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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N° 3077-2001-OS/CD ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Proyecto de Norma Procedimientos para Fijación de Precios Regulados Las sugerencias al presente documento se recibirán en el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía hasta el 07 de enero de 2002 Correo Electrónico: [email protected] Fax N° (511) 224 0491 Cartas Dirigidas a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG Av. Canadá 1460 Lima 41, Perú Página Web: www.cte.org.pe Lima, 22 de diciembre de 2001

Proyecto de Norma Procedimientos para Fijación de Precios ... · Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, los Organismos Reguladores ejercen función

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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍAOSINERG N° 3077-2001-OS/CD

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA

Proyecto de Norma

Procedimientos para Fijación de PreciosRegulados

Las sugerencias al presente documento se recibirán en el Organismo Supervisor de laInversión en Energía hasta el 07 de enero de 2002

Correo Electrónico: [email protected]

Fax N° (511) 224 0491

Cartas Dirigidas a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGAv. Canadá 1460

Lima 41, Perú

Página Web: www.cte.org.pe

Lima, 22 de diciembre de 2001

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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA

OSINERG N° 3077-2001-OS/CD

Lima, 21 de diciembre de 2001

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo señalado en el artículo 3° de la Ley N° 27332 Ley Marco de losOrganismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, losOrganismos Reguladores ejercen función normativa que comprende la facultadexclusiva de dictar en el ámbito y materias de su competencia normas de caráctergeneral y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses,obligaciones y/o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sususuarios;

Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG) de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 1° y 52°, literal n) de su Reglamento Generalaprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, tiene el encargo de normar yregular las tarifas de generación, transmisión y distribución eléctrica aplicables a losusuarios del servicio público de electricidad, las tarifas del servicio de transporte dehidrocarburos por ductos y de distribución de gas natural por red de ductos, así comodictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de sucompetencia;

Que, mediante Decreto Supremo N° 124-2001-PCM se establecieron mecanismos detransparencia adicionales en el procedimiento de fijación de precios regulados a fin deque la información utilizada por los Organismos Reguladores esté disponible aempresas y usuarios en general;

Que, conforme al Artículo 4° del mencionado Decreto Supremo, OSINERG deberáestablecer, mediante Resolución de Consejo Directivo, los procedimientos para lafijación de los distintos precios regulados;

Que, conforme al artículo 25° del Reglamento General de OSINERG, constituyerequisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general quedicte OSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectoshayan sido prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir lassugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán caráctervinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;

Que, tal como se dispone en el mencionado artículo 25°, la publicación debe contenerel texto de la norma, una exposición de motivos y el plazo dentro del cual se recibiránlos comentarios escritos de los interesados;

Que, la implantación de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N°124-2001-PCM requieren, en el caso de los procedimientos para Fijación de Tarifas enBarra y para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios deTransmisión, la modificación de algunas disposiciones de la Ley de Concesiones

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Eléctricas y su Reglamento, de forma tal que la aplicación de tales procedimientos seencuentren sujetos a tales modificaciones, razón por la cual se ha incorporado al piede los citados procedimientos la nota correspondiente.

Que, en sesión de Consejo Directivo de OSINERG de fecha 21 de diciembre de 2001,se aprobó la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEB delOrganismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, del proyecto de norma“Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los OrganismosReguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Reglamento Generaldel Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado porDecreto Supremo N° 054-2001-PCM y sus modificatorias; en el Decreto SupremoN°124-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y ensu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la PáginaWeb del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, del proyecto de norma:“Procedimientos para Fijación de Precios Regulados” conjuntamente con suexposición de motivos.

Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendarios, contados a partir de lafecha de la publicación a que se refiere el artículo primero, para que los interesadosremitan por escrito sus comentarios a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria(GART) sito en la Avenida Canadá N° 1460 San Borja, Lima.

Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico N°2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico:[email protected]

Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción yanálisis de los comentarios que se presenten al proyecto de norma, así como lapresentación de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERG.

AMADEO PRADO BENÍTEZPresidente del Consejo Directivo

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Mediante Decreto Supremo N° 124-2001-PCM de 29 de noviembre de 2001, seestablecieron mecanismos de transparencia adicionales a los ya existentes, con elobjeto de que los procesos de fijación de tarifas y los criterios y metodologíasempleadas para ello, sean conocidos tanto por las Empresas Prestadoras de losServicios Públicos involucradas, como por los usuarios en general.

El proyecto de norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”,contempla los distintos procedimientos regulatorios que lleva a cabo el OSINERG, porintermedio de su Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, cumpliéndose en cadauno de ellos las exigencias de ley, esto es, los órganos involucrados en elprocedimiento para fijación de tarifas con las facultades de cada uno de ellos, losplazos en que deben pronunciarse dichos órganos, los recursos que las EmpresasPrestadoras de los Servicios Públicos pueden interponer contra las resoluciones quedicte el OSINERG, los plazos para su interposición y el órgano responsable deresolver, así como el flujograma correspondiente.

En aplicación de la función normativa del OSINERG, se ha contemplado que losprocedimientos de fijación de precios señalados anteriormente sean prepublicados,con el objeto de recibir las opiniones de los interesados que puedan contribuir amejorar los mismos, debiendo tenerse en cuenta que los procedimientos definitivosdeberán ser publicados dentro de los 30 días hábiles siguientes a la expedición delDecreto Supremo N° 124-2001-PCM.

En el caso de los procedimientos para Fijación de Tarifas en Barra y para Fijación deTarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión, estos sólopueden implantarse si se procede a la modificación de determinados artículos de laLey de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, tal como se indica en las notas queaparecen en los anexos correspondientes del documento denominado“Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”.

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PROCEDIMIENTOS PARA FIJACIÓN DE PRECIOSREGULADOS

Artículo 1°.- Objeto

Establecer los procedimientos para fijación de precios regulados en las actividades degeneración, transmisión y distribución de electricidad, así como en las actividades dedistribución de gas natural por red de ductos y transporte de hidrocarburos por ductos;

Artículo 2°.- Ámbito

Están comprendidas dentro del alcance de la presente norma las empresasgeneradoras, transmisoras y distribuidoras de electricidad, así como aquellas otrasdedicadas a la distribución de gas natural por red de ductos y al transporte dehidrocarburos por ductos. Asimismo están comprendidos los usuarios del serviciopúblico.

Artículo 3°.- Base Legal

La Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privadaen los Servicios Públicos; el Reglamento General del Organismo Supervisor de laInversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCMy sus modificatorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y sus modificatorias; LeyN° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos; el Reglamento de Transporte deHidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 041-99-EM y susmodificatorias; el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos,aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM y sus modificatorias; y el DecretoSupremo N°124-2001-PCM.

Artículo 4°.- Definiciones y Glosario de Términos

Cuando en el presente documento se utilicen los siguientes términos en singular oplural se deberá entender por:

COES : Organismo técnico denominado Comité de OperaciónEconómica del Sistema conformado por los titulares de lascentrales de generación y de sistemas de transmisión, cuyasinstalaciones se encuentren interconectadas, con la finalidad decoordinar su operación al mínimo costo, garantizando laseguridad del abastecimiento de energía eléctrica y el mejoraprovechamiento de los recursos energéticos.

DGE : Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía YMinas.

DGH : Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía YMinas.

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GART : Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERG

LCE : Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Ley N° 25844

LOH : Ley Orgánica de Hidrocarburos - Ley N° 26221

OSINERG : Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía

RG : Reglamento General del OSINERG

RLCE : Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas

RTHD : Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos

RDGN : Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos

Artículo 5°.- Procedimientos para Fijación de Precios Regulados

Cada uno de los procedimientos para fijación de precios regulados que se señalan acontinuación, contienen la información relativa a los órganos involucrados en elmismo, sus facultades, los plazos en que estos órganos deben pronunciarse, losrecursos impugnativos que pueden interponerse así como los plazos para suinterposición y el órgano responsable de resolverlos:

• Procedimiento para Fijación de Tarifas en Barra: Las tarifas en barra deberánser fijadas semestralmente por el OSINERG, debiendo entrar en vigencia losmeses de mayo y noviembre de cada año. El procedimiento correspondiente seencuentra contenido en el cuadro que se acompaña como Anexo A del presentedocumento;

• Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los SistemasSecundarios de Transmisión: Conforme a las disposiciones contenidas en laLCE y su Reglamento, las tarifas y compensaciones para los sistemassecundarios de transmisión, que involucre consumidores no pertenecientes alServicio Público de Electricidad, y sus respectivas fórmulas de reajuste, seránfijadas por el OSINERG. El procedimiento se encuentra contenido en el cuadrodenominado Anexo B del presente documento;

• Procedimiento para Fijación del Valor Agregado de Distribución y CargosFijos: Son fijados por el OSINERG cada cuatro años, entrando en vigencia en elmes de noviembre. Este procedimiento se encuentra en el numeral 1) del cuadrodenominado Anexo C que forma parte integrante del presente documento;

• Procedimiento para Fijación de los Costos de Conexión a la Red deDistribución Eléctrica: Conforme a la LCE y su Reglamento, el OSINERG debefijar, revisar y modificar los montos que deberán pagar los usuarios del serviciopúblico de electricidad por el costo de acometida, equipo de medición y proteccióny su respectiva caja y el monto mensual que cubre su mantenimiento y permite sureposición en un plazo de 30 años. Dicho procedimiento se encuentra en elnumeral 2) del cuadro denominado Anexo C del presente documento;

• Procedimiento para Fijación de las Tarifas de Transporte de Hidrocarburos

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por Ductos: Conforme con las disposiciones de la LOH y su Reglamento, lasTarifas Básicas y sus respectivas fórmulas de actualización serán fijadas por elOSINERG para cada período de Regulación; éste último será fijado por elOSINERG para cada caso. El procedimiento en mención se encuentra señaladoen el cuadro denominado Anexo D, que forma parte del presente documento;

• Procedimiento para Fijación de las Tarifas de Distribución de Gas Naturalpor Red de Ductos (Reglamento Vigente D.S. N° 042-99-EM): Conforme a lasdisposiciones contenidas en la LOH y su Reglamento, las Tarifas Máximas y susrespectivas fórmulas de cálculo y de reajuste serán fijadas por el OSINERG paracada Concesión y tendrán una vigencia de cuatro (4) años, y sólo podránrecalcularse en un plazo menor, si sus reajuste duplican el valor inicial de lastarifas durante el período de su vigencia. El correspondiente procedimiento seencuentra señalado en el cuadro denominado Anexo E, que forma parte delpresente documento.

• Procedimiento de Regulación de las Tarifas de Transporte de HidrocarburosLíquidos por Ductos – Caso PETROPERÚ (D.S. N°025-94-EM): Conforme conlo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria del D.S. N°041-99-EM, en elcontrato de Transporte de Hidrocarburos Líquidos suscrito entre el EstadoPeruano y PETROPERÚ de diciembre 1995 y en el Reglamento de Tarifas DeTransporte De Hidrocarburos Líquidos por Ductos aprobado por Decreto SupremoN°025-94-EM, vigente al momento de la suscripción del referido contrato, lasnormas de transparencia contenidas en el Decreto Supremo N°124-2001-EM noson de aplicables al procedimiento tarifario que rige dicho contrato. Elcorrespondiente procedimiento se encuentra señalado en el cuadro denominadoAnexo F, que forma parte del presente documento.

• Procedimiento de Regulación de las Tarifas de Distribución de Gas Naturalpor Red de Ductos – Caso GASTALSA (D.S. N°056-93-EM: Conforme con lodispuesto en la Segunda Disposición Transitoria del D.S. N°042-99-EM, en elcontrato de Distribución de Gas Natural por Ductos suscrito entre el EstadoPeruano y GASTALSA de fecha 4 de noviembre de 1998 y en el Reglamento deTarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por DecretoSupremo N°056-93-EM, vigente al momento de la suscripción del referidocontrato, las normas de transparencia contenidas en el Decreto Supremo N°124-2001-EM no son aplicables al procedimiento tarifario que rige dicho contrato. Elcorrespondiente procedimiento se encuentra señalado en el cuadro denominadoAnexo G, que forma parte del presente documento.

Artículo 6.- Información Adicional

El OSINERG, de ser necesario, establecerá la información específica que se requierapara presentar las propuestas tarifarias en cada procedimiento regulatorio. Asimismo,establecerá los formularios y medios para su presentación.

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ANEXOS

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PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE TARIFAS EN BARRA

OSINERGOSINERG COESCOES InteresadosInteresados

Presentación del Estudio Técnico Económico

Audiencia Pública para Presentación y Sustento dePropuesta Tarifaria (Exposición)

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Plazos

Audiencia Pública para Presentación de Tarifas enBarra

Observaciones al Estudio Técnico Económico delCOES

Absolución de las Observaciones

Resolución de Recursos de Reconsideración

Publicación de la Resolución de Tarifas en Barra

Aprobación de la Relación de Información queSustenta Tarifas en Barra

Publicación de la Resolución que resuelve Recursosde Reconsideración

Antes del 2 de marzo y 2de setiembre de cada

año

3 días naturales

5 días naturales

10 días naturales

Antes del 14 de abril y14 de octubre de cada

año

15 días naturales

Antes del 30 de abril y31 de octubre de cada

año

10 días naturales

2 días naturales

25 días naturales

Audiencia Pública para Presentación y Sustento dePropuesta Tarifaria (Convocatoria)

Interposición de Recursos de Reconsideración

Audiencia Pública para Presentación de los Recursos de Reconsideración (Exposición)Audiencia Pública para Presentación de los Recursos

de Reconsideración (Convocatoria)

2 días naturales

2 días naturales Publicación del Estudio Técnico Económico

Publicación de los Recursos de Reconsideración3 días naturales

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PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE TARIFAS Y COMPENSACIONES PARA LOSSISTEMAS SECUNDARIOS DE TRANSMISIÓN

OSINERGOSINERG Titulares de los SistemasTitulares de los SistemasSecundarios de TransmisiónSecundarios de Transmisión

InteresadosInteresados

Presentación de los Estudios Técnico Económicos conlas Propuestas de Tarifas y Compensaciones

Plazos

Audiencia Pública para Presentación de las Tarifas yCompensaciones

Observaciones a los Estudios Técnico Económicos delos Titulares de Transmisión

Absolución de las Observaciones

Resolución de Recursos de Reconsideración

Publicación de las Resoluciones de las Tarifas yCompensaciones

Aprobación de la Relación de Información queSustenta lasTarifas y Compensaciones

Antes del 15 de enero decada año

Antes del 15 de febrerode cada año

15 días naturales

10 días naturales

Antes del 14 de abrilde cada año

15 días naturales

Antes del 30 deabril de cada año

10 días naturales

2 días naturales

25 días naturales

Audiencia Pública para Presentación y Sustento dePropuestas de Tarifas y Compensaciones

(Convocatoria)

Interposición de Recursos de Reconsideración

Audiencia Pública para Presentación de Recursos deReconsideración (Convocatoria)

10 días naturales Publicación de los Estudios Técnico Económicos

Publicación de los Recursos de Reconsideración3 días naturales

Audiencia Pública para Presentación y Sustento dePropuestas de Tarifas y Compensaciones

(Exposición)

Audiencia Pública para Presentación de Recusos de Reconsideración (Exposición)

Publicación de la Resolución que resuelve Recursosde Reconsideración

2 días naturales

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1.- Valor Agregado de Distribución (VAD)

PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA

OSINERGOSINERG Empresas de DistribuciónEmpresas de DistribuciónEléctricaEléctrica InteresadosInteresadosPlazos

Publicación de los Resultados del Estudio deCostos del VAD

Elaboración del Estudio de Costos del VAD

Encargo del Estudio de Costos del VAD

Adjudicación del Estudio de Costos del VAD

Presentación del Informe Final del Estudiode Costos del VAD

25 días naturales

Observaciones al Estudio de Costos del VAD

Supervisión del Estudio de Costos del VAD

Audiencia Pública para Presentación y Sustentodel Estudio de Costos del VAD (Convocatoria)

Resolución de Recursos deReconsideración

A más tardar el últimodía de febrero del año

de la regulación

30 días naturales

120 días naturales

15 días naturales

10 días naturales

10 días útiles

20 días naturales

1 día natural

10 días naturales

3 días naturales

2 días naturales

Audiencia Pública para Presentación y Sustentodel Estudio de Costos del VAD (Exposición)

Aprobación de la Relación de Informaciónque Sustenta el VAD

Audiencia Pública del VAD

Publicación de la Resolución que fija el VAD

Publicación de los Recursos deReconsideración

Audiencia Pública para Presentación de los Recursos de Reconsideración (Exposición)Audiencia Pública para Presentación de losRecursos de Reconsideración (Convocatoria)

Publicación de las Resoluciones que resuelvenlos Recursos de Reconsideración

7 días naturales

15 días naturales

5 días naturales

Interposición de Recursos de Reconsideración

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2.- Costos de Conexión a la Red de Distribución Eléctrica

PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA

OSINERGOSINERG Empresas de DistribuciónEmpresas de DistribuciónEléctricaEléctrica InteresadosInteresadosPlazos

Presentación de la Propuesta Final

Presentación de InformaciónPropuesta de Costos

Revisión de la Información y Propuesta deCostos

Observaciones a la Propuesta de Costos

Interposición de Recursos de Reconsideración

Resolución de Recursos deReconsideración

A más tardar el 15 demarzo del año de la

regulación

90 días naturales

10 días naturales

60 días naturales

15 días naturales

1 día natural

10 días naturales

3 días naturales

2 días naturales

Aprobación d e la Relación de Información queSustenta los Costos de Conexión

Audiencia Pública para Presentación de los Costosde Conexión

Publicación de la Resolución que Fija los Costos deConexión

Publicación de los Recursos de Reconsideración

Audiencia Pública de Presentación de los Recursos de Reconsideración (Exposición)Audiencia Pública de Presentación deRecursos (Convocatoria)

Publicación de las Resoluciones que resuelvenRecursos de Reconsideración

10 días naturales

5 días naturales

25 días naturales

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OSINERGOSINERG ConcesionarioConcesionario UsuariosUsuarios

Presentación de la Propuesta Tarifaria90 días útiles

15 días naturales

15 días útiles

20 días útiles

3 días naturales

Procedimiento de acuerdo al D.S. 041-99-EM

Plazos

Aprobación de la Relación de Información queSustenta las Tarifas de Transporte por Ductos

PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE LAS TARIFAS DE TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS POR DUCTOS

Evaluación y Observaciones a la PropuestaTarifaria

Absolución de Observaciones

Audiencia Pública para Presentación de lasTarifas de Transporte por Ductos

Publicación de la Resolución que Fijas TarifasMáximas

30 días útiles

Publicación de Propuesta Tarifaria2 días útiles

Interposición de Recursos de Reconsideración10 días naturales

5 días naturales

Publicación de los Recursos deReconsideración

22 días naturales

Audiencia Pública para Presentación de losRecursos de Reconsideración (Convocatoria)

2 días naturales

Resolución de Recursos de Reconsideración

Publicación de las Resoluciones que resuelvenRecursos de Reconsideración

1 día natural

Audiencia Pública para Presentación de los Recursos de Reconsideración (Exposición)

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OSINERGOSINERG ConcesionarioConcesionario UsuariosUsuarios

Presentación de la Propuesta Tarifaria90 días útiles

15 días naturales

20 días útiles

20 días útiles

3 días naturales

Procedimiento de acuerdo al D.S. 042-99-EM

Plazos

Aprobación de la Relación de Información queSustenta las Tarifas de Distribución de Gas

Natural por Red de Ductos

PROCEDIMIENTO PARA FIJACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR RED DE DUCTOS

Evaluación y Observaciones a PropuestaTarifaria

Absolución de Observaciones

Audiencia Pública para Presentación de lasTarifas de Distribución de Gas Natural por Red

de Ductos

Publicación de Resolución que Fija TarifasMáximas

30 días útiles

Publicación de la Propuesta Tarifaria2 días útiles

Interposición de Recursos de Reconsideración10 días naturales

5 días naturales

Publicación de los Recursos deReconsideración

22 días naturales

2 días naturales

Resolución de Recursos de Reconsideración

Publicación de las Resoluciones que resuelvenRecursos de Reconsideración1 día natural

Audiencia Pública para Presentación de losRecursos de Reconsideración (Convocatoria)

Audiencia Pública para Presentación de los Recursos de Reconsideración (Exposición)

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OSINERGOSINERG ConcesionarioConcesionario UsuariosUsuarios

Elaboración de Propuesta de TarifaMáxima

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10 días útiles

Procedimiento anterior al D.S. 041-99-EM (D.S. 025-94-EM). Caso PETROPERU.

Plazos

Absolución de Observaciones

Proceso de Regulación de las Tarifas de Transporte de Hidrocarburos Líquidos por Ductos

Envío de Solicitud de Revisión deUsuario

Aprobación de Tarifas deTransporte

5 días útiles

5 días útiles Comunicación por escrito a OSINERG

Acuerdo de Tarifas a aplicarse entre las partes

Comunicación a OSINERG

1 día útil

Eventualmente Solicitud deRevisión de Tarifa Máxima

5 días útiles

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OSINERGOSINERG ConcesionarioConcesionario UsuariosUsuarios

Solicitud de Aprobación de cuadrosTarifarios acompañada de sustentos

técnicos

Dentro delultimo año

20 días útiles

20 días útiles

3 díasnaturales

Procedimiento de acuerdo al D.S. 056-93-EM. Caso GASTALSA

Plazos

Proceso de Regulación de las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Ductos

Evaluación y Observaciones aPropuesta Tarifaria

Absolución de Observaciones

Publicación de Resolución queFijas Tarifas de Distribución

30 días útiles

Interposición de Recursos de Reconsideración10 díasnaturales

Resolución de Recursos deReconsideración

Publicación de Resolución1 día natural

Aprobación de relación deinformación que sustenta la tarifa

120 díasnaturales