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Proyecto de Ordenanza Creación del Observatorio de “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática” VISTO: Actualmente los ciudadanos nos hemos visto ante una nueva problemática: la inseguridad, que hoy perjudica a todos los vecinos de la Ciudad de San Luis. Por ello la idea es trabajar en un Proyecto de Ordenanza para concretar la creación de un “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”. Para que esto suceda, creemos que es muy importante utilizar información confiable con base científica que permita tener un diagnóstico preciso de la realidad de nuestras calles. Debemos puntualizar desde el inicio que no es nuestra intención presentar aquí un tratado de corte académico sobre el tema, ni mucho menos desplegar una visión definitiva sobre estos temas. Tampoco es nuestra intención favorecer un tipo u otro de Prevención, más bien intentamos presentar solo algunas de las ideas centrales de las formas más reconocidas de prevención del delito y clarificar, en el caso puntual de la “Prevención Situacional del Delito”, ciertas ideas que no suelen, a nuestro criterio, considerarse en su naturaleza original. Para ello partiremos de lo que entendemos como Seguridad Ciudadana. Pensamos que esta, es el conjunto de condiciones sociales, económicas, políticas, culturales, ecológicas y de protección policial, que garantizan el adecuado funcionamiento de la comunidad y convivencia ciudadana. Por otro lado, la Seguridad Pública, en cuanto función de responsabilidad del Estado, persigue asegurar tranquilidad y paz social a los habitantes de la Provincia, manteniéndolos libres de todo peligro, daño o riesgo que pueda afectar el normal ejercicio de sus derechos y deberes. En este contexto los conceptos de Seguridad Ciudadana y Seguridad Pública se asocian al grado de confianza de las personas y sus organizaciones en relación al normal y adecuado funcionamiento del entorno social en que se desenvuelven, condicionado por la legalidad que los ordena y rige, que les permitirá –así- ejercer sus derechos en plenitud. Es decir, a todos los fines prácticos, Seguridad Ciudadana y Seguridad Pública en cuanto se refieren a un mismo estado deseado para el conglomerado social en su conjunto, son dos expresiones del mismo concepto. Ahora bien, la Seguridad Ciudadana implica también un conjunto de políticas públicas encaminadas a acercar la situación real a la

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Proyecto de OrdenanzaCreación del Observatorio de “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”VISTO:Actualmente los ciudadanos nos hemos visto ante una nueva problemática: la inseguridad, que hoy perjudica a todos los vecinos de la Ciudad de San Luis. Por ello la idea es trabajar en un Proyecto de Ordenanza para concretar la creación de un “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”. Para que esto suceda, creemos que es muy importante utilizar información confiable con base científica que permita tener un diagnóstico preciso de la realidad de nuestras calles.Debemos puntualizar desde el inicio que no es nuestra intención presentar aquí un tratado de corte académico sobre el tema, ni mucho menos desplegar una visión definitiva sobre estos temas.Tampoco es nuestra intención favorecer un tipo u otro de Prevención, más bien intentamos presentar solo algunas de las ideas centrales de las formas más reconocidas de prevención del delito y clarificar, en el caso puntual de la “Prevención Situacional del Delito”, ciertas ideas que no suelen, a nuestro criterio, considerarse en su naturaleza original.   Para ello partiremos de lo que entendemos como Seguridad Ciudadana. Pensamos que esta, es el conjunto de condiciones sociales, económicas, políticas, culturales, ecológicas y de protección policial, que garantizan el adecuado funcionamiento de la comunidad y convivencia ciudadana. Por otro lado, la Seguridad Pública, en cuanto función de responsabilidad del Estado, persigue asegurar tranquilidad y paz social a los habitantes de la Provincia, manteniéndolos libres de todo peligro, daño o riesgo que pueda afectar el normal ejercicio de sus derechos y deberes. En este contexto los conceptos de Seguridad Ciudadana y Seguridad Pública se asocian al grado de confianza de las personas y sus organizaciones en relación al normal y adecuado  funcionamiento del entorno social en que se desenvuelven, condicionado por la legalidad que los ordena y rige, que les permitirá –así- ejercer sus derechos en plenitud. Es decir, a todos los fines prácticos, Seguridad Ciudadana y Seguridad Pública en cuanto se refieren a un mismo estado deseado para el conglomerado social en su conjunto, son dos expresiones del mismo concepto. Ahora bien, la Seguridad Ciudadana implica también un conjunto de políticas públicas encaminadas a acercar la situación real a la situación ideal, es decir, políticas que apunten hacia la eliminación o reducción de las amenazas de seguridad o hacia la adecuada protección de la población ante esas amenazas. Por otro lado, la Seguridad Pública (en cuanto a responsabilidad del Estado) supone una situación social libre de riesgos, peligros y conflictos, en cuyo marco los ciudadanos pueden gozar y ejercer sus derechos, libertades y garantías constitucionales y en la que existen políticas, estrategias y mecanismos institucionales eficientes tendientes a prevenir, controlar y/o neutralizar aquellos riesgos, peligros o conflictos concretos y previsibles que lesionen derechos, libertades y a mitigar y atenuar sus efectos en caso de que estos se concreten.

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La propuesta que estamos realizando en cuanto a la creación de este Observatorio, dicho de otro modo, es la de conformar  un sistema de recopilación y análisis de información sobre violencia y delincuencia sustentado en fuentes institucionales y encuestas de opinión dirigidas a la comunidad que son el soporte para construir índices e indicadores de violencia, con el propósito de mejorar la seguridad y convivencia ciudadana.La finalidad es generar una instancia interinstitucional para proveer  de información oportuna y de calidad para focalizar áreas geográficas de inseguridad; determinar grupos de población vulnerables a sufrir hechos delictivos; incentivar la formulación de políticas públicas y facilitar la toma de decisiones. En cuanto a la integración del “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”, estaría organizado en dos niveles que actuarían en forma articulada. El nivel operativo: el Director de Participación Comunitaria; un integrante del Departamento Ejecutivo; un representante de la policía local; un representante de la policía Municipal, un miembro del Poder Judicial de la Provincia, dos Concejales (de distintos Bloques) designados por el cuerpo Legislativo (cargos ad honorem).El nivel técnico: representado por un licenciado en Seguridad Pública; un especialista en estadísticas y colaboradores en función a los trabajos que se realicen.El Observatorio de Seguridad es un reservorio informático (base de datos) llamado a contener la totalidad de la información sensible de la que habrán de valerse todas las agencias que integren el sistema del Observatorio a los fines de adecuar sus acciones a las políticas públicas de seguridad en orden a reducir los índices delictivos y la violencia.Se considera información sensible toda aquella referida a los indicadores demográficos, de salud, de educación, de condiciones de vida, de trabajo, de ingreso y gasto público, de participación comunitaria en seguridad, de prevención social de la violencia, de delitos, de victimización, de operatividad de los subsistemas policial, judicial y penitenciario, y de desenvolvimiento de la seguridad privada.Constituye una herramienta de diagnóstico con información cuantitativa (estadísticas) y cualitativas (estudios exploratorios de victimización), y así lograr un “Georreferenciamiento del Delito” en la Ciudad de San Luis.- CONSIDERANDO:Que el “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática” tiene como objetivo general asistir a los gobiernos locales, a través del análisis, medición y planificación, en la elaboración de acciones tendientes a mejorar los niveles de seguridad en sus distritos, concibiendo a este problema desde una óptica global en la cual la inclusión social y la prevención sean los ejes principales.Que en particular, se persiguen los siguientes propósitos: -Propender un sistema de análisis que permita disponer de información confiable, oportuna y representativa del fenómeno delictivo.-Orientar medidas preventivas.            -Monitorear y evaluar las acciones emprendidas.            -Generar hipótesis sobre la causalidad del fenómeno.

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-Instalar capacidad en los actores locales para el abordaje de esta problemática.            -Favorecer la creación de instancias regionales de coordinación.-Propiciar la participación comunitaria en la gestión de la Seguridad Ciudadana.-Fomentar la discusión, la reflexión y el debate. Que la conformación de los Observatorios Municipales tiene ya grandes antecedentes no sólo en nuestra República siendo las Principales Provincias Buenos Aires y Santa Fé, sino también  en el mundo:AMERICA DEL NORTECanada- Montreal – “Observatoire montréalais des inégalités sociales et de la santé”.Estados Unidos- San Diego- ”San Diego Domestic Violence Counci”Mexico- Benito Juárez- “Observatorio de Violencia Social y de Género de Benito Juárez- Observatorio de Seguridad y Convivencia Ciudadana” AMERICA DEL SURColombia- Antioquia- “Observatorio de Ninez y Adolescencia de Antioquia- Apartadó- Observatorio del Delito en Apartadó” Bogotá- “Centro de Estudio y Análisis en Convivencia y Seguridad Ciudadana- Sistema Unificado de Información en Violencia y Delincuencia de Bogotá”Cartagena- “Centro de Observación y Seguimiento del Delito de Cartagena”Medellín- “Obvervatorio de Políticas Públicas del Concejo de Medellín”Palmira- “Observatorio de Seguridad, Convivencia y Cultura Ciudadana”Santander- “Observatorio de Salud Pública de Santander”Santiago De Cali- “Observatorio Social de Santiago de Cali”Ecuador- Quito- “Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana de Quito” EUROPAEspaña- Madrid- “Observatorio de Seguridad de la Ciudad de Madrid”Francia- “Observatoire départemental des violences envers les femmes”Que el Marco de creación se desarrolló en el mes de febrero de 2010, cuando la Federación Argentina de Municipios y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires suscribieron un Convenio Marco para encarar en forma conjunta acciones que permitan brindar a la comunidad un mejor servicio en sus respectivas jurisdicciones o áreas de influencia. En el referido contexto, las partes firmaron un Convenio Particular tendiente al desarrollo de iniciativas e ideas que contribuyan al mejoramiento de la protección de los vecinos a través de medidas elaboradas por cada gobierno local que, además, puedan coordinarse entre las distintas jurisdicciones. Sobre la base de tales acuerdos, el 22 de febrero del citado año, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires,  el Ministro de Gobierno, y el Presidente de la Federación Argentina de Municipios,  reunidos en la sede del último organismo, pusieron en funcionamiento el “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”.Que en estos últimos años, el factor Seguridad - Inseguridad Pública en la Ciudad ha sido determinante a la hora de planificar o, mejor dicho debiera haber sido determinante a la hora

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de planificar políticas públicas al respecto. Dado que los números, estadísticas y valores que conocemos a diario sobre la realidad violenta que sucede en nuestras calles son alarmantes, creemos que es necesario y urgente determinar herramientas útiles para que las políticas públicas se definan basándose en métodos cuantificables.Que no es necesario aclarar todos los inconvenientes que acarrea la problemática de la violencia en nuestro país y por supuesto, en nuestra Ciudad, porque son por demás conocidos. Lo que merece destacar es que un Observatorio tiene como objetivo principal recopilar y analizar en forma interdisciplinaria la información relacionada con alguna temática en especial, para la aplicación de los resultados en la formulación de estrategias de acuerdo a los objetivos previos que se plantean en la planificación de políticas públicas. De esta manera se dispone de datos válidos y suficientes, para la evaluación de la situación territorial en materia de hechos violentos que acarrean acciones de “Seguridad - Inseguridad Pública”, coordinando la producción de información en diferentes organizaciones del Estado y de la sociedad civil dedicadas a la temática.La ciudad de San Luis, necesita tener un diagnóstico claro y preciso sobre los delitos que se han cometido y cometen, individualizándolos de acuerdo al bien jurídico vulnerado, esto es: delitos contra las persona (la vida, la salud, la libertad) y delitos contra la propiedad, integridad sexual, violencia de género, defraudaciones públicas y privadas, relaciones interpersonales, enfrentamiento fuerzas de seguridad - delincuencia, etc. Para ello se debiera poner en funcionamiento el “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”, que reúna e integre las distintas aristas que competen en esta delicada situación por la cual atravesamos. Que por lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERTANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:Art. 1º: Créase, el “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática” como un sistema permanente y actualizado que integra información parcialmente dispersa, elabora estadísticas globales y específicas, formula análisis y proyecciones sobre el problema de las distintas formas de violencia y seguridad pública, que alimenta en forma periódica información y estadísticas a Organismos Municipales, Provinciales, Nacionales e Internacionales. Es una estructura que reúne y facilita a los ciudadanos, profesionales y políticos, la información necesaria para adoptar medidas en el ámbito de la seguridad ciudadana, así como la redefinición de los conceptos utilizados para tal fin, teniendo en cuenta las distintas políticas públicas que se llevaran adelante.Art. 2º: A fin de reconocer los distintos problemas que resulten del análisis realizado por el Observatorio, se deberán construir indicadores uniformes. La obtención de los mismos resultará de la metodología de trabajo que utilice la estructura del Observatorio, quedando autorizado el mismo a realizar los convenios necesarios con instituciones y organizaciones no gubernamentales, pero especialmente  con las fuerzas de seguridad  y  el Poder Judicial de la Provincia.-Art. 3º: Objetivos:A) General:

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A.1) Constituir un mecanismo permanente de información, consulta y aporte a la investigación científica, formulación de políticas, planes de trabajo y toma de decisiones relacionadas con el fenómeno de la violencia y seguridad pública en la ciudad de San Luis.B) Específicos:B.1) Promover la creación de una base municipal de datos que integre información parcialmente dispersa sobre el fenómeno de la violencia y seguridad ciudadana en el territorio sanluiseño.B.2) Organizar la información disponible sobre el fenómeno que nos compete de acuerdo a estándares e indicadores nacionales.B.3) Promover la investigación sobre el fenómeno de la violencia y la seguridad ciudadana a nivel provincial.B.4) Suministrar en forma periódica estadísticas globales y específicas, análisis, proyecciones y demás información generada sobre la temática.B.5) Promover el intercambio periódico y armónico de información sobre la violencia y la seguridad ciudadana, con la comunidad científica e investigadora, entidades nacionales, regionales e internacionales.B.6) Facilitar el análisis y proyección de la situación municipal de violencia y seguridad ciudadana mediante, el seguimiento de las políticas municipales relacionadas con la temática; la evaluación de impacto de acciones dirigidas a paliar la problemática, la detección de nuevas tendencias y proyecciones de futuro; el análisis permanente de regulaciones e instrumentos provinciales y nacionales.Art. 4º: Funciones:A) Establecer protocolos de intercambio interinstitucional y estándares para el procesamiento y análisis estadístico.B) Mejorar métodos y sistemas de recolección de información, referidas a encuestas nacionales y provinciales domiciliarias y escolares, investigaciones epidemiológicas, sondeos de información rápidos, establecimiento de indicadores.C) Identificar zonas geográficas de mayor riesgo, fijar tendencias y vulnerabilidades territoriales y sociales, para la adopción de estrategias de solución.D) Divulgar los esfuerzos de los organismos competentes nacionales, provinciales y municipales en lo que respecta al tratado de la temática en sus diferentes aspectos.E) Elaboración de informes periódicos, estudios e investigaciones, en armonía con los estándares e indicadores de los sistemas uniformes de recolección de datos.Art. 5º: Estructura: El nivel operativo: el Director de Participación Comunitaria; un integrante del Departamento Ejecutivo; un representante de la policía local; un representante de la policía Municipal, un miembro del Poder Judicial de la Provincia, dos Concejales (de distintos Bloques) designados por el cuerpo Legislativo (cargos ad honorem).El nivel técnico: representado por un licenciado en Seguridad Pública; un especialista en estadísticas y colaboradores en función a los trabajos que se realicen; propendiendo a integrar un Equipo Interdisciplinario conformado en marco de dicho Programa , y un Equipo Interinstitucional.Art. 6º: El Observatorio  deberá: a) planear, coordinar, dirigir y evaluar el ejercicio de las funciones de las unidades administrativas a su cargo; b) vigilar el ejercicio de los recursos

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financieros asignados al Observatorio; c) proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que le sean requeridos por otras dependencias, entidades o instancias, de acuerdo a los lineamientos establecidos; d) convocar periódicamente al Equipo Interdisciplinario Científico y al Equipo Interinstitucional.Art. 7º: El Equipo Interinstitucional se formará por la invitación que realizará el Ejecutivo Municipal a las distintas ONGs dedicadas a la temática, organizaciones sociales e intermedias, que cumplan sus objetivos en el territorio municipal.Art. 8º: La agenda de trabajo propuesta se articulará en torno a tres ejes interrelacionados:1- Investigación: orientado al diseño de indicadores y a la realización de estudios de calidad académica sobre el impacto de la violencia y seguridad ciudadana en la población, creando un compendio de “Georreferenciamiento del Delito en la Ciudad de San Luis”.2- Comunicaciones: dar a conocer los trabajos y actividades del Observatorio y generar espacios de reflexión y debate que permitan crear una opinión pública regional informada.3- Extensión y educación: enfocado hacia el desarrollo de ponencias y cursos y a la propuesta de programas académicos que permitan transmitir una perspectiva compartida sobre los desafíos y oportunidades relevantes sobre la problemática.Art. 9º.- Queda debidamente facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a dictar las reglamentaciones pertinentes para el inmediato funcionamiento “Observatorio Municipal de Seguridad Ciudadana, Pública y Democrática”.             Art.10º.- Comunicar al a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la PROVINCIA DE SAN LUIS.Art. 9º: De forma.-                                                          Dr José Luis Dopazo                                                           Presidente Bloque Frente Para la Victoria