3.1.2.2. Equipos. .....................................................................................................................................................17 3.1.2.3. Criterios de aceptación y rechazo................................................................................................................17 3.1.2.4. Recepción. .................................................................................................................................................17 3.1.2.5. Medición y abono........................................................................................................................................17

3.1.3. Áridos para morteros y hormigones...............................................................................................................17 3.1.4. Aditivos a emplear en morteros y hormigones. .............................................................................................17

3.1.4.1. Definición....................................................................................................................................................17 3.1.4.2. Materiales...................................................................................................................................................18 3.1.4.3. Equipos. .....................................................................................................................................................18 3.1.4.4. Ejecución....................................................................................................................................................18 3.1.4.5. Condiciones del suministro..........................................................................................................................19

3.1.4.5.1. Certificación. ........................................................................................................................................19 3.1.4.5.2. Envasado y etiquetado.........................................................................................................................20

3.1.4.6. Especificaciones de la unidad terminada. ....................................................................................................20 3.1.4.7. Recepción. .................................................................................................................................................20 3.1.4.8. Medición y abono........................................................................................................................................22 3.1.4.9. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. .......................................................................................22

3.1.5. Armaduras a emplear en hormigón armado...................................................................................................22 3.1.5.1. Definición....................................................................................................................................................22

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3.1.5.2. Materiales...................................................................................................................................................22 3.1.5.3. Forma y dimensiones..................................................................................................................................22 3.1.5.4. Doblado......................................................................................................................................................22 3.1.5.5. Colocación..................................................................................................................................................23 3.1.5.6. Control de calidad. ......................................................................................................................................24 3.1.5.7. Medición y abono........................................................................................................................................24

3.1.6. OTROS MATERIALES......................................................................................................................................24 3.1.7. RECONOCIMIENTO Y PRUEBA DE LOS MATERIALES.................................................................................24 3.1.8. CASO DE MATERIALES DEFECTUOSOS.......................................................................................................24

CAPITULO IV. UNIDADES DE OBRA, MEDICIÓN Y ABONO.........................................................................................26 4.1. PRESCRIPCIONES GENERALES.........................................................................................................................26

4.1.1. Pliegos generales. ...........................................................................................................................................26 4.1.2. Procedencia de los materiales. .......................................................................................................................26 4.1.3. Ensayos. ..........................................................................................................................................................26

4.1.3.1. Ensayos. ....................................................................................................................................................26 4.1.3.2. Gastos de los ensayos................................................................................................................................26

4.1.4. Transporte y acopio.........................................................................................................................................27 4.1.5. Materiales que no sean de recibo. ..................................................................................................................27 4.1.6. Productos de excavación................................................................................................................................27 4.1.7. Materiales e instalaciones auxiliares. .............................................................................................................27 4.1.8. Responsabilidad del contratista. ....................................................................................................................27 4.1.9. Normas generales para el abono de las distintas unidades de obra.............................................................27 4.1.10. Normas generales para la medición de las distintas unidades de obra. .....................................................28

4.2. DEMOLICIONES. ...................................................................................................................................................29 4.2.1. Definición.........................................................................................................................................................29 4.2.2. Clasificación. ...................................................................................................................................................30 4.2.3. Estudio de la demolición.................................................................................................................................30 4.2.4. Ejecución de las obras. ...................................................................................................................................30

4.2.4.1. Derribo de construcciones...........................................................................................................................30 4.2.4.2. Retirada de los materiales de derribo. .........................................................................................................31

4.2.5. Medición y abono. ...........................................................................................................................................31 4.3. EXCAVACION EN ZANJA. ....................................................................................................................................32

4.3.1. Definición.........................................................................................................................................................32 4.3.2. Clasificación de las excavaciones. .................................................................................................................32 4.3.3. Ejecución. ........................................................................................................................................................32

4.3.3.1. Principios generales....................................................................................................................................32 4.3.3.2. Entibación...................................................................................................................................................33 4.3.3.3. Drenaje.......................................................................................................................................................33 4.3.3.4. Taludes. .....................................................................................................................................................33 4.3.3.5. Limpieza del fondo......................................................................................................................................33 4.3.3.6. Empleo de los productos de excavación......................................................................................................33 4.3.3.7. Caballeros. .................................................................................................................................................33

4.3.4. Excesos inevitables.........................................................................................................................................33 4.3.5. Tolerancias de las superficies acabadas........................................................................................................33 4.3.6. Medición y Abono............................................................................................................................................34

4.4. RELLENOS LOCALIZADOS..................................................................................................................................34 4.4.1. Definición.........................................................................................................................................................34 4.4.2. Zonas de rellenos. ...........................................................................................................................................35

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4.4.3. Materiales.........................................................................................................................................................35 4.4.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras...........................................................................................35 4.4.5. Ejecución. ........................................................................................................................................................35

4.4.5.1. Preparación de la superficie de asiento de los rellenos localizados. .............................................................35 4.4.5.2. Extensión y compactación...........................................................................................................................36

4.4.6. Limitaciones de la ejecución...........................................................................................................................37 4.4.7. Medición y Abono............................................................................................................................................37

4.5. HORMIGONES .......................................................................................................................................................37 4.5.1. Definición.........................................................................................................................................................37 4.5.2. Materiales.........................................................................................................................................................37

4.5.2.1. Cemento.....................................................................................................................................................38 4.5.2.2. Árido fino. ...................................................................................................................................................38 4.5.2.3. Árido grueso. ..............................................................................................................................................38 4.5.2.4. Almacenamiento de áridos..........................................................................................................................38 4.5.2.5. Productos de adición...................................................................................................................................38 4.5.2.6. Acelerantes y retardadores de fraguado. .....................................................................................................39 4.5.2.7. Cloruro cálcico. ...........................................................................................................................................39

4.5.3. Tipos de Hormigón. .........................................................................................................................................39 4.5.4. Dosificación del hormigón. .............................................................................................................................39 4.5.5. Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo. ..........................................................................40 4.5.6. Ejecución. ........................................................................................................................................................41

4.5.6.1. Fabricación y transporte del hormigón.........................................................................................................41 4.5.6.2. Entrega del hormigón..................................................................................................................................41 4.5.6.3. Vertido del hormigón. ..................................................................................................................................41 4.5.6.4. Compactación del hormigón........................................................................................................................42 4.5.6.5. Hormigonado en condiciones especiales.....................................................................................................43

4.5.6.5.1. Hormigonado en tiempo frío. ..............................................................................................................43 4.5.6.5.2. Hormigonado en tiempo caluroso. .....................................................................................................44 4.5.6.5.3. Hormigonado en tiempo lluvioso. .......................................................................................................44

4.5.6.6. Juntas.........................................................................................................................................................44 4.5.6.7. Curado del hormigón. .................................................................................................................................45

4.5.7. Control de calidad. ..........................................................................................................................................46 4.5.8. Especificaciones de la unidad terminada.......................................................................................................46

4.5.8.1. Tolerancias. ................................................................................................................................................46 4.5.8.2. Reparación de defectos. .............................................................................................................................47

4.5.9. Recepción. .......................................................................................................................................................47 4.5.10. Medición y abono. .........................................................................................................................................47 4.5.11. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad......................................................................................48

4.6. LECHADAS DE CEMENTO. ..................................................................................................................................48 4.6.1. Definición.........................................................................................................................................................48 4.6.2. Materiales.........................................................................................................................................................48 4.6.3. Composición y características........................................................................................................................48 4.6.4. Ejecución. ........................................................................................................................................................48 4.6.5. Medición y abono. ...........................................................................................................................................48

4.7. MORTEROS DE CEMENTO...................................................................................................................................48 4.7.1. Definición.........................................................................................................................................................48 4.7.2. Materiales.........................................................................................................................................................49

4.7.2.1. Cementos. ..................................................................................................................................................49

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4.7.2.2. Agua...........................................................................................................................................................49 4.7.2.3. Productos de adición...................................................................................................................................49 4.7.2.4. Árido fino. ...................................................................................................................................................49

4.7.3. Tipos y dosificaciones.....................................................................................................................................49 4.7.4. Fabricación. .....................................................................................................................................................49 4.7.5. Limitaciones de empleo. .................................................................................................................................49 4.7.6. Medición y abono. ...........................................................................................................................................50

4.8. MALLAS ELECTROSOLDADAS. ..........................................................................................................................50 4.8.1. Definición.........................................................................................................................................................50 4.8.2. Materiales.........................................................................................................................................................50 4.8.3. Suministro........................................................................................................................................................51 4.8.4. Almacenamiento..............................................................................................................................................51 4.8.5. Recepción. .......................................................................................................................................................51 4.8.6. Colocación.......................................................................................................................................................51 4.8.7. Control de calidad. ..........................................................................................................................................51 4.8.8. Medición y abono. ...........................................................................................................................................52 4.8.9. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad........................................................................................52

4.9. ZAHORRA ARTIFICIAL. ........................................................................................................................................52 4.9.1. Definición.........................................................................................................................................................52 4.9.2. Materiales.........................................................................................................................................................52

4.9.2.1. Condiciones Generales...............................................................................................................................52 4.9.2.2. Limpieza. ....................................................................................................................................................52 4.9.2.3. Plasticidad. .................................................................................................................................................53 4.9.2.4. Resistencia a la fragmentación....................................................................................................................53 4.9.2.5. Forma.........................................................................................................................................................53

4.9.3. Tipo y Composición del material. ...................................................................................................................53 4.9.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras...........................................................................................53

4.9.4.1. Central de fabricación de la zahorra artificial................................................................................................53 4.9.4.2. Elementos de transporte. ............................................................................................................................53

4.9.5. Ejecución. ........................................................................................................................................................54 4.9.5.1. Estudio del material y obtención de la fórmula de trabajo.............................................................................54 4.9.5.2. Preparación de la superficie de asiento. ......................................................................................................54 4.9.5.3. Preparación del material. ............................................................................................................................54 4.9.5.4. Extensión de la tongada..............................................................................................................................55

4.9.6. Tramo de prueba. ............................................................................................................................................55 4.9.7. Especificaciones de la unidad terminada.......................................................................................................55

4.9.7.1. Densidad. ...................................................................................................................................................55 4.9.7.2. Capacidad de soporte. ................................................................................................................................56 4.9.7.3. Rasante, espesor y anchura........................................................................................................................56 4.9.7.4. Regularidad superficial................................................................................................................................57

4.9.8. Limitaciones de la ejecución...........................................................................................................................57 4.9.9. Control de Calidad...........................................................................................................................................57

4.9.9.1. Control de procedencia. ..............................................................................................................................57 4.9.9.2. Control de ejecución. ..................................................................................................................................57 4.9.9.3. Control de recepción de la unidad terminada...............................................................................................58

4.9.10. Criterios de aceptación o rechazo del lote. ..................................................................................................59 4.9.11. Medición y abono. .........................................................................................................................................60

4.10. PAVIMENTOS DE BALDOSA HIDRAULICA. .....................................................................................................60

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4.10.1. Composición..................................................................................................................................................60 4.10.2. Materiales empleados....................................................................................................................................60

4.10.2.1. Cementos. ................................................................................................................................................60 4.10.2.2. Áridos. ......................................................................................................................................................60 4.10.2.3. Agua.........................................................................................................................................................60 4.10.2.4. Pigmentos. ...............................................................................................................................................61

4.10.3. Calidades. ......................................................................................................................................................61 4.10.4. Características geométricas..........................................................................................................................61

4.10.4.1. Forma y dimensiones................................................................................................................................61 4.10.4.2. Tolerancias. ..............................................................................................................................................61 4.10.4.3. Espesores. ...............................................................................................................................................61 4.10.4.4. Ángulos. ...................................................................................................................................................62 4.10.4.5. Rectitud de las aristas. ..............................................................................................................................62 4.10.4.6. Alabeo de la cara. .....................................................................................................................................62 4.10.4.7. Planicidad de la cara.................................................................................................................................62

4.10.5. Aspecto y estructura. ....................................................................................................................................62 4.10.5.1. Cara vista. ................................................................................................................................................62 4.10.5.2. Colorido. ...................................................................................................................................................63 4.10.5.3. Estructura. ................................................................................................................................................63

4.10.6. Características físicas. ..................................................................................................................................63 4.10.6.1. Absorción de agua. ...................................................................................................................................63 4.10.6.2. Heladicidad...............................................................................................................................................63 4.10.6.3. Resistencia al desgaste. ...........................................................................................................................63 4.10.6.4. Resistencia a la flexión..............................................................................................................................63

4.10.7. Ejecución. ......................................................................................................................................................63 4.10.8. Medición y abono. .........................................................................................................................................64

4.11. BORDILLOS PREFABRICADOS DE HORMIGON..............................................................................................64 4.11.1. Definición. ......................................................................................................................................................64 4.11.2. Materiales.......................................................................................................................................................64 4.11.3. Características...............................................................................................................................................64 4.11.4. Ejecución de las obras. .................................................................................................................................65 4.11.5. Medición y abono. .........................................................................................................................................65

4.12. UNIDADES NO INCLUIDAS EN EL PLIEGO. .....................................................................................................65 CAPITULO V. PRESCRIPCIONES GENERALES. ...........................................................................................................66

5.1. REPLANTEO. .........................................................................................................................................................66 5.2. MODIFICACIÓN DE SERVICIOS AFECTADOS POR LAS OBRAS. ....................................................................66 5.3. OCUPACIÓN DE TERRENOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.............................................................67 5.4. PROGRAMA DE TRABAJOS Y PLAZOS. ............................................................................................................67

5.4.1. Programa de trabajos. .....................................................................................................................................67 5.4.2. Modificación del programa..............................................................................................................................68

5.5. SEGURIDAD DE LOS SISTEMA DE EJECUCIÓN................................................................................................68 5.6. RECONOCIMIENTO PREVIO. ...............................................................................................................................68 5.7. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.............................................................................................................68 5.8. EQUIPO NECESARIO............................................................................................................................................69 5.9. UNIDADES DE OBRA NO INCLUIDAS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES.......................................................69 5.10. PERSONAL FACULTATIVO DEL CONTRATISTA. ............................................................................................69 5.11. ORDENES AL CONTRATISTA. ...........................................................................................................................70 5.12. GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA. .........................................................................................................70

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5.13. PERMISOS Y LICENCIAS....................................................................................................................................71 5.14. MAQUINARIA Y PERSONAL DE LA OBRA. ......................................................................................................71 5.15. DISPOSICIONES LEGALES. ...............................................................................................................................72 5.16. PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS. .......................................................................................................72 5.17. CONTRAINDICACIONES EN LA DOCUMENTACIÓN........................................................................................72 5.18. CONFRONTACIÓN DE PLANOS Y MEDIDAS....................................................................................................72 5.19. MODIFICACIONES DE PROYECTO....................................................................................................................72 5.20. PLANOS DE DETALLE........................................................................................................................................72 5.21. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN..............................................................................................................73 5.22. RESPONSABILIDADES POR DAÑOS Y PERJUICIOS. .....................................................................................73 5.23. SOBRE LA CORRESPONDENCIA OFICIAL.......................................................................................................73 5.24. ENSAYOS Y RECOMENDACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.........................................73 5.25. CONSTRUCCIONES AUXILIARES Y PROVISIONALES, PRODUCTOS DE PRÉSTAMO, ALQUILER DE CANTERAS, ESCOMBRERAS. ....................................................................................................................................74 5.26. PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.................................................74 5.27. MANTENIEMIENTO DE SERVICIO, TRÁFICO Y PASO. ....................................................................................75 5.28. SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS. ......................................................................................................................75 5.29. SUBCONTRATOS................................................................................................................................................75 5.30. MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS. .............................................................................................................75

5.30.1. Generalidades................................................................................................................................................75 5.30.2. Modo de abonar las obras concluidas y las incompletas. ...........................................................................76 5.30.3. Condiciones para fijar precios contradictorios en obras no previstas. ......................................................76 5.30.4. Abono de las partidas alzadas a justificar. ...................................................................................................76 5.30.5. Abono de los acopios....................................................................................................................................76 5.30.6. Retenciones en el abono de las obras e instalaciones sujetas a prueba....................................................77 5.30.7. Abono de obras y/o equipos defectuosos....................................................................................................77

5.31. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN. ....................................................................................77 5.32. SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS...........................................................................................................................77 5.33. RECEPCIONES, PLAZO DE GARANTÍA Y LIQUIDACIÓN. ...............................................................................78

5.33.1. Recepción. .....................................................................................................................................................78 5.33.2. Plazo de garantía. ..........................................................................................................................................78

5.34. DISPOSICIÓN FINAL. ..........................................................................................................................................78

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CAPITULO I. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

1.1. OBJETO DE ESTE PLIEGO. El presente Pliego tiene por objeto el regular, definir y controlar todos los trabajos necesarios para la ejecución de las obras comprendidas en el PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA las relaciones contractuales entre el Contratista y la Administración y fijar la Normativa Legal a la que tanto aquellos trabajos como estas Entidades están sujetos. Con carácter general regirá la distinta Normativa vigente aplicable, y en particular la que se cita en los distintos artículos de este Pliego.

1.2. DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS Y QUE SIRVEN DE BASE A LA CONTRATA, Y RELACIÓN ENTRE ESTOS MISMOS DOCUMENTOS. La definición de las obras, en cuanto a su naturaleza y características físicas, queda establecida en el presente Pliego. Los planos constituyen los documentos gráficos que definen geométricamente las obras. Lo mencionado en este Pliego y omitido en los planos, o viceversa, habrá de ser considerado como si estuviese expuesto en ambos documentos, siempre que la unidad de obra esté perfectamente definida en uno o otro documento, y que ésta tenga precio en el presupuesto. En todo caso, las contradicciones, omisiones o errores que, por el Ingeniero o el Contratista, se advierta en estos documentos, deberán reflejarse preceptivamente en el Acta de Comprobación de Replanteo. Según el vigente Pliego de Condiciones Generales para la contratación de Obras Públicas, en sus artículos 5 y 7, los documentos que sirven de base a la contrata son los siguientes: 1º. El presente Pliego de Condiciones. 2º. Los cuadros de precios. 3º. Los planos, teniendo en cuenta que los de detalle son preceptivos frente a los de conjunto, en lo que a cotas y disposiciones se refiere. 4º. Los Presupuestos Parciales y el General de Contrata. 5º. Los Planos de ejecución y de detalle y las órdenes escritas que, con arreglo a este Pliego, dicte el Ingeniero. En caso de incompatibilidad, hay que tener en cuenta que cada documento excluye a los siguientes y es excluido por los anteriores. De estos documentos, la Contrata puede pedir copia, pagando los gastos materiales de su confección.

1.3. REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN Y DE LA CONTRATISTA. La Entidad contratante designará al Ingeniero Director de las Obras que, por sí o por aquellas personas que él designe para su representación, será responsable de la inspección y vigilancia de la ejecución del contrato, asumiendo la representación de la Administración frente al Contratista. Una vez adjudicadas definitivamente las obras, el Contratista designará al técnico competente que asuma la dirección de los trabajos que se ejecuten y que actúe como representante suyo ante la Administración, a todos los efectos que se requieren durante la ejecución de las obras. Dicho representante deberá residir en un punto próximo a los trabajos, y no podrá ausentarse de él sin ponerlo en conocimiento del Ingeniero Director de las Obras.

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1.4. OBRAS ACCESORIAS. A los efectos de este Pliego, se entiende por obras accesorias: la apertura de cauces artificiales para desagüe, las rectificaciones o desvíos de obras, cauces o conducciones existentes, la consolidación de obras ya construidas que pudieran ser afectadas, y en general cuantas obras de importancia secundaria no se hayan previsto (sin que exista proyecto o condiciones para el Contratista). En ningún caso podrá entenderse que estas obras representan modificación del Contrato. Las obras accesorias se construirán con arreglo a los proyectos particulares que redacte el Ingeniero durante la ejecución de las obras, según se vaya conociendo su necesidad, quedando sujetas a las condiciones del presente Pliego que le sean aplicables y a las que rijan para las demás obras semejantes que tengan proyecto definitivo.

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CAPITULO II. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS.

2.1. DISPOSICIONES DE APLICACIÓN. Las prescripciones de las siguientes Instrucciones y Normas serán de aplicación con carácter general, además de las indicadas en el presente pliego: - “Ley 4/2009, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia. - Ley 16/85 de Protección del Patrimonio Histórico Artístico Nacional.

- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - “Real Decreto 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas”

- Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado" (Decreto 3854/1970, del 31 de Diciembre). En adelante P.C.A.G.

- Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua", aprobado por O.M. de 28 de Julio de 1.974.

- Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Cementos", en adelante R.C 03.

- Normas UNE vigentes, del Instituto Nacional de Racionalización y Normalización, que afectan a los materiales y obras del presente proyecto".

- UNE 80 301.- Cementos. Definiciones, clasificación y especificaciones.

- UNE 80 303.- Cementos. Cementos con características especiales.

- O.M. de 14 de marzo de 1960 y O.C. nº 67 de la Dirección General de Carreteras sobre señalización de las obras".

- Ley del estatuto de los trabajadores", de 10 de Marzo de 1.980, (B.O.E. de 14 de Mayo de 1.980), en adelante Estatuto de los trabajadores.

- Reglamentos y Órdenes en vigor sobre seguridad e higiene del trabajo en la Construcción y Obras Públicas.

- Orden de 31 de Agosto de 1.987, sobre señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera del poblado.

- Extracto de la Ley 8/1.988 de 7 de Abril sobre infracciones y sanciones de Orden Social.

- Normativas medioambientales vigentes.

- Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. - R.D 486/1997, de 14 de Abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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- R.D 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. El tiempo transcurrido y los consiguientes avances tecnológicos han propiciado la revisión de un cierto número de artículos del Pliego, que ha de culminar en la aprobación de una nueva edición del mismo, cuya redacción ha sido autorizada por la Orden Ministerial de 21 de Enero de 1988 (BOE del 3 de Febrero). Desde 1986 se han venido poniendo a prueba en la práctica estas prescripciones puestas al día, a nivel de proyectos concretos, mediante la obligatoriedad de su inclusión en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de éstos, combinando adecuadamente los borradores del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales con unas instrucciones para la redacción del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Las modificaciones vigentes son las siguientes: 1º. La Orden Circular 292/86T, de Mayo de 1986, fija unos requisitos adicionales para los artículos siguientes: - 700 "Marcas Viales". 2º. Incluidos como anexos a la Instrucción sobre secciones de firmes en autovías, aprobada por Orden Ministerial de 31 de Julio de 1986 (BOE del 5 de Septiembre), se han revisado los artículos siguientes: - 510 "Zahorras” - 510 "Hormigón” - 551 "Hormigón magro". La derogación de la citada Instrucción por la Orden Ministerial de 23 de Mayo de 1989 (BOE del 30 de Junio), por la que se aprueba la Instrucción 6.1-IC y 6.2-IC sobre firmes, se debe entender como aplicable a la Instrucción en sí, pero no a los artículos del Pliego contenidos en sus anexos, que pueden seguir siendo incluidos en los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares de proyectos concretos. 3º. Por Orden Ministerial de 21 de Enero de 1988 (BOE del 3 de Febrero), posteriormente modificada por Orden Ministerial de 8 de Mayo de 1989 (BOE del 18), se han revisado los siguientes, relativos a ligantes hidrocarbonados: - 211 "Betunes asfálticos". - 213 "Emulsiones bituminosas". 4º. Por Orden Ministerial de 21 de Enero de 1988 (BOE del 3 de Febrero), posteriormente afectada por la Orden Ministerial de 28 de Septiembre de 1989 (BOE del 9 de Octubre), se han revisado los siguientes artículos, relativos a elementos metálicos para hormigón armado o pretensado: - 240 "Barras corrugadas para hormigón estructural". - 241 "Mallas electrosoldadas". 5º. Por Orden Ministerial de 28 de Septiembre de 1989 (BOE del 9 de Octubre), se ha revisado el artículo 104 "Desarrollo y Control de las Obras". 6º. La Orden Circular 294/87T, de 23 de Diciembre de 1987, sobre riegos con ligantes hidrocarbonados ha revisado los siguientes artículos:

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- 530 "Riegos de imprimación". - 532 "Riegos de curado" (antes "Tratamientos superficiales"). 7º. La Orden Circular 299/89T, de 23 de Febrero de 1989, ha revisado el artículo 542 "Mezclas bituminosas en caliente". Las Normas de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (P.P.T.P.) prevalecerán en su caso sobre las del General. El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se ha articulado de la misma manera que el Pliego General. Si no se hace referencia a un artículo se entenderá que se mantienen las prescripciones del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales. Cuando se diga "PG-3/75" se entenderá que se refiere al P.P.T.G. mencionado y a las modificaciones posteriores. - Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión. D. nº 3151/68 de 28 de Noviembre. - Normas para instalación de subestaciones y centros de transformación O.M. de 11 de Marzo de 1971. - Reglamento electrotécnico de baja tensión e instrucciones complementarias. D. nº 2413/73 de 20 de Septiembre. O.M.

del 31 de Octubre de 1973 y O.M. del 6 de Abril de 1974. - Normas INTA (Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas") de la Comisión 16 sobre pinturas,

barnices, etc.). - Recomendaciones y Normas de la Organización Internacional de Normalización (I.S.O.). - Recomendaciones y Normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (C.E.I.). - Normas Tecnológicas de la Edificación (N.T.E.), aprobadas por Decreto número 3.565/1972 de 23 de Diciembre. - Normas de Iberdrola, S.A. para líneas de alta tensión a 13,2 KV. - Normas de Iberdrola, S.A. para líneas eléctricas de doble circuito a 30 KV de tensión, con apoyos metálicos. - Normas e instrucciones para el alumbrado urbano. Gerencia de Urbanismo del Ministerio de la Vivienda de 1.965. - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones (BOE nº 228/86 del 23 de

Septiembre de 1.986). - Normas para la instalación de la red de canalización telefónica de la Compañía Telefónica de España. - En general, cuantas prescripciones figuran en los Reglamentos, Normas e Instrucciones Oficiales, que guarden

relación con obras del presente Proyecto, o con sus instalaciones complementarias o con los trabajos necesarios para realizarlas.

Si alguna de las Prescripciones o Normas a las que se refieren los párrafos anteriores coincidieran de modo distinto en algún concepto, se entenderá válida la más restrictiva. Las modificaciones de las Prescripciones o Normas citadas en párrafos anteriores que se han introducido en este Proyecto, serán siempre de aplicación preferente a éstas, en cuanto lo permita la legislación establecida. También se tendrán en cuanta las disposiciones oficiales sobre régimen laboral y seguridad y salud en el trabajo.

2.2. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. Las obras objeto de proyecto vienen descritas en el apartado nº1 del documento MEMORIA.

2.3. CONTRADICCIONES Y OMISIONES EN LA DOCUMENTACIÓN. Lo mencionado en el Pliego de Condiciones y lo omitido en los planos o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviera expuesto en ambos documentos. En caso de contradicción entre los Planos y el Pliego de Condiciones, prevalecerá lo prescrito en este último.

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Las omisiones en Planos y Pliego de Condiciones o las descripciones erróneas de los detalles de la obra, que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo en espíritu o intención lo expuesto en los Planos y Pliego de Condiciones o que por uso y costumbre deban ser realizados, no sólo no eximen al Contratista de la obligación de ejecutar estos detalles de obra omitidos o erróneamente descritos, sino que, por el contrario, deberán ser ejecutados como si hubieran sido completa y correctamente especificados en los Planos y Pliego de Condiciones.

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CAPITULO III. CONDICIONES A SATISFACER. 3.1. CONDICIONES A SATISFACER POR LOS MATERIALES Y SU MANO DE OBRA.

3.1.1. Cemento.

3.1.1.1. Definición. Se definen como cementos los conglomerantes hidráulicos que, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua.

3.1.1.2. Condiciones generales. Las definiciones, denominaciones y especificaciones de los cementos de uso en obras de carreteras y de sus componentes serán las que figuren en las siguientes normas:

• UNE 80 301 Cementos. Cementos comunes. Composición, especificaciones y criterios de conformidad. • UNE 80 303 Cementos resistentes a sulfatos y/o agua de mar. • UNE 80 305 Cementos blancos. • UNE 80 306 Cementos de bajo calor de hidratación. • UNE 80 307 Cementos para usos especiales. • UNE 80 310 Cementos de aluminato de calcio.

Asimismo, será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares indicará el tipo, clase resistente y, en su caso, las características especiales de los cementos a emplear en cada unidad de obra. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en su artículo 9.

3.1.1.3. Transporte y almacenamiento. El cemento será transportado en cisternas presurizadas y dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los silos de almacenamiento. El cemento se almacenará en uno o varios silos, adecuadamente aislados contra la humedad y provistos de sistemas de filtros. El cemento no llegará a obra excesivamente caliente. Si su manipulación se realizara por medios neumáticos o mecánicos, su temperatura no excederá de setenta grados Celsius (70ºC), y si se realizara a mano, no excederá del mayor de los dos límites siguientes:

• Cuarenta grados Celsius (40ºC) • Temperatura ambiente más cinco grados Celsius (5ºC).

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Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno de falso fraguado, deberá comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE 80 114. Excepcionalmente, en obras de pequeño volumen y a juicio del Director de las Obras, para el suministro, transporte y almacenamiento de cemento se podrán emplear sacos de acuerdo con lo indicado al respecto en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá las medidas a tomar para el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad laboral, almacenamiento y de transporte. El Director de las Obras podrá comprobar, con la frecuencia que crea necesaria, las condiciones de almacenamiento, así como los sistemas de transporte y trasiego en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la utilización del contenido del saco, silo o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estime convenientes de las exigidas en este articulo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya.

3.1.1.4. Suministro e identificación.

3.1.1.4.1. Suministro. Para el suministro del cemento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya.

3.1.1.4.2. Identificación. Cada remesa de cemento que llegue a obra irá acompañada de un albarán con documentación anexa conteniendo los datos que se indican en el apartado 9.b) de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya. Adicionalmente, contendrá también la siguiente información:

• Resultados de análisis y ensayos correspondientes a la producción a la que pertenezca, según la UNE 80 403. • Fecha de expedición del cemento desde la fábrica. En el caso de proceder el cemento de un centro de distribución se deberá añadir también la fecha de expedición desde dicho centro de distribución.

3.1.1.5. Control de calidad. Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, según lo indicado en el apartado 202.7 del presente artículo, los criterios descritos a continuación para realizar el control de recepción no serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director de las Obras. Se comprobará la temperatura del cemento a su llegada a obra.

3.1.1.5.1. Control de recepción. Se considerará como lote, que se aceptará o rechazará, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 202.5.3 del presente artículo, en bloque, a la cantidad de cemento del mismo tipo y procedencia recibida semanalmente, en suministros continuos o cuasi continuos, o cada uno de los suministros, en suministros discontinuos. En cualquier caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras podrán fijar otro tamaño de lote. De cada lote se tomarán dos (2) muestras, siguiendo el procedimiento indicado en la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya; una para realizar los ensayos de recepción y otra para

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ensayos de contraste que se conservará al menos durante cien (100) días, en un lugar cerrado, donde las muestras queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la contaminación producida por otros materiales. Cuando el suministrador de cemento lo solicite, se tomará una tercera muestra para éste. La recepción del cemento se realizará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 10 de la vigente "Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)" o normativa que la sustituya.

3.1.1.5.2. Control adicional. Una (1) vez cada tres (3) meses y como mínimo tres (3) veces durante la ejecución de la obra, por cada tipo, clase resistente de cemento, y cuando lo especifique el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el Director de las Obras, se realizarán obligatoriamente los mismos ensayos indicados anteriormente como de recepción. Si el cemento hubiera estado almacenado, en condiciones atmosféricas normales durante un plazo superior a un (1) mes, dentro de los diez (10) días anteriores a su empleo se realizarán, como mínimo, los ensayos de fraguado y resistencia a compresión a tres (3) y siete (7) días sobre una muestra representativa de cada lote de cemento almacenado, sin excluir los terrones que hubieran podido formarse El Director de las Obras definirá los lotes de control del cemento almacenado. En todo caso, salvo si el nuevo período de fraguado resultase incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad de cada lote de cemento para su utilización en obra vendrá dada por los resultados de los ensayos exigidos a la unidad de obra de la que forme parte. En ambientes muy húmedos, o en condiciones atmosféricas desfavorable o de obra anormales, el Director de las Obras podrá variar el plazo de un (1) mes anteriormente indicado para la comprobación de las condiciones de almacenamiento del cemento.

3.1.1.5.3. Criterios de aceptación o rechazo. El Director de las Obras indicará las medidas a adoptar en el caso de que el cemento no cumpla alguna de las especificaciones establecidas en el presente artículo.

3.1.1.6. Medición y abono. La medición y abono del cemento se realizará de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la unidad de obra de ¡a que forme parte. En acopios, el cemento se abonará por toneladas (t) realmente acopiadas.

3.1.1.7. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente articulo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas. Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este articulo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. El certificado acreditativo de las especificaciones obligatorias de este articulo podrá ser otorgado por las Administraciones públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de

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certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

3.1.2. Agua.

3.1.2.1. Definición. Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se señalan en el apartado 280.3 del presente artículo. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto.

3.1.2.2. Equipos. Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá conseguirse una mezcla adecuada de todos los componentes con el agua.

3.1.2.3. Criterios de aceptación y rechazo. En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables. En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán !as aguas que no cumplan alguno de los requisitos indicados en el artículo 27 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados.

3.1.2.4. Recepción. El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con el artículo 81.2 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El Director de las Obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los criterios de aceptación y, si procede, la justificación especial de inalterabilidad mencionada en el apartado 3.1.2.3.

3.1.2.5. Medición y abono. La medición y abono del agua se realizará de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la unidad de obra de que forme parte.

3.1.3. Áridos para morteros y hormigones. Los áridos que se empleen en morteros y hormigones cumplirán lo prescrito en la EHE y EN EL 610 del PG-3.

3.1.4. Aditivos a emplear en morteros y hormigones.

3.1.4.1. Definición. Se denominan aditivos a emplear en morteros y hormigones aquellos productos que, incorporados al mortero u hormigón en pequeña proporción [salvo casos especiales, una cantidad igual o menor del cinco por ciento (5 por 100) del peso de cemento], antes del amasado, durante el mismo y/o posteriormente en el transcurso de un amasado

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suplementario, producen las modificaciones deseadas de sus propiedades habituales, de sus características, o de su comportamiento, en estado fresco y/o endurecido. En los documentos del Proyecto figurará la designación del aditivo de acuerdo con lo indicado en la norma UNE EN 934(2).

3.1.4.2. Materiales. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares fijará los tipos y las características de aquellos aditivos precisos para modificar las propiedades del mortero u hormigón requeridas en el Proyecto, indicando las dosificaciones y forma de obtenerlas. En el caso de utilizarse más de un aditivo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares deberá quedar claramente definida la asignación y el empleo de cada uno de ellos en sus correspondientes unidades de obra. No se podrá utilizar ningún tipo de aditivo modificador de las propiedades de morteros y hormigones, sin la aprobación previa y expresa del Director de las Obras.

3.1.4.3. Equipos. La maquinaria y equipos utilizados en la dosificación, mezcla y homogeneización de los aditivos en morteros y hormigones, serán los adecuados para que dicha operación, se lleve a cabo correctamente.

3.1.4.4. Ejecución. Serán de aplicación las prescripciones del artículo 29.1 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El aditivo dispondrá de una consistencia tal que su mezcla sea uniforme y homogénea en la masa del mortero y hormigón. La dosificación del aditivo pulverulento se realizará medido en peso, y la del aditivo en pasta o líquido se podrá hacer en peso o en volumen. En el primer caso, se deberá expresar en tanto por ciento (%) o en tanto por mil con relación al peso de cemento, y en el segundo caso, en centímetros cúbicos de aditivo por kilogramo de cemento (cm3/Kg). En este último caso, se deberá indicar también la equivalencia de dosificación del aditivo expresada en porcentaje con relación al peso de cemento. En cualquier caso, la tolerancia será del cinco por ciento (5 por 100) en mas o en menos del peso o volumen requeridos. En el caso de aditivos que modifican el contenido de aire o de otros gases, se cumplirán las condiciones de ejecución siguientes:

• En ningún caso, la proporción de aireante excederá del cuatro por ciento (4 por 100) en peso del cemento utilizado en el hormigón. • No se emplearán agentes aireantes con hormigones muy fluidos. • La proporción de aire se controlará de manera regular en obra, según la norma UNE 83 315. • No podrán utilizarse aditivos que tengan carácter de aireantes en elementos pretensados mediante armaduras ancladas por adherencia.

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En el caso de los aditivos reductores de agua/plastificantes o reductores de agua de alta actividad/superfluidificantes, para determinar el tiempo de fraguado, se realizará un ensayo según la norma UNE EN 480(2). Los reductores de agua/plastificantes o reductores de agua de alta actividad/superfluidificantes, serán solubles en agua; excepcionalmente, determinados productos pueden formar una dispersión estable. Estos aditivos se deberán incorporar al mortero y hormigón, mezclados con toda o parte del agua necesaria para el amasado. En elementos de hormigón armado o pretensado no podrán usarse como aditivos el cloruro cálcico, ni en general, productos en cuya composición intervengan cloruros, sulfuros, sulfitos u otros componentes químicos que puedan ocasionar o favorecer la corrosión de las armaduras. En el caso en que se utilice cloruro cálcico como aditivo acelerador de fraguado o endurecimiento de hormigones en masa, su proporción no deberá ser superior al dos por ciento (2 por 100) del peso de cemento. Podrá suministrarse en forma de escamas o granulado. Deberá cumplir las siguientes especificaciones:

• La composición química, expresada en tanto por ciento (%) en peso, del producto en forma granulada será:

o Cloruro cálcico: ≥ 94,0 o Total de cloruros alcalinos: ≤ 5,0 o Impurezas, incluyendo cloruro magnésico y agua: ≤ 1,0

• La composición química, expresada en tanto por ciento (%) en peso, del producto en forma de escamas será:

o Cloruro cálcico: ≥ 77,0 o Total de cloruros alcalinos: ≤ 2,0 o Impurezas: ≤ 0,5 o Magnesio, expresado en cloruro magnésico: ≤ 2,0 o Agua: ≤ 10,5.

Además, la curva granulométrica del cloruro cálcico estará comprendida dentro de los husos indicados en la tabla 281.1 de este artículo.

3.1.4.5. Condiciones del suministro.

3.1.4.5.1. Certificación. Las partidas de aditivo para morteros y hormigones deberán poseer un certificado de conformidad o distintivo reconocido de acuerdo con lo establecido en el apartado 1.1 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

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En tanto no existan productos certificados, las partidas de aditivos irán acompañadas de su correspondiente documentación, las instrucciones de uso y un certificado, realizado por un laboratorio acreditado, donde figuren, expresamente, los siguientes datos:

• Residuo seco a ciento cinco más menos tres grados Celsius (105ºC±3ºC), de aditivos líquidos, según la norma UNE EN 480(8). • Pérdida de masa a ciento cinco más menos tres grados Celsius (105ºC±3ºC), de los aditivos, según la norma UNE 83 206. • Pérdida por calcinación a mil cincuenta más menos veinticinco grados Celsius (1050ºC±25ºC), según la norma UNE 83 207. • Residuo insoluble en agua destilada, según la norma UNE 83 208. • Contenido de agua no combinada, según la norma UNE 83 209. • Contenido de halogenuros totales, según la norma UNE 83 210. • Contenido de compuestos de azufre, según la norma UNE 83 211. • Contenido de reductores (poder reductor), según la norma UNE 83 212. • Peso específico de los aditivos líquidos, según la norma UNE 83 225. • Densidad aparente de los aditivos sólidos, según la norma UNE 83 226. • Valor del pH, según la norma UNE 83 227. • Espectro infrarrojo, según la norma UNE EN 480(6).

Además, los aditivos irán acompañados por el certificado de garantía del fabricante, firmado por una persona física de acuerdo con los apartados 29.1 y 81.4 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

3.1.4.5.2. Envasado y etiquetado. El producto será expedido en envases adecuados para que no sufra ningún tipo de alteración. Los envases llevarán una etiqueta conforme con las indicaciones recogidas en la norma UNE 83 275. En el caso de que el suministro se realice a granel, el albarán deberá contener la información especificada para las etiquetas en el apartado anterior.

3.1.4.6. Especificaciones de la unidad terminada. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá las especificaciones inherentes a cada unidad terminada, haciendo referencia a las características que serán exigibles, para su cumplimiento, en los aditivos empleados. Se cumplirán los requisitos contenidos en la UNE EN 934(2). En particular, para los aditivos inclusores de aire, se cumplirá:

• El porcentaje de exudación de agua del hormigón aireado no excederá del sesenta y cinco por ciento (65 por 100) de la exudación que produce el mismo hormigón sin airear. • El hormigón aireado presentará una resistencia característica superior al ochenta por ciento (80 por 100) de la que presentaría el mismo hormigón sin airear.

3.1.4.7. Recepción. El Director de las Obras solicitará el expediente, cuya presentación se exigirá en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, donde figuren las características y valores obtenidos en los aditivos a utilizar, de acuerdo con lo indicado en el apartado 3.1.4.5 del presente artículo, o bien, el documento acreditativo de su certificación.

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Para efectuar el control de recepción de los aditivos, se llevarán a cabo las comprobaciones siguientes, con referencia en los valores antes citados (magnitudes con subíndice fabricante): Características organolépticas. Se comprobarán las características del aditivo dadas por el fabricante (por ejemplo: color, aspecto, etc.). Residuo seco (RS). El valor, expresado en tanto por ciento (%) en peso, deberá cumplir:

• RSfabricante -2 ≤ RS ≤ RS fabricante + 2 Residuo insoluble en agua destilada (RI). El valor, expresado en tanto por ciento (%) en peso, deberá cumplir:

• RIfabricante -3 ≤ RI ≤ RI fabricante + 3 Peso específico de los aditivos líquidos (PE). El valor, expresado en gramos por centímetro cúbico (g/cm3), deberá cumplir:

• 0,98·PEfabricante ≤ PE ≤ 1,02·PE fabricante Densidad aparente de los aditivos sólidos (DA). El valor, expresado en gramos por centímetro cúbico (g/cm3), deberá cumplir:

• 0,98· DAfabricante ≤ DA ≤ 1,02·DA fabricante Valor del pH. Deberá cumplir:

• pHfabricante -1 ≤ pH ≤ pH fabricante + 1 Contenido de halogenuros [X(I)]. El valor, expresado en gramos por litro (g/l) o en porcentaje (%) en peso, según se trate de aditivos líquidos o de aditivos sólidos; deberá cumplir:

• 0,95·X(I)fabricante ≤ X(I) ≤ 1,05·X(I)fabricante Se podrán considerar aditivos exentos de halogenuros, aquéllos cuyo contenido en la masa del mortero u hormigón no sea superior a un gramo por litro (1 g/l) en el caso de aditivos líquidos, y al tres por mil en peso (3 por 1000), en el caso de aditivos sólidos. Espectro infrarrojo. Deberá responder cualitativamente al proporcionado por el fabricante. En el caso de un aditivo reductor de agua/plastificante o reductor de agua de alta actividad/superfluidificante, se controlarán las características siguientes:

• Características organolépticas. • Peso específico de los aditivos líquidos. • Densidad aparente de los aditivos sólidos. • Valor del pH.

Para realizar el control de dosificaciones y comportamiento de los aditivos, se tendrán en cuenta las prescripciones del apartado 81.4 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Además el Director de las Obras podrá exigir la realización de aquellos ensayos de verificación que estime convenientes.

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3.1.4.8. Medición y abono. La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte. La asignación a cada una de las unidades de obra deberá estar especificada en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

3.1.4.9. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. A efectos del reconocimiento de marcas, sellos o distintivos de calidad, se estará a lo dispuesto en la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

3.1.5. Armaduras a emplear en hormigón armado.

3.1.5.1. Definición. Se definen como armaduras a emplear en hormigón armado al conjunto de barras de acero que se colocan en el interior de la masa de hormigón para ayudar a éste a resistir los esfuerzos a que está sometido.

3.1.5.2. Materiales. Ver Artículo 240, "Barras lisas para hormigón armado". Ver Artículo 241, "Barras corrugadas para hormigón armado". Ver Artículo 242, "Mallas electrosoldadas".

3.1.5.3. Forma y dimensiones. La forma y dimensiones de las armaduras serán las señaladas en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. No se aceptarán las barras que presenten grietas, sopladuras o mermas de sección superiores al cinco por Ciento (5 %).

3.1.5.4. Doblado. Salvo indicación en contrario, los radios interiores de doblado de las armaduras no serán inferiores, excepto en ganchos y patillas, a los valores que se indican en la Tabla 600.1, siendo fck la resistencia característica del hormigón y fy el límite elástico del acero, en kilopondios por centímetro cuadrado (kp/cm2).

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Los cercos o estribos podrán doblarse con radios menores a los indicados en la Tabla 600.1 con tal de que ello no origine en dichas zonas de las barras un principio de fisuración. El doblado se realizará, en general, en frío y a velocidad moderada, no admitiéndose ninguna excepción en el caso de aceros endurecidos por deformación en frío o sometidos a tratamientos térmicos especiales. Como norma general, deberá evitarse el doblado de barras a temperaturas inferiores a cinco grados centígrados (5º C). En el caso del acero tipo AE22L, se admitirá el doblado en caliente, cuidando de no alcanzar la temperatura correspondiente al rojo cereza oscuro, aproximadamente ochocientos grados centígrados (800º C), y dejando luego enfriar lentamente las barras calentadas.

3.1.5.5. Colocación. Las armaduras se colocarán limpias, exentas de toda suciedad y óxido no adherente. Se dispondrán de acuerdo con las indicaciones de los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y se fijarán entre sí mediante las oportunas sujeciones, manteniéndose mediante piezas adecuadas la distancia al encofrado, de modo que quede impedido todo movimiento de las armaduras durante el vertido y compactación del hormigón, y permitiendo a éste envolverlas sin dejar coqueras. Estas precauciones deberán extremarse con los cercos de los soportes y armaduras del trasdós de placas, losas o voladizos, para evitar su descenso. La distancia horizontal libre entre dos barras consecutivas, salvo que estén en contacto, será igual o superior al mayor de los tres valores siguientes:

• Un centímetro (1 cm). • El diámetro de la mayor. • Los seis quintos (6/5) del tamaño tal que el ochenta y cinco por ciento (85 %) del árido total sea inferior a ese tamaño.

La distancia vertical entre dos barras consecutivas, salvo que estén en contacto, será igual o superior al mayor de los dos valores siguientes:

• Un centímetro (1 cm). • Setenta y cinco centésimas (0,75) del diámetro de la mayor.

En forjadas, vigas y elementos similares, se podrán colocar dos barras de la armadura principal en contacto, una sobre otra, siempre que sean corrugadas. En soportes y otros elementos verticales, se podrán colocar dos o tres barras de la armadura principal en contacto, siempre que sean corrugadas. La distancia libre entre cualquier punto de la superficie de una barra de armadura y el paramento más próximo de la pieza, será igual o superior al diámetro de dicha barra. En las estructuras no expuestas a ambientes agresivos dicha distancia será además igual o superior a:

• Un centímetro (1 cm), si los paramentos de la pieza van a ir protegidos. • Dos centímetros (2 cm), si los paramentos de la pieza van a estar expuestos a la intemperie, a condensaciones o en contacto permanente con el agua. • Dos centímetros (2 cm) en las partes curvas de las barras.

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Los empalmes y solapes deberán venir expresamente indicados en los Planos, o en caso contrario se dispondrán de acuerdo con las órdenes del Director de las Obras. Antes de comenzar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá obtener del Director la aprobación por escrito de las armaduras colocadas.

3.1.5.6. Control de calidad. El control de calidad se realizará de acuerdo con lo prescrito en la instrucción EH-73. Los niveles de control de calidad, de acuerdo con lo previsto en la citada Instrucción, serán los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en la zona inferior derecha de cada Plano.

3.1.5.7. Medición y abono. Las armaduras de acero empleadas en hormigón armado se abonarán por su peso en kilogramos (kg) deducido de los Planos, aplicando para cada tipo de acero los pesos unitarios correspondientes a las longitudes deducidas de dichos Planos. Salvo indicación expresa del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el abono de las mermas y despuntes se considerará incluido en el del kilogramo (kg) de armadura.

3.1.6. OTROS MATERIALES. Si hubiera necesidad de utilizar en la obra materiales no definidos específicamente en el presente Pliego de Condiciones, éstos serán de la mejor calidad para la aplicación que hayan de recibir, debiendo someterse el Contratista a lo que indique por escrito el Ingeniero Director de la Obra. También deberán cumplir las prescripciones generales contenidas en los Pliegos de Condiciones y Normas Vigentes, si las hubiera.

3.1.7. RECONOCIMIENTO Y PRUEBA DE LOS MATERIALES. A) No se procederá al empleo de los materiales, sin antes ser examinados y aceptados por el Ingeniero Director de la Obra. B) Las pruebas y ensayos prescritos en este Pliego se llevarán a cabo por el Ingeniero Director o persona a quien delegue. Los ensayos se realizarán en laboratorio reconocido oficialmente, dicho laboratorio podrá ser propuesto por el Contratista, pero deberá ser aceptado por el Ingeniero Director, en caso de disconformidad será el propuesto por el Director. Ambas partes quedan obligadas a aceptar los resultados que se obtengan y las conclusiones que se formulen. C) Todos los gastos de pruebas y ensayos serán por cuenta del Contratista.

3.1.8. CASO DE MATERIALES DEFECTUOSOS. A) Cuando los materiales no satisfagan las condiciones del presente Pliego, o cuando, a falta de prescripciones formales, no se consideren - adecuados para su empleo a juicio del Director, éste dará al Contratista, para que sean reemplazados por otros que reúnan las condiciones exigidas.

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El Contratista estará obligado hacerse cargo de los costos. B) Si los materiales fuesen defectuosos, pero aceptables, se aplicarán, pero con la rebaja de precio que determinen el Ingeniero Director.

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CAPITULO IV. UNIDADES DE OBRA, MEDICIÓN Y ABONO. 4.1. PRESCRIPCIONES GENERALES.

4.1.1. Pliegos generales. En general son válidas todas las prescripciones que, referentes a las condiciones que deben satisfacer los materiales, aparecen en las Instrucciones, Pliego de Condiciones o Normas Oficiales que reglamentan la recepción, transporte, manipulación o empleo de cada uno de los materiales que se utilizan en las obras de este Proyecto, siempre que no se opongan a las prescripciones particulares del presente Capítulo.

4.1.2. Procedencia de los materiales. El Contratista propondrá a la dirección de Obra las canteras, graveras, fábricas, marcas de prefabricados y, en general, la procedencia de todos los materiales que se empleen en las obras para su aprobación, si procede, en el entendido de que la aceptación en principio de un material no será obstáculo para poder ser rechazado en el futuro, si variasen sus características primitivas. En ningún caso se procederá al acopio y utilización en obra de materiales de procedencia no aprobada. Como mínimo, propondrá tres lugares de procedencia, fábrica o marcas de cada material, para que el Director de Obra elija y pruebe uno de ellos, sin que el Contratista tenga derecho a modificación del precio del Contrato debido a la elección realizada. Para cada caso en que los materiales a suministrar sean importados, el Contratista deberá presentar al Director de la Obra: * Certificado de origen. * Certificado de calidad del fabricante (con inclusión de pruebas si le fueran requeridas).

4.1.3. Ensayos.

4.1.3.1. Ensayos. Las muestras de cada material que, a juicio de la Dirección de Obra, necesiten ser ensayadas, serán suministradas por el Contratista a sus expensas, corriendo asimismo a su cargo todos los ensayos de calidad correspondientes. Estos ensayos podrán realizarse en el Laboratorio de Obra, si así lo autoriza la Dirección de Obra, la cual, en caso contrario, podrá designar el Laboratorio Oficial que estime oportuno. El número de ensayos que se fijan en cada artículo, se da a título de orientación, pudiendo variar dicho número a juicio de la Dirección de las Obras. En caso de que el Contratista no estuviera conforme con los resultados de los ensayos realizados, se someterá la cuestión al Laboratorio Central de Ensayo de Materiales de Construcción, del "Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas", siendo obligatoria, para ambas partes, la aceptación de los resultados que en él se obtengan.

4.1.3.2. Gastos de los ensayos. Todos los gastos de prueba y ensayos serán de cuenta del Plan de Control de Calidad, no incluyendo en dicho cómputo de gastos los correspondientes a: - Todos los ensayos previos para aceptación de cualquier tipo de material. - Todos los ensayos correspondientes a la fijación de canteras y préstamos.

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- Los ensayos cuyos resultados no cumplan con las condiciones estipuladas en el presente Pliego. El Contratista suministrará a los laboratorios señalados por la Dirección de Obra, y de acuerdo con ellos, una cantidad suficiente del material a ensayar.

4.1.4. Transporte y acopio. El transporte de los materiales hasta los lugares de acopio o de empleo, se efectuará en vehículos adecuados para cada clase de material, que, además de cumplir todas las disposiciones legales referentes al transporte, estarán provistos de los elementos que se precisen para evitar cualquier alteración perjudicial del material transportado y su posible vertido sobre las rutas empleadas. Los materiales se almacenarán de modo que se asegure la conservación de sus características y aptitudes para su empleo en obra y de forma que se facilite su inspección. El Director de Obra, podrá ordenar, si lo considera necesario, el uso de plataformas adecuadas, cobertizos o edificios provisionales para la protección de aquellos materiales que lo requieran. El Director de Obra, podrá rechazar todo material que por defecto de transporte o de almacenamiento no cumpla con las condiciones exigidas.

4.1.5. Materiales que no sean de recibo. Podrán desecharse todos aquellos materiales que no satisfagan las condiciones impuestas en este Pliego para cada uno de ellos en particular, comprobadas por los ensayos indicados en 2.0.3. La Dirección de Obra podrá señalar al Contratista un plazo breve para que retire de los terrenos de la obra los materiales desechados. En caso de incumplimiento de esta orden podrá proceder a retirarlos por cuenta y riesgo del Contratista.

4.1.6. Productos de excavación. El Contratista podrá utilizar, en las obras objeto del contrato, los materiales que obtenga de la excavación, siempre que éstos cumplan las condiciones previstas en el presente Capítulo. Para utilizar dichos materiales en otras obras será necesaria autorización de la Dirección de Obra.

4.1.7. Materiales e instalaciones auxiliares. Todos los materiales que el Contratista pudiera emplear en instalaciones y obras que parcialmente, fueran susceptibles de quedar formando parte de las obras de modo provisional o definitivo, cumplirán las especificaciones del presente Pliego. Así caminos, obras de tierra, cimentaciones, anclajes, armaduras o empalmes, etc. Asimismo cumplirán las especificaciones que con respecto a ejecución de las obras, recoge el presente Pliego.

4.1.8. Responsabilidad del contratista. La recepción de los materiales no excluye la responsabilidad del Contratista por la calidad de ellos, y quedará subsistente hasta que se reciban definitivamente las obras en que dichos materiales se hayan empleado.

4.1.9. Normas generales para el abono de las distintas unidades de obra. Las unidades de obra, se abonarán a los precios del Cuadro de Precios Nº 1 afectados por los coeficientes de Contrata y de adjudicación. Los precios se refieren a unidades totalmente terminadas, ejecutadas de acuerdo con la definición de los Planos y con las condiciones del Pliego y aptas para ser recibidas por la Dirección de las Obras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier

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unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma aunque no figuran todos ellos especificados en su descripción. Todos los gastos que, por su concepto, sean admisibles a los considerados como gastos indirectos quedan incluidos en los precios de las unidades de obra del Proyecto cuando no figuren en el Presupuesto valorados en unidades de obra o en partidas alzadas. También serán de cuenta de la Contrata y quedan absorbidos en los precios: - La construcción de accesos de obra, pistas, etc. que no estén expresamente definidos en el Proyecto y valorados

en su Presupuesto. - Los gastos originados al practicar los replanteos y la custodia y reposición de estacas, marcas y señales. - Las indemnizaciones a la Administración y a terceros por todos los daños que cause con las obras y por la

interrupción de los servicios públicos o particulares. - Las catas para mejor definición de la infraestructura. - Los gastos de establecimiento y desmontaje de almacenes, talleres y depósitos, así como las acometidas de

energía eléctrica y agua, y sus consumos.

- La implantación y conservación de señales de tráfico y elementos para la seguridad del tráfico rodado y peatonal, de acuerdo con la normativa vigente.

- Los gastos de protección de todos los materiales y de la propia obra contra todo deterioro o daño durante el período

de construcción y durante el plazo de garantía. - Los gastos derivados de la más estricta vigilancia para dar cumplimiento a todas las disposiciones relacionadas con

la seguridad personal de los obreros en el trabajo.

- La retirada de todas las instalaciones, herramientas, materiales, etc. y la limpieza general final de la Obra para su recepción provisional.

- Los vertederos necesarios para el vertido de sobrantes, incluso habilitación, compra o indemnización y arreglo final

del mismo. En el caso de que el Contratista no cumpliese con alguna de las obligaciones expresadas, la Dirección de Obra, previo aviso, podrá ordenar que se ejecuten las correspondientes labores con cargo a la Contrata.

4.1.10. Normas generales para la medición de las distintas unidades de obra. Las unidades de obra se medirán de acuerdo con los conceptos definidos en este capítulo. Para la medición serán válidos los levantamientos topográficos y los datos que hayan sido conformados por la Dirección de Obra. Las unidades que hayan de quedar ocultas o enterradas, deberán ser medidas antes de su ocultación. Si la medición no se efectuó a su debido tiempo, serán de cuenta del Contratista las operaciones necesarias para llevarlas a cabo posteriormente.

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La Dirección de Obra, en el momento de la orden de iniciación de las obras, señalará al Contratista el proceso que ha de seguirse para la ordenada toma de datos y siguiente medición de las sucesivas fases de obra. Sin perjuicio de particularizaciones que se hagan en este Pliego, el sistema a seguir será tal que no se iniciará una nueva fase de obra sin que previamente esté medida y confirmada la fase anterior, y ello para cada uno de los tajos de obra. El representante del Contratista, o persona en quien delegue al efecto, habrá de prestar su conformidad a la medición que en su presencia se haga, antes de iniciar la fase siguiente. Si por error imputable al Contratista, la obra ejecutada fuere en exceso sobre la fijada en los Planos de Construcción que se hubieren entregado; a efectos de mediciones y consiguiente valoración, el elemento base de medición serán los planos entregados por la Dirección de Obra para la ejecución del tajo respectivo. Si el Contratista construye mayor volumen de cualquier clase de fábrica que el correspondiente a los dibujos que figuran en los Planos del Proyecto o de sus reformas autorizadas (ya sea por verificar mal la excavación, por error, por su conveniencia, por alguna causa imprevista, o por cualquier otro motivo), no le será de abono el exceso de obra, y si resultase perjudicial, el Contratista tendrá la obligación de demoler la obra a su costa y rehacerla nuevamente con las dimensiones debidas. En el caso de que se trate de un aumento excesivo de excavación que no pueda subsanarse con la demolición de la obra ejecutada, el Contratista quedará obligado a corregir ese defecto de acuerdo con las normas que dicte la Dirección de Obra (relleno con hormigón, inyecciones de lechada de cemento, etc.), sin que tenga derecho a exigir indemnización alguna por estos trabajos. Sin embargo los excesos de obra que la Dirección de Obra defina por escrito como inevitables, se abonarán a los precios que para las unidades realizadas figuren en el Contrato. 4.2. DEMOLICIONES.

4.2.1. Definición. De acuerdo con la definición establecida en el artículo 301 del PG-3/75 estas unidades consisten en el derribo de todas las construcciones que obstaculicen la obra o que sea necesario hacer desaparecer para dar por terminada la ejecución de la misma. Su ejecución incluye las operaciones siguientes: - Localización previa de servicios existentes. - Selección del sistema de demolición por la Dirección de Obra. - Derribo de construcciones. - Retirada de los materiales de derribo. - Transporte a Vertedero - Canon de Vertido

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4.2.2. Clasificación. Según el procedimiento de ejecución, las demoliciones pueden clasificarse del modo siguiente:

• Demolición con máquina excavadora. • Demolición por fragmentación mecánica. • Demolición con explosivos. • Demolición por impacto de bola de gran masa. • Desmontaje elemento a elemento. • Demolición mixta. • Demolición por otras técnicas.

4.2.3. Estudio de la demolición. Previamente a los trabajos de demolición se elaborará un estudio de demolición, que deberá ser sometido a la aprobación del Director de las Obras, siendo el Contratista responsable del contenido de dicho estudio y de su correcta ejecución. En el estudio de demolición deberán definirse como mínimo:

• Métodos de demolición y etapas de su aplicación. • Estabilidad de las construcciones remanentes en cada etapa, así como los apeos y cimbras necesarios. • Estabilidad y protección de construcciones remanentes que no vayan a ser demolidas. • Protección de las construcciones e instalaciones del entorno. • Mantenimiento o sustitución provisional de servicios afectados por la demolición. • Medios de evacuación y definición de zonas de vertido de los productos de la demolición. • Cronogramas de trabajos. • Pautas de control. • Medidas de seguridad y salud.

Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

4.2.4. Ejecución de las obras.

4.2.4.1. Derribo de construcciones. El Contratista será responsable de la adopción de todas las medidas de seguridad y del cumplimiento de las disposiciones vigentes al efectuar las operaciones de derribo, así como de evitar que se produzcan daños, molestias o perjuicios a las construcciones, bienes o personas próximas y del entorno, sin perjuicio de su obligación de cumplir las instrucciones que eventualmente dicte el Director de las Obras. Antes de iniciar la demolición se neutralizarán las acometidas de las instalaciones, de acuerdo con las entidades administradoras o propietarias de las mismas. Se deberá prestar especial atención a conducciones eléctricas y de gas enterradas. El empleo de explosivos estará condicionado a la obtención del permiso de la autoridad competente con jurisdicción en la zona de la obra, cuya obtención será de cuenta y responsabilidad del Contratista. La profundidad de demolición de los cimientos, será, como mínimo, de cincuenta centímetros (50 cm) por debajo de la

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cota más baja del relleno o desmonte, salvo indicación en contra del Proyecto o del Director de las Obras. En el caso particular de existir conducciones o servicios enterrados fuera de uso deberán ser excavados y eliminados hasta una profundidad no inferior a metro y medio (1,5 m) bajo el terreno natural o nivel final de excavación, cubriendo una banda de al menos metro y medio (1,5 m) alrededor de la obra, salvo especificación en contra del Proyecto o del Director de las Obras. Los extremos abiertos de dichas conducciones deberán ser sellados debidamente. La demolición con máquina excavadora, únicamente será admisible en construcciones, o parte de ellas, de altura inferior al alcance de la cuchara. Se prohíbe el derribo por empuje de edificaciones de altura superior a tres metros y medio (3,5 m). En la demolición de edificios elemento a elemento será de aplicación la Norma Tecnológica de Edificación correspondiente a demoliciones (NTE-ADD). En situaciones de demolición que aconsejaran el uso de explosivos y no fuesen éstos admisibles por su impacto ambiental, deberá recurrirse a técnicas alternativas tales como fracturación hidráulica o cemento expansivo. Al finalizar la jornada de trabajo no deberán quedar elementos de la obra en estado inestable o peligroso. La unidad incluye el arranque, carga y transporte de los materiales a vertedero cuya gestión y uso quedará de cuenta del Contratista, no habiendo lugar a abono por separado.

4.2.4.2. Retirada de los materiales de derribo. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras establecerá el posterior empleo de los materiales procedentes de las demoliciones. Los materiales de derribo que hayan de ser utilizados en la obra se limpiarán, acopiarán y transportarán en la forma y a los lugares que señale el Director de las Obras. Los materiales no utilizables se llevarán a vertedero aceptado por el Director de las Obras, siendo responsabilidad del Contratista la obtención de las autorizaciones pertinentes, debiendo presentar al Director de las Obras copia de los correspondientes contratos. Dentro de los límites de expropiación no se podrán hacer vertidos no contemplados en el Proyecto, salvo especificación del Director de las Obras. En caso de eliminación de materiales mediante incinerado, deberán adoptarse las medidas de control necesarias para evitar cualquier posible afectación al entorno, dentro del marco de la normativa legal vigente.

4.2.5. Medición y abono. Las demoliciones se abonarán por metros cúbicos (m3). En el caso de edificaciones se considerará el volumen exterior demolido, hueco y macizo, realmente ejecutado en obra. En el caso de demolición de macizos se medirán por diferencia entre los datos iniciales, tomados inmediatamente antes de comenzar la demolición, y los datos finales, tomados inmediatamente después de finalizar la misma.

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Las demoliciones de firmes, aceras e isletas no contempladas explícitamente en el Proyecto se considerarán incluidas en la unidad de excavación, no dando por tanto lugar a medición o abono por separado. Se considera incluido en el precio, en todos los casos, la retirada de los productos resultantes de la demolición y su transporte a lugar de empleo, acopio o vertedero, según ordene el Director de las Obras. Si en el Proyecto no se hace referencia a la unidad de demoliciones, se entenderá que está comprendida en las de excavación, y por tanto, no habrá lugar a su medición ni abono por separado. No se procederá al abono independiente de esta unidad al estar incluida en la unidad de excavación. 4.3. EXCAVACION EN ZANJA.

4.3.1. Definición. Esta unidad consiste en el conjunto de operaciones necesarias para excavar y nivelar las zonas de desmonte, las preparaciones necesarias en apoyo de rellenos y para abrir zanjas y pozos. Su ejecución incluye las operaciones de: Excavación, retaluzado, nivelación y evacuación del terreno, y el consiguiente transporte de los productos a vertedero. Esta unidad incluye las eventuales acciones a realizar para asegurar la estabilidad tanto de la zanja como de las construcciones adyacentes.

4.3.2. Clasificación de las excavaciones. La excavación en explanación y de zanjas y pozos del presente proyecto será “excavación sin clasificar”.

4.3.3. Ejecución.

4.3.3.1. Principios generales. El Contratista notificará al Director de las Obras, con la antelación suficiente, el comienzo de cualquier excavación, a fin de que éste pueda efectuar las mediciones necesarias sobre el terreno inalterado. El terreno natural adyacente al de la excavación no se modificará ni removerá sin autorización del Director de las Obras. Una vez efectuado el replanteo de las zanjas o pozos, el Director de las Obras autorizará la iniciación de las obras de excavación. La excavación continuará hasta llegar a la profundidad señalada en el Proyecto y obtenerse una superficie firme y limpia a nivel o escalonada, según se ordene. No obstante, el Director de las Obras podrá modificar tal profundidad si, a la vista de las condiciones del terreno, lo estima necesario a fin de asegurar una cimentación satisfactoria. Se vigilarán con detalle las franjas que bordean la excavación, especialmente si en su interior se realizan trabajos que exijan la presencia de personas. También estará obligado el Contratista a efectuar la excavación de material inadecuado para la cimentación, y su sustitución por material apropiado, siempre que se lo ordene el Director de las Obras. Para la excavación de tierra vegetal se seguirá lo indicado en el apartado 320.3.3 del PG-3. Se tomarán las precauciones necesarias para impedir la degradación del terreno de fondo de excavación en el intervalo de tiempo que medie entre la excavación y la ejecución de la cimentación u obra de que se trate.

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Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. El director de la obra podrá pedir al Contratista medidas de drenaje superficial no incluidas en el proyecto y que sean necesarias para tener los tajos adecuadamente drenados.

4.3.3.2. Entibación. En aquellos casos en que se hayan previsto excavaciones con entibación, el Contratista podrá proponer al Director de las Obras efectuarlas sin ella, explicando y justificando de manera exhaustiva las razones que apoyen su propuesta. El Director de las Obras podrá autorizar tal modificación, sin que ello suponga responsabilidad subsidiaria alguna. Si en el Contrato no figurasen excavaciones con entibación y el Director de las Obras, por razones de seguridad, estimase conveniente que las excavaciones se ejecuten con ella, podrá ordenar al Contratista la utilización de entibaciones, sin considerarse esta operación de abono independiente.

4.3.3.3. Drenaje. Cuando aparezca agua en las zanjas o pozos que se están excavando, se utilizarán los medios e instalaciones auxiliares necesarias para agotarla. El agotamiento desde el interior de una cimentación deberá ser hecho de forma que no provoque la segregación de los materiales que han de componer el hormigón de cimentación, y en ningún caso se efectuará desde el interior del encofrado antes de transcurridas veinticuatro horas desde el hormigonado. El Contratista someterá a la aprobación del Director de las Obras los planos de detalle y demás documentos que expliquen y justifiquen los métodos de construcción propuestos.

4.3.3.4. Taludes. En el caso de que los taludes de las zanjas o pozos, ejecutados de acuerdo con los planos y órdenes del Director de las Obras, resulten inestables y, por tanto, den origen a desprendimientos antes de la recepción de las obras, el Contratista eliminará los materiales desprendidos.

4.3.3.5. Limpieza del fondo. Los fondos de las excavaciones se limpiarán de todo el material suelto o flojo y sus grietas y hendiduras se rellenarán adecuadamente. Asimismo, se eliminarán todas las rocas sueltas o desintegradas y los estratos excesivamente delgados. Cuando los cimientos apoyen sobre material cohesivo, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm) no se efectuará hasta momentos antes de construir aquéllos, y previa autorización del Director de las Obras.

4.3.3.6. Empleo de los productos de excavación. Serán aplicables las prescripciones del apartado 320.3.4. del PG-3.

4.3.3.7. Caballeros. Serán aplicables las prescripciones del apartado 320.3.6. del PG-3.

4.3.4. Excesos inevitables. Los sobreanchos de excavación necesarios para la ejecución de la obra deberán estar contemplados en el Proyecto o, en su defecto, aprobados, en cada caso, por el Director de las Obras.

4.3.5. Tolerancias de las superficies acabadas. El fondo y paredes laterales de las zanjas y pozos terminados tendrán la forma y dimensiones exigidas en los Planos, con las modificaciones debidas a los excesos inevitables autorizados, y deberán refinarse hasta conseguir una diferencia inferior a cinco centímetros (5 cm) respecto de las superficies teóricas.

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Las sobreexcavaciones no autorizadas deberán rellenarse de acuerdo con las especificaciones definidas por el Director de las Obras, no siendo esta operación de abono independiente.

4.3.6. Medición y Abono. La excavación en zanjas y pozos se abonará por metros cúbicos (m3). Dichos m3 se medirán directamente en la obra, pero la Dirección de la Obra podrá excluir de esta medición toda la excavación realizada que no fuese necesaria para una realización segura y racional de la obra. Se abonarán los excesos autorizados e inevitables. De la medición total se deducirá aquella medición que se considere incluida dentro de otra unidad de obra. La unidad se abonará según los precios correspondientes del Cuadro de Precios Nº 1. El precio incluye, salvo especificación en contra del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, las entibaciones, agotamientos, transportes de productos a vertedero, posibles cánones, y el conjunto de operaciones y costes necesarios para la completa ejecución de la unidad. Cuando sea necesario proceder por bataches a juicio del Director de Obra, tanto en excavación de zanjas y pozos como en excavación en explanación, el precio no sufrirá incremento alguno en relación al precio general de excavación, no siendo de abono los medios adicionales con que tenga que contar el Contratista ni la pérdida de rendimiento que suponga el proceso definido. Asimismo, tampoco serán de abono las operaciones adicionales de excavación con movimiento del material a diferentes niveles mediante el uso de varias máquinas, antes de proceder a la carga definitiva del mismo. En todos los casos, el desbroce y todo tipo de demoliciones se consideran incluidas en la unidad. 4.4. RELLENOS LOCALIZADOS.

4.4.1. Definición. Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos, procedentes de excavaciones o préstamos, en relleno de zanjas, trasdós de obras de fábrica, cimentación o apoyo de estribos o cualquier otra zona, que por su reducida extensión, compromiso estructural u otra causa no permita la utilización de los mismos equipos de maquinaria con que se lleva a cabo la ejecución del resto del relleno, o bien exija unos cuidados especiales en su construcción. En la dirección longitudinal de la calzada soportada, los rellenos localizados de trasdós de obra de fábrica, "cuñas de transición", tendrán una longitud mínima de al menos diez metros (10 m) desde el trasdós de la obra de fábrica. Caso de existir losa de transición, dicha longitud mínima habrá de ser además superior a dos (2) veces la dimensión de la losa en la referida dirección longitudinal. A partir de dicha dimensión mínima, la transición entre el relleno localizado y el relleno normal tendrá, siempre en la dirección longitudinal de la calzada soportada, una pendiente máxima de un medio (1V:2H). No se consideran incluidos dentro de esta unidad los rellenos localizados de material con misión específica drenante, a los que hace referencia el artículo 421, "Rellenos localizados de material drenante" del PG-3 y que se realizarán de acuerdo a este último.

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4.4.2. Zonas de rellenos. En los rellenos localizados que formen parte de la infraestructura de la carretera se distinguirán las mismas zonas que en los terraplenes, según el apartado 330.2 del PG-3.

4.4.3. Materiales. Estos rellenos se realizarán con materiales que cumplan las especificaciones recogidas en el artículo 330 del PG-3/75 para los distintos tipos de materiales en función del relleno a realizar, que será: - Material seleccionado de la excavación - Arena Fina procedente de machaqueo de Piedra Caliza - Relleno Seleccionado (S-2) de cantera. - Zahorra Artificial - Gravilla ( 6-12 ) y Grava - Hormigón HM-20 Se emplearán suelos adecuados o seleccionados, siempre que su CBR según UNE 103502, correspondiente a las condiciones de compactación exigidas, sea superior a diez (10) y en el caso de trasdós de obra de fábrica superior a veinte (20). Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

4.4.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras. Los equipos de extendido, humectación y compactación serán los apropiados para garantizar la ejecución de la obra de acuerdo con las exigencias de este Pliego, del Proyecto y las indicaciones del Director de las Obras.

4.4.5. Ejecución. Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. La ejecución y equipos necesarios para la realización de estos rellenos, se regirán con las especificaciones del artículo 332 del PG-3.

4.4.5.1. Preparación de la superficie de asiento de los rellenos localizados. En las zonas de ensanche o recrecimiento de antiguos rellenos se prepararán éstos a fin de conseguir su unión con el nuevo relleno. Las operaciones encaminadas a tal objeto serán las indicadas en el Proyecto o, en su defecto, por el Director de las Obras. Si el material procedente del antiguo talud, cuya remoción sea necesaria, es del mismo tipo que el nuevo y cumple las condiciones exigidas para la zona de relleno de que se trate, se mezclará con el del nuevo relleno para su compactación simultánea; en caso contrario, el Director de las Obras decidirá si dicho material debe transportarse a vertedero. Cuando el relleno haya de asentarse sobre un terreno en el que existan corrientes de agua superficial o subálvea, se desviarán las primeras y captarán y conducirán las últimas fuera del área donde vaya a construirse el relleno antes de comenzar la ejecución. Estas obras, que tendrán el carácter de accesorias, se ejecutarán con arreglo a lo previsto para tal tipo de obras en el Proyecto o, en su defecto, a las instrucciones del Director de las Obras.

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Salvo en el caso de zanjas de drenaje, si el relleno hubiera de construirse sobre terreno inestable, turba o arcilla blanda, se asegurará la eliminación de este material o su estabilización.

4.4.5.2. Extensión y compactación. Los materiales de relleno se extenderán en tongadas sucesivas de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la explanada. El espesor de estas tongadas será lo suficientemente reducido para que, con los medios disponibles, se obtenga en todo su espesor el grado de compactación exigido. Salvo especificación en contra del Proyecto o del Director de las Obras, el espesor de las tongadas medido después de la compactación no será superior a veinticinco centímetros (25 cm). Los espesores finales de las tongadas se señalarán y numerarán con pintura, según el caso, en el trasdós de la obra de fábrica, paramentos o cuerpo de la tubería, para el adecuado control de extendido y compactación. Únicamente se podrá utilizar la compactación manual en los casos previstos en el Proyecto, y en aquellos que sean expresamente autorizados por el Director de las Obras. Salvo que el Director de las Obras lo autorice, en base a estudio firmado por técnico competente, el relleno junto a obras de fábrica o entibaciones se efectuará de manera que las tongadas situadas a uno y otro lado de la misma se hallen al mismo nivel. En el caso de obras de fábrica con relleno asimétrico, los materiales del lado más alto no podrán extenderse ni compactarse antes de que hayan transcurrido siete días (7 d) desde la terminación de la fábrica contigua, salvo indicación del Proyecto o autorización del Director de las Obras y siempre previa comprobación del grado de resistencia alcanzado por la obra de fábrica. Junto a las estructuras porticadas no se iniciará el relleno hasta que el dintel no haya sido terminado y haya alcanzado la resistencia que indique el Proyecto o, en su defecto, el Director de las Obras. El drenaje de los rellenos contiguos a obras de fábrica se ejecutará simultáneamente a dicho relleno, para lo cual el material drenante estará previamente acopiado de acuerdo con las órdenes del Director de las Obras. Los materiales de cada tongada serán de características uniformes y si no lo fueran, se conseguirá esta uniformidad mezclándolos convenientemente con los medios adecuados. Durante la ejecución de las obras, la superficie de las tongadas deberá tener la pendiente transversal necesaria para asegurar la evacuación de las aguas sin peligro de erosión. Una vez extendida cada tongada, se procederá a su humectación, si es necesario. El contenido óptimo de humedad se determinará en obra, a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan de los ensayos realizados. En los casos especiales en que la humedad del material sea excesiva para conseguir la compactación prevista, se tomarán las medidas adecuadas, pudiéndose proceder a la desecación por oreo o a la adición y mezcla de materiales secos o sustancias apropiadas. Conseguida la humectación más conveniente, se procederá a la compactación mecánica de la tongada. Las zonas que, por su forma, pudieran retener agua en su superficie, serán corregidas inmediatamente por el Contratista. Se exigirá una densidad después de la compactación, en coronación, no inferior al 100 por 100 (100%) de la máxima

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obtenida en el ensayo Próctor modificado según UNE 103501 y, en el resto de las zonas, no inferior al 95 por 100 (95%) de la misma. En todo caso la densidad obtenida habrá de ser igual o mayor que la de las zonas contiguas del relleno.

4.4.6. Limitaciones de la ejecución. Los rellenos localizados se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a dos grados Celsius (2ºC); debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite. Sobre las capas en ejecución debe prohibirse la acción de todo tipo de tráfico hasta que se haya completado su compactación.

4.4.7. Medición y Abono. La medición se realizará por metros cúbicos medidos sobre rellenos realmente realizados. La Dirección de la Obra podrá descontar de dicha medición la que haya sido necesaria realizar debido a excavaciones que no se consideren necesarias para una ejecución racional y segura de la obra. De la medición total se deducirá aquella medición que se considere incluida dentro de otra unidad de obra. Se abonará por metros cúbicos medidos al precio correspondiente del cuadro de precios Nº 1. El precio incluye la obtención del suelo, cualquiera que sea la distancia del lugar de procedencia, carga y descarga, transporte, colocación, compactación y cuantos medios, materiales y operaciones intervienen en la completa y correcta ejecución del relleno, no siendo, por lo tanto, de abono como suelo procedente de préstamos, salvo especificación en contra. El precio será único, cualquiera que sea la zona del relleno y el material empleado, salvo especificación en contra del Proyecto.

4.5. HORMIGONES

4.5.1. Definición. Se define como hormigón la mezcla en proporciones adecuadas de cemento, árido grueso, árido fino y agua, con o sin la incorporación de aditivos o adiciones, que desarrolla sus propiedades por endurecimiento de la pasta de cemento (cemento y agua). Los hormigones que aquí se definen cumplirán las especificaciones indicadas en la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, así como las especificaciones adicionales contenidas en este artículo. A efectos de aplicación de este articulo, se contemplan todo tipo de hormigones. Además para aquellos que formen parte de otras unidades de obra, se considerará lo dispuesto en los correspondientes artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales.

4.5.2. Materiales. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/166 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto. Los áridos, cuya definición será la que figura en el artículo 28 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)"

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o normativa que la sustituya, cumplirán todas las especificaciones recogidas en la citada Instrucción. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, fijará la frecuencia y el tamaño de los lotes para la realización de los ensayos previstos en el apartado 81.3.2 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, para los casos en que varíen las condiciones de suministro, y si no se dispone de un certificado de idoneidad de los mismos emitido, con una antigüedad inferior a un año, por un laboratorio oficial u oficialmente acreditado. No se podrán utilizar áridos que no hayan sido aprobados previa y expresamente por el Director de las Obras. El Contratista adjudicatario de las obras será responsable de la calidad de los materiales utilizados y del cumplimiento de todas las especificaciones establecidas para los mismos en este artículo, así como de todas aquéllas que pudieran establecerse en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

4.5.2.1. Cemento. Limitaciones de empleo: Se utilizará cemento SR, resistente a las aguas sulfurosas, en todos los hormigones de la obra. No se utilizarán cementos aluminosos en los hormigones armados. En las partes visibles de una obra, la procedencia del cemento deberá ser la misma mientras duren los trabajos de construcción, a fin de que el color del hormigón resulte uniforme, a no ser que aparezca especificado en los Planos utilizar diferentes tipos de cemento para los elementos de obra separados.

4.5.2.2. Árido fino. Deberá comprobarse que el árido fino no presenta una pérdida de peso superior al diez (10) o al quince (15) por ciento al ser sometido a cinco ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato sódico o sulfato magnésico, respectivamente, de acuerdo con la Norma UNE 7136.

4.5.2.3. Árido grueso. Deberá comprobarse que el árido grueso no presenta una pérdida de peso superior al doce (12) o al dieciocho (18) por ciento al ser sometido a cinco ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato sódico o sulfato magnésico, respectivamente, de acuerdo con la Norma UNE 7136. El coeficiente de calidad, medido por el ensayo de Los Angeles, será inferior a cuarenta (40) (NLT-149/72).

4.5.2.4. Almacenamiento de áridos. Los áridos se situarán, clasificados según tamaño y sin mezclar, sobre un fondo sólido y limpio y con el drenaje adecuado a fin de evitar cualquier contaminación. Al alimentar la mezcladora, habrá de prestarse especial cuidado a la separación de los diferentes tamaños, hasta que se verifique su mezcla en el embudo de entrada. Los áridos finos se colocarán en la zona de hormigonado al menos dieciséis (16) horas antes de su utilización.

4.5.2.5. Productos de adición. No se utilizará ningún tipo de aditivo sin la aprobación previa y expresa del Director de las Obras, quien deberá valorar

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adecuadamente la influencia de dichos productos en la resistencia del hormigón, en el acero y en las armaduras.

4.5.2.6. Acelerantes y retardadores de fraguado. No se emplearán acelerantes de fraguado en las obras de fábrica (excepción hecha del cloruro cálcico). El uso de productos retardadores de fraguado requerirá la aprobación previa y expresa del Director de las obras, quien deberá valorar adecuadamente la influencia de dichos productos en la resistencia del hormigón, mediante la realización de ensayos previos utilizando los mismos áridos, cemento y agua que en la obra.

4.5.2.7. Cloruro cálcico. En hormigones armados, cuando sean de temer acciones de carácter electroquímico, se prohíbe su uso. En los demás casos, el cloruro cálcico podrá utilizarse siempre que el Director de las obras autorice su empleo con anterioridad y de forma expresa. Para ello será indispensable la realización de ensayos previos, utilizando los mismos áridos, cemento y agua que en la obra. De cualquier forma, la proporción de cloruro cálcico no excederá del dos (2) por ciento, en peso, del cemento utilizado como conglomerante en el hormigón.

4.5.3. Tipos de Hormigón. Los hormigones no fabricados en central sólo se podrán utilizar cuando así lo autorice el Director de las Obras, estando en cualquier caso limitada su utilización a hormigones de limpieza o unidades de obra no estructurales. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares especificará, cuando sea necesario, las características especiales que deba reunir el hormigón, así como las garantías y datos que deba aportar el Contratista antes de comenzar su utilización. Los hormigones utilizados serán los siguientes: - Hormigón tipo HM-20. Empleado en relleno de zanjas y arquetas. Empleado en mampostería trasdosada. Empleado en base de pavimentos. Empleado en firmes - Hormigón tipo HA-25 Empleado en estructuras de hormigón armado.

4.5.4. Dosificación del hormigón. La composición de la mezcla deberá estudiarse previamente, con el fin de asegurar que el hormigón resultante tendrá las características mecánicas y de durabilidad necesarias para satisfacer las exigencias del proyecto. Estos estudios se realizarán teniendo en cuenta, en todo lo posible, las condiciones de construcción previstas (diámetros, características superficiales y distribución de armaduras, modo de compactación, dimensiones de las piezas, etc). Se prestará especial atención al cumplimiento de la estrategia de durabilidad establecida en el capítulo VII de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

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4.5.5. Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo. La puesta en obra del hormigón no deberá iniciarse hasta que el Director de las Obras haya aprobado la fórmula de trabajo a la vista de los resultados obtenidos en los ensayos previos y característicos. La fórmula de trabajo constará al menos:

• Tipificación del hormigón. • Granulometría de cada fracción de árido y de la mezcla. • Proporción por metro cúbico de hormigón fresco de cada árido (Kg/m3). • Proporción por metro cúbico de hormigón fresco de agua. • Dosificación de adiciones. • Dosificación de aditivos. • Tipo y clase de cemento. • Consistencia de la mezcla. • Proceso de mezclado y amasado.

Los ensayos deberán repetirse siempre que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

• Cambio de procedencia de alguno de los materiales componentes. • Cambio en la proporción de cualquiera de los elementos de la mezcla. • Cambio en el tipo o clase de cemento utilizado. • Cambio en el tamaño máximo del árido. • Variación en más de dos décimas (0,2) del módulo granulométrico del árido fino. • Variación del procedimiento de puesta en obra.

La relación agua/cemento se fijará mediante ensayos que permitan determinar su valor óptimo, habida cuenta de las resistencias exigidas, docilidad, trabazón, métodos de puesta en obra y la necesidad de que el hormigón penetre hasta los últimos rincones del encofrado, envolviendo completamente las armaduras, en su caso. Excepto en los casos en que la consistencia se consiga mediante la adición de fluidificantes o superfluidificantes, no se utilizarán hormigones de consistencia fluida salvo justificación especial. Salvo que el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares indique otro procedimiento, la consistencia se determinará con cono de Abrams según la norma UNE 83 313. Los valores límite de los asientos correspondientes en el cono de Abrams y sus tolerancias serán los indicados en el apartado 30.6 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Sobre las dosificaciones aceptadas, las tolerancias admisibles serán las siguientes: * El uno (1) por ciento en más o menos, en la cantidad de cemento. * El dos (2) por ciento en más o en menos, en los áridos. * El uno (1) por ciento en más o en menos, en la cantidad de agua. No se permitirá el empleo de hormigones de consistencias líquida y fluida. La dosificación de los áridos, cemento y agua se hará en peso, exigiéndose una precisión en la pesada de cada uno de los elementos, que dé un error inferior al dos por ciento (2%). Cada material tendrá una báscula independiente.

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El final de cada pesada deberá ser automático, tanto para los áridos como para el agua y el cemento. Una vez por semana como mínimo, se procederá por el Contratista a la comprobación, de manera fehaciente para la Dirección de las Obras, de que la instalación de dosificación funciona correctamente.

4.5.6. Ejecución.

4.5.6.1. Fabricación y transporte del hormigón. La fabricación y transporte del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones del artículo 69 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. En el caso de hormigonado en tiempo caluroso, se pondrá especial cuidado en que no se produzca desecación de las amasadas durante el transporte. A tal efecto, si éste dura más de treinta minutos (30 min) se adoptarán las medidas oportunas, tales como reducir el soleamiento de los elementos de transporte (pintándolos de blanco, etc.) o amasar con agua fría, para conseguir una consistencia adecuada en obra.

4.5.6.2. Entrega del hormigón. La entrega del hormigón deberá regularse de manera que su puesta en obra se efectúe de manera continua. El tiempo transcurrido entre entregas no podrá rebasar, en ningún caso, los treinta minutos (30 min), cuando el hormigón pertenezca a un mismo elemento estructural o fase de un elemento estructural. Se cumplirán las prescripciones indicadas en el apartado 69.2.9 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

4.5.6.3. Vertido del hormigón. Se cumplirán las prescripciones del artículo 70 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El Director de las Obras podrá modificar el tiempo de puesta en obra del hormigón fijado por la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, si se emplean productos retardadores de fraguado; pudiendo aumentarlo además cuando se adopten las medidas necesarias para impedir la evaporación del agua, o cuando concurran condiciones favorables de humedad y temperatura. El Director de las Obras dará la autorización para comenzar el hormigonado, una vez verificado que las armaduras están correctamente colocadas en su posición definitiva. Asimismo, los medios de puesta en obra del hormigón propuestos por el Contratista deberán ser aprobados por el Director de las Obras antes de su utilización. No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a dos metros (2 m) quedando prohibido verterlo con palas a gran distancia, distribuirlo con rastrillos, o hacerlo avanzar más de un metro (1 m) dentro de los encofrados. Se procurará siempre que la distribución del hormigón se realice en vertical, evitando proyectar el chorro de vertido sobre armaduras o encofrados. Al verter el hormigón, se vibrará para que las armaduras queden perfectamente envueltas, cuidando especialmente las zonas en que exista gran cantidad de ellas, y manteniendo siempre los recubrimientos y separaciones de las armaduras especificadas en los planos.

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Cuando se coloque en obra hormigón proyectado mediante métodos neumáticos, se tendrá la precaución de que el extremo de la manguera no esté situado a más de tres metros (3 m) del punto de aplicación, que el volumen del hormigón lanzado en cada descarga sea superior aun quinto de metro cúbico (0,2 m3), que se elimine todo rebote excesivo del material y que el chorro no se dirija directamente sobre las armaduras. En el caso de hormigón pretensado, no se verterá el hormigón directamente sobre las vainas para evitar su posible desplazamiento. Si se trata de hormigonar una dovela sobre un carro de avance o un tramo continuo sobre una cimbra autoportante, se seguirá un proceso de vertido tal que se inicie el hormigonado por el extremo más alejado del elemento previamente hormigonado, y de este modo se hayan producido la mayor parte de las deformaciones del carro o autocimbra en el momento en que se hormigone la junta.

En losas, el extendido del hormigón se ejecutará por tongadas, dependiendo del espesor de la losa, de forma que el avance se realice en todo el frente del hormigonado.

En vigas, el hormigonado se efectuará avanzando desde los extremos, llenándolas en toda su altura, y procurando que el frente vaya recogido para que no se produzcan segregaciones ni la lechada escurra a lo largo del encofrado.

Cuando esté previsto ejecutar de un modo continuo las pilas y los elementos horizontales apoyados en ellas, se dejarán transcurrir por lo menos dos horas (2 h) antes de proceder a construir dichos elementos horizontales, a fin de que el hormigón de los elementos verticales haya asentado definitivamente.

En el hormigón ciclópeo se cuidará que éste envuelva los mampuestos, quedando entre ellos separaciones superiores a tres (3) veces el tamaño máximo del árido empleado, sin contar los mampuestos.

4.5.6.4. Compactación del hormigón. La compactación del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones del apartado 70.2 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares especificará los casos y elementos en los cuales se permitirá la compactación por apisonado o picado. El Director de las Obras aprobará, a propuesta del Contratista, el espesor de las tongadas de hormigón, así como la secuencia, distancia y forma de introducción y retirada de los vibradores. Los vibradores se aplicarán siempre de modo que su efecto se extienda a toda la masa, sin que se produzcan segregaciones locales ni fugas importantes de lechada por las juntas de los encofrados. La compactación será más cuidadosa e intensa junto a los paramentos y rincones del encofrado y en las zonas de fuerte densidad de armaduras, hasta conseguir que la pasta refluya a la superficie. Si se emplean vibradores de superficie, se aplicarán moviéndolos lentamente, de modo que la superficie del hormigón quede totalmente humedecida. Si se emplean vibradores sujetos a los encofrados, se cuidará especialmente la rigidez de los encofrados y los dispositivos de anclaje a ellos de los vibradores. Si se emplean vibradores internos, deberán sumergirse verticalmente en la tongada, de forma que su punta penetre en la tongada adyacente ya vibrada, y se retirarán de forma inclinada. La aguja se introducirá y retirará lentamente y a velocidad constante, recomendándose a este efecto que no se superen los diez centímetros por segundo (10 cm/s).

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La distancia entre puntos de inmersión será la adecuada para dar a toda la superficie de la masa vibrada un aspecto brillante; como norma general será preferible vibrar en muchos puntos por poco tiempo a vibrar en pocos puntos prolongadamente. Cuando se empleen vibradores de inmersión deberá darse la última pasada de forma que la aguja no toque las armaduras. Antes de comenzar el hormigonado, se comprobará que existe un número de vibradores suficiente para que, en caso de que se averíe alguno de ellos, pueda continuarse el hormigonado hasta la próxima junta prevista. En el caso del hormigón pretensado la compactación se efectuará siempre mediante vibrado. Se pondrá el máximo cuidado en que los vibradores no toquen las vainas para evitar su desplazamiento o su rotura y consiguiente obstrucción. Durante el vertido y compactado del hormigón alrededor de los anclajes, deberá cuidarse de que la compactación sea eficaz, para que no se formen huecos ni coqueras y todos los elementos del anclaje queden bien recubiertos y protegidos.

4.5.6.5. Hormigonado en condiciones especiales.

4.5.6.5.1. Hormigonado en tiempo frío. Se cumplirán las prescripciones del artículo 72 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El hormigonado se suspenderá, como norma general, siempre que se prevea que, dentro de las cuarenta y ocho horas (48 h) siguientes, la temperatura ambiente puede descender por debajo de los cero grados Celsius (0°C). A estos efectos, el hecho de que la temperatura registrada a las nueve horas (9 h) de la mañana, hora solar, sea inferior a cuatro grados Celsius (4°C), puede interpretarse como motivo suficiente para prever que el límite prescrito será alcanzado en el citado plazo. Las temperaturas podrán rebajarse en tres grados Celsius (3°C) cuando se trate de elementos de gran masa; o cuando se proteja eficazmente la superficie del hormigón mediante sacos, paja u otros recubrimientos aislantes del frío, con espesor tal que pueda asegurarse que la acción de la helada no afectará al hormigón recién ejecutado; y de forma que la temperatura de su superficie no baje de un grado Celsius bajo cero (-1°C), la de la masa dé hormigón no baje de cinco grados Celsius (+5°C), y no se vierta el hormigón sobre elementos (armaduras, moldes, etc) cuya temperatura sea inferior a cero grados Celsius (0°C). Las prescripciones anteriores serán aplicables en el caso en que se emplee cemento portland. Si se utiliza cemento de horno alto o puzolánico, las temperaturas mencionadas deberán aumentarse en cinco grados Celsius (5°C); y, además, la temperatura de la superficie del hormigón no deberá bajar de cinco grados Celsius (5°C). La utilización de aditivos anticongelantes requerirá autorización expresa del Director de las Obras. Nunca podrán utilizarse productos susceptibles de atacar a las armaduras, en especial los que contengan iones cloruro. En los casos en que por absoluta necesidad, y previa autorización del Director de las Obras, se hormigone en tiempo frío con riesgo de heladas, se adoptarán las medidas necesarias para que el fraguado de las masas se realice sin dificultad. En el caso de que se caliente el agua de amasado o los áridos, éstos deberán mezclarse previamente, de manera que la temperatura de la mezcla no sobrepase los cuarenta grados Celsius (40°C), añadiéndose con posterioridad el cemento en la amasadora. El tiempo de amasado deberá prolongarse hasta conseguir una buena homogeneidad de la masa, sin formación de grumos.

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Si no puede garantizarse la eficacia de las medidas adoptadas para evitar que la helada afecte el hormigón, se realizarán los ensayos necesarios para comprobar las resistencias alcanzadas adoptándose, en su caso, las medidas que prescriba el Director de las Obras.

4.5.6.5.2. Hormigonado en tiempo caluroso. Se cumplirán las prescripciones del artículo 73 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Los sistemas propuestos por el Contratista para reducir la temperatura de la masa de hormigón deberán ser aprobados el Director de las Obras previamente a su utilización.

4.5.6.5.3. Hormigonado en tiempo lluvioso. Si se prevé la posibilidad de lluvia, el Contratista dispondrá, toldos u otros medios que protejan al hormigón fresco. Como norma general, el hormigonado se suspenderá en caso de lluvia, adoptándose las medidas necesarias para impedir la entrada del agua a las masas de hormigón fresco. El Director de las Obras aprobará, en su caso, las medidas a adoptar en caso de tiempo lluvioso. Asimismo, ordenará la suspensión del hormigonado cuando estime que no existe garantía de que el proceso se realice correctamente.

4.5.6.6. Juntas. Las juntas podrán ser de hormigonado, contracción y/o dilatación. Las de dilatación deberán venir definidas en los Planos del Proyecto. Las de contracción y hormigonado se fijarán de acuerdo con el plan de obra y las condiciones climatológicas, pero siempre con antelación al hormigonado. El Director de las Obras aprobará, previamente a su ejecución, la localización de las juntas que no aparezcan en los Planos. Se cumplirán las prescripciones del artículo 71 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Las juntas creadas por las interrupciones del hormigonado deberán ser perpendiculares a la dirección de los máximos esfuerzos de compresión, y deberán estar situadas donde sus efectos sean menos perjudiciales. Si son muy tendidas se vigilará especialmente la segregación de la masa durante el vibrado de las zonas próximas, y si resulta necesario, se encofrarán. Si el plano de la junta presenta una mala orientación, se demolerá la parte de hormigón que sea necesario para dar a la superficie la dirección apropiada. Cuando sean de temer los efectos debidos a la retracción, se dejarán las juntas abiertas durante algún tiempo, para que las masas contiguas puedan deformarse libremente. La apertura de tales juntas será la necesaria para que, en su día, se puedan hormigonar correctamente. Al reanudar el hormigonado, se limpiarán las juntas de toda suciedad, lechada o árido suelto y se picarán convenientemente. A continuación, y con la suficiente antelación al hormigonado, se humedecerá la superficie del hormigón endurecido, saturándolo sin encharcarlo. Seguidamente se reanudará el hormigonado, cuidando especialmente la compactación en las proximidades de la junta. En el caso de elementos de hormigón pretensado, no se dejarán más juntas que las previstas expresamente en los Planos y solamente podrá interrumpirse el hormigonado cuando por razones imprevistas sea absolutamente necesario.

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En ese caso, las juntas deberán hacerse perpendiculares a la resultante del trazado de las armaduras activas. No podrá reanudarse el hormigonado sin el previo examen de las juntas y autorización del Director de las Obras, que fijará las disposiciones que estime necesarias sobre el tratamiento de las mismas. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares especificará, en su caso, de forma expresa, los casos y elementos en los que se permitirá el empleo de otras técnicas para la ejecución de juntas (por ejemplo, impregnación con productos adecuados), siempre que tales técnicas estén avaladas mediante ensayos de suficiente garantía para poder asegurar que los resultados serán tan eficaces, al menos, como los obtenidos cuando se utilizan los métodos tradicionales.

4.5.6.7. Curado del hormigón. Durante el fraguado y primer período de endurecimiento, se someterá al hormigón a un proceso de curado que se prolongará a lo largo del plazo que, al efecto, fije el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto, el que resulte de aplicar las indicaciones del artículo 74 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Durante el fraguado y primer período de endurecimiento, deberá asegurarse el mantenimiento de la humedad del hormigón, para lo cual deberá curarse mediante procedimientos que no produzcan ningún tipo de daño en superficie, cuando esta haya de quedar vista, ni suponga la aportación de sustancias perjudiciales para el hormigón. Podrán utilizarse como procedimientos de curado, el riego directo con agua (evitando que se produzca el deslavado del hormigón), la disposición de arpilleras, esterillas de paja u otros tejidos análogos de alto poder de retención de humedad, láminas de plástico y productos filmógenos de curado, de forma que la velocidad de evaporación no supere en ningún caso el medio litro por metro cuadrado y hora (0,50 l/m2/h). Cuando el hormigonado se efectúe a temperatura superior a cuarenta grados Celsius (40°C), deberá curarse el hormigón por vía húmeda. El proceso de curado deberá prolongarse sin interrupción durante al menos diez días (10 d). Las superficies de hormigón cubiertas por encofrados de madera o de metal expuestos al soleamiento se mantendrán húmedas hasta que puedan ser desmontadas, momento en el cual se comenzará a curar el hormigón. En el caso de utilizar el calor como agente de curado para acelerar el endurecimiento, se vigilará que la temperatura no sobrepase los setenta y cinco grados Celsius (75°C), y que la velocidad de calentamiento y enfriamiento no exceda de veinte grados Celsius por hora (20°C/h). Este ciclo deberá ser ajustado experimentalmente de acuerdo con el tipo de cemento utilizado. Cuando para el curado se utilicen productos filmógenos, las superficies del hormigón se recubrirán, por pulverización, con un producto que cumpla las condiciones estipuladas en el artículo 285 del PG-3 de Prescripciones Técnicas Generales, "Productos filmógenos de curado". La aplicación del producto se efectuará tan pronto como haya quedado acabada la superficie, antes del primer endurecimiento del hormigón. No se utilizará el producto de curado sobre superficies de hormigón sobre las que se vaya a adherir hormigón adicional u otro material, salvo que se demuestre que el producto de curado no perjudica la adherencia, o a menos que se tomen medidas para eliminar el producto de las zonas de adherencia. El Director de las Obras autorizará en su caso la utilización de técnicas especiales de curado, que se aplicarán de acuerda a las normas de buena práctica de dichas técnicas. El Director de las Obras dará la autorización previa para la utilización de curado al vapor, así como el procedimiento que

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se vaya a seguir, de acuerdo con las prescripciones incluidas en este apartado. Si el rigor de la temperatura lo requiere, el Director de las Obras podrá exigir la colocación de protecciones suplementarias, que proporcionen el debido aislamiento térmico al hormigón y garanticen un correcto proceso de curado.

4.5.7. Control de calidad. No se admitirá el control a nivel reducido para los hormigones contemplados en este artículo. En el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se indicarán expresamente los niveles de control de calidad de los elementos de hormigón, los cuales se reflejarán además en cada Plano. Asimismo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se establecerá un Plan de Control de la ejecución en el que figuren los lotes en que queda dividida la obra, indicando para cada uno de ellos los distintos aspectos que serán objeto de control. El control de calidad se realizará de acuerdo con lo prescrito en la instrucción EHE. Los niveles de control del hormigón serán:

- Normal, para aquellos hormigones cuya resistencia característica de proyecto sea inferior o igual a veinticinco megapascales.

- Intenso, para los hormigones cuya resistencia característica de proyecto sea superior a veinticinco

megapascales.

4.5.8. Especificaciones de la unidad terminada.

4.5.8.1. Tolerancias. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares establecerá un sistema de tolerancias, así como las decisiones y sistemática a seguir en caso de incumplimientos. A falta de indicaciones concretas para algunas desviaciones específicas, el Director de las Obras podrá fijar los límites admisibles correspondientes. Se admitirán las siguientes tolerancias en las dimensiones de las obras de hormigón: - Posición en el Plano (Distancia a la línea de referencia más próxima) ........................................................................+/- 10 mm - Verticalidad (H = altura básica) H <= 0.5 metros .............................................................................+/- 05 mm 0.5 < H <= 1.5 metros .............................................................................+/- 10 mm 1.5 < H <= 3.0 metros .............................................................................+/- 15 mm 3.0 < H <= 10.0 metros .............................................................................+/- 20 mm 10.0 < H metros .............................................................................. +/- H/500 - Dimensiones transversales y lineales (L= longitud básica) L <= 0.25 metros .............................................................................+/- 05 mm 0.25 < L <= 0.50 metros .............................................................................+/- 10 mm 0.50 < L <= 1.50 metros .............................................................................+/- 12 mm

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1.50 < L <= 3.00 metros +/- 15 mm 3.00 < L <= 10.00 metros .............................................................................+/- 20 mm 10.00 < L metros +/- L/500 - Dimensiones totales de la estructura L <= 15.00 metros .............................................................................+/- 15 mm 15.00 < L <= 30.00 metros +/- 30 mm 30.00 < L metros +/-L/1000 - Rectitud L <= 3.00 metros .............................................................................+/- 10 mm 3.00 < L <= 6.00 metros +/- 15 mm 6.00 < L <= 10.00 metros +/- 20 mm 10.00 < L <= 20.00 metros +/- 30 mm 20.00 < L metros ...............................................................................+/- L/750 - Alabeo L <= 3.00 metros ..............................................................................+/-10 mm 3.00 < L <= 6.00 metros .............................................................................+/- 15 mm 6.00 < L <= 12.00 metros .............................................................................+/- 20 mm 12.00 < L metros ...............................................................................+/- L/500 - Diferencias de nivel respecto a la superficie más próxima. H <= 3.00 metros .............................................................................+/- 10 mm 3.00 < H <= 6.00 metros .............................................................................+/- 12 mm 6.00 < H <= 12.00 metros .............................................................................+/- 15 mm 12.00 < H <= 20.00 metros .............................................................................+/- 20 mm 20.00 < H metros ..............................................................................+/-L/1000

4.5.8.2. Reparación de defectos. Los defectos que hayan podido producirse al hormigonar deberán ser comunicados al Director de las Obras, junto con el método propuesto para su reparación. Una vez aprobado éste, se procederá a efectuar la reparación en el menor tiempo posible. Las zonas reparadas deberán curarse rápidamente. Si es necesario, se protegerán con lienzos o arpilleras para que el riego no perjudique el acabado superficial de esas zonas.

4.5.9. Recepción. No se procederá a la recepción de la unidad de obra terminada hasta que se satisfaga el cumplimiento de las tolerancias exigidas, el resultado de los ensayos de control sea favorable y se haya efectuado, en su caso, la reparación adecuada de los defectos existentes.

4.5.10. Medición y abono. El hormigón se abonará por metros cúbicos (m3) medidos sobre los Planos del proyecto, de las unidades de obra realmente ejecutadas. El cemento, áridos, agua, aditivos y adiciones, así como la fabricación y transporte y vertido del hormigón, quedan incluidos en el precio unitario del hormigón, así como su compactación, ejecución de juntas, curado y acabado. No se abonarán las operaciones que sea preciso efectuar para la reparación de defectos. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares podrá definir otras unidades de medición y abono distintas del metro

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cúbico (m3) de hormigón que aparece en el articulado, tales como metro (m) de viga, metro cuadrado (m2) de losa, etc, en cuyo caso el hormigón se medirá y abonará de acuerdo con dichas unidades. Se harán las siguientes excepciones: ● Las mediciones incluidas en unidades de medición por unidad, metro lineal o metro cuadrado, no se considerarán adicionables a las unidades de obra consideradas en este apartado, al considerarse incluidas dentro del precio de la unidad de obra de la que forman parte. ● Las mediciones resultantes se abonarán en función de sus precios correspondientes del cuadro de precios Nº 1. ● Se considera incluido dentro del precio todos los materiales y trabajos necesarios para la perfecta ejecución de la unidad

4.5.11. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. A efectos del reconocimiento de marcas, sellos o distintivos de calidad, se estará a lo dispuesto en la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

4.6. LECHADAS DE CEMENTO.

4.6.1. Definición. Se define la lechada de cemento, como la pasta muy fluida de cemento y agua, y eventualmente adiciones, utilizada principalmente para inyecciones de terrenos, cimientos, túneles, etc. No se consideran incluidas en este Artículo las lechadas para relleno de conductos de hormigón pretensado.

4.6.2. Materiales. Ver los siguientes artículos del PG-3:

Ver Artículo 202, "Cementos". Ver Artículo 280, "Agua a emplear en morteros y hormigones".

4.6.3. Composición y características. La proporción. en peso, del cemento y el agua podrá variar desde el uno por ocho (1/8) al uno por uno (1/1), de acuerdo con las características de la inyección y la presión de aplicación. En todo caso, la composición de la lechada deberá ser aprobada por el Director de las obras para cada uso.

4.6.4. Ejecución. El amasado se hará mecánicamente. La lechada carecerá de grumos y burbujas de aíre, y para evitarlos se intercalarán filtros depuradores entre la mezcladora y la bomba de inyección.

4.6.5. Medición y abono. Las lechadas se medirán y abonarán por metros cúbicos (m3) realmente inyectados.

4.7. MORTEROS DE CEMENTO.

4.7.1. Definición. Se definen los morteros de cemento como la masa constituida por árido fino, cemento y agua. Eventualmente, puede contener algún producto de adición para mejorar alguna de sus propiedades, cuya utilización deberá haber sido

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previamente aprobada por el Director de las obras.

4.7.2. Materiales.

4.7.2.1. Cementos. Ver apartado 3.1.1. “Cementos” de este Pliego.

4.7.2.2. Agua. Ver apartado 3.1.2. “Agua” de este Pliego.

4.7.2.3. Productos de adición. Ver Artículo 281, "Aireantes a emplear en hormigones", del PG-3. Ver Artículo 282, "Cloruro cálcico", del PG-3. Ver Articulo 283, "Plastíficantes a emplear en hormigones", del PG-3. Ver Artículo 284, "Colorantes a emplear en hormigones", del PG-3.

4.7.2.4. Árido fino. Ver apartado 4.5.2.2. “Árido fino” en hormigones de este Pliego.

4.7.3. Tipos y dosificaciones. Para su empleo en las distintas clases de obra, se establecen los siguientes tipos y dosificaciones de morteros de cemento portland:

● M 250 para fábricas de ladrillo y mampostería: doscientos cincuenta kilogramos de cemento P-350 por metro cúbico do mortero (250 kg/m3). ●M 450 para fábricas de ladrillo especiales y capas de asiento de piezas prefabricadas, adoquinados y bordillos: cuatrocientos cincuenta kilogramos de cemento P-350 por metro cúbico de mortero (450 kg/m3). ●M 600 para enfoscados, enlucidos, corrido de cornisas e impostas: seiscientos kilogramos de cemento P-350 por metro cúbico de mortero (600 kg/m3) ●M 700 para enfoscados exteriores: setecientos kilogramos de cemento P-350 por metro cúbico de mortero (700 kg/m3).

El Director podrá modificar la dosificación en más o en menos, cuando las circunstancias de la obra lo aconsejen.

4.7.4. Fabricación. La mezcla del mortero podrá realizarse a mano o mecánicamente: en el primer caso se hará sobre un piso impermeable. El cemento y la arena se mezclarán en seco hasta conseguir un producto homogéneo de color uniforme. A continuación se añadirá la cantidad de agua estrictamente necesaria para que, una vez batida la masa, tenga la consistencia adecuada para su aplicación en obra. Solamente se fabricará el mortero preciso para uso inmediato, rechazándose todo aquel que haya empezado a fraguar y el que no haya sido empleado dentro de los cuarenta y cinco minutos (45 min) que sigan a su amasadura.

4.7.5. Limitaciones de empleo. Si es necesario poner en contacto el mortero con otros morteros y hormigones que difieran de él en la especie del

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cemento, se evitará la circulación de agua entre ellos; bien mediante una capa intermedia muy compacta de mortero fabricado con cualquiera de los dos cementos, bien esperando que el mortero u hormigón primeramente fabricado esté seco, o bien impermeabilizando superficialmente el mortero más reciente. Se ejercerá especial vigilancia en el caso de hormigones con cementos siderúrgicos.

4.7.6. Medición y abono. El mortero no será de abono directo, ya que se considera incluido en el precio de la unidad correspondiente, salvo que se defina como unidad independiente, en cuyo caso se medirá y abonará por metros cúbicos (m3) realmente utilizados.

4.8. MALLAS ELECTROSOLDADAS.

4.8.1. Definición. Se denominan mallas electrosoldadas a los productos de acero formados por dos sistemas de elementos que se cruzan entre sí ortogonalmente y cuyos puntos de contacto están unidos mediante soldadura eléctrica, según un proceso de producción en serie en instalaciones fijas. Los diámetros nominales de los alambres corrugados que forman las mallas electrosoldadas se ajustarán a la serie siguiente:

• 5-5, 5-6-6, 5-7-7, 5-8-8, 5-9-9, 5-10-10, 5-11-11, 5-12 y 14mm. La designación de las mallas electrosoldadas se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE 36 092.

4.8.2. Materiales. Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto. Los elementos que componen las mallas electrosoldadas pueden ser barras corrugadas o alambres corrugados. Las primeras cumplirán las especificaciones del apartado 31.2 o del apartado 4 del anejo 12 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya y, los segundos, las especificaciones del apartado 31.3, así como las condiciones de adherencia especificadas en el apartado 31.2 del mismo documento. La forma y dimensiones de las armaduras serán las señaladas en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Los alambres y barras corrugadas no presentarán defectos superficiales, grietas ni sopladuras. La sección equivalente de los alambres y barras corrugados no será inferior al noventa y cinco y medio por ciento (95,5 por 100) de su sección nominal. Las características de las mallas electrosoldadas cumplirán con lo indicado en el apartado 31.3 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya, así como con las especificaciones de la UNE 36 092. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, especificará el tipo de acero con el que se fabricarán las mallas electrosoldadas, así cómo el resto de las características exigibles a este tipo de material.

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La marca indeleble de identificación se realizará de acuerdo con las indicaciones del apartado 31.3 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

4.8.3. Suministro. Cada paquete debe llegar al punto de suministro con una etiqueta de identificación conforme a lo especificado en la norma UNE 36 092, de acuerdo con lo especificado en el apartado 31.3 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. La calidad de las mallas electrosoldadas estará garantizada por el fabricante a través del Contratista de acuerdo con lo indicado en el apartado 31.5 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. La garantía de calidad de las mallas electrosoldadas será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras.

4.8.4. Almacenamiento. Serán de aplicación las prescripciones recogidas en el apartado 31.6 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

4.8.5. Recepción. Para efectuar la recepción de las mallas electrosoldadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas en el artículo 90 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. Serán de aplicación las condiciones de aceptación o rechazo de los aceros indicados en el apartado 90.5 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya. El Director de las Obras podrá, siempre que lo considere oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados.

4.8.6. Colocación. Las armaduras se colocarán limpias, exentas de toda suciedad y óxido no adherente. Se dispondrán de acuerdo con las indicaciones de los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y se fijarán entre sí mediante las oportunas sujeciones, manteniéndose mediante piezas adecuadas la distancia al encofrado, de modo que quede impedido todo movimiento de las armaduras durante el vertido y compactación del hormigón, y permitiendo a éste envolverlas sin dejar coqueras. La distancia libre entre cualquier punto de la superficie de una barra de armadura y el paramento más próximo de la pieza, será igual o superior al diámetro de dicha barra. Los empalmes y solapes deberán venir expresamente indicados en los Planos, o en caso contrario se dispondrán de acuerdo con las órdenes del Director de las Obras. Antes de comenzar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá obtener del Director la aprobación por escrito de las armaduras colocadas.

4.8.7. Control de calidad. El control de calidad se realizará de acuerdo con lo prescrito en la instrucción EH-73. Los niveles de control de calidad, de acuerdo con lo previsto en la citada Instrucción, serán los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas

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Particulares y en la zona inferior derecha de cada Plano.

4.8.8. Medición y abono. La medición y abono de las mallas electrosoldadas para hormigón armado se realizará según lo indicado específicamente en la unidad de obra de la que formen parte. En acopios, las mallas electrosoldadas se abonarán por kilogramos (Kg) realmente acopiados según su tipo y medidos por pesada directa en báscula debidamente contrastada.

4.8.9. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad. A efectos del reconocimiento de marcas; sellos o distintivos de calidad, se estará a lo dispuesto en la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)" o normativa que la sustituya.

4.9. ZAHORRA ARTIFICIAL.

4.9.1. Definición. Se define como zahorra el material granular, de granulometría continua, utilizado como capa de firme. Se denomina zahorra artificial al constituido por partículas total o parcialmente trituradas, en la proporción mínima que se especifique en cada caso. Zahorra natural es el material formado básicamente por partículas no trituradas. La ejecución de las capas de firme con zahorra incluye las siguientes operaciones: - Estudio del material y obtención de la fórmula de trabajo. - Preparación de la superficie que vaya a recibir la zahorra. - Preparación del material, si procede, y transporte al lugar de empleo. - Extensión, humectación, si procede, y compactación de la zahorra. Esta unidad consiste en la excavación, transporte, extendido y compactación de una zahorra artificial, con las características que se especifican en el presente Artículo, como capas de subbase y base del firme en las zonas que se especifican en los planos y/o indicadas por la Dirección de la Obra.

4.9.2. Materiales.

4.9.2.1. Condiciones Generales. Los materiales para la zahorra artificial procederán de la trituración, total o parcial, de piedra de cantera o de grava natural. Para la zahorra natural procederán de graveras o depósitos naturales, suelos naturales o una mezcla de ambos. Los materiales procederán de la trituración de piedras de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz 5 UNE deberá contener un mínimo del setenta y cinco por ciento (75%), de elementos triturados que presentan no menos de dos (2) caras de fractura.

4.9.2.2. Limpieza. Los materiales estarán exentos de terrones de arcilla, marga, materia orgánica, o cualquier otra que pueda afectar a la durabilidad de la capa. En el caso de las zahorras artificiales el coeficiente de limpieza, según la NLT-172, deberá ser inferior a dos (2). El equivalente de arena, según la UNE-EN 933-8, del material de la zahorra artificial deberá ser >30 según lo indicado en la

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tabla 510.1. del PG3. De no cumplirse esta condición, su valor de azul de metileno, según la UNE-EN 933-9, deberá ser inferior a diez (10), y simultáneamente, el equivalente de arena no deberá ser inferior en más de cinco unidades a los valores indicados en la tabla 510.1.

4.9.2.3. Plasticidad. El material será “no plástico”, según la UNE 103104.

4.9.2.4. Resistencia a la fragmentación. El coeficiente de Los Ángeles, según la UNE-EN 1097-2, de los áridos para la zahorra artificial no deberá ser superior a 35 según la tabla 510.2. En el caso de los áridos para la zahorra natural, el valor del coeficiente de Los Ángeles será superior en cinco (5) unidades al exigido para la zahorra artificial.

4.9.2.5. Forma. En el caso de las zahorras artificiales, el índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso, según la UNE-EN 933-3, deberá ser inferior a treinta y cinco (35).

4.9.3. Tipo y Composición del material. La curva granulométrica del material estará comprendida en el huso ZA (25), siguiente:

4.9.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras.

4.9.4.1. Central de fabricación de la zahorra artificial. La preparación de la zahorra artificial se hará en central y no “in situ”. La adición del agua de compactación se hará también en la central, salvo que el Director de las obras autorice, la humectación “in situ”.

4.9.4.2. Elementos de transporte. La zahorra se transportará al lugar de empleo en camiones de caja abierta, lisa y estanca, perfectamente limpia. Deberán disponer de lonas o cobertores adecuados para protegerla durante su transporte. Por seguridad de la circulación vial será inexcusable el empleo de cobertores para el transporte por carreteras en servicio.

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4.9.5. Ejecución. La preparación del material se realizará mediante dosificaciones en central. La compactación de la tongada se realizará de acuerdo con las especificaciones del artículo 501 del PG-3/75. La densidad a alcanzar será el cien por cien (100%) de la máxima obtenida en el ensayo Proctor modificado.

4.9.5.1. Estudio del material y obtención de la fórmula de trabajo. La producción del material no se iniciará hasta que se haya aprobado por el Director de las Obras la correspondiente fórmula de trabajo, establecida a partir de los resultados del control de procedencia del material (apartado 510.9.1 del PG3). Dicha fórmula señalará: - En su caso, la identificación y proporción (en seco) de cada fracción en la alimentación. - La granulometría de la zahorra por los tamices establecidos en la definición del huso granulométrico. - La humedad de compactación. - La densidad mínima a alcanzar.

Si la marcha de las obras lo aconseja el Director de las Obras podrá exigir la modificación de la fórmula de trabajo. En todo caso se estudiará y aprobará una nueva si varía la procedencia de los componentes, o si, durante la producción, se rebasaran las tolerancias granulométricas establecidas en la tabla 510.4 (que se acompañan a continuación).

4.9.5.2. Preparación de la superficie de asiento. La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Director de las Obras podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto. Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerables, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra artificial.

4.9.5.3. Preparación del material. La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo “Proctor modificado” según la Norma NLT 108/72, podrá ser

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ajustada a la composición y forma de actuación del equipo de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba.

4.9.5.4. Extensión de la tongada. Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, en tongadas con espesores comprendidos entre diez y treinta centímetros como máximo (10 a 30 cm). Las eventuales aportaciones de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. El agua se dosificará adecuadamente, procurando que en ningún caso un exceso de la misma lave el material.

4.9.6. Tramo de prueba. Antes del empleo de un determinado tipo de material, será preceptiva la realización del correspondiente tramo de prueba, para fijar la composición y forma de actuación del equipo compactador, y para determinar la humedad de compactación más conforme a aquéllas. La capacidad de soporte, y el espesor si procede, de la capa sobre la que se vaya a realizar el tramo de prueba serán semejantes a los que vaya a tener en el firme la capa de zahorra artificial. El Director de las obras decidirá si es aceptable la realización del tramo de prueba como parte integrante de la obra en construcción. Se establecerán las relaciones entre número de pasadas y densidad alcanzada, para compactador y para el conjunto del equipo de compactación. A la vista de los resultados obtenidos, el Director de las Obras definirá: Si es aceptable o no el equipo de compactación propuesto por el Constructor. En el primer caso, su forma específica de actuación y, en su caso, la corrección de la humedad óptima. En el segundo, el Constructor deberá proponer un nuevo equipo, o la incorporación de un compactador supletorio o sustitutorio. Asimismo, durante la ejecución del tramo de prueba se analizarán los aspectos siguientes: - Comportamiento del material bajo la compactación. - Correlación, en su caso, entre los métodos de control de humedad y densidad “in situ” establecidos en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y otros métodos rápidos de control, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc.

4.9.7. Especificaciones de la unidad terminada.

4.9.7.1. Densidad. La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar, en calzadas de carreteras con categoría de tráfico pesado T3 y T4 o en arcenes, se podrá admitir una densidad no inferior al noventa y ocho por ciento (98%) de la

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máxima de referencia obtenida en el ensayo Proctor modificado, según la UNE 103501. El ensayo para establecer la densidad de referencia se realizará sobre muestras de material obtenidas “in situ” en la zona a controlar, de forma que el valor de dicha densidad sea representativo de aquélla. Cuando existan datos fiables de que el material no difiere sensiblemente, en sus características, del aprobado en el estudio de los materiales y existan razones de urgencia, así apreciadas por el Director de las Obras, se podrá aceptar como densidad de referencia la correspondiente a dicho estudio.

4.9.7.2. Capacidad de soporte. El valor del módulo de compresibilidad en el segundo ciclo de carga del ensayo de carga con placa (Ev2), según la NLT-357, será superior al menor valor de los siguientes:

El valor exigido a la superficie sobre la que se apoya la capa de zahorra multiplicado por uno coma tres (1,3), cuando se trate de zahorras sobre coronación de explanadas. Además de lo anterior, el valor de la relación de módulos Ev2/Ev1 será inferior a dos unidades y dos décimas (2,2).

4.9.7.3. Rasante, espesor y anchura. Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los Planos, en el eje, quiebros de peralte si existen, y bordes de perfiles transversales cuya separación no exceda de la mitad (1/2) de la distancia entre los perfiles del Proyecto, se comprobará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas. La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de quince milímetros (15 mm) en calzadas con categoría de tráfico pesado T00 a T2, ni en más de veinte milímetros (20 mm) en el resto de los casos, que es el nuestro. En todos los semiperfiles se comprobará la anchura extendida, que en ningún caso deberá ser inferior a la teórica deducida de la sección tipo de los Planos. Será optativa del Director de las Obras la comprobación de la superficie acabada con regla de tres metros (3 m), estableciendo la tolerancia admisible en dicha comprobación, que no podrá exceder de veinte (20) milímetros. Las irregularidades que excedan de dicha tolerancia se corregirán por el Constructor, a su cargo. Para ello se escarificará en una profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar. Cuando la tolerancia sea rebasada por defecto y no existieran problemas de encharcamiento, el Director de las Obras podrá aceptar la superficie, siempre que la capa superior a ella compense la merma de espesor sin incremento de coste para la Propiedad.

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4.9.7.4. Regularidad superficial. Se estará a lo dispuesto en el PG3.

4.9.8. Limitaciones de la ejecución. Las zahorras artificiales se podrán emplear siempre que las condiciones climatológicas no hayan producido alteraciones en la humedad de los materiales tales que se no se esté dentro de las tolerancias definidas en la tabla de tolerancias 510.4. del PG 3, incluida en páginas anteriores de este pliego. Sobre las capas recién ejecutadas se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, mientras no se construya la capa siguiente. Si esto no fuera posible, el tráfico que necesariamente tuviera que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren las rodadas en una sola zona. El Constructor será responsable de los daños originados, debiendo proceder a su reparación con arreglo a las instrucciones del Director de las Obras.

4.9.9. Control de Calidad.

4.9.9.1. Control de procedencia. Antes del inicio de la producción, se reconocerá cada procedencia, determinándose su aptitud en función del resultado de los ensayos. El reconocimiento se realizará de la forma más representativa posible, mediante toma de muestras en los acopios o a la salida de la cinta de las instalaciones de machaqueo. Para cualquier volumen de producción previsto se ensayará un mínimo de cuatro (4) muestras, añadiéndose una (1) más por cada diez mil metros cúbicos (10.000 m3), o fracción, de exceso sobre cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3). Sobre cada muestra se realizarán los siguientes ensayos:

- Granulometría por tamizado, según la UNE-EN 933-1.

- Límite líquido e índice de plasticidad, según las UNE 103103 y UNE 103104, respectivamente.

- Coeficiente de Los Ángeles, según la UNE-EN 1097-2.

- Equivalente de arena, según la UNE-EN 933-8 y, en su caso, azul de metileno, según la UNE-EN 933-9.

- Índice de lajas, según la UNE-EN 933-3 (sólo para zahorras artificiales).

- Partículas trituradas, según la UNE-EN 933-5 (sólo para zahorras artificiales).

- Humedad natural, según la UNE-EN 1097-5. El Director de las Obras comprobará además:

- La retirada de la eventual montera en la extracción de la zahorra.

- La exclusión de vetas no utilizables.

4.9.9.2. Control de ejecución. Se realizarán los siguientes ensayos:

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Para el control de fabricación se realizarán los siguientes ensayos: Por cada mil metros cúbicos (1.000 m3) de material producido, o cada día si se fabricase menos material, sobre un mínimo de dos (2) muestras, una por la mañana y otra por la tarde: - Equivalente de arena, según la UNE-EN 933-8 y, en su caso, azul de metileno, según la UNE-EN 933-9. - Granulometría por tamizado, según la UNE-EN 933-1. Por cada cinco mil metros cúbicos (5 000 m3) de material producido, o una (1) vez a la semana si se fabricase menos material: - Límite líquido e índice de plasticidad, según las UNE 103103 y UNE 103104, respectivamente. - Proctor modificado, según la UNE 103501. - Índice de lajas, según la UNE-EN 933-3 (sólo para zahorras artificiales). - Partículas trituradas, según la UNE-EN 933-5 (sólo para zahorras artificiales). - Humedad natural, según la UNE-EN 1097-5. Por cada veinte mil metros cúbicos (20 000 m3) de material producido, o una (1) vez al mes si se fabricase menos material: - Coeficiente de Los Ángeles, según la UNE-EN 1097-2. El Director de las Obras podrá reducir la frecuencia de los ensayos a la mitad (1/2) si considerase que los materiales son suficientemente homogéneos, o si en el control de recepción de la unidad terminada (apartado 510.9.3) se hubieran aprobado diez (10) lotes consecutivos. Antes de verter la zahorra, se comprobará su aspecto en cada elemento de transporte y se rechazarán todos los materiales segregados. Se comprobarán frecuentemente: - El espesor extendido, mediante un punzón graduado u otro procedimiento aprobado por el Director de las Obras. - La humedad de la zahorra en el momento de la compactación, mediante un procedimiento aprobado por el Director de las Obras. - La composición y forma de actuación del equipo de puesta en obra y compactación, verificando:

● Que el número y tipo de compactadores es el aprobado. ● El lastre y la masa total de los compactadores. ● La presión de inflado en los compactadores de neumáticos. ● La frecuencia y la amplitud en los compactadores vibratorios. ● El número de pasadas de cada compactador.

4.9.9.3. Control de recepción de la unidad terminada. Se considerará como lote, que se aceptará o rechazará en bloque, al menor que resulte de aplicar los tres (3) criterios siguientes a una (1) sola tongada de zahorra:

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- Una longitud de quinientos metros (500 m) de calzada. - Una superficie de tres mil quinientos metros cuadrados (3 500 m2) de calzada. - La fracción construida diariamente. La realización de los ensayos in situ y la toma de muestras se hará en puntos previamente seleccionados mediante muestreo aleatorio, tanto en sentido longitudinal como transversal; de tal forma que haya al menos una toma o ensayo por cada hectómetro (1/hm). Si durante la construcción se observaran defectos localizados, tales como blandones, se corregirán antes de iniciar el muestreo. Se realizarán determinaciones de humedad y de densidad en emplazamientos aleatorios, con una frecuencia mínima de siete (7) por cada lote. En el caso de usarse sonda nuclear u otros métodos rápidos de control, éstos habrán sido convenientemente calibrados en la realización del tramo de prueba. En los mismos puntos donde se realice el control de la densidad se determinará el espesor de la capa de zahorra. Se realizará un (1) ensayo de carga con placa, según la NLT-357, sobre cada lote. Se llevará a cabo una determinación de humedad natural en el mismo lugar en que se realice el ensayo de carga con placa. Se comparará la rasante de la superficie terminada con la teórica establecida en los Planos del Proyecto, en el eje, quiebros de peralte si existieran, y bordes de perfiles transversales cuya separación no exceda de la mitad de la distancia entre los perfiles del Proyecto. En todos los semiperfiles se comprobará la anchura de la capa. Se controlará la regularidad superficial del lote a partir de las veinticuatro horas (24 h) de su ejecución y siempre antes de la extensión de la siguiente capa, mediante la determinación del índice de regularidad internacional (IRI), según la NLT-330, que deberá cumplir lo especificado en el apartado 510.7.4. del PG3.

4.9.10. Criterios de aceptación o rechazo del lote. Las densidades medias obtenidas en la compactada no deberán ser inferiores a las especificadas en el apartado 510.7.1. del PG-3; no más de dos (2) individuos de la muestra podrán arrojar resultados de hasta dos (2) puntos porcentuales por debajo de la densidad exigida. Los ensayos de determinación de humedad tendrán carácter indicativo y no constituirán por sí solos base de aceptación o rechazo. Si durante la compactación apareciesen blandones localizados, se corregirán antes de iniciar el muestreo. Para la realización de ensayos de humedad y densidad podrán utilizarse métodos rápidos no destructivos, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc., siempre que mediante ensayos previos se haya determinado una correspondencia razonable entre estos métodos y las Normas NLT 102/72 y 109/72. El módulo de compresibilidad Ev2 y la relación de módulos Ev2/Ev1, obtenidos en el ensayo de carga con placa, no deberán ser inferiores a los especificados en el apartado 510.7.2 del PG-3. De no alcanzarse los resultados exigidos, el lote se recompactará hasta conseguir los módulos especificados. Se recomienda llevar a cabo una determinación de humedad natural en el mismo lugar en que se realice el ensayo de carga con placa, así como proceder, cuando corresponda por frecuencia de control, a tomar muestras en dicha zona para granulometría y Proctor modificado.

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4.9.11. Medición y abono. Se medirá y abonará por metros cúbicos (m3) realmente ejecutados, si lo han sido de acuerdo con este proyecto y/o las órdenes por escrito del Director, después de compactados, con arreglo a las secciones tipo que figuran en los planos, no abonándose los excesos sobre las mismas, aún cuando, a juicio del Director, no fuera preciso retirarlos, ni los debidos a las tolerancias admisibles en la superficie acabada según la citada norma. La medición se efectuará según el perfil geométrico de la sección tipo señalada en los planos, y medidas las distancias parciales según el eje de replanteo de la calzada, o si se trata del tronco según el eje único de replanteo. El precio incluye el repaso de la superficie de la capa inferior para que presente la pendiente longitudinal y transversal señaladas en los planos, (incluso el aporte de material si es necesario) y esté exenta de irregularidades fuera de los límites de tolerancia establecidos en la citada norma, el extendido, la compactación, humectación, y cuantos medios y operaciones intervienen en la correcta y completa ejecución. Cuando se produzcan contaminaciones, segregaciones, deformaciones, etc. de las capas de zahorra artificial como consecuencia del paso del tráfico de la obra sobre ellas, la reposición al estado admisible por las prescripciones del presente Pliego no será objeto de abono independiente. No serán de abono las creces laterales, ni las consecuentes de la aplicación de la compensación de la merma de espesores de capas subyacentes. Se abonará según el precio correspondiente del cuadro de precios Nº 1.

4.10. PAVIMENTOS DE BALDOSA HIDRAULICA.

4.10.1. Composición. Las baldosas estarán hechas a base de cemento hidráulico, colorantes y áridos pétreos, comprimidos o vibrados, distribuidos de la siguiente forma: - Cara, constituida por la capa de huella, de mortero rico en cemento, arena muy fina y, en general, colorantes. - Capa intermedia, que puede faltar a veces, de un mortero análogo al de la cara, sin colorantes. - Capa de base, de mortero menos rico en cemento y arena más gruesa, que constituye el dorso.

4.10.2. Materiales empleados.

4.10.2.1. Cementos. Los cementos cumplirán los requisitos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Cementos vigente, y la comprobación de las características especificadas se llevará a cabo de acuerdo con las normas de ensayo que se fijan en dicho Pliego.

4.10.2.2. Áridos. Los áridos estarán limpios y desprovistos de finos y de materia orgánica, de acuerdo con las normas UNE 7082 y UNE 7135.

4.10.2.3. Agua. Cumplirá las condiciones exigidas para el agua a emplear en morteros y hormigones.

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4.10.2.4. Pigmentos. Los pigmentos cumplirán los requisitos especificados en la norma UNE 41060.

4.10.3. Calidades. Según la calidad, los distintos tipos de baldosas podrán ser de clase 1ª, o de clase 2ª, definidas por las condiciones que se fijan en los apartados siguientes. Existirá además una clase especial que por su fabricación o materiales empleados (limaduras, áridos muy duros, etc.) reunirá condiciones superiores en alguna de sus características a las de la clase 1ª, que en cada caso se fijarán por la Dirección de Obra. En este proyecto la baldosa será de clase 1ª.

4.10.4. Características geométricas.

4.10.4.1. Forma y dimensiones. Las baldosas estarán perfectamente moldeadas, y su forma y dimensiones serán las señaladas en los Planos o por la Dirección de Obra.

4.10.4.2. Tolerancias. Las tolerancias admisibles en las medidas nominales de los lados serán las que se indican en la Tabla siguiente: Medidas Tolerancias cm Clase 1ª Clase 2ª 30 0,2% 0,3%

4.10.4.3. Espesores. El espesor de una baldosa medido en distintos puntos de su contorno, con excepción de los rebajos de la cara o del dorso, no variarán en más del ocho por ciento (8%) del espesor máximo y no será inferior a los valores indicados en la tabla siguiente.

Tipo Medida (1) Espesor de la baldosa Mínimo - cm.

Baldosas y baldosines hidráulicos. Clases 1ª y 2ª

10 15 20 25 30 40

1,2 1,4 1,6 1,8 2,0 2,4

(1) Esta medida corresponde, según los casos a: Formas cuadradas: lado del cuadrado. Formas rectangulares: lado mayor del rectángulo. Otras formas: lado del mínimo cuadrado circunscrito. El espesor de la capa de huella, con excepción de los rebajos de la cara, será sensiblemente uniforme y no menor, en ningún punto, que los indicados en la Tabla 3.

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Tipo Espesor de la capa de huella mm. Baldosas y baldosines Clase 1ª Clase 2ª Hidráulicos 4 3

4.10.4.4. Ángulos. La variación máxima admisible en los ángulos será de cuadro décimas de milímetro (0,4 mm.) en más o menos, medidos sobre un arco de veinte centímetros (20 cm.) de radio, o por sus valores proporcionales para las de clase 1ª, y de ocho décimas de milímetros (0,8 mm.) en más o menos para las de clase 2ª.

4.10.4.5. Rectitud de las aristas. La desviación máxima de una arista respecto a la línea recta será, en las de clase 1ª, de uno por mil (1%o), y en las de clase 2ª, de dos por mil (2 %o), en más o menos, de su longitud.

4.10.4.6. Alabeo de la cara. La separación de un vértice cualquiera, con respecto al plano formado por otros tres, no será superior a cinco décimas de milímetro (0,5 mm.) en más o en menos.

4.10.4.7. Planicidad de la cara. La flecha máxima no sobrepasará el tres por mil (3%o) de la diagonal mayor en las de clase 1ª y el cuatro por mil (4%o) en las de clase 2ª, en más o en menos, no pudiendo estas medidas sobrepasar, a su vez, de dos y tres milímetros (2 y 3 mm), respectivamente.

4.10.5. Aspecto y estructura.

4.10.5.1. Cara vista. Las baldosas deberán cumplir la condición inherente a la cara vista. Esta condición se cumple si, en el momento de efectuar el control de recepción, hallándose éstas en estado seco, esta cara resulta bien lisa y no presenta un porcentaje de defectos superior a los márgenes que se señalan en la tabla siguiente.

DEFECTOS Tanto por ciento en baldosas, sobre la partida

Clase 1ª Clase 2ª

Hendiduras, grietas, depresiones, abultamientos o desconchados en la superficie de la baldosa, visibles a simple vista y desde la altura normal de una persona. Después de mojadas con un trapo húmedo pueden aparecer grietas o fisuras (rectilíneas o reticuladas), pero éstas deberán dejar de ser visibles a simple vista, y desde la altura de una persona, una vez secas.

2

4

Desportillado de aristas, de longitud superior a cuatro milímetros (4 mm) o al tamaño máximo del árido si éste excede de dicha medida, desbordando sobre la cara vista y de una anchura superior a dos milímetros (2mm).

3

5

Despuntado de baldosas, cuyas esquinas estén matadas en una 4

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longitud superior a dos milímetros (2 mm). 2

Huellas de muela en baldosas pulimentadas. 1 2 En ningún caso la suma de los porcentajes excederá de cinco (5) en las de clase 1ª y de doce (12) en la clase 2ª. Las baldosas en seco podrán presentar ligeras eflorescencias (salitrado), así como algunos poros, invisibles a distancia a medio metro (0,5 m) después del mojado.

4.10.5.2. Colorido. El color o colores de un pedido serán uniformes y de acuerdo con los de la muestra o modelo elegido.

4.10.5.3. Estructura. La estructura de cada capa será uniforme en toda superficie de fractura, sin presentar esfoliaciones ni poros visibles.

4.10.6. Características físicas.

4.10.6.1. Absorción de agua. El coeficiente de absorción de agua, máximo admisible, determinado según la Norma UNE 7008, será del diez por ciento (10%) en peso, para las de clase 1ª, y del quince por ciento (15%), para las de clase 2ª.

4.10.6.2. Heladicidad. En el caso de baldosas para exteriores, ninguna de las tres baldosas ensayadas, de acuerdo con la norma UNE 7033, presentará en la cara o capa de huella señales de rotura o de deterioro.

4.10.6.3. Resistencia al desgaste. Realizado el ensayo según la Norma UNE 7015, con un recorrido de doscientos cincuenta metros (250 m.), la pérdida máxima de altura permitida será la indicada en la tabla siguiente.

TIPO Desgaste máximo mm. Clase 1ª Clase 2ª

Baldosas y baldosines Hidráulicos

3 No deberá aparecer la 2ª capa, con un máx. de 4

4.10.6.4. Resistencia a la flexión. Determinada según la Norma UNE 7034, como media de cinco (5) piezas, la tensión aparente de rotura no será inferior a la indicada en la tabla siguiente.

Tensión aparente de rotura Kg/cm2. Cara en tracción Dorso en tracción

Clase 1ª Clase 2ª Clase 1ª Clase 2ª

Baldosas hidráulicas 50 40 30 25

4.10.7. Ejecución. Previa preparación de la superficie existente perfectamente compactada se procederá al vertido de la capa de hormigón HM-20 de apoyo de doce centímetros (12 cm.) de espesor dejando la cara superior rugosa para un mejor agarre del mortero que

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se extenderá sobre él formando una capa de dos (2) o (3) centímetros, dejando juntas de centímetro y medio (1,5) en distancias no superiores a diez (10) metros, que se rellenarán con arena. A continuación se colocarán las baldosas que se habrán humedecido previamente y se asentarán sobre la capa de mortero fresco, previo espolvoreado con cemento cuidando que se forme una superficie continua del pavimento. Se dispondrán respetando las juntas previstas en la capa de mortero. Posteriormente se rellenarán las juntas entre baldosas con cemento blanco y arena caliza. Una vez recebado completamente se eliminarán los restos de materiales y se limpiará la superficie.

4.10.8. Medición y abono. Los pavimentos de baldosa se medirán por los metros cuadrados realmente ejecutados y se abonarán por aplicación de los diferentes precios incluidos en el cuadro de precios. En el precio está incluido el suministro del material, con piezas de cualquier color y dimensión, la formación de figuras según señale la Dirección de Obra, cortes, remates, preparación previa de la superficie, mortero de agarre, formación y tratamiento de juntas y limpieza final. En los casos en que así lo defina el correspondiente precio unitario, estarán incluidos en la unidad las capas de base de hormigón y de subbase de zahorra señalados en los planos. Cuando se trate de reposiciones de pavimento existente, el tratamiento del encuentro entre los pavimentos viejo y nuevo se considera repercutido en el precio de la unidad. Finalmente, se señala expresamente que el embaldosado de tapas rellenables no supondrá aumento de precio, computándose a efectos de medición y abono como pavimento normal.

4.11. BORDILLOS PREFABRICADOS DE HORMIGON.

4.11.1. Definición. Se definen como bordillos los elementos prefabricados de hormigón colocados sobre una solera adecuada, que constituye una cinta que delimita la superficie de la calzada, la de una acera, la de una rampa o la de un andén; estos elementos pueden asimismo ser realizados in-situ. Se incluye dentro de la unidad el lecho de asiento, mortero de agarre y demás materiales y trabajos auxiliares.

4.11.2. Materiales. Las condiciones que han de cumplir los materiales serán las especificadas en el Artículo 610 del PG-3.

4.11.3. Características. El Contratista deberá presentar a la Dirección de Obra, documentación sobre distintas marcas comercializadas de bordillos y encintados, en la que se determinarán las características fundamentales de su producto. La Dirección de Obra podrá elegir de las presentadas aquella que considere más idónea para las características de la obra a realizar, pudiendo asimismo desechar las presentadas por el contratista. En tal caso el Contratista podrá presentar otra serie de marcas comerciales a la Dirección de Obra.

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Si la Dirección de Obra volviese a desechar las marcas presentadas por el Contratista, sería la Dirección de Obra quien elegiría la marca comercial que considere más idónea del mercado, o bien exigiría la construcción in-situ de los elementos. Los elementos en cualquiera de los casos deberán ceñirse a las dimensiones señaladas en los planos y/o por el Director de Obra.

4.11.4. Ejecución de las obras. Se realizará un replanteo de las alineaciones en donde se deberán ejecutar los bordillos, a partir de lo especificado en los Planos y/o por el Director de Obra. Antes de la colocación de ningún elemento el Director de Obra deberá aprobar la realización del replanteo. Las piezas se asentarán sobre un lecho de hormigón de la forma y características que se indican en los planos. Las piezas que forman el bordillo se colocarán dejando un espacio entre ellas de cinco milímetros (5 mm). Este espacio se rellenará con mortero del mismo tipo que el empleado en el asiento. Se realizará una perfecta nivelación de los elementos, de forma que no presenten ni irregularidades ni discontinuidades. El Director de las Obras podrá mandar repetir la colocación de las piezas si considerase que no reúnen las condiciones necesarias.

4.11.5. Medición y abono. Los bordillos se medirán por metro lineal de bordillo realmente ejecutado, medido en el terreno. Se abonarán según los precios correspondientes del cuadro de precios Nº 1. Se considera incluido dentro del precio todos los materiales y trabajos necesarios para la perfecta ejecución de la unidad. El sobre costo de los bordillos curvos y piezas especiales se considera incluido como parte proporcional en el precio de la unidad.

4.12. UNIDADES NO INCLUIDAS EN EL PLIEGO. Los materiales, cuyas condiciones no están especificadas en este Pliego, cumplirán las prescripciones de los Pliegos, Instrucciones o Normas aprobadas con carácter oficial, en los casos en que dichos documentos sean aplicables. La Dirección de la Obra podrá rechazar dichos materiales si no reúnen, a su juicio, las condiciones exigibles para conseguir debidamente el objeto que motivara su empleo, y sin que el Contratista tenga derecho, en tal caso, a reclamación alguna. En la ejecución de las obras, fábricas y construcciones para las cuales no existen prescripciones consignadas explícitamente en este Pliego, el Contratista se atendrá a lo que resulte de los Planos, Cuadros de Precios y Presupuesto, en segundo término a las reglas que dicte la Dirección de las Obras y, finalmente, a las buenas prácticas de la construcción seguidas en obras análogas. Las obras varias, cuya ejecución no está totalmente definida en este Proyecto, se abonarán de acuerdo con lo previsto para las obras accesorias en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales de Obras Públicas, aprobado por Decreto 3.854 de 31 de Diciembre de 1.970.

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CAPITULO V. PRESCRIPCIONES GENERALES.

5.1. REPLANTEO. El replanteo hecho por la Administración comprenderá los ejes, alineaciones, rasantes y referencias necesarias para que, con lo indicado en los Planos, el Contratista pueda ejecutar las obras. El Contratista queda obligado a la custodia y mantenimiento de las señales que se hayan establecido. Dentro del plazo que se consigue en el Contrato de Obras, el Director Técnico de la Obra, procederá, en presencia del Contratista, a efectuar la comprobación del replanteo, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas. Cuando del resultado de la comprobación del replanteo se deduzca la viabilidad del Proyecto, a juicio del Director de las Obras y sin autorización para iniciarlas, haciéndose constar este extremo explícitamente en el acta extendida, de cuya autorización quedará notificado el Contratista por el hecho de suscribirla y empezándose a contar el plazo de ejecución de las obras desde el día siguiente al de la firma del acta. En caso contrario, cuando el Director de las Obras entienda necesaria la modificación parcial o total de las obras proyectadas o el Contratista haga reservas, se hará constar en el acta que queda suspendida la iniciación de las obras total o parcialmente hasta que el Director de las Obras dicte la resolución oportuna. En tanto sea dictada esta resolución y salvo en caso en que resulten infundadas las reservas del Contratista, las obras se considerarán suspendidas temporalmente desde el día siguiente a la firma del acta. El acuerdo de autorizar el comienzo de las obras una vez superadas las causas que lo impidieron, requiere un acto formal con debida notificación al Contratista, dando origen al cómputo del plazo de ejecución desde el día siguiente al que tenga lugar la misma. Los replanteos de detalle o complementarios del general hecho por la Administración, serán efectuados por el Contratista, según vayan siendo necesarios para la realización de las distintas partes de la obra, debiendo obtener conformidad escrita de la Dirección de las Obras antes de comenzar la parte de que se trate, sin cuyo requisito será plenamente responsable de los errores que pudieran producirse y tomará a su cargo cualquier operación que fuese necesaria para su corrección. Está obligado el Contratista a poner en conocimiento del Director de la Obra, cualquier error o insuficiencia que observase en las referencias del replanteo general hecho por la Administración, aún cuando ello no hubiera sido advertido al hacerse la comprobación previa que da lugar al Acta. En tal caso, el Contratista podrá exigir que se levante Acta complementaria de ésta, en la que consten las diferencias observadas y la forma de subsanarlas.

5.2. MODIFICACIÓN DE SERVICIOS AFECTADOS POR LAS OBRAS. Antes de comenzar la ejecución de las obras y especialmente las excavaciones, el Contratista deberá solicitar de las compañías de servicios públicos, los planos de las zonas en que se ubica la Obra donde estarán señalados el tipo, importancia y posición de los conductos o instalaciones. Una copia de los planos será entregada al Director de las obras, el cual estudiará los servicios afectados, y en última instancia los servicios que es preciso reponer para poder ejecutar los trabajos. El Ingeniero Director comunicará al Contratista la relación de servicios afectados, el cual tramitará su reposición con las compañías correspondientes. Las reposiciones podrán ejecutarse ya por personal de las propias compañías, a costa del

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Contratista, ya directamente por el Contratista. En ambos casos las unidades de obra se abonarán al Contratista en la forma que se indica en el capítulo IV. Si el Contratista dejase de cumplir las condiciones anteriores e iniciase los trabajos sin estar repuestos los servicios, cualquier daño, accidente o perjuicio causados por esta acción serán de su total responsabilidad, sin que pueda alegar en su favor la urgencia del trabajo o la falta de las compañías en realizar los cambios o reposiciones necesarios. El Contratista no podrá reclamar ni variar los precios por trastorno de los planes de ejecución o rendimientos que hubiese supuesto o anticipado como consecuencia de haber ejecutado la obra sin modificación o reposición de los servicios afectados. Dadas las características de la obra, el contratista a la hora de estudiar los precios habrá tenido en cuenta la incidencia en la ejecución de las obras de los servicios afectados dentro de ellos los que se deben reponerse, e incluso los que no deban interrumpirse. Y lo aquí dicho se extiende no solo a los servicios indicados en el proyecto sino a los que presumiblemente puedan existir y no se reflejen en los planos.

5.3. OCUPACIÓN DE TERRENOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Si para la ejecución de las obras y muy especialmente en las obras de trabajo a cielo abierto y caminos de acceso, fuese precisa la ocupación temporal de superficies fuera de la zona de ocupación de la obra, el Contratista, de acuerdo con su Programa de Trabajo y medios de ejecución, propondrá al Ingeniero Director las Superficies que necesita ocupar. El Ingeniero Director estudiará su posibilidad en función de los intereses generales afectados y/o autorizará su ocupación, o si no fuese posible, modificará la propuesta, que deberá ser aceptada por el Contratista, sin que ello pueda significar derecho a una variación del precio o del resultado final. Las superficies ocupadas lo serán libres de cargas para el Contratista y su ocupación tendrá carácter precario y provisional. Finalizará automáticamente al terminar los trabajos que la motivaron. En caso de tener que modificar la superficie ocupada o de tener que cambiar el emplazamiento, todos los gastos que se produzcan serán de cuenta del Contratista. Al terminar la ocupación deberán dejarse en perfecto estado de limpieza, libre de obstáculos y arreglado los desperfectos que se hubiesen producido. Todos los gastos que se produzcan por estos motivos serán a cargo del Contratista.

5.4. PROGRAMA DE TRABAJOS Y PLAZOS.

5.4.1. Programa de trabajos. En el plazo de quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de aprobación del Acta de Comprobación del Replanteo, el Contratista presentará el Programa definitivo de ejecución de los trabajos. El programa de trabajos presentado deberá incluir los siguientes datos: a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. b) Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus

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rendimientos medios. c) Estimación en días calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones, y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. d) Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios. e) Gráfico de las diversas actividades o trabajos. Los plazos parciales serán fijados por la Administración al aprobar el Programa de Trabajos del Proyecto de Construcción. En el Programa de Trabajo se definirá y detallará expresamente los tiempos y medios de las pruebas parciales y de conjunto.

5.4.2. Modificación del programa. Si el Contratista durante la ejecución de la obra se viese obligado a alterar la programación realizada, deberá ponerlo en conocimiento de la Dirección de la Obra, al menos, con siete (7) días de antelación a la fecha prevista como origen de dicha alteración. Por otra parte, la Dirección de la Obra se reserva el derecho de modificar la marcha prevista de los trabajos por necesidad urgente, poniéndolo en conocimiento del Contratista con diez (10) días de antelación, siempre que no respondan a causas de fuerza mayor.

5.5. SEGURIDAD DE LOS SISTEMA DE EJECUCIÓN. El Contratista, al redactar su Programa de Trabajos y forma de ejecución de las unidades de obra, deberá considerar los sistemas de ejecución que ofrezcan las máximas seguridades y garantías de que no solamente reducen al mínimo los posibles accidentes, sino que aseguren también los daños a las propiedades y servicios, por lo cual el sistema de ejecución que a pesar de su mayor riesgo puedan no obstante emplearse en la construcción de las obras, no serán aconsejables e incluso permisibles por las consecuencias que pudieran producir. Por este motivo, cualquier sistema de trabajo, antes de su utilización, deberá ser propuesto al Ingeniero Director, el cual estudiará la seguridad y eficacia de la propuesta frente a las condiciones señaladas anteriormente y su decisión será de obligado cumplimiento para el Contratista.

5.6. RECONOCIMIENTO PREVIO. Antes de comenzar los trabajos, el Contratista efectuará un minucioso reconocimiento de todas las propiedades particulares y servicios que a lo largo del trazado puedan ser afectadas por las obras, para tener conocimiento de su estado previamente al comienzo de las obra, redactando la relación correspondiente. Para cada caso deberá indicar su estado y ponerlo en conocimiento del Ingeniero Director, que ordenará las precauciones a tomar y las medidas que considere oportunas, incluso la formulación de un Acta Notarial en la que se reflejen estas circunstancias. Todos los gastos que se produzcan en este reconocimiento previo serán a cargo del Contratista.

5.7. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El Contratista, antes de iniciar la ejecución de las obras, deberá contratar a su cargo (de no tenerlo ya suscrito con carácter más general), un seguro contra todo daño, pérdida o lesión que pueda producirse a cualquier bien o cualquier persona por la ejecución o a causa de la ejecución de las obras o en cumplimiento del Contrato.

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Se recomienda así mismo asegurar instalaciones, maquinaria y acopios para cubrir los riesgos que de acuerdo con Ley no sean considerados de causa mayor.

5.8. EQUIPO NECESARIO. El equipo necesario a emplear en la ejecución de todas las unidades de obra que se describen a continuación, deberá ser aprobado por el Ingeniero Director de las Obras y deberá mantenerse en todo momento en condiciones de trabajo satisfactorias y exclusivamente dedicadas a su construcción, no pudiendo ser retirado sin la autorización escrita del Ingeniero Director.

5.9. UNIDADES DE OBRA NO INCLUIDAS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES. Las unidades de obra no incluidas expresamente en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o a los Planos del Proyecto, se ejecutarán de acuerdo con lo tenido por costumbre y las indicaciones que por este motivo señale el Ingeniero Director. Si se diera el caso de que surgieran obras imprevistas que no estuvieran contempladas en los planos o lo estuvieran parcialmente o con otras dimensiones, se pondrá tal circunstancia en conocimiento del Ingeniero Director para que defina exactamente las obras a realizar. Una vez ejecutadas las obras el Contratista avisará a la Dirección para proceder a su supervisión, aprobación y medición (dicho aviso reúne especial importancia en los casos en que las mencionadas obras vayan a quedar ocultas, no siendo excusa para no cumplir lo aquí reglamentado el no detener el ritmo de trabajos o la urgencia en evitar una situación presuntamente peligrosa, de preverse tales situaciones el Contratista planificará y avisará a la Dirección con la suficiente antelación para que se pueda cumplir lo establecido sin perjuicio en la Seguridad y ritmo de la Obra). El Director podrá ordenar, sin entrar en otras consideraciones, la demolición de las obras ejecutadas sin las debidas condiciones anteriores, no obstante, si lo considera conveniente, podrá tomar las siguientes decisiones: 1.- Si la obra realizada fuera innecesaria y afectara negativamente al resto de la obra, se demolerá y retirará siendo los gastos a costa del Contratista. 2.- Si la obra realizada es innecesaria pero no afectara negativamente al resto de la obra, podrá no demolerse, pero no será objeto de abono al Contratista. 3.- Si la obra realizada fuera necesaria pero no correspondiera su ejecución a la Administración, ésta no se subrogará en el pago, ni gestionará el cobro en beneficio del Contratista, si se hubiera consultado a la Dirección con antelación, corresponderá a la Dirección tomar las medidas oportunas para la buena marcha de las obras). 4.- Si la obra realizada fuese necesaria, cumpliese la función solicitada, pero no correspondiera a los criterios de diseño de Ingeniero Director, se valorará de acuerdo a lo que en justicia apruebe la Dirección, pudiendo el Contratista no estar de acuerdo con dicha valoración y cabiéndole en dicho caso la opción de demoler y retira la obra ejecutada y rehacerla de acuerdo con los criterios de la Dirección.

5.10. PERSONAL FACULTATIVO DEL CONTRATISTA. El Contratista comunicará por escrito a la Administración, antes de la firma del Acta de Replanteo, el nombre de la persona que haya de estar por su parte al frente del mismo y de las obras y pruebas previstas, para representarlo como "Delegado de Obra", según lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. Esta persona tendrá la titulación de Técnico Superior y con la experiencia profesional suficiente a juicio de la Dirección de la Obra, debiendo residir en la zona donde se desarrollen los trabajos y no podrá ser sustituida sin previo conocimiento y

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aceptación por parte de aquélla. La representación de la Contrata y la Dirección de la Obra, acordarán los detalles de sus relaciones, estableciéndose modelos para comunicación escrita entre ambos, así como la periodicidad y nivel de reuniones para control de la marcha de las obras y pruebas. Además del Delegado, el Contratista dispondrá en tanto duren las obras, salvo autorización expresa de la Dirección de Obra, del siguiente personal a pie de obra como mínimo: - Un Técnico Medio con experiencia en obras similares. - Un topógrafo.

5.11. ORDENES AL CONTRATISTA. En la Obra existirá un Libro de Ordenes, en el que la Dirección de las Obras plasmará las instrucciones que estime convenientes para el correcto desarrollo de la Obra. No obstante, y el curso de las visitas que la Dirección gire a las obras, podrán darse verbalmente las instrucciones y recomendaciones que se consideren necesarias, si bien a efectos de su obligado cumplimiento deberán reflejarse en el anteriormente mencionado Libro de Ordenes o bien comunicándolo por fax o por correo certificado con acuse de recibo. Asimismo, se hará constar en él, al iniciarse las obras o, en caso de modificaciones durante el curso de las mismas, con el carácter de orden, la relación de personas que, por el cargo que ostentan o la delegación que ejercen, tienen facultades para acceder a dicho libro y transcribir en él órdenes, instrucciones y recomendaciones que se consideren necesarias comunicar al Contratista.

5.12. GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA. Los de construcción, desmontaje y retirada de toda clase de construcciones auxiliares, los de alquiler o adquisición de terrenos para depósito de maquinaria o materiales; los de protección de materiales y de la propia obra contra todo deterioro, daño o incendio, cumpliendo los requisitos vigentes para el almacenamiento de explosivos y carburantes; los de limpieza y evacuación de desperdicios y basuras; los de construcción y conservación de caminos provisionales para desvíos de tráfico y servicio de las obras; los debidos a la ejecución de desagües, colocación de señales de tráfico, señalización de seguridad y demás recursos necesarios para proporcionar seguridad dentro de la Obra de acuerdo con la legislación vigente; los de retirada total al finalizar la Obra; los provocados por la acometida, instalación y consumo de energía eléctrica, agua o cualquier otro concepto similar, que sea necesario para las obras; los de demolición de las instalaciones provisionales; los de retirada de los materiales rechazables; los provocados por la corrección de deficiencias observadas y puestas de manifiesto por los correspondientes ensayos, pruebas o por dictamen de Ingeniero Director. Las cantidades expresadas en el apartado anterior tienen un carácter puramente informativo debiendo ser contrastadas y modificadas en la fase de estudio previo a la licitación, no siendo objeto de reclamación el que las cantidades reales difieran de las que en este Documento reflejadas. Igualmente serán de cuenta del Contratista los gastos originados por los ensayos de materiales y los de control de calidad de las obras, con los límites legales establecidos. Será de cuenta del Contratista la indemnización a los propietarios de los derechos que les correspondan y todos los daños que se causen en la explotación de canteras, la extracción de tierras para la ejecución de terraplenes, el

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establecimiento de almacenes, talleres o depósitos, los que se originen con la habilitación de caminos y vías provisionales para el transporte y, en general, cualquier operación que se derive de la propia ejecución de las obras. También serán a cuenta del Contratista las indemnizaciones a que hubiere lugar por perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de accidentes debidos a una señalización o protección insuficiente o defectuosa, así como los gastos de vigilancia para el perfecto mantenimiento de las medidas de seguridad. Asimismo, serán de cuenta del Contratista las indemnizaciones a que hubiera lugar por perjuicios que se ocasionen a terceros por interrupción de servicios públicos a particulares, daños causados en sus bienes por aperturas de zanja, desvíos de cauces, explotación de préstamos y canteras, establecimiento de almacenes, talleres, depósitos de materiales y maquinaria y cuantas operaciones requieran la ejecución de las obras. En los casos de rescisión de contrato, cualquiera que sea la causa que lo motive, serán de cuenta del Contratista los gastos originados por la liquidación, así como los de retirada de los medios auxiliares empleados o no en la ejecución de las obras.

5.13. PERMISOS Y LICENCIAS. La obtención de los permisos, licencias y autorizaciones que fueran necesarios ante particulares u organismos oficiales, para cruce de carreteras, líneas férreas, cauces, etc..., afecciones a conducciones, vertidos a cauces, ocupaciones provisionales o definitiva de terrenos públicos u otros motivos, y los gastos que ello origine, cualquiera que sea la causa (ocupación, garantía, aval, gastos de vigilancia, servidumbre, etc...), serán por cuenta del Contratista. Asimismo serán a su cargo el anuncio de carteles subasta tipo Comunidad Autónoma, el pago de las tasas oficiales y los gastos por recepción y liquidación pudiera estar prevista con carácter general para las obras públicas del Estado o, en su caso, de acuerdo con la normativa específica que al efecto tenga aprobada la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

5.14. MAQUINARIA Y PERSONAL DE LA OBRA. Con la antelación prevista en el Programa de Trabajo, el Contratista situará en las obras los equipos de maquinaria y personal que, para realizarlas, se comprometió a aportar en la licitación. El Director de la Obra, no ordenará el comienzo de una unidad de obra hasta que compruebe la existencia del personal y maquinaria y materiales adecuados para la realización de la misma, de acuerdo con lo indicado por el Contratista en la licitación. El Contratista no podrá empezar una nueva unidad sin cumplir estas condiciones previas. Los equipos y las instalaciones auxiliares necesarias para su funcionamiento, serán examinados y probados en todos sus aspectos, (incluso en el de la adecuación de su potencia y capacidad al volumen de obra a ejecutar en el plazo programado), por el Director de Obra y no podrán ser empleados en la obra sin la aprobación previa de éste. Las Instalaciones y equipos de maquinaria aprobados, quedarán adscritos a la obra durante el curso de ejecución de las unidades en que deban utilizarse, y deberán mantenerse en todo momento en condiciones satisfactorias de trabajo, mediante las reparaciones y sustituciones que sean precisas. No podrán retirarse de la obra sin la autorización expresa del Director de Obra. Se señala, expresamente, que si durante la ejecución de las obras se observase que, por cambio de las condiciones de trabajo o por cualquier otro motivo, el equipo o equipos aprobados no son idóneos al fin propuesto, el Contratista deberá sustituirlos por otros que lo sean, previo permiso por escrito a la Dirección de Obra.

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5.15. DISPOSICIONES LEGALES. El Contratista vendrá obligado al cumplimiento de lo dispuesto en materia de Seguridad y Salud del Trabajo, así como de cuantas disposiciones legales de carácter laboral, social, de protección a la Industria Nacional, etc., rijan en la fecha en que se ejecuten las obras. Viene también obligado al cumplimiento de cuanto le dicte la Dirección de Obra, encaminado a garantizar la seguridad de los trabajadores y buena marcha de las obras, bien entendido que en ningún caso dicho cumplimiento eximirá al Contratista de su responsabilidad.

5.16. PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS. Todo lo que sin apartarse del espíritu general del Proyecto de Construcción que merezca la aprobación definitiva o de las disposiciones especiales que al efecto se dicten por quien corresponda u ordene el director de la Obra, será ejecutado obligatoriamente por el Contratista, aún cuando no esté estipulado expresamente en este Pliego de Prescripciones. Todas las obras se ejecutarán siempre atendiéndose a las reglas de la buena construcción y con materiales de primera calidad, con sujeción a las normas del presente Pliego; en aquellos casos en que no se detallen en éste las condiciones, tanto de los materiales como de la ejecución de las obras, se atenderá a lo que la costumbre ha sancionado como regla de buena construcción.

5.17. CONTRAINDICACIONES EN LA DOCUMENTACIÓN. Lo mencionado en este Pliego de Prescripciones y omitido en los documentos del Proyecto de Construcción o definición de los precios o viceversa, deberá ser ejecutado como si estuviera contenido en todos estos documentos. En caso de contradicción entre los documentos del Proyecto de Construcción y el Proyecto de Pliego de Bases para el Concurso, prevalecerá lo prescrito en este último.

5.18. CONFRONTACIÓN DE PLANOS Y MEDIDAS. El Contratista deberá confrontar todos los planos que le hayan sido facilitados y deberá informar al Director de la Obra sobre cualquier contradicción. El Contratista deberá confrontar todos los planos y comprobar las cotas antes de aparejar la obra, y será responsable de cualquier error que hubiera podido evitar de haberlo hecho.

5.19. MODIFICACIONES DE PROYECTO. La Dirección de Obra podrá introducir, durante la ejecución de las obras, las modificaciones precisas, siempre que lo sean como consecuencia de necesidades nuevas o causas técnicas imprevistas al elaborarse el proyecto. Todas estas modificaciones serán obligatorias para el Contratista a los precios del contrato. Cuando el Contratista hubiere introducido modificaciones no autorizadas en la obra, estará obligado a la demolición de lo ejecutado sin que le sea de abono.

5.20. PLANOS DE DETALLE. Todos los planos de detalle preparados durante la ejecución de las obras, deberán estar aprobados por la Dirección de Obra, sin cuyo requisito no podrán ejecutarse los trabajos correspondientes.

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5.21. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN. El Contratista proporcionará a la Dirección de Obra o a sus subalternos o delegados, toda clase de facilidades para los replanteos, reconocimientos, mediciones y pruebas de materiales, así como para la inspección de la mano de obra de todos los trabajos, con objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en este Pliego, permitiendo los accesos a todas las partes de la obra, e incluso a los talleres o fábricas donde se producen los materiales o se realizan trabajos para las obras. Por la Dirección Facultativa de las obras, se designará el Organismo o Ingeniero que haya de inspeccionar en talleres la construcción de la parte metálica, y serán de cuenta del adjudicatario los gastos, indemnizaciones y remuneraciones que corresponda a esta inspección de la ejecución de la obra dentro del presupuesto definido en este Pliego. El adjudicatario avisará, con anticipación oportuna, los días en que han de fundir las piezas y en que se desmoldarán, así como también las fechas en que se verifiquen montajes provisionales en talleres. El Organismo o Ingeniero encargado de la Inspección en talleres elegirá probetas para ensayos de comprobación de las condiciones mecánicas de resistencia. En caso de duda serán decisivos los ensayos realizados por el Laboratorio Central sobre probetas elegidas y preparadas con la citada intervención. Sólo serán admisibles para confección de piezas, los materiales que dieran resultado satisfactorio. La forma y dimensiones de las piezas acabadas y sus dispositivos serán las que figuren en el proyecto aprobado.

5.22. RESPONSABILIDADES POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El Contratista será responsable durante la ejecución de las obras de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de las obras. Los servicios públicos o privados que resulten dañados deberán ser reparados, a su costa, con arreglo a la legislación vigente sobre el particular. Las personas que resulten perjudicadas deberán ser compensadas, a su costa, adecuadamente. Las propiedades públicas o privadas que resulten dañadas deberán ser reparadas, a su costa, estableciendo sus condiciones primitivas o compensando adecuadamente los daños y perjuicios causados.

5.23. SOBRE LA CORRESPONDENCIA OFICIAL. El Contratista tendrá derecho a que se le acuse recibo, si lo pide, de las comunicaciones o reclamaciones que dirija a la Dirección de Obra y, a su vez, estará obligado a devolver a aquélla los originales o una copia de las órdenes que reciba de la Dirección de Obra, poniendo al pie el "enterado".

5.24. ENSAYOS Y RECOMENDACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Los ensayos y recomendaciones verificados durante la ejecución de los trabajos, no tienen otro carácter que el de simples antecedentes para la recepción. Por consiguiente, la admisión de materiales o de piezas, en cualquier forma que se realice, antes de la recepción definitiva, no atenúa las obligaciones del Contratista de subsanar o reponer las obras o instalaciones que resultasen inaceptables, parcial o totalmente, en el acto de reconocimiento final y pruebas de recepción.

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5.25. CONSTRUCCIONES AUXILIARES Y PROVISIONALES, PRODUCTOS DE PRÉSTAMO, ALQUILER DE CANTERAS, ESCOMBRERAS. El Contratista está obligado al cumplimiento de la O.M. de 14 de Marzo de 1.960, sobre señalización de las obras. Serán de cuenta del Contratista los gastos de construcción, desmontaje y retirada de las construcciones auxiliares para oficinas, almacenes, cobertizos, caminos de servicio; los de protección de materiales y la propia obra contra todo deterioro, daño o incendio, cumpliendo los Reglamentos vigentes para el almacenamiento de explosivos o carburantes, los de limpieza de los espacios interiores y exteriores y evacuación de desperdicios y basuras; los de construcción, conservación y retirada de pasos y caminos provisionales, alcantarillas, señales de tráfico y demás recursos necesarios para proporcionar seguridad y facilitar el tránsito dentro de las obras; los derivados de dejar tránsito a peatones y carruajes durante la ejecución de las obras; los de construcción, limpieza y retirada de las instalaciones sanitarias provisionales y de limpieza de los lugares ocupados por las mismas; los de retirada al fin de la obra de instalaciones, herramientas, materiales, etc., y limpieza general de la obra. Asimismo, será de cuenta de la Contrata los gastos ocasionados por averías o desperfectos producidos con motivo de las obras. Será de cuenta del Contratista el montar, conservar y retirar las instalaciones para el suministro de agua y de la energía eléctrica necesaria para las obras y la adquisición de dichas aguas y energía. Serán de cuenta del Contratista los gastos ocasionados por la retirada de las obras de los materiales rechazados; los de jornales y materiales para las mediciones periódicas para la redacción de certificaciones y los ocasionados por medición final; los de las pruebas, ensayos, reconocimiento y toma de muestras para las recepciones parciales y totales, provisionales o definitivas de las obras; la corrección de las deficiencias observadas en las pruebas, ensayos, etc., antes citadas, y los gastos derivados de los asientos o averías, accidentes o daños que se produzcan en estas pruebas y procedan de la mala construcción o falta de precaución y la reparación y conservación de las obras durante el plazo de garantía. Serán de cuenta del Contratista la tramitación, adquisición, alquiler o fórmula de uso que proceda de las canteras para obtener materiales de construcción o productos de préstamo. Especialmente, será de cuenta del Contratista la tramitación, negociación, adquisición, alquiler o fórmula de uso que proceda de los vertederos o escombreras destinados a verter los productos sobrantes de las excavaciones, incluso la indemnización a los propietarios, cupo de vertedero, etc. Las canteras, préstamos y escombreras quedarán supeditados a la aprobación de la Dirección de la Obra. Será de cuenta del Contratista indemnizar a los propietarios de los derechos que les correspondan y todos los daños que se causen con las obras, el establecimiento de almacenes, talleres y depósitos; los que se originen con la habilitación de caminos y vías provisionales para el transporte de aquellos o para apertura y desviación que requieran la ejecución de las Obras. Todas estas obras estarán supeditadas a la aprobación del Director de la Obra en lo que se refiere a ubicación y cotas e incluso al aspecto de las mismas cuando la obra principal así lo exija.

5.26. PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. El Contratista adoptará, bajo su entera responsabilidad, todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones vigentes referentes al empleo de explosivos y a la prevención de accidentes, incendios y daños a terceros y seguirá las instrucciones complementarias que diere, a este respecto, la Dirección de las Obras.

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Especialmente, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar la contaminación del agua por defecto de los combustibles, aceites, ligantes o cualquier otro material que pueda ser perjudicial.

5.27. MANTENIEMIENTO DE SERVICIO, TRÁFICO Y PASO. El Contratista, al encontrarse un servicio afectado, río, camino o paso de peatones o vehículos, deberá realizar las operaciones, de tal forma que bajo ningún aspecto se pueda interrumpir el servicio o tráfico, debiendo para ello realizar los trabajos necesarios. Si para ello fuera necesario realizar desvíos provisionales, rampas de acceso, construir infraestructura provisional, etc., la construcción y conservación durante el plazo de utilización será de cuenta del Contratista, no recibiendo el mismo abono alguno por estos conceptos, ya que están incluidos en los precios de la obra.

5.28. SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS. El Contratista queda obligado a señalar a su costa las obras objeto de Contrato, con arreglo a la normativa vigente, a la que señalen los Organismos competentes y a las instrucciones de la Dirección de Obra.

5.29. SUBCONTRATOS. Ninguna parte de las obras podrá ser subcontratada sin consentimiento previo, solicitado por escrito, de la Dirección de las Obras. Dicha solicitud incluirá los datos precisos para garantizar que el Subcontratista posee la capacidad suficiente para hacerse cargo de los trabajos en cuestión. En todo caso, los subcontratos estarán regulados por el Título III (Capítulo VII) del Reglamento General de Contratación. La aceptación del subcontrato no relevará al Contratista de su responsabilidad contractual. La Dirección de las Obras estará facultada para decidir la exclusión de aquellos subcontratistas que, previamente aceptados, no demuestren, durante los trabajos, poseer las condiciones requeridas para la ejecución de los mismos. El Contratista adoptará las medidas precisas e inmediatas para la rescisión de dichos subcontratos.

5.30. MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS.

5.30.1. Generalidades. Hasta que tenga lugar la recepción definitiva, el Contratista responderá de la ejecución de la obra contratada y de las faltas que en ella hubiera, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que el Director de las Obras haya examinado o reconocido, durante su construcción, las partes y unidades de la obra o los materiales empleados, sin que hayan sido incluidos éstos y aquéllas en las mediciones y certificaciones parciales. Si se advierten vicios o defectos en la construcción o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en la obra ejecutada, la Dirección Técnica ordenará, durante el curso de la ejecución y siempre antes de la recepción definitiva, la demolición y reconstrucción de las unidades de obra en que se den aquellas circunstancias o las acciones precisas para comprobar la existencia de tales defectos ocultos. Si la Dirección de Obra ordena la demolición y reconstrucción por advertir vicios o defectos patentes en la construcción, los gastos de esas operaciones serán de cuenta del Contratista, con derecho de éste de reclamar en el plazo de diez días contados a partir de la notificación escrita a la Dirección de Obra. En el caso de ordenarse la demolición y reconstrucción de unidades de obra por creer existentes en ella vicios o defectos ocultos, los gastos incumbirán al Contratista si resulta comprobada la existencia real de aquellos vicios o defectos, caso contrario le serán abonados.

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Para las obras o parte de la obra cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el Contratista está obligado a avisar a la Dirección de Obra con la suficiente antelación, a fin de que ésta pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definen, cuya conformidad suscribirá el Contratista. A falta del aviso anticipado, cuya existencia corresponde probar al Contratista, queda éste obligado a aceptar las decisiones de la Dirección de Obra sobre el particular. La Dirección de Obra tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutada a que se refiere el artículo anterior y los precios contratados, redactará la correspondiente relación valorada al origen.

5.30.2. Modo de abonar las obras concluidas y las incompletas. Las obras concluidas con sujeción a las condiciones del contrato, se abonarán con arreglo a los precios del cuadro número uno (1) del Presupuesto. Cuando como consecuencia de rescisión o por otra causa, fuera preciso valorar obras incompletas, se aplicarán los precios del Cuadro número dos (2) sin que pueda pretenderse valoración de cada unidad de obra fraccionada en otra forma que la establecida en dicho Cuadro. En ningún caso, tendrá derecho el Contratista a reclamación alguna de insuficiencia de los precios de los Cuadros u omisión del coste de cualquiera de los elementos que constituyen los referidos precios.

5.30.3. Condiciones para fijar precios contradictorios en obras no previstas. Si ocurriese algún caso imprevisto en el cual sea absolutamente necesario la fijación de los precios contradictorios, este precio deberá fijarse partiendo de los precios básicos: jornales, seguridad social, materiales, transporte, etc., vigentes en la fecha de licitación de la obra, así como los restantes precios que figuren en el Proyecto y que pueden servir de base. La fijación del precio habrá de hacerse precisamente antes de que se ejecute la obra a que hubiese de aplicarse; si por cualquier causa la obra hubiera sido ejecutada antes de llenar este requisito, el Contratista estará obligado a conformarse con el precio que para la misma señale la Dirección de Obra.

5.30.4. Abono de las partidas alzadas a justificar. Se limitarán al mínimo imprescindible las obras e instalaciones cuyo presupuesto figure en el Proyecto por partida alzada. Las que se incluyen en esta forma serán objeto, para su abono, de mediciones detalladas, valorándose cada unidad al precio que, para la misma, figure en el Cuadro nº 1 o a los contradictorios que apruebe la Superioridad en el caso de que alguna de las unidades no figurase en dicho cuadro.

5.30.5. Abono de los acopios. Se abonarán de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Reglamento General de Contratación, las armaduras, cemento y todos aquellos materiales que no puedan sufrir daño o alteraciones de las condiciones que deban cumplir, siempre y cuando el Contratista adopte las medidas necesarias para su debida comprobación y conservación a juicio de la Dirección de la Obra, no pudiendo ser ya retirados de los acopios más que para ser utilizados en obra. Los acopios de equipos mecánicos, eléctricos y de artículos de control se abonarán al 75% del importe que para el suministro de los mismos figure en el cuadro de precios número 2, siempre y cuando constituyan unidades completas y hayan sido aprobadas por el Director de Obra los ensayos de materiales y funcionamiento en taller correspondiente.

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5.30.6. Retenciones en el abono de las obras e instalaciones sujetas a prueba. Cuando las obras e instalaciones ejecutadas formen un conjunto parcial que debe ser objeto de prueba, no se abonará su total importe a los precios que resulten de la aplicación del cuadro de precios nº 1 hasta tanto se hayan ejecutado pruebas suficientes para comprobar que la parte de las instalaciones en cuestión cumplen las condiciones señaladas para las mismas en el Pliego. Del importe de dichas instalaciones se retendrá un 5% hasta la ejecución satisfactoria de las pruebas, de cuyo resultado se levantará Acta, pudiendo acreditarse el 5% retenido en la siguiente certificación o en la liquidación, según corresponda.

5.30.7. Abono de obras y/o equipos defectuosos. Cuando fuera preciso valorar obras y/o equipos defectuosos, se aplicarán los precios del cuadro número 2 disminuidos en el tanto por ciento que, a juicio de la Dirección de Obra, corresponde a las partes de la unidad fraccionaria o al total de la unidad considerada cuando la parte o partes defectuosas afecten al funcionamiento de la unidad, de manera que el mismo no pueda cumplir con lo establecido en las cláusulas de las garantías.

5.31. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN. Si el Contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto de los plazos parciales, de manera que haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento del plazo final o éste hubiera quedado incumplido, la Dirección de Obra podrá optar indistintamente por la resolución del Contrato con pérdida de fianza, o por la imposición de las penalizaciones. Cuando el supuesto anterior de incumplimiento de los plazos de ejecución por causas imputables al Contratista, la Dirección de Obra opte por la imposición de penalizaciones, éstas se graduarán en atención al presupuesto total o parcial de las obras según que el plazo incumplido sea el total o parcial y con arreglo a la escala de penalizaciones que señala el artículo 138 del Reglamento General de Contratación del Estado (BOE nº 28 - 1 de Febrero de 1.968, pág. 1.482). Estas penalizaciones se harán efectivas por el Contratista mediante deducción, por las correspondientes cantidades en las certificaciones de obras que se produzcan. En cualquier caso, la fianza responderá a la efectividad de estas penalizaciones. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al Contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga al tiempo que se le había designado, se le concederá un plazo que será, al menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el Contratista pidiera otro menor.

5.32. SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. Si la suspensión temporal sólo afecta a una o varias partes o clases de obra que no constituyen la totalidad de la obra contratada, se utilizará la denominación "Suspensión Temporal Parcial" en el texto del acta de suspensión y en toda la documentación que haga referencia a la misma; si afecta a la totalidad de la obra contratada, se utilizará la denominación "Suspensión Temporal Total" en los mismos documentos. En ningún case se utilizará la denominación "Suspensión Temporal" sin concretar o calificar el alcance de la misma. Siempre que la Dirección de Obra acuerde una suspensión temporal, parcial o total de la obra, o una suspensión definitiva, se deberá levantar la correspondiente acta de suspensión, que deberá ir firmada por el Director de la Obra y el Contratista, y en la que se hará constar el acuerdo que originó la suspensión, definiéndose concretamente la parte o partes de la totalidad de la obra afectada por aquellas. El acta debe ir acompañada, como anejo y en relación con la parte o partes suspendidas, de la medición, tanto de la obra ejecutada en dichas partes, como de los materiales acopiados a pie de obra utilizables exclusivamente de las mismas.

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5.33. RECEPCIONES, PLAZO DE GARANTÍA Y LIQUIDACIÓN.

5.33.1. Recepción. Al término de la puesta a punto de las obras e instalaciones objeto de este Pliego se hará, si procede, la recepción de las mismas.

5.33.2. Plazo de garantía. Empezará a constar desde la recepción provisional de las obras y comprenderá el período de tiempo señalado por el Concursante, salvo que en la adjudicación definitiva se señale otro. En cualquier caso, será, como mínimo, un año. Durante dicho plazo, el Adjudicatario se verá obligado a reparar o sustituir todos los elementos, equipos, deficiencias en obra civil, etc. a él imputables o de aquellos equipos que no cumplan las especificaciones por él definidas en el Proyecto de Licitación.

5.34. DISPOSICIÓN FINAL. En todo aquello que no se haya concretamente especificado en este Pliego de Condiciones, El Contratista se atendrá a lo dispuesto por la Normativa vigente para la Contratación y Ejecución de las Obras del estado, con rango jurídico superior.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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DOCUMENTO Nº3. PRESUPUESTO.

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INDICE MEDICIONES. .....................................................................................................................................................................3 CUADRO DE PRECIOS Nº1. ..............................................................................................................................................9 CUADRO DE PRECIOS Nº2. ............................................................................................................................................15 PRESUPUESTO Y MEDICIONES. ....................................................................................................................................22 RESUMEN DE PRESUPUESTO. ......................................................................................................................................28

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MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01.001 m LEVANTADO DE BORDILLO Levantado de bordillo, con recuperación del mismo incluso retirada y carga, o acopio en obra, inclui- do el transporte y canón a vertedero, totalmente terminado. Bordillo terminación 1 10,00 10,00 10,00 CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 02.001 m3 EXCAVACIÓN POZO M.M. H < 3 m Excavación en pozo por medios mecánicos y hasta 3 metros de profundidad, en cualquier clase de terreno (excepto roca), incluso carga y transporte a vertedero de los productos sobrantes, medida so- bre perfil, incluido cánon de vertido, totalmente terminado. Vaciado fosas 1 9,10 6,90 2,20 138,14 138,14 CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN 03.001 m3 H.LIMPIEZA HM-20/P/20 CEM II Suministro y puesta en obra de hormigón de limpieza en masa tipo HM-20 fabricado in situ o prefa- bricado con cemento CEM-II, con árido procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consis- tencia plástica, colocado en fondos de excavación, a cualquier profundidad, para capa de limpieza y/o rellenos. Base de excavación 1 8,10 5,90 0,10 4,78 4,78 03.002 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I LOSA V.MANUAL Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm., para ambiente normal, ela- borado en central en relleno de losa de cimentación, incluso armadura (50 kg/m3.), vertido por me- dios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSL , EHE y CTE-SE-C. Losa cimentacion 1 8,10 5,90 0,25 11,95 11,95 03.003 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I 2 CARAS 0,30 V.MAN. Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elabo- rado en central, en muro de 30 cm. de espesor, incluso armadura (60 kg/m3), encofrado y desenco- frado con tablero aglomerado a dos caras, vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CCM , EHE y CTE-SE-C. Muros perimetrales 2 5,90 0,30 1,80 6,37 2 7,50 0,30 1,80 8,10 14,47

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MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA. CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD 03.004 m3 RELLENO TRASDÓS MURO/MAT.PRÉSTAMO Relleno localizado en trasdós de muros con productos procedentes de préstamos de material selec- cionado, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado. Trasdos muro 2 5,90 0,40 2,20 10,38 2 8,10 0,40 2,20 14,26 24,64 03.005 ud SEPULTURA DE DOS CUERPOS PREFABRICADA Suministro y transporte con autodescarga y montaje de sepultura de hormigón armado prefabricado, compuesta por una fosa superior de 2,45x1,00x0,70, una fosa inferior de 2,45x1,00x0,70 y dos uni- dades de conjunto de baldas de cierre de fosa superior e inferior. Fosas 12 12,00 12,00 03.006 m3 RELLENO GARBANCILLO ZANJAS M.MECÁNICOS Suministro, extensión y compactación de garbancillo de canto rodado de 20 a 40 mm, colocado en zanjas o superficies para drenaje, en capas de 20 cm, medido sobre perfil. Relleno divisiones fosas 1 7,50 0,40 1,50 4,50 10 2,45 0,30 1,50 11,03 15,53 03.007 m2 FÁB.BLOQ.HORMIG.GRIS 40x20x30 cm Fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x30 cm. para revestir, recibidos con mortero de cemento CEM II/B-M 32,5 N y arena de río M-5, rellenos de hormigón de 330 kg. de cemento/m3. de dosificación y armadura según normativa, i/p.p. de formación de dinteles, zunchos, jambas, ejecución de encuentros, piezas especiales, roturas, replanteo, nivelación, aplomado, rejun- tado, limpieza y medios auxiliares, s/NTE-FFB-6 y CTE-SE-F, medida deduciendo huecos superio- res a 1 m2. Coronación de fosas 2 8,10 0,30 4,86 1 7,50 0,40 3,00 10 2,45 0,30 7,35 15,21 CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN 04.001 m2 BALDOSA 40x40cm TERRAZ.PULIDO Suministro y colocación de baldosa de 40 x 40 cm de terrazo pulido con relieve, en aceras, sobre solera de hormigón HM-20/P/20/I, y 10 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza. Urbanización 2 8,10 2,00 32,40 2 9,90 0,50 9,90 42,30

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MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA. CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD 04.002 m2 PAV.ADOQ.HORM. RECTO GRIS 20x10x8 Pavimento de adoquín prefabricado de hormigón bicapa en color gris,sobre solera de hormigón HM-20/P/r20/I, y 10 cm. de espesor, con mallazo 15x15x5 mm., de forma rectangular de 20x10x8 cm., colocado sobre cama de arena de río, rasanteada, de 3/4 cm. de espesor, dejando entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena caliza de machaqueo, i/rece- bado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base firme existente, no incluido en el pre- cio, compactada al 100% del ensayo proctor. Urbanización 1 9,90 0,80 7,92 7,92 04.003 m BORDILLO HORM. MONO PREFABRICADO 9-10/20 cm. Suministro y colocación manual mediante útil de seguridad de bordillo prefabricado de hormigón, en recta o curva, tipo VI de las normas municipales de 10 x 20 cm, para delimitación de alcorques sin rejilla, incluso mortero de asiento y rejuntado, sin incluir excavación ni hormigón de solera y refuer- zo. Limite adoquín 1 9,90 9,90 Terminación acera 1 9,90 9,90 1 9,90 9,90 29,70 CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD 05.001 ud SERIE 2 PROBETAS, HORMIGÓN Ensayo para el control estadístico, s/EHE, en la recepción de hormigón fresco con la toma de mues- tras, fabricación y conservación en cámara húmeda, refrendado y rotura a compresión simple a 28 días de 2 probetas cilíndricas de 15x30 cm. y la consistencia, s/UNE 83300/1/3/4/13. Muros fosas 2 2,00 2,00 CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS 06.001 ud Gestión de residuos 1,00 CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 07.111 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. 2 2,00 2,00 07.112 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00

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MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA. CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD 07.113 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela reflectan- te, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 07.114 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES 07.121 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cáma- ra de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homologadas. 2 2,00 2,00 APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS 07.131 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. 2 2,00 2,00 APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN 07.141 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, albañi- lería, pocería, hormigonado, etc. 2 2,00 2,00 07.142 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, ho- mologados. 2 2,00 2,00 APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN 07.151 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. 2 2,00 2,00

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MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA. CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS 07.211 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares galvani- zados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tirantes, ga- rras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en función del nú- mero óptimo de utilizaciones. Acotar zona de obras 1 28,00 2,00 56,00 56,00 SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR APARTADO 07.31 VARIOS 07.311 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su consti- tución según la normativa vigente) 1 1,00 1,00

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CUADRO DE PRECIOS Nº1.

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01.001 m LEVANTADO DE BORDILLO 3,88 Levantado de bordillo, con recuperación del mismo incluso retirada y carga, o acopio en obra, in- cluido el transporte y canón a vertedero, totalmente terminado.

TRES EUROS con OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS

CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 02.001 m3 EXCAVACIÓN POZO M.M. H < 3 m 6,66 Excavación en pozo por medios mecánicos y hasta 3 metros de profundidad, en cualquier clase de terreno (excepto roca), incluso carga y transporte a vertedero de los productos sobrantes, me- dida sobre perfil, incluido cánon de vertido, totalmente terminado.

SEIS EUROS con SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS

CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN 03.001 m3 H.LIMPIEZA HM-20/P/20 CEM II 86,97 Suministro y puesta en obra de hormigón de limpieza en masa tipo HM-20 fabricado in situ o pre- fabricado con cemento CEM-II, con árido procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia plástica, colocado en fondos de excavación, a cualquier profundidad, para capa de limpieza y/o rellenos.

OCHENTA Y SEIS EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS

03.002 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I LOSA V.MANUAL 157,90 Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm., para ambiente normal, elaborado en central en relleno de losa de cimentación, incluso armadura (50 kg/m3.), vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSL , EHE y CTE-SE-C.

CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS con NOVENTA CÉNTIMOS

03.003 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I 2 CARAS 0,30 V.MAN. 319,15 Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elaborado en central, en muro de 30 cm. de espesor, incluso armadura (60 kg/m3), encofrado y desencofrado con tablero aglomerado a dos caras, vertido por medios manuales, vibrado y colo- cado. Según normas NTE-CCM , EHE y CTE-SE-C.

TRESCIENTOS DIECINUEVE EUROS con QUINCE CÉNTIMOS

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

03.004 m3 RELLENO TRASDÓS MURO/MAT.PRÉSTAMO 8,38 Relleno localizado en trasdós de muros con productos procedentes de préstamos de material se- leccionado, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado.

OCHO EUROS con TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS

03.005 ud SEPULTURA DE DOS CUERPOS PREFABRICADA 416,26 Suministro y transporte con autodescarga y montaje de sepultura de hormigón armado prefabrica- do, compuesta por una fosa superior de 2,45x1,00x0,70, una fosa inferior de 2,45x1,00x0,70 y dos unidades de conjunto de baldas de cierre de fosa superior e inferior.

CUATROCIENTOS DIECISEIS EUROS con VEINTISEIS CÉNTIMOS

03.006 m3 RELLENO GARBANCILLO ZANJAS M.MECÁNICOS 20,69 Suministro, extensión y compactación de garbancillo de canto rodado de 20 a 40 mm, colocado en zanjas o superficies para drenaje, en capas de 20 cm, medido sobre perfil.

VEINTE EUROS con SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS

03.007 m2 FÁB.BLOQ.HORMIG.GRIS 40x20x30 cm 39,54 Fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x30 cm. para revestir, recibidos con mortero de cemento CEM II/B-M 32,5 N y arena de río M-5, rellenos de hormigón de 330 kg. de cemento/m3. de dosificación y armadura según normativa, i/p.p. de formación de dinteles, zunchos, jambas, ejecución de encuentros, piezas especiales, roturas, replanteo, nivelación, aplomado, rejuntado, limpieza y medios auxiliares, s/NTE-FFB-6 y CTE-SE-F, medida dedu- ciendo huecos superiores a 1 m2.

TREINTA Y NUEVE EUROS con CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN 04.001 m2 BALDOSA 40x40cm TERRAZ.PULIDO 27,63 Suministro y colocación de baldosa de 40 x 40 cm de terrazo pulido con relieve, en aceras, so- bre solera de hormigón HM-20/P/20/I, y 10 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza.

VEINTISIETE EUROS con SESENTA Y TRES CÉNTIMOS

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

04.002 m2 PAV.ADOQ.HORM. RECTO GRIS 20x10x8 27,41 Pavimento de adoquín prefabricado de hormigón bicapa en color gris,sobre solera de hormigón HM-20/P/r20/I, y 10 cm. de espesor, con mallazo 15x15x5 mm., de forma rectangular de 20x10x8 cm., colocado sobre cama de arena de río, rasanteada, de 3/4 cm. de espesor, dejan- do entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena caliza de machaqueo, i/recebado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base firme existente, no incluido en el precio, compactada al 100% del ensayo proctor.

VEINTISIETE EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS

04.003 m BORDILLO HORM. MONO PREFABRICADO 9-10/20 cm. 8,36 Suministro y colocación manual mediante útil de seguridad de bordillo prefabricado de hormigón, en recta o curva, tipo VI de las normas municipales de 10 x 20 cm, para delimitación de alcor- ques sin rejilla, incluso mortero de asiento y rejuntado, sin incluir excavación ni hormigón de so- lera y refuerzo.

OCHO EUROS con TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS

CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD 05.001 ud SERIE 2 PROBETAS, HORMIGÓN 62,83 Ensayo para el control estadístico, s/EHE, en la recepción de hormigón fresco con la toma de muestras, fabricación y conservación en cámara húmeda, refrendado y rotura a compresión sim- ple a 28 días de 2 probetas cilíndricas de 15x30 cm. y la consistencia, s/UNE 83300/1/3/4/13.

SESENTA Y DOS EUROS con OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS

CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS 06.001 ud Gestión de residuos 550,00 QUINIENTOS CINCUENTA EUROS CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 07.111 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO 5,53 Casco de seguridad homologado.

CINCO EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS

07.112 ud MONO DE TRABAJO 23,46 Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

VEINTITRES EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS

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NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

07.113 ud CHALECO REFLECTANTE 15,33 Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela re- flectante, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

QUINCE EUROS con TREINTA Y TRES CÉNTIMOS

07.114 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS 15,21 Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

QUINCE EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS

APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES 07.121 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. 13,56 Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cámara de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homolo- gadas.

TRECE EUROS con CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS

APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS 07.131 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO 16,53 Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado.

DIECISEIS EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS

APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN 07.141 ud PAR GUANTES GOMA FINA 2,05 Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, al- bañilería, pocería, hormigonado, etc. DOS EUROS con CINCO CÉNTIMOS 07.142 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 3,27 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, homologados.

TRES EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN 07.151 ud PAR DE BOTAS CAUCHO 48,23 Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas.

CUARENTA Y OCHO EUROS con VEINTITRES CÉNTIMOS

SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS 07.211 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA 8,50 Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares gal- vanizados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tiran- tes, garras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en fun- ción del número óptimo de utilizaciones.

OCHO EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS

SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR APARTADO 07.31 VARIOS 07.311 ud REUNION MENSUAL COMITE 141,64 Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente)

CIENTO CUARENTA Y UN EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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CUADRO DE PRECIOS Nº2.

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01.001 m LEVANTADO DE BORDILLO Levantado de bordillo, con recuperación del mismo incluso retirada y carga, o acopio en obra, in- cluido el transporte y canón a vertedero, totalmente terminado. Mano de obra .................................. 2,37 Maquinaria ...................................... 1,29 Resto de obra y materiales ............. 0,22 TOTAL PARTIDA ........................... 3,88 CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 02.001 m3 EXCAVACIÓN POZO M.M. H < 3 m Excavación en pozo por medios mecánicos y hasta 3 metros de profundidad, en cualquier clase de terreno (excepto roca), incluso carga y transporte a vertedero de los productos sobrantes, me- dida sobre perfil, incluido cánon de vertido, totalmente terminado. Mano de obra .................................. 0,81 Maquinaria ...................................... 5,46 Resto de obra y materiales ............. 0,39

TOTAL PARTIDA ........................... 6,66 CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN 03.001 m3 H.LIMPIEZA HM-20/P/20 CEM II Suministro y puesta en obra de hormigón de limpieza en masa tipo HM-20 fabricado in situ o pre- fabricado con cemento CEM-II, con árido procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia plástica, colocado en fondos de excavación, a cualquier profundidad, para capa de limpieza y/o rellenos. Mano de obra .................................. 4,87 Resto de obra y materiales ............. 82,10

TOTAL PARTIDA ........................... 86,97 03.002 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I LOSA V.MANUAL Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm., para ambiente normal, elaborado en central en relleno de losa de cimentación, incluso armadura (50 kg/m3.), vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSL , EHE y CTE-SE-C. Mano de obra .................................. 30,74 Maquinaria ...................................... 1,79 Resto de obra y materiales ............. 125,37

TOTAL PARTIDA ........................... 157,90

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

03.003 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I 2 CARAS 0,30 V.MAN. Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elaborado en central, en muro de 30 cm. de espesor, incluso armadura (60 kg/m3), encofrado y desencofrado con tablero aglomerado a dos caras, vertido por medios manuales, vibrado y colo- cado. Según normas NTE-CCM , EHE y CTE-SE-C. Mano de obra .................................. 94,25 Maquinaria ...................................... 2,04 Resto de obra y materiales ............. 222,86 TOTAL PARTIDA ........................... 319,15 03.004 m3 RELLENO TRASDÓS MURO/MAT.PRÉSTAMO Relleno localizado en trasdós de muros con productos procedentes de préstamos de material se- leccionado, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado. Mano de obra .................................. 3,62 Maquinaria ...................................... 4,28 Resto de obra y materiales ............. 0,48 TOTAL PARTIDA ........................... 8,38 03.005 ud SEPULTURA DE DOS CUERPOS PREFABRICADA Suministro y transporte con autodescarga y montaje de sepultura de hormigón armado prefabrica- do, compuesta por una fosa superior de 2,45x1,00x0,70, una fosa inferior de 2,45x1,00x0,70 y dos unidades de conjunto de baldas de cierre de fosa superior e inferior. Mano de obra .................................. 21,08 Maquinaria ...................................... 14,40 Resto de obra y materiales ............. 380,78 TOTAL PARTIDA ........................... 416,26 03.006 m3 RELLENO GARBANCILLO ZANJAS M.MECÁNICOS Suministro, extensión y compactación de garbancillo de canto rodado de 20 a 40 mm, colocado en zanjas o superficies para drenaje, en capas de 20 cm, medido sobre perfil. Mano de obra .................................. 1,08 Maquinaria ...................................... 0,42 Resto de obra y materiales ............. 19,19

TOTAL PARTIDA ........................... 20,69

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

03.007 m2 FÁB.BLOQ.HORMIG.GRIS 40x20x30 cm Fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x30 cm. para revestir, recibidos con mortero de cemento CEM II/B-M 32,5 N y arena de río M-5, rellenos de hormigón de 330 kg. de cemento/m3. de dosificación y armadura según normativa, i/p.p. de formación de dinteles, zunchos, jambas, ejecución de encuentros, piezas especiales, roturas, replanteo, nivelación, aplomado, rejuntado, limpieza y medios auxiliares, s/NTE-FFB-6 y CTE-SE-F, medida dedu- ciendo huecos superiores a 1 m2. Mano de obra .................................. 20,01 Maquinaria ...................................... 0,06 Resto de obra y materiales ............. 19,48 TOTAL PARTIDA ........................... 39,54 CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN 04.001 m2 BALDOSA 40x40cm TERRAZ.PULIDO Suministro y colocación de baldosa de 40 x 40 cm de terrazo pulido con relieve, en aceras, so- bre solera de hormigón HM-20/P/20/I, y 10 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza. Mano de obra .................................. 2,80 Maquinaria ...................................... 0,02 Resto de obra y materiales ............. 24,80 TOTAL PARTIDA ........................... 27,63 04.002 m2 PAV.ADOQ.HORM. RECTO GRIS 20x10x8 Pavimento de adoquín prefabricado de hormigón bicapa en color gris,sobre solera de hormigón HM-20/P/r20/I, y 10 cm. de espesor, con mallazo 15x15x5 mm., de forma rectangular de 20x10x8 cm., colocado sobre cama de arena de río, rasanteada, de 3/4 cm. de espesor, dejan- do entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena caliza de machaqueo, i/recebado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base firme existente, no incluido en el precio, compactada al 100% del ensayo proctor. Mano de obra .................................. 6,56 Maquinaria ...................................... 0,24 Resto de obra y materiales ............. 20,61 TOTAL PARTIDA ........................... 27,41

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

04.003 m BORDILLO HORM. MONO PREFABRICADO 9-10/20 cm. Suministro y colocación manual mediante útil de seguridad de bordillo prefabricado de hormigón, en recta o curva, tipo VI de las normas municipales de 10 x 20 cm, para delimitación de alcor- ques sin rejilla, incluso mortero de asiento y rejuntado, sin incluir excavación ni hormigón de so- lera y refuerzo. Mano de obra .................................. 5,46 Maquinaria ...................................... 0,01 Resto de obra y materiales ............. 2,89

TOTAL PARTIDA ........................... 8,36 CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD 05.001 ud SERIE 2 PROBETAS, HORMIGÓN Ensayo para el control estadístico, s/EHE, en la recepción de hormigón fresco con la toma de muestras, fabricación y conservación en cámara húmeda, refrendado y rotura a compresión sim- ple a 28 días de 2 probetas cilíndricas de 15x30 cm. y la consistencia, s/UNE 83300/1/3/4/13. Resto de obra y materiales ............. 62,83

TOTAL PARTIDA ........................... 62,83 CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS 06.001 ud Gestión de residuos TOTAL PARTIDA ........................... 550,00 CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 07.111 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. Resto de obra y materiales ............. 5,53

TOTAL PARTIDA ........................... 5,53 07.112 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 23,46 TOTAL PARTIDA ........................... 23,46 07.113 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela re- flectante, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 15,33

TOTAL PARTIDA ........................... 15,33

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO

07.114 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 15,21

TOTAL PARTIDA ........................... 15,21 APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES 07.121 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cámara de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homolo- gadas. Resto de obra y materiales ............. 13,56 TOTAL PARTIDA ........................... 13,56 APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS 07.131 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. Resto de obra y materiales ............. 16,53

TOTAL PARTIDA ........................... 16,53 APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN 07.141 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, al- bañilería, pocería, hormigonado, etc. Resto de obra y materiales ............. 2,05

TOTAL PARTIDA ........................... 2,05 07.142 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, homologados. Resto de obra y materiales ............. 3,27

TOTAL PARTIDA ........................... 3,27 APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN 07.151 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. Resto de obra y materiales ............. 48,23 TOTAL PARTIDA ........................... 48,23

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS 07.211 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares gal- vanizados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tiran- tes, garras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en fun- ción del número óptimo de utilizaciones. Resto de obra y materiales ............. 8,50

TOTAL PARTIDA ........................... 8,50 SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR APARTADO 07.31 VARIOS 07.311 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) Resto de obra y materiales ............. 141,64

TOTAL PARTIDA ........................... 141,64

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES.

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01.001 m LEVANTADO DE BORDILLO Levantado de bordillo, con recuperación del mismo incluso retirada y carga, o acopio en obra, inclui- do el transporte y canón a vertedero, totalmente terminado. Bordillo terminación 1 10,00 10,00 10,00 3,88 38,80 TOTAL CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS ........................................................................... 38,80 CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS 02.001 m3 EXCAVACIÓN POZO M.M. H < 3 m Excavación en pozo por medios mecánicos y hasta 3 metros de profundidad, en cualquier clase de terreno (excepto roca), incluso carga y transporte a vertedero de los productos sobrantes, medida so- bre perfil, incluido cánon de vertido, totalmente terminado. Vaciado fosas 1 9,10 6,90 2,20 138,14 138,14 6,66 920,01 TOTAL CAPÍTULO 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS.................................................................. 920,01 CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN 03.001 m3 H.LIMPIEZA HM-20/P/20 CEM II Suministro y puesta en obra de hormigón de limpieza en masa tipo HM-20 fabricado in situ o prefa- bricado con cemento CEM-II, con árido procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consis- tencia plástica, colocado en fondos de excavación, a cualquier profundidad, para capa de limpieza y/o rellenos. Base de excavación 1 8,10 5,90 0,10 4,78 4,78 86,97 415,72 03.002 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I LOSA V.MANUAL Hormigón armado HA-25 N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm., para ambiente normal, ela- borado en central en relleno de losa de cimentación, incluso armadura (50 kg/m3.), vertido por me- dios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CSL , EHE y CTE-SE-C. Losa cimentacion 1 8,10 5,90 0,25 11,95 11,95 157,90 1.886,91 03.003 m3 H.ARM. HA-25/P/20/I 2 CARAS 0,30 V.MAN. Hormigón armado HA-25N/mm2, consistencia plástica, Tmáx. 20 mm. para ambiente normal, elabo- rado en central, en muro de 30 cm. de espesor, incluso armadura (60 kg/m3), encofrado y desenco- frado con tablero aglomerado a dos caras, vertido por medios manuales, vibrado y colocado. Según normas NTE-CCM , EHE y CTE-SE-C. Muros perimetrales 2 5,90 0,30 1,80 6,37 2 7,50 0,30 1,80 8,10 14,47 319,15 4.618,10

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CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE

03.004 m3 RELLENO TRASDÓS MURO/MAT.PRÉSTAMO Relleno localizado en trasdós de muros con productos procedentes de préstamos de material selec- cionado, extendido, humectación y compactación en capas de 30 cm. de espesor, con un grado de compactación del 95% del proctor modificado. Trasdos muro 2 5,90 0,40 2,20 10,38 2 8,10 0,40 2,20 14,26 24,64 8,38 206,48 03.005 ud SEPULTURA DE DOS CUERPOS PREFABRICADA Suministro y transporte con autodescarga y montaje de sepultura de hormigón armado prefabricado, compuesta por una fosa superior de 2,45x1,00x0,70, una fosa inferior de 2,45x1,00x0,70 y dos uni- dades de conjunto de baldas de cierre de fosa superior e inferior. Fosas 12 12,00 12,00 416,26 4.995,12 03.006 m3 RELLENO GARBANCILLO ZANJAS M.MECÁNICOS Suministro, extensión y compactación de garbancillo de canto rodado de 20 a 40 mm, colocado en zanjas o superficies para drenaje, en capas de 20 cm, medido sobre perfil. Relleno divisiones fosas 1 7,50 0,40 1,50 4,50 10 2,45 0,30 1,50 11,03 15,53 20,69 321,32 03.007 m2 FÁB.BLOQ.HORMIG.GRIS 40x20x30 cm Fábrica de bloques huecos de hormigón gris estándar de 40x20x30 cm. para revestir, recibidos con mortero de cemento CEM II/B-M 32,5 N y arena de río M-5, rellenos de hormigón de 330 kg. de cemento/m3. de dosificación y armadura según normativa, i/p.p. de formación de dinteles, zunchos, jambas, ejecución de encuentros, piezas especiales, roturas, replanteo, nivelación, aplomado, rejun- tado, limpieza y medios auxiliares, s/NTE-FFB-6 y CTE-SE-F, medida deduciendo huecos superio- res a 1 m2. Coronación de fosas 2 8,10 0,30 4,86 1 7,50 0,40 3,00 10 2,45 0,30 7,35 15,21 39,54 601,40 TOTAL CAPÍTULO 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN ......................................................... 13.045,05 CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN 04.001 m2 BALDOSA 40x40cm TERRAZ.PULIDO Suministro y colocación de baldosa de 40 x 40 cm de terrazo pulido con relieve, en aceras, sobre solera de hormigón HM-20/P/20/I, y 10 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de dilatación, enlechado y limpieza. Urbanización 2 8,10 2,00 32,40 2 9,90 0,50 9,90 42,30 27,63 1.168,75

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04.002 m2 PAV.ADOQ.HORM. RECTO GRIS 20x10x8 Pavimento de adoquín prefabricado de hormigón bicapa en color gris,sobre solera de hormigón HM-20/P/r20/I, y 10 cm. de espesor, con mallazo 15x15x5 mm., de forma rectangular de 20x10x8 cm., colocado sobre cama de arena de río, rasanteada, de 3/4 cm. de espesor, dejando entre ellos una junta de separación de 2/3 mm. para su posterior relleno con arena caliza de machaqueo, i/rece- bado de juntas, barrido y compactación, a colocar sobre base firme existente, no incluido en el pre- cio, compactada al 100% del ensayo proctor. Urbanización 1 9,90 0,80 7,92 7,92 27,41 217,09 04.003 m BORDILLO HORM. MONO PREFABRICADO 9-10/20 cm. Suministro y colocación manual mediante útil de seguridad de bordillo prefabricado de hormigón, en recta o curva, tipo VI de las normas municipales de 10 x 20 cm, para delimitación de alcorques sin rejilla, incluso mortero de asiento y rejuntado, sin incluir excavación ni hormigón de solera y refuer- zo. Limite adoquín 1 9,90 9,90 Terminación acera 1 9,90 9,90 1 9,90 9,90 29,70 8,36 248,29 TOTAL CAPÍTULO 04 URBANIZACIÓN .................................................................................... 1.634,13 CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD 05.001 ud SERIE 2 PROBETAS, HORMIGÓN Ensayo para el control estadístico, s/EHE, en la recepción de hormigón fresco con la toma de mues- tras, fabricación y conservación en cámara húmeda, refrendado y rotura a compresión simple a 28 días de 2 probetas cilíndricas de 15x30 cm. y la consistencia, s/UNE 83300/1/3/4/13. Muros fosas 2 2,00 2,00 62,83 125,66 TOTAL CAPÍTULO 05 CONTROL DE CALIDAD....................................................................... 125,66 CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS 06.001 ud Gestión de residuos 1,00 550,00 550,00 TOTAL CAPÍTULO 06 GESTIÓN DE RESIDUOS...................................................................... 550,00 CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 07.111 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. 2 2,00 2,00 5,53 11,06

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07.112 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 23,46 46,92 07.113 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela reflectan- te, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 15,33 30,66 07.114 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 15,21 30,42 TOTAL APARTADO 07.11 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL.................................................................................... 119,06 APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES 07.121 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cáma- ra de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homologadas. 2 2,00 2,00 13,56 27,12 TOTAL APARTADO 07.12 PROTECCIONES VISUALES ..................................................................................... 27,12 APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS 07.131 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. 2 2,00 2,00 16,53 33,06 TOTAL APARTADO 07.13 PROTECCIONES AUDITIVAS.................................................................................... 33,06 APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN 07.141 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, albañi- lería, pocería, hormigonado, etc. 2 2,00 2,00 2,05 4,10

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07.142 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, ho- mologados. 2 2,00 2,00 3,27 6,54 TOTAL APARTADO 07.14 GUANTES DE PROTECCIÓN..................................................................................... 10,64 APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN 07.151 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. 2 2,00 2,00 48,23 96,46 TOTAL APARTADO 07.15 CALZADO DE PROTECCIÓN..................................................................................... 96,46 TOTAL SUBCAPÍTULO 07.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES .......................................................................... 286,34 SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS 07.211 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares galvani- zados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tirantes, ga- rras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en función del nú- mero óptimo de utilizaciones. Acotar zona de obras 1 28,00 2,00 56,00 56,00 8,50 476,00 TOTAL APARTADO 07.21 CERRAMIENTOS ............................................................................... 476,00 TOTAL SUBCAPÍTULO 07.2 PROTECCIONES COLECTIVAS............................................................................. 476,00 SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR APARTADO 07.31 VARIOS 07.311 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su consti- tución según la normativa vigente) 1 1,00 1,00 141,64 141,64 TOTAL APARTADO 07.31 VARIOS ................................ 141,64 TOTAL SUBCAPÍTULO 07.3 HIGIENE Y BIENESTAR... 141,64 TOTAL CAPÍTULO 07 SEGURIDAD Y SALUD.......................................................................... 903,98 TOTAL........................................................................................................................................................... 17.217

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RESUMEN DE PRESUPUESTO.

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RESUMEN DE PRESUPUESTO CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CAPITULO RESUMEN EUROS 01 TRABAJOS PREVIOS .................................................................................................... 38,80 02 MOVIMIENTO DE TIERRAS .......................................................................................... 920,01 03 ESTRUCTURA Y CIMENTACIÓN .................................................................................. 13.045,05 04 URBANIZACIÓN............................................................................................................. 1.634,13 05 CONTROL DE CALIDAD ................................................................................................ 125,66 06 GESTIÓN DE RESIDUOS .............................................................................................. 550,00 07 SEGURIDAD Y SALUD .................................................................................................. 903,98 TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 17.217,63 14,00 % Gastos generales........... 2.410,47 6,00 % Beneficio industrial......... 1.033,06 SUMA DE G.G. y B.I. 3.443,53 21,00 % I.V.A....................................................... 4.338,84 TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 25.000,00 Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de VEINTICINCO MIL EUROS

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD: CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

ADMINISTRACIÓN PROMOTORA: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TOTANA.

AUTORES DEL PROYECTO: JUAN ANTONIO GARCÍA VICTORIA. INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS.

FECHA: DICIEMBRE 2.013.

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DOCUMENTO Nº5. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD.

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ÍNDICE

DOCUMENTO Nº1. MEMORIA. ..........................................................................................................................................4 1. ANTECEDENTES Y OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD...............................................................5 2. DATOS GENERALES DEL PROYECTO Y DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. .........................................5 3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. .........................................................................................5 4. CONDICIONES DEL LUGAR EN QUE SE VA A CONSTRUIR Y DATOS DE INTERÉS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA. .........................................................7 5. UNIDADES DE OBRA QUE INTERESAN A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. ...............................10 6. INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES: SERVICIOS HIGIÉNICOS, VESTUARIO, COMEDOR, LOCALES DE DESCANSO. .....................................................................................................................10 7. FASES CRÍTICAS PARA LA PREVENCIÓN............................................................................................................12 8. IDENTIFICACIÓN INICIAL DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS. ..................................................................................................................................................................12 9. PROTECCIÓN COLECTIVA A UTILIZAR EN LA OBRA. ........................................................................................13 10. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A UTILIZAR EN LA OBRA. ...............................................................13 11. SEÑALIZACIÓN DE LOS RIESGOS.......................................................................................................................14 12. PREVENCIÓN ASISTENCIAL EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL.................................................................16 13. SISTEMA DECIDIDO PARA EL CONTROL DEL NIVEL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA. ..................16 14. DOCUMENTOS DE NOMBRAMIENTOS PARA EL CONTROL DEL NIVEL DE LA SEGURIDAD Y SALUD, APLICABLES DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA ADJUDICADA...............................................................17 15. FORMACIÓN E INFORMACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD................................................................................17 16. LOS SERVICIOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN...........................................................17

16.1 PRESENCIA DE LOS RECURSOS PREVENTIVOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO. ..............................18 16.1.1. La presencia en el centro de trabajo de los Recursos Preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos: ...........................................................18 16.1.2. Se consideran Recursos Preventivos, a los que el empresario podrá asignar la presencia, los siguientes:...............................................................................................................................................................................18 16.1.3. Los Recursos Preventivos deberán tener la capacidad suficiente, disponer de los medios necesarios y ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia. .....................18 16.1.4. Cuando la presencia se realice con diferentes Recursos Preventivos éstos deberán colaborar entre sí. .18

16.2. PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. ..............................18 16.2.1. Será de aplicación en las obras de construcción reguladas por el RD 1627/1997, de 24 de octubre, modificado por el Artículo 2 del R.D. 604/2006 de 19 de mayo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, con las siguientes especialidades: .........................18

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16.2.2. La designación o nombramiento por el Contratista de estos recursos preventivos, vendrá incluida en el Plan de Seguridad y Salud correspondiente a cada contratista, indicando en dicho Documento el nombre o nombres, cualificación profesional, y formación recibida en Materia de Seguridad y Salud. Si en el transcurso de obra se produce algún tipo de cambio, se indicará a la Coordinación de Seguridad, para su conocimiento y anotación para dar constancia de su presencia en el Libro de Incidencias. ..........................................................19 16.2.3. Infracciones Graves de las obligaciones del CONTRATISTA: ...................................................................19 16.2.4. Infracciones Graves de las empresas usuarias Subcontratistas y Trabajadores Autónomos. ...................19

16.3. OPERACIONES Y PROCESOS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS..............................................................................................................................19

17. CONCLUSIONES. ...................................................................................................................................................20 ANEXO Nº1. ......................................................................................................................................................................22 ANÁLISIS Y EVALUACIÓN INICIAL DE LOS RIESGOS DE INCENDIOS DE LA OBRA...............................................22 FICHAS DE SEGURIDAD Y SALUD.................................................................................................................................24

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1. ANTECEDENTES Y OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Siendo necesaria la redacción de un proyecto de ejecución para la obra CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA, es obligación legal la redacción de un estudio de seguridad y salud integrado. En él se analizan y resuelven los problemas de seguridad y salud en el trabajo. En consecuencia se procede a la redacción de este estudio de seguridad y salud. Este estudio de seguridad y salud se ha ido elaborando al mismo tiempo que se ha confeccionado el proyecto y en coherencia con su contenido.

2. DATOS GENERALES DEL PROYECTO Y DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Nombre del promotor de la obra: Excmo. Ayuntamiento de Totana. Nombre del proyecto sobre el que se trabaja: Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal. Totana. Autor del Proyecto: Juan Antonio García Victoria. I. T. de Obras Públicas. Autor del Estudio de seguridad y salud: Juan Antonio García Victoria. I. T. de Obras Públicas. Presupuesto de ejecución por contrata del proyecto: inferior a 75 millones de pesetas. Plazo de proyecto para la ejecución de la obra es de: 1 mes Tipología de la obra a construir: Demoliciones, movimiento de tierras, estructura y cimentación, urbanización. Localización de la obra a construir según el proyecto sobre el que se trabaja: Cementerio Municipal Nuestra Señora del Carmen.

3. OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. El autor del estudio de seguridad y salud, al afrontar la tarea de redactar el estudio de seguridad y salud para la obra: Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal. Totana, se enfrenta con el problema de definir los riesgos detectables analizando el proyecto y su construcción. Define además los riesgos reales, que en su día presente la ejecución de la obra, en medio de todo un conjunto de circunstancias de difícil concreción, que en sí mismas, puede lograr desvirtuar el objetivo fundamental de este trabajo. Se pretende sobre el proyecto, crear los procedimientos concretos para conseguir una realización de obra sin accidentes ni enfermedades profesionales. Definirán las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra, y se confía poder evitar los "accidentes blancos" o sin víctimas, por su gran trascendencia en el funcionamiento normal de la obra, al crear situaciones de parada o de estrés en las personas. Por lo expuesto, es necesaria la concreción de los objetivos de este trabajo técnico a la hora de elaborar el Plan de Seguridad y salud por la constructora encargada de ejecutar los trabajos, que se definen según los siguientes apartados, cuyo ordinal de trascripción es indiferente pues se consideran todos de un mismo rango: A. Conocer el proyecto a construir, la tecnología, los métodos de trabajo y la organización previstos para la realización de la obra así como el entorno, condiciones físicas y climatología del lugar donde se debe realizar dicha obra, con el fin de poder identificar y analizar los posibles riesgos de seguridad y salud en el trabajo. B. Analizar todas las unidades de obra contenidas en el proyecto a construir, en función de sus factores: formal y de ubicación, coherentemente con la tecnología y métodos viables de construcción a poner en práctica. C. Colaborar con el equipo redactor del proyecto para estudiar y adoptar soluciones técnicas y organizativas que eliminen o disminuyan los riesgos.

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D. Identificar los riesgos evitables proponiendo las medidas para conseguirlo, relacionar aquellos que no se puedan evitar especificando las medidas preventivas y de protección adecuadas para controlarlos y reducirlos, así como, describir los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares a utilizar. E. Diseñar y proponer las líneas preventivas a poner en práctica tras la toma de decisiones, como consecuencia de la tecnología que va a utilizar; es decir: la protección colectiva, equipos de protección individual y normas de conducta segura, a implantar durante todo el proceso de esta construcción. Así como los servicios sanitarios y comunes a utilizar durante todo el proceso de esta construcción. F. Valorar adecuadamente los costes de la prevención e incluir los planos y gráficos necesarios para la adecuada comprensión de la prevención proyectada. G. Ser base para la elaboración del plan de seguridad y salud por parte del contratista y formar parte, junto al plan de seguridad y salud y al plan de prevención del mismo, de las herramientas de planificación e implantación de la prevención en la obra. H. Divulgar la prevención proyectada para esta obra en concreto, a través del plan de seguridad y salud que elabore el Contratista en su momento basándose en el presente estudio de seguridad y salud. Esta divulgación se efectuará entre todos los que intervienen en el proceso de construcción y se espera que sea capaz por si misma, de animar a todos los que intervienen en la obra a ponerla en práctica con el fin de lograr su mejor y más razonable colaboración. Sin esta colaboración inexcusable y la del Contratista, de nada servirá este trabajo. Por ello, este conjunto documental se proyecta hacia la empresa Contratista, los subcontratistas, los trabajadores autónomos y los trabajadores que en general que van a ejecutar la obra; debe llegar a todos ellos, mediante los mecanismos previstos en los textos y planos de este trabajo técnico, en aquellas partes que les afecten directamente y en su medida. I. Crear un ambiente de salud laboral en la obra, mediante el cual, la prevención de las enfermedades profesionales sea eficaz. J. Definir las actuaciones a seguir en el caso de que fracase la prevención prevista y se produzca el accidente, de tal forma, que la asistencia al accidentado sea la adecuada a su caso concreto y aplicada con la máxima celeridad y atención posibles. K. Propiciar una línea formativa - informativa para prevenir los accidentes y por medio de ella, llegar a definir y a aplicar en la obra los métodos correctos de trabajo. L. Hacer llegar la prevención de riesgos, gracias a su valoración económica, a cada empresa o autónomos que trabajen en la obra, de tal forma, que se eviten prácticas contrarias a la seguridad y salud. M. Colaborar a que el proyecto prevea las instrucciones de uso y mantenimiento y las operaciones necesarias e incluir en este estudio de seguridad y salud, las previsiones e informaciones útiles para efectuar en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores, es decir: de reparación, conservación y mantenimiento. Esto se realizará una vez conocidas las acciones necesarias para las operaciones de mantenimiento y conservación tanto de la obra en sí como de sus instalaciones. El Autor del Estudio de Seguridad y Salud declara: que es su voluntad la de identificar los riesgos y evaluar la eficacia de las protecciones previstas sobre el proyecto y en su consecuencia, diseñar cuantos mecanismos preventivos se puedan idear a su buen saber y entender técnico, dentro de las posibilidades que el mercado de la construcción y los límites económicos permiten. Que se confía en que si surgiese alguna laguna preventiva, el Contratista, a la hora de

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elaborar el preceptivo plan de seguridad y salud, será capaz de detectarla y presentarla para que se la analice en toda su importancia, dándole la mejor solución posible. Es obligación del contratista disponer los recursos materiales, económicos, humanos y de formación necesarios para conseguir que el proceso de producción de construcción de esta obra sea seguro. Este estudio ha de ser un elemento fundamental de ayuda al contratista para cumplir con la prevención de los riesgos laborales y con ello influir de manera decisiva en la consecución del objetivo principal en materia de seguridad y salud en esta obra: lograr realizar la obra sin accidentes laborales ni enfermedades profesionales.

4. CONDICIONES DEL LUGAR EN QUE SE VA A CONSTRUIR Y DATOS DE INTERÉS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA. • La eficacia preventiva perseguida por el autor del estudio de seguridad y salud. El autor de este estudio de seguridad y salud persigue conseguir la colaboración del resto de los agentes que intervienen en las distintas fases previstas hasta la ejecución de la obra, al considerar que la seguridad no puede ser conseguida si no es objetivo común de todos. Cada empresario ha de tener en cuenta para el desarrollo de su actividad específica, los principios de la acción preventiva contenidos en el art. 15 de la Ley 31/95. Quiere decirse que el proceso productivo ha de realizarse evitando los riesgos o evaluando la importancia de los inevitables, combatirlos en su origen con instrumentos de estrategia, formación o método. La eficacia de las medidas preventivas ha de someterse a controles periódicos y auditorias por si procediera su modificación o ajuste. La especificidad del sector construcción, con concurrencia de varias empresas en la obra al mismo tiempo, necesita de un ordenamiento de las actividades en las que se planifique, organice y se establezca la actuación de cada una de ellas en las condiciones señaladas anteriormente. Esta concurrencia hace aparecer nuevos riesgos derivados de las interferencias entre las diversas actividades en la obra, y necesitarán de análisis fuera del ámbito de las empresas participantes. • Descripción prevencionista de la obra y orden de ejecución de los trabajos. El motivo de las obras no es otro que la Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal. Totana. Las obras comenzarán con el vaciado de la superficie donde se ubicarán las fosas. El fondo de la excavación se rellenará con una solera de hormigón de limpieza HM-20 de 10 cm. de espesor. Se ejecutará un muro perimetral de hormigón armado HA-25/P/20/IIa con armadura B-500S de 12 y 16 mm. de diámetro (disposición según planos), con un espesor de 30 cm y una solera de 25 cm. tal y como se detalla en los planos. Una vez ejecutado el muro perimetral se colocarán las fosas prefabricadas dejando entre ellas una distancia de 30 cm. que se rellenará con grava para terminar en la coronación con un murete de bloque. También esta prevista la urbanización (pavimentado con terrazo, adoquinado, etc…) de las zonas próximas a las fosas, para continuar con la urbanización del cementerio, siempre continuando con la estética existente. • Descripción del lugar en el que se va a realizar la obra. Las obras se sitúan en el Cementerio Municipal Nuestra Señora del Carmen. • Descripción de la climatología del lugar en el que se va a realizar la obra. La climatología es típica mediterránea semiárida.

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• Tráfico rodado y accesos. El propio Cementerio dispones de calles adoquinadas por las que puede acceder un vehículo. • Estudio geotécnico Dadas las características de la obra no es necesario un Estudio Geotécnico. • Interferencias con los servicios afectados y otras circunstancias o actividades colindantes, que originan riesgos laborales por la realización de los trabajos de la obra. En este caso no existen servicios que se encuentren afectados por la obras. • Unidades de construcción previstas en la obra En coherencia con el resumen por capítulos del proyecto de ejecución y el plan de ejecución de obra, se definen las siguientes actividades de obra:

● Demoliciones. ● Movimiento de tierras. ● Estructura y Cimentación. ● Urbanización. ● Control de Calidad. ● Gestión de residuos. ● Seguridad y Salud.

• Oficios cuya intervención es objeto de la prevención de los riesgos laborales Las actividades de obra descritas, se complementan con el trabajo de los siguientes oficios:

● Trabajos de albañilería. ● Trabajos estructurales.

• Medios auxiliares previstos para la realización de la obra Del análisis del proyecto, de las actividades de obra y de los oficios, se prevé la utilización de medios auxiliares. • Maquinaria prevista para la realización de la obra Por igual procedimiento de análisis al descrito en el apartado anterior, se procede a definir la maquinaria que es necesario utilizar en la obra. Por lo general se prevé que la maquinaria fija de obra sea de propiedad del Contratista. En el listado que se suministra, se incluyen la procedencia (propiedad o alquiler) y su forma de permanencia en la obra. Estas circunstancias son un condicionante importante de los niveles de seguridad y salud que pueden llegarse a alcanzar. El pliego de condiciones particulares, suministra las normas para garantizar la seguridad de la maquinaria.

• Camión cuba hormigonera (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Camión de transporte en el interior de las obras (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo

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de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Camión grúa (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Compresor (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Hormigonera eléctrica (pastera) (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Maquinaria para movimiento de tierras (en general) (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Máquinas herramienta en general (radiales - cizallas - cortadoras y similares) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Martillo neumático (rompedores- taladradores para bulones) (O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Pala cargadora sobre neumáticos (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Pisones mecánicos para compactación de tierras (urbanización) (Edif. u O.C.) Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

• Vibradores de combustible, para hormigones; de sustentación manual Se le supone de alquiler puntual realizado por el contratista adjudicatario o por algún subcontratista bajo control directo de él. La seguridad puede quedar comprometida por las posibles ofertas del mercado de alquiler en el momento de realizarse la obra. En cualquier caso, la seguridad quedará resuelta de manera inequívoca.

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• Instalaciones de obra Mediante el análisis y estudio del proyecto se definen las Instalaciones de obra que es necesario realizar en ella. • Cuadro de superficies previstas para acopios y talleres. Taller y acopio: En la fase de ejecución de arquetas se prevé itinerante por parecer más operativo. Superficie itinerante prevista: 1000 m2. Superficie de acopios 1000 m2. Cuando una misma empresa instaladora tenga contratada la realización de varias instalaciones, los talleres proyectados podrán ser comunes.

5. UNIDADES DE OBRA QUE INTERESAN A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. • Determinación del tiempo efectivo de duración de los trabajos - plan de ejecución de obra En el anejo de Programa de obra se definen los tiempos de ejecución de las principales unidades de obra objeto del proyecto. • Orden de ejecución de los trabajos En el correspondiente Plan de Seguridad y salud el contratista deberá reflejar el orden de ejecución de los tajos y su influencia en la seguridad y las medidas preventivas a adoptar en consecuencia. • Interacciones e incompatibilidades existentes en la obra o en sus inmediaciones En el Plan de Seguridad Salud el contratista en función de los medios elegidos para la ejecución de los trabajos elaborará un listado de interacciones e incompatibilidades de las actividades a desarrollar esgrimiendo las labores preventivas al efecto.

6. INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES: SERVICIOS HIGIÉNICOS, VESTUARIO, COMEDOR, LOCALES DE DESCANSO. • Instalaciones provisionales para los trabajadores Dado el volumen de trabajadores previsto, es necesario aplicar una visión global de los problemas que plantea el movimiento concentrado y simultáneo de personas dentro de ámbitos cerrados en los que se deben desarrollar actividades cotidianas, que exigen cierta intimidad o relación con otras personas. Estas circunstancias condicionan su diseño. En el presupuesto se prevén instalaciones de aseo y vestuarios a fin de solucionar los problemas planteados. El Plan de Seguridad y Salud reflejara la ubicación y características de los mismos en función de los medios empleados. Al diseñarlas, se intentará dar un tratamiento uniforme, procurando evitar las prácticas que facilitan la dispersión de los trabajadores por toda la obra, con el consiguiente desorden y aumento de los riesgos de difícil control, falta de limpieza de la obra en general y aseo deficiente de las personas. Los principios de diseño serán los que se expresan a continuación: 1º Aplicar los principios que regulan estas instalaciones según la legislación vigente, con las mejoras que exige el avance de los tiempos.

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2º Dar el mismo tratamiento que se da a estas instalaciones en cualquier otra industria fija; es decir, centralizarlas metódicamente. 3º Dar a todos los trabajadores un trato igualitario de calidad y confort, independientemente de su raza y costumbres o de su pertenencia a cualquiera de las empresas: principal o subcontratadas, o se trate de personal autónomo o de esporádica concurrencia. 4º Resolver de forma ordenada y eficaz, las posibles circulaciones en el interior de las instalaciones provisionales, sin graves interferencias entre los usuarios. 5º Permitir que se puedan realizar en ellas de forma digna, reuniones de tipo sindical o formativo, con tan sólo retirar el mobiliario o reorganizarlo. 6º Organizar de forma segura el acceso, estancia en su interior y salida de la obra. • Instalaciones provisionales para los trabajadores con módulos prefabricados metálicos comercializados Las instalaciones provisionales para los trabajadores se alojarán en el interior de módulos metálicos prefabricados, comercializados en chapa emparedada con aislante térmico y acústico. Se montarán sobre una cimentación ligera de hormigón. Tendrán un aspecto sencillo pero digno. El pliego de condiciones, los planos y las mediciones aclaran las características técnicas de estos módulos metálicos, que han sido elegidos como consecuencia de su temporalidad y espacio disponible. Deben retirarse al finalizar la obra. En los planos de este estudio de seguridad y salud, se han señalado unas áreas, dentro de las posibilidades de organización que permite el lugar en el que se va a construir y la construcción a ejecutar, para que el Constructor adjudicatario ubique y distribuya las instalaciones provisionales para los trabajadores, así como sus oficinas y almacenes exteriores. Se ha modulado cada una de las instalaciones de vestuario y comedor con una capacidad para 5 trabajadores, de tal forma, que den servicio a todos los trabajadores adscritos a la obra según la curva de contratación.

CUADRO INFORMATIVO DE EXIGENCIAS LEGALES VIGENTES Superficie de vestuario aseo: 1 trab. x 2 m2. = 2 m2. Nº de módulos necesarios: 2 m2. : Sup. Modulo = und. Superficie de comedor: 1 x 2 m2. = 2 m2. Nº de módulos necesarios: 2 m2. : Sup. Modulo m2. = und. Nº de retretes: 1 trab. : 25 trab. = 0 und. Nº de lavabos: 1 trab. : 10 trab. = 0 und. Nº de duchas: 1 trab. : 10 trab. = 0 und.

• Acometidas para las instalaciones provisionales de obra Con "traída" y construcción de acometidas: Teniendo en cuenta que la construcción se realiza linealmente, sin los servicios urbanos de acometidas de agua potable y desagües, así como electricidad, la solución prevista es: los desagües se realizaran a fosas sépticas prefabricadas que, calculadas para el consumo previsto de 5 trabajadores, quedan definidas en el pliego de condiciones técnicas y particulares.

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El suministro de energía eléctrica, se realizará mediante la puesta en funcionamiento de un grupo electrógeno generador trifásico, accionado por un motor de gasóleo. La acometida de agua potable, se realizará a la tubería de suministro especial para la obra.

7. FASES CRÍTICAS PARA LA PREVENCIÓN. A la vista del plan de ejecución de obra segura, así como de las características técnicas de la obra, se definirá un siguiente diagrama crítico de riesgos, como consecuencia, de que cada fase de esta obra posee sus riesgos específicos tal y como queda reflejado en el apartado correspondiente. Cuando dos o más actividades de obra coincidan en el espacio y el tiempo, los riesgos, generalmente aumentan en los grados de frecuencia y de consecuencias, alcanzando valores superiores a la suma de los riesgos de las fases o actividades coincidentes.

8. IDENTIFICACIÓN INICIAL DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS. Este análisis inicial de riesgos se realiza durante la elaboración del proyecto antes del comienzo de la obra; se trata de un trabajo previo necesario, para la concreción de los supuestos de riesgo previsibles durante la ejecución de los trabajos, por consiguiente, es una aproximación realista a lo que puede suceder en la obra. La siguiente Identificación inicial de riesgos y evaluación de la eficacia de las protecciones decididas, se realiza sobre el proyecto de la obra en consecuencia de la tecnología y la organización previstas para construir, que pueden ser variadas por el Contratista lo cual deberá reflejar en su plan de seguridad y salud, que deberá estar adaptado a dichas variaciones. En todo caso, los riesgos aquí analizados, se eliminan o disminuyen mediante la propuesta de soluciones constructivas, de organización, las protecciones colectivas necesarias, los equipos de protección individual y señalización oportunos para su neutralización o reducción a la categoría de: “riesgo trivial”, “riesgo tolerable” o “riesgo moderado”. El éxito de estas prevenciones propuestas dependerá del nivel de seguridad que se alcance durante la ejecución de la obra. En todo caso, el plan de seguridad y salud que elabore el Contratista respetará la metodología y concreción conseguidas por este estudio de seguridad y salud. El pliego de condiciones particulares, recoge las condiciones y calidad que debe reunir la propuesta que presente en su momento a la aprobación del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. El siguiente análisis y evaluación inicial de riesgos, se realizó sobre el proyecto de la obra en consecuencia de la tecnología decidida para construir, que puede ser variada por el Contratista en su plan de seguridad y salud, cuando lo adapte a la tecnología de construcción que le sea propia. • Localización e identificación de zonas donde se realizan trabajos que implican riesgos especiales

• Demolición por procedimientos mecánicos de aceras o calzadas

• Excavación de tierras a máquina en zanjas (Edif. u O.C.) • Montaje de blindajes metálicos para zanjas y pozos (Edif. u O.C.)

• Excavación de tierras a cielo abierto (Edif. u O.C.)

• Relleno de tierras en zanjas de formato medio

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• Vertido directo de hormigones mediante canaleta (Edif. u O.C.) • Pavimentaciones.

Ver Anexo 1

9. PROTECCIÓN COLECTIVA A UTILIZAR EN LA OBRA. Del análisis de riesgos laborales que se ha realizado y de los problemas específicos que plantea la construcción de la obra, se prevé utilizar las contenidas en el siguiente listado:

• Anclajes especiales para amarre de cinturones de seguridad. • Andamio metálico tubular apoyado, (usado como S+S). • Barandilla modular autoportante encadenable tipo ayuntamiento. • Cables fiadores para cinturones de seguridad. • Entibación blindaje metálico para zanjas, (usado como S+S). • Escaleras de mano con capacidad de desplazamiento. • Extintores de incendios. • Pasarelas de seguridad sobre zanjas. • Paso peatonal protegido mediante estructura metálica. • Toma de tierra independiente y normalizada, para estructuras metálicas de máquinas fijas. • Toma de tierra normalizada general de la obra. • Valla metálica para cierre de seguridad de la obra, (todos los componentes).

10. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A UTILIZAR EN LA OBRA. Del análisis de riesgos efectuado, se desprende que existe una serie de ellos que no se han podido resolver con la instalación de las protecciones colectivas. Son riesgos intrínsecos de las actividades individuales a realizar por los trabajadores y por el resto de personas que intervienen en la obra. Consecuentemente se ha decidido utilizar las contenidas en el siguiente listado:

• Cascos de seguridad. • Cascos protectores auditivos. • Chaleco reflectante. • Cinturón de seguridad de sujeción.

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• Faja contra las vibraciones. • Filtro neutro de protección contra los impactos, (gafas soldador). • Gafas de seguridad contra proyecciones e impactos. • Guantes de cuero flor y loneta. • Máscara de respiración autónoma. • Mascara respiratoria autónoma de oxigeno comprimido. • Traje impermeable a base de chaquetilla y pantalón de material plástico sintético. • Zapatos de seguridad.

11. SEÑALIZACIÓN DE LOS RIESGOS. La prevención diseñada, para mejorar su eficacia, requiere el empleo del siguiente listado de señalización: • Señalización de los riesgos del trabajo Como complemento de la protección colectiva y de los equipos de protección individual previstos, se decide el empleo de una señalización normalizada, que recuerde en todo momento los riesgos existentes a todos los que trabajan en la obra. El pliego de condiciones define lo necesario para el uso de esta señalización, en combinación con las "literaturas" de las mediciones de este estudio de seguridad y Salud. La señalización elegida es la del listado que se ofrece a continuación, a modo informativo.

• Riesgo en el trab. Advertencia de peligro indeterminado. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Advertencia del riesgo eléctrico. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Agua no potable. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Banda de advertencia de peligro. • Riesgo en el trab. Prohibido el paso a peatones. tamaño mediano. • Riesgo en el trab. Prohibido fumar y llamas desnudas. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Protección obligatoria cabeza. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Protección obligatoria oídos. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Protección obligatoria pies. tamaño grande. • Riesgo en el trab. Protección obligatoria vista. tamaño pequeño. • Riesgo en el trab. Protección vías respiratorias. tamaño mediano.

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• Señal salvamento Señal de dirección de socorro. Tamaño grande. • Señalización vial Los trabajos a realizar, originan riesgos importantes para los trabajadores de la obra, por la presencia o vecindad del tráfico rodado. En consecuencia, es necesario instalar la oportuna señalización vial, que organice la circulación de vehículos de la forma más segura posible. El pliego de condiciones define lo necesario para el uso de esta señalización, en combinación con las "literaturas" de las mediciones de este estudio de seguridad y Salud. La señalización elegida es la del listado que se ofrece a continuación, a modo informativo.

• Señal. vial Giro prohibido a la izquierda. TR-303. 90 cm de diámetro. • Señal. vial Cono de balizamiento TB-6 • Señal. vial interna de obra. Balizamiento lateral de rampas. • Señal. vial. (manual) bandera roja. TM-1 • Señal. vial. (manual) disco de stop o paso prohibido. TM-3. • Señal. vial. Barrera de seguridad bionda . TD-2. • Señal. vial. Cascada en línea de luces amarillas TL-8. • Señal. vial. Desvío carril por la calzada opuesta + otro en la obra. TS-61. • Señal. vial. Desvío de un carril por la calzada opuesta. TS-60. • Señal. vial. Disco luminoso manual de doble señal TL-6 • Señal. vial. Disco luminoso manual. TL-5 • Señal. vial. Entrada prohibida. TR-101. 120 cm de diámetro. • Señal. vial. Giro prohibido a la derecha TR-302. 90 cm de diámetro. • Señal. vial. Guirnalda de plástico TB-13 • Señal. vial. Línea de luces amarillas fijas TL-7. • Señal. vial. Luz ámbar intermitente.. TL-3 • Señal. vial. Prioridad al sentido contrario. TR-5. 120 x 120 cm • Señal. vial. Reducción carril derecha (2 a 1) TS-54. • Señal. vial. Reducción carril izquierda (2 a 1) TS-54. • Señal. vial. Triangular peligro TP-15b*. badén 135 cm de lado.

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• Señal. vial. Triangular peligro TP-17a*. estrechami. calzada derecha. 135 cm de lado. • Señal. vial. Triple luz ámbar intermitente. TL-4

12. PREVENCIÓN ASISTENCIAL EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL. • Primeros Auxilios Aunque el objetivo de este estudio de seguridad y salud es establecer las bases para que las empresas contratistas puedan planificar la prevención a través del Plan de Seguridad y Salud y de su Plan de prevención y así evitar los accidentes laborales, hay que reconocer que existen causas de difícil control que pueden hacerlos presentes. En consecuencia, es necesario prever la existencia de primeros auxilios para atender a los posibles accidentados. • Local botiquín de primeros auxilios Dada la peligrosidad de esta obra y la concentración de trabajadores prevista, es necesario dotarla de un local botiquín de primeros auxilios, en el que se den las primeras atenciones sanitarias a los posibles accidentados. También puede utilizarse para la atención sanitaria que dispense en obra el Servicio Médico de Empresa, propio o mancomunado. El contenido, características y uso quedan definidos por el pliego de condiciones técnicas y particulares de seguridad y salud y en las literaturas de las mediciones y presupuesto. La evacuación de accidentados, que por sus lesiones así lo requieran, está prevista mediante la concertación de un servicio de ambulancias, que el plan de seguridad definirá exactamente. • Medicina Preventiva Con el fin de lograr evitar en lo posible las enfermedades profesionales en esta obra, así como los accidentes derivados de trastornos físicos, síquicos, alcoholismo y resto de las toxicomanías peligrosas, se prevé que el Contratista y los subcontratistas, en cumplimiento de la legislación laboral vigente, realicen los reconocimientos médicos previos a la contratación de los trabajadores de esta obra y los preceptivos de ser realizados al año de su contratación. Y que así mismo, exija puntualmente este cumplimiento, al resto de las empresas que sean subcontradas por cada uno de ellos para esta obra. En los reconocimientos médicos, además de las exploraciones competencia de los facultativos, se detectará lo oportuno para garantizar que el acceso a los puestos de trabajo, se realice en función de la aptitud o limitaciones físico síquicas de los trabajadores como consecuencia de los reconocimientos efectuados. En el pliego de condiciones particulares se expresan las obligaciones empresariales en materia de accidentes y asistencia sanitaria. • Evacuación de accidentados La evacuación de accidentados, que por sus lesiones así lo requieran, está prevista mediante la contratación de un servicio de ambulancias, que el Contratista definirá exactamente, a través de su plan de seguridad y salud tal y como se contiene en el pliego de condiciones particulares.

13. SISTEMA DECIDIDO PARA EL CONTROL DEL NIVEL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA. 1º El plan de seguridad y salud es el documento que deberá recogerlo exactamente, según las condiciones contenidas en el pliego de condiciones particulares.

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2º El sistema elegido, es el de "listas de seguimiento y control" para ser cumplimentadas por los medios del Contratista y que se definen en el pliego de condiciones particulares. 3º La protección colectiva y su puesta en obra se controlarán mediante la ejecución del plan de obra previsto y las listas de seguimiento y control mencionadas en el punto anterior. 4º El control de entrega de equipos de protección individual se realizará: Mediante la firma del trabajador que los recibe, en un parte de almacén que se define en el pliego de condiciones particulares. Mediante la conservación en acopio, de los equipos de protección individual utilizados, ya inservibles para su eliminación.

14. DOCUMENTOS DE NOMBRAMIENTOS PARA EL CONTROL DEL NIVEL DE LA SEGURIDAD Y SALUD, APLICABLES DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA ADJUDICADA. Se prevé usar los mismos documentos que utilice normalmente para esta función, el Contratista, con el fin de no interferir en su propia organización de la prevención de riesgos. No obstante, estos documentos deben cumplir una serie de formalidades recogidas en el pliego de condiciones particulares y ser conocidos y aprobados por el Coordinador en materia de seguridad y salud como partes integrantes del plan de seguridad y salud. Como mínimo, se prevé utilizar los contenidos en el siguiente listado: • Documento del nombramiento del Encargado de seguridad. • Documento del nombramiento de la cuadrilla de seguridad. • Documento del nombramiento del señalista de maniobras. • Documentos de autorización del manejo de diversas máquinas. • Documento de comunicación de la elección y designación del Delegado de Prevención, o del Servicio de Prevención externo.

15. FORMACIÓN E INFORMACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD. La formación e información de los trabajadores sobre riesgos laborales y métodos de trabajo seguro a utilizar, son fundamentales para el éxito de la prevención de los riesgos laborales y realizar la obra sin accidentes. El Contratista está legalmente obligado a formar en el método de trabajo seguro a todo el personal a su cargo, de tal forma, que todos los trabajadores tendrán conocimiento de los riesgos propios de su actividad laboral, de las conductas a observar en determinadas maniobras, del uso correcto de las protecciones colectivas y del de los equipos de protección individual necesarios para su protección. El pliego de condiciones particulares da las pautas y criterios de formación, para que el Contratista, lo desarrolle en su plan de seguridad y salud.

16. LOS SERVICIOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. La incorporación de un nuevo articulo 32 bis y una nueva disposición adicional a la Ley 31/1995 para disponer que la presencia en el centro de trabajo de los Recursos Preventivos del empresario, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en determinados supuestos y situaciones de especial riesgo y peligrosidad, debiendo permanecer tales recursos preventivos en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia. La Ley pretende realizar a través de la presencia de los Recursos Preventivos que servirán para garantizar el estricto cumplimiento de los métodos de trabajo, y por tanto el control del riesgo.

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Los Recursos Preventivos son Trabajadores dotados de los medios necesarios (Formación (50 horas), Experiencia en Obras, Conocimiento de la Actividad, etc.), nombrados por el empresario (Contratista), para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.

16.1 PRESENCIA DE LOS RECURSOS PREVENTIVOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

16.1.1. La presencia en el centro de trabajo de los Recursos Preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos: a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso e! control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. b) Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales. c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

16.1.2. Se consideran Recursos Preventivos, a los que el empresario podrá asignar la presencia, los siguientes: a) Uno o varios trabajadores designados de la empresa. b) Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa. c) Uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa.

16.1.3. Los Recursos Preventivos deberán tener la capacidad suficiente, disponer de los medios necesarios y ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.

16.1.4. Cuando la presencia se realice con diferentes Recursos Preventivos éstos deberán colaborar entre sí. La integración de los Recursos Preventivos deberá ser informada a los Delegados de Prevención.

16.2. PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

16.2.1. Será de aplicación en las obras de construcción reguladas por el RD 1627/1997, de 24 de octubre, modificado por el Artículo 2 del R.D. 604/2006 de 19 de mayo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, con las siguientes especialidades: a) La preceptiva presencia de los Recursos Preventivos se aplicará a cada Contratista. b) La presencia de los Recursos Preventivos de cada contratista será necesaria cuando, durante la obra, se desarrollen trabajos con riesgos especiales, como se definen en el citado RD 1627/97, modificado por el Artículo 2 del R.D. 604/2006 de 19 de mayo. c) La preceptiva presencia de Recursos Preventivos, tendrá como objeto vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y comprobar la eficacia de éstas.

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16.2.2. La designación o nombramiento por el Contratista de estos recursos preventivos, vendrá incluida en el Plan de Seguridad y Salud correspondiente a cada contratista, indicando en dicho Documento el nombre o nombres, cualificación profesional, y formación recibida en Materia de Seguridad y Salud. Si en el transcurso de obra se produce algún tipo de cambio, se indicará a la Coordinación de Seguridad, para su conocimiento y anotación para dar constancia de su presencia en el Libro de Incidencias.

16.2.3. Infracciones Graves de las obligaciones del CONTRATISTA: Según el RD 1627/97 Contratista es la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato. 1) La falta de presencia de los Recursos Preventivos, cuando ello sea preceptivo o el incumplimiento de las obligaciones derivadas de su presencia, cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales (Construcción). 2) La alteración o el falseamiento, por las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoria del sistema de prevención de las empresas, del contenido del informe de la empresa auditada.

16.2.4. Infracciones Graves de las empresas usuarias Subcontratistas y Trabajadores Autónomos. Permitir el inicio de la prestación de servicios de los trabajadores puestos a disposición sin tener constancia documental de que han recibido las informaciones relativas a los riesgos y medidas preventivas, poseen la formación específica necesaria y cuentan con un estado de salud compatible con el puesto de trabajo a desempeñar.

16.3. OPERACIONES Y PROCESOS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LAS OBRAS.

Trabajos con riesgo a caídas de altura. - En los trabajos, operaciones y procesos referidos a obras de construcción, tanto de edificación como de obras públicas, así como los referidos a Mantenimiento, Reparación y Limpieza de edificios, con riesgo a caída de altura de más de 6,00 metros, o cuando, siendo la altura inferior a 6,00 metros pero superior a 2,00 metros, la protección de un trabajador no puede ser asegurada totalmente sino mediante la utilización de un Equipo de Protección Individual (EPI), contra el referido riesgo (arnés, etc..). - En los trabajos en que se utilicen técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas. - Trabajo de Montaje y Desmontaje de Redes de Seguridad.

Montaje, Desmontaje y transformación de Andamios. Los andamios sólo podrán ser montados, desmontados o modificados sustancialmente bajo la dirección de una persona con una formación universitaria o profesional que lo habilite para ello, en el caso de Andamios Complejos que exijan un Plan de Montaje, o por un trabajador con experiencia, en los demás casos. Se consideran especialmente complejos los siguientes: - Andamios colgados o Plataformas suspendidas. De nivel variable, instalados temporalmente sobre un edificio, o una estructura para tareas especificas y Plataformas elevadoras sobre Mástil.

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- Andamios constituidos por elementos prefabricados (tanto modulares como multidireccionales) apoyados sobre terreno modular, soleras de hormigón, forjados, voladizos u otros elementos estructurales cuya altura, desde el nivel inferior de apoyo hasta la coronación de la andamiada exceda de 6,00 metros, o disponga de elementos horizontales que salven vuelos o distancias superiores entre apoyos de mas de 8,00 metros. Se exceptúan los Andamios de Caballetes o Borriquetas. - Los Andamios instalados en el exterior, sobre azoteas, cúpulas, tejados o estructuras superiores cuya distancia entre el nivel de apoyo y el nivel del terreno o suelo exceda de 24 metros de altura. - Andamios y Torreones de trabajo móviles en que los trabajos se efectúen a más de 6,00 metros de altura desde el punto de operaciones hasta el suelo.

Trabajos subterráneos en Pozos o Galerías. Cuando se introduzcan trabajadores en una Galería subterránea o en el fondo de un Pozo, deberá disponerse la presencia de Recursos Preventivos debidamente cualificado, en el exterior que deberá estar constantemente presente durante la ejecución de los trabajos, dirigiendo las operaciones y maniobras de elevación y descenso.

Trabajos en interior de túneles. Durante la fase de construcción de un túnel, deberá existir una brigada o equipo de rescate, que estará dirigido por un trabajador asignado como presencia de Recurso Preventivo. Los trabajadores que permanezcan en el interior del túnel deberán disponer de los medios de comunicación necesarios con el exterior, así como de los sistemas de alarma que permitan la inmediata puesta en marcha de las operaciones de socorro, evacuación y salvamento cuando sea necesario.

Trabajos de Demolición. Al menos las operaciones de Demolición cuya duración estimada sea superior a 30 días laborales, o en las que se empleen en algún momento más de 12 trabajadores, deberá estar ejecutadas bajo la supervisión directa de un trabajador asignado como presencia de Recurso Preventivo, que debería de contar con Ayudantes cada 12 trabajadores.

Equipos de elevación de Cargas. Cuando se utilicen equipos de elevación de cargas en una obra de Construcción, estando los trabajadores desarrollando sus labores en la proximidad de la izada, los operadores de los equipos deberán tomar medidas para evitar la presencia de trabajadores bajo las cargas suspendidas, prohibiéndose el paso de las cargas por encima de lugares de trabajo ocupados por los trabajadores. Si ello no fuera posible por no poder garantizar la correcta realización de los trabajos de otra manera, y el espacio libre entre los elementos móviles del equipo y la zona de trabajo ocupada por los trabajadores fuera inferior a 2,00 metros, deberá asignarse la presencia de Recursos Preventivos y de un trabajador encargado de las señales. La misma medida se adoptará cuando el operador del equipo (Gruista) de elevación de cargas no pueda observar el trayecto completo de la misma.

17. CONCLUSIONES. Con todo lo descrito en la presente memoria y en el resto de documentos que integran el presente estudio de seguridad y salud, quedan definidas las medidas de prevención que inicialmente se consideran necesarias para la ejecución de las distintas unidades de obra que conforman este proyecto.

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Si se realizase alguna modificación del proyecto, o se modificara algún sistema constructivo de los aquí previstos, es obligado constatar las interacciones de ambas circunstancias en las medidas de prevención contenidas en el presente estudio de seguridad y salud, debiéndose redactar, en su caso, las modificaciones necesarias.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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ANEXO Nº1. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN INICIAL DE LOS RIESGOS DE

INCENDIOS DE LA OBRA.

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•Análisis y evaluación inicial de los riesgos de incendios de la obra. El proyecto prevé el uso en la obra de materiales y sustancias capaces de originar un incendio. Las obras pueden llegar a incendiarse por las experiencias que en tal sentido se conocen. Esta obra en concreto, está sujeta al riesgo de incendio porque en ella coincidirán: el fuego y el calor, el comburente y los combustibles como tales o en forma de objetos y sustancias con tal propiedad. La experiencia demuestra que las obras pueden arder por causas diversas, que van desde la negligencia simple, a las prácticas de riesgo por vicios adquiridos en la realización de los trabajos o a causas fortuitas. Por ello, en el pliego de condiciones particulares, se dan las normas a cumplir por el Contratista adjudicatario en su plan de seguridad y salud, con el objetivo de ponerlas en práctica durante la realización de la obra. ADVERTENCIA AL USUARIO: A continuación le suministramos un listado de materiales y trabajos que pueden originar un incendio, como guía para que efectúe la oportuna prevención: 1. Las hogueras de obra. 2. La madera. 3. El desorden de la obra. 4. La suciedad de la obra. 5. El almacenamiento de objetos impregnados en combustibles. 6. La falta o deficiencias de ventilación de los almacenes. 7. El poliestireno expandido. 8. Pinturas. 9. Barnices. 10. Disolventes. 11. Desencofrantes. 12. El uso de lamparillas de fundido. 13. La soldadura eléctrica, la oxiacetilénica y el oxicorte. 14. El uso de explosivos. 15. La instalación eléctrica.

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FICHAS DE SEGURIDAD Y SALUD.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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AYUNTAMIENTO DE LA

LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

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DOCUMENTO Nº2. PLIEGO DE CONDICIONES.

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ÍNDICE

1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO DE CONDICIONES.....................................................................................3 2. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR TODOS LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA..........................................................................................................................................................................................9 3. CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. ..............................................11 4. SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA. .................................................................................................................................12 5. DETECCIÓN DE RIESGOS HIGIÉNICOS Y MEDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS RIESGOS HIGIÉNICOS....15 6. SISTEMA APLICADOS PARA LA EVALUACIÓN Y DECISIÓN SOBRE LAS ALTERNATIVAS PROPUESTAS POR EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD............................................................................................................................16 7. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA...................................................................................................................17 8. CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS MEDIOS AUXILIARES, MÁQUINAS Y EQUIPOS. ...............................22 9. CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Y ÁREAS AUXILIARES DE EMPRESA. ........................................................................................................................................22 10. CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN LA OBRA. ..............................................24 11. FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES. ...................................................................................25 12. MANTENIMIENTO, CAMBIOS DE POSICIÓN, REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA PROTECCIÓN COLECTIVA Y DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. ...........................................................................26 13. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL. .............................................................................26 14. CRONOGRAMA DE CUMPLIMENTACIÓN DE LAS LISTAS DE CONTROL DEL NIVEL DE SEGURIDAD DE LA OBRA. ............................................................................................................................................................................29 15. CONTROL DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. ...................................................29 16. PERFILES HUMANOS DEL PERSONAL DE PREVENCIÓN. ................................................................................29 17. NORMAS DE ACEPTACIÓN DE RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL DE PREVENCIÓN...........................30 18. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL USO DE MAQUINARIA Y DE LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA.................31 19. OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD...........................................................................................................................31 20. NORMAS DE MEDICIÓN, VALORACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE SEGURIDAD Y SALUD. ................................................................................................................................................40 21. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS. ...........................................41 22. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE MATERIALES Y SUSTANCIAS PELIGROSAS. ...............................................................................................................................................................41 23. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN GENERAL DE RIESGOS. ........................41 24. EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD......................................................................................................................42 25. LIBRO DE INCIDENCIAS. .......................................................................................................................................42 26. CLÁUSULAS PENALIZADORAS.............................................................................................................................43 27. CLÁUSULAS CONTRACTUALES APLICABLES A EMPRESAS SUBCONTRATISTAS Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS................................................................................................................................................................43 28. FACULTADES DE LOS TÉCNICOS FACULTATIVOS............................................................................................44 29. AVISO PREVIO........................................................................................................................................................44

ANEXO 1............................................................................................................................................................................45 CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS. .....................................................................................................................45 ANEXO 2. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN GENERAL DE RIESGOS..................58

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1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

o Identificación de la obra. El presente pliego de condiciones de seguridad y salud se elabora para la obra: Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal. Totana, cuyo promotor es el Excmo. Ayuntamiento de Totana. Se construirá según el proyecto siendo el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto D. Juan Antonio García Victoria.

o Documentos que definen el estudio de seguridad y salud. Los documentos que integran el estudio de seguridad y salud a los que les son aplicables este pliego de condiciones son: Memoria. Pliego de condiciones particulares. Medición desglosada. Medición totalizada. Cuadro de precios descompuestos. Cuadro de precios compuestos. Presupuesto. Planos. Todos ellos se entienden documentos contractuales para la ejecución de la obra.

o Compatibilidad y relación entre dichos documentos. Todos los documentos que integran este estudio de seguridad y salud son compatibles entre sí; se complementan unos a otros formando un cuerpo inseparable, forma parte del proyecto de ejecución de la obra y que debe llevarse a la práctica mediante el plan de seguridad y salud en el trabajo que elaborará cada contratista, y en el que deben analizarse desarrollarse y complementarse las previsiones contenidas en este estudio de seguridad y salud.

o Definiciones y funciones de las figuras participantes en el proceso. Se describen a continuación de forma resumida las misiones que deben desarrollar los distintos participantes en el proceso para conseguir con eficacia los objetivos propuestos. En este trabajo, a título descriptivo, se entiende por promotor, la figura expresamente definida en el artículo 2, definiciones de Real Decreto 1627/1997 disposiciones mínimas de seguridad y salud de las obras de construcción.

o Promotor. Inicia la actividad económica y designa al proyectista, Director de Obra, coordinador de seguridad y salud y contratista o contratistas en su caso. En los contratos a suscribir con cada uno de ellos, puede establecer condiciones restrictivas o exigencias contractuales para la relación coherente entre todos ellos. Especial importancia puede tener las que se introduzcan en el contrato con el contratista en relación con: 1. El establecimiento de las limitaciones para la subcontratación evitando la sucesión de ellas. 2. Exigencias sobre la formación que deben disponer los trabajadores que accedan en función de la complejidad de los trabajos. 3. Exigencia sobre la solvencia técnica de las empresas subcontratadas por el contratista o contratistas en su caso, y forma de acreditarlo, con el objetivo de reforzar la posición de los técnicos para conseguir el cumplimiento de la Ley. 4. Disposición de la organización tanto de medios humanos o materiales a implantar en obra, así como la maquinaria o medios auxiliares más adecuados al proceso. 5. Respaldar las exigencias técnicas que se traten en los documentos a elaborar por el proyectista y el coordinador en materia de seguridad y salud.

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El promotor, tiene la opción de designar uno o varios proyectistas para elaborar el proyecto, debiendo conocer que tal elección puede conllevar la exención o la obligatoriedad de designar a un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto. Es evidente que en todo caso, siempre puede optar por designar coordinador de seguridad y salud. También puede condicionar o propiciar la fluida relación y la necesaria cooperación entre el proyectista y el coordinador para la coherencia documental entre las prescripciones que establezcan el proyecto y el estudio de seguridad y salud a redactar por cada uno de ellos. La designación de los agentes cuya contratación ha de procurar, debe realizarla en función de la competencia profesional en el caso de los técnicos, y de la solvencia técnica en el del contratista. En el caso de constatar una decisión errónea en cuanto a la carencia de competencia de alguno de los agentes, debería proceder a rectificar de inmediato, y ello cuantas veces fuera necesario con el objetivo de poder garantizar el cumplimiento legal derivado de la falta de cualificación en materia de seguridad y salud. Para garantizar la eficacia de sus decisiones, deberá contar con el asesoramiento técnico que se requiera para cada caso y la acreditación documental de la propuesta y sus argumentos técnicos para su constancia.

o Proyectista. Elabora el proyecto a construir procediendo a las definiciones necesarias en los distintos documentos que lo integran. Ha de prever la complejidad del proceso para llevar a cabo su construcción pues el proyecto no puede quedarse en mera teoría sino que ha de llevarse a efecto, describiendo su proceso productivo y metodología a emplear. En consecuencia, debe tener en cuenta: 1. Las particularidades del solar donde se ha de ubicar la obra, teniendo en cuenta, a modo de ejemplo, los métodos de realización de los trabajos, forma de ejecución y su método o medios emplear, estableciendo en su valoración los precios adecuados que aseguren su correcta ejecución. 2. Las especificaciones sobre los materiales e instalaciones de la obra, estableciendo las prescripciones en su ejecución, condiciones de aceptación y rechazo, controles de calidad a que deberán someterse las distintas partes de la obra. 3. Medios auxiliares, maquinaria, equipos, herramientas con descripción de los idóneos para la obra de que se trata. 4. Perfil técnico del contratista al que adjudicarle los trabajos de construcción, en relación con la complejidad del proyecto. 5. Programa de obra con análisis del ritmo adecuado y de los plazos parciales de las distintas actividades. 6. Orientaciones coherentes de índole técnica y de apoyo al estudio de seguridad y salud y de complemento a las que el promotor decida incluir como cláusulas en el contrato de ejecución de obras. 7. En la toma de decisiones constructivas y de organización durante la redacción del proyecto ha de tener en cuenta el contenido preventivo del estudio de seguridad y salud que se está redactando simultáneamente. Puede optar por aparecer como único proyectista o manifestar la existencia de colaboración en el proyecto con otro técnico, con lo que posibilitará según la elección tomada, por la exención o la necesidad legal de contar con la

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participación de un coordinador de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto. Todos los documentos del Proyecto han de tener su utilidad durante la ejecución, debiendo tener contenido suficiente para permitir que la Dirección de obras la realice otro técnico distinto al que ha elaborado el proyecto, pudiendo además realizar su trabajo sin ninguna dificultad con la única referencia del Proyecto.

o Contratista. Recibe el encargo del promotor para realizar las obras proyectadas. La ejecución ha de realizarla teniendo en cuenta las cláusulas del contrato y del proyecto sin olvidar la coherencia reciproca con el plan de seguridad y salud a realizar. En función de lo prevenido en los documentos contractuales, actúa para la ejecución de los contratos siguientes: 1. Realiza subcontrataciones a empresas o trabajadores autónomos, de parte de la obra y en ocasiones de la totalidad, imponiendo las condiciones en que han de prestarse estos trabajos. 2. Establece las condiciones de trabajo en la obra empresas y trabajadores participantes, en relación con las condiciones del proyecto y del contrato, designando a su representante en obra y a la estructura humana conveniente. 3. Analiza el estudio de seguridad y salud redactado por el coordinador de seguridad y salud, y lo adecua a los procesos y métodos de que disponen los trabajadores autónomos, las empresas subcontratadas y él mismo como contratista, conformando tras negociación al efecto con los implicados, su plan de seguridad y salud que será la guía preventiva durante la ejecución. 4. Contrata los Servicios de Prevención externos o dispone de ellos en el seno de la empresa, con el objeto de realizar el seguimiento de las evaluaciones de riesgos, sus controles y auditorías. 5. Dispone de las inversiones en equipos, maquinaria, herramientas, medios preventivos, formación de directivos y trabajadores propios y de empresas participantes. 6. Contrata los asesores técnicos y trabajadores que considera adecuados, dándoles las instrucciones de funciones y obligaciones que crea conveniente. 7. Su actuación en obra se rige por los documentos que le obligan, no debiendo alterarlos por instrucciones verbales que los sustituyan. 8. Mantiene en correctas condiciones de seguridad y salubridad el centro de trabajo en aplicación de la política de gestión de la prevención implantada en la empresa.

o Subcontratista. Recibe el encargo del contratista para realizar parte de las obras proyectadas. La ejecución ha de realizarla teniendo en cuenta las cláusulas del contrato con el contratista y las condiciones del proyecto de las que debe ser informado. Aporta a su contratante su manual de riesgos y prevención de las actividades propias de su empresa. En función de lo prevenido en los documentos contractuales, actúa para conseguir los objetivos siguientes: 1. Realiza la contratación de trabajadores de acuerdo con la capacitación profesional exigida por las condiciones del contrato de ejecución suscrito.

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2. Cumple y hace cumplir a sus trabajadores las condiciones de trabajo exigibles en la obra, designando a su representante en obra y a la estructura humana conveniente. En unión del contratista y el resto de las empresas, analiza las partes del estudio de seguridad y salud, que le son de aplicación a la prevención de su trabajo en la obra, para acordar la parte el plan de seguridad y salud que le compete y que será la guía preventiva de su actividad durante la ejecución de la obra. 3. Contrata los Servicios de Prevención externos o dispone de ellos en el seno de la empresa, con el objeto de realizar el seguimiento de las evaluaciones de riesgos, sus controles y auditorías. 4. Dispone de las inversiones en equipos, maquinaria, herramientas, medios preventivos, formación de directivos y trabajadores. 5. Contrata los asesores técnicos y trabajadores que considera adecuados, dándoles las instrucciones de funciones y obligaciones que crea conveniente. 6. Su actuación en obra se rige por los documentos que le obligan, no debiendo alterarlos por instrucciones verbales que los sustituyan. 7. Colabora en mantener en correctas condiciones de seguridad y salubridad el centro de trabajo en aplicación de la política de gestión de la prevención implantada en la empresa propia y en la principal.

o Director de Obra. Representa técnicamente los intereses del promotor durante la ejecución de la obra, dirigiendo el proceso de construcción en función de las atribuciones profesionales de cada técnico participante. Su actuación debe sujetarse y limitarse a las condiciones del contrato de ejecución de obras suscrito entre promotor y contratista el contenido del proyecto de ejecución. Como funciones de mayor interés en relación con los objetivos preventivos, se señalan: 1. Verificar previamente la coherencia entre los documentos contractuales, advirtiendo las disfunciones que se observen. 2. Dirigir y verificar los procesos y métodos establecidos en proyecto, adecuándolos en su caso a los requerimientos que se planteen durante la ejecución. 3. Dar instrucciones complementarias para el adecuado cumplimiento de las condiciones establecidas y en coherencia con los documentos contractuales tanto de índole técnica como económica, teniendo en cuenta en todo caso no modificar las condiciones de trabajadores a efectos de seguridad y salud, las económicas establecidas para empresas y trabajadores autónomos, y las de calidad de los futuros usuarios. 4. Conocer y controlar las condiciones de puesta en obra, los métodos de control establecidos por los empresarios, y proceder a la aceptación o rechazo de las unidades de obra ejecutadas en relación con las exigencias de calidad establecidas en el proyecto y contrato. 5. Colaborar con su cliente, el promotor, en la mejor elección del contratista y las condiciones del contrato para una mayor eficacia.

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6. Colaborar con el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para el cumplimiento de sus fines, y con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si observara durante su actividad en obra incumplimiento grave en materia de seguridad, que pusiera en peligro la integridad de los participantes en la ejecución.

El coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto. Es contratado por el promotor o propietario obligado por el R.D. 1627/97, y con funciones de abordar la planificación de la prevención de los riesgos que surgirán después durante la ejecución. Su misión ha de comenzar al tiempo que la concepción del proyecto, debiendo hacer coherentes las actuaciones del proyectista y promotor en materia preventiva. Su actuación culmina con la elaboración del estudio de seguridad y salud, que es un documento específico para la obra y sus circunstancias, debiendo su autor tener capacidad y conocimientos técnicos para su elaboración. 1. Impulsar la toma en consideración del proyectista de decisiones apropiadas para contemplar en el proyecto, tales como métodos de ejecución, sistemas constructivos, organización y plazo, que sean convenientes como prevención de los riesgos que se plantearán en la ejecución. 2. Impulsar la toma en consideración del proyectista de medios auxiliares, apeos, maquinaria o equipos a considerar en el proyecto como ayuda a la planificación preventiva. 3. Impulsar la toma en consideración por el proyectista de la adecuada capacitación de contratista, subcontratistas y trabajadores estableciendo restricciones al caso. 4. Procurar que las acciones del promotor sean de apoyo de las prescripciones de proyectista y las atinentes al estudio que redacte el coordinador. 5. Conocer las distintas posibilidades de establecer procedimientos y métodos a desarrollar durante la ejecución, a efectos de proponer soluciones eficaces y viables, en relación con el perfil de las empresas participantes. 6. Procurar la menor perturbación de coactividades por trabajos de distintas empresas, colaborando en el adecuado plan de obras y planificación de la duración de las distintas fases de la obra para una mayor eficacia preventiva. 7. Culminar su actuación redactando el estudio de seguridad y salud en base a las actuaciones tenidas durante la fase de proyecto, y en coherencia con las decisiones tomadas por proyectista y promotor, procurando la aplicabilidad posterior de su contenido y la aceptación en la fase de ejecución de sus aspectos principales. 8. Tener conocimientos técnicos, de comunicación y la experiencia adecuada a la competencia profesional exigible a los trabajos encomendados. 9. Colaborar con el coordinador de seguridad y salud designado para la fase de ejecución, aportando los datos e información de su interés para el mejor cumplimiento de sus fines.

El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. Su presencia, es legalmente obligatoria cuando durante la ejecución van a participar más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos. Su función comienza con la aprobación del plan de seguridad y salud que se debe adaptar a la tecnología de las empresas participantes, teniendo en cuenta el contenido del estudio de seguridad y salud.

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Durante la ejecución estará a disposición de la obra a fin de corregir o adaptar el contenido del plan de seguridad y salud a los requerimientos de las empresas participantes o adaptaciones surgidas durante la ejecución. En las reuniones de coordinación deberán participar todas las empresas intervinientes y las decisiones se tomarán por consenso evitando imponer métodos específicos a los que manifiestan su oposición argumentada. Los requisitos restrictivos deben estar en todo caso previamente incorporados en el momento que son procedentes, que suele ser el contrato respectivo. Las obligaciones impuestas al coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra quedan reflejadas en el R.D. 1627/97 y aquellas otras que se consideran necesarias para su ejecución en las debidas condiciones de seguridad y salud: 1. Conocer el Sistema de Gestión de la Prevención en la empresa según la política preventiva implantada. 2. Coordinar que las empresas participantes no generen nuevos riesgos por la concurrencia de sus actividades en la obra. 3. Analizar la coherencia entre obligaciones asumidas por las empresas y las cláusulas contractuales impuestas por el promotor al contratista. Entre ellas se encuentran el máximo escalonamiento para subcontratar, capacitación de los trabajadores, y otros que puedan estipularse. La no existencia de cláusulas significaría abandonar al coordinador a su suerte. 4. Estudiar las propuestas que realicen las empresas participantes en relación con las incompatibilidades que afecten a otros su tecnología, procedimientos o métodos habituales, a fin de procurar la aplicación coherente y responsable de los principios de prevención de todos los que intervengan. 5. Conocer a los Delegados de Prevención de la empresa o en su caso al Servicio de Prevención externo, a efecto del cumplimiento de las obligaciones que asumen. 6. Coordinar las acciones de control que cada empresa realice de sus propios métodos de trabajo, para que la implantación del plan de seguridad quede asegurada. 7. Conocer la exigencia protocolizada de comunicación entre empresas y entre trabajadores y empresas, a fin de que se garantice la entrega de equipos de protección, instrucciones de uso, etc. 8. Aprobar el plan de seguridad si es conforme a las directrices del estudio de S+S, en el que deberá quedar reflejado las medidas adoptadas para que solo las personas autorizadas accedan a la obra. 9. Facilitar y mantener bajo su poder el Libro de Incidencias facilitado por su Colegio profesional U Oficina de supervisión de proyectos u órgano equivalente, a efectos de que todos los que prevé el art. 13 del Real Decreto, puedan acceder a él durante el seguimiento y control que a cada uno competa del plan de seguridad y salud de la obra. 10. Remitir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las anotaciones hechas en el Libro de Incidencias, en el plazo de 24 horas. Para conseguir esta eficacia preventiva y por tanto la coherencia documental de los pliegos de condiciones del proyecto y de éste, y de los posteriores contractuales, para la elaboración del presente estudio de seguridad y salud, se han tenido en cuenta las actuaciones previas siguientes:

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o En general. Voluntad real del promotor para propiciar contrataciones adecuadas, con sujeción a las leyes económicas de mercado, pero impulsando que cada agente disponga de los medios adecuados para desarrollar su misión. Que la oferta económica de las empresas constructoras que licitan, se realice con condiciones previamente establecidas basadas en la transparencia de lo exigible, sin sorpresas, claramente enunciadas, con vocación de exigirlas con todo rigor estableciendo cláusulas penales de índole económica. Competencia acreditada de los técnicos contratados (conocimiento y experiencia). Mejora de las condiciones de trabajo, exigiendo capacitación y experiencia en las contrataciones a terceros (subcontratas) a fin de asegurar que los trabajadores estén capacitados para el desarrollo de cada tipo de trabajo, aplicando sanciones por incumplimientos vía contractual a su empresario.

o Objetivos. El presente pliego de condiciones particulares, es un documento contractual de esta obra que tiene por objeto: 1º Exponer todas las obligaciones del Contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos con respecto a este estudio de seguridad y salud. 2º Concretar la calidad de la prevención decidida y su montaje correcto. 3º Exponer las normas preventivas de obligado cumplimiento en determinados casos o exigir al Contratista que incorpore a su plan de seguridad y salud, aquellas que son propias de su sistema de construcción de esta obra. 4º Concretar la calidad de la prevención e información útiles, elaboradas para los previsibles trabajos posteriores. 5º Definir el sistema de evaluación de las alternativas o propuestas hechas por el plan de seguridad y salud, a la prevención contenida en este estudio de seguridad y salud. 6º Fijar unos determinados niveles de calidad de toda la prevención que se prevé utilizar, con el fin de garantizar su éxito. 7º Definir las formas de efectuar el control de la puesta en obra de la prevención decidida y su administración. 8º Propiciar un determinado programa formativo - informativo en materia de Seguridad y Salud, que sirva para implantar con éxito la prevención diseñada. Todo ello con el objetivo global de conseguir la realización de esta obra, sin accidentes ni enfermedades profesionales, al cumplir los objetivos fijados en la memoria de este estudio de seguridad y salud, que no se reproducen por economía documental, pero que deben entenderse como transcritos a norma fundamental de este documento contractual.

2. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR TODOS LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA.

Condiciones generales. En la memoria de este estudio de seguridad y salud, para la actuación de la Construcción de 12 fosas en el Cementerio Municipal. Totana, se han definido los medios de protección colectiva. El Contratista es el responsable de que en la obra, cumplan todos ellos, con las siguientes condiciones generales:

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1º La protección colectiva de esta obra ha sido diseñada en los planos de seguridad y salud. El plan de seguridad y salud los respetará fidedignamente o podrá modificarlas justificadamente, debiendo ser aprobadas tales modificaciones por el Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra. 2º Las posibles propuestas alternativas que se presenten en el plan de seguridad y salud, requieren para poder ser aprobadas, seriedad y una representación técnica de calidad en forma de planos de ejecución de obra. 3º Las protecciones colectivas de esta obra, estarán en acopio disponible para uso inmediato, dos días antes de la fecha decidida para su montaje, según lo previsto en el plan de ejecución de obra. 4º Serán nuevas, a estrenar, si sus componentes tienen caducidad de uso reconocida, o si así se especifica en su apartado correspondiente dentro de este "Pliego de condiciones técnicas y particulares de Seguridad y Salud". Idéntico principio al descrito, se aplicará a los componentes de madera. 5º Antes de ser necesario su uso, estarán en acopio real en la obra con las condiciones idóneas de almacenamiento para su buena conservación. El Contratista deberá velar para que su calidad se corresponda con la definida en el Plan de Seguridad y Salud. 6º Serán instaladas previamente al inicio de cualquier trabajo que requiera su montaje. Queda prohibida la iniciación de un trabajo o actividad que requiera protección colectiva, hasta que esta esté montada por completo en el ámbito del riesgo que neutraliza o elimina. 7º El Contratista, queda obligado a incluir y suministrar en su plan de ejecución de obra, la fecha de montaje, mantenimiento, cambio de ubicación y retirada de cada una de las protecciones colectivas que se contienen en este estudio de seguridad y salud, siguiendo el esquema del plan de ejecución de obra que suministrará incluido en los documentos técnicos citados. 8º Serán desmontadas de inmediato, las protecciones colectivas en uso en las que se aprecien deterioros con merma efectiva de su calidad real. Se sustituirá a continuación el componente deteriorado y se volverá a montar la protección colectiva una vez resuelto el problema. Entre tanto se realiza esta operación, se suspenderán los trabajos protegidos por el tramo deteriorado y se aislará eficazmente la zona para evitar accidentes. Estas operaciones quedarán protegidas mediante el uso de equipos de protección individual. En cualquier caso, estas situaciones se evalúan como riesgo intolerable. 9º Durante la realización de la obra, puede ser necesario variar el modo o la disposición de la instalación de la protección colectiva prevista en el plan de seguridad y salud aprobado. Si ello supone variación al contenido del plan de seguridad y salud, los planos de seguridad y salud, para concretar exactamente la nueva disposición o forma de montaje. Estos planos deberán ser aprobados por el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 10º Las protecciones colectivas proyectadas en este trabajo, están destinadas a la protección de los riesgos de todos los trabajadores y visitantes de la obra; es decir: trabajadores del contratista, los de las empresas subcontratistas, empresas colaboradoras, trabajadores autónomos y visitas de los técnicos de dirección de obra visitas de las inspecciones de organismos oficiales o de invitados por diversas causas. 11º El Contratista, en virtud de la legislación vigente, está obligado al montaje, mantenimiento en buen estado y retirada de la protección colectiva por sus medios o mediante subcontratación, respondiendo ante la Propiedad y la Dirección

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Facultativa (Dirección de Obra), según las cláusulas penalizadoras del contrato de adjudicación de obra y del pliego de condiciones técnicas y particulares del proyecto. 12º El montaje y uso correcto de la protección colectiva definida en este estudio de seguridad y salud, es preferible al uso de equipos de protección individual para defenderse de idéntico riesgo; en consecuencia, no se admitirá el cambio de uso de protección colectiva por el de equipos de protección individual. 13º El Contratista, queda obligado a conservar en la posición de uso prevista y montada, las protecciones colectivas que fallen por cualquier causa, hasta que se realice la investigación necesaria por el Contratista, dado cuenta al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. En caso de fallo por accidente, se procederá según las normas legales vigentes, avisando además sin demora, inmediatamente, tras ocurrir los hechos, al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, y al Director de Obra.

Condiciones técnicas de instalación y uso de las protecciones colectivas. Dentro del apartado correspondiente de cada protección colectiva, que se incluyen en los diversos apartados del texto siguiente, se especifican las condiciones técnicas de instalación y uso, junto con su calidad, definición técnica de la unidad y las normas de obligado cumplimiento que se han creado para que sean cumplidas por los trabajadores que deben montarlas, mantenerlas, cambiarlas de posición y retirarlas. El Contratista, recogerá obligatoriamente en su plan de seguridad y salud, las condiciones técnicas y demás especificaciones mencionadas en el apartado anterior. Si el plan de seguridad y salud presenta alternativas a estas previsiones, lo hará con idéntica composición y formato, para facilitar su comprensión y en su caso, su aprobación. Condiciones técnicas específicas de cada una de las protecciones colectivas y normas de instalación y uso, junto con las normas de obligado cumplimiento para determinados trabajadores. Ver Anexo 1.

3. CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.

Condiciones generales. Como norma general, se han elegido equipos de protección individual ergonómicos, con el fin de evitar las negativas a su uso. Por lo expuesto, se especifica como condición expresa que: todos los equipos de protección individual utilizables en esta obra, cumplirán las siguientes condiciones generales: 1º Tendrán la marca "CE", según las normas EPI. 2º Los equipos de protección individual que cumplan con la indicación expresada en el punto anterior, tienen autorizado su uso durante su período de vigencia. Llegando a la fecha de caducidad, se constituirá un acopio ordenado, que será revisado por el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para que autorice su eliminación de la obra. 3º los equipos de protección individual en uso que estén rotos, serán reemplazados de inmediato, quedando constancia escrita en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual, con el fin de dar la máxima seriedad posible a la utilización de estas protecciones. 4º Las normas de utilización de los equipos de protección individual, se atenderán a lo previsto en la reglamentación vigente.

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Condiciones técnicas específicas de cada equipo de protección individual, junto con las normas para la utilización de estos equipos. A continuación se especifican las normas que hay que aplicar para su utilización: 1º Todo equipo de protección individual en uso que esté deteriorado o roto, será reemplazado de inmediato, quedando constancia en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual. Así mismo, se investigarán los abandonos de estos equipos de protección, con el fin de razonar con los usuarios y hacerles ver la importancia que realmente tienen para ellos. 2º Los equipos de protección individual, con las condiciones expresadas, han sido valorados según las fórmulas usuales de cálculo de consumos de equipos de protección individual, por consiguiente, se entienden valoradas todas las utilizables por el personal y mandos de cada contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos.

4. SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA.

Señalización de riesgos en el trabajo. Esta señalización cumplirá con el contenido del Real Decreto 485 de 14 de abril de 1.997, que no se reproduce por economía documental. Desarrolla los preceptos específicos sobre señalización de riesgos en el trabajo según la Ley 31 de 8 de noviembre de 1.995 de Prevención de Riesgos Laborales. En las "literaturas" de las mediciones y presupuesto, se especifican: el tipo, modelo, tamaño y material de cada una de las señales previstas para ser utilizadas en la obra.

Descripción técnica. CALIDAD: Serán nuevas, a estrenar. Con el fin de economizar costos se eligen y valoran los modelos adhesivos en tres tamaños comercializados: pequeño, mediano y grande. Señal de riesgos en el trabajo normalizada según el Real Decreto 485 de 1.977 de 14 de abril. Con el fin de no aumentar innecesariamente el texto de este pliego de condiciones de seguridad y Salud, deben tenerse por transcritas en él, las literaturas de las mediciones referentes a la señalización de riesgos en el trabajo. Su reiteración es innecesaria.

Normas para el montaje de las señales. 1º Las señales se ubicarán según lo descrito en los planos. 2º Está previsto el cambio de ubicación de cada señal mensualmente como mínimo para garantizar su máxima eficacia. Se pretende que por integración en el "paisaje habitual de la obra" no sea ignorada por los trabajadores. 3º Las señales permanecerán cubiertas por elementos opacos cuando el riesgo, recomendación o información que anuncian sea innecesario y no convenga por cualquier causa su retirada. 4º Se instalarán en los lugares y a las distancias que se indican en los planos específicos de señalización. 5º Se mantendrá permanentemente un tajo de limpieza y mantenimiento de señales, que garantice su eficacia. Normas de seguridad de obligado cumplimiento por los montadores de la señalización vial. Se hará entrega a los montadores de las señales del siguiente texto y firmarán un recibo de recepción, que estará

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archivado a disposición del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y en su caso, de la Autoridad Laboral. La tarea que va a realizar es muy importante; de su buen hacer depende que no existan accidentes en la obra. Considere que una señal es necesaria para avisar a sus compañeros de la existencia de algún riesgo, peligro o aviso necesario para su integridad física. La señalización de riesgos en el trabajo, no se monta de una forma caprichosa. Debe seguir lo más exactamente posible, los planos que para ello le suministre el Encargado de Seguridad o el Coordinador de Seguridad y Salud, que han sido elaborados por técnicos y que cumplen con las especificaciones necesarias para garantizar su eficacia. No improvise el montaje. Estudie y replantee el lugar de señalización, según los planos y normas de montaje correcto que se le suministran. Si por cualquier causa, observa que una o varias señales no quedan lo suficientemente visibles, no improvise, consulte con el Encargado de Seguridad o con el Coordinador de Seguridad y Salud, para que le den una solución eficaz, luego, póngala en práctica. Avise al Coordinador de Seguridad y Salud o al Encargado de Seguridad para que se cambie de inmediato el material usado o seriamente deteriorado. En este proyecto el material de seguridad se abona; se exige, por lo tanto, nuevo, a estrenar. Considere que es usted quien corre los riesgos que anuncia la señal mientras la instala. Este montaje no puede realizarse a destajo. Tenga siempre presente, que la señalización de riesgos en el trabajo se monta, mantiene y desmonta por lo general, con la obra en funcionamiento. Que el resto de los trabajadores no saben que se van a encontrar con usted y por consiguiente, que laboran confiadamente. Son acciones de alto riesgo. Extreme sus precauciones. Para este trabajo y por su Seguridad, es obligatorio que use el siguiente listado de equipos de protección individual:

- Casco de seguridad, para evitar los golpes en la cabeza. - Ropa de trabajo, preferiblemente un "mono" con bolsillos cerrados por cremallera, fabricado en algodón

100x100. - Guantes de loneta y cuero, para protección contra los objetos abrasivos y pellizcos en las manos. - Botas de seguridad, para que le sujete los tobillos en los diversos movimientos que debe realizar y evitar los

resbalones. - Cinturón de seguridad, clase "C", que es el especial para que, en caso de posible caída al vacío usted no sufra

lesiones importantes. - Debe saber que todos los equipos de protección individual que se le suministren, deben tener la certificación

impresa de la marca "CE", que garantiza el cumplimiento de la Norma Europea para esa protección individual. - Por último, desearle éxito sin accidentes en su tarea, convencidos de su apoyo a la seguridad y Salud de esta

obra. Señalización vial. Esta señalización cumplirá con el nuevo "Código de la Circulación" y con el contenido de la "Norma de carreteras 8.3-IC, señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas fuera de poblado" promulgada por el "MOPU"., que no se reproducen por economía documental. En las "literaturas" de las mediciones y presupuesto, se especifican: el tipo, modelo, tamaño y material de cada una de

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las señales previstas para ser utilizadas en la obra. Estos textos deben tenerse por transcritos a este pliego de condiciones técnicas y particulares como características de obligado cumplimiento. ACLARACIÓN PREVIA: El objetivo de la señalización vial de esta obra es doble; es decir, pretende proteger a los conductores de la vía respecto de riesgo a terceros por la existencia de obras, que es totalmente ajeno a los objetivos de un estudio o plan de seguridad y Salud, y además, proteger a los trabajadores de la obra de los accidentes causados por la irrupción, por lo general violenta, de los vehículos en el interior de la obra. Este apartado en consecuencia de lo escrito, tiene por objeto resolver exclusivamente el riesgo en el trabajo de los trabajadores por irrupción de vehículos en la obra.

Descripción técnica. CALIDAD: Serán nuevas, a estrenar. Señal de tráfico normalizada según la norma de carreteras "8.3-IC" -Señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado. Con el fin de no aumentar innecesariamente el texto de este pliego de condiciones de seguridad y Salud, deben tenerse por transcritas en él, las literaturas de las mediciones referentes a la señalización vial, su reiteración es innecesaria.

Normas para el montaje de las señales. 1º No se instalarán en los paseos o arcenes, pues ello constituiría un obstáculo fijo temporal para la circulación. 2º Queda prohibido inmovilizarlas con piedras apiladas o con materiales sueltos, se instalarán sobre los pies derechos metálicos y trípodes que les son propios. 3º Las señales permanecerán cubiertas por elementos opacos cuando el riesgo, recomendación o información que anuncian sea innecesario y no convenga por cualquier causa su retirada. 4º Se instalarán en los lugares y a las distancias que se indican en los planos específicos de señalización vial. 5º Se mantendrá permanentemente un tajo de limpieza y mantenimiento de señales, que garantice la eficacia de la señalización vial instalada en esta obra. 6º En cualquier caso y pese a lo previsto en los planos de señalización vial, se tendrán en cuenta los comentarios y posibles recomendaciones que haga la Jefatura Provincial de Carreteras a lo largo de la realización de la obra y por su especialización, los de la Guardia Civil de Tráfico.

Normas de seguridad de obligado cumplimiento por los montadores de la señalización vial. Se hará entrega a los montadores de las señales del siguiente texto y firmarán un recibo de recepción, que estará archivado a disposición del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y en su caso, de la Autoridad Laboral. La tarea que va a realizar es muy importante; de su buen hacer depende que no existan accidentes de carretera en el tramo de la obra. La señalización vial no se monta de una forma caprichosa. Debe seguir lo más exactamente posible, los planos que para ello le suministre el Encargado de Seguridad o el Coordinador de Seguridad y Salud, que han sido elaborados por

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técnicos y que cumplen con las especificaciones necesarias para garantizar su eficacia. No improvise el montaje. Estudie y replantee el tramo de señalización, según los planos y normas de montaje correcto que se le suministran. Si por cualquier causa, observa que una o varias señales no quedan lo suficientemente visibles, no improvise, consulte con el Encargado de Seguridad o con el Coordinador de Seguridad y Salud, para que le den una solución eficaz, luego, póngala en práctica. Avise al Coordinador de Seguridad y Salud o al Encargado de Seguridad para que se cambie de inmediato el material usado o seriamente deteriorado. En este proyecto el material de seguridad se abona; se exige, por lo tanto, nuevo, a estrenar. Considere que es usted quien corre los riesgos de ser atropellado o de caer mientras instala la señalización vial. Este montaje no puede realizarse a destajo. No descuide el estar constantemente revestido con el chaleco reflectante. Compruebe que en su etiqueta dice que está certificado "CE". Las señales metálicas son pesadas, cárguelas a brazo y hombro con cuidado. Tenga siempre presente, que la señalización vial se monta, mantiene y desmonta por lo general, con la vía abierta al tráfico rodado. Que los conductores no saben que se van a encontrar con usted y por consiguiente, que circulan confiadamente. Son fases de alto riesgo. Extreme sus precauciones. Para este trabajo y por su Seguridad, es obligatorio que use el siguiente listado de equipos de protección individual:

- Casco de seguridad, para evitar los golpes en la cabeza. - Sombrero de paja o gorra de visera, si no existen otros riesgos para la cabeza - Ropa de trabajo, preferiblemente un "mono" con bolsillos cerrados por cremallera, fabricado en algodón

100x100. - Guantes de loneta y cuero, para protección contra los objetos abrasivos y pellizcos en las manos. - Botas de seguridad, para que le sujete los tobillos en los diversos movimientos que debe realizar y evitar los

resbalones. - Cinturón de seguridad, clase "C"., que es el especial para que, si debe instalar señales junto a cortados del

terreno, sobre terraplenes o sobre banquetas para vías, impida su caída accidental y no sufra usted lesiones. - Chaleco reflectante, para que usted sea siempre visible incluso en la oscuridad. - Debe saber que todos los equipos de protección individual que se le suministren, deben tener la certificación

impresa de la marca "CE", que garantiza el cumplimiento de la Norma Europea para esa protección individual. - Por último, desearle éxito sin accidentes en su tarea, convencidos de su apoyo a la seguridad y Salud de esta

obra.

5. DETECCIÓN DE RIESGOS HIGIÉNICOS Y MEDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS RIESGOS HIGIÉNICOS. El contratista, está obligado a recoger en su plan de seguridad y salud en el trabajo y realizar a continuación, las mediciones técnicas de los riesgos higiénicos, bien directamente con un Servicio de Prevención acreditado propio o externo, o mediante la colaboración o contratación con unos laboratorios, mutuas patronales o empresas especializadas, con el fin de detectar y evaluar los riesgos higiénicos previstos o que pudieran detectarse, a lo largo de la realización de los trabajos; se definen como tales los siguientes: - Riqueza de oxigeno en las excavaciones de túneles o en mina. - Presencia de gases tóxicos o explosivos, en las excavaciones de túneles, o en mina.

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- Presencia de gases tóxicos en los trabajos de pocería. - Nivel acústico de los trabajos y de su entorno. - Identificación y evaluación de la presencia de disolventes orgánicos, (pinturas). Estas mediciones y evaluaciones necesarias para la definir las condiciones de higiene de la obra, se realizarán mediante el uso de los necesarios aparatos técnicos especializado, manejado por personal cualificado. Los informes de estado y evaluación, serán entregados al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para su estudio y propuesta de decisiones.

6. SISTEMA APLICADOS PARA LA EVALUACIÓN Y DECISIÓN SOBRE LAS ALTERNATIVAS PROPUESTAS POR EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD. El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de obra, para evaluar las alternativas propuestas por el Contratista en su plan de seguridad y salud, utilizará los siguientes criterios técnicos:

1º Respecto a la protección colectiva: A. El montaje, mantenimiento, cambios de posición y retirada de una propuesta alternativa, no tendrán más riesgos o de mayor entidad, que los que tiene la solución de un riesgo decidida en este trabajo. B. La propuesta alternativa, no exigirá hacer un mayor número de maniobras que las exigidas por la que pretende sustituir; se considera que: a mayor número de maniobras, mayor cantidad de riesgos. C. No pude ser sustituida por equipos de protección individual. D. No aumentará los costos económicos previstos. E. No implicará un aumento del plazo de ejecución de obra. F. No será de calidad inferior a la prevista en este estudio de seguridad y salud. G. Las soluciones previstas en este estudio de seguridad, que estén comercializadas con garantías de buen funcionamiento, no podrán ser sustituidas por otras de tipo artesanal, (fabricadas en taller o en la obra), salvo que estas se justifiquen mediante un cálculo expreso, su representación en planos técnicos y la firma de un técnico competente.

2º Respecto a los equipos de protección individual: A. Las propuestas alternativas no serán de inferior calidad a las previstas en este estudio de seguridad. B. No aumentarán los costos económicos previstos, salvo si se efectúa la presentación de una completa justificación técnica, que razone la necesidad de un aumento de la calidad decidida en este estudio de seguridad y salud.

3º Respecto a otros asuntos: A. El plan de seguridad y salud, debe dar respuesta a todas las obligaciones contenidas en este estudio de seguridad y salud. B. El plan de seguridad y salud, dará respuesta a todos los apartados de la estructura de este estudio de seguridad y salud, con el fin de abreviar en todo lo posible, el tiempo necesario para realizar su análisis y proceder a los trámites de

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aprobación. C. El plan de seguridad y salud, suministrará el "plan de ejecución de la obra" que propone el Contratista como consecuencia de la oferta de adjudicación de la obra, conteniendo como mínimo, todos los datos que contiene el de este estudio de seguridad y salud.

7. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA. Debe entenderse transcrita toda la legislación laboral de España, que no se reproduce por economía documental. Es de obligado cumplimiento el Derecho Positivo del Estado y de sus Comunidades Autónomas aplicable a esta obra, porque el hecho de su trascripción o no, es irrelevante para lograr su eficacia. No obstante, se reproduce a modo de orientación el cuadro legislativo siguiente: DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 256 25.10.97 Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, del Mº de la Presidencia OBLIGATORIEDAD DE LA INCLUSIÓN DEL ESTUDIO DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO EN PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS. Ver disposiciones derogatorias y transitorias del Real Decreto 1627/1997. B.O.E. 69 21.03.86 Real Decreto 555/1986, de 21 de febrero, de la Presidencia del Gobierno. B.O.E. 22 25.01.90 MODIFICACIÓN. B.O.E. 38 13.02.90 Corrección de errores. REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 167 15.06.52 Orden de 20 de Mayo de 1952, del Mº de Trabajo. B.O.E. 356 22.12.53 MODIFICACIÓN. B.O.E. 235 01.10.66 MODIFICACIÓN. ANDAMIOS, CAPÍTULO VII DEL REGLAMENTO GENERAL SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE DE 1940. B.O.E. 34 03.02.40 Orden de 31 de Enero de 1940, del Mº del Trabajo; artcs. 66 a 74. CAPÍTULO I, ARTÍCULOS 183-291 DEL CAPÍTULO XVI Y ANEXOS I Y II DE LA ORDENANZA DEL TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, VIDRIO Y CERÁMICA. B.O.E. 213 05.09.70 B.O.E. 216 09.09.70 Orden de 28 de Agosto de 1970, del Mº del Trabajo, artcs. 1 a 4, 183 a 291 y Anexos I y II B.O.E. 249 17.10.70 Corrección de errores. ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Ver disposiciones derogatorias y transitorias de: - Ley 31/1995, Real Decreto 485/1997, Real Decreto 486/1997, Real Decreto 664/1997, Real Decreto 665/1997, Real Decreto 773/1997 y R. D. 1215/1997. B.O.E. 64 16.03.71 B.O.E. 65 17.03.71 Orden de 9 de Marzo de 1971, del Mº de Trabajo. B.O.E. 82 06.04.71 Corrección de errores. B.O.E. 263 02.11.89 MODIFICACIÓN.

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MODELO DE LIBRO DE INCIDENCIAS CORRESPONDIENTE A LAS OBRAS EN QUE SEA OBLIGATORIO EL ESTUDIO DE SEGURIDAD E HIGIENE. B.O.E. 245 13.10.86 Orden de 20 de septiembre de 1986, del Mº de Trabajo. B.O.E. 261 31.10.86 Corrección de errores. NUEVOS MODELOS PARA LA NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO E INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMIENTO Y TRAMITACIÓN. B.O.E. 311 29.12.87 Orden de 16 de diciembre de 1987, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO, LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE OBRAS FIJAS EN VÍAS FUERA DE POBLADO. B.O.E. 224 18.09.87 Orden de 31 de Agosto de 1987, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. B.O.E. 269 10.11.95 Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de la Jefatura del Estado. REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. B.O.E. 27 31.01.97 Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 159 04.07.97 Orden de 27 de Junio de 1997, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. DISPOSICIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. B.O.E. 97 23.04.97 Real Decreto 485/1997, de 14 de Abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO. B.O.E. 97 23.04.97 Real Decreto 486/1997, de 14 de Abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS QUE ENTRAÑE RIESGO, EN PARTICULAR DORSOLUMBARES, PARA LOS TRABAJADORES. B.O.E. 97 23.04.97 Real Decreto 487/1997, de 14 de Abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS AL TRABAJO CON EQUIPOS QUE INCLUYEN PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN. B.O.E. 97 23.04.97 Real Decreto 488/1997, de 14 de Abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES CANCERÍGENOS DURANTE EL TRABAJO. B.O.E. 124 24.05.97 Real Decreto 665/1997, de 12 de Mayo, del Ministerio de la Presidencia. PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS DURANTE EL TRABAJO. B.O.E. 124 24.05.97 Real Decreto 664/1997, de 12 de Mayo, del Ministerio de la Presidencia. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. B.O.E. 140 12.06.97 Real Decreto 773/1997, de 30 de Mayo del Mº de la Presidencia. B.O.E. 171 18.07.97 Corrección de errores. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO. B.O.E. 188 07.08.97 Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, del Mº de la Presidencia.

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Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. -Orden de 15 de Marzo de 1963 por el que se aprueba un Instrucción que dicta normas complementarias para la aplicación del Reglamentos de Actividades Molestas, Nocivas y Peligrosas. -Decreto 3494/1964, de 5 de noviembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas aprobado por Decreto de 30 de noviembre de 1961. -Orden de 28 de agosto de 1970 por la que se aprueba la Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica. -Orden de 27 de julio de 1973 por la que se aprueban las modificaciones de determinados artículos de la Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica de 28 de agosto de 1970. -Real Decreto 1244/1979, de 4 de Abril de 1970, por el que se aprueba el Reglamento de Apartados de Presión (BOE, 29 mayo 1979), modificado Real Decreto 507/1982, de 15 de Enero de 1982. (BOE, 61. 12 marzo 1982). -Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. (BOE, 267. 6 De noviembre de 1982). -Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. (BOE, 288. 1 diciembre 1982). -Orden de 6 de julio de 1984 por la que se aprueban las instrucciones técnicas complementarias del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. (BOE, 183. 183. 1 agosto 1984). - Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos,( BOE, 296. 12 diciembre 1985). -Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que arbitran mediad mínimas sobre accesibilidad en los edificios. (BOE, 122. 23 de mayo 1989). -Real Decreto 108/1991 de 1 de febrero de 1991 sobre Prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto. (BOE, 32. 6 febrero 1991). -Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.(BOE, 311.28 diciembre 1992) modificado por Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero. (BOE. 8 de marzo 1995). -Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. (BOE, 298, 14 diciembre 1993). -Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores. -Ley de Ordenación de la Edificación de Noviembre de 1999.

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-REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.(BOE. 01/05/2001). -REAL DECRETO 641/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. (BOE, 21/06/2001). -Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de baja tensión.( BOE, 02/08/2002). -Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios. (BOE ,03/12/2002). -Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. (BOE, 18/06/2003). -Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica complementaria <MIE-AEM-2> del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. (BOE, 17/07/2003). -REAL DECRETO 837/2003 ,de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica complementaria <MIE-AEM-4> del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles y autopropulsadas.(BOE, 17/07/2003). -LEY 54/2003, de 12 diciembre, de reforma de marco normativo de la prevención. (BOE, 13/12/2003). -REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.( BOE, 31/01/2004). -Orden de 22 de abril de 2004 de la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, por la que se regulan requisitos mínimos exigibles para el uso, montaje, desmontaje y mantenimiento de los andamios tubulares de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.(BOE, 06/05/2004). -ORDEN PRE/1954/2004, de 22 de junio, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto1406/1989, de 10 de noviembre, por el que se imponen limitaciones a la comercialización y uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos (nonilfenol, etoxilados de nonilfenol y cemento.). (BOE, 24/06/2004). -REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real, Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. (BOE, 13/11/2004). -REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. (BOE, 03/12/2004). -REAL DECRETO 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.(BOE, 0402/2005).

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-REAL DECRETO 1311/2005 de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. (BOE, 05/11/2005). -REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente la evaluación y gestión del ruido ambiental. (BOE, 17/12/2005). -Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. (/BOE, 27/12/2005). -REAL DECRETO 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. (BOE, 11/03/2006). -REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajadores con riesgos de exposición al amianto. (BOE, 11/04/2006). -REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (BOE, 28/03/2006). -RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (BOE, 19/04/2006). -REAL DECRETO 524/2006, de 28 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. (BOE, 04/05/2006). -REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. -LEY 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. (BOE 19/10/2006). -Decreto nº 219/2006, de 27 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia. (BORM 17/11/2006). -Convenio colectivo vigente en el sector.

Legislación aplicable a los Delegados de Prevención. Esta figura de la prevención de riesgos, está regulada por la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en: Artículo 36 Competencias y facultades de los Delegados de prevención y las relaciones reconocidas en este artículo con los artículos: 33; apartado 2 del Artículo 38; apartado 4 del Artículo 22; Artículos 18, 23 y 40; apartado 3 del Artículo 21. Artículo 37 Garantías y sigilo profesional de los Delegados de Prevención y las relaciones reconocidas en este artículo con los artículos: letras a) y c) del número 2 del artículo 36 de la Ley 31/1.995 de Prevención de Riesgos Laborales y apartado 2 del Artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores en cuanto al sigilo profesional debido respeto de las informaciones a que tuvieren acceso como consecuencia de su actuación en la empresa.

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Legislación aplicable al Comité de Seguridad y Salud. Esta figura de la prevención de riesgos, está regulada por la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en: Artículo 38 y 39.

Legislación aplicable a los servicios de prevención. Real Decreto 39/1.997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Orden de 27 de junio de 1.997 por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1.997, de 17 de enero, en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.

8. CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS MEDIOS AUXILIARES, MÁQUINAS Y EQUIPOS. Es responsabilidad del Contratista, asegurarse de que todos los equipos, medios auxiliares y máquinas empleados en la obra, cumplen con los RRDD 1.215/1.997, 1.435/1.992 y 56/1.995. Se prohíbe el montaje de los medios auxiliares, máquinas y equipos, de forma parcial; es decir, omitiendo el uso de alguno o varios de los componentes con los que se comercializan para su función. El uso, montaje y conservación de los medios auxiliares, máquinas y equipos, se hará siguiendo estrictamente las condiciones de montaje y utilización segura, contenidas en el manual de uso editado por su fabricante. A tal fin, y en aquellas circunstancias cuya seguridad dependa de las condiciones de instalación, los medios auxiliares, máquinas y equipos se someterán a una comprobación inicial y antes de su puesta en servicio por primera vez, así como a una nueva comprobación después de cada montaje en un lugar o emplazamiento diferente. Todos los medios auxiliares, máquinas y equipos a utilizar en esta obra, tendrán incorporados sus propios dispositivos de seguridad exigibles por aplicación de la legislación vigente. Se prohíbe expresamente la introducción en el recinto de la obra, de medios auxiliares, máquinas y equipos que no cumplan la condición anterior. Si el mercado de los medios auxiliares, máquinas y equipos, ofrece productos con la marca "CE", el Contratista en el momento de efectuar el estudio para presentación de la oferta de ejecución de la obra, debe tenerlos presentes e incluirlos, porque son por si mismos, más seguros que los que no la poseen. El contratista adoptará las medidas necesarias para que los medios auxiliares, máquinas y equipos que se utilicen en la obra sean adecuados al tipo de trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de tal forma que quede garantizada la seguridad y salud de los trabajadores. En este sentido se tendrán en cuenta los principios ergonómicos, especialmente en cuanto al diseño del puesto de trabajo y la posición de los trabajadores durante la utilización de los referidos medios auxiliares, máquinas y equipos.

9. CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Y ÁREAS AUXILIARES DE EMPRESA. • Instalaciones provisionales para los trabajadores con módulos prefabricados comercializados metálicos. Estos servicios quedan resueltos mediante la instalación de módulos metálicos prefabricados comercializados en chapa emparedada con aislamiento térmico y acústico, montados sobre soleras ligeras de hormigón que garantizarán su estabilidad y buena nivelación. Los planos y las "literaturas" y contenido de las mediciones, aclaran las características

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técnicas que deben reunir estos módulos, su ubicación e instalación. Se considera unidad de obra de seguridad, su recepción, instalación, mantenimiento, retirada y demolición de la solera de cimentación.

Materiales. Dispuestos según el detalle de los planos de este estudio de seguridad y salud. A.- Cimentación de hormigón en masa de 150 Kg., de cemento "portland". B.- Módulos metálicos comercializados en chapa metálica aislante pintada contra la corrosión, en las opciones de compra o de alquiler mensual. Se han previsto en la opción de alquiler mensual, conteniendo la distribución e instalaciones necesarias expresadas en el cuadro informativo. Dotados de la carpintería metálica necesaria para su ventilación, con acristalamiento simple en las ventanas, que a su vez, estarán dotadas con hojas practicables de corredera sobre guías metálicas, cerradas mediante cerrojos de presión por mordaza simple. C.- Carpintería y puertas de paso formadas por cercos directos para mampara y hojas de paso de madera, sobre cuatro pernios metálicos. Las hojas de paso de los retretes y duchas, serán de las de tipo rasgado a 50 cm., sobre el pavimento, con cierre de manivela y cerrojillo. Las puertas de acceso poseerán cerraja a llave. Instalaciones A.- Módulos dotados de fábrica, de fontanería para agua caliente y fría y desagües, con las oportunas griferías, sumideros, desagües, aparatos sanitarios y duchas, calculadas en el cuadro informativo. Todas las conducciones están previstas en "PVC". B.- De electricidad montada, iniciándola desde el cuadro de distribución, dotado de los interruptores magnetotérmicos y diferencial de 30 mA.; distribuida con manguera contra la humedad, dotada de hilo de toma de tierra. Se calcula un enchufe por cada dos lavabos.

CUADRO INFORMATIVO DE LAS NECESIDADES PARA EL CÁLCULO DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES

Superficie del vestuario aseo: 1 trab. x 2 m2. = 2 m2. Nº de inodoros: 1 trab.: 25 trab. = 0 und. Nº de duchas: 1 trab. : 10 trab. = 0 und. Nº de lavabos: 1 trab. : 10 und. = 0 und. Nº de armarios taquilla: 1 und. Nº de bancos para 5 personas: 1 trab. : 5 trab. = 0 und. Nº de calentadores eléctricos de 100 l.: 1 trab. : 20 trab. = 0 und. Nº de convectores eléctricos de 2000 w.: 2 m2. : 40 m2. = 0 und. Superficie del comedor: 1 trab. x 2 m2. = 2 m2. Nº de módulos: 2 : Sup. Modulo = XX und. Nº de mesas tipo parque: 1 trab. : 10 trab. = 0 und. Nº de calienta comidas: 1 trab. : 25 trab. = 0 und. Nº de piletas fregaplatos: 1 : 25 trab. = 0 und. Nº de frigoríficos domésticos: 1 trab. : 25 trab. = 0 und. Nº de convectores eléctricos de 2000 w.: 2 m2 : 40 m2. = 0 und.

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Acometidas. Teniendo en cuenta que la construcción se realiza en un lugar despoblado, sin los servicios urbanos de acometidas de agua potable y desagües, así como electricidad, la solución prevista es aprovechar la traída de servicios prevista en el proyecto para la realización de la obra, complementándola con una red de desagües y depuración para su vertido al medio natural. Como estas infraestructuras están previstas en las partidas presupuestarias del proyecto de ejecución, no es necesario su reestudio en esta documentación de seguridad y salud, quedando el problema resuelto con las tradicionales partidas alzadas que suelen emplearse para este menester en los proyectos de obras de construcción.

Acometidas: energía eléctrica, agua potable. El suministro de energía eléctrica al comienzo de la obra y antes de que se realice la oportuna acometida eléctrica de la obra, se realizará mediante la puesta en funcionamiento de un grupo electrógeno generador trifásico, accionado por un motor de gasóleo. Se le considera un medio auxiliar necesario para la ejecución de la obra, consecuentemente no se valora en el presupuesto de seguridad. La acometida de agua potable, se realizará a la tubería de suministro especial para la obra, que tiene idéntico tratamiento económico que el descrito en el punto anterior.

10. CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN LA OBRA. Esta obra, como la mayoría, está sujeta al riesgo de incendio, por consiguiente para evitarlos o extinguirlos, se establecen las siguientes normas de obligado cumplimiento: 1º Queda prohibida la realización de hogueras, la utilización de mecheros, realización de soldaduras y asimilables en presencia de materiales inflamables, si antes no se dispone del extintor idóneo para la extinción del posible incendio. 2º El Contratista queda obligado a suministrar en su plan de seguridad y salud, un plano en el que se plasmen unas vías de evacuación, para las fases de construcción según su plan de ejecución de obra y su tecnología propia de construcción. Es evidente, que en fase de proyecto, no es posible establecer estas vías, si así se proyectaran quedarían reducidas al campo teórico. 3º Se establece como método de extinción de incendios, el uso de extintores cumpliendo la norma UNE 23.110, aplicándose por extensión, la norma NBE CPI-96. 4º En este estudio de seguridad y salud, se definen una serie de extintores aplicando las citadas normas. Su lugar de instalación queda definido en los planos. El Contratista respetará en su plan de seguridad y salud en el trabajo el nivel de prevención diseñado, pese a la libertad que se le otorga para modificarlo según la conveniencia de sus propios: sistema de construcción y de organización. Extintores de incendios

Definición técnica de la unidad: Calidad: los extintores a montar en la obra serán nuevos, a estrenar. Los extintores serán los conocidos con los códigos "A", "B" y los especiales para fuegos eléctricos. En las "literaturas" de las mediciones y presupuesto, quedan definidas todas sus características técnicas, que deben entenderse incluidas en este pliego de condiciones técnicas y particulares y que no se reproducen por economía documental. Lugares de esta obra en los que se instalarán los extintores de incendios:

- Vestuario y aseo del personal de la obra. - Comedor del personal de la obra. - Local de primeros auxilios.

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- Oficinas de la obra, independientemente de que la empresa que las utilice sea contratista o subcontratista. - Almacenes con productos o materiales inflamables. - Cuadro general eléctrico. - Cuadros de máquinas fijas de obra.

• Hormigonera eléctrica (pastera) (Edif. u O.C.)

- Almacenes de material y talleres. - Acopios especiales con riesgo de incendio:

Está prevista además, la existencia y utilización, de extintores móviles para trabajos de soldaduras capaces de originar incendios.

Mantenimiento de los extintores de incendios. Los extintores serán revisados y retimbrados según el mantenimiento oportuno recomendado por su fabricante, que deberá concertar el Contratista de la obra con una empresa acreditada para esta actividad.

Normas de seguridad para la instalación y uso de los extintores de incendios. 1º Se instalarán sobre patillas de cuelgue o sobre carro, según las necesidades de extinción previstas. 2º En cualquier caso, sobre la vertical del lugar donde se ubique el extintor y en tamaño grande, se instalará una señal normalizada con la oportuna pictografía y la palabra "EXTINTOR". 3º Al lado de cada extintor, existirá un rótulo grande formado por caracteres negros sobre fondo amarillo, que mostrará la siguiente leyenda.

NORMAS PARA USO DEL EXTINTOR DE INCENDIOS En caso de incendio, descuelgue el extintor. Retire el pasador de la cabeza que inmoviliza el mando de accionamiento. Póngase a sotavento; evite que las llamas o el humo vayan hacia usted. Accione el extintor dirigiendo el chorro a la base de las llamas, hasta apagarlas o agotar el contenido. Si observa que no puede dominar el incendio, pida que alguien avise al "Servicio Municipal de Bomberos" lo más

rápidamente que pueda.

11. FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES. Cada contratista o subcontratista, está legalmente obligado a formar a todo el personal a su cargo, en el método de trabajo seguro; de tal forma, que todos los trabajadores de esta obra: deberán tener conocimiento de los riesgos propios de su actividad laboral, así como de las conductas a observar en determinadas maniobras, del uso correcto de las protecciones colectivas y del de los equipos de protección individual necesarios para su protección. Independientemente de la formación que reciban de tipo convencional esta información específica se les dará por escrito, utilizando los textos que para este fin se incorporan a este pliego de condiciones técnicas y particulares.

Cronograma formativo. A la vista del camino crítico plasmado en la memoria de este estudio de seguridad y salud, está prevista la realización de unos cursos de formación para los trabajadores, capaces de cubrir los siguientes objetivos generales: A. Divulgar los contenidos preventivos de este estudio de seguridad y salud, una vez convertido en plan de seguridad y

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salud en el trabajo aprobado, que incluirá el Plan de Prevención de la empresa. B. Comprender y aceptar su necesidad de aplicación. C. Crear entre los trabajadores, un auténtico ambiente de prevención de riesgos laborales. Por lo expuesto, se establecen los siguientes criterios, para que sean desarrollados por el plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo: 1º El Contratista suministrará en su plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo, las fechas en las que se impartirán los cursos de formación en la prevención de riesgos laborales, respetando los criterios que al respecto suministra este estudio de seguridad y salud, en sus apartados de "normas de obligado cumplimiento". 2º El plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo recogerá la obligación de comunicar a tiempo a los trabajadores, las normas de obligado cumplimiento y la obligación de firmar al margen del original del citado documento, el oportuno "recibí". Con esta acción se cumplen dos objetivos importantes: formar de manera inmediata y dejar constancia documental de que se ha efectuado esa formación.

12. MANTENIMIENTO, CAMBIOS DE POSICIÓN, REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA PROTECCIÓN COLECTIVA Y DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. El Contratista propondrá al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, dentro de su plan de seguridad y salud, un "programa de evaluación" del grado de cumplimiento de lo dispuesto en el texto de este pliego de condiciones en materia de prevención de riesgos laborales, capaz de garantizar la existencia de la protección decidida en el lugar y tiempos previstos, su eficacia preventiva real y el mantenimiento, reparación y sustitución, en su caso, de todas las protecciones que se ha decidido utilizar. Este programa contendrá como mínimo: 1º La metodología a seguir según el propio sistema de construcción del Contratista. 2º La frecuencia de las observaciones o de los controles que va a realizar. 3º Los itinerarios para las inspecciones planeadas. 4º El personal que prevé utilizar en estas tareas. 5º El informe análisis, de la evolución de los controles efectuados. No obstante lo escrito en el apartado anterior, se reitera el contenido de los apartados Nº 2º y 3º del índice de este pliego de condiciones técnicas y particulares de seguridad y salud: normas y condiciones técnicas a cumplir por todos los medios de protección colectiva y las de los equipos de protección individual respectivamente.

13. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL.

Acciones a seguir. El accidente laboral significa un fracaso de la prevención de riesgos por multitud de causas, entre las que destacan las de difícil o nulo control. Por ello, es posible que pese a todo el esfuerzo desarrollado y nuestra intención preventiva, se produzca algún fracaso.

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El Contratista queda obligado a recoger dentro de su plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo los siguientes principios de socorro: 1º El accidentado es lo primero. Se le atenderá de inmediato con el fin de evitar el agravamiento o progresión de las lesiones. 2º En caso de caída desde altura o a distinto nivel y en el caso de accidente eléctrico, se supondrá siempre, que pueden existir lesiones graves, en consecuencia, se extremarán las precauciones de atención primaria en la obra, aplicando las técnicas especiales para la inmovilización del accidentado hasta la llegada de la ambulancia y de reanimación en el caso de accidente eléctrico. 3º En caso de gravedad manifiesta, se evacuará al herido en camilla y ambulancia; se evitarán en lo posible según el buen criterio de las personas que atiendan primariamente al accidentado, la utilización de los transportes particulares, por lo que implican de riesgo e incomodidad para el accidentado. 4º El Contratista comunicará, a través del plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo que componga, la infraestructura sanitaria propia, mancomunada o contratada con la que cuenta, para garantizar la atención correcta a los accidentados y su más cómoda y segura evacuación de esta obra. 5º El Contratista comunicará, a través del plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo que componga, el nombre y dirección del centro asistencial más próximo, previsto para la asistencia sanitaria de los accidentados, según sea su organización. El nombre y dirección del centro asistencial, que se suministra en este estudio de seguridad y salud, debe entenderse como provisional. Podrá ser cambiado por el Contratista adjudicatario. 6º El Contratista queda obligado a instalar una serie de rótulos con caracteres visibles a 2 m., de distancia, en el que se suministre a los trabajadores y resto de personas participantes en la obra, la información necesaria para conocer el centro asistencial, su dirección, teléfonos de contacto etc.; este rótulo contendrá como mínimo los datos del cuadro siguiente, cuya realización material queda a la libre disposición del Contratista adjudicatario:

EN CASO DE ACCIDENTE ACUDIR A: Nombre del centro asistencial: Hospital Rafael Mendez Dirección: Lorca

7º El Contratista instalará el rótulo precedente de forma obligatoria en los siguientes lugares de la obra: acceso a la obra en sí; en la oficina de obra; en el vestuario aseo del personal; en el comedor y en tamaño hoja Din A4, en el interior de cada maletín botiquín de primeros auxilios. Esta obligatoriedad se considera una condición fundamental para lograr la eficacia de la asistencia sanitaria en caso de accidente laboral.

Itinerario más adecuado a seguir durante las posibles evacuaciones de accidentados. El Contratista queda obligado a incluir en su plan de seguridad y salud, un itinerario recomendado para evacuar a los posibles accidentados, con el fin de evitar errores en situaciones límite que pudieran agravar las posibles lesiones del accidentado.

Comunicaciones inmediatas en caso de accidente laboral. El Contratista queda obligado a realizar las acciones y comunicaciones que se recogen en el cuadro explicativo informativo siguiente, que se consideran acciones clave para un mejor análisis de la prevención decidida y su eficacia:

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COMUNICACIONES INMEDIATAS EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL. El Contratista incluirá, en su plan de seguridad y salud, la siguiente obligación de comunicación inmediata de los

accidentes laborales: ACCIDENTES DE TIPO LEVE. Al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: de todos y de cada uno

de ellos, con el fin de investigar sus causas y adoptar las correcciones oportunas. Al Director de Obra de la obra: de todos y de cada uno de ellos, con el fin de investigar sus causas y adoptar

las correcciones oportunas. A la Autoridad Laboral: en las formas que establece la legislación vigente en materia de accidentes laborales.

ACCIDENTES DE TIPO GRAVE. Al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: de todos y de cada uno

de ellos, con el fin de investigar sus causas y adoptar las correcciones oportunas. Al Director de Obra de la obra: de forma inmediata, con el fin de investigar sus causas y adoptar las

correcciones oportunas. A la Autoridad Laboral: en las formas que establece la legislación vigente en materia de accidentes laborales.

ACCIDENTES MORTALES. Al juzgado de guardia: para que pueda procederse al levantamiento del cadáver y a las investigaciones

judiciales. Al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: de todos y de cada uno de

ellos, con el fin de investigar sus causas y adoptar las correcciones oportunas. Al Director de Obra de la obra: de forma inmediata, con el fin de investigar sus causas y adoptar las

correcciones oportunas. A la Autoridad Laboral: en las formas que establece la legislación vigente en materia de accidentes laborales.

Actuaciones administrativas en caso de accidente laboral. Con el fin de informar a la obra de sus obligaciones administrativas en caso de accidente laboral, el Contratista queda obligado a recoger en su plan de seguridad y salud, una síncopa de las actuaciones administrativas a las que está legalmente obligado.

Maletín botiquín de primeros auxilios. En la obra y en los lugares señalados en los planos, se instalará un maletín botiquín de primeros auxilios, conteniendo todos los artículos que se especifican a continuación: Agua oxigenada; alcohol de 96 grados; tintura de iodo; "mercurocromo" o "cristalmina"; amoniaco; gasa estéril; algodón hidrófilo estéril; esparadrapo antialérgico; torniquetes antihemorrágicos; bolsa para agua o hielo; guantes esterilizados; termómetro clínico; apósitos autoadhesivos; antiespasmódicos; analgésicos; tónicos cardiacos de urgencia y jeringuillas desechables. Las "literaturas" de las mediciones y presupuesto especifican las marcas, calidades y cantidades necesarias, que deben tenerse por incluidas en este pliego de condiciones técnicas y particulares, y que no se reproducen por economía documental.

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14. CRONOGRAMA DE CUMPLIMENTACIÓN DE LAS LISTAS DE CONTROL DEL NIVEL DE SEGURIDAD DE LA OBRA. El Contratista suministrará en su plan de seguridad y salud, el cronograma de cumplimentación de las listas de control del nivel de seguridad de la obra. La forma de presentación preferida, es la de un gráfico coherente con el que muestra el plan de ejecución de la obra suministrado en este estudio de seguridad y salud. Con el fin de respetar al máximo la libertad empresarial y su propia organización de los trabajos, se admitirán previo análisis de operatividad, las listas de control que componga o tenga en uso común el Contratista adjudicatario. El contenido de las listas de control será coherente con la ejecución material de las protecciones colectivas y con la entrega y uso de los equipos de protección individual. Si el Contratista carece de los citados listados o se ve imposibilitado para componerlos, deberá comunicarlo inmediatamente tras la adjudicación de la obra, a esta autoría del estudio de seguridad y salud, con el fin de que le suministre los oportunos modelos para su confección e implantación posterior en ella.

15. CONTROL DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. El Contratista incluirá en su "plan de seguridad y salud", el modelo del "parte de entrega de equipos de protección individual" que tenga por costumbre utilizar en sus obras. Si no lo posee deberá componerlo y presentarlo a la aprobación del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. Contendrá como mínimo los siguientes datos:

Número del parte. Identificación del Contratista. Empresa afectada por el control, sea contratista, subcontratista o un trabajador autónomo. Nombre del trabajador que recibe los equipos de protección individual. Oficio o empleo que desempeña. Categoría profesional. Listado de los equipos de protección individual que recibe el trabajador. Firma del trabajador que recibe el equipo de protección individual. Firma y sello de la empresa.

Estos partes estarán confeccionados por duplicado. El original de ellos, quedará archivado en poder del Encargado de Seguridad y salud, la copia se entregará al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

16. PERFILES HUMANOS DEL PERSONAL DE PREVENCIÓN.

Encargado de seguridad y salud. En esta obra, con el fin de poder controlar día a día y puntualmente la prevención y protección decididas, es necesaria la existencia de un Encargado de Seguridad, que será contratado por el Contratista adjudicatario de la obra, con cargo a los costes indirectos de las mediciones y presupuesto de este estudio de seguridad y salud.

Perfil del puesto de trabajo de Encargado de Seguridad: Auxiliar Técnico de obra, con capacidad de entender y trasmitir los contenidos del plan de seguridad y salud. Con capacidad de dirigir a los trabajadores de la Cuadrilla de seguridad y salud.

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Funciones del Encargado de Seguridad en la obra. La autoría de este estudio de seguridad y salud, considera necesaria la presencia continua en la obra de un Encargado de Seguridad que garantice con su labor cotidiana, los niveles de prevención plasmados en este estudio de seguridad y salud con las siguientes funciones técnicas, que se definen en el conjunto de riesgos y prevención detectados para la obra.

Funciones a realizar por el Encargado de Seguridad. 1º Seguirá las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 2º Informará puntualmente del estado de la prevención desarrollada al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 3º Controlará y dirigirá, siguiendo las instrucciones del plan que origine este estudio de seguridad y salud, el montaje, mantenimiento y retirada de las protecciones colectivas. 4º Dirigirá y coordinará la cuadrilla de seguridad y salud. 5º Controlará las existencias y consumos de la prevención y protección decidida en el plan de seguridad y salud aprobado y entregará a los trabajadores y visitas los equipos de protección individual. 6º Medirá el nivel de la seguridad de la obra, cumplimentando las listas de seguimiento y control, que entregará a la jefatura de obra para su conocimiento y al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para que tome las decisiones oportunas. 7º Realizará las mediciones de las certificaciones de seguridad y salud, para la jefatura de obra. 8º Se incorporará como vocal, al Comité de seguridad y salud de la obra, si los trabajadores de la obra no ponen inconvenientes para ello y en cualquier caso con voz pero sin voto si los trabajadores opinan que no debe tomar parte en las decisiones de este órgano de la prevención de riesgos.

17. NORMAS DE ACEPTACIÓN DE RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL DE PREVENCIÓN. 1º Las personas designadas lo serán con su expresa conformidad, una vez conocidas las responsabilidades y funciones que aceptan. 2º El plan de seguridad y salud, recogerá los siguientes documentos para que sean firmados por los respectivos interesados. Estos documentos tienen por objeto revestir de la autoridad necesaria a las personas, que por lo general no están acostumbradas a dar recomendaciones de prevención de riesgos laborales o no lo han hecho nunca. Se suministra a continuación para ello, un solo documento tipo, que el Contratista debe adaptar en su plan, a las figuras de: Encargado de Seguridad y salud, cuadrilla de seguridad y para el técnico de seguridad en su caso.

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Nombre del puesto de trabajo de prevención: Fecha: Actividades que debe desempeñar: Nombre del interesado: Este puesto de trabajo, cuenta con todo el apoyo técnico, de la Director de Obra; del Coordinador

en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, junto con el de la jefatura de la obra y del encargado.

Firmas: El Coordinador de Seguridad y salud durante la ejecución de la obra. El jefe de obra y o el encargado. Acepto el nombramiento, El interesado.

Sello y firma del contratista:

3º Estos documentos, se firmarán por triplicado. El original quedará archivado en la oficina de la obra. La primera copia, se entregará firmada y sellada en original, al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra; la tercera copia, se entregará firmada y sellada en original al interesado.

18. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL USO DE MAQUINARIA Y DE LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA. Está demostrado por la experiencia, que muchos de los accidentes de las obras ocurren entre otras causas, por el voluntarismo mal entendido, la falta de experiencia o de formación ocupacional y la impericia. Para evitar en lo posible estas situaciones, se implanta en esta obra la obligación real de estar autorizado a utilizar una máquina o una determinada máquina herramienta. 1º El Contratista queda obligado a componer según su estilo el siguiente documento recogerlo en su plan de seguridad y ponerlo en práctica:

DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN DE UTILIZACIÓN DE LAS MÁQUINAS Y DE LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA.

Fecha: Nombre del interesado que queda autorizado: Se le autoriza el uso de las siguientes máquinas por estar capacitado para ello: Lista de máquinas que puede usar: Firmas: El interesado. El jefe de obra y o el encargado. Sello del contratista.

2º Estos documentos se firmarán por triplicado. El original quedará archivado en la oficina de la obra. La copia, se entregará firmada y sellada en original al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra; la tercera copia, se entregará firmada y sellada en original al interesado.

19. OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD.

Obligaciones legales del contratista y subcontratistas, contenidas en el artículo 11 del RD 1.627/1997 Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a: 1º (RD. 1.627/1.997) Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 del presente Real Decreto.

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Principios de acción preventiva, artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. a) Evitar los riesgos. b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. c) Combatir los riesgos en su origen. d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. e) Tener en cuenta la evolución de la técnica. f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. A. (RD. 1.627/1.997) Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de Seguridad y Salud, al que se refiere el artículo 7. B. (RD. 1.627/1.997) Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, durante la ejecución de la obra. Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Coordinación de actividades empresariales. Es decir:

Obligaciones de cooperación entre las empresas que coincidan en una obra Establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la

protección y prevención de riesgos laborales de sus respectivos trabajadores. Establecerán los

medios de coordinación que sean necesarios para la información sobre la protección y prevención de riesgos laborales de sus respectivos trabajadores.

Como deben cumplir con las dos obligaciones anteriores: en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de la Ley 31/1.995 de PRL.

ES DECIR: el empresario adoptará las medidas adecuadas (las eficaces), para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:

a) Los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada puesto de trabajo o función.

b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.

c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de esta Ley.

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ADEMÁS: En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.

ADEMÁS: El desarrollo de la obligación del apartado c), obliga al cumplimiento del artículo 20 de la Ley 31/1.995 de PRL.: MEDIDAS DE EMERGENCIA: El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, DEBERÁ:

Analizar las posibles situaciones de

emergencia.

Adoptar las medidas necesarias en materia de primeros

auxilios

Adoptar las medidas

necesarias en materia de lucha

contra incendios.

Adoptar las medidas necesarias en materia de

evacuación de los trabajadores.

Para cumplir con los cuatro puntos anteriores: DEBERÁ: Designar para ello al personal encargado

de poner en práctica estas medidas Que este

personal encargado, compruebe periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento.

Que este personal encargado, posea la formación necesaria, sea suficiente en número y disponer del material adecuado.

ADEMÁS: Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

C. (RD. 1.627/1.997) Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. D. (RD. 1.627/1.997) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de obra, y del Director de Obra. 2º (RD. 1.627/1.997) Los contratistas y subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en el trabajo en lo relativo a las obligaciones que les correspondan a ellos directamente, o en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados. Además, los contratistas y los subcontratistas responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el plan, en los términos del apartado 2 del artículo 42 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El apartado 2 del artículo 42, Responsabilidades y su compatibilidad, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, dice: La empresa principal responderá solidariamente con los contratistas y subcontratistas a que se refiere el apartado 3 del artículo 24 de esta Ley del cumplimiento, durante el periodo de contrata, de las obligaciones impuestas por esta Ley en relación con los trabajadores que aquellos ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la infracción se haya producido en el centro de trabajo de dicho empresario principal.

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En las relaciones de trabajo de las empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria será responsable de la protección en materia de seguridad y salud en el trabajo en los términos del artículo 6 de la Ley 14/1994, de 1 de julio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

El apartado 3 del artículo 42, Responsabilidades y su compatibilidad, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, dice: Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados y de recargo de prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social que pueden ser fijadas por el órgano competente de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de dicho sistema.

Los contratistas y subcontratistas son responsables: De la ejecución correcta de las medidas preventivas

fijadas en el plan de S+S en lo relativo a ellos o a los trabajadores autónomos que contraten.

Responsabilidad solidaria con referencia a las sanciones contenidas en el apartado 2 del Artículo 42 de la Ley 31/1.995 de PRL.

Por último, el punto 3 del artículo 11, del RD. 1.627/1.997 expresa: 3º Las responsabilidades de los coordinadores, del Director de Obra y del promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.

Obligaciones específicas del contratista con relación al contenido de este estudio de seguridad y salud. 1º Cumplir y hacer cumplir en la obra, todas las obligaciones exigidas por la legislación vigente del Estado Español y sus Comunidades Autónomas, referida a la seguridad y salud en el trabajo y concordantes, de aplicación a la obra. 2º Elaborar en el menor plazo posible y siempre antes de comenzar la obra, un plan de seguridad y salud en el trabajo cumpliendo con el articulado de el Real Decreto: 1.627/1.997 de 24 de octubre, que respetará el nivel de prevención definido en todos los documentos de este estudio de seguridad y salud para la obra objeto del presente estudio. Requisito sin el cual no podrá ser aprobado. 3º Incorporar al plan de seguridad y salud, el "plan de ejecución de la obra" que piensa seguir, incluyendo desglosadamente, las partidas de seguridad con el fin de que puedan realizarse a tiempo y de forma eficaz; para ello seguirá fielmente como modelo, el plan de ejecución de obra que se suministra en este estudio de seguridad y salud. 4º El Plan de Seguridad y Salud aprobado, el Estudio de S+S y el Plan de Prevención de todas las empresas, deberán estar en la obra, a disposición permanente de quienes intervengan en la ejecución de la misma, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma, los representantes de los trabajadores, el Director de Obra y de la Autoridad Laboral, para que en base al análisis de dichos documentos puedan presentar por escrito y de forma razonada según sus atribuciones, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas al Plan de S+S en el trabajo. 5º Notificar al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, con quince días de antelación, la fecha en la que piensa comenzar los trabajos, con el fin de que pueda programar sus actividades y asistir a la firma del acta de replanteo, pues este documento, es el que pone en vigencia el contenido del plan de seguridad y salud en el trabajo aprobado.

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6º En el caso de que pudiera existir alguna diferencia entre los presupuestos del estudio y el del plan de seguridad y salud en el trabajo que presente el Contratista, acordar las diferencias y darles la solución más oportuna, con el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, antes de la firma del acta de replanteo. 7º Trasmitir la prevención contenida en el plan de seguridad y salud en el trabajo aprobado, a todos los trabajadores propios, subcontratistas y trabajadores autónomos de la obra y hacerles cumplir con las condiciones y prevención en él expresadas. 8º Entregar a todos los trabajadores de la obra independientemente de su afiliación a una empresa contratista, subcontratada o autónoma, los equipos de protección individual definidos en este pliego de condiciones particulares del plan de seguridad y salud aprobado, para que puedan usarse de forma inmediata y eficaz. 9º Instalar a tiempo todas las protecciones colectivas definidas en el pliego de condiciones particulares definidas en el estudio de seguridad y salud y en el plan seguridad y salud aprobado, según lo contenido en el plan de ejecución de obra; mantenerla en buen estado, cambiarla de posición y retirarla, con el conocimiento de que se ha diseñado para proteger a todos los trabajadores de la obra, independientemente de su afiliación a una empresa contratista, subcontratista o autónoma. 10º Instalar a tiempo según lo contenido en el plan de ejecución de obra, contenido en el plan de seguridad y salud aprobado: las "instalaciones provisionales para los trabajadores". Mantenerlas en buen estado de confort y limpieza; realizar los cambios de posición necesarios, las reposiciones del material fungible y la retirada definitiva, conocedor de que se definen y calculan estas instalaciones, para ser utilizadas por todos los trabajadores de la obra, independientemente de su afiliación a una empresa contratista, subcontratista o autónoma. 11º Incluir en el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo un apartado “acciones a seguir en caso de accidente laboral”, y cumplir fielmente con lo expresado. 12º Informar de inmediato de los accidentes: leves, graves, mortales o sin víctimas al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, tal como queda definido en el apartado "acciones a seguir en caso de accidente laboral". 13º Disponer en acopio de obra, antes de ser necesaria su utilización, todos los artículos de prevención contenidos y definidos en este estudio de seguridad y salud, en las condiciones que expresamente se especifican dentro de este pliego de condiciones técnicas y particulares de seguridad y salud. 14º Colaborar con el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, en la solución técnico preventiva, de los posibles imprevistos del proyecto o motivados por los cambios de ejecución decididos sobre la marcha, durante la ejecución de la obra. 15º Incluir en el plan de seguridad y salud, las medidas preventivas implantadas en su empresa y que son propias de su sistema de construcción. Éstas, unidas a las que se suministran para el montaje de la protección colectiva y equipos, dentro de este pliego de condiciones y particulares, formarán un conjunto de normas específicas de obligado cumplimiento en la obra. En el caso de no tener redactadas las citadas medidas preventivas a las que se hace mención, lo comunicará por escrito al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, con el fin de que pueda orientarle en el método a seguir para su composición. 16º Componer en el plan de seguridad y salud, una declaración formal de estar dispuesto a cumplir con estas obligaciones en particular y con la prevención y su nivel de calidad, contenidas en este estudio de seguridad y salud. Sin

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el cumplimiento de este requisito, no podrá ser otorgada la aprobación del plan de seguridad y salud en el trabajo. 17º Componer el análisis inicial de los riesgos tal como exige la Ley 31 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. 18º Exigir a los subcontratistas y lograr su cumplimiento, para que compongan el análisis inicial de los riesgos tal como exige la Ley 31 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. 19º A lo largo de la ejecución de la obra, realizar y dar cuenta de ello al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, el análisis permanente de riesgos al que como empresario está obligado por mandato de la Ley 31 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, con el fin de conocerlo y tomar las decisiones que sean oportunas. 20º El contratista, así como los subcontratistas y los trabajadores autónomos que hayan de intervenir en la ejecución de la obra habrán de disponer de los medios humanos, técnicos y económicos necesarios para desempeñar correctamente con arreglo al proyecto, al presente estudio de S+S y al contrato, los trabajos que respectivamente se hubiesen comprometido a realizar cada uno de ellos. 21º El contratista y subcontratistas habrán de contar con los Servicios de prevención propios o ajenos que en función de sus características vengan exigidos por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención. 22º El contratista se obliga a hacer constar en los contratos que formalice con los subcontratistas y trabajadores autónomos, las obligaciones en materia de seguridad y salud que a dichos subcontratistas y trabajadores autónomos les corresponden. Asimismo, queda obligado a comprobar el cumplimiento de la cláusula Nº 23, en los contratos que se establezcan entre los subcontratistas y los trabajadores autónomos. 23º La ejecución de las diferentes unidades de obra por parte del contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos se llevarán a cabo con arreglo a lo prescrito en el proyecto de ejecución, en este estudio de seguridad y salud y a las instrucciones recibidas del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, así como del Director de Obra de la misma. 24º Es responsabilidad del contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos cumplir rigurosamente con los principios preventivos en materia de seguridad y salud que vienen establecidos en la legislación vigente y con las prescripciones que figuren en el plan de seguridad y salud en el trabajo en el trabajo que se apruebe en su momento antes del comienzo de la obra. 25º Los medios humanos de que se dispongan en la obra por el contratista, subcontratistas, así como los trabajadores autónomos que intervengan en la ejecución de la obra habrán de poseer las cualificaciones necesarias a los cometidos cuyo desempeño les encomienden o asuman. 26º Es obligación del contratista facilitar a su personal la información necesaria en materia de seguridad y salud, tanto de carácter general como la específica que concierne a las funciones que cada uno desarrolle, y que en todo caso serán acordes tanto a la cualificación que individualmente se posea como a las condiciones síquicas y físicas del propio trabajador. 27º El contratista o el titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que las empresas

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subcontratistas y trabajadores autónomos que desarrollen actividades en la obra reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en dicha obra y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado, en su caso, a sus respectivos trabajadores. Obligaciones legales de los trabajadores autónomos. Los trabajadores autónomos estarán obligados a: 1º (RD. 1.627/1.997) Aplicar los principios de acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 1º del presente Real Decreto.

Principios de acción preventiva, artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. a) Evitar los riesgos. b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. c) Combatir los riesgos en su origen. d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. e) Tener en cuenta la evolución de la técnica. f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. 2º (RD. 1.627/1.997)Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, (1.627/1.997)durante la ejecución de la obra. 3º (RD. 1.627/1.997)Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos que establece para los trabajadores el artículo 29, apartados 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Artículo 29 apartados 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice: 1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por las de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos u omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. 2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: 1º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas aparatos, herramientas, substancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2º Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de este. 3º No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que esta tenga lugar. 4º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de

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protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 5º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6º Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. 3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno. 4º (RD. 1.627/1.997). Ajustar su actuación en la obra conforme a los deberes de coordinación de actividades empresariales establecidos en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, participando en particular de cualquier medida de actuación coordinada que se hubiera establecido. El artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, dice: 1. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre previsión de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de esta Ley.

El apartado 1 d el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales dice: A fin de dar cumplimiento al deber de protección

establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:

a) los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.

b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.

c) las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de esta Ley.

En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a la que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informar directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.

Para comprender el alcance del apartado c), el artículo 20, Medidas de emergencia de la Ley de Prevención de Riesgos laborales dice:

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El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con los servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento, y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. Prosigue el artículo 24 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales: 2. El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la formación y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. 3. Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales. 4. Las obligaciones consignadas en el último párrafo del apartado 1 de artículo 41 de esta Ley serán también de aplicación, respecto a las operaciones contratadas, en los supuestos en que los trabajadores de la empresa contratista o subcontratista no presten servicios en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que tales trabajadores deban operar con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal.

El último párrafo del apartado 1 del artículo 41 de l Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice: Los fabricantes importadores y suministradores deberán proporcionar a los empresarios, y estos recabar de

aquellos, la información necesaria para que la utilización y manipulación de la maquinaria, equipos, productos, materias primas, y útiles de trabajo se produzca sin riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, así como para que los empresarios puedan cumplir con sus obligaciones de información respecto a los trabajadores.

Prosigue el artículo 24 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales: 5. los deberes de cooperación y de información e instrucción recogidos en los apartados 1 y 2 (de este artículo), serán de aplicación respecto de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo. 5º (RD. 1.627/1.997) Utilizar los equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para utilización por los trabajadores de equipos de trabajo. (Máquinas y similares). 6º (RD. 1.627/1.997) Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. 7º (RD. 1.627/1.997) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, del Director de Obra.

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8º (RD. 1.627/1.997) Los trabajadores autónomos deberán cumplir lo establecido en el plan de seguridad y salud en el trabajo.

20. NORMAS DE MEDICIÓN, VALORACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE SEGURIDAD Y SALUD. Mediciones. Forma de medición. Las mediciones de los componentes y equipos de seguridad se realizarán en la obra, mediante la aplicación de las unidades físicas y patrones, que las definen; es decir: m., m2., m3., l., Und., y h. No se admitirán otros supuestos. La medición de los equipos de protección individual utilizados, se realizarán mediante el análisis de la veracidad de los partes de entrega definidos en este pliego de condiciones técnicas y particulares, junto con el control del acopio de los equipos retirados por uso, caducidad o rotura. La medición de la protección colectiva puesta en obra será realizada o supervisada por el Coordinador en materia de seguridad y salud, aplicando los criterios de medición común para las partidas de construcción, siguiendo los planos y criterios contenidos en el capítulo de mediciones de este estudio de seguridad y salud. No se admitirán las mediciones de protecciones colectivas, equipos y componentes de seguridad, de calidades inferiores a las definidas en este pliego de condiciones. Los errores de mediciones de S+S, se justificarán ante el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y se procederá conforme a las normas establecidas para las liquidaciones de obra.

Valoraciones económicas. Valoraciones Las valoraciones económicas del plan de seguridad y salud en el trabajo no podrán implicar disminución del importe total del estudio de seguridad adjudicado, según expresa el RD. 1.627/1.997 en su artículo 7, punto 1, segundo párrafo. Valoraciones de unidades de obra no contenidas o que son erróneas, en este estudio de seguridad y salud Los errores presupuestarios, se justificarán ante el Coordinador en materia de S+S durante la ejecución de la obra y se procederá conforme a las normas establecidas para las liquidaciones de obra. Precios contradictorios Los precios contradictorios se resolverán mediante la negociación con el Coordinador en materia de S+S durante la ejecución de la obra y se procederá conforme a las normas establecidas para las liquidaciones de obra. Abono de partidas alzadas Las partidas alzadas serán justificadas mediante medición en colaboración con el Coordinador en materia de S+S durante la ejecución de la obra y se procederá conforme a las normas establecidas para las liquidaciones de obra. Relaciones valoradas La seguridad ejecutada en la obra se presentará en forma de relación valorada, compuesta de mediciones totalizadas de cada una de las partidas presupuestarias, multiplicadas por su correspondiente precio unitario, seguida del resumen de presupuesto por artículos. Todo ello dentro de las relaciones valoradas del resto de capítulos de la obra. Certificaciones. Se realizará una certificación mensual, que será presentada a la Dirección Facultativa, para su abono, según lo pactado

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en el contrato de adjudicación de obra. La certificación del presupuesto de seguridad de la obra objeto del presente estudio, está sujeta a las normas de certificación, que deben aplicarse al resto de las partidas presupuestarias del proyecto de ejecución, según el contrato de construcción firmado entre la Propiedad y el Contratista. Estas partidas a las que nos referimos, son parte integrante del proyecto de ejecución por definición expresa de la legislación vigente. Revisión de precios Se aplicará las normas establecidas en el contrato de adjudicación de obra. Prevención contratada por administración El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, controlará la puesta real en obra de las protecciones contratadas por administración, mediante medición y valoración unitaria expresa, que se incorporará a la certificación mensual en las condiciones expresadas en el apartado certificaciones de este pliego de condiciones particulares.

21. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS. Tratamiento de residuos El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, identificará en colaboración con el contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos, en las evaluaciones de riesgos sobre la marcha del plan de seguridad y salud, los derivados de la evacuación de los residuos corrientes de la construcción, escombros. En el plan de seguridad y salud en el trabajo de esta obra, se recogerán los métodos de eliminación de residuos. En cualquier caso, se cumplirá con las condiciones siguientes de eliminación de residuos: Escombro en general, se evacuará mediante trompas de vertido de continuidad total sin fugas; las trompas, descargarán sobre contenedor; la boca de la trompa, estará unida al contenedor mediante una lona que abrazando la boca de salida, cubra toda la superficie del contenedor. Escombro especial, se evacuará mediante bateas emplintadas a gancho de grúa, cubiertas con una lona contra los derrames fortuitos. Escombro derramado, se evacuará mediante apilado con cargadora de media capacidad, con carga posterior a camión de transporte al vertedero. Escombro sobre camión de transporte al vertedero, se cubrirá con una lona contra los derrames y polvo.

22. NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE MATERIALES Y SUSTANCIAS PELIGROSAS. Materiales y substancias peligrosas existentes en los lugares de trabajo. Cuando se identifique la existencia de materiales peligrosos, estos deberán ser evitados siempre que sea posible. Los contratistas evaluarán adecuadamente los riesgos y adoptarán las medidas necesarias al realizar las obras. Si se descubriesen materiales peligrosos inesperados, el contratista, subcontratista o trabajadores autónomos, informarán al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, que procederá según la legislación vigente específica para cada material peligroso identificado.

23. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN GENERAL DE RIESGOS. Normas de obligado cumplimiento, clasificados por actividades de obra. Ver Anexo 2

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Normas de obligado cumplimiento clasificados por oficios que intervienen en la obra. Ver Anexo 2 Normas de obligado cumplimiento clasificados por los medios auxiliares a utilizar en la obra. Ver Anexo 2 Normas de obligado cumplimiento clasificados por la maquinaria a intervenir en la obra. Ver Anexo 2 Normas de obligado cumplimiento clasificados por las instalaciones de la obra. Ver Anexo 2

24. EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD. El plan de seguridad y salud será elaborado por el Contratista, cumpliendo los siguientes requisitos: 1º Cumplirá las especificaciones del Real Decreto 1.627/1.997 y concordantes, confeccionándolo antes de la firma del acta de replanteo. 2º Dará respuesta, analizando, estudiando, desarrollando y complementando el contenido de este estudio de seguridad y salud, de acuerdo con la tecnología de construcción que es propia del Contratista y de sus métodos y organización de los trabajos. 3º Además está obligado a suministrar, los documentos y definiciones que en él se le exigen, especialmente el plan de ejecución de obra, conteniendo de forma desglosada las partidas de seguridad y salud. Para ello, se basará en el plan de ejecución de obra que se incluye en este estudio de seguridad y salud para la obra. 4º Cuando sea necesario suministrará planos de calidad técnica, planos de ejecución de obra con los detalles oportunos para su mejor comprensión. 5º No podrá ser sustituido por ningún otro tipo de documento, que no se ajuste a lo especificado en los apartados anteriores. 6º El Contratista y la obra estarán identificados en cada página y en cada plano del plan de seguridad y salud. Las páginas estarán además numeradas unitariamente y en el índice de cada documento. 7º Todos sus documentos estarán sellados y firmados en su última página con el sello del contratista de la obra.

25. LIBRO DE INCIDENCIAS. Lo suministrará a la obra la Propiedad en las obras oficiales. Se utilizará según lo especificado en el artículo 13 del citado Real Decreto 1.627/1.997. Se facilitará por el Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el Plan de Seguridad y salud o por la oficina de supervisión de proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las Administraciones públicas, tal y como se recoge en el Real Decreto 1.627/1.997 de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en la obras de construcción. El Libro de incidencias deberá estar siempre en la obra a disposición de quién establece el art 13, ap. 3 del RD 1627/1997. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, El Coordinador de Seguridad durante las ejecución de la obra o en su caso el Director de Obra, están obligados a remitir en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de

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Trabajo y Seguridad Social de la provincia que se realiza la obra. Igualmente se deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste.

26. CLÁUSULAS PENALIZADORAS. Rescisión del contrato El incumplimiento continuo de la prevención contenida en el plan de seguridad y salud aprobado, es causa suficiente para la rescisión del contrato con cualquiera de las empresas intervinientes en esta obra. A tal efecto, y en su caso, el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, elaborará un informe detallado, de las causas que le obligan a proponer la rescisión del contrato para que se obre en consecuencia.

27. CLÁUSULAS CONTRACTUALES APLICABLES A EMPRESAS SUBCONTRATISTAS Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS. Empresas subcontratistas. Se entiende por subcontratista la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra con sujeción al proyecto y al contrato. Por proyecto se entiende el proyecto de ejecución de la obra visado por el Colegio Profesional correspondiente y que deberá contar con el estudio de seguridad y salud. Debe entenderse por contrato el establecido por el contratista con el promotor o propietario de la obra para llevar a cabo la construcción, total o parcial, de aquélla, así como el contrato que ha de formalizarse entre contratista y subcontratista. El subcontratista, sea persona física o jurídica, habrá de disponer de los medios humanos, técnicos y económicos adecuados para desempeñar correctamente, con arreglo al proyecto, al contrato de obra y al contrato regulador de la parte de la obra o de las instalaciones subcontratadas, los trabajos que haya de desempeñar. Es obligación del subcontratista facilitar a su personal la información necesaria en materia de seguridad y salud, tanto de carácter general como la específica que corresponda a las funciones que cada trabajador desempeñe, y que en todo caso serán acordes, tanto a la cualificación que individualmente posean aquéllos como a las condiciones psicofísicas del propio trabajador. Trabajadores autónomos. Se entiende por trabajador autónomo la persona física distinta del contratista y del subcontratista que realiza de forma personal y directa una actividad profesional en la obra, sin sujeción a un contrato de trabajo, y que asume ante el promotor o propietario de la obra, el contratista o el subcontratista, el compromiso formalizado contractualmente de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra, con sujeción al proyecto y al contrato. Por proyecto se entiende el proyecto de ejecución de la obra visado por el Colegio Profesional correspondiente y que deberá contar con el estudio de seguridad y salud. Debe entenderse por contrato el establecido por el trabajador autónomo con quién encarga sus servicios, sea éste el promotor o propietario de la obra, el contratista o subcontratista. El trabajador autónomo habrá de disponer de los medios técnicos y económicos adecuados para desempeñar correctamente, con arreglo al proyecto, al contrato de obra y a su propio contrato regulador los trabajos que haya de desempeñar. El trabajador autónomo tendrá las cualificaciones adecuadas a los cometidos cuyo desempeño asume, debiendo poseer la información necesaria en materia de seguridad y salud, tanto de carácter general como la específica que corresponda a las funciones que realice, que en todo caso serán acordes, tanto a la cualificación que posea como a sus condiciones síquicas y físicas.

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28. FACULTADES DE LOS TÉCNICOS FACULTATIVOS. El Director de Obra realizará sus funciones según las atribuciones reconocidas legalmente para estos profesionales. El Coordinador en materia de seguridad y salud, actuará de manera coherente con el Director de Obra. Interpretación de los documentos de este estudio de seguridad y salud. La interpretación de los documentos de este estudio de seguridad y salud, es competencia exclusiva del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y del Director de Obra, en su caso. Interpretación de los documentos del plan de seguridad y salud en el trabajo aprobado. La interpretación de los documentos del plan de seguridad y salud en el trabajo aprobado, es competencia exclusiva del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, en colaboración estrecha con el Director de Obra, que debe tener en consideración sus opiniones, decisiones e informes.

29. AVISO PREVIO. Antes del comienzo de la obra, el promotor deberá efectuar un aviso previo a la autoridad laboral competente. Este aviso previo se redactará con arreglo a lo dispuesto en el anexo III del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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ANEXO 1. CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS.

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CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS.

Condiciones técnicas específicas de cada una de las protecciones colectivas y normas de instalación y uso, junto con las normas de obligado cumplimiento para determinados trabajadores. • Toma de tierra independiente y normalizada, para estructuras metálicas de máquinas fijas. Descripción del elemento: Red de toma de tierra general de la obra formada por: cable desnudo de cobre, presillas de conexión; arqueta de fábrica de ladrillo hueco doble, para conexión, dotada de tapa de hormigón y tubo pasacables, incluso parte proporcional de construcción, montaje, mantenimiento y demolición. PASARELAS DE SEGURIDAD DE MADERA CON BARANDILLAS DE MADERA PARA ZANJAS. Especificación técnica Pasarela de madera formada por: plataforma de tablones de madera, trabada con listones, cola de contacto y clavazón de acero; pies derechos aprieto tipo carpintero comercial, pintados anticorrosión; pasamanos y barra intermedia, de tubos metálicos; rodapié. Anclajes al terreno de acero corrugado. Se han diseñado para que sirvan de comunicación entre dos puntos separados por un obstáculo que deba salvarse. Se han previsto sensiblemente horizontales o para ser inclinadas en su caso, un máximo sobre la horizontal de 30º. Para inclinaciones superiores se utilizarán escaleras de seguridad de tipo convencional a base de peldaños de huella y contra huella. Calidad: El material a utilizar será nuevo, a estrenar. El material a emplear El material a utilizar es la madera de pino, para la formación de la plataforma de tránsito; se contruirá mediante tablones unidos entre si. Modo de construcción La madera se unirá mediante clavazón, previo encolado, con "cola blanca", para garantizar una mejor inmovilización. En cada extremo de apoyo del terreno, se montará un anclaje efectivo, mediante el uso de redondos de acero corrugado, doblado en frío, pasantes a través de la plataforma de la pasarela y doblados sobre la madera, para garantizar la inmovilidad. Los redondos doblados no producirán resaltos. Anclajes Formados por redondos de acero corrugado para hincar en el terreno. Uno de sus extremos estará cortado en bisel para facilitar su hinca a golpe de mazo. Barandillas Pies derechos por aprieto tipo carpintero comercializados pintados anticorrosión, sujetos al borde de los tablones mediante el accionamiento de los husillos de inmovilización. Pasamanos, y barra intermedia, formado por tubos metálicos comercializados. Rodapié construido mediante madera de pino. Pintura Todos los componentes estarán pintados a franjas alternativas en colores alternativos amarillo y negro de señalización.

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Existirá un mantenimiento permanente de esta protección. PASO PEATONAL PROTEGIDO MEDIANTE ESTRUCTURA METÁLICA. Especificación técnica Paso peatonal; chapa metálica de cubrición y cerramiento lateral, incluso P.P. de demolición de firmes con martillo neumático, excavación para cimentación y hormigón en masa pequeño material, montaje, mantenimiento, retirada y transporte al vertedero. Calidad: El material a emplear será nuevo, a estrenar. Cimentación. Cimentación construida con hormigón de de cemento portland. Pórticos Formados por dos pies derechos y viga intermedia, compuestos por perfiles laminados IPN., armados mediante cordones de soldadura eléctrica. Cubierta Formada por chapa plegada comercializada de espesor sujeta a los pórticos mediante ganchos comercializados bulonados. Cierres laterales Construidos mediante tableros de chapa metálica., sujeta mediante ganchos comercializados bulonados. Iluminación Formada por manguera antihumedad para exteriores y plafones antivandálicos. Normas de seguridad de obligado cumplimiento para el montaje de paso peatonal protegido mediante estructura metálica. 1º Aislar el área de trabajo de las personas o trabajadores que puedan estar presentes durante la realización de estos trabajos. 2º Excavación de tierras, montaje de placas metálicas de anclaje y hormigonado de la cimentación. 3º Entre tanto, en el taller, se montan y sueldan los pórticos metálicos IPN., y se transportan a la obra. 4º Descarga pórtico a pórtico, mediante el gancho de la grúa; enhebrado en los tetones de las placas de anclaje dispuestas en la cimentación y bulonado. Apuntalado de seguridad. 5º Montaje de las chapas de cierre exterior. 6º Montaje de los tableros de cierre interior. 7º Desde un pórtico al siguiente y con ayuda de escaleras de tijera, sin necesidad de encaramarse sobre los pórticos metálicos IPN., proceder al montaje e inmovilización de las piezas de chapa de la cubierta. 8º Montar la instalación eléctrica interior para balizamiento e iluminación nocturna.

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9º Si caen objetos sobre el paso peatonal protegido, durante la realización de la obra, hay que limpiar su cubierta periódicamente. Si las chapas tienen grandes deformaciones, se sustituirán de inmediato. 10º Para el desmontaje del paso peatonal protegido, proceder con los pasos y condiciones descritas, pero en orden inverso. ESCALERAS DE MANO CON CAPACIDAD DE DESPLAZAMIENTO. Especificación técnica Escalera de mano metálica con soporte de tijera sobre ruedas y plataforma con barandilla de coronación, con manillar de accionamiento manual para cambios de posición y parada, sin necesidad de descender de ella. Escalera Escalera de mano metálica comercializada, con soporte de tijera sobre ruedas, dotada de una plataforma rodeada de una barandilla en la coronación, con manillar de accionamiento manual para cambios de posición y parada, sin necesidad de descender de ella. De total seguridad para el usuario dentro de las posibilidades e instrucciones de uso dadas por el fabricante. Por mandato expreso del RD. 1627/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud de las obras de construcción, deben cumplir con las condiciones de diseño y utilización señaladas en el Real Decreto 486/1.997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Material de fabricación Aluminio anonizado. Normas de utilización Aplicar puntualmente las maniobras para uso correcto y seguro, contenidas dentro del manual suministrado por el fabricante. ANDAMIO METÁLICO TUBULAR APOYADO. Andamio metálico tubular apoyado, homologado utilizado como protección contra el riesgo de caída desde altura; incluso parte proporcional de montaje, mantenimiento y retirada. Montado con todos sus componentes de seguridad, siguiendo un proyecto específico de cálculo y montaje firmado por técnico competente. El modelo del andamio a instalar, lleva incorporada una escalera para evacuaciones de emergencia en cumplimiento del Anexo IV del RD 1627/1.997, expresamente señalizada para este menester. Normas de seguridad para el uso de andamios metálicos tubulares apoyados. Se montarán siguiendo fielmente las instrucciones contenidas en el folleto de montaje suministrado por el fabricante. El contratista o subcontratista en su caso, es responsable de conseguir guardar en la obra y ordenar ejecutar este montaje según las instrucciones del folleto o manual suministrado por el fabricante. En el caso de haber desaparecido del mercado el fabricante o la marca comercial, el montaje se efectuará siguiendo las instrucciones del folleto de un modelo similar al que se va a montar.

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CABLES FIADORES PARA CINTURONES DE SEGURIDAD. Especificación técnica Cables fiadores para cinturones de seguridad, fabricadas en acero torcido con un diámetro de 5 mm, incluso parte proporcional de aprietos atornillados de acero para formación de lazos, montaje mantenimiento y retirada. Calidad: El material a emplear será nuevo, a estrenar. Cables Cables de hilos de acero fabricado por torsión. Lazos Se formarán mediante casquillos electrofijados protegidos interiormente con guardacabos. Si en alguna ocasión, deben formarse mediante el sistema tradicional de tres aprietos, el lazo se formará justo en la amplitud del guardacabos. Ganchos Fabricados en acero timbrado., instalados en los lazos con guardacabos del cable para su instalación rápida en los anclajes de seguridad. Disposición en obra El plan de seguridad a lo largo de su puesta en obra, y en colaboración con el coordinador en, materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, suministrará los planos de ubicación exacta según las nuevas solicitaciones de prevención que surjan. ANCLAJES ESPECIALES PARA AMARRE DE CINTURONES DE SEGURIDAD. Especificación técnica Anclajes especiales para amarre de cinturones de seguridad fabricados en acero corrugado doblado en frío y recibidos a la estructura. Calidad: El material a emplear será nuevo, a estrenar. Anclajes Fabricados en acero corrugado de 25 mm., de diámetro, doblado en frío según el diseño de detalle del plano Nº anclajes, recibidos a la estructura. Disposición en obra Según el diseño del plano Nº anclajes. El plan de seguridad a lo largo de su puesta en obra en colaboración con el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, suministrará los planos de ubicación exacta según las diversas solicitaciones de prevención que surjan. EXTINTORES DE INCENDIOS. ADVERTENCIA AL USUARIO: la legislación vigente (Anexo IV, RD. 1.627/1.997) y la moderna técnica de prevención de incendios, requieren definir los extintores como consecuencia de su capacidad extintora, que se calcula en función de la superficie del posible incendio y los materiales capaces de arder.

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Debe definir la capacidad extintora para cada extintor a utilizar y los lugares de esta obra, en los que se instalarán los extintores de incendios, como orientación le suministramos el siguiente listado. Calidad: Los extintores a montar en la obra serán nuevos, a estrenar. Lugares en los que está previsto instalarlos: Vestuario y aseo del personal de la obra. Comedor del personal de la obra. Local de primeros auxilios. Oficinas de la obra, independientemente de que la empresa que las utilice sea principal o subcontratada. Almacenes con productos o materiales inflamables. Cuadro general eléctrico. Cuadros de máquinas fijas de obra. Almacenes de material y talleres. Acopios especiales con riesgo de incendio. Extintores móviles para trabajos de soldaduras capaces de originar incendios. Mantenimiento de los extintores de incendios Los extintores serán revisados y retimbrados según el mantenimiento oportuno recomendado por su fabricante, que deberá concertar el contratista principal de la obra con una empresa especializada. Normas de seguridad para la instalación y uso de los extintores de incendios. 1º Se instalarán sobre patillas de cuelgue ó sobre carro, según las necesidades de extinción previstos. 2º En cualquier caso, sobre la vertical del lugar donde se ubique el extintor y en tamaño grande, se instalará una señal normalizada con la palabra "EXTINTOR". 3º Al lado de cada extintor existirá un rótulo grande formado por caracteres negros sobre fondo amarillo recogiendo la siguiente leyenda. RED DE TOMA DE TIERRA NORMALIZADA (MONTAJE Y MANTENIMIENTO). Especificación técnica Red de toma de tierra general de la obra formada por: cable desnudo de cobre de diámetro, presillas de conexión; arqueta de fábrica de ladrillo hueco doble, para conexión, dotada de tapa de hormigón y tubo pasacables. Incluso parte proporcional de construcción, montaje, mantenimiento y demolición. ENTIBACIÓN, BLINDAJE METÁLICO PARA ZANJAS. Especificación técnica Entibación blindaje metálico para zanjas utilizado como protección colectiva contra el riesgo de derrumbamiento de tierras. BARANDILLA MODULAR AUTOPORTANTE ENCADENABLE TIPO AYUNTAMIENTO. Especificación técnica Barandillas modular autoportante encadenable tipo ayuntamiento formadas por: una pieza realizada en tubos de acero pintados anticorrosión en color amarillas. Calidad: El material y sus componentes será nuevos, a estrenar. Elementos: La barandilla esta formada por un marco en tubo de acero con tubos de menor diámetro en sentido vertical

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a una distancia de unos 10 cm. Poseen unas patas de sustentación y anclajes en los laterales para realizar el encadenado entre ellas. VALLA METÁLICA PARA CIERRE DE SEGURIDAD DE LA OBRA, (TODOS LOS COMPONENTES). Descripción técnica Valla de cierre de seguridad del entorno de la obra formada por: pies derechos metálicos, placas onduladas de chapa plegada comercial, puesta para peatones y portón para maquinaria, ambas de apertura automática motorizada y gobernada por control remoto. Calidad Componentes nuevos a estrenar o en buen uso. Componentes Pies derechos de perfil laminado de doble T del 16, hincados en el terreno 50 cm. Placas de chapa plegada ondulada de 2 mm de espesor, con una altura de 2 m útiles. Puerta para peatones de un a hoja, dotada de portero automático y motor de apertura y cierre por mando a distancia. Portón para maquinaria y vehículos, de doble hoja dotada de portero automático y motor de apertura y cierre por mando a distancia. Condiciones técnicas específicas de cada equipo de protección individual, junto con las normas para la utilización de estos equipos. A continuación se especifican los equipos de protección individual que se van a usar, junto con las normas que hay que aplicar para su utilización. CASCOS AURICULARES PROTECTORES AUDITIVOS. Especificación técnica. Unidad de cascos auriculares protectores auditivos amortiguadores de ruido para ambas orejas. Fabricados con casquetes auriculares ajustables con almohadillas recambiables para uso optativo con o sin el casco de seguridad. Con marca CE., según normas E.P.I. Cumplimiento de normas UNE: Los cascos auriculares protectores auditivos cumplirán las siguientes normas UNE: UNE.EN 352- 1/94 UNE.EN 352-2/94 UNE.EN 352-3/94 Obligación de su utilización En la realización o trabajando en presencia de un ruido cuya presión sea igual o superior a 80 dB. medidos con sonómetro en la escala 'A'. Ámbito de obligación de su utilización En toda la obra y solar, en consecuencia de la ubicación del punto productor del ruido del que se protege. Los que están obligados a la utilización de los cascos auriculares protectores auditivos: Personal, con independencia de su categoría profesional, que ponga en servicio y desconecte los compresores y generadores eléctricos. Capataz de control de este tipo de trabajos.

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Peones que manejen martillos neumáticos, en trabajos habituales o puntuales. Cualquier trabajador que labore en la proximidad de un punto de producción de ruido intenso. Personal de replanteo o de mediciones; jefatura de obra; Coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de la obra; Dirección Facultativa; visitas e inspecciones, cuando deban penetrar en áreas con alto nivel acústico. CASCO DE SEGURIDAD, CONTRA GOLPES EN LA CABEZA . Especificación técnica Unidad de casco de seguridad contra golpes en la cabeza, con arnés de adaptación de apoyo sobre el cráneo con cintas textiles de amortiguación y contra el sudor de la frente frontal; ajustable a la nuca, de tal forma que se impide la caída accidental del casco. Con marca CE., según normas E.P.I. Cumplimiento de normas UNE: Los cascos de seguridad cumplirán las siguientes normas UNE: UNE.EN 397/95 + ERRATUM/96 UNE.EN 966/95 + ERRATUM/96 Obligación de su utilización Durante toda la realización de la obra y en todos los lugares, con excepción del: interior de talleres, instalaciones provisionales para los trabajadores; oficinas y en el interior de cabinas de maquinaria y siempre que no existan riesgos para la cabeza. Ámbito de obligación de su utilización Desde el momento de entrar en la obra, durante toda la estancia en ella, dentro de los lugares con riesgos para la cabeza. Los que están obligados a la utilización de la protección del casco de seguridad: Todo el personal en general contratado por el contratista, por los subcontratistas y los autónomos si los hubiese. Se exceptúa, por carecer de riesgo evidente y sólo "en obra en fase de terminación", a los pintores y personal que remate la urbanización y jardinería. Todo el personal de oficinas sin exclusión, cuando accedan a los lugares de trabajo. Jefatura de Obra y cadena de mando de todas las empresas participantes. Coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, Dirección Facultativa, representantes y visitantes invitados por la Propiedad. Cualquier visita de inspección de un organismo oficial o de representantes de casas comerciales para la venta de artículos. CHALECO REFLECTANTE. Especificación técnica Unidad de chaleco reflectante para ser visto en lugares con escasa iluminación, formado por: peto y espalda. Fabricado en tejidos sintéticos tanspirables, reflectantes o captadiópticos con colores: blanco, amarillo o anaranjado. Ajustable a la cintura mediante unas cintas "Velkro".

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Cumplimiento de normas UNE: Los chalecos refectantes cumplirán las siguientes normas UNE: UNE.EN 471/95 + ERRATUM/96 UNE.EN 966/95 + ERRATUM/96 Obligación de su utilización Se prevé exclusivamente para la realización de trabajos en lugares con escasa iluminación. Ámbito de obligación de su utilización En toda la obra cuando sea necesario realizar un trabajo con escasa iluminación, en el que por falta de visión clara, existan riesgos de atropello por máquinas o vehículos. Los que están obligados a la utilización del chaleco reflectante: Señalistas, ayudantes y peones que deban realizar un trabajo en lugares que sea recomendable su señalización personal para evitar accidentes. CINTURÓN DE SEGURIDAD DE SUJECIÓN. Especificación técnica Unidad de cinturón de seguridad de sujeción para trabajos estáticos, que no requieren desplazamientos. Formado por faja dotada de hebilla de cierre, argolla en "D" de cuelgue en acero estampado. Cuerda fijadora de un m., de longitud y mosquetón de anclaje en acero. Con marca CE., según normas E.P.I. Cumplimiento de normas UNE: Los cinturones de seguridad de sujección, cumplirán las siguientes normas UNE: UNE.EN 358/93 UNE.EN 361/93 Obligación de su utilización En la realización de todo tipo de trabajos estáticos con riesgo de caída desde altura, contenidos en el análisis de riesgos de la memoria. Ámbito de obligación de su utilización En cualquier punto de la obra en la que deba realizarse un trabajo estático con riesgo de caída de altura. Los que están obligados a la utilización del cinturón de seguridad, clase "A", tipo "1": Oficiales, ayudantes y peonaje de ayuda que realicen trabajos estáticos en puntos con riesgo de caída desde altura, (ajustes, remates y similares). FAJA DE PROTECCIÓN CONTRA LAS VIBRACIONES. Especificación técnica Unidad de faja elástica contra las vibraciones para la protección de la cintura y de las vértebras lumbares. Fabricada en diversas tallas, para protección contra movimientos vibratorios u oscilatorios. Confeccionada con material elástico sintético y ligero; ajustable mediante cierres "Velkro". Con marca CE., según normas E.P.I. Obligación de su utilización En la realización de trabajos con o sobre máquinas que transmitan al cuerpo vibraciones, según el contenido del análisis de riesgos de la memoria.

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Ámbito de obligación de su utilización Toda la obra. Los que están obligados a la utilización de faja de protección contra las vibraciones: Peones especialistas que manejen martillos neumáticos. Conductores de las máquinas para el movimiento de tierras o de escombros. Conductores de los motovolquetes autopropulsados, (dúmperes). GAFAS DE SEGURIDAD CONTRA EL POLVO Y LOS IMPACTOS. Especificación técnica Unidad de gafas de seguridad contra el polvo y los impactos en los ojos. Fabricadas con montura de vinilo, pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior contra choques y cámara de aire entre las dos pantallas para evitar condensaciones. Modelo panorámico, ajustable a la cabeza mediante bandas elásticas textiles contra las alergias. Con marca CE., según normas E.P.I. Cumplimiento de normas UNE: Los ensayos de las gafas de seguridad contra el polvo y los impactos, cumplirán las siguientes normas UNE: UNE.EN 167/96 UNE.EN 168/96 Obligación de su utilización En la realización de todos los trabajos con riesgos de proyección o arranque de partículas, reseñados dentro del análisis de riesgos de la memoria. Ámbito de obligación de su utilización En cualquier punto de la obra en el que se trabaje produciendo o arrancando partículas. Los que están obligados al uso de gafas de seguridad contra el polvo y los impactos: Peones y peones especialistas, que manejen sierras circulares en vía seca, rozadoras, taladros, pistola fija clavos, lijadoras y pistolas hinca clavos. En general, todo trabajador que a juicio del encargado de seguridad o del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, esté sujeto al riesgo de recibir partículas proyectadas en los ojos. GUANTES DE CUERO FLOR Y LONETA. Especificación técnica Unidad de par de guantes fabricados en cuero flor en la parte anterior de palma y dedos de la mano, dorso de loneta de algodón, comercializados en varias tallas. Ajustables a la muñeca de las manos mediante bandas extensibles ocultas. Con marca CE., según normas E.P.I. Cumplimiento de normas UNE: Los guantes fabricados en cuero flor y loneta, cumplirán la siguiente norma UNE: UNE.EN 388/95 Obligación de su utilización En todos los trabajos de manejo de herramientas manuales: picos, palas. En todos los trabajos de manejo y manipulación de puntales y bovedillas. Manejo de sogas o cuerdas de control seguro de cargas en suspensión a gancho.

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En todos los trabajos similares por analogía a los citados. Ámbito de obligación de su utilización En todo el recinto de la obra. Los que están obligados a la utilización de los guantes de cuero flor y loneta: Peones en general. Peones especialistas de montaje de encofrados. Oficiales encofradores. Ferrallistas. Personal similar por analogía de riesgos en las manos a los mencionados. TRAJE IMPERMEABLE DE PVC., A BASE DE CHAQUETILLA Y PANTALÓN. Especificación técnica Unidad de traje impermeable par trabajar. Fabricado en los colores: blanco, amarillo, naranja, en PVC., termosoldado; formado por chaqueta y pantalón. La chaqueta está dotada de dos bolsillos laterales delanteros y de cierre por abotonadura simple. El pantalón se sujeta y ajusta a la cintura mediante cinta de algodón embutida en el mismo. Con marca CE., según normas E.P.I. Obligación de su utilización En aquellos trabajos sujetos a salpicaduras o realizados en lugares con goteos o bajo tiempo lluvioso leve. Ámbito de obligación de su utilización En toda la obra. Los que están obligados a la utilización de traje impermeable de PVC., a base de chaquetilla y pantalón: Todos los trabajadores de la obra, independientemente de que pertenezcan a la plantilla de la empresa contratista, subcontratistas o autónomos. ZAPATOS DE SEGURIDAD FABRICADOS EN CUERO, CON PUNTERA REFORZADA Y PLANTILLA CONTRA LOS OBJETOS PUNZANTES. Especificación técnica Unidad de par de zapatos de seguridad contra riesgos en los pies. Fabricados en cuero. Comercializados en varias tallas; con el talón acolchado y dotados con plantilla antiobjetos punzantes y puntera metálica ambas aisladas; con suela dentada contra los deslizamientos, resistente a la abrasión. Con marca CE., según normas E.P.I. Obligación de su utilización Todos los mandos de la obra. Ámbito de obligación de su utilización En toda la obra. Los que están obligados la utilización de zapatos de seguridad fabricado en cuero, con puntera reforzada y plantilla contra los objetos punzantes: Durante la visita a los tajos: El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. Dirección Facultativa. Miembros de propiedad, ajenos a los miembros de la Dirección Facultativa.

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Mandos de las empresas participantes. Jefe de Obra. Ayudantes del Jefe de Obra. Encargados. Capataces. Auxiliares técnicos de la obra. Visitas de inspección. MASCARA RESPIRATORIA AUTÓNOMA DE AIRE COMPRIMIDO. Especificación técnica Unidad de máscara de respiración autónoma de aire regenerable, con una duración de utilización limitada. Formada por: máscara de respiración facial, filtro químico para retención de dióxido de carbono y botella de aire a presión, con manguera de conexión, regulador de salida y arnés de sujeción a la espalda. Con marca "CE"., según normas E.P.I. Obligación de su utilización En trabajos de asistencia y salvamento, de túneles e incendios. Ámbito de obligación de su utilización En caso de siniestro, en toda la zona afectada de la obra. Los que están obligados a la utilización de la máscara respiratoria autónoma: Personal de asistencia y salvamento. MÁSCARA DE RESPIRACIÓN AUTÓNOMA. Especificación técnica Unidad de máscara de respiración autónoma de oxígeno regenerable, sin producción de oxígeno. Formada por: máscara de respiración facial, filtro químico para retención de dióxido de carbono y botella de oxígeno a presión, con manguera de conexión, regulador de salida y arnés de sujeción a la espalda. Con marca "CE"., según normas E.P.I. Obligación de su utilización En trabajos de asistencia y salvamento, de túneles e incendios y cuando se observen cualquier tipo de saneamiento ya ejecutado. Ámbito de obligación de su utilización En caso de siniestro, en toda la zona afectada de la obra. Los que están obligados a la utilización de la máscara de respiración autónoma: Personal de asistencia y salvamento y personal encargado de la observación análisis y trabajos en saneamiento existente y que esté o haya estado en uso. FILTRO NEUTRO DE PROTECCIÓN CONTRA LOS IMPACTOS PARA LAS GAFAS DE SOLDADOR. Especificación técnica Unidad de filtro óptico de seguridad contra impactos para instalar en las gafas de soldador, contra los fragmentos proyectados durante los trabajos de esmerilado o picado de cordones de soldaduras. Con marca CE, según normas EPI. Obligación de su utilización En todas las situaciones provocadas por rotura u opacidad de los oculares filtrantes contra los impactos de las gafas de

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soldador. Del cambio de filtro se dará cuenta documental al coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, independientemente de que la filiación profesional del trabajador sea de empresa contratista, subcontratista o autónomo. Ámbito de obligación de su utilización En cualquier trabajo de soldadura eléctrica, oxiacetilénica y oxicorte, que deba realizarse en el ámbito de la obra, independientemente del sistema de contratación utilizado. Los que están obligados a la utilización de filtro neutro de protección contra los impactos, para las gafas de soldador: Discrecionalmente los oficiales y ayudantes de soldadura, que utilicen la pantalla de protección contra las radiaciones del arco voltaico o del oxicorte, independientemente de su diseño operativo. Los peones ordinarios de ayuda a las tareas de soldaduras eléctrica, oxiacetilénica y oxicorte que utilicen pantallas de protección como las descritas.

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ANEXO 2. NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN GENERAL DE RIESGOS.

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NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN GENERAL DE RIESGOS. El contratista adjudicatario de la obra queda obligado a introducir en el plan de seguridad y salud sus Normas de Prevención de Empresa. Si no cumple con este requisito, el plan de seguridad y salud no podrá ser aprobado.

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DOCUMENTO Nº3. PRESUPUESTO.

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INDICE MEDICIONES. .....................................................................................................................................................................3 CUADRO DE PRECIOS Nº1. ..............................................................................................................................................6 CUADRO DE PRECIOS Nº2. ..............................................................................................................................................9 PRESUPUESTO Y MEDICIONES. ....................................................................................................................................12 RESUMEN DE PRESUPUESTO. ......................................................................................................................................16

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MEDICIONES.

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MEDICIONES E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD CAPÍTULO 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES SUBCAPÍTULO 01.1 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 01.11 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. 2 2,00 2,00 01.12 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 01.13 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela reflectan- te, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 01.14 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 SUBCAPÍTULO 01.2 PROTECCIONES VISUALES 01.21 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cáma- ra de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homologadas. 2 2,00 2,00 SUBCAPÍTULO 01.3 PROTECCIONES AUDITIVAS 01.31 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. 2 2,00 2,00 SUBCAPÍTULO 01.4 GUANTES DE PROTECCIÓN 01.41 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, albañi- lería, pocería, hormigonado, etc. 2 2,00 2,00

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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MEDICIONES E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD

01.42 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, ho- mologados. 2 2,00 2,00 SUBCAPÍTULO 01.5 CALZADO DE PROTECCIÓN 01.51 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. 2 2,00 2,00 CAPÍTULO 02 PROTECCIONES COLECTIVAS SUBCAPÍTULO 02.1 CERRAMIENTOS 02.11 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares galvani- zados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tirantes, ga- rras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en función del nú- mero óptimo de utilizaciones. Acotar zona de obras 1 28,00 2,00 56,00 56,00 CAPÍTULO 03 HIGIENE Y BIENESTAR SUBCAPÍTULO 03.1 VARIOS 03.11 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su consti- tución según la normativa vigente) 1 1,00 1,00

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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CUADRO DE PRECIOS Nº1.

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO CAPÍTULO 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES SUBCAPÍTULO 01.1 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 01.11 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO 5,53 Casco de seguridad homologado.

CINCO EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS

01.12 ud MONO DE TRABAJO 23,46 Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

VEINTITRES EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS

01.13 ud CHALECO REFLECTANTE 15,33 Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela re- flectante, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

QUINCE EUROS con TREINTA Y TRES CÉNTIMOS

01.14 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS 15,21 Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92.

QUINCE EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS

SUBCAPÍTULO 01.2 PROTECCIONES VISUALES 01.21 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. 13,56 Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cámara de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homolo- gadas.

TRECE EUROS con CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS

SUBCAPÍTULO 01.3 PROTECCIONES AUDITIVAS 01.31 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO 16,53 Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado.

DIECISEIS EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS

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Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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CUADRO DE PRECIOS Nº1. E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBCAPÍTULO 01.4 GUANTES DE PROTECCIÓN 01.41 ud PAR GUANTES GOMA FINA 2,05 Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, al- bañilería, pocería, hormigonado, etc. DOS EUROS con CINCO CÉNTIMOS 01.42 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 3,27 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, homologados.

TRES EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS

SUBCAPÍTULO 01.5 CALZADO DE PROTECCIÓN 01.51 ud PAR DE BOTAS CAUCHO 48,23 Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas.

CUARENTA Y OCHO EUROS con VEINTITRES CÉNTIMOS

CAPÍTULO 02 PROTECCIONES COLECTIVAS SUBCAPÍTULO 02.1 CERRAMIENTOS 02.11 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA 8,50 Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares gal- vanizados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tiran- tes, garras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en fun- ción del número óptimo de utilizaciones.

OCHO EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS

CAPÍTULO 03 HIGIENE Y BIENESTAR SUBCAPÍTULO 03.1 VARIOS 03.11 ud REUNION MENSUAL COMITE 141,64 Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente)

CIENTO CUARENTA Y UN EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria

Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

NÚM. REGISTRO ENTIDAD: 01300392 C.I.F.: P-3003900-B

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CUADRO DE PRECIOS Nº2.

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO CAPÍTULO 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES SUBCAPÍTULO 01.1 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 01.11 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. Resto de obra y materiales ............. 5,53

TOTAL PARTIDA ........................... 5,53 01.12 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 23,46 TOTAL PARTIDA ........................... 23,46 01.13 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela re- flectante, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 15,33

TOTAL PARTIDA ........................... 15,33 01.14 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. Resto de obra y materiales ............. 15,21 TOTAL PARTIDA ........................... 15,21 SUBCAPÍTULO 01.2 PROTECCIONES VISUALES 01.21 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cámara de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homolo- gadas. Resto de obra y materiales ............. 13,56 TOTAL PARTIDA ........................... 13,56 SUBCAPÍTULO 01.3 PROTECCIONES AUDITIVAS 01.31 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. Resto de obra y materiales ............. 16,53

TOTAL PARTIDA ........................... 16,53

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCT TE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y URAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENCAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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CUADRO DE PRECIOS Nº2. E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO UD DESCRIPCIÓN PRECIO SUBCAPÍTULO 01.4 GUANTES DE PROTECCIÓN 01.41 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, al- bañilería, pocería, hormigonado, etc. Resto de obra y materiales ............. 2,05 TOTAL PARTIDA ........................... 2,05 01.42 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, homologados. Resto de obra y materiales ............. 3,27 TOTAL PARTIDA ........................... 3,27 SUBCAPÍTULO 01.5 CALZADO DE PROTECCIÓN 01.51 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. Resto de obra y materiales ............. 48,23 TOTAL PARTIDA ........................... 48,23 CAPÍTULO 02 PROTECCIONES COLECTIVAS SUBCAPÍTULO 02.1 CERRAMIENTOS 02.11 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares gal- vanizados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tiran- tes, garras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en fun- ción del número óptimo de utilizaciones. Resto de obra y materiales ............. 8,50 TOTAL PARTIDA ........................... 8,50 CAPÍTULO 03 HIGIENE Y BIENESTAR SUBCAPÍTULO 03.1 VARIOS 03.11 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) Resto de obra y materiales ............. 141,64 TOTAL PARTIDA ........................... 141,64

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES.

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE CAPÍTULO 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES SUBCAPÍTULO 01.1 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL 01.11 ud CASCO SEGURIDAD HOMOLOGADO Casco de seguridad homologado. 2 2,00 2,00 5,53 11,06 01.12 ud MONO DE TRABAJO Mono de trabajo. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 23,46 46,92 01.13 ud CHALECO REFLECTANTE Chaleco reflectante para obras (trabajos nocturnos) compuesto de cinturón y tirantes de tela reflectan- te, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 15,33 30,66 01.14 ud SEMI MÁSCAR. ANTIPOLVO 2 FILTROS Semi-mascarilla antipolvo doble filtro, (amortizable en 3 usos). Certificado CE. s/R.D. 773/97 y R.D. 1407/92. 2 2,00 2,00 15,21 30,42 TOTAL SUBCAPÍTULO 01.1 EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL ................................................................................ 119,06 SUBCAPÍTULO 01.2 PROTECCIONES VISUALES 01.21 ud GAFAS VINILO VISOR POLICARB. Gafas de montura de vinilo con pantalla exterior de policarbonato, pantalla interior antichoque y cáma- ra de aire entre las dos pantallas, para trabajos con riesgo de impactos en los ojos, homologadas. 2 2,00 2,00 13,56 27,12 TOTAL SUBCAPÍTULO 01.2 PROTECCIONES VISUALES.................................................................................. 27,12 SUBCAPÍTULO 01.3 PROTECCIONES AUDITIVAS 01.31 ud OREJERAS ADAPTABLES CASCO Amortiguador de ruido fabricado con casquetes ajustables de almohadillas recambiables para su uso optativo, adaptable al casco de seguridad o sin adaptarlo, homologado. 2 2,00 2,00 16,53 33,06 TOTAL SUBCAPÍTULO 01.3 PROTECCIONES AUDITIVAS ................................................................................ 33,06

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Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE SUBCAPÍTULO 01.4 GUANTES DE PROTECCIÓN 01.41 ud PAR GUANTES GOMA FINA Par de guantes de protección de goma fina reforzados para trabajos con materiales húmedos, albañi- lería, pocería, hormigonado, etc. 2 2,00 2,00 2,05 4,10 01.42 ud PAR GUANTES SERRAJE MANGA 12 Par de guantes de protección en trabajos de soldadura fabricado en serraje con manga de 12 cm, ho- mologados. 2 2,00 2,00 3,27 6,54 TOTAL SUBCAPÍTULO 01.4 GUANTES DE PROTECCIÓN................................................................................. 10,64 SUBCAPÍTULO 01.5 CALZADO DE PROTECCIÓN 01.51 ud PAR DE BOTAS CAUCHO Par de botas de protección para trabajos en agua, barro, hormigón y pisos con riesgo de desliza- miento fabricadas en caucho con piso antideslizante, puntera y plantilla de acero, homologadas. 2 2,00 2,00 48,23 96,46 TOTAL SUBCAPÍTULO 01.5 CALZADO DE PROTECCIÓN................................................................................. 96,46 TOTAL CAPÍTULO 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES......................................................... 286,34 CAPÍTULO 02 PROTECCIONES COLECTIVAS SUBCAPÍTULO 02.1 CERRAMIENTOS 02.11 m2 CERRAM.PROV.MALLA GALVANIZADA Cerramiento provisional de obra realizado con postes cada tres metros de perfiles tubulares galvani- zados de 50 mm de diámetro y malla de acero galvanizado de simple torsión, incluso tirantes, ga- rras, puerta y p.p. de cimentación, ayudas de albañilería y desmontaje, valorado en función del nú- mero óptimo de utilizaciones. Acotar zona de obras 1 28,00 2,00 56,00 56,00 8,50 476,00 TOTAL SUBCAPÍTULO 02.1 CERRAMIENTOS ............. 476,00 TOTAL CAPÍTULO 02 PROTECCIONES COLECTIVAS ........................................................... 476,00

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE CAPÍTULO 03 HIGIENE Y BIENESTAR SUBCAPÍTULO 03.1 VARIOS 03.11 ud REUNION MENSUAL COMITE Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su consti- tución según la normativa vigente) 1 1,00 1,00 141,64 141,64 TOTAL SUBCAPÍTULO 03.1 VARIOS............................. 141,64 TOTAL CAPÍTULO 03 HIGIENE Y BIENESTAR........................................................................ 141,64 TOTAL........................................................................................................................................... 903,98

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Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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RESUMEN DE PRESUPUESTO.

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CONCEJALÍA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA CIUDAD Y CAMINOS.

Antiguo Edificio de las Contribuciones- Plaza de la Constitución, s/n-Telf.: 968 41 81 51 - 30850 TOTANA (Murcia) Web: www.totana.es

Plaza de la Constitución, 1. 30850 TOTANA (Murcia)

Telf.: 968 41 81 51 Web: www.totana.es

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LEAL Y NOBLE CIUDAD DE TOTANA

RESUMEN DE PRESUPUESTO E.S.S. CONSTRUCCIÓN DE 12 FOSAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. TOTANA.

CAPITULO RESUMEN EUROS 01 PROTECCIONES INDIVIDUALES.................................................................................. 286,34 02 PROTECCIONES COLECTIVAS.................................................................................... 476,00 03 HIGIENE Y BIENESTAR................................................................................................. 141,64 TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 903,98 14,00 % Gastos generales........... 126,56 6,00 % Beneficio industrial......... 54,24 SUMA DE G.G. y B.I. 180,80 21,00 % I.V.A....................................................... 227,80 TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 1.312,58 Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de MIL TRESCIENTOS DOCE EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS

Totana, Diciembre de 2.013.

Fdo: Juan Antonio García Victoria Ingeniero Técnico de Obras Públicas