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Fraccionamiento “LA CASITA” Fraccionamiento “LA CASITA” Fraccionamiento “LA CASITA” Fraccionamiento “LA CASITA” 1 CÓDIGO: CDU-02-R03 REVISIÓN: 01 FECHA DE REVISIÓN: 7 DE ABRIL DEL 2005 RESPONSABLE: JEFES DE DEPARAMENTOS DE FRACCIONAMIENTOS Y CONDOMINIOS TIEMPO DE RETENCIÓN: 6 AÑOS PROYECTO DE DICTAMEN Fraccionamiento Fraccionamiento Fraccionamiento Fraccionamiento - LA CASITA LA CASITA LA CASITA LA CASITA - Propietarios: Propietarios: Propietarios: Propietarios: Ing. Javier Macías Peña Arellano y Sra. María Elena Macías Arellano. Representante Lega Representante Lega Representante Lega Representante Lega l: l: l: l: Ing. Javier Macías Peña Arellano Ubicación: Ubicación: Ubicación: Ubicación: Al sur de la ciudad de Aguascalientes.

PROYECTO DE DICTAMEN LA CASITA - Aguascalientes€¦ · observaciones correspondientes al proyecto, mismas que atendieron los propietarios del presente proyecto. 5.- La Comisión

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Page 1: PROYECTO DE DICTAMEN LA CASITA - Aguascalientes€¦ · observaciones correspondientes al proyecto, mismas que atendieron los propietarios del presente proyecto. 5.- La Comisión

Fraccionamiento “LA CASITA”Fraccionamiento “LA CASITA”Fraccionamiento “LA CASITA”Fraccionamiento “LA CASITA” 1

CÓDIGO: CDU-02-R03 REVISIÓN: 01 FECHA DE REVISIÓN: 7 DE ABRIL DEL 2005 RESPONSABLE: JEFES DE DEPARAMENTOS DE FRACCIONAMIENTOS Y CONDOMINIOS TIEMPO DE RETENCIÓN: 6 AÑOS

PROYECTO DE DICTAMEN

Fraccionamiento Fraccionamiento Fraccionamiento Fraccionamiento

---- LA CASITA LA CASITA LA CASITA LA CASITA ----

Propietarios: Propietarios: Propietarios: Propietarios: Ing. Javier Macías Peña Arellano y

Sra. María Elena Macías Arellano.

Representante LegaRepresentante LegaRepresentante LegaRepresentante Legal: l: l: l: Ing. Javier Macías Peña

Arellano Ubicación:Ubicación:Ubicación:Ubicación: Al sur de la ciudad de Aguascalientes.

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TRAZA URBANA TRAZA URBANA TRAZA URBANA TRAZA URBANA

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PROYECTO DE DICTAMEN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO

“LA CASITA”

I. DATOS GENERALES DEL DESARROLLO.

1.- TIPO: Habitacional Urbano de Tipo Popular.

2.- PROPIETARIOS:

Ing. Javier Macías Peña Arellano y Sra. María Elena Macías Arellano.

3.- REPRESENTANTE LEGAL: Ing. Javier Macías Peña Arellano.

4.- UBICACIÓN: Al sur de la ciudad de Aguascalientes.

5.- PERITO RESPONSABLE:

Arq. Hugo Héctor Morales Rodríguez, Perito Responsable de Obra n° 179, ante la SEDUM.

II. DATOS Y ESPECIFICACIONES DE NORMAS TÉCNICAS

1. DE DISEÑO

1.1 SUPERFICIES

DESCRIPCIÓN M2 %

1.1.1.- VENDIBLE 62,656.93 m2 56.69

AREA DE DONACIÓN Y VIAS PÚBLICAS

1.1.2.- VIALIDAD 36,763.90 m2 33.24

1.1.3.- DONACIÓN 11,092.99 m2 10.03

1.1.4.- RESTRICCIÓN 0.00 m2 0.00

TOTAL 110,513.82 m2 100.00

1.2 MANZANAS Y LOTIFICACION NUMERO DE MANZANAS: 17 No. DE LOTES: 550

LOTE TIPO

VARIABLES CON FRENTES DE 6 Y 7 m, PROMEDIO 105m²

1.3 DENSIDAD DE POBLACIÓN.

450 HAB/HAS

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2. DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE.

2.1. FUENTE DE ABASTECIMIENTO: Perforación y equipamiento de pozo profundo en el punto que designe la C.C.A.P.A.M.A.

2.2. TANQUE DE REGULARIZACIÓN:

Por medio de tanque elevado con una capacidad de 90 m³.

2.3. RED DE DISTRIBUCIÓN:

Tubería de P.V.C. hidráulico, RD-26, de 3”, 4” y 6” (7.5, 10, y 15 cm.), de diámetro, tomas domiciliarias con tubo de polietileno de alta densidad de 20 mm de diámetro exterior, con conectores de nylon.

2.4.- VOLUMEN ANUAL REQUERIDO:

Para área habitacional se requiere de un volumen anual de 190,530.00 m3 y para el área comercial se requiere un volumen 11,524.90 m³ para un total de 202,054.90 m³ anuales.

3. DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

3.1. SALIDAS DE ALBAÑAL:

Las descargas domiciliarias serán instaladas con tubería de P.V.C., serie 20 sanitario de 15 cm., de diámetro, utilizándose un juego de codo de 45º y silleta de P.V.C. de 15 cm., de diámetro que se conectará a la tubería de la red.

3.2. RED DE ALCANTARILLADO:

Tubería de P.V.C., serie 20 sanitario de 20 cm. (8”) de diámetro.

3.3. COLECTOR: No se requiere.

3.4. POZOS DE VISITA:

Tipo común y caída libre ó adosada en cruceros y cambios de dirección, debiendo instalar en la unión Pozo–Tubo, dos anillos de hule para garantizar la hermeticidad, con brocal ahogado en un diamante de concreto armado con f’c = 250 Kg/cm2 de 1.50 M. de lado y 15 cm. de espesor y tapa de fierro fundido con rejilla tipo pesado, repellados en su exterior con mortero cemento–arena proporción 1:3.

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3.5. DESCARGA:

Será al colector marginal derecho del arroyo San Francisco.

4. DE VIALIDAD Y URBANIZACIÓN

4.1 CALLES

TIPO LONGITUD

LOCALES 2,633.00 ml

COLECTORAS 262.60 ml

TOTAL 2,895.60 ml

4.2. URBANIZACIÓN

4.2.1. GUARNICIONES:

De concreto hidráulico f’c = 200 Kg/cm2 de tipo trapezoidal de sección de 15x20x40 cm.

4.2.2. BANQUETAS:

De concreto hidráulico f’c = 150 Kg/cm2 de 8 cm. de espesor asentada en una base de material inerte de 15 cm de espesor.

4.2.3. PAVIMENTOS:

De concreto hidráulico f’c = 250 Kg/cm2 15 cm., de espesor y junta de dilatación con celotex ó similar y calafateadas con asfalto y arena.

4.2.4. PLACAS DE NOMENCLATURA: Metálicas sobre postes metálicos en cruceros de calles, con una altura y especificaciones que el H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., le indique.

5. ELECTRIFICACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO

5.1. TRANSFORMADORES: De acuerdo a proyecto autorizado por la Comisión Federal de Electricidad. (Ver observación No. 8)

5.2. RED DE DISTRIBUCIÓN:

De acuerdo a proyecto autorizado por la Comisión Federal de Electricidad. (Ver observación No. 8)

5.3. ALUMBRADO PÚBLICO:

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De acuerdo a proyecto autorizado por la Comisión Federal de Electricidad. (Ver observación No. 8)

6. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN

La ejecución de las obras de urbanización se realizará en cuatro etapas, conforme al plano que se presenta.

III. DOCUMENTOS LEGALES

El expediente cuenta con los siguientes documentos:

1. Solicitud del Fraccionamiento. 2. Escritura de Propiedad, inscrita en el Registro Público de la

Propiedad y del Comercio. 3. Convenio entre los propietarios para la realización del

desarrollo. 4. Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística. 5. Levantamiento Topográfico Catastral. 6. Certificado de Libertad de Gravamen.

IV. OPINIONES TÉCNICAS

1.- De acuerdo al criterio de diseño planteado, se considera que este desarrollo consolidará la zona como habitacional de tipo popular de la zona sur de la ciudad de Aguascalientes.

2.- Se cuenta con la opinión favorable del Ayuntamiento de

Aguascalientes, Ags., emitida por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano contenida en oficio número DFPM.- 0995/06, de fecha 1° de marzo del año 2006.

3.- Se cuenta con la factibilidad de los servicios de Agua

Potable y Alcantarillado, expedida por la C.C.A.P.A.M.A. del Municipio de Aguascalientes, Ags., mediante oficio No. FS-123-4370/05 de fecha 14 de diciembre de 2005.

4.- La Subcomisión de Vialidad y Transporte en su sesión

de fecha 8 de septiembre del 2005, realizó las observaciones correspondientes al proyecto, mismas que atendieron los propietarios del presente proyecto.

5.- La Comisión Federal de Electricidad mediante oficio

SZA-049/05 de fecha 15 de abril de 2005, le informa que se tiene la disponibilidad del servicio, quedando sujeto al estudio proyecto propuesto de las obras que deba

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ejecutar para suministrar energía eléctrica al fraccionamiento.

V. OBLIGACIONES FISCALES

1.- OBLIGACIONES FISCALES MUNICIPALES: Conforme a la opinión emitida por el Ayuntamiento de Aguascalientes, el fraccionador deberá pagar la cantidad de $ 110,513.13 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS TRECE PESOS CON 13/100 M.N.), cantidad que deberá cubrirse en un plazo no mayor a 15 días hábiles, contado a partir de la autorización de este desarrollo.

2.- OBLIGACIONES FISCALES ESTATALES:

Conforme al Artículo 10, fracción 1 incisos a y b de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el ejercicio fiscal del año 2006, se determina lo siguiente:

a) Por la autorización para fraccionar el predio deberá de pagar el 1.5% del presupuesto total de las obras de urbanización; conforme a lo siguiente:

SUPERFICIE A URBANIZAR 36,763.90 m2 X $500.00 (VALOR POR m2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.015 = $ 275,729.25 (DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON 25/100 M. N.)

b) Por la supervisión de las obras de urbanización,

deberá pagar el 5.0 % del presupuesto de las obras de urbanización; conforme a lo siguiente:

SUPERFICIE A URBANIZAR 36,763.90 m2 X $500.00 (VALOR POR M2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.05 = $ 919,097.50 (NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVENTA Y SIETE PESOS CON 50/100 M. N.).

3.- GARANTÍAS DE URBANIZACIÓN:

De acuerdo al Artículo 452 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, deberá constituir Garantía de Obras de Urbanización a favor del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., conforme a lo siguiente:

SUPERFICIE A URBANIZAR 36,763.90 m2 X $500.00 (VALOR POR m2 DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN) X 0.25 = $4,595,487.50 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA

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Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS 50/100 M. N.).

VI. OBSERVACIONES

1.- El predio propiedad de los CC. ING. JAVIER MACÍAS PEÑA ARELLANO Y SRA. MARÍA ELENA MACÍAS ARELLANO, ubicado al sur de la ciudad de Aguascalientes, es compatible con el Uso de Habitacional Urbano de Tipo Popular, el proyecto se comprende de 493 lotes para uso Habitacional, 54 para Comercial, y 03 de Donación para el Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags. 2.- Respecto a las áreas de donación y conforme a lo dispuesto en el artículo 313 fracción III del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, corresponde el 15 % de la superficie vendible. El promotor propone 3 lotes que representan una superficie de 11,092.99 M2, situación que fue aceptada por el Ayuntamiento de Aguascalientes, al emitir su opinión con relación al asunto que nos ocupa. 3.- La C.C.A.P.A.M.A., del Municipio de Aguascalientes, Ags., mediante oficio No. FS-123-4370/05 de fecha 14 de diciembre de 2005, otorgó la prefactibilidad de los servicios de agua potable y alcantarillado al cumplimiento de las obras descritas en oficio y al pago por los derechos de extracción y de conexión. De acuerdo a lo manifestado por la CCAPAMA., el propietario del fraccionamiento o constructor no podrá entregar viviendas o locales comerciales, hasta en tanto no estén terminados los trabajos de perforación y equipamiento del pozo. 4.- Referente al abasto de Agua Potable, el promotor deberá garantizar la demanda de 202,054.90 m³ anuales de los cuales 190,530.00 m³ serán destinados para uso habitacional y 11,524.90 m³ para uso comercial. 5.- Respecto al Estudio de Mecánica de Suelos (JUNIO 2005), se manifiesta que el predio es sensiblemente plano presentando una estratigrafía con buenas condiciones mecánicas para uso como desplante de cimentación, sin embargo deberá de apegarse a las recomendaciones establecidas en dicho documento. 6.- El Estudio Geofísico de Resistividad, determinó que actualmente (JUNIO del 2005), las condiciones presentadas en el contexto no presenta avances o continuación de fallas o grietas. Así mismo las inspecciones geológicas del terreno, indican que se encuentra libre de afectaciones por fallas o grietas que puedan ser consideradas de riesgo para las futuras edificaciones proyectadas en el sitio. 7.- En expediente se cuenta con solicitud para la evaluación del dictamen de Impacto Ambiental ante el Instituto del Medio

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Ambiente de fecha del 2 de febrero de 2006, por tanto el desarrollo quedará condicionado a lo que exprese el citado Instituto. 8.- El proyecto eléctrico deberá contar con la autorización previa de la Comisión Federal de Electricidad, cumpliendo con todas y cada una de las especificaciones que ella le señale. Así mismo, el alumbrado público debe cumplir con los requisitos que el Municipio de Aguascalientes le indique. 9.- Las vialidades locales son de 12.00 metros y una colectora de 15 metros de sección; el promotor deberá urbanizar en su totalidad las calles del desarrollo, debiendo considerar en las banquetas rampas para discapacitados. Así mismo, tomando en cuenta la opinión del Ayuntamiento, el fraccionador quedará obligado a garantizar la liga de su proyecto con la Avenida PASEO DE LA ASUNCIÓN, mediante un Convenio con los propietarios de los predios donde se deberá trazar esa calle, quedando obligado el fraccionador a urbanizar la citada calle en la parte correspondiente a su desarrollo. 10.- El fraccionador queda obligado a equipar de acuerdo a los requerimientos que le indique el Ayuntamiento de Ags., Municipio las áreas verdes del fraccionamiento. 11.- El Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., decidirá la nomenclatura definitiva de las calles del fraccionamiento. 12.- El fraccionador deberá amojonar los predios conforme al plano de lotificación autorizado. 13.- El fraccionador se obliga hasta la municipalización del fraccionamiento, a prestar los servicios de limpia, cuidar y conservar las áreas verdes y equipamiento, así como los de vigilancia y suministrar con normalidad y eficiencia los de agua potable, alumbrado público y alcantarillado del mismo. 14.- El fraccionador deberá escriturar a favor del Ayuntamiento de Aguascalientes las áreas de donación y equipamiento en su caso. 15.- El fraccionador, conforme a lo dispuesto en el artículo 433 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, solo podrá ceder sus derechos y obligaciones respecto al Fraccionamiento previa autorización de la SEPLADE y el cumplimiento de los requisitos legales conducentes. En caso de que se autorice la cesión de referencia, la persona física o moral cedente se subrogará en todos los derechos y obligaciones que establece la Ley de la materia y la resolución respectiva de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano.

VII. PROYECTO DE RESOLUCIÓN

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La Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, en su sesión del día 9 de Marzo de 2006, considerando que el expediente de la solicitud se integró de conformidad con lo dispuesto en el artículo 416 del Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, y toda vez que se cuenta con el dictamen favorable del Municipio de Aguascalientes, Ags., tiene a bien APROBAR el proyecto del Fraccionamiento denominado “LA CASITA” como HABITACIONAL URBANO DE TIPO POPULAR propiedad de los ciudadanos Ing. Javier Macías Peña Arellano y Sra. María Elena Macías Arellano, sujeto a: entregar escritura pública de propiedad debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Estado, correspondiente a 625.13 metros cuadrados que no ampara la escritura exhibida para esta solicitud que se resuelve, así como fusionar las correspondientes escrituras de propiedad, ya que en caso contrario no se autorizará la promoción y venta de lotes; garantizar el abastecimiento del volumen anual de Agua Potable por un total de 202,054.90 m³/anuales requerido por la población de proyecto, y atender la factibilidad definitiva para su desarrollo, mediante documento No. FS-123-4370/05 del 14 de diciembre del año 2005 (es decir, la perforación y equipamiento de un pozo para extraer agua potable); apegarse a la factibilidad presentada y al proyecto de diseño presentado y avalado por la C.C.A.P.A.M.A.; deberá urbanizar en su totalidad las calles del desarrollo, conforme a las especificaciones marcadas en el presente proyecto de dictamen, así como garantizar la liga de la Avenida Paseo de la Asunción, mediante la celebración de convenio con los propietarios de los predios respectivos, estando obligado el fraccionador a urbanizar esa Avenida en la superficie correspondiente a su predio o frente a su predio, aclarándose que la urbanización es en su sección completa; cumplir lo que se le señala en la Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística; presentar y respetar las observaciones que se señalen en el Manifiesto de Impacto Ambiental emitido por el Instituto del Medio Ambiente del Estado de Aguascalientes y cumplir con las Obligaciones derivadas en los términos del presente “PROYECTO DE DICTAMEN” formulado por la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, en su carácter de Secretario Técnico de esta Comisión.

Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 431 del citado Código, dispone de 60 días a partir de esta fecha para entregar a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, el original y tres tantos del proyecto definitivo del Fraccionamiento, mismo que deberá estar Georeferenciado en coordenadas U.T.M., para integrar totalmente el expediente respectivo, por lo que deberá pasar a dicha Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional para que se le indique el punto georeferenciado más cercano a su desarrollo. Asimismo, deberá presentar disco compacto que contenga plano de lotificación completo, (el cual debe contener la superficie individual por lote, colindancias del lote, No. de lotes, No. de manzanas, superficies total, vendible, de donación, restricciones y plano de usos del suelo), en formato .dwg. En dicho proyecto deberá incluir el plano de rasantes.

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Bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el término antes señalado, la aprobación de su proyecto no surtirá sus efectos y en consecuencia deberá someter a consideración de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano una nueva solicitud de Fraccionamiento. Finalmente y para dar cumplimiento al artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado, se informa a los ciudadanos Ing. Javier Macías Peña Arellano y Maria Elena Macías, que cuentan con un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Periódico Oficial del Estado, para en su caso impugnar el presente documento, mediante el Recurso de Revisión, contemplado en dicha norma jurídica, o bien hacer valer juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, ya que en caso contrario constituirá un acto administrativo definitivo.