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Donostia – San Sebastián, 1 – Tef. 945 01 95 42 – Fax 945 01 95 40 – 01010 Vitoria-Gasteiz INGURUMEN ETA LURRALDE ANTOLAMENDU SAILA Ingurumen Sailburuordetza Biodibertsitaterako eta Ingurumen Partaidetzarako Zuzendaritza DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE N Y ORDENACION DEL TERRITORIO Viceconsejería de Medio Ambiente Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE ZONAS HÚMEDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Julio de 2007

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

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Donostia – San Sebastián, 1 – Tef. 945 01 95 42 – Fax 945 01 95 40 – 01010 Vitoria-Gasteiz

INGURUMEN ETA LURRALDE ANTOLAMENDU SAILA Ingurumen Sailburuordetza Biodibertsitaterako eta Ingurumen Partaidetzarako Zuzendaritza

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE NY ORDENACION DEL TERRITORIO Viceconsejería de Medio Ambiente Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL

DE ZONAS HÚMEDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS

VASCO.

Julio de 2007

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PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL

DE ZONAS HÚMEDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS

VASCO.

1.- INTRODUCCIÓN

Mediante Decreto 160/2004, de 27 de julio (BOPV nº 222 de 19-11-2004),

se aprobó definitivamente el Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de

la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Durante el periodo de vigencia del referido Decreto, se ha puesto de

manifiesto desde la Dirección de Planificación de Biodiversidad y

Participación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación

del Territorio la necesidad de acometer algunas modificaciones en el Plan

Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la CAPV, así como corregir ciertos

errores materiales que no fueron advertidos con ocasión de la publicación

del Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tales modificaciones tienen por objeto, por un lado, permitir diversos usos

que o bien no imposibilitan la permanencia de recursos y/o procesos

ecológicos en ámbitos que se consideren de protección, o bien, se estiman

convenientes y necesarios para la conservación de valores científico-

culturales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto

106/2004, de 27 de julio, sin que en ningún caso tales modificaciones

varíen en forma sustancial el Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas y

sin modificar el modelo de ordenación territorial.

Por otro lado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia del País Vasco dictó sentencia, con fecha 12 de enero de 2007,

en el recurso contencioso administrativo número 46/05. En este

procedimiento la recurrente impugnó el Decreto 160/2004, de 27 de julio y,

más concretamente, la calificación de la zona señalada como EP-3 del plano

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de la ría del Urola al objeto de que la misma no fuera considerada Zona

Húmeda ni de ninguna Protección o Regulación por el Plan Sectorial

recurrido, así como tampoco objeto de regulación los terrenos colindantes o

situados en la zona de influencia de la misma. La Sala dicta sentencia

parcialmente estimatoria del recurso, siendo el tenor literal del inciso

primero de su parte dispositiva, el siguiente:

"Declarar la disconformidad a Derecho del Decreto recurrido

consecuentemente anulamos, exclusivamente en relación con la pretensión

anulatoria deducida contra la calificación EP3 que el Plano de Ordenación nº

4 correspondiente a la ría del Urola otorga a los terrenos correspondientes a

la llamada segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga

de Zumaia de 15 de noviembre de 1974 y del Proyecto de Urbanización de

12 de marzo de 1976 propiedad de la recurrente.”

En virtud del artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el órgano que hubiera

realizado la actividad objeto del recurso, deberá llevar a puro y debido

efecto la sentencia y practicar lo que exija el cumplimiento de las

declaraciones contenidas en el fallo.

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2.- MODIFICACIONES DEL PLAN TERRITORIAL SECTORIAL DE

ZONAS HÚMEDAS

2.1.- CORRECCIÓN DE ERRORES.

2.1.1.- Se corrige el error advertido en el párrafo 7 del artículo 5 en el

siguiente sentido:

Donde dice Pozo de Lamiogin (GA11) debe decir Pozo de Lamiogin

(B7A4).

2.1.2.- Se corrige el error advertido en el Artículo 14. Zonas húmedas

costeras. Ría del Barbadún (A1B1). 2.- Zonificación y categorías de

ordenación.+Mejora ambiental. Áreas degradadas a recuperar

Donde dice MA2-1: Sector de CLH debe decir MA2-2: Sector de CLH.

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2.2.- MODIFICACIÓN DEL LÍMITE EN LA RÍA DE INURRITZA CON EL

BIOTOPO PROTEGIDO DE INURRITZA.

2.2.1.- En el artículo 5.- Clasificación de las zonas húmedas se especifica

que en el Grupo I “ Se incluyen en este grupo las zonas húmedas

actualmente afectadas por la declaración como espacios naturales

Protegidos ya sean Parques Naturales o Biotopos Protegidos y Reserva de la

Biosfera de Urdaibai. La ordenación de estas zonas no es objeto del

presente Plan Territorial Sectorial y se realizará de acuerdo con la normativa

especifíca de cada uno de estos espacios ”.

El límite del PTS de Zonas Húmedas se solapa con el límite del Biotopo

Protegido de Inurritza en una pequeña zona cuyas coordenadas centrales

son X = 568.465, Y = 4.793.016 en la zona calificada como MA1-1 y

denominada zona norte del viaducto. Esta zona está ordenada por el

Decreto 40/1997, de 25 de febrero de declaración del Biotopo de Inurritza.

Como la ordenación de estas zonas no es objeto del PTS de Zonas húmedas

y se realiza de acuerdo a la normativa específica se modifica el límite de

esta zona pasando el nuevo límite a ser el del Biotopo Protegido de

Inurritza. (Plano nº 6 y 6-1 del anexo I).

2.2.2.- Modificaciones del PTS de zonas húmedas.

Se modifica el límite en la zona calificada como MA1-1 y denominada zona

norte del viaducto pasando el nuevo límite a ser el del Biotopo Protegido de

Inurritza.

En los planos de ordenación se sustituyen en el fascículo II del Anexo del

Decreto 160/2004, de 27 de julio, el plano de ordenación número 2

correspondiente a la Ría de Inurritza, Zarautz, por el plano nº 6 del anexo I.

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2.3.- ADECUACIÓN DE LA TÉCNICA DE PERFORACIÓN HORIZONTAL

DIRIGIDA O HINCADO HORIZONTAL PARA LA REALIZACIÓN DE

LÍNEAS SUBTERRÁNEAS EN ÁREAS DE MARISMA Y CRUCE DE RÍOS.

La línea subterránea se define en el uso D.3 previsto en el artículo 8 del

Decreto 160/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba definitivamente el

Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del

País Vasco: ...“Redes de transporte o distribución de gas, petróleo y

productos derivados, agua, saneamiento, telecomunicaciones y otras redes

infraestructurales subterráneas así como las instalaciones

complementarias”. Este uso es considerado como prohibido en las áreas de

Especial Protección y admisible, a desarrollar por el planeamiento municipal,

en el resto de categorías.

Las actuaciones concretas de trazado de infraestructuras subterráneas en

algunas de las zonas ordenadas pormenorizadamente por este Plan

Territorial Sectorial que en ocasiones afectan a áreas de especial protección

no se pueden desarrollar en las mencionadas áreas.

Sin embargo, la técnica denominada “hincado horizontal” o “perforación

horizontal dirigida” para la realización de líneas subterráneas permite

realizar estas actuaciones sin afecciones en estas zonas protegidas.

Esta técnica permite la instalación de canalizaciones para diversos usos sin

necesidad de realizar zanjas con lo que la afección ambiental es mínima. A

continuación se describen sus principales características, contemplándose

los siguientes aspectos:

• Descripción de la técnica, características y necesidades.

• Justificación de la “no afección” al medio que se ubica por encima del

trazado realizado.

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• Análisis del empleo de esta técnica en las zonas ordenadas por el

PTS.

2.3.1.- Descripción, características y necesidades

La perforación horizontal dirigida o hincado horizontal es un sistema para el

trazado de conducciones subterráneas, incluida dentro de las tecnologías

denominadas “Tecnologías Sin Zanjas”, que han permitido que los trabajos

de instalación de servicios subterráneos no causen daños ecológicos ya que

eliminan la necesidad de excavación de zanjas a cielo abierto y minimizan

los movimientos de tierra.

Esta técnica es de aplicación tanto en zonas urbanas como en zonas

suburbanas y rurales y permite el cruce de ríos, canales, carreteras,

autopistas, vías férreas, montañas y cualquier obstáculo natural. Puede

emplearse bien para la instalación de nuevas tuberías o conducciones y sus

conexiones de servicio, como para el reemplazo o renovación de tuberías o

conducciones existentes. Es muy útil para la instalación de acometidas,

colectores, gasoductos, líneas de electricidad, de telecomunicaciones, etc.

Las principales ventajas de esta técnica son:

• La posibilidad de realizar trazados sinuosos y con cambios de nivel, de

manera programada, para acomodarse a las condiciones geológicas de la

zona o para evitar obstáculos u otras instalaciones existentes. Esto

permite acometer con garantías cruces bajo cauces fluviales, carreteras,

etc. u otras instalaciones transversales.

• La posibilidad de guiar el trazado durante la ejecución, lo cual garantiza

que la trayectoria es correcta.

• Reduce considerablemente el movimiento de tierras al no ser necesaria

la apertura de zanjas.

• Escaso impacto ambiental y prácticamente nula afección en medio

urbano (no requiere interrupciones de tráfico o en las actividades

comerciales).

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• Es una técnica limpia al tener una mínima generación de lodos, lo que

facilita la limpieza posterior. No contamina.

• Gran rapidez de ejecución y menor coste económico (su empleo queda

justificado cuando la longitud de la hinca es suficiente para compensar

los gastos de ejecución de los pozos e instalaciones que lo acompañan).

• El desarrollo de los trabajos no se ve afectado por las condiciones

climatológicas.

• Permite también la reparación de instalaciones existentes, su renovación

o sustitución.

• Apta para todo tipo de terrenos y de tuberías.

• Tras la perforación se obtiene un reporte de la trayectoria a escala.

• Mayor seguridad laboral.

• Disminuye el riesgo de hundimientos.

En líneas generales la técnica consiste en perforar en primer lugar un

microtúnel mediante una máquina que perfora el suelo a lo largo de toda la

trayectoria de la instalación, siendo orientada y seguida desde la superficie

mediante un localizador, situado en el cabezal perforador, que indica su

posición. Una vez realizada esta primera perforación piloto que conecta el

punto de entrada y el de salida, previamente establecidos, el cabezal

perforador es reemplazado por un escariador que ensancha o amplía la

perforación hasta el diámetro que requiera la tubería. Las tuberías son

introducidas durante el regreso del escariador hacia el punto de entrada,

quedando así instaladas.

Con esta tecnología se pueden instalar tuberías de hasta 1200 mm. de

diámetro y con longitudes de hasta 1.5 km.

Es un método adecuado para todo tipo de terrenos (roca, arcillas, arenas,

etc.) requiriéndose únicamente el cambio del cabezal perforador según el

suelo del que se trate.

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2.3.2.- Otras aplicaciones

Esta técnica es también utilizada para el reemplazo o renovación de

tuberías o conducciones existentes.

2.3.3.- Justificación de su no afección al medio que se ubica por

encima del trazado subterráneo realizado

La perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el

medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio que

atraviesa. Los daños causados se producen únicamente en el entorno de los

pozos de ataque y salida.

Este sistema ofrece todas las ventajas que las obras de este tipo necesitan

por la rapidez de ejecución, limpieza y seguridad sin causar un impacto

ambiental negativo. Además en todo momento se lleva control sobre la

cabeza de perforación, pudiéndose hacer correcciones en cualquier dirección

si fuera necesario.

Con esta tecnología se pueden realizar trazados subterráneos sin afectar a

la superficie, por lo que se ha constatado como un método muy útil y

adecuado para el tendido de redes que deban atravesar hábitats prioritarios

o espacios de interés naturalístico y está siendo utilizado para el trazado de

infraestructuras en estas zonas. A esto hay que añadir además las ventajas

en cuanto a costes, duración de la obra (lo que minimiza también la

afección a la fauna por ruidos, polvo, etc.), permisos, movimientos de

tierras y reposición de la superficie una vez finalizada la obra.

La configuración de los cabezales de perforación impide que en el interior

penetre material si el conjunto avance-bombas de extracción no está

trabajando. Esto evita una excavación incontrolada y, por lo tanto, los

conos que puedan producir algún tipo de asentamiento superficial. Además

los posibles huecos producidos por las desviaciones verticales u horizontales

no son relevantes.

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En definitiva, se trata de una técnica que garantiza la no afección a los

terrenos situados por encima de su recorrido, si bien es necesario señalar

que para ello se debe tener un conocimiento muy detallado del terreno que

se atraviesa. Es por ello que la fase de estudios previos es muy importante

y concretamente el estudio geotécnico del subsuelo debe acompañarse de

sondeos de reconocimiento con extracción de muestras inalteradas y

ensayos triaxiales y granulométricos de la zona. De esta manera se podrá

diseñar el trazado de la conducción y se determinará la maquinaria más

adecuada para las características del terreno.

En cualquier caso, para garantizar la no afección al medio, en el diseño del

trazado, se debe tener especialmente en cuenta, además de los aspectos

técnicos y de características del terreno, la presencia de zonas protegidas y

enclaves de interés natural. De este modo, la localización de los pozos de

entrada y salida se deberán localizar lo más alejados posible de dichos

espacios, aunque ello implique que el trazado deba tener una longitud

mayor.

2.3.4.- Análisis del empleo de esta técnica en relación con las líneas

subterráneas definidas en el PTS de zonas húmedas de la CAPV.

De la información recogida se puede concluir que la técnica de perforación

horizontal dirigida es un sistema que facilita el trazado de tendidos

subterráneos de cualquier tipología (abastecimiento de agua, saneamiento,

gas, telecomunicaciones, etc.) y por todo tipo de terrenos.

Al no ser necesaria la apertura de zanjas, permite, en el caso que nos

ocupa, atravesar las zonas ordenadas por este PTS sin que éstas resulten

afectadas y por lo tanto garantizando la conservación y preservación de las

características de los ecosistemas presentes.

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2.3.5.- Modificaciones del PTS de zonas húmedas.

Se modifica el Artículo 8.– Definición de usos del suelo y actividades. D.3,

sustituyendo la denominación y definición del apartado D.3. por la

siguiente:

D.3.-Excavaciones de líneas subterráneas

Actividades de excavación y tendido de redes de transporte o

distribución de gas, petróleo y productos derivados, agua, saneamiento,

telecomunicaciones y otras redes infraestructurales subterráneas así como

las instalaciones complementarias.

y añadiendo un nuevo subapartado al apartado D.3.:

D.3.1.- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

Técnica consistente en ejecutar el tendido de tuberías sin la excavación

de zanja.

Se modifica el Artículo 12.- Matriz de regulación de usos y actividades de la

siguiente manera:

- En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas costeras se añaden las siguientes cuadrículas:

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1

D.3.1- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b)

En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas interiores se añaden las siguientes cuadrículas:

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Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1 S

D.3.1- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d)

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2.4.- ELEMENTOS DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y CULTURAL.

2.4.1.- En el Artículo 8.– Definición de usos del suelo y actividades, en su

apartado E) Relativos a crecimientos urbanísticos y actuaciones edificatorias

aisladas no está definida la conservación, restauración y recuperación del

patrimonio arqueológico y cultural. Es necesario definir dicho uso y regularlo

para poder realizar recuperaciones del patrimonio arqueológico y cultural

que, hoy por hoy, no se podrían realizar en ciertas áreas reguladas por el

PTS de zonas húmedas.

2.4.2.- Modificaciones del PTS de zonas húmedas.

Se añade el siguiente apartado E.3.Bis en el artículo 8:

E.3.Bis.- Elementos del patrimonio cultural

Actuaciones y medidas encaminadas a la conservación, restauración y

recuperación del patrimonio arqueológico y cultural

Se modifica el Artículo 12.- Matriz de regulación de usos y actividades de la

siguiente manera:

- En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas costeras se añaden las siguientes cuadrículas:

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1

E.3.Bis- Elementos del patrimonio cultural

2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b)

En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas interiores se añaden las siguientes cuadrículas:

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Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1 S

E.3.Bis- Elementos del patrimonio cultural

2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d)

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2.5.- SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS

VASCO.

Por otro lado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia del País Vasco dictó sentencia, con fecha 12 de enero de 2007,

en el recurso contencioso administrativo número 46/05. En este

procedimiento la recurrente impugnó el Decreto 160/2004, de 27 de julio y,

más concretamente, la calificación de la zona señalada como EP-3 del plano

de la ría del Urola al objeto de que la misma no fuera considerada Zona

Húmeda ni de ninguna Protección o Regulación por el Plan Sectorial

recurrido, así como tampoco objeto de regulación los terrenos colindantes o

situados en la zona de influencia de la misma. La Sala dicta sentencia

parcialmente estimatoria del recurso, siendo el tenor literal del inciso

primero de su parte dispositiva, el siguiente:

"Declarar la disconformidad a Derecho del Decreto recurrido

consecuentemente anulamos, exclusivamente en relación con la pretensión

anulatoria deducida contra la calificación EP3 que el Plano de Ordenación nº

4 correspondiente a la ría del Urola otorga a los terrenos correspondientes a

la llamada segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga

de Zumaia de 15 de noviembre de 1974 y del Proyecto de Urbanización de

12 de marzo de 1976 propiedad de la recurrente.”

En virtud del artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el órgano que hubiera

realizado la actividad objeto del recurso, deberá llevar a puro y debido

efecto la sentencia y practicar lo que exija el cumplimiento de las

declaraciones contenidas en el fallo.

En este sentido, más allá de los estrictos límites del fallo de la sentencia,

circunscrito a los terrenos propiedad de la recurrente, procede la

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modificación de la totalidad del espacio objeto de relleno y nivelado en la

zona de Korta de la margen derecha de la ría del Urola (Vega de

Gorostiaga), en cuanto forma una realidad única y homogénea junto a la

que ha sido afectada por el fallo de la meritada sentencia de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

De acuerdo con la Normas Subsidiarias de Planeamiento del Ayuntamiento

de Zumaia, el polígono industrial A.U. 18 KORTA, ya desarrollado, tiene

clasificada una zona en el extremo oeste del polígono como zona verde con

una vocación de zona de transición y defensa del entorno de Bedua

debiendo integrase funcional y paisajísticamente en el mismo. Esta zona

verde precisará de un criterio de intervención naturalística como zona de

transición con el entorno de las islas de Bedua. Esta zona está incluida

como EP-3 por el PTS de zonas húmedas.

Se adjunta como anexo II el documento “ Anteproyecto de rehabilitación y

puesta en valor de la zona de marismas y fangos del ámbito de Gorostiaga

(EP-3 en Zumaia)”. Se presenta un posible escenario de recuperación y se

aportan los elementos necesarios, incluidos los de su evaluación económica,

para la toma de futuras decisiones de actuación, condicionadas a la

aprobación de la correspondiente dotación presupuestaria, hacia una

recuperación ambiental ligada a la influencia mareal y que regenere sus

valores naturales y los potencie si cabe, es decir, hacia la recuperación de

Gorostiaga como un ecosistema de marisma –humedal- restaurando los

flujos ecológicos propios de este medio.

2.5.1.- DESCRIPCIÓN DE LOS VALORES NATURALES DEL ÁMBITO DE

GOROSTIAGA (EP-3) EN ZUMAIA. PAPEL ECOLÓGICO Y

POTENCIALIDAD DEL ENTORNO.

Se han estudiado los valores ecológicos y naturalísticos presentes en la

actualidad en el área de Gorostiaga. Y además, se ha valorado la

potencialidad del ámbito, es decir, lo que podría llegar a ser como

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ecosistema tras la realización de una serie de actuaciones de recuperación

encaminadas a regenerar su vocación de humedal.

2.5.1.1.- Análisis del medio

A continuación, se presentan los datos de interés y que se ha considerado

más relevantes desde el punto de vista naturalístico.

2.5.1.1.1.- Flora y Vegetación

Descripción general

El interés botánico del lugar radica esencialmente en la presencia de retazos

de la vegetación marismeña que constituye la vegetación potencial de este

ámbito. Esta vegetación está relegada a una estrecha banda de las

márgenes del río Urola y, sobre todo, a las parcelas situadas al extremo

norte del ámbito.

Vegetación marismeña en el extremo norte de la vega de Gorostiaga

En el resto de la vega de Gorostiaga predominan ampliamente las

comunidades vegetales ruderales carentes de interés y en las cuales

abundan las especies exóticas invasoras.

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Aspecto general de la vegetación de la vega de Gorostiaga

Además de las especies ruderales, también están representadas algunas

especies del cortejo florístico de la Encina artea (Quercus ilex subsp. ilex), y

en particular los arbustos Phillyrea latifolia, Rhamnus alaternus, Laurus

nobilis, Ligustrum vulgares, Arbutus unedo, Rosa sp., que salpican la zona,

especialmente en la ladera contigua a la plataforma mareal.

Ejemplares de Madroño Gurbitza (Arbutus unedo)

Descripción y valoración de los retazos de vegetación marismeña.

Debido a la superficie muy reducida disponible, estas comunidades

vegetales no presentan la típica zonificación en bandas paralelas, sino que

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conforman un mosaico en función de la microtopografía del terreno. Se han

observado al menos las siguientes comunidades o hábitats:

• Fangos intermareales, colonizados únicamente por vegetación no

vascular.

• Praderas de Puccinellia maritima con Glaux maritima.

• Comunidades de Atriplex portulacoides con Aster tripolium, Inula

crithmoides y Triglochin palustres.

• Juncales de Juncus maritimus.

• Praderas de Elymus athericus.

• Comunidades subhalófilas de Typha sp. o Scirpus maritima.

Algunos de estos hábitats -el estuario en su conjunto (1130), los fangos y

bancos de arenas intermareales (1140), y los pastizales salinos atlánticos

del Glauco-puccinellietalia (1330)- figuran en el Anexo I de la Directiva

Hábitats (Directiva Europea 92/43/CE), como Hábitat Natural de Interés

Comunitario.

A pesar de ocupar una superficie reducida, el valor de esta vegetación es

muy elevado, en particular en el contexto de la Comunidad Autónoma del

País Vasco, donde las marismas han sido antropizadas y ocupadas primero

por el desarrollo de la agricultura y después por los desarrollos urbanísticos.

En cuanto a la flora, señalar que es característica de la marisma, y que

destaca por su singularidad y su elevado valor botánico en general. Es

particularmente relevante la presencia de Limonium humile, especie

considerada muy rara y que está incluida en el Catálogo Vasco de Especies

Amenazadas en la categoría “Vulnerable”.

La presencia de estos retazos de vegetación marismeña, de sumo interés en

las zonas sometidas a influencia mareal, refleja perfectamente la vocación y

potencialidad de la vega de Gorostiaga para su recuperación como parte del

ecosistema estuarino de la ría del Urola.

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2.5.1.1.2.- Fauna

Las rías y marismas suponen un medio de escasa superficie pero de gran

valor desde el punto de vista de la conservación de la biodiversidad. A nivel

de la CAPV, este medio supone sólo alrededor del 0,21% (1.500 ha) del

territorio (Fuente: GESPLAN), pero hay que señalar que se integran en él

los espacios naturales que albergan mayor biodiversidad, como es el caso

de Urdaibai y Txingudi.

La ría del Urola, aunque de menor entidad que las anteriores (su superficie

supone alrededor del 4,1% del total de rías y marismas de la CAPV), es un

espacio de interés sobre todo como lugar de reposo y alimentación de

especies de aves migradoras durante sus movimientos a los lugares de

invernada o reproducción.

En el entorno de Gorostiaga, destaca la comunidad de aves ligada a la ría,

representadas aquí por especies limícolas (andarríos, chorlitejos, correlimos,

...), zancudas (garzas, garcetas, espátulas, cigüeñas, ...), cormoranes,

zampullines, patos, gaviotas, Martín Pescador Martin arrantzalea (Alcedo

Atthis), etc.

Garceta común Lertxuntxo txikia (Egretta garzetta) en el entorno de

Gorostiaga.

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En cuanto a la comunidad piscícola, aparecen especies propias del medio

marino y de los estuarios, en cualquier caso capaces de soportar altos

rangos de salinidad, tales como la Mojarra Muxar handi (Diplodus sargus),

Cabuxino enano Bokaletako zarboa (Pomatoschistus minutus), Platija

Platuxa latza (Platichthys flesus), Lenguado Mihi-arrain (Solea vulgaris).

Entre los crustáceos, se encuentran la Quisquilla gris Izkira zuria (Crangon

crangon) y el Cangrejo verde Karramarro berdea (Carcinus maenas)

(Gobierno Vasco, 2005).

En la ribera del río, aparecen especies propias de las riberas como el

Ruiseñor bastardo Errekatxindorra (Cettia cetti). Ya más alejados de las

orillas, aparecen las especies ligadas a la campiña atlántica, tales como

Buitrón Ihi-txoria (Cisticola juncidis), fringílidos, escribanos, tarabillas,

zorzales, córvidos, etc.

Se tabulan a continuación algunas de las especies catalogadas a nivel de la

CAPV y citadas en la ría del Urola y su entorno. Se indica su grado de

protección y su estatus.

Especie Catálogo

Vasco Catálogo Nacional

Directiva Aves Convenio

Berna

Convenio Bonn

Estatus

AVES Espátula Mokozabala Platalea

leucorodia Vulnerable Interés

especial I II II P

Halcón peregrino

Belatz handia Falco peregrinus Rara Interés especial

I II II R

Milano real Miru gorria Milvus milvus Vulnerable Vulnerable I II II P

Martinete común

Amiltxoria Nycticorax nycticorax

Rara Interés especial

I II P

Garza imperial

Lertxun gorria Ardea purpurea Rara Interés especial

I II P

Aguila pescadora

Arrano arrantzalea

Pandion haliaetus

Rara Vulnerable I II II P

Martín pescador

Martin arrantzalea

Alcedo atthis Interés especial

Interés especial

I II R, P, I

Carricerín común

Benarriz arrunta

Acrocephalus schoenobaenus

Peligro de extinción

Interés especial

II P

Page 22: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

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Especie Catálogo

Vasco Catálogo Nacional

Directiva Aves Convenio

Berna

Convenio Bonn

Estatus

Carricero común

Lezkari arrunta

Acrocephalus scirpaceus

Rara Interés especial

II II P

Correlimos común

Txirri arrunta Calidris alpina Rara No amenazada

II II P

Chorlitejo chico

Tirritxo txikia Charadrius dubius

Vulnerable Interés especial

II II E

Papamoscas cerrojillo

Euli-txori beltza

Ficedula hypoleuca

Rara Interés especial

II II P

Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (Decreto 167/1996 y actualizaciones): EP, en peligro de extinción V, vulnerable; R, rara; IE, de interés especial. Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (Decreto 439/1990 y actualizaciones): EP, en peligro de extinción V, vulnerable; IE, de interés especial. Directiva de Aves (Directiva 79/409/CE y Directiva 91/294/CE): I, especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat; II, especies cazables; III: Comerciables. Convenio de Berna: II, especies estrictamente protegidas. III: Protegidas. Convenio de Bonn: II, especies que necesitan o se beneficiarían de acuerdos internacionales para su conservación. Estatus: I: invernante; E: estival; R: residente; P: de paso

Page 23: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

23

2.5.1.2.- Conclusiones

Del análisis del medio realizado, se pueden extraer las siguientes

conclusiones:

- El ámbito de Gorostiaga ha perdido su funcionalidad como ecosistema

de marisma –humedal-, tras la explanación y compactación del área

en la década de los 70, quedando convertido en una superficie

compactada fuera de la influencia mareal en su mayor parte. Una

parte de los terrenos correspondientes a la llamada segunda fase del

Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga de Zumaia de 15 de

noviembre de 1974 están en esta situación y se corresponde con el

área que nos afecta en este apartado. La parte oriental de la vega

está desarrollada en el actual polígono industrial de Korta.

- Esta actuación antrópica se llevó a cabo con perspectivas de un

aprovechamiento industrial del suelo, aprovechamiento que nunca se

ha llegado a producir en los terrenos correspondientes a la llamada

segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga de

Zumaia de 15 de noviembre de 1974. La actual ordenación en esta

parte de la vega del Urola en Zumaia ha revocado la vocación

industrial de la zona de Gorostiaga.

- De acuerdo con la Normas Subsidiarias de Planeamiento del

Ayuntamiento de Zumaia, el polígono A.U. 18 KORTA, ya desarrollado

y situado al este de la zona que nos afecta, tiene clasificada una zona

en el extremo oeste del polígono como zona verde con una vocación

de zona de transición y defensa del entorno de Bedua debiendo

integrase funcional y paisajísticamente en el mismo. Esta zona verde

precisará de un criterio de intervención naturalística como zona de

transición con el entorno de las islas de Bedua.

- La calificación de este ámbito dentro de la categoría de ordenación de

Especial Protección por el Plan Territorial Sectorial (PTS) de Zonas

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24

Húmedas no es acorde con la definición que el propio Plan hace de

estas áreas, teniendo en cuenta su actual estado de degradación.

- Considerando los datos expuestos en los apartados anteriores, se

entiende que tratándose de un área en parte degradada, pero

ubicada dentro de una zona de muy alto valor ecológico y con gran

potencial tal y como se describe en los apartados anteriores, parte

del área definida como EP-3 se catalogará en el PTS en la categoría

de Mejora Ambiental, a cuya definición se adapta adecuadamente

(Plano nº 4 del Anexo I).

- La potencialidad del área de Gorostiaga desde el punto de vista

ambiental es muy elevada. Las marismas y humedales son un hábitat

de gran valor por las especies de fauna y flora que albergan y son

muy escasas a nivel del Territorio Histórico de Gipuzkoa en particular,

y de la cornisa cantábrica en general. La superficie que actualmente

se mantiene de humedal, con su flora asociada, tiene enorme

relevancia, y será crucial su mantenimiento funcional como origen y

medio para la recolonización del ámbito en un futuro.

2.5.2.- Modificaciones del PTS de Zonas Húmedas.

Se modifica el Artículo 14. Zonas húmedas costeras. Ría del Urola (Zumaia)

(A1G2). 2.- Zonificación y categorías de ordenación.+ Mejora ambiental.

Áreas degradadas a recuperar.

Se añade una nueva área a las existentes:

MA2-4: Zona de Korta

Se añade su consiguiente descripción:

MA2-4: Zona de Korta

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25

Zona de suelos de rellenos degradados al norte de la zona verde

de espacios libres del área industrial A.U. 18 Korta.

En la matriz de Regulación de usos y actividades, se añade en la celda

de “Zonas” correspondiente a la categoría de ordenación de “Áreas

degradadas a recuperar (MA-2)” la zona “MA2-4. Zona de Korta”.

En los planos de ordenación se sustituyen en el fascículo II del Anexo del

Decreto 160/2004, de 27 de julio, los planos de ordenación números 2, 3 y

5 correspondientes a la Ría del Urola por el plano nº 4 del anexo I, en los

que la zona de Korta en la Vega de Gorostiaga, que comprende los suelos

de rellenos degradados al norte de la zona verde de espacios libres del área

industrial A.U. 18 Korta calificada como EP-3, es recalificada como “área

degradada a recuperar MA2-4”.

Page 26: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

26

2.5.- MODIFICACIONES DEL DECRETO 160/2004, DE 27 DE

JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PLAN

TERRITORIAL SECTORIAL DE ZONAS HÚMEDAS DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

Se modifican los siguientes artículos del Plan:

1.- Artículo 5.- Clasificación de las zonas húmedas. Grupo I:

Se corrige el error advertido en el párrafo 7 del artículo 5 en el siguiente

sentido:

Donde dice Pozo de Lamiogin (GA11) debe decir Pozo de Lamiogin

(B7A4)

2.- Artículo 8.– Definición de usos del suelo y actividades. D.3.

Se sustituye la denominación y definición del apartado D.3. por la siguiente:

D.3.-Excavaciones de líneas subterráneas

Actividades de excavación y tendido de redes de transporte o

distribución de gas, petróleo y productos derivados, agua, saneamiento,

telecomunicaciones y otras redes infraestructurales subterráneas así como

las instalaciones complementarias.

Se añade un nuevo subapartado al apartado D.3.:

D.3.1.- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

Técnica consistente en ejecutar el tendido de tuberías tuberías sin la

excavación de zanja.

Page 27: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

27

Se añade el apartado E.3.Bis:

E.3.Bis.- Elementos del patrimonio cultural

Actuaciones y medidas encaminadas a la conservación, restauración y

recuperación del patrimonio arqueológico y cultural

3.- Artículo 12.- Matriz de regulación de usos y actividades.

En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas costeras se añaden las siguientes cuadrículas:

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1

D.3.1- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b)

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1

E.3.Bis- Elementos del patrimonio cultural

2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b) 2(b)

En la matriz de asignación de usos a categorías de ordenación para zonas

húmedas interiores se añaden las siguientes cuadrículas:

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1 S

D.3.1- Perforación horizontal dirigida o hincado horizontal

2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d)

Usos y actividades actuales o potenciales

EP MA1 MA2 AG FP F1 S

E.3.Bis- Elementos del patrimonio cultural

2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d) 2(d)

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28

4.1.- Artículo 14. Zonas húmedas costeras. Ría del Barbadún

(A1B1). 2.- Zonificación y categorías de ordenación.+Mejora

ambiental. Áreas degradadas a recuperar.

Se corrige el error advertido en el área relacionada en segundo lugar en el

siguiente sentido:

Donde dice MA2-1: Sector de CLH debe decir MA2-2: Sector de CLH.

4.2.- Artículo 14. Zonas húmedas costeras. Ría del Urola (Zumaia)

(A1G2). 2.- Zonificación y categorías de ordenación.+ Mejora

ambiental. Áreas degradadas a recuperar.

Se añade una nueva área a las existentes:

MA2-4: Zona de Korta

Se añade su consiguiente descripción:

MA2-4: Zona de Korta

Zona de suelos de rellenos degradados al norte de la zona verde de

espacios libres del área industrial A.U. 18 Korta.

En la matriz de Regulación de usos y actividades, se añade en la celda de

“Zonas” correspondiente a la categoría de ordenación de “Áreas degradadas

a recuperar (MA-2)” la zona “MA2-4. Zona de Korta”.

PLANOS DE ORDENACIÓN

Se sustituyen en el fascículo II del Anexo del Decreto 160/2004, de 27 de

julio:

- los planos de ordenación números 2, 3 y 5 correspondientes a la Ría

del Urola por el plano nº 4 del anexo I , en el que la zona de Korta en

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29

la Vega de Gorostiaga, que comprende los suelos de rellenos

degradados al norte de la zona verde de espacios libres del área

industrial A.U. 18 Korta calificada como EP-3, es recalificada como

“área degradada a recuperar MA2-4”.

- el plano de ordenación número 2 correspondiente a la Ría de

Inurritaza, Zarautz, por el plano nº 6 del anexo I, en el que se

modifica el límite en la zona calificada como MA1-1 y denominada

zona norte del viaducto pasando el nuevo límite a ser el del Biotopo

Protegido de Inurritza declarado por el Decreto 160/2004, de 27 de

julio.

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ANEXO I

PLANOS

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ANEXO II

PLAN DE RECUPERACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LA ZONA DE

MARISMAS Y FANGOS DEL ÁMBITO DE GOROSTIAGA (EP-3) EN

ZUMAIA.

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1

PLAN DE RECUPERACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LA ZONA DE

MARISMAS Y FANGOS DEL ÁMBITO DE GOROSTIAGA (EP-3) EN

ZUMAIA.

Índice

Página 1. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS......................................................................................................2 2. REFLEXIÓN ACERCA DEL ESTADO ACTUAL DEL ÁREA Y SU POTENCIALIDAD..........4 2.1. ANÁLISIS DEL MEDIO ....................................................................................................................4 2.1.1. Flora y Vegetación............................................................................................................................4 2.1.2. Fauna .................................................................................................................................................7 3. BIBLIOGRAFÍA ..................................................................................................................................10 4. PLAN DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL....................................................................................11 4.1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN PROPUESTA..................................................................11 4.2. RESTITUCIÓN DEL CONTACTO TIERRA-AGUAS Y DE LA DINÁMICA DE

INFLUENCIA MAREAL ................................................................................................................11 4.2.1. Regeneración de una plataforma inundable ................................................................................12 4.2.2. Excavación de una red da canales conectados con la ría ............................................................12 4.3. RESTAURACIÓN DE LA PRODUCTIVIDAD ECOLÓGICA DE LAS SUPERFICIES ........13 4.3.1. Regeneración de zonas de sedimentación de limos ......................................................................13 4.3.2. Escarificado y descompactación de las superficies compactadas ...............................................13 4.3.3. Aporte de tierra vegetal .................................................................................................................13 4.3.4. Revegetación mediante siembras, plantaciones, y recolonización..............................................13 4.4. ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS.....................................................................................15 4.4.1. Adecuación de los servicios afectados ...........................................................................................15 4.4.2. Generación de una charca para anfibios ......................................................................................15 4.4.3. Colocación de dispositivos artificiales para nidificación de aves................................................16 4.5. PRESUPUESTO................................................................................................................................17 4.5.1. Valoración de los terrenos. ............................................................................................................17 4.5.2. Ejecución de las actuaciones..........................................................................................................18 4.5.3. Precios unitarios. Movimientos de tierra......................................................................................19 4.5.4. Precios unitarios. Restauración y revegetación de las superficies..............................................19 4.5.5. Precios unitarios. Actuaciones complementarias.........................................................................23 4.5.6. Presupuesto global..........................................................................................................................24 1 PLANO Nº1; ACTUACIONES PROPUESTAS ...............................................................................................25 2 PLANO Nº2; SECCIÓN TIPO......................................................................................................................27

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2

1. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS

La ribera del río Urola en su desembocadura ha estado sometida a la influencia mareal

desde tiempos históricos y de ahí que en riberas como la de Bedua, en las inmediaciones

de Gorostiaga, se localicen importantes elementos o vestigios arquitectónicos y

etnográficos de actividad ligada al mar. Ello ha supuesto que lo que se considera el vaso

de esta ría esté colmatado de sedimentos propios de la desembocadura de los ríos, con

una componente importante de limos y fangos. Este depósito de elementos finos se

produce mayoritariamente en las orillas y tramos finales de la ría y está sometido a una

dinámica viva pero de cronología geológica.

Así, cuando en el año 2004 se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial de

Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, esta zona se considera

“Área de Especial Protección (E.P.-3, Marismas y Fangos”). Esta categoría supone

reconocer la funcionalidad de este espacio, a pesar de las intervenciones antrópicas más

recientes, como se comenta a continuación.

En las fotos aéreas correspondientes a los años 1954 y 2005, se puede observar el estado

original de la zona, en influencia mareal, y el estado actual con esta influencia perdida

por el relleno realizado.

El documento “Descripción de los valores naturales del ámbito de Gorostiaga (EP-3) en

Zumaia. Papel ecológico y potencialidad del entorno” (Ekos Estudios Ambientales,

2007), justifica y concluye que la parcela a la que nos referimos se identifica de forma

más perfecta con la definición que dentro del PTS de Humedales se hace de las Áreas de

Mejora Ambiental, que con un Área de Especial Protección, como es su clasificación

actual.

Partiendo de esta base, el documento que se presenta a continuación, analiza las

características de la zona al objeto de definir su tipología desde un punto de vista físico

y naturalístico, y aporta los elementos necesarios para la toma de decisiones de

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3

intervención hacia una recuperación ambiental ligada a la influencia mareal y que

asegure la preservación de sus valores naturales y los potencie si cabe, es decir, hacia la

recuperación de Gorostiaga como un ecosistema de marisma –humedal- restaurando los

flujos ecológicos propios de este medio. Así, la segunda parte del documento define las

actuaciones necesarias para su regeneración o mejora ambiental.

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4

2. REFLEXIÓN ACERCA DEL ESTADO ACTUAL DEL ÁREA Y SU

POTENCIALIDAD

Como punto de partida, se han estudiado los valores ecológicos y naturalísticos

presentes en la actualidad en el área de Gorostiaga. Y además, se ha valorado la

potencialidad del ámbito, es decir, lo que podría llegar a ser como ecosistema tras la

realización de una serie de actuaciones de recuperación encaminadas a regenerar su

vocación de humedal.

2.1. ANÁLISIS DEL MEDIO

A continuación, se presentan los datos de interés y que se ha considerado más relevantes

desde el punto de vista naturalístico.

2.1.1. Flora y Vegetación

2.1.1.1. Descripción general

El interés botánico del lugar radica esencialmente en la presencia de retazos de la

vegetación marismeña que constituye la vegetación potencial de este ámbito. Esta

vegetación está relegada a una estrecha banda de las márgenes del río Urola y, sobre

todo, a las parcelas situadas al extremo norte del ámbito.

Page 39: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN · PDF fileLa perforación horizontal dirigida es una técnica muy respetuosa con el medio ambiente ya que interfiere de manera mínima en el medio

5

Vegetación marismeña en el extremo norte de la vega de Gorostiaga

En el resto de la vega de Gorostiaga predominan ampliamente las comunidades

vegetales ruderales carentes de interés y en las cuales abundan las especies exóticas

invasoras.

Aspecto general de la vegetación de la vega de Gorostiaga

Además de las especies ruderales, también están representadas algunas especies del

cortejo florístico de la Encina artea (Quercus ilex subsp. ilex), y en particular los

arbustos Phillyrea latifolia, Rhamnus alaternus, Laurus nobilis, Ligustrum vulgares,

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6

Arbutus unedo, Rosa sp., que salpican la zona, especialmente en la ladera contigua a la

plataforma mareal.

Ejemplares de Madroño Gurbitza (Arbutus unedo)

2.1.1.2. Descripción y valoración de los retazos de vegetación marismeña

Debido a la superficie muy reducida disponible, estas comunidades vegetales no

presentan la típica zonificación en bandas paralelas, sino que conforman un mosaico en

función de la microtopografía del terreno. Se han observado al menos las siguientes

comunidades o hábitats:

• Fangos intermareales, colonizados únicamente por vegetación no vascular.

• Praderas de Puccinellia maritima con Glaux maritima.

• Comunidades de Atriplex portulacoides con Aster tripolium, Inula crithmoides y

Triglochin palustres.

• Juncales de Juncus maritimus.

• Praderas de Elymus athericus.

• Comunidades subhalófilas de Typha sp. o Scirpus maritima.

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7

Algunos de estos hábitats -el estuario en su conjunto (1130), los fangos y bancos de

arenas intermareales (1140), y los pastizales salinos atlánticos del Glauco-

puccinellietalia (1330)- figuran en el Anexo I de la Directiva Hábitats (Directiva

Europea 92/43/CE), como Hábitat Natural de Interés Comunitario.

A pesar de ocupar una superficie reducida, el valor de esta vegetación es muy elevado,

en particular en el contexto de la Comunidad Autónoma del País Vasco, donde las

marismas han sido antropizadas y ocupadas primero por el desarrollo de la agricultura y

después por los desarrollos urbanísticos.

En cuanto a la flora, señalar que es característica de la marisma, y que destaca por su

singularidad y su elevado valor botánico en general. Es particularmente relevante la

presencia de Limonium humile, especie considerada muy rara y que está incluida en el

Catálogo Vasco de Especies Amenazadas en la categoría “Vulnerable”.

La presencia de estos retazos de vegetación marismeña, de sumo interés en las zonas

sometidas a influencia mareal, refleja perfectamente la vocación y potencialidad de la

vega de Gorostiaga para su recuperación como parte del ecosistema estuarino de la ría

del Urola.

2.1.2. Fauna

Las rías y marismas suponen un medio de escasa superficie pero de gran valor desde el

punto de vista de la conservación de la biodiversidad. A nivel de la CAPV, este medio

supone sólo alrededor del 0,21% (1.500 ha) del territorio (Fuente: GESPLAN), pero hay

que señalar que se integran en él los espacios naturales que albergan mayor

biodiversidad, como es el caso de Urdaibai y Txingudi.

La ría del Urola, aunque de menor entidad que las anteriores (su superficie supone

alrededor del 4,1% del total de rías y marismas de la CAPV), es un espacio de interés

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8

sobre todo como lugar de reposo y alimentación de especies de aves migradoras durante

sus movimientos a los lugares de invernada o reproducción.

En el entorno de Gorostiaga, destaca la comunidad de aves ligada a la ría, representadas

aquí por especies limícolas (andarríos, chorlitejos, corregimos, ...), zancudas (garzas,

garcetas, espátulas, cigüeñas, ...), cormoranes, zampullines, patos, gaviotas, Martín

Pescador Martin arrantzalea (Alcedo Atthis), etc.

Garceta común Lertxuntxo txikia (Egretta garzetta) en el entorno de Gorostiaga.

En cuanto a la comunidad piscícola, aparecen especies propias del medio marino y de

los estuarios, en cualquier caso capaces de soportar altos rangos de salinidad, tales como

la Mojarra Muxar handi (Diplodus sargus), Cabuxino enano Bokaletako zarboa

(Pomatoschistus minutus), Platija Platuxa latza (Platichthys flesus), Lenguado Mihi-

arrain (Solea vulgaris). Entre los crustáceos, se encuentran la Quisquilla gris Izkira

zuria (Crangon crangon) y el Cangrejo verde Karramarro berdea (Carcinus maenas)

(Gobierno Vasco, 2005).

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9

En la ribera del río, aparecen especies propias de las riberas como el Ruiseñor bastardo

Errekatxindorra (Cettia cetti). Ya más alejados de las orillas, aparecen las especies

ligadas a la campiña atlántica, tales como Buitrón Ihi-txoria (Cisticola juncidis),

fringílidos, escribanos, tarabillas, zorzales, córvidos, etc.

Se tabulan a continuación algunas de las especies catalogadas a nivel de la CAPV y

citadas en la ría del Urola y su entorno. Se indica su grado de protección y su estatus.

Especie Catálogo

Vasco Catálogo Nacional

Directiva Aves Convenio

Berna

Convenio Bonn

Estatus

AVES Espátula Mokozabala Platalea

leucorodia

Vulnerable Interés

especial

I II II P

Halcón

peregrino

Belatz handia Falco peregrinus Rara Interés

especial

I II II R

Milano real Miru gorria Milvus milvus Vulnerable Vulnerable I II II P

Martinete

común

Amiltxoria Nycticorax

nycticorax

Rara Interés

especial

I II P

Garza

imperial

Lertxun gorria Ardea purpurea Rara Interés

especial

I II P

Aguila

pescadora

Arrano

arrantzalea

Pandion

haliaetus

Rara Vulnerable I II II P

Martín

pescador

Martin

arrantzalea

Alcedo atthis Interés

especial

Interés

especial

I II R, P, I

Carricerín

común

Benarriz

arrunta

Acrocephalus

schoenobaenus

Peligro de

extinción

Interés

especial

II P

Carricero

común

Lezkari

arrunta

Acrocephalus

scirpaceus

Rara Interés

especial

II II P

Correlimos

común

Txirri arrunta Calidris alpina Rara No

amenazada

II II P

Chorlitejo

chico

Tirritxo txikia Charadrius

dubius

Vulnerable Interés

especial

II II E

Papamosca

s cerrojillo

Euli-txori

beltza

Ficedula

hypoleuca

Rara Interés

especial

II II P

Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (Decreto 167/1996 y actualizaciones): EP, en peligro de

extinción V, vulnerable; R, rara; IE, de interés especial.

Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (Decreto 439/1990 y actualizaciones): EP, en peligro de

extinción V, vulnerable; IE, de interés especial.

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10

Directiva de Aves (Directiva 79/409/CE y Directiva 91/294/CE): I, especies que serán objeto de medidas

de conservación especiales en cuanto a su hábitat; II, especies cazables; III: Comerciables.

Convenio de Berna: II, especies estrictamente protegidas. III: Protegidas.

Convenio de Bonn: II, especies que necesitan o se beneficiarían de acuerdos internacionales para su

conservación.

Estatus: I: invernante; E: estival; R: residente; P: de paso

3. BIBLIOGRAFÍA

AIERBE, T.; OLANO, M. & VÁZQUEZ. J. 2001. Atlas de las aves nidificantes de

Gipuzkoa. Munibe (Ciencias Naturales-Natur Zientziak), 52.

CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L., 2002. Propuesta de plan de gestión del Halcón Peregrino en la CAPV. Informe inédito.

CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L., 2002. Propuesta de plan de gestión de la Espátula en la CAPV. Informe inédito.

GOBIERNO VASCO. Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio

Ambiente. Sistema de cartografía ambiental de la CAPV (CD-ROM).

GOBIERNO VASCO. DEPARTAMENTO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y

MEDIO AMBIENTE. DIRECCIÓN DE AGUAS. 2005. Red de Seguimiento del Estado

Ecológico de las Aguas de Transición y Costeras de la C.A.P.V. Informe inédito

realizado por AZTI-TECNALIA para Departamento de Ordenación del Territorio y

Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

GOBIERNO VASCO. DEPARTAMENTO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y

MEDIO AMBIENTE. Natura 2000. Formulario normalizado de datos. Ría del Urola/

Urolako itsasadarra.

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4. PLAN DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL

4.1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN PROPUESTA

Los objetivos que se persiguen para la recuperación del área de Gorostiaga como

ecosistema de marisma –humedal- son:

- La restitución del contacto del terreno con las aguas del Urola y la

recuperación de la influencia mareal sobre las áreas terrestres.

- La restauración de la productividad ecológica de las superficies mediante su

descompactación y la regeneración de un sustrato adecuado para albergar las

especies y comunidades propias de este tipo de hábitat. En este sentido, se

plantea el objetivo de reproducir zonas de tipología diferente, como son

marismas, sectores de sedimentación de limos, zonas de tierras inundables

dentro de la influencia de las mareas, y áreas de terreno en tierra firme con

vegetación propia del ecotono con el encinar cantábrico.

4.2. RESTITUCIÓN DEL CONTACTO TIERRA-AGUAS Y DE LA DINÁMICA

DE INFLUENCIA MAREAL

La principal actuación en este sentido es la remodelación de la morfología del terreno.

En el área de Gorostiaga, se calcula que se introdujeron algo más de 250.000m3 de

material de terraplén. La extracción y reubicación de este volumen de relleno es en la

práctica inasumible desde el punto de vista económico -se planteó en 2006 una

valoración de 1.634.902,40€ para ello- y ambiental incluso, ya que supondría la

generación de impactos ambientales indirectos de carácter negativo, por la ocupación de

terrenos para su depósito en otros puntos.

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Por ello, se propone el remodelado de la morfología mediante la redistribución del

material dentro del mismo área. Y se plantean las siguientes actuaciones:

4.2.1. Regeneración de una plataforma inundable

Excavación y tendido del talud del río en su margen derecha, de forma que se recree una

plataforma de pendiente muy moderada y dentro de la influencia mareal, es decir,

inundable. El volumen extraído se reubicará en la zona de la parcela más alejada del

cauce, casi en contacto con el borde del encinar, dando continuidad a la ladera del

bosque situado al este del ámbito (ver Plano nº 1).

Esta plataforma tendida se regenerará a lo largo de todo el tramo afectado por el relleno

de Gorostiaga en la margen derecha del Urola. Su cota se situará entre los 0 y los 2,8m,

cota máxima de la influencia mareal.

4.2.2. Excavación de una red da canales conectados con la ría

Excavación de un canal perimetral y toda una serie de pequeños canales secundarios

que penetren en la zona del relleno. Estos canales se realizarán a diferentes cotas, de

forma que los canales principales sean permanentes -según la cota de la lámina de agua

del río en mareas bajas y en condiciones normales- y los canales secundarios queden

inundados o no, en función de la dinámica del río-estuario.

El material extraído en la excavación de la red de canales se reubicará en la misma zona

de excavación, generando islas-montículos de tierra seca. De esta manera, al movilizar

al material y verterlo sin compactar, se logrará que la superficie final se encuentre

descompactada en parte.

El esquema de diseño de estas actuaciones se define en el plano nº 1.

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4.3. RESTAURACIÓN DE LA PRODUCTIVIDAD ECOLÓGICA DE LAS

SUPERFICIES

4.3.1. Regeneración de zonas de sedimentación de limos

La morfología de los canales excavados se hará con una sección tipo de taludes muy

tendidos, generando pequeñas plataformas interiores en las que las aguas se remansen y

se sedimenten de forma natural limos aportados por la ría. Estos entornos así generados

tienen un gran valor para la alimentación de las aves limícolas.

4.3.2. Escarificado y descompactación de las superficies compactadas

La superficie actual se encuentra compactada por las labores iniciales de urbanización,

impidiendo y/o dificultando su pronta y fácil regeneración natural. Los trabajos de

extendido del material de la excavación de los canales permitirá disponer de nuevas

superficies ya descompactadas, aptas para la pronta restauración naturalística.

4.3.3. Aporte de tierra vegetal

Se propone extender tierra vegetal en determinadas zonas que queden emergidas,

aprovechando para ello los acopios que de este material quedan en la zona.

4.3.4. Revegetación mediante siembras, plantaciones, y recolonización

Se emplearán preferentemente técnicas que favorezcan la recolonización natural del

ámbito, mediante el empleo de material vivo del propio entorno, con capacidad

vegetativa, como rizomas, estaquillas, etc., recolectados de las inmediaciones.

Puntualmente, y como punto de partida para la recolonización y regeneración de la

cubierta vegetal, se realizarán siembras y plantaciones, utilizando especies autóctonas,

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concretamente aquellas propias del encinar y su cortejo para la zona más interna, y las

de marisma para las áreas de influencia mareal. (Ver Plano nº2).

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4.4. ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS

Se plantean una serie de obras complementarias, todas ellas encaminadas a favorecer el

potencial de la zona como ecosistema:

4.4.1. Adecuación de los servicios afectados

Se encuentran presentes en la parcela, siguiendo aproximadamente su límite interior,

dos tuberías, de abastecimiento y saneamiento, que parten del actual polígono Corta y

salen por el lado norte mediante hinca que cruza el río. (Ver Plano nº 1). Puntualmente,

el relleno previsto se ubica sobre su trazado.

Para asegurar que no se ven afectados estos servicios, se solicitará al Consorcio de

Aguas de Gipuzkoa la autorización para efectuar estos rellenos dentro de la banda de

servidumbre de las conducciones, de 3m a cada lado de la generatriz de la tubería.

Se ejecutarán los condicionantes que se deriven de esta Autorización, concretamente el

recrecido de las arquetas que se vean afectadas, para mantenerlas practicables.

4.4.2. Generación de una charca para anfibios

En la zona más cercana al bosque, aprovechando el levantamiento del talud con el

material excavado de la parte de la ribera, se generará una charca para la reproducción

de anfibios.

Esta charca tendrá forma alargada, siguiendo la línea del meandro; su anchura será de

unos 4m y no tendrá conexión con la ría, de forma que se asegure que sus aguas sean

dulces.

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4.4.3. Colocación de dispositivos artificiales para nidificación de aves

Como medida complementaria, se colocarán dispositivos artificiales para su ocupación

como puntos de nidificación y cría de aves, tanto forestales como propias de la marisma

y el río, como por ejemplo el Martín pescador.

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4.5. PRESUPUESTO

4.5.1. Valoración de los terrenos.

La superficie aproximada de los terrenos objeto de esta valoración es 55.000 m2.

No se ha incluido la superficie correspondiente a la zona verde de la ficha urbanística

A.U. KORTA según el planeamiento de desarrollo del P.E.R.I. del ADU 32 del

planeamiento urbanístico de Zumaia. Según dicho planeamiento precisará de un criterio

de intervención naturalística como zona de transición con el entorno de las islas de

Bedua.

Los terrenos en cuestión no son susceptibles de valorarse como suelo urbanizado pues

no han sido efectiva y adecuadamente transformados por la urbanización y carecen, por

demás, de toda vocación urbanizadora. Asimismo, no tienen ningún potencial de uso

agrario ya que son rellenos de materiales no apropiados para este uso.

De acuerdo con la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, cuando el suelo sea rural,

“…los terrenos se tasarán mediante la capitalización de la renta anual real o potencial,

la que sea superior, de la explotación según su estado en el momento al que deba

entenderse referida la valoración”.

Luego para su valoración se le da un valor al suelo de 0,25 €/m2.

El valor de los terrenos ascenderá a:

55.000 m2 x 0,25 €/m2= 13.750 €.

- Valoración de los terrenos: 13.750,00 €

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4.5.2. Ejecución de las actuaciones

Se ha realizado una estima del presupuesto global de ejecución de las actuaciones

contempladas en la presente propuesta:

- Movimiento de tierras: 156.000,00 €

- Restauración y revegetación de las superficies: 163.326,90 €

- Actuaciones complementarias: 20.000,00 €

- TOTAL EJECUCIÓN ACTUACIONES: 339.326,90 €

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4.5.3. Precios unitarios. Movimientos de tierra

MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

50.000,00 M3 UNIDAD RES009: M3 DE MOVIMIENTO DE TIERRA DENTRO DE LA PROPIA PARCELA DE ACTUACIÓN. INCLUYE LA EXCAVACIÓN MEDIANTE RETROEXCAVADORA DE LA ZONA DE RETIRADA DE MATERIAL, ASÍ COMO DE LOS CANALES PRINCIPAL Y SECUNDARIOS, LA CARGA DEL MATERIAL EN CAMIÓN, SU TRANSPORTE DENTRO DE LA PROPIA PARCELA A UNA DISTANCIA MÁXIMA DE 300 M, SU VERTIDO EN LAS ZONAS DE REUBICACIÓN, CONTIGUAS A LA ACTUAL LADERA, Y SU EXTENSIÓN MEDIENTE BULLDOZER, SIN COMPACTAR.

3,12 156.000,00

TOTAL 156.000,00

4.5.4. Precios unitarios. Restauración y revegetación de las superficies.

MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

600,00 M3 UNIDAD RES001: DOTACION DE SUELO FERTIL EN LAS SUPERFICIES A REVEGETAR, CUANDO LA INEXISTENCIA DE SUELOS ACEPTABLES O CON UN ESPESOR INSUFICIENTE PARA LA IMPLANTACION VEGETAL LO HACE NECESARIO. CONSISTE EN LA EXCAVACION, CARGA, TRANSPORTE Y EXTENDIDO DE TIERRA VEGETAL ACOPIADA EN EL PROPIO ÁMBITO DE ACTUACIÓN, INCLUYENDO EL ESCARIFICADO PREVIO DE LAS SUPERFICIES DE ASIENTO Y EL IGUALADO DE DETALLE Y REFINO DE LA SUPERFICIE ACABADA.

2,55 1.530,00

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MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

600,00 M³ UNIDAD RES002: DOTACION DE SUELO FERTIL EN LAS SUPERFICIES A REVEGETAR, CUANDO LA INEXISTENCIA DE SUELOS ACEPTABLES O CON UN ESPESOR INSUFICIENTE PARA LA IMPLANTACION VEGETAL LO HACE NECESARIO. CONSISTE EN LA EXCAVACION, CARGA, TRANSPORTE Y EXTENDIDO DE TIERRA VEGETAL PROCEDENTE DE PRÉSTAMO, INCLUYENDO EL ESCARIFICADO PREVIO DE LAS SUPERFICIES DE ASIENTO Y EL IGUALADO DE DETALLE Y REFINO DE LA SUPERFICIE ACABADA.

21,00 12.600,00

15.000,00 M2. UNIDAD RES003: RIPADO PARA SU DESCOMPACTACIÓN DE LAS SUPERFICIES QUE PERMANEZCAN COMPACTADAS TRAS LOS MOVIMIENTOS DE TIERRA PREVISTOS, A UNA PROFUNDIDAD MÍNIMA DE 25 CM

0,5 7.500,00

30.000,00 M2. UNIDAD RES004: HIDROSIEMBRA DE ESPECIES HERBACEAS TIPO H1, CON TAPADO POSTERIOR, INCLUYE SUMINISTRO DE MATERIALES, SEMILLAS, MULCH, ESTABILIZADOR ABONO Y AGUA, ASI COMO LA MAQUINARIA Y MANO DE OBRA PRECISAS Y LA RESIEMBRA DE SUPERFICIES FALLIDAS.

0,69 20.700,00

240,00 100 M2 UNIDAD RES005: PLANTACIÓN DE 100 M2 DE SUPERFICIE DE RECUPERACIÓN DE TIPO ENCINAR. INCLUYE LA PLANTACIÓN CON UNA DENSIDAD DE 1UD/16M2, DE LAS SIGUIENTES ESPECIES, EN LAS PROPORCIONES QUE SE ADJUNTAN: 70% DE QUERCUS ILEX DE DIÁMETRO 6/8 CM MEDIDO A 1M DE ALTURA, 15% DE ARBUTUS UNEDO DE 1M DE ALTURA, Y 15% DE LAURUS NOBILIS DE 1 M DE ALTURA. INCLUIDA LA APERTURA DE HOYO DE 0,6 M X 0,6 M X 0,6 M, RELLENO DEL HOYO CON TIERRA VEGETAL MEJORADA CON MANTILLO O TURBA ENRIQUECIDA, PRIMER RIEGO POSTERIOR A LA PLANTACION, VERIFICACION DEL DRENAJE DEL HOYO Y RETIRADA EN SU CASO DE SOBRANTES A VERTEDERO, COLOCACION DE TUTOR Y PROTECCION DE BASE: PLASTICO O MALLAZO DE YUTE ADECUADAMENTE ANCLADO INCLUIDA REPOSICION DE MARRAS

153,75 36.900,00

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MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

150,00 100 M2 UNIDAD RES006: PLANTACIÓN DE 100 M2 DE SUPERFICIE DE RECUPERACIÓN DE VEGETACIÓN DE RIBERA. INCLUYE LA PLANTACIÓN, CON UNA DENSIDAD DE 1UD/16M2, DE LAS SIGUIENTES ESPECIES, EN LAS PROPORCIONES QUE SE ADJUNTAN: 50% DE ALNUS GLUTINISA DE DIÁMETRO 6/8CM MEDIDO A 1M DE ALTURA, 20% DE FRAXINUS EXCELSIOR DE DIÁMETRO 6/8CM MEDIDO A 1M DE ALTURA, Y 30% DE SALIX SPP DE 1M DE ALTURA. INCLUIDA LA APERTURA DE HOYO DE 0,6 M X 0,6 M X 0,6 M, RELLENO DEL HOYO CON TIERRA VEGETAL MEJORADA CON MANTILLO O TURBA ENRIQUECIDA, PRIMER RIEGO POSTERIOR A LA PLANTACION, VERIFICACION DEL DRENAJE DEL HOYO Y RETIRADA EN SU CASO DE SOBRANTES A VERTEDERO, COLOCACION DE TUTOR Y PROTECCION DE BASE: PLASTICO O MALLAZO DE YUTE ADECUADAMENTE ANCLADO INCLUIDA REPOSICION DE MARRAS

111,25 16.687,50

45,00 100 M2 UNIDAD RES007: PLANTACIÓN DE 100 M2 DE SUPERFICIE DE RECUPERACIÓN DE VEGETACIÓN DE MARISMA INCLUYE LA PLANTACIÓN, CON UNA DENSIDAD DE 4UD/M2, DE LAS SIGUIENTES ESPECIES, EN LAS PROPORCIONES QUE SE ADJUNTAN: 35% DE JUNCUS MARITIMUS, 35% DE TYPHA LATIFOLIA, Y 30% DE SCIRPUS MARITIMUS, PROCEDENTES DE VIVERO. INCLUIDA LA APERTURA DE HOYO DE 0,3 M X 0,3 M X 0,3 M, RELLENO DEL HOYO CON TIERRA VEGETAL MEJORADA CON MANTILLO O TURBA ENRIQUECIDA, PRIMER RIEGO POSTERIOR A LA PLANTACION, VERIFICACION DEL DRENAJE DEL HOYO Y RETIRADA EN SU CASO DE SOBRANTES A VERTEDERO, INCLUIDA REPOSICIÓN DE MARRAS

1.400,00 63.000,00

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MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

30,00 100 M2 UNIDAD RES008: PLANTACIÓN DE 100 M2 DE SUPERFICIE DE RECUPERACIÓN DE VEGETACIÓN DE MARISMA MEDIANTE LA RECOLECCIÓN Y TRASPLANTE DE ESPECIES PROPIAS DE ESTE AMBIENTE, TOMADAS DE LA PROPIA PARCELA DE ACTUACIÓN (ZONA NORTE). SE RECOLECTARÁN A MANO LAS PARTES DE LA PLANTA CON CAPACIDAD DE REPRODUCCIÓN VEGETATIVA, TALES COMO RIZOMAS, ESTACAS Y ESTOLONES, Y SE TRANSPORTARÁN MEDIANTE DUMPER A LAS ÁREAS RECUPERADAS DE INFLUENCIA MAREAL, DONDE SE PLANTARÁN INMEDIATAMENTE PARA SU DESARROLLO. INCLUYE LA RECOLECCIÓN MANUAL POR PEÓN ESPECIALIZADO, CON AYUDA DE MINI RETROEXCAVADORA EN CASO NECESARIO, TRASLADO HASTA LA UBICACIÓN FINAL DENTRO DE LA MISMA PARCELA MEDIANTE DUMPER, Y PLANTACIÓN EN MANCHAS DISPERSAS, HASTA COMPLETAR APROXIMADAMENTE EL 20% DE LA SUPERFICIE A REGENERAR DE MARISMA.

146,98 4.409,40

TOTAL 163.326,90

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4.5.5. Precios unitarios. Actuaciones complementarias.

MEDICIÓN UNIDAD DESIGNACIÓN DE LA OBRA PRECIO DE LA UNIDAD (euros)

TOTALES (EUROS)

1,00 P.A. P.A.001: EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS QUE SE DERIBEN DE LA AUTORIZACIÓN DE RELLENO EN LA BANDA DE SERVIDUMBRE DE LAS TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO, DE 3M A CADA LADO DE LA GENERATRIZ DEL TUBO. INCLUYE EN RECRECIDO Y SELLADO DE LAS ARQUETAS AFECTADAS.

12.000,00 12.000,00

1,00 P.A. P.A.002: EJECUCIÓN DE UNA BALSA PARA LA REPRODUCCIÓN DE ANFIBIOS FORESTALES, CONTIGUA A LA ACTUAL LADERA. INCLUYE LA MODELACIÓN DEL TERRENO Y SU IMPERMEABILIZACIÓN MEDIANTE LA COLOCACIÓN DE UNA LÁMINA AISLANTE.

6.000,00 6.000,00

1,00 P.A. P.A.003: SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE DISPOSITIVOS ARTIFICIALES PARA LA NIDIFICACIÓN DE AVES, DENTRO DEL ÁREA DE ACTUACIÓN, INCLUIDA SU CORRECTA INTEGRACIÓN EN EL ENTORNO..

2.000,00 2.000,00

TOTAL 20.000,00

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4.5.6. Presupuesto global

Teniendo en cuenta los apartados anteriores, se calcula el siguiente presupuesto global:

- Valoración de los terrenos: 13.750,00 €

- Ejecución de las actuaciones: 339.326,90 €

- TOTAL PRESUPUESTO GLOBAL: 353.076,90 €

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1 Plano nº1; Actuaciones propuestas

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2 Plano nº2; Sección tipo

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