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Excmo. Ayuntamiento de Estepona Excmo. Ayuntamiento de Estepona Delegación de Fomento, Infraestructuras y Turismo SEPARATA Senda Litoral. TRAMO 6. “Kempinski – Laguna Village” PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE PEATONAL DE MADERA SOBRE LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN ESTEPONA, MÁLAGA AGOSTO, 2014

PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE PEATONAL DE MADERA … · Estas dos vigas principales se arriostran entre sí con vigas transversales de madera laminada encolada de

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona

Excmo. Ayuntamiento de Estepona

Delegación de Fomento, Infraestructuras y Turismo

SEPARATA

Senda Litoral. TRAMO 6. “Kempinski – Laguna Village”

PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE PEATONAL DE MADERA SOBRE LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN

ESTEPONA, MÁLAGA

AGOSTO, 2014

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INDICE DEL PROYECTO

DOCUMENTO Nº 1.- MEMORIA

DOCUMENTO Nº 2.- PLANOS

DOCUMENTO Nº 3.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

DOCUMENTO Nº 4.- PRESUPUESTO

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DOCUMENTO Nº 1

MEMORIA

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INDICE DE LA MEMORIA

1.- ANTECEDENTES Y OBJETO.

2.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN.

3.- CODICIONES TÉCNICAS PARTICULARES.

4.- GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN.

5.- SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS.

6.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y GARANTÍA.

7.- PRESUPUESTO.

8.- CONCLUSIÓN.

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SENDA LITORAL DE ESTEPONA, TRAMO 6, KEMPINSKI – LAGUNA VILLAGE

PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN.

PUENTE PEATONAL DE MADERA SOBRE

LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN

MEMORIA

1.- ANTECEDENTES Y OBJETO

Hasta el momento actual, en el Municipio de Estepona, en su franja costera anexa a la playa sólo se han realizado algunas actuaciones de paseo peatonal irregulares e inconexas, las cuales, además de ejecutarse por lo general irregularmente, con el paso del tiempo han ido sufriendo un acusado deterioro, encontrándose el resto de la fachada marítima del municipio sin ningún tipo de actuación viaria ejecutada, en muchos casos, ocupada por residencias o urbanizaciones privadas, por lo que resulta del máximo interés el poder recuperar los terrenos y ejecutar las obras necesarias para conformar un paseo marítimo continuo que recorra todo el municipio de extremo a extremo, ya que lo existente en la actualidad está sumamente incompleto y no se acomoda a las nuevas necesidades de interrelación de la población con el medio natural ni tampoco a una visión universal de la accesibilidad.

El contacto entre las áreas urbanas y las áreas naturales costeras debe resolverse

mediante espacios libres que garanticen, por un lado, la protección del dominio público marítimo terrestre y el mantenimiento adecuado a sus fines de las zonas de servidumbre costeras y por otro, la identificación, el reconocimiento y la puesta en valor de la riqueza natural del litoral. Los paseos marítimos son, desde esta perspectiva, áreas libres integrables en el medio natural a los que se le asigna una finalidad restauradora y paisajística, y que ofrecen al ciudadano una amplia gama de posibilidades en relación con el conocimiento y disfrute del medio natural y con actividades ligadas al turismo y naturaleza, del tipo cultural, recreativo, deportivo, y de ocio; a la vez que contribuyen a fortalecer y ampliar territorialmente el sistema de movilidad alternativa.

Sobre la base de lo anterior, la actuación que se propone en el presente Proyecto de

Suministro e Instalación forma parte, como fase parcial, de un proyecto estratégico impulsado por la Administración Municipal el cual se refiere a las “Obras de Vialidad en la Fachada Marítima de Estepona para dar continuidad al Paseo de Borde Litoral”.

Dicho plan de actuación promueve la ejecución de obras de urbanización,

pavimentación y jardinería, en los tramos de franja costera que hoy día no disponen aún de paseo marítimo practicable y accesible.

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El “Proyecto de Obras de Vialidad en la Fachada Marítima de Estepona para dar continuidad al Paseo de Borde Litoral” se plantea dentro de la voluntad general del Ayuntamiento de mejora y rehabilitación de los equipamientos públicos del término municipal de Estepona; y en particular, para la puesta en valor de una zona del municipio que actualmente es poco disfrutada por la población, precisamente por la carencia de equipamientos adecuados, como es su frente litoral, el cual posee una potencialidad turística enorme, y podría ser objeto de una muy provechosa explotación desde un punto de vista medioambiental, salud, naturaleza y ocio.

Dentro del marco referido, ha sido redactado por los Servicios Técnicos de Ingeniería

Civil de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, fechado en abril de 2014, el Proyecto de Ejecución de Senda Litoral Tramo 6 Kempinski – Laguna Village, el cual contempla la ejecución de un nuevo tramo de paseo peatonal costero para unir dos tramos ya existentes; uno al oeste corresponde a la senda existente frente al Hotel Kempinski de Estepona y el otro, al este, el correspondiente al Centro de Ocio y Playa Laguna Village, para dar continuidad al itinerario peatonal y aumentar la longitud accesible de paseo en la zona.

En referido Proyecto se prevé actuar en un frente de primera línea de playa de

aproximadamente 274 metros de longitud, afectando a terrenos que en la actualidad se encuentran clasificados como suelo urbano no consolidado y sistema general de espacios libres, y con la calificación de zona verde pública en el suelo urbano, según PGOU vigente adaptado a la LOUA.

Por una parte se trata de la ejecución de obras de pavimentación, senda peatonal de

hormigón impreso, y jardinería en la franja de 6 m. de servidumbre de tránsito del dominio público marítimo terrestre, de acuerdo con lo previsto en el Plan General de Estepona y con los usos autorizados en la servidumbre de tránsito y protección.

Por otra, se proyecta la construcción de una senda peatonal sobre pasarela de madera a instalar sobre el dominio público marítimo terrestre en la desembocadura del Río Padrón para el cruce sobre el arroyo mediante puente prefabricado de madera y pasarelas de madera en los tramos contiguos de aproximación a éste.

Concretamente es esta última actuación - puente prefabricado de madera sobre la desembocadura del Río Padrón - la que constituye el objeto del presente PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN, con la finalidad de su definición y valoración económica, para justificar la financiación de la instalación aquí incluida con cargo a la subvención correspondiente al T.M. de Estepona dentro del “PLAN DE IMPULSO A LA ECONOMÍA 2014” de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental. 2.- DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

Del conjunto de obras incluidas en el Proyecto de Ejecución de Senda Litoral Tramo 6 Kempinski – Laguna Village, el presente Proyecto (separata) se refiere exclusivamente a las obras de suministro, instalación y montaje, sobre estribos de hormigón (excluidos éstos), del Puente de Madera de 32 ml. y 3 m. de ancho para el cruce de la desembocadura del Río Padrón.

Para el puente peatonal a ejecutar en el paso sobre el Río Padrón se ha optado por una solución estructural de madera por las ventajas que presentan respecto a otros

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materiales de construcción como el alto nivel de prefabricación, la reducción de los tiempos de montaje, reducción en los precios de transporte, la facilidad de reemplazar componentes, menor impacto en el entorno, etc.

La estructura del puente de madera se ha proyectado con una luz libre entre secciones de apoyo de 31,00 m. (una separación entre caras interiores de estribos de hormigón de 30,58 m y una longitud total del puente de 32,00 m) y una anchura interior libre de paso de 3,00 m.

Las acciones a las que se ve sometida la estructura se soportan por dos vigas de madera laminada encolada simplemente apoyadas a cada uno de los lados del puente.

El puente será una cercha tipo arco rebajado con una contraflecha de las vigas

principales, medida en la cara inferior de las mismas, entre la sección central y las de apoyo, de 700 mm. como mínimo.

Estas dos vigas principales se arriostran entre sí con vigas transversales de madera

laminada encolada de 70x300 mm de sección transversal. Sobre estas vigas transversales se construye la pasarela colocando 13 correas longitudinales de madera aserrada de pino nórdico sobre las cuales se ejecuta el entarimado de madera de pino nórdico.

Los laterales de dicho puente se recubrirán de paneles de madera pintados en rojo

como elementos de protección.

Todas las vigas laminadas encoladas se protegen, además de con el tratamiento preciso dado a la madera, cubriéndolas en el perímetro con paneles de madera (pintados en rojo) o con láminas metálicas de acero inoxidable.

Figura nº 1. Diseño estructura del puente peatonal de madera sobre el cauce del Río Padrón.

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Dado que este tipo de estructuras se realizan todas con patentes exclusivas de

marcas comerciales especializadas, en el presente proyecto únicamente se fijarán las condiciones exigibles en cuanto a geometría, calidad, seguridad y estética, siendo obligación del contratista adjudicatario el presentar a la dirección facultativa de las obras el proyecto de detalle del puente que propone suministrar, para su aprobación.

Las características que debe reunir, en todo caso, la estructura de madera a suministrar son:

• Puente de 1 solo vano, simplemente biapoyado en estribos de hormigón (no incluidos). • Luz libre entre secciones de apoyo 31,00 m. • Contraflecha del arco: 700 mm. • Anchura libre de paso 3,00 m. • Resistencia mínima: peso propio + sobrecarga de 5 KN/m2. (vehículo de mantenimiento de 3.500 Kg de carga máxima).

En cuanto a la calidad del MATERIAL A EMPLEAR, de acuerdo con las prescripciones del C.T.E. DB SE-M Madera, la madera a emplear será madera de pino silvestre protegida frente a clase de uso 4 o superior, y la madera maciza aserrada para uso en estructura será de clase resistente C24 o superior, no admitiéndose las ofertas que propongan una calidad de madera inferior. 3.- CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES.

El suministro e instalación de los bienes contemplados en el presente Proyecto se regirán de conformidad con lo previsto en su Documento nº 2.- Pliego Prescripciones Técnicas Particulares.

Las instalaciones serán ejecutadas de acuerdo a las directrices que constan en el

referido Pliego, así como a las cláusulas particulares del contrato y a las órdenes que puedan dictar durante su ejecución los Responsables del contrato, tanto municipales como de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol.

Condicionantes Medioambientales En relación con la actuación proyectada, se entiende que la citada actividad no se

encuentra incluida en el Anexo I de Categorías de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental del Decreto 356/2010 de 3 de Agosto que modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007 de 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Autorización de Obras de Paso Por afectar las obras previstas al dominio público hidráulico del Río Padrón y a sus

zonas de protección, será necesario obtener la preceptiva autorización de obras de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente antes de su ejecución.

Dicha autorización de obras ha sido ya solicitada por medio de la tramitación en la

Consejería de Medio Ambiente del proyecto general Proyecto Constructivo de Senda

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Litoral. TRAMO 6. “Kempinski – Laguna Village”, el cual incluye entre sus obras previstas la instalación sobre estribos de hormigón del Puente Peatonal de Madera objeto del presente Proyecto de Suministro e Instalación. 4.- GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN.

La gestión de los residuos generados durante el montaje e instalación de la estructura de madera objeto de proyecto se hará de acuerdo con lo previsto en el RD 105/2008 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición. Conforme al mismo, se realizará el tratamiento adecuado de los materiales de embalaje de los bienes y de las piezas desechables, asegurando el tratamiento medioambiental legalmente exigible de los mismos, especialmente en el caso de bienes y equipos que hayan de ser destruidos o reciclados. 5.- SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS.

En cumplimiento de lo estipulado en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, la seguridad y salud de las instalaciones contempladas en el presente Proyecto se garantizará según lo previsto en el correspondiente Estudio Básico de Seguridad y Salud que se acompaña como Anejo nº 1 de esta Memoria.

El coste de las medidas de seguridad y salud que el contratista empleará durante el

suministro e instalación del Puente se considera incluido como costes indirectos en el precio del contrato. 6.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y GARANTÍA.

Los plazos contractuales de ejecución del suministro, se fijarán en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares o en el Contrato de Adjudicación, a la vista de las consideraciones económicas o administrativas. De cualquier manera, en este Proyecto, teniendo en cuenta la importancia y volumen de trabajo de las instalaciones contempladas en el mismo, se ha estimado como suficiente un plazo máximo de DOS MESES Y MEDIO (10 SEMANAS) para la completa instalación y prueba del Puente en su emplazamiento definitivo, que se contarán a partir de la firma del Contrato de Suministro.

Se propone un plazo de garantía de DOS AÑOS, como mínimo, a partir de la fecha

de recepción provisional de la instalación en su conjunto. Durante este periodo será de cuenta del Contratista la conservación y mantenimiento ordinario de la instalación, y la reparación de los desperfectos y daños que pudieran aparecer. 7.- PRESUPUESTO. De acuerdo con el Documento nº 4 – Presupuesto, el precio base del contrato de suministro e instalación objeto de Proyecto asciende a la cantidad de CIENTO

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DIECIENUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (119.978,61.-€). Aplicando un 21% de I.V.A. en vigor a la anterior cantidad resulta un importe del impuesto de VEINTICINCO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (25.195,51.-€).

Sumando ambas cantidades, el Presupuesto total de Contrata del Proyecto, incluido

I.V.A., asciende a la cifra de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (145.174,12.-€).

8.- CONCLUSIÓN.

Con lo expresado en la presente Memoria junto con el resto de Documentos que componen este Proyecto, se considera suficientemente definidos y justificados los trabajos de suministro e instalación de Puente Peatonal de Madera prefabricado de 32 ml. de longitud y 3 m. de ancho para su instalación sobre la desembocadura del Río Padrón, por lo que se pone a disposición de la Administración para que sirva de base a la contratación.

ESTEPONA, agosto de 2014

Fdo.: Héctor Juan Ruiz Hidalgo Fdo.: José Miguel García Rodríguez Ingeniero de Caminos, C. y P. Ingeniero de Caminos, C. y P.

Coordinador de los Servicios de Urbanismo

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ANEJO Nº 1

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

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ANEJO Nº 1

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

1. INTRODUCCION Aprobada la Ley 31/1995, de 8 de diciembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, queda determinado el marco legal de actuación bajo el amparo de la legislación nacional de la ya existente legislación comunitaria, directiva 92/57/CEE, para la ejecución de cualquier obra de construcción o de ingeniería civil, ya sea pública o privada, asegurando en todo momento la salud de los trabajadores y la eliminación y minoración de los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.

2. OBJETO DEL PRESENTE ESTUDIO. No estando incluidos los trabajos de ” PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE PEATONAL DE MADERA SOBRE LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN. T.M. ESTEPONA (MALAGA)” en ninguno de los casos a los que se refiere el artículo 4 del Real Decreto 1627/1997, no es obligatoria la elaboración de un Estudio de Seguridad y Salud, por lo que se redacta el presente Estudio Básico de Seguridad y Salud. En él se recogen todos y cada uno de los riesgos profesionales y daños a terceros a los que pudiera dar lugar el desarrollo de los trabajos. Así mismo, se contemplarán las medidas necesarias para la eliminación o minoración de dichos riesgos mediante protecciones individuales y colectivas. Y se relacionarán los documentos de la legislación vigente de aplicación en materia de seguridad y salud en la obra de referencia. Este Estudio establece por tanto las directrices básicas destinadas a la empresa suministradora para la puesta en práctica de sus obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales. Finalmente, su elaboración y presentación es condición indispensable tanto para el visado colegial como para la obtención de la licencia municipal de obras y demás autorizaciones y trámites exigibles por las distintas administraciones públicas.

3. DESCRIPCION DE LAS OBRAS. PROPIEDAD: Excmo. Ayuntamiento de Estepona. PROMOTOR: Mancomunidad de Municipios de la Costa del

Sol Occidental DENOMINACION: Proyecto de SUMINISTRO E INSTALACIÓN

DE PUENTE PEATONAL DE MADERA SOBRE LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN. T.M. Estepona (Malaga)

CENTROS DE ASISTENCIA MEDICA: Consultorio S.S. La Lobilla (Estepona), 5 Km. Hospital Comarcal Costa del Sol, 27 Km.

PRESUPUESTO: 119.978,61 euros de ejecución por contrata (sin incluir el IVA).

PLAZO DE EJECUCION: 2,5 meses (10 semanas). MANO DE OBRA EMPLEADA: 4 trabajadores en punta de actividad

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RELACION RESUMIDA DE LOS TRABAJOS A REALIZAR: Las obras objeto del presente proyecto consisten en * Replanteo y trabajos previos. * Montaje y ensamblaje de estructura de piezas de madera atornilladas * Izado y colocación de la estructura ensamblada. * Limpieza final de obra.

4. GENERALIDADES. 4.1. Organización de los trabajos Será necesaria la correcta organización de las distintas tareas y tajos, llevando a cabo una correcta programación de la obra donde se optimicen los recursos disponibles, asignando en cada momento el personal y maquinaria idóneas para la consecución de los objetivos con el menor riesgo posible. 4.2. Personal cualificado y formación en materia de seguridad y salud En el lugar en que se desarrollen las obras habrá permanentemente personal cualificado de la empresa con capacidad suficiente para obrar en materia de seguridad y salud, que será el responsable directo del debido cumplimiento de las normas básicas de seguridad. En el momento de ingreso en la obra, todo el personal recibirá instrucciones adecuadas sobre el trabajo a realizar y los riesgos que pudiera entrañar, así como las normas de comportamiento que deban exigirse desde el punto de vista de las seguridad e higiene. Deberán impartirse cursillos de socorrismo y primeros auxilios a las personas más cualificadas de manera que en todo momento haya en el tajo algún socorredor. Antes del comienzo de nuevos trabajos específicos se instruirá a las personas que en ellos intervengan, sobre los riesgos probables con los que se vayan a enfrentar y el modo de evitarlos. 4.3. Instalaciones generales de higiene en la obra Servicios higiénicos: Cuando el tipo de actividad o la salubridad lo requieran, se deberán poner a disposición de los trabajadores vestuarios, duchas, lavabos y retretes en el número suficiente, con las dimensiones y condiciones de higiene adecuadas. Locales de descanso o alojamiento: Cuando lo exijan la seguridad o la salud de los trabajadores, en particular debido al tipo de actividad o el número de trabajadores, y por motivo de situación de la obra, los trabajadores deberán disponer de locales de descanso y en su caso de locales de alojamiento de fácil acceso, con las dimensiones suficientes y amueblados con un número de mesas y asientos con respaldo acorde con el número de trabajadores. Deberá existir una sala para comer y otra de esparcimiento. 4.4. Botiquín y primeros auxilios Para atender en los primeros auxilios, existirá un botiquín de urgencia situado en los vestuarios y conteniendo el material especificado en la Ordenanza General de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

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5. IDENTIFICACION DE RIESGOS Se analizarán a continuación, teniendo presente las particulares características de la obra objeto del proyecto, aquellas actividades, operaciones o tareas que pudieran ser, por la forma de ejecutarse, potencialmente peligrosas para los trabajadores involucrados en las mismas o para terceros que se pudieran ver afectados de forma accidental. 5.1. Riesgos profesionales Demoliciones, movimiento de tierras y muros de escollera

- Atropellos con maquinaria y vehículos - Colisiones y vuelcos - Atrapamientos - Caídas a distinto nivel - Desprendimientos - Cuerpos extraños en los ojos - Polvo - Ruido - Interferencias con líneas eléctricas

Ejecución de obras de fábrica, arquetas y pozos

- Golpes contra objetos - Caídas a distinto nivel - Caída de objetos - Heridas punzantes en pies y manos - Salpicaduras de hormigón, mortero, ... en ojos y piel - Quemaduras químicas - Erosiones y contusiones durante la manipulación de materiales - Atropellos por maquinaria - Heridas por maquinaria ligera - Heridas por máquina cortadora

Ejecución de firmes y pavimentos

- Atropellos y atrapamientos con maquinaria y vehículos - Colisiones y vuelcos - Cuerpos extraños en los ojos - Polvo - Ruido - Golpes contra objetos - Caída de objetos

Colocación y manipulación de tuberías y canalizaciones

- Golpes contra objetos - Caídas a distinto nivel - Caída de objetos - Heridas punzantes en pies y manos - Atrapamientos de extremidades - Aterramientos por desprendimientos de zanjas - Atrapamientos por fallo de entibaciones - Quemaduras físicas - Heridas por maquinaria ligera

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- Heridas por máquina cortadora Colocación y manipulación de piezas especiales

- Golpes contra objetos - Caída de objetos - Heridas punzantes en pies y manos - Heridas por maquinaria ligera

Operaciones con canalizaciones eléctricas

- Idem. cualquier tipo en canalizaciones y tuberías - Descargas eléctricas

5.2. Riesgos de daños a terceros Vendrán dados por el acceso de un tercero ajeno a las obra a la zona afectada por la misma. En ese caso se podrán producir caídas, atropellos, heridas punzantes, ... y en definitiva todos y cada uno de los accidentes anteriormente citados acentuados por la falta de preparación y conocimiento del sujeto pasivo.

6. PROTECCIONES Para la prevención y minoración de cuantos riesgos puediesen darse durante y tras la ejecución de las obras se procederá al establecimiento de los procedimientos de construcción adecuados primando en todo momento los principios de orden, limpieza y buena ejecución propias de la profesión. Además se dispondrá de cuantas protecciones individuales y colectivas fuesen necesarias, entre las que pueden citarse las siguientes: 6.1. Protecciones individuales

- Cascos - Guantes de uso general - Guantes de goma - Guantes de soldador - Guantes dieléctricos - Botas de agua - Botas de seguridad - Trajes de agua - Mono de trabajo - Gafas de soldador y oxicorte - Gafas contra polvo e impactos - Mascarilla antipolvo - Protectores auditivos - Polainas de soldador - Chalecos reflectantes - Cinturones de seguridad - Mandiles de soldador

6.2. Protecciones colectivas

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- Vallas de delimitación y prohibición - Señales de tráfico - Señales de seguridad - Cintas de balizamiento - Topes de desplazamiento de vehículos - Jalones de señalización - Cabinas de seguridad en maquinaria - Señal acústica de marcha atrás - Extintores - Pasarelas sobre zanjas - Interruptores diferenciales - Tomas de tierra - Riegos con agua

6.3. Protección de daños a terceros Será obligatoria la señalización de forma continua y adecuada de todos los tajos activos de la obra, impidiendo el acceso a la misma del personal no autorizado. Incluso cuando sea procedente, se evitará el paso de tercero mediante la instalación, además, de vallas de delimitación y prohibición.

7. LEGISLACION BASICA APLICABLE Serán de aplicación las siguientes normas, decretos y demás figuras legislativas que sean aplicables a la obra de referencia y que tengan como objeto el aseguramiento de la salud y la eliminación o minoración de los riesgos laborales.

- DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN (REAL DECRETO 1627/97 DE 24/10/97)

- LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES (LEY 31/95 DE 8/11/95) - REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCION (R.D. 39/97 DE

7/1/97) - ORDEN DE DESARROLLO DEL R.S.P. (27/6/97) - DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES

DE TRABAJO (R. D. 486/97 DE 14/4/97) - DISPOSICIONES MINIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACION DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (R. D. 485/97 DE 14/4/97) - DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA

MANIPULACION DE CARGAS QUE ENTRAÑEN RIESGOS, EN PARTICULAR DORSOLUMBARES, PARA LOS TRABAJADORES (R. D. 487/97 DE 14/4/97)

- PROTECCION DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICION A AGENTES BIOLOGICOS DURANTE EL TRABAJO (R.D. 664/97 DE 12/5/97)

- PROTECCION DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICION A AGENTES CANCERIGENOS DURANTE EL TRABAJO (R.D. 665/97 DE 12/5/97)

- DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL (R. D. 773/97 DE 30/5/97)

- DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO (R. D. 1215/97 DE 18/7/97)

- ORDENANZA GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (O.M. DE 9/3/71)

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- REGLAMENTO GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (O.M. DE 31/1/40)

- ORDENANZA LABORAL DE LA CONSTRUCCION, VIDRIO Y CERAMICA (O.M. 28/8/70)

- REGLAMENTO ELECTROTECNICO DE BAJA TENSION (O.M. 20/9/73) - REGLAMENTO DE APARATOS ELEVADORES PARA OBRAS (O.M. 23/5/77) - REAL DECRETO 1316/89 SOBRE EL RUIDO - REAL DECRETO 53/92 SOBRE RADIACIONES IONIZANTES - NORMAS BASICAS DE LA EDIFICACION – NTE - NORMAS UNE 81 ... SOBRE EQUIPOS DE PROTECCION - CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE LA CONSTRUCCION - DEMAS DISPOSICIONES OFICIALES RELATIVAS A LA SEGURIDAD,

HIGIENE Y MEDICINA DEL TRABAJO, QUE PUEDAN AFECTAR A LOS TRABAJOS QUE SE REALICEN EN LA OBRA

8. CONSIDERACIONES FINALES El contratista estará obligado al cumplimiento de todo lo especificado en el presente Estudio Básico de Seguridad y Salud, así como a asumir la filosofía del mismo que tiene como fin último la eliminación o minoración de los riesgos que pudieran producirse y así como sus consecuencias. Para ello deberá conservar en todo momento la obra en un buen estado de limpieza y orden, ejecutando los trabajos de forma adecuada y planificada, asignando a los mismos el personal suficientemente preparado y formado, debiendo poner los medios para que en el desempeño de su oficio los trabajadores se encuentren correctamente equipados y protegidos.

ESTEPONA, agosto de 2014

Fdo.: Héctor Juan Ruiz Hidalgo Fdo.: José Miguel García Rodríguez Ingeniero de Caminos, C. y P. Ingeniero de Caminos, C. y P.

Coordinador de los Servicios de Urbanismo

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona

DOCUMENTO Nº 2

PLANOS

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SITUACIÓN

ILMO. AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

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R=165

SECCION A-A PUENTE PEATONAL

32000

3000

6000

SECCION A-A PUENTE PEATONAL

3000

ENTARIMADO 34x145

CRUCETA ARRIOSTRAMIENTO 115x133 L40

PANEL 19x85MALLA 10

DINTEL 30/45x90

KNAP 70x70

ENTRAMADO 215x233 L40

VIGAS TRANSVERSALES 68X333 L40

DINTEL 45/58x170TORNILLOS, 8x160 s600

VIGA PRINCIPAL 215x433 L40

VIGAS LONGITUDINALES 70x170

PANEL 19x85

SECCIÓN, DETALLE -1:20-

M16 VARILLA ROSCADA+M6MØ75 el. Ø130 ARANDELA

LÁMINA DE CUBRICIÓN DE LASVIGAS TRANSVERSALES 70x340x10

HECHO CON BORDES BISELADOS Y GOTERÓN

BLOQUE DE NEOPRENOEN EL APOYO 100x150x28

ELEMENTOS DE MONTAJE 70x120x350

CLAVOS 150x5,1

TIRANTE DIAGONAL 70x166 L40

CLAVOS 175x5,5

TRACTOR (Total 3,5 TON, Máx. por eje 2,0 TON)AMBULANCIA / POLICÍA

VEHÍCULO DE SERVICIOTotal 3,5 TON, Máx. por eje 2,0 TON)

(Total 3,5 TON, Máx. por eje 2,0 TON)

ALZADO1:100

1:100 1:100

31000

ILMO. AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

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DOCUMENTO Nº 3

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

INDICE

1. OBJETO DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. 2. DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO.

3. CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO. 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. 5. OBLIGACIONES DEL SUMINISTRADOR. PLAZO DE ENTREGA.

6. PLANIFICACIÓN DEL SUMINISTRO. 7. RECONOCIMIENTO PREVIO.

8. REPRESENTANTES. 9. INSPECCIÓN Y CONTROL. 10. RECEPCIÓN Y PUESTA EN SERVICIO.

11. PLAZO DE GARANTÍA. 12. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE EL SUMINISTRO.

13. MEDIDAS GENERALES DE ACTUACIÓN MEDIOAMBIENTAL. 14. INFRACCIONES Y FALTAS.

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona PÁG. 1

1.- OBJETO DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.

El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es fijar las condiciones

técnicas que regirán en la contratación del suministro de título:

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE DE PEATONAL DE MADERA SOBRE LA DESEMBOCADURA DEL RÍO PADRÓN, T.M. DE ESTEPONA.

El presente Pliego, junto con el Proyecto de Suministro del que forma parte, se

considerará integrado en su totalidad en el de Cláusulas Particulares del Contrato a

celebrar.

El objeto del contrato será la realización del suministro anteriormente referenciado.

La presentación de proposiciones implica la conformidad de los licitadores con las

condiciones establecidas para la ejecución del suministro en el presente Documento.

El órgano contratante será la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol

Occidental, y el propietario final de las instalaciones el Excmo. Ayuntamiento de

Estepona.

2.- DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO.

El objeto del presente proyecto se refiere exclusivamente al suministro, instalación y

montaje, sobre estribos de hormigón ya ejecutados (por tanto, excluidos éstos), de

un Puente de Madera de 32 ml. y 3 m. de ancho para el cruce de la desembocadura

del Río Padrón.

El puente peatonal a ejecutar para el cruce del Río Padrón se ha proyectado

mediante una solución estructural de madera por las ventajas que presenta respecto

a otros materiales de construcción como el alto nivel de prefabricación, la reducción

de los tiempos de montaje, reducción en los precios de transporte, la facilidad de

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona PÁG. 2

reemplazar componentes, menor impacto en el entorno, etc.

La estructura del puente de madera se ha proyectado con una luz libre entre

secciones de apoyo de 31,00 m. (una separación entre caras interiores de estribos

de hormigón de 30,58 m y una longitud total del puente de 32,00 m) y una anchura

interior libre de paso de 3,00 m.

Las acciones a las que se ve sometida la estructura se soportan por dos vigas de

madera laminada encolada simplemente apoyadas a cada uno de los lados del

puente.

El puente será de tipo arco rebajado con una contraflecha de las vigas principales,

medida en la cara inferior de las mismas, entre la sección central y las de apoyo, de

700 mm. como mínimo.

Estas dos vigas principales se arriostran entre sí con vigas transversales de madera

laminada encolada de 70x300 mm de sección transversal. Sobre estas vigas

transversales se construye la pasarela colocando 13 correas longitudinales de

madera aserrada de pino nórdico sobre las cuales se ejecuta el entarimado de

madera de pino nórdico.

Los laterales de dicho puente se recubrirán de paneles de madera pintados en rojo

como elementos de protección.

Todas las vigas laminadas encoladas se protegen, además de con el tratamiento

preciso dado a la madera, cubriéndolas en el perímetro con paneles de madera

(pintados en rojo) o con láminas metálicas de acero inoxidable.

3.- CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO.

Dado que este tipo de estructuras se realizan todas con patentes exclusivas de

marcas comerciales especializadas, en el presente proyecto únicamente se fijarán

las condiciones exigibles en cuanto a geometría, calidad, seguridad y estética,

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona PÁG. 3

siendo obligación del contratista adjudicatario el presentar el proyecto de detalle del

puente que propone suministrar, para su aprobación previa por el órgano de

contratación asistido de la dirección facultativa de las obras.

Las características que debe reunir, en todo caso, la estructura de madera a

suministrar son:

• Puente de 1 solo vano, simplemente biapoyado en estribos de hormigón

(no incluidos).

• Luz libre entre secciones de apoyo 31,00 m.

• Contraflecha del arco: 700 mm.

• Anchura libre de paso 3,00 m.

• Resistencia mínima: peso propio + sobrecarga de 5 KN/m2. (vehículo de

mantenimiento de 3.500 Kg de carga máxima).

En cuanto a la calidad del MATERIAL A EMPLEAR:

De acuerdo con las prescripciones del C.T.E. DB SE-M Madera, la madera a

emplear será madera de pino silvestre protegida frente a clase de uso 4 o superior, y

la madera maciza aserrada para uso en estructura será de clase resistente C24 o

superior, no admitiéndose las ofertas que propongan una calidad de madera inferior.

4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.

El importe máximo de licitación, de acuerdo con lo expresado en el Documento nº 4

Presupuesto será:

Concepto Base 21% I.V.A. Total

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PUENTE

DE MADERA PEATONAL DE 32 M. DE LUZ Y

3 M DE ANCHO

119.978,61 € 25.195,51 € 145.174,12 €

En la oferta de los licitadores se entenderá siempre comprendido el importe del

Impuesto sobre el Valor Añadido en cada una de las prestaciones objeto de este

contrato, si bien el importe de dicho impuesto deberá indicarse siempre en cifra

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independiente. En dicha oferta se entenderán incluidos todos los gastos que de

acuerdo con el presente pliego son de cuenta del adjudicatario, así como todos los

costes directos e indirectos a los que éste haya de hacer frente para presentar su

oferta y cumplir con todas las obligaciones contractuales.

5.- OBLIGACIONES DEL SUMINISTRADOR. PLAZO DE ENTREGA.

Se establece un plazo máximo de 2,5 meses (10 semanas) a contar desde la firma

del correspondiente contrato administrativo para la instalación completa, montaje y

puesta en servicio de la estructura de madera objeto del presente contrato.

Será obligación del instalador la de facilitar las correspondientes instrucciones de

mantenimiento, y en su caso de funcionamiento, de la instalación, así como formar al

personal del Ayuntamiento que se ocupará del mantenimiento de las instalaciones.

6.- PLANIFICACIÓN DE LOS SUMINISTROS.

La empresa contratista notificará con 5 días de antelación al órgano de contratación

la fecha de suministro a pie de obra de la estructuras de madera o materiales

necesarios para su montaje. Igualmente notificará con 5 días de antelación la fecha

de instalación definitiva del puente o su estructura portante sobre los estribos de

hormigón ejecutados.

Durante las anteriores operaciones deberá estar presente en el lugar de la

instalación el representante designado por la empresa adjudicataria del contrato.

7.- RECONOCIMIENTO PREVIO.

Las empresas licitadoras podrán girar visita al lugar de las obras y al emplazamiento

exacto de los estribos sobre los que se deberá instalar el suministro, para comprobar

la ubicación y características de las mismas, las posibilidades de acceso y los

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona PÁG. 5

medios auxiliares que necesitarán.

La presentación de proposiciones presupone que los licitantes han hecho un

reconocimiento de las instalaciones, un estudio de los documentos de la licitación y

una aceptación de todas las condiciones en todos sus extremos.

8.- REPRESENTANTES.

El suministrador designará una persona con poder y capacidad suficiente para

representarle en sus comunicaciones con el Órgano de Contratación y con el

Ayuntamiento, dando su acreditación y los datos para comunicarse con él al

formalizar el contrato.

Por su parte, la Mancomunidad de Municipios y el Ayuntamiento nombrarán

respectivamente una persona como Responsables del contrato.

Las comunicaciones que haya de realizar el adjudicatario al Órgano de Contratación

o al Ayuntamiento por causa de la ejecución del contrato se realizarán entre el

representante de aquél y el personal municipal o de la Mancomunidad del Municipios

designado al efecto, salvo aquellas cuestiones que deban efectuarse directamente

ante el Órgano de Contratación. Las comunicaciones deberán realizarse

ordinariamente por fax o correo electrónico, sin perjuicio de las comunicaciones

telefónicas para cuestiones que requieran mayor inmediatez.

El cambio de representante deberá ser comunicado a la otra parte, con quince días

de antelación.

9.- INSPECCIÓN Y CONTROL.

El control de calidad tanto de los materiales como, en el caso de los suministros de

fabricación, de los métodos de fabricación de los bienes, se desarrollará por el

adjudicatario de acuerdo con su propio sistema interno de control de calidad, sin

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perjuicio de la potestad de Órgano contratante de verificar en cualquier momento la

realización por parte del empresario de dichos controles de calidad.

Los materiales a suministrar han de ser de primera calidad, teniendo que aportar

certificado de garantía, ficha técnica y marcado CE cuando así se precise.

El adjudicatario estará obligado a la corrección inmediata de los defectos o

irregularidades que se detecten en esas inspecciones, sin derecho a indemnización

por ello.

10.- RECEPCIÓN Y PUESTA EN SERVICIO.

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de

acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas y a satisfacción

del Órgano de contratación y del Ayuntamiento, la totalidad de su objeto. A este

respecto se distinguen dos periodos del contrato, por un lado el de los trabajos de

suministro e instalación del puente, por otro el periodo de garantía de la instalación

ejecutada.

La recepción provisional tendrá lugar cuando se haya realizado la completa

instalación y montaje del puente en su emplazamiento definitivo, y se hayan

finalizado satisfactoriamente, en su caso, los ensayos y pruebas establecidos en el

contrato, así como entregado por el contratista el proyecto y planos definitivos y los

manuales de mantenimiento y/o operación.

En el plazo máximo de 15 días desde que se notifique por el suministrador el

cumplimiento de lo referido en el párrafo anterior, el órgano de contratación, asistido

por personal técnico municipal y de la Mancomunidad de Municipios, producirá el

acto formal y positivo de recepción o conformidad de los bienes, levantando el acta

de recepción provisional correspondiente.

El Acta de Recepción Provisional es un documento que servirá para certificar la

conformidad de la administración con los trabajos de suministro e instalación de los

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bienes objeto de este Contrato realizados hasta el día de su firma por el contratista,

y define el comienzo del periodo de garantía establecido en la Cláusula siguiente.

Las partes firmarán el Acta de Recepción Provisional que incluirá:

a) La fecha en que se produce la conformidad con los trabajos y en consecuencia,

la fecha en la que se inicia el periodo de garantía.

b) La lista en la que se recogerán las incidencias o deficiencias que se hayan

observado y los acuerdos alcanzados para su corrección.

c) Las condiciones de comienzo del periodo de garantía para los elementos sujetos

a corrección.

Tras la firma del Acta de Recepción Provisional, y no antes, podrá ponerse en

servicio la instalación.

Transcurrido el periodo de garantía establecido en el contrato, el contratista solicitará

por escrito al órgano de contratación que le sea extendida el Acta de Recepción

Definitiva.

Al recibir esta comunicación el Órgano de Contratación, tras las comprobaciones que

sean pertinentes por parte de los Responsables del Ayuntamiento y de la

Mancomunidad de Municipios, procederá a la confección de la citada Acta, siempre y

cuando no existiera por su parte ninguna reclamación pendiente de cumplimentar

por el contratista, en relación con sus obligaciones de garantía.

En el Acta de Recepción Definitiva, se hará constar el nombre del contratista, las

referencias contractuales y el objeto del Contrato, mencionando que las partes dan

por cumplimentados todos los requisitos del Contrato y por satisfechos todos sus

derechos y obligaciones, comprometiéndose a no ejercer acción alguna

posteriormente por estos conceptos.

11.- PLAZO DE GARANTÍA.

Se establece como plazo mínimo de garantía el periodo de dos (2) años, a contar

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Excmo. Ayuntamiento de Estepona PÁG. 8

desde la firma del acta de recepción provisional del contrato, de acuerdo con la

cláusula anterior.

12.- MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LOS SUMINISTROS.

El adjudicatario de los suministros deberá adoptar, en todo momento, las medidas de

seguridad y salud precisas para garantizar que la ejecución de los suministros no

ocasione daños o perjuicios a los operarios en los procesos necesarios para la

ejecución del contrato.

Las operaciones de transporte, descarga, desembalaje, montaje e instalación de los

bienes objeto del suministro estarán convenientemente señalizadas y protegidas

para reducir en la medida de lo posible los daños y accidentes. Se dará cuenta a los

Responsables del contrato de las medidas de seguridad, protección y señalización

adoptadas en este sentido.

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se

causen a terceros o a la Administración como consecuencia de las operaciones que

requieren la ejecución del contrato. Esta responsabilidad estará garantizada

mediante el correspondiente seguro de Responsabilidad Civil con la cobertura

prevista, sin perjuicio del alcance de la responsabilidad total en los términos

señalados en la misma.

Deberán en todo caso adoptarse todas las medidas de seguridad que sean

necesarias para evitar que los trabajos de carga descarga, montaje e instalación,

puedan ocasionar daños a los trabajadores encargados de dichas operaciones, a los

empleados municipales o de la Mancomunidad de Municipios, a los ciudadanos en

general y a las propias instalaciones existentes en el lugar de la obra de

emplazamiento definitivo así como al personal de dicha obra.

13.- MEDIDAS GENERALES DE ACTUACIÓN MEDIOAMBIENTAL.

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Todos los trabajos relacionados con la ejecución del contrato suscrito al amparo del

presente se realizarán adoptando protocolos de protección y calidad medioambiental

exigibles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento. En este sentido, el

suministrado deberá poder acreditar el cumplimiento de la normativa aplicable si

fuese requerido para ello por el Ayuntamiento o por el Órgano contratante.

En la entrega y, en su caso, instalación de los bienes objeto del contrato el

proveedor deberá garantizar como mínimo la realización de las operaciones

correspondientes respetando los niveles sonoros y de vibraciones establecidos en la

normativa vigente y el tratamiento adecuado de los materiales de embalaje de los

bienes y de las piezas desechables. El contratista deberá asegurar el tratamiento

medioambiental legalmente exigible de los mismos, especialmente en el caso de

bienes y equipos que hayan de ser destruidos o reciclados.

14.- INFRACCIONES Y FALTAS

Las faltas se califican y se definen en el presente contrato de la siguiente forma.-

• Faltas graves:

- Ejecución defectuosa o negligencia que pueda suponer daños a bienes

municipales o a terceros, o que pudieran producir situaciones de riesgo para

el Medio Ambiente.

- Incumplimiento de las normas de Prevención de Riesgos Laborales y la

legislación sectorial correspondiente.

- Emplear materiales y suministros distintos a los ofertados y/o no aprobados

por el Ayuntamiento u Órgano de contratación, o productos prohibidos.

- Las que según la legislación sectorial se puedan aplicar y así se califiquen.

• Faltas muy graves:

- La reiteración en 2 faltas graves.

- Negligencia o ejecución defectuosa de los trabajos que hayan producido

daños a bienes municipales o a terceros, hayan causado daños a personas o

hayan producido alteraciones ecológicas perniciosas en el medio ambiente.

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- Cualquier negligencia que suponga un alto riesgo para personas, bienes, o al

Medio Ambiente.

- Las que según la legislación sectorial se puedan aplicar y así se califiquen.

Cometer una falta muy grave podrá ser motivo inmediato de resolución de contrato,

independientemente de las responsabilidades civiles, administrativas o penales que

pudieran derivarse de esta falta, así como la obligación de restaurar el daño

causado.

ESTEPONA, agosto de 2014

Fdo.: Héctor Juan Ruiz Hidalgo Fdo.: José Miguel García Rodríguez Ingeniero de Caminos, C. y P. Ingeniero de Caminos, C. y P.

Coordinador de los Servicios de Urbanismo

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DOCUMENTO Nº 4

PRESUPUESTO

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PRESUPUESTO Y MEDICIONESPUENTE PEATONAL DE MADERA CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE

CAPÍTULO 1 PUENTE PEATONAL DE MADERA RIO PADRON

ES340 UD PUENTE DE MADERA 32 ML Y 3M ANCHO

Suministro, montaje e instalación en su emplazamiento definitivo de Puente en cercha de maderaNórdica ligeramente curv ado de 31,0 m de luz libre entre secciones de apoyo, para una longitud to-tal de 32 m y una anchura libre de paso de 3 m. Estructuralmente se resuelv e con dos vigas princi-pales de madera laminada encolada GL-32 / L40 apoyadas en los ex tremos del puente. Estas dosv igas principales se arriostran entre si con vigas transversales de madera laminada encolada de70x 300 mm de sección transv ersal. Sobre estas v igas transversales se construye la pasarela colo-cando 13 correas longitudinales de madera aserrada de pino nórdico sobre las cuales se ejecuta elentarimado de madera de pino nórdico. Los laterales de la pasarela se recubrirán de paneles de ma-dera pintados en color como elementos de protección. El sistema de pintura a utilizar será del fabri-cante Alcro-Beckers. El sistema de pintura de los paneles de madera de protección incluye un trata-miento con imprimación de aceite (aceite aislante) que se aplica en dos capas, para finalmente aplicarsobre éste un componente multicapa aislante para madera de ex terior. Todos los elementos de made-ra estarán tratados en autoclav e para conseguir una protección profunda de la madera, realizándose,en el caso de los elementos de madera laminada encolada, dicho tratamiento sobre las láminas pre-v io al encolado. Se utiliza un producto protector que es compatible con el encolado. Se dispondrácon barandilla a cada lado de 150 cm de altura a base de postes v erticales y pasamanos tal y comose describen en los planos. Medida la unidad totalmente terminada. Incluso parte proporcional demontaje necesario con grúa y medios auxiliares.

obra de paso 1 1,000

1,000 119.978,61 119.978,61

TOTAL CAPÍTULO 1 PUENTE PEATONAL DE MADERA RIO PADRON.............................................................. 119.978,61

TOTAL...................................................................................................................................................................... 119.978,61

29 de abril de 2014 Página 1

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RESUMEN DE PRESUPUESTOPUENTE PEATONAL DE MADERA CAPITULO RESUMEN EUROS %

1 PUENTE PEATONAL DE MADERA RIO PADRON ... .... .... ... .... .... .... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... 119.978,61 100,00

TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 119.978,61

21,00 % I.V.A... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... .... .... .... ... . 25.195,51

TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 145.174,12

TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 145.174,12

Asciende el presupuesto general a la ex presada cantidad de C IENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO EUROS con DOCECÉNTIMOS

, a AGOSTO 2014.

El promotor La dirección facultativa

29 de abril de 2014 Página 1

Jose Miguel
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