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Proyecto de Ley que modifica la Ley de Subvenciones aumentando la subvención educacional Enero de 2008

Proyecto de Ley que modifica la Ley de Subvenciones aumentando la subvención educacional Enero de 2008

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Page 1: Proyecto de Ley que modifica la Ley de Subvenciones aumentando la subvención educacional Enero de 2008

Proyecto de Ley que modifica la Ley de Subvenciones

aumentando la subvención educacional

Enero de 2008

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Calidad de la educación con equidad

Una educación de calidad se sostiene sobre tres pilares:

1. Un nuevo marco regulatorio2. Sistema de Aseguramiento de la calidad de la

educación3. Un nuevo esfuerzo financiero

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Un nuevo esfuerzo financiero

Orientado a tres ejes:

• Mayores recursos para el sistema escolar, a través del incremento de la subvención base y de la de adultos, entre otros.

• Más apoyo a aquellas comunidades escolares que atienden alumnos en situación de vulnerabilidad, especialmente a la educación rural y zonas de extremo aislamiento.

• Transparencia y rendición de cuentas.

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Mayores recursos para el sistema escolar

• El proyecto modifica la Ley de Subvenciones en lo relativo a valores unitarios mensuales de la subvención educacional que se deberá pagar a todos los alumnos que se encuentren en los respectivos niveles y modalidades de enseñanza.

• Se Incrementa un 15% del valor unitario mensual de la subvención que se extiende a todos establecimientos educacionales para todos los niveles y modalidades de enseñanza sea que cuenten o no con JEC.

• Se mantiene en una columna aparte (destino específico) el incremento de la ley Nº 19.933, destinado especialmente al pago de remuneraciones de los docentes.

• Incorpora el Primer nivel de transición de la Educación Parvularia.

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Subvención actual   Ley aumento 15%

Subvención art. 9 total

T O T A LSub. Mensualpor alumnoen Pesos

Subvención art. 9

total  

T O T A LSub. Mensual por alumnos

en Pesos

Unidad de Subvención Educacional 15.187,215

Total USE Total Pesos Total USE Total Pesos

Nivel y Modalidad de Enseñanza        

Sin Jornada Escolar Completa          

Educ. Parvularia ( 1º y 2º Nivel de Transición )   1,64909 25.045,08 26.638,22 1,89645 28.801,79 30.394,93

Educ. General Básica ( 1º a 6º ) 1,65282 25.101,73 26.811,81 1,90074 28.866,95 30.577,03

Educ. General Básica ( 7º y 8º ) 1,79400 27.245,86 29.095,67 2,06310 31.332,74 33.182,55

Educ. Especial Diferencial   5,48538 83.307,65 88.448,52 6,30819 95.803,84 100.944,71

Necesidades. Educ. Especiales de Caracter Transitorio         5,48538 83.307,65 88.448,52

Educ.Media Científico Humanista ( 1º a 4º )   2,00320 30.423,03 32.452,04 2,30368 34.986,48 37.015,50

Educ. Media Tec. Prof. Agrícola y Marítima   2,96950 45.098,43 48.072,09 3,41493 51.863,28 54.836,93

Educ. Media Tec. Prof. Industrial   2,31630 35.178,15 37.512,42 2,66375 40.454,94 42.789,22

Educ. Media Tec.Comercial y Técnica   2,07746 31.550,83 33.652,74 2,38908 36.283,47 38.385,38

Educ. Básica Adultos   1,22565 18.614,21 19.908,16 1,40950 21.406,38 22.700,33

Educ. Media C.H. y T.P. (hasta 25 horas)   1,39272 21.151,54 22.887,44 1,60163 24.324,30 26.060,20

Educ. Media C.H. y T.P. (con 26 horas y más)   1,68688 25.619,01 27.354,91 1,93991 29.461,83 31.197,73

Planes según Dto. 239            

Educ. Básica Adultos 1º Nivel sin Oficio       1,40950 21.406,38 22.700,33

Educ. Básica Adultos 2º y 3º Nivel sin Oficio       1,82656 27.740,36 29.034,31

Educ. Básica Adultos 2º y 3º Nivel con Oficio       2,03510 30.907,50 32.201,45

Educ. Media C.H Adult. 1º y 2º nivel         2,24728 34.129,92 35.865,82

Educ. Media C.H Adult.Agric-Marit 1º nivel         2,24728 34.129,92 35.865,82

Educ. Media C.H Adult.Agric-Marit 2º y 3º nivel         3,03400 46.078,01 47.813,91

Educ. Media C.H Adult.Industrial 1º nivel         2,28915 34.765,81 36.501,71

Educ. Media C.H Adult.Industrial 2º y 3º nivel         2,37290 36.037,74 37.773,64

Educ. Media C.H Adult.Comercial-Técnica 1º, 2º y 3º nivel         2,24728 34.129,92 35.865,82

Con Jornada Escolar Completa            

Educ. General Básica ( 1º a 6º ) 2,29689 34.883,36 36.593,44 2,64142 40.115,81 41.825,89

Educ. General Básica ( 7º y 8º )   2,29689 34.883,36 36.733,17 2,64142 40.115,81 41.965,62

Educ.Media Científico Humanista ( 1º a 4º )   2,74247 41.650,48 43.679,49 3,15384 47.898,05 49.927,06

Educ. Media Tec. Prof. Agrícola y Marítima   3,70254 56.231,27 59.204,93 4,25792 64.665,95 67.639,60

Educ. Media Tec. Prof. Industrial   2,89576 43.978,53 46.312,80 3,33012 50.575,25 52.909,52

Educ. Media Tec.Comercial y Técnica   2,74247 41.650,48 43.752,39 3,15384 47.898,05 49.999,96

Educ. Especial Diferencial   6,98899 106.143,29 111.284,17 8,03734 122.064,81 127.205,68

Necesidades. Educ. Especiales de Caracter Transitorio         6,98899 106.143,29 111.284,17

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Mayores recursos para la modalidad de educación de

adultos• Modifica la subvención de adultos, no sólo aumentando en un 15%

la subvención, sino que además en concordancia con las necesidades y exigencias del nuevo marco curricular.

• Se deroga el art. 38 de la Ley de Subvenciones, ya que el nuevo marco curricular no considera los EFA y ETEA.

• Se establece un sistema de pago de la subvención que resguarda a las distintas promociones que aún no aplican el nuevo marco curricular del DS 239, conforme a la gradualidad de entrada en vigencia de éste. ( artículo undécimo transitorio)

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Apoyo a Alumnos Vulnerables y Zonas de extremo aislamiento

• Apoyo a todas las comunidades escolares del país que imparten las modalidades de educación regular, educación de adultos, educación especial diferencial, e internados.

• Incremento de la Subvención por Ruralidad .El proyecto considera un aumento adicional del incremento por ruralidad del 10% .

• Se incrementa el Piso Rural. Todos los establecimientos ubicados en zonas limítrofes o de aislamiento geográfico extremo con una matrícula igual o inferior a 17 alumnos aumentarán el monto de la subvención mínima a 59,68675 USE, aplicándose además el incremento referido a los valores de la educación general básica.

• Subvención de internado. Se incrementa el factor base para la fijación de la subvención de internado correspondiente a cada zona.

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Transparencia y Rendición de cuentas

• Se establecen mecanismos para la rendición de cuentas del uso de los recursos y sus resultados.

• Los sostenedores deberán mantener a disposición del Mineduc y de la Comunidad Escolar por un período mínimo de 5 años un estado anual de resultados que de cuenta de todos los ingresos y gastos del período.

• Los sostenedores estarán obligados a enviar al Mineduc dicho estado de resultados cuando uno o más de los establecimientos educacionales bajo su administración haya obtenido en los períodos de evaluación que establezca el Mineduc, resultados inferiores a los estándares de desempeño educativo que se hayan fijado para ellos.

• El incumplimiento de estas obligaciones serán consideradas infracción grave.

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