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PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL AL ESTADO FINAL DEL PASIVO HIDROCARBURÍFERO INTERVENIDO “EL SALADOPROYECTO DE FIN DE PROGRAMA Ing. Hernán Santiago Jaramillo Llerena Abg. Diego Xavier Jaramillo Llerena 17 DE SEPTIEMBRE 2014

PROYECTO DE FIN DE PROGRAMA Ing. Hernán Santiago Jaramillo Llerena Abg. Diego Xavier Jaramillo Llerena 17 DE SEPTIEMBRE 2014

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PLANIFICACIN DE LA AUDITORIA AMBIENTAL AL ESTADO FINAL DEL PASIVO HIDROCARBURFERO INTERVENIDO EL SALADO

PLANIFICACIN DE LA AUDITORA AMBIENTAL AL ESTADO FINAL DEL PASIVO HIDROCARBURFERO INTERVENIDO EL SALADO

PROYECTO DE FIN DE PROGRAMA

Ing. Hernn Santiago Jaramillo LlerenaAbg. Diego Xavier Jaramillo Llerena

17 DE SEPTIEMBRE 2014

INTRODUCCINEl 28 de Febrero a causa de un deslizamiento de tierra a la altura del km 170 en la va Quito Nueva Loja, se produjo la ruptura del sistema del oleoducto transecuatoriano en el Pk 101 + 450 derramndose 7912 barriles de petrleo afectando un rea de 7,5 hectreas, realizando labores de contingencia de manera inmediata y posterior a ello trabajos de limpieza y remediacin hasta obtener parmetros permisibles.JUSTIFICACINAl ser el primer pasivo intervenido por administracin directa de Ep Petroecuador y al haber realizado procesos de limpieza y remediacin con eficacia se requiere la planificacin de la Auditoria Ambiental de la zona, con la finalidad de dar como eliminada la fuente de contaminacin con la posterior ejecucin de la Auditoria Ambiental.ALCANCEEl proyecto tiene como alcance disear la planificacin de la Auditora Ambiental al estado final del pasivo hidrocarburfero intervenido El Salado, direccionada para verificar las condiciones ambientales del ecosistema luego de las acciones de limpieza y remediacin empleadas.METODOLOGARecoleccin de la Informacin Reconocimiento del rea Levantamiento de la informacin en campo Ficha tcnica del derrameRevisin del marco legislativo ambientalSeleccin de artculos de la norma que nos rigen para el caso de estudioCronogramas de auditoraSeleccin de equipo auditor Listado de verificacin

TCNICAS APLICADAS EN EL PROYECTOTcnica Revisin analticaRevisin a la informacin existenteTcnica de la Observacin Trabajo de campo en la zona intervenidaTcnica de la entrevista Entrevista a personas vinculados en procesos de limpieza y remediacin (internos / externos)MARCO LEGAL AMBIENTALConstitucin poltica de la Repblica del EcuadorDerechos de la NaturalezaArt. 14.- Derecho a vivir en un medio ambiente sano y ecolgicamente equilibrado.Art. 71.- La naturaleza tiene derecho a que se la respete integralmente, as como el derecho a la restauracin.

Legitimacin Procesal Art. 397.- Cualquier persona natural o jurdica, colectividad o grupo humano, puede ejercer las acciones legales.Art. 71.- Toda persona, comunidad, pueblo podr exigir los derechos de la naturaleza.MARCO LEGAL AMBIENTALResponsabilidad por Danos AmbientalesArt. 396.- La responsabilidad por daos ambientales es objetiva.Art. 397.- Responsabilidad Subsidiaria del Estado.- Actuara de manera inmediata y garantizara la salud y la restauracin de los ecosistemas.Art. 397.- Responsabilidad del operador de la actividad daina.- El estado repetir contra la operadora por las obligaciones que conlleve la reparacin integral, de conformidad a lo que determine la ley.Art. 396.- Responsabilidad de diferentes actores.- Los actores de procesos de produccin, distribucin, comercializacin, uso de bienes y servicios, tienen la responsabilidad de prevenir, mitigar y reparar los danos causados.Art. 397.- Responsabilidad de Funcionarios encargados.- La responsabilidad recaer sobre los servidores o servidoras responsables del control ambiental.

MARCO LEGAL AMBIENTALArt. 396.- Imprescriptibilidad del derecho a accionar por daos ambientales.- Las acciones legales para daos ambientales sern imprescriptibles.Art. 397.- Medidas Cautelares dentro del litigio.- Posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el dao ambiental materia de litigio.Art. 397.- Inversin de la carga de la prueba.- La carga de la prueba recaer sobre el gestor de la actividad o el demandado.Interpretacin de las Normas Ambientales Art. 395.- Indubio Pro Natura.- En caso de duda referente a las disposiciones legales estn aplicaran en el sentido favorable a la proteccin de la naturaleza.MARCO LEGAL AMBIENTALDerechos Reconocidos Por la Constitucin:Art. 32.- Derecho a la SaludArt. 66.- Derecho a la vida digna, al agua potable, alimentacin ,saneamiento ambiental.Art. 83, No. 6.-Derecho a preservar el medio ambiente y a respetar los derechos de la naturaleza.Art 395.- El Estado garantizar un modelo sustentable ambientalmente equilibrado.Art. 396.- El Estado adoptara polticas y medidas que eviten impactos ambientales.

MARCO LEGAL AMBIENTALLey de Gestin AmbientalArt. 1.- Regula los principios y directrices de poltica ambiental.Art. 2.- Le Gestin Ambiental esta regida por el principio de solidaridad.Art. 19.- Previo al desarrollo de un proyecto, debern ser calificados.Art. 10.- Contar con Licencia Ambiental previo un proyecto.MARCO LEGAL AMBIENTALTexto Unificado de la Legislacin Secundaria del Ministerio del Ambiente(TULSMA)Art. 19 literal C: Auditoria Ambiental proceso tcnico de carcter fiscalizador que puede ser de cumplimiento o de gestin ambiental)

Reglamento Ambiental para Operaciones Hidrocarburferas. (RAOH)Art. 43 literal B: Determinar cumplimiento de requisitos operacionales ambientales, plan de manejo, plan de monitoreo as como legislacin ambiental vigente.MARCO LEGAL AMBIENTALArt. 88.- La Subsecretaria de Proteccin Ambiental velara por la vigilancia y monitoreo ambiental.Art. 89.- Vigilancia de operaciones hidrocarburferas , a travs de delegados de la comunidad.Art. 91.- Denuncias a travs de la Subsecretaria de Proteccin Ambiental, por todo lo que contravenga con el RAOH.

Ley de HidrocarburosArt. 93 lit. D.- El estado velara por que las operaciones hidrocarburferas no causen dao a personas y medio ambiente.

MARCO INSTITUCIONALAutoridad Ambiental de AplicacinEl rgano competente que ejerce la Autoridad Ambiental de Aplicacin es el Ministerio del Ambiente quien posee el rol de autoridad ambiental nacional y ejerce el control de la gestin ambiental, el mismo que garantiza un ambiente sano y ecolgicamente equilibrado.MARCO DOCUMENTAL DE CUERPOS REGLAMENTARIOS Y REGULATORIOSFuentes de criterios a ser aplicados a la Auditora Ambiental

Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburferas en el Ecuador (Decreto No. 1215). Programa de Remediacin Ambiental

UBICACIN GEOGRFICACoordenadas referenciales del punto inicial del derrame: 9984520 Norte y 207275 Este

OPERADORASOTEREA74565,70 m2SITIOPiedra FinaSECTORParroquia Gonzalo Das de Pineda, Cantn El ChacoPROVINCIANapoREGINAmazona ecuatoriana

Fuente: Programa de Remediacin AmbientalRAZN SOCIAL DE LA COMPANIA OPERADORARazn Social :NOMBRE DE LA EMPRESAEmpresa Pblica de Hidrocarburos del EcuadorEP PETROECUADORGerencia Responsable:Gerencia de Seguridad, Salud y AmbienteDireccin del Establecimiento:Av. 6 de Diciembre entre Wimper y Alpallana Edf. Cosideco N 3189.Actividad:Transporte, Almacenamiento, Refinacin, Comercializacin de Hidrocarburos y Preservacin del Medio AmbienteFuente: Equipo ConsultorREA CONTAMINADA POR EL DERRAME HIDROCARBURFERO

Fuente: Programa de Remediacin AmbientalDIAGNOSTICO SOCIOAMBIENTALPara la finalidad del Proyecto, el diagnostico socioambiental lo encierra los siguientes aspectos:*Caracterizacin de la contaminacin causada Basada en la fuente de criterio regulatorio RAOHE al identificar su componente ambiental afectado suelo Toma de muestras y anlisis de laboratorio de Tabla 6*Caracterizacin SocioeconmicaRealizado en base a metodologas de diagnostico rpido: investigacin bibliogrfica, investigacin de campo, entrevistas a informantes clasificados, manejo del testimonio, anlisis de la informacin.CARACTERIZACIN DE LA CONTAMINACIN CAUSADALa caracterizacin de la contaminacin causada se la determin con toma de muestras aleatorias simples al rea impactada por el derrame, las mismas que fueron analizadas por el laboratorio Gruntec, acreditado por la OAE y as establecer una comparacin con los niveles de referencia propuestas para la proteccin de ecosistemas.

CARACTERIZACIN DE LA CONTAMINACIN CAUSADALos resultados de la toma de muestras reflejaron niveles de contaminacin altos, considerando como indicador de contaminacin las concentraciones de Hidrocarburos totales de Petrleo (TPH) con un valor total de 69.337 mg/kg y metales pesados, parmetros permisibles estipulados en la tabla 6 del RAOHE, sobrepasando los mismos de acuerdo al uso de suelo del rea.

VALOR LMITE PERMISIBLEPARMETROSECOSISTEMA SENSIBLEUSO AGRICOLAUSO INDUSTRIALTPH< 1000< 2500< 4000CADMIO< 1