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REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES AGOSTO 2006 PROYECTO SEXTA LINEA DE BOMBEO Proyecto ejecutivo, suministros y ejecución de la obra para el mejoramiento de la aducción y distribución de agua potable del Sistema Metropolitano

PROYECTO SEXTA LINEA DE BOMBEO · conexiones al sistema existente. El emplazamiento de las obras será en los Departamentos de Canelones y Montevideo. La 6ta. Línea de Bombeo tendrá

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REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO

LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N°

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

AGOSTO 2006

PROYECTO SEXTA LINEA DE BOMBEO

Proyecto ejecutivo, suministros y ejecución de la obra para el mejoramiento de la aducción y distribución de agua potable del

Sistema Metropolitano

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Proyecto 6ta. Línea de Bombeo Pliego de Condiciones Particulares

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Indice General

DEFINICIONES

Art. 1 OBJETO DE LA LICITACION

Art. 2 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

Art. 3 ALCANCE DE LA LICITACIÓN

Art. 4 MATERIALES DE LAS CAÑERÍAS

Art. 5 PRECIOS, FORMA DE COTIZAR, MONEDA OFERTA Y MONEDA DE PAGO

Art. 6 PLAZO DE EJECUCION

Art. 7 PRECIO DE REFERENCIA

Art. 8 FINANCIACIÓN

Art. 9 BASES DE LA LICITACION

Art. 10 ADQUISICIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Art. 11 COSTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Art. 12 VISITA AL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS

Art. 13 CONSULTAS SOBRE LA LICITACIÓN

Art. 14 MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION, PRORROGA O ANULACIÓN DEL LLAMADO

Art. 15 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA

Art. 16 INFORMACIÓN DEL OFERENTE

Art. 17 CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA

Art. 18 PRESENTACION DE LA OFERTA

Art. 19 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Art. 20 MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA

Art. 21 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Art. 22 APERTURA DEL SOBRE No. 1

Art. 23 PRECALIFICACIÓN

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Art. 24 APERTURA DEL SOBRE No. 2

Art. 25 ANALISIS DE LA DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE No. 2

Art. 26 ADJUDICACIÓN

Art. 27 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Art. 28 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

Art. 29 COMUNICACIONES

Art. 30 FIRMA Y VIGENCIA DEL CONTRATO

Art. 31 CONVENIOS DE CREDITO

Art. 32 PRESENTACION DE UN PROGRAMA DE TRABAJO

Art. 33 ANTICIPO FINANCIERO

Art. 34 MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS

Art. 35 AJUSTE DE PRECIOS

Art. 36 APORTES POR LEYES SOCIALES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS

Art. 37 MATERIALES DE ACOPIO

Art. 38 MATERIAL ACOPIADO

Art. 39 PAGOS DEL MATERIAL ACOPIADO DE LOS PAGOS

Art. 40 EXCAVACION EN ROCA

Art. 41 DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS EN RÉGIMEN DE HORARIO

Art. 42 VARIACIONES DE OBRA

Art. 43 EVIDENCIA DEL CONTRATISTA DE ESTAR AL DÍA CON OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE CUALQUIER NATURALEZA

Art. 44 GARANTIA DE BUENA EJECUCION DE LAS OBRAS

Art. 45 PAGOS AL CONTRATISTA

Art. 46 MORA POR ATRASO EN LAS GESTIONES DE PAGO

Art. 47 BONIFICACION POR PAGO ADELANTADO

Art. 48 ATRASOS EN LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS

Art. 49 AMPLIACIONES DEL PLAZO DE EJECUCION

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Art. 50 OBLIGACIONES GENERICAS DEL CONTRATISTA

Art. 51 SEGURO DE OBRA

Art. 52 CARTELES DE OBRA

Art. 53 INSTALACIONES EXISTENTES

Art. 54 DE LA FUERZA MAYOR

Art. 55 VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS

Art. 56 LOCALES PARA OFICINAS Y DIRECCION DE OBRA

Art. 57 LOCOMOCION PARA LA DIRECCION DE OBRA

Art. 58 SUMINISTRO DE MATERIALES Y EQUIPOS

Art. 59 INSPECCIONES Y VERIFICACIONES EN FÁBRICA

Art. 60 REALIZACION DE LAS OBRAS POR UN TERCERO

Art. 61 AJUSTES DEL PRECIO GLOBAL

Art. 62 AJUSTES DE LOS ATRASOS

Art. 63 FINALIZACION DE LA OBRA

Art. 64 RECEPCION DE LAS OBRAS

Art. 65 PLAZO DE GARANTÍA Y CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS

ANEXOS

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LLAMADO A LICITACIÓN

PROYECTO 6 TA. LINEA DE BOMBEO Obra y suministro para el mejoramiento de la aducción y distribución de agua

potable del Sistema Metropolitano

1. La Administración de las Obras Sanitarias del Estado (O.S.E) invita a interesados a presentar ofertas para el Proyecto 6ta. Linea de Bombeo.

2. La licitación será de carácter público internacional y se llevará a cabo conforme al procedimiento de 2 sobres. El contenido del Sobre No. 1 dará cuenta de los antecedentes de capacidad técnico-financiera para ejecutar obras del tipo de la que se licita. El sistema de evaluación será del tipo “Pasa” o “No Pasa” y tendrá como resultado el listado de las ofertas precalificadas para participar de la instancia de evaluación del Sobre No. 2.

3. Los interesados en tomar parte de este proceso podrán obtener información e inspeccionar los documentos de licitación en la dirección y horarios indicados al pie.

4. Los interesados en adquirir los documentos de licitación deberán cursar la solicitud por escrito a la dirección indicada abajo abonar de contado una suma no reembolsable de U$S ……. (dólares americanos ………).

5. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada más abajo antes de las --- horas del ----. Todas las ofertas deberán acompañarse de una garantía de mantenimiento de la oferta de un monto de U$S 600.000 (seiscientos mil dólares americanos), o una cantidad equivalente en una moneda de libre convertibilidad.

7. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de las ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, en la dirección indicada más abajo a las --- horas del -----------------del 2006.

8. Información sobre esta licitación está disponible en la página web de O.S.E. (www.ose.com.uy).

Oficina donde obtener información y/o adquirir los Pliegos de licitación:

Administración de las Obras Sanitarias del Estado, Sección Licitaciones Dirección: San Martín 3235 Tel./Fax: 2037405. Montevideo-Uruguay www.ose.com.uy

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Lugar de recepción y Apertura de las Ofertas:

Administración de las Obras Sanitarias del Estado. Dirección: Oficinas Cordón - Carlos Roxlo 1275 – 1er. Piso - Montevideo-Uruguay

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

DEFINICIONES

O.S.E Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

Administración Deberá entenderse por tal a O.S.E.

Empresa Se entiende por tal la empresa jurídica capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, como las que resultan de esta licitación.

Pesos: Unidad de moneda de la República Oriental del Uruguay.

P.C.P. Pliego de Condiciones Particulares

P.C.G. Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Construcción de Obras.

T.O.C.A.F. Texto Ordenado de las Leyes y Normas sobre Contrataciones y Licitaciones, según Decreto 194/97.

D. de O. Dirección de Obra o Director de Obra.

A.T.Y.R. Asesoría Tributaria y Recaudación.

M.T.O.P. Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

D.G.S.S. Dirección General de Seguridad Social.

Art. 1 OBJETO DE LA LICITACION

El objeto de la licitación es el PROYECTO 6TA. LÍNEA DE BOMBEO que incluye el proyecto ejecutivo de las instalaciones, el suministro de la totalidad de los materiales y la construcción de la obra de Cañerías de Aducción, de Distribución y Obras Complementarias destinadas a mejorar y asegurar el abastecimiento de agua potable al “Sistema Metropolitano”, hasta el año 2035.

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Deberá además incluir obligatoriamente una propuesta de financiación del 75% (setenta y cinco por ciento) del monto total del contrato.

Art. 2 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

Las obras que resultarán del proyecto ejecutivo consistirán en la instalación de aproximadamente:

- 33 km de cañería de diámetro 1200 mm para una presión nominal PN16.

- 8 km de cañería de diámetro 800 mm para una presión nominal PN 10.

- 8 km de cañería de 900 mm para la sustitución de la 3era Línea de Bombeo.

- Las piezas, aparatos especiales y todas las piezas de ajuste y elementos en general necesarios para la ejecución de las conexiones al sistema existente.

El emplazamiento de las obras será en los Departamentos de Canelones y Montevideo.

La 6ta. Línea de Bombeo tendrá el siguiente recorrido:

- Partirá de la Planta Potabilizadora de Aguas Corrientes, en diámetro 1200 mm, hasta el “Recalque de Melilla” (km 32 de la Ruta 36).

- Desde el “Recalque de Melilla” hasta empalmar con la “Troncal del Cerro” en diámetro 800 mm, con una longitud aproximada de 8 km.

Comprenderá además la sustitución de la 3era. Línea de Bombeo por una cañería nueva de diámetro 900 mm, manteniendo su trazado actual, desde el “Recalque de Melilla” hasta el cruce de Bvar. Batlle y Ordóñez y Av. Garzón.

Art. 3 ALCANCE DE LA LICITACIÓN

El contratista tendrá a su cargo:

- Los relevamientos, cateos y estudios de suelo, diseños, memorias constructivas, piezas gráficas, etc., para la elaboración del proyecto ejecutivo de la 6ta. Línea de Bombeo.

- El estudio de los transitorios hidráulicos y diseño de de las protecciones a incluir en el sistema existente de acuerdo a lo especificado en el Art. …. de la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de licitación.

- Las evaluaciones financiera y económica del Proyecto 6ta. Línea

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de Bombeo, cuyas características y alcances se detallan en la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de licitación.

- El suministro de todos los materiales necesarios para la ejecución de las obras, ya sea que queden incorporados a ellas o no, salvo aquellos que expresamente se indicase lo contrario.

- La ejecución de todos los trabajos de construcción y montaje de los elementos que forman parte del proyecto ejecutivo referido y los recaudos del presente llamado a licitación.

- La obtención de todos los permisos, pago de indemnizaciones, seguros, fletes, administración y almacenamiento de materiales, gastos de internación de equipos, tributos, aportes por concepto de leyes sociales y todos los demás gastos requeridos para la ejecución del objeto de la licitación.

- El suministro de la locomoción para la Dirección de la Obra de acuerdo a lo especificado en estos documentos.

El contratista tendrá a su cargo la contratación de toda la mano de obra y maquinaria necesaria para la construcción del Proyecto descrito, así como la remoción y reposición de pavimentos, retiro de materiales sobrantes, obtención de los permisos necesarios, pruebas hidráulicas, custodia de las obras, letreros, barreras, luces, etc.

Art. 4 MATERIALES DE LAS CAÑERÍAS

Para la cañería de la 6ta. Línea de bombeo se admitirán únicamente los siguientes materiales: - Acero - Fundición dúctil - Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio.

Los requerimientos técnicos que deberán cumplir los caños se especifican en la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de licitación.

A los efectos de que la Administración obtenga el mayor número posible de ofertas se establece que cada oferente podrá presentar una Oferta Básica y Ofertas Alternativas referidas únicamente al material de los caños. La Administración evaluará todas las ofertas presentadas, Ofertas Básicas y Ofertas Alternativas, en un pie de igualdad de condiciones, no estableciéndose en ningún caso ninguna preferencia a priori entre las mismas.

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Art. 5 PRECIOS, FORMA DE COTIZAR, MONEDA OFERTA Y MONEDA DE

PAGO

5.1 Forma de cotizar

La obra será contratada por el sistema de precio global con excepción de lo/s rubro/s que se incluyen en la Planilla de Precios del presente Pliego de Condiciones Particulares, que serán contratados por precio unitario.

El oferente deberá tener presente que por la cantidad total establecida en su oferta se compromete a ejecutar la totalidad de los trabajos y suministros indicados en estos documentos y los que resulten del proyecto ejecutivo, aunque hubiese omitido cotizar algún rubro o parte de la obra en la Planilla de Precios (Anexo II), no admitiéndose asimismo alegar cálculos erróneos u omisiones de ningún tipo.

5.2 El precio global de la oferta comprende el importe de todos los trabajos, suministros, indemnizaciones y gastos por cualquier concepto, requeridos para la completa realización de la obra licitada definida por el metraje de referencia incluido en la Planilla de Precios y que surge del anteproyecto de la Administración, y solamente admitirá los reajustes motivados por las variaciones de los precios en las condiciones que establece el Art. 35 del presente Pliego y los que resultaran por aumento o disminución de obra (Art. 41 del P.C.P. y Art. 68 del P.C.G.).

5.3 El precio total de cada rubro será igual al producto del metraje por el precio unitario correspondiente, y la suma de los precios totales de cada rubro será igual al precio global de la oferta.

Para los gastos de carácter general así como los correspondientes a actividades y suministros que no se detallen en el rubrado que forma parte de la Planilla de Precios el oferente deberá incluirlos prorrateados entre los rubros establecidos en la misma.

Para el caso que el oferente hubiera omitido parte de obra en su presupuesto global detallado, la Administración entenderá que se encuentra prorrateado entre los rubros cotizados.

Para que O.S.E. pueda calcular el monto de los aportes que estará obligada a efectuar por concepto de cargas sociales emanadas de la obra (Ley Nº14.411), el oferente deberá incluir en la Planilla de Precios, de

forma expresa, el monto imponible de la Mano de obra (personal obrero y capataces, excluido personal de dirección) para cada rubro (obras del contratista o subcontratistas).

Para los rubros que serán contratados por el sistema de precio unitario, el

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oferente indicará el precio unitario y el monto imponible de jornales del rubro (personal obrero y capataces, excluido personal de dirección).

La no cotización de alguno de los rubros implicará que la oferta será declarada incompleta, lo que motivará su rechazo.

No se admitirá la inclusión de nuevos rubros.

El oferente desglosará del precio global de la oferta y de los precios de los rubros ofertados por precio unitario, el importe correspondiente a los tributos de COFIS e IVA a la tasa vigente a la fecha de apertura de la licitación. Cuando el oferente no deje constancia expresa al respecto, se considerará que los mismos han sido incluidos en el monto de la oferta. Los aumentos y disminuciones de la alícuota de los referidos tributos serán reconocidos en todos los casos por el Estado, a favor del Contratista o de la Administración, según correspondiere.

5.4 Los precios unitarios que se expresarán en el detalle de la propuesta global servirán exclusivamente a los efectos de:

- Permitir el ajuste que surja por la diferencia de metraje entre el anteproyecto y el proyecto ejecutivo.

- El ajuste de las liquidaciones mensuales únicamente de los trabajos de obras. Los rubros correspondientes a suministros de caños, aparatos y piezas especiales así como el correspondiente al Proyecto Ejecutivo no admitirán ajuste de precios y su cotización será al firme.

- El cálculo de los importes por aumento o disminución de los trabajos y suministros que eventualmente se ordenaran.

- Comprobar si existe una relación correcta entre el valor de los trabajos a ejecutar y los pagos correspondientes.

5.5 Precio del Proyecto ejecutivo

El precio formulado para la realización del Proyecto ejecutivo comprenderá la realización de todos los trabajos necesarios para su completa definición.

Para el cálculo de los aportes a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios correspondiente a la ley 12.997, Art. 23, literal F, se considerará que el 40% (cuarenta por ciento) corresponde a honorarios profesionales.

5.6 Impuestos, tasas y gravámenes

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El oferente detallará en su oferta todos los impuestos, cargas, tasas, comisiones y gravámenes por cualquier concepto, incluyendo aquellos impuestos y recargos que no están incluidos en el precio de la oferta, vigentes al último día del mes anterior a la fecha de apertura de la licitación.

La información requerida se discriminará claramente, estableciendo sobre qué montos se calculan las cargas respectivas y los porcentajes considerados.

Se presentará en forma conjunta la fuente de información para el cálculo de estas cargas.

Esta información se incluirá en el Sobre No. 2.

5.7 Tratamiento impositivo

Para el Proyecto 6ta. Línea de bombeo asociado al objeto de la presente licitación, O.S.E. está gestionando ante el Poder Ejecutivo la declaración de Inversión Promovida en el marco de la Ley 16.906 del 7 de enero de 1998, a los efectos de obtener las exoneraciones fiscales que pudieran corresponder.

En caso de no obtenerse la declaración de Inversión Promovida será de aplicación el régimen tributario general en lo que respecta a tributos aduaneros y fiscales, y se estará de acuerdo a lo establecido en el Art. 5.6 del presente pliego.

5.8 Moneda de oferta, moneda de pago y moneda de comparación para la evaluación económica de la propuesta

La moneda en que el oferente deberá expresar la oferta será:

- Moneda nacional para los rubros correspondientes a Proyecto Ejecutivo y obra.

- Dólares americanos o la moneda por la que optase el oferente para los suministros de caños, piezas especiales y aparatos.

Si para los suministros el oferente prevé incurrir en gastos en más de una moneda y desea que se le pague en dichas monedas, deberá señalar la porción de su oferta en cada una de las monedas correspondientes. Como alternativa el oferente puede indicar los porcentajes del precio de la oferta que deben ser pagados en otras monedas.

Cuando el pago al contratista se base en la conversión de monedas, se

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determinará la cantidad a pagar al contratista en moneda extranjera utilizando la tasa de cambio interbancaria tipo vendedor que fije la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay, al cierre de las operaciones bancarias del día antes de la apertura de la licitación, aplicada al porcentaje en moneda extranjera solicitado por el oferente respecto del monto certificado de obra a precios básicos del contrato.

La moneda de comparación de las ofertas será dólares americanos. La conversión de las diferentes monedas en que fue expresada la oferta económica se realizará tomando la tasa de cambio intercambiaria tipo de vendedor fijada por la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay y los arbitrajes correspondientes para otras monedas, al cierre de las operaciones bancarias del día antes de la apertura de la licitación.

Art. 6 PLAZO DE EJECUCION

El plazo de ejecución para el total de las obras licitadas no excederá los 740 días calendario, contados a partir del décimo primer día hábil de la fecha de firma del contrato.

Esa fecha será la que se tomará como origen del Plan de trabajo y cronograma de desembolsos.

En lo que refiere al cómputo de los plazos para los suministros, se entiende que un suministro ha sido entregado a la fecha correspondiente a su almacenamiento en los depósitos del Contratista en territorio nacional.

Art. 7 PRECIO DE REFERENCIA

En esta licitación no se establece Precio de Referencia.

Art. 8 FINANCIACIÓN

8.1 La oferta incluirá obligatoriamente una Propuesta de Financiación en las siguientes condiciones:

Monto a financiar del 75% (setenta y cinco por ciento) del monto total del contrato.

Moneda de Financiación: dólares americanos.

Período de gracia mínimo igual al plazo de ejecución de las obras.

Plazo total de amortización no inferior a 7 (siete) años contados a partir de la finalización del período de gracia.

Amortización de capital en cuotas semestrales iguales y consecutivas más intereses sobre saldos.

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8.2 Cálculo de los intereses

El oferente establecerá claramente sobre qué montos y tasas y criterios a aplicar para el cálculo de los intereses devengados, presentando obligatoriamente un ejemplo de cálculo.

8.3 Comisiones, seguros y otros

El oferente establecerá claramente todos los gastos conexos con la financiación propuesta, indicando los diferentes conceptos y la forma en que se aplicarán (Comisión de Gestión, Primas de Seguros, Comisión de Compromiso, etc.).

8.4 Fuente de financiación

La financiación podrá provenir de una o varias fuentes. Se indicará qué parte de los trabajos será financiada con cada uno de los créditos a utilizar, y sus respectivas condiciones de financiación. Se presentará en la oferta el compromiso escrito de las instituciones financieras que facilitarán los fondos, avalando la financiación propuesta.

8.5 Garantías

El prestatario de los préstamos será la Administración de las Obras Sanitarias del Estado con la garantía de la República Oriental del Uruguay.

8.6 Variación del monto a financiar

Para absorber las variaciones entre el monto de los trabajos ofertados y los efectivamente realizados, la modalidad de la financiación propuesta deberá permitir ajustes al monto total a financiar, permitiendo un aumento de este monto en un 10% (diez por ciento).

8.7 Información complementaria

La oferta contendrá, además de la información expresamente solicitada en este artículo, toda la información complementaria referente a las condiciones de financiación necesaria para su evaluación.

8.8 Oferta Alternativa sin financiación

El oferente obligatoriamente incluirá en su propuesta una oferta que no incluya financiación que denominará Oferta Alternativa sin financiación. La Administración analizará esta Oferta Alternativa sin financiación únicamente a la propuesta que resulte seleccionada para la adjudicación

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y a los solos efectos de reservarse el derecho de elección entre las dos modalidades de pago del contrato (Oferta con financiación u Oferta Alternativa sin financiación).

Art. 9 BASES DE LA LICITACION

9.1 Los documentos que regirán como base de esta Licitación son los siguientes:

a) El presente Pliego de Condiciones Particulares y la Memoria Descriptiva.

b) El Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Obra de O.S.E. (en adelante P.C.G.) aprobado por R/D de febrero de 1971, modificado el 8 de junio de 1972 y el 10 de octubre de 1978, así como otras modificaciones vigentes al momento de la apertura de la presente licitación, en tanto no se oponga a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares.

c) El Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones, Contratos de Suministros y Servicios no personales de O.S.E., aprobado por R/D 393/06, en tanto no se oponga a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares.

d) El Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras de Saneamiento de O.S.E. en todo lo que no estuviera especificado en los pliegos antes citados.

e) Las Leyes y Normas sobre Contrataciones y Licitaciones (T.O.C.A.F.) según Decreto del Poder Ejecutivo No. 194/97 y sus modificaciones si las hubiera al momento de la apertura de la presente licitación.

f) El decreto 53/1993 y modificativos y el Pliego Único de Bases y Condiciones para los contratos que celebren las Administraciones Públicas.

g) Las enmiendas o aclaraciones que O.S.E. pudiera efectuar durante el plazo del llamado a licitación.

h) El Formulario de la Oferta (Anexo I).

Las prescripciones del presente PCP prevalecen sobre las prescripciones de los pliegos generales.

En caso que el oferente encontrara, a su criterio, discordancias entre las prescripciones contenidas en los documentos que rigen el presente llamado, las planteará de conformidad a lo establecido en el Art. 12 del presente Pliego y será O.S.E. quien resolverá en definitiva.

Art. 10 ADQUISICIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

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El presente Pliego de Condiciones Particulares y demás documentos que rigen la licitación podrán adquirirse en las Oficinas de O.S.E., Sección Licitaciones, calle San Martín 3235, al precio fijado oportunamente por la Administración, a partir del momento de realización del llamado y hasta el día anterior al fijado para la apertura del Sobre No. 1.

Las ofertas deberán presentarse en el lugar que fije O.S.E. y que será comunicado a través de la prensa. Deberán entregarse en forma personal o ser enviadas por correo, siendo de recibo hasta la hora fijada para la apertura de la licitación.

Art. 11 COSTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

El proponente tendrá a su cargo todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y la Administración no será responsable en caso alguno de dichos costos cualesquiera que sea la forma en que se resuelva la licitación.

Art. 12 VISITA AL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS

Se aconseja al oferente realizar una visita de inspección al lugar de emplazamiento de las obras y sus alrededores y obtener por sí mismo y bajo su exclusiva responsabilidad toda la información que pueda ser necesaria par la preparación de la oferta. El costo de esta visita será de exclusiva cuenta del oferente.

Art. 13 CONSULTAS SOBRE LA LICITACIÓN

13.1 Cualquier posible oferente podrá formular consultas y/o aclaraciones sobre los documentos de licitación mediante comunicación escrita a la Administración o mediante fax, dirigido a la dirección postal y a los números, indicados en el llamado a licitación. Las consultas y/o aclaraciones solicitadas por las empresas deberán presentarse por escrito antes de los (10) diez días hábiles de la fecha de la apertura de la licitación en las dependencias de OSE, especificadas en el ítem 8 del “Llamado a Licitación” incluido en el presente pliego.

13.2 La Administración se reserva el derecho de respuesta, a su solo juicio, a las consultas formuladas.

13.3 En caso de que la Administración dé respuesta, ésta será por escrito, y se enviará copia escrita de la misma (incluyendo la consulta pero sin identificar su origen) a todos los posibles oferentes que hayan adquirido los documentos de licitación.

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Art. 14 MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION,

PRORROGA O ANULACIÓN DEL LLAMADO

14.1 La Administración podrá, por cualquier causa y en cualquier momento antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda(s), ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un posible oferente.

14.2 Todos los posibles oferentes serán notificados de conformidad con el Art. 29 de la(s) enmienda(s), la(s) que será(n) obligatoria(s) para ellos.

14.3 La Administración tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de ofertas, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo razonable para tener en cuenta en la preparación de sus ofertas, la(s) enmienda(s) de los documentos de licitación.

14.4 La Administración podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, anular o prorrogar el llamado.

En los casos de anulación, la misma será difundida o comunicada a través de los mismos medios utilizados para el llamado y la Administración procederá a devolver de oficio el importe de los Pliegos (Art. 10 del presente Pliego) y las garantías depositadas.

En los casos de prórroga la Administración utilizará los medios que estime convenientes para su difusión. Asimismo devolverá las Garantías de mantenimiento de Ofertas y el importe de los Pliegos (Art. 10 del presente Pliego) a solicitud de los interesados que, ante dicha prórroga, desistan de presentar ofertas.

Art. 15 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA

15.1 Requisitos generales de los oferentes

Podrán ser oferentes las personas físicas o jurídicas constituidas en el país o en el extranjero.

Cualquiera sea la modalidad de integración de la firma oferente, es requisito imprescindible para la presente licitación que sus miembros sean las empresas que realizarán los trabajos ya sea en calidad de fabricante del suministro o constructora de las obras.

Se aceptará la presentación de ofertas por consorcios constituidos de acuerdo a la legislación vigente o por empresas que hayan formalizado

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compromisos de consorcio. En caso de adjudicación, el consorcio deberá efectivarse previamente a la firma del contrato, en un plazo máximo de 15 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación.

Si el oferente fuera un consorcio, las empresas que lo integran deberán responder solidaria e indivisiblemente por la totalidad de las obligaciones asumida por el consorcio.

Se permitirá la participación de una empresa en más de un consorcio y en consorcio y como oferente independiente.

15.2 Representación y domicilio

El oferente deberá designar a la persona o personas que lo representen ante la Administración, en todas las actuaciones referentes al presente llamado a licitación.

Esa designación podrá hacerse mediante el otorgamiento de:

Poder General.

Poder especial o carta poder otorgada a los efectos del llamado de referencia.

Poder especial o carta poder general para todas las licitaciones de OSE.

Dichos documentos deberán presentarse en el acto de apertura y toda vez que le sean requeridos al proponente. Si se optara por otorgamiento de carta poder deberá redactarse conforme al Anexo II.

El representante de los oferentes a quienes se adjudique la licitación deberá, con posterioridad a la notificación de adjudicación, acreditar la personería en forma fehaciente, mediante poder debidamente legalizado y protocolizado, cuando correspondiera.

El oferente deberá tener domicilio en Uruguay, o en caso de ser una firma extranjera, deberá estar representada por un apoderado con domicilio en el país, debidamente autorizado y con facultades suficientes.

En caso de ser adjudicataria una firma extranjera, deberá constituir domicilio legal en Uruguay.

En el caso de consorcios, constituidos o con compromiso de constitución, deberán ser representados en forma idéntica.

16 INFORMACIÓN DEL OFERENTE

16.1 Constitución de la firma oferente

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La oferta contendrá toda la información referente a la constitución de la firma oferente, estableciendo nombre, razón social, contrato de sociedad, domicilio legal en Uruguay, teléfono, fax y dirección de correo electrónico.

El oferente deberá incluir la indicación del tipo de empresa, declarando en cada caso si es casa matriz, filial o subsidiaria de otra. Deberá incorporar una copia de los estatutos y poder en las que se autorice la representación. Esta documentación deberá estar certificada por escribano público.

En caso de de que las empresas oferentes sean sociedades personales deberán indicar los nombres de los titulares que la componen o de sus representantes autorizados en caso de sociedades anónimas. Las sociedades anónimas deberán agregar además, la nómina completa de los integrantes de los directorios. Ambos registros se acreditarán en la oferta mediante declaración jurada.

Tratándose de empresas extranjeras, los documentos deberán estar traducidos al español, legalizados y protocolizados.

16.2 Consorcios

En caso de que el oferente sea un consorcio constituido o con compromiso de constitución la información requerida en el Art. 17 deberá ser presentada por cada uno de sus miembros.

En el caso de ofertas presentadas por empresas comprometidas a consorciarse deberán adjuntar a su propuesta el compromiso de consorcio, con las firmas certificadas notarialmente, donde se pactará la solidaridad y la indivisibilidad de las obligaciones que en el futuro contrajera si resultara adjudicatario y estableciendo la participación porcentual de cada una de las firmas integrantes del consorcio. La oferta presentada por un consorcio o por empresas comprometidas a consorciarse deberá firmarse de modo que constituya una obligación legal para todos los integrantes del mismo.

Si el consorcio resultará adjudicatario, todos los integrantes serán responsables mancomunadamente y solidariamente por el cumplimiento del contrato de acuerdo con los términos del mismo.

Se deberá designar como representante del consorcio a uno de sus integrantes, el que estará autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para todos y cada uno de los integrantes del mismo. La ejecución del contrato, incluidos los pagos, se realizará exclusivamente con el representante del consorcio.

16.3 Subcontratistas

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Si el oferente se propone celebrar subcontratos para la realización de alguno de los trabajos, deberá incluir en la oferta la identificación de las empresas que se harán cargo de los mismos. El monto total de los trabajos subcontratados no podrá exceder en ningún caso el 15% (quince por ciento) del monto total del contrato.

16.4 Capacidades técnica y financiera

Para presentarse a la licitación es requisito imprescindible que el proponente acredite a satisfacción:

a. Antecedentes demostrativos de capacidad técnica para ejecutar obras del tipo (naturaleza y volumen) a la licitada de acuerdo a lo especificado en el Art. 17.1 del presente pliego.

b. Antecedentes demostrativos de capacidad financiera y situación patrimonial para asumir el compromiso económico-financiero que supone la ejecución del contrato de acuerdo a lo especificado en el Art. 17.2 del presente pliego.

16.5 Compromiso de los fabricantes de suministros

El oferente deberá incluir en su oferta cartas de los fabricantes de caños, piezas especiales, aparatos y accesorios, estableciendo, en caso de resultar adjudicatario, su compromiso de fabricar el suministro en la cantidad y características ofertadas.

En esas cartas se establecerán la o las plantas industriales donde se fabricarán los distintos materiales y los correspondientes plazos de fabricación, dejando expresa constancia que los materiales ofertados se destinarán a las obras objeto de la presente licitación.

16.6 Información sobre litigios

La oferta deberá incluir información sobre todo litigio actual que el oferente tenga pendiente o que haya ocurrido dentro de los últimos 5 (cinco) años, las partes litigantes de ellos y el monto reclamado.

16.7 Inhabilitación de los oferentes

A juicio de O.S.E., cualquiera de las causas emergentes enumeradas a continuación será suficiente para inhabilitar e un oferente:

a) Que se encuentre en interdicción judicial, que haya demandado o se encuentre demandado por O.S.E.

b) Que hubiera faltado anteriormente a contratos hechos con cualquier otro organismo público sin causa justificada.

A tales efectos la Administración podrá efectuar todas las averiguaciones

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que juzgue necesarias para verificar la información proporcionada. De comprobarse falsedad, la oferta será automáticamente rechazada, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.

Art. 17 CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA

Art. 17.1 Capacidad técnica y calidad de los suministros

A los efectos de evaluar la capacidad técnica del oferente y su propuesta, así como la calidad de los suministros, deberá presentar en la oferta los antecedentes demostrativos que permitan acreditar:

a) Antigüedad y capacidad de contratación. El oferente acreditará un mínimo de 10 (diez) años como empresa contratista de obras. Asimismo el oferente acreditará una facturación no inferior a los U$S 90:000.000 (noventa millones de dólares americanos) durante los últimos 10 (diez) años. Para su ponderación se efectuará la suma de los montos del contrato original de las obras expresados en dólares americanos... Si la moneda de esos contratos fuera distinta a esa la Administración procederá a convertirlos a dólares americanos a la cotización interbancaria tipo vendedor que fijó la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay a la fecha de suscripción de los respectivos contratos. Si el oferente fuera un consorcio constituido o con compromiso de constitución deberá sumar la capacidad de cada uno de sus miembros ponderada por el porcentaje de participación en el mismo. La información requerida en este ítem deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo A.

b) El oferente acreditará la ejecución de 20 km de redes de agua potable/o saneamiento (exceptuando pluviales) en zonas urbanas, suburbanas y rurales, pudiendo ser sumadas en no más de 5 obras. Si el oferente fuera un consorcio constituido o con compromiso de constitución deberá sumar la capacidad de cada uno de sus miembros ponderada por el porcentaje de participación en el mismo. La información requerida en este ítem deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo B.

c) El oferente acreditará experiencia en la ejecución de no menos de 10 km de redes de agua potable a presión en diámetros mayor o igual a 300 mm, en zonas urbanas, semiurbanas y rurales. Si el oferente fuera un consorcio constituido o con compromiso de

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constitución deberá sumar la capacidad de cada uno de sus miembros ponderada por el porcentaje de participación en el mismo. La información requerida en este ítem deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo C.

d) El oferente acreditará experiencia en la colocación de cañerías del material ofertado en obras de agua potable y/o saneamiento (excluyendo pluviales) de acuerdo al siguiente detalle:

Mínimo de 10 km para cañerías del material ofertado de diámetros mayor o igual a 1200 mm. No se computarán obras con longitud inferior a 1000 m.

Si el oferente fuera un consorcio constituido o con compromiso de constitución deberá sumar la capacidad de cada uno de sus miembros ponderada por el porcentaje de participación en el mismo. La información requerida en este ítem deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo D.

e) Gerente de Proyecto y personal técnico y de conducción afectado a la obra. El Gerente de Proyecto será quien asuma la responsabilidad total del objeto de la licitación y deberá ser un profesional ingeniero de reconocida experiencia en el gerenciamiento de proyectos de similar envergadura al licitado. La información requerida sobre experiencia deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo E. La nómina del personal técnico y de Dirección de la Obra afectada a la obra deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo E. Se deja especial constancia que el Director de la Obra deberá ser un profesional ingeniero con un mínimo de 5 (cinco) años en la Dirección de obras de similar envergadura y complejidad a la licitada.

f) Nómina de subcontratistas Si el oferente se propone celebrar subcontratos para la realización de alguno de los trabajos, deberá incluir en la oferta la identificación de las empresas que se harán cargo de los mismos, en el formato establecido en el Anexo F, teniendo presente la limitación especificada en el Art.16.3.

g) Suministros Se presentarán referencias, indicando cantidades de suministros de características similares fabricados en la misma planta industrial en los últimos 10 (diez) años o desde su constitución si fuera menor y serán acompañadas de cartas de conformidad de los compradores debidamente identificados, indicando antigüedad de la instalación.

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En particular para las cañerías ofertadas se identificará claramente el tipo de caño ofertado para los diámetros y condiciones de trabajo especificados en la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de licitación. Se adjuntará obligatoriamente la Memoria de Cálculo debidamente detallada y referenciada a las Normas que son de aplicación en un todo de acuerdo a lo especificado al respecto en la referida Memoria Descriptiva.

Se acreditará además la fabricación en las plantas industriales donde se fabricarán la totalidad de los suministros ofertados de un:

Mínimo de 20 km de cañería de 1200 mm de diámetro o diámetros superiores, fabricados en la misma planta industrial donde se fabricarán los que se suministrarán para la presente licitación.

Mínimo de 15 km de cañería de 900 mm de diámetro o diámetros superiores, fabricados en la misma planta industrial donde se fabricarán los que se suministrarán para la presente licitación.

Mínimo de 50 km de de cañería de entre 800 mm y 300 mm de diámetro, fabricados en la misma planta industrial donde se fabricarán los que se suministrarán para la presente licitación.

No se considerarán ofertas por suministros que carezcan de las referencias requeridas.

h) Proyecto ejecutivo

El proyecto ejecutivo de las obras deberá estar a cargo de un equipo profesional técnico de notoria experiencia en proyectos de similar envergadura de transporte de agua potable en conductos a presión. El equipo deberá estar conformado como mínimo de un Director del proyecto, de un ingeniero civil con especialización en el área hidráulica sanitaria, un ingeniero civil con especialidad en estructuras y un agrimensor.

El Director del proyecto deberá ser de nacionalidad uruguaya. Deberá poseer notoria experiencia en el gerenciamiento de proyectos de similar envergadura de transporte de agua potable en conductos a presión. La información requerida en este ítem deberá presentarse en el formato establecido en el Anexo G indicando el rol que desempeñará dentro del equipo.

A los efectos de computar la capaciad técnica y experiencia del oferente requerida en los ítems a), b), c) y d) del presente artículo, se deja expresa constancia que no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas.

Art. 17.2 Plan de Trabajo y equipos y maquinarias a afectar a las obras

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A los efectos de evaluar la capacidad de ejecución del objeto de la presente licitación, el oferente deberá presentar en su oferta el Plan de Trabajo, identificando claramente cada una de las tareas, incluyendo aquellas necesarias para el desarrollo del proyecto ejecutivo.

El Plan de Trabajo establecerá claramente el número de frentes de obra en que se prevé trabajar para dar cumplimiento al plazo de ejecución establecido en el Art. 6 del presente pliego.

El Plan de Trabajo incluirá además la estimación de la utilización de mano de obra nacional, que expresará como porcentaje respecto del total que prevé para la ejecución de la totalidad de los trabajos licitados.

El Plan de Trabajo constará como mínimo de:

- Red de precedencias con indicación de tareas o eventos ajenos a las obligaciones del contratista y que tengan injerencia para el normal desarrollo de los trabajos, tales como tener disponibles los terrenos afectados ya sea por la vía de servidumbre o expropiaciones, etc.

- Duración estimada de cada tarea. - El camino crítico en concordancia con el plazo de ejecución de la

obra y los tiempos flotantes, libres y totales, de las tareas que no pasen por el mismo.

- Diagrama de barras con indicación de la ubicación de cada tarea dentro del período comprendido por las fechas tempranas y tardías que surjan del diagrama calendario.

- Ejecución física mensual expresada en porcentajes parciales y acumulados.

- Ejecución financiera expresada en forma porcentual, sin valorizar.

El procesamiento del camino crítico se realizará utilizando métodos de reconocida confiabilidad.

Deberá además acompañarse del Plan de Acopios que conjuntamente con el Plan de Trabajo deberá constituir un todo orgánico que permita apreciar el desarrollo de todas las actividades.

Junto con el Plan de Trabajo deberá presentarse la Propuesta técnica conteniendo la metodología detallada para la ejecución de cada tarea con su correspondiente memoria descriptiva y el listado de los equipos y maquinarias a afectar a la obra (Anexo H). Se deja expresa constancia que si la propuesta técnica no resulta adecuada al plazo de ejecución del contrato y las condiciones

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establecidas en los documentos que forman parte de la licitación, la Administración podrá rechazar la oferta sin más trámite.

Art. 17.3 Capacidad financiera y situación patrimonial

A los efectos de evaluar la capacidad financiera y situación patrimonial del oferente para ejecutar el contrato, deberá presentar, para uso confidencial de la Administración: a) Estados Contables de los 2 (dos) últimos ejercicios (2004 y 2005) de

acuerdo al Decreto 103/91 del 27/02/91 con sus anexos y notas explicativas que forman parte de dichos estados. Los mismos deberán contar con certificación fundamentada de Contador Público, de acuerdo con lo establecido por el Art. 706 de la Ley 16.170 del 28/12/90, reglamentado por el Decreto 240/993 del 25/05/93.

El alcance de la certificación será como mínimo el de compilación; reservándose la administración el derecho a ampliar el mismo a revisión limitada o auditaría.

b) Estados Contables preparados según formato mencionado precedentemente, a una fecha de cierre fijada del 3er. mes anterior a la fecha de apertura de la licitación. (No será de aplicación en caso que el último estado presentado según a) corresponda a una fecha posterior a esta).

c) Perfil de endeudamiento del último balance presentado, de acuerdo al siguiente detalle:

d) Evidencia de la capacidad para obtener fianzas, avales, garantías.

En el caso de empresas extranjeras deberán presentarse en español y expresados en dólares americanos.

En caso de que el oferente sea un consorcio constituido o con compromiso de constitución, esta información deberá presentarse por cada uno de sus miembros.

Montos expresados en U$S (dólares americanos) Vencimiento

M/Ext. M/Nac. Total % s/Total

Sin Vencimiento Entre 0 y 3 meses >3 <6 >6 <12 >12 <24 >24 <36 >36

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17.4 Metodología de Evaluación de la capacidad financiera y situación

patrimonial

La situación financiera y patrimonial del oferente se evaluará mediante el cálculo del “Indicador Económico Financiero Ponderado” (IEFP), definido de la siguiente manera:

IEFP = 0,6*IEF1+0,4*IEF2 donde;

IEF1 = Indicador económico financiero del último ejercicio económico IEF2 = Indicador económico financiero del penúltima ejercicio económico.

IEFP , IEF1 e IEF2 tendrán un valor máximo de 10 puntos. IEF1 e IEF2 se definen como la sumatoria de los tres índices que a continuación se exponen.

En el caso de Consorcios el indicador del Consorcio estará determinado por el indicador que resulta de la sumatoria de los IEFP de cada una de las empresas que lo integran ponderados por su porcentaje de participación en el Consorcio. La aceptabilidad del postulante se configurará para valores de IEFP

superiores o iguales a 5 (cinco).

IEFT = Índice de Rentabilidad del Patrimonio Neto (IRPT) + Índice de Solvencia Financiera (ISFT)+Índice de Liquidez Corriente (ILCT); T = 1 o 2 para último o penúltimo ejercicio económico, respectivamente.

1) El Índice de Rentabilidad del Patrimonio Neto (IRPT) se calculará como el cociente entre Resultado Neto antes del Impuesto a la Renta y el Patrimonio Neto a fecha de cierre de ejercicio económico.

IRPT = Resultado Neto antes de Impuestos / Patrimonio Neto T = 1 o 2 para último o penúltimo ejercicio económico, respectivamente

Este índice permite analizar la eficiencia económica de los postulantes, de acuerdo a la siguiente tabla de valores:

Valor del IRP Puntos Mayor o igual a 0.10 2.8 - Máximo Entre 0 y 0.10 1.4 a 2.8 – Interpolación lineal Menor a 0 0

2) El Índice de Solvencia Financiera (ISFT) se calculará como el cociente entre el Capital Propio y el Capital de Crédito exigible a corto y largo plazo.

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ISFT = Patrimonio Neto / (Pasivo Corriente + Pasivo No Corriente) T = 1 o 2 para último o penúltimo ejercicio económico, respectivamente

Este índice permite analizar la solidez financiera de los postulantes, de acuerdo a la siguiente tabla de valores:

Valor del ISF Puntos Mayor o igual a 0.70 4 - Máximo Entre 0.25 y 0.70 2 a 4 --Interpolación lineal Menor a 0.25 0

3) El Índice de Liquidez Corriente (ILCT) se calculará como la razón entre el Activo Corriente y el Pasivo Corriente

ILCT = Activo Corriente / Pasivo Corriente T = 1 o 2 para último o penúltimo ejercicio económico, respectivamente

Este índice permite analizar la capacidad de enfrentar las obligaciones de corto plazo de los postulantes, de acuerdo a la siguiente tabla de valores:

Valor del ILC Puntos Mayor o igual a 2 3.2 - Máximo Entre 1.1 y 2 1.6 a 3.2 - Interpolación lineal Menor a 1.1 0

Art. 18 PRESENTACION DE LA OFERTA

18.1 En este artículo y en el siguiente Art. 19 del presente pliego, se detallan los documentos que necesariamente deberán presentar los proponentes para que sus ofertas sean consideradas como completas.

18.2 De acuerdo con los procedimientos prescritos en el Art. 54 del T.O.C.A.F. los representantes autorizados de las firmas proponentes deberán presentar sus propuestas en el sitio y hasta la hora fijada para el acto de apertura en el aviso de licitación.

18.3 Con anterioridad al acto de apertura, y sin perjuicio de lo expresado en el Art.15 del presente pliego, el oferente deberá presentar: a) El comprobante que acredite que se ha constituido la Garantía de

Mantenimiento de la Oferta, conforme al Art. 20 del presente pliego.

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b) Para empresas nacionales, el certificado de inscripción en el

Registro General de Empresas Constructoras de Obras Públicas del M.T.O.P., acreditando la capacidad de Contratación Anual, según decreto del Poder Ejecutivo Nº 239/971. Para empresas extranjeras el comprobante de haber solicitado la inscripción a dicho Registro.

c) Para empresas nacionales, el certificado que acredite la inscripción en el Registro de Empresas Proveedoras de O.S.E. si su participación corresponde a suministros.

d) Para empresas nacionales, el certificado que acredite la inscripción en el Registro de Empresas Constructoras de O.S.E.

e) La propuesta redactada y presentada de conformidad a lo que establece el Art. 19 del presente pliego.

f) Para las empresas con actuación previa en la la República Oriental del Uruguay, documentación que acredite el cumplimiento con el Art. 61 de la Ley Nº16074 de fecha 10/10/89 que establece la obligatoriedad del Seguro sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

g) Recibo de adquisición de la documentación correspondiente al llamado con indicación de fecha y hora de entrega de los mismos.

h) Certificado expedido por el registro de Actos Personales a la fecha correspondiente al día hábil anterior al llamado.

La omisión, insuficiencia o defecto formal de la documentación primitiva o de la complementaria que se solicite determinará el rechazo de la Oferta.

18.4 No serán recibidas las propuestas que se presenten con posterioridad a la hora señalada, o que carezcan de alguno de los documentos aquí indicados.

Art.19 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

19.1 La oferta se presentará por escrito, redactada en forma clara y precisa, en idioma español. Los documentos que originalmente estén en otros idiomas deberán presentarse acompañados por una traducción realizada por traductor público. Sus hojas serán numeradas correlativamente y sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio. La oferta se debe entregar en original y cinco (5) copias.

Cada juego de documentos (uno identificado como “original” y los cinco restantes como “copia”) constará de dos sobres, rotulados SOBRE No. 1

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y SOBRE No. 2.

En todos los sobres se indicará el nombre y número de la presente licitación y la identidad del oferente. Todos los ejemplares deberán ser firmados por el oferente o su representante debidamente autorizado.

El Sobre No. 2 se presentará necesariamente cerrado, lacrado y sellado.

Los folletos que acompañen la oferta técnica podrán estar en español, inglés, francés, italiano o portugués. En todos los casos O.S.E. se reserva su derecho de solicitar su traducción al español.

Se advierte que se rechazarán las ofertas que no contengan toda la documentación solicitada o que presenten enmiendas, interlineados o errores que no estén debidamente salvados, a juicio exclusivo de la Administración.

Es de interés de la Administración, que en lo posible, el conjunto de las seis (6) carpetas se presente en un único paquete lacrado y sellado, que llevará el mismo rótulo de las carpetas, sin perjuicio de lo indicado en el Art. 54 del T.O.C.A.F.

Adicionalmente, y a los efectos de facilitar la evaluación de las ofertas, toda la documentación que integre las mismas y que esté disponible en formato digital deberá ser entregada en CD ROM primando, en caso de discrepancias, la información impresa y firmada.

19.2 Contenido del Sobre No. 1

El Sobre No. 1 contendrá los siguientes documentos:

a) Información sobre la firma oferente de acuerdo a lo especificado en los Arts. 16.1, 16.2 y 16.6.

b) Información sobre antigüedad y capacidad de contratación del oferente de acuerdo a lo establecido por el Art. 17.1a), presentado según el Anexo A.

c) Información sobre experiencia en la ejecución de 20 km de redes de agua potable/o saneamiento (exceptuando pluviales) en zonas urbanas, suburbanas y rurales, pudiendo ser sumadas en no más de 5 obras, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 b), presentado según el Anexo B.

d) Información sobre experiencia en la ejecución de obras de conducción de agua potable a presión en diámetros mayor o igual a 300 mm, en zonas urbanas, semiurbanas y rurales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 c), presentado según Anexo C.

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e) Información sobre experiencia en la colocación de cañerías del

material ofertado en obras de agua potable y/o saneamiento (excluyendo pluviales), de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 d), presentado según Anexo D.

f) Información sobre el Gerente de Proyecto y personal técnico y de conducción afectado a la obra, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 e), presentado según Anexo E. Incluirá además la nómina del personal técnico y de Dirección de la Obra afectada a la obra de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 e), presentado según Anexo E.

g) La nómina de subcontratistas que prevé utilizar, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 f), presentado según Anexo F.

h) La información requerida sobre los suministros, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1 g).

i) La información sobre el equipo profesional que tendrá a su cargo la realización del proyecto ejecutivo de las obras Proyecto ejecutivo, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.1. h), presentado según Anexo G.

j) El Plan de Trabajo y equipos y maquinarias a afectar a las obras, así como la Propuesta técnica de ejecución de la obras, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.2. La información sobre los equipos y maquinarias a afectar a las obras se presentará según Anexo H.

k) La evidencia de capacidad financiera y situación patrimonial, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17.3.

l) Carta compromiso del fabricante de caños, piezas especiales y aparatos según lo establecido en el Art. 16.5.

19.3 Contenido del Sobre No. 2

El Sobre No. 2 contendrá los siguientes documentos:

a) El Formulario de Oferta de acuerdo al Anexo I del presente pliego.

b) La Planilla de Precios de acuerdo al Anexo II del presente pliego.

c) El cronograma de ejecución financiera del contrato.

d) La Propuesta de Financiación de acuerdo a lo especificado en el

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Art. 8 del presente pliego.

e) La Oferta Alternativa sin Financiación.

f) Compromiso de las entidades financieras intervinientes respecto a los montos a financiar.

g) Información sobre impuestos, tasas y gravámenes indicada en el Art. 5.6 del presente pliego.

h) Información sobre si el oferente solicitará el anticipo de acuerdo a lo establecido en el Art. 33, lo que deberá haber sido recogido en el Cronograma de ejecución financiera del contrato (ítem c) del presente artículo.

19.4 Se deja expresa constancia que la información contenida en el Sobre No. 1 no podrá establecer directa o indirectamente los precios cotizados de la oferta, los que únicamente serán admitidos en el Sobre No. 2, ni cualquier otra información sobre la propuesta de financiación y/o identificación de las identidades de las entidades financieras intervinientes.

El incumplimiento de lo establecido en el presente artículo determinará sin más trámites el rechazo de la oferta.

Art. 20 MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA

Es obligatorio el mantenimiento de las propuestas por un plazo mínimo de 270 (doscientos setenta) días calendario a partir de la apertura de la licitación.

Transcurrido ese plazo, las propuestas se considerarán mantenidas por todo el tiempo durante el cual los interesados no presenten nota solicitando su retiro.

Art. 21 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

21.1 Previo a la presentación de la propuesta el proponente deberá constituir una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Seriedad de la Oferta por un monto mínimo de U$S 600.000 (seiscientos mil dólares americanos). Esto se exige para proteger a la Administración contra el riesgo de incumplimiento por parte del oferente, lo que pudiera justificar la ejecución de la garantía, conforme con el párrafo último de este artículo.

21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se constituirá a la orden de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, y podrá consistir en:

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a) Fianza o aval de un Banco establecido en el Uruguay. b) Póliza de seguro de fianza emitida por el Banco de Seguros del

Estado de la República Oriental del Uruguay. c) Depósito en efectivo, en la Sección Custodia de Valores del Banco

de la República Oriental del Uruguay. d) Depósito en el Banco de la República Oriental del Uruguay

(Sección Custodia de Valores) de títulos de deuda pública nacional o municipal.

En los casos a), b), y c), la garantía respectiva se establecerá en dólares americanos, los que se computarán al tipo de cambio interbancario vendedor del Banco Central del Uruguay al cierre del último día hábil anterior al de la fecha del documento bancario. En el caso d) los títulos de deuda pública se tomarán por su cotización en la Bolsa de Valores al día hábil anterior al del depósito. Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas, siempre que todas ellas sean constituidas a nombre de la firma oferente.

21.3 En caso de no optarse por complementar la Garantía de Mantenimiento de Oferta, según se permite en el Art. 27 del presente pliego, al adjudicatario se le devolverá ésta última cuando se hubiera aceptado la de Fiel Cumplimiento de Contrato, y una vez que se haya formalizado el mismo.

21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta podrá ser ejecutada:

a) Si el oferente retira su oferta en el período de validez estipulado por él en el formulario de ofertas.

b) En las condiciones estipuladas en el Art.16 del P.C.G.

21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será devuelta a los proponentes no seleccionados, a su requerimiento, luego de la notificación de la adjudicación por parte de la Administración.

Art. 22 APERTURA DEL SOBRE No. 1

En el día y hora fijada para el acto de apertura de las ofertas, se procederá exclusivamente a la apertura del Sobre No. 1. Este acto se realizará en presencia de un Escribano de O.S.E. y de los representantes de los oferentes, procediéndose a dar lectura en voz alta del nombre de los oferentes.

Previo a la apertura se verificará que los oferentes hayan cumplido con los requerimientos establecidos en el Art. 18.3 del presente pliego.

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El Sobre No. 2, cerrado, lacrado y sellado, permanecerá en custodia en la Sección Escribanía de O.S.E. hasta que se haya realizado la precalificación de las ofertas.

Art. 23 PRECALIFICACIÓN

La Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará la información contenida en el Sobre No. 1 a fin de determinar si ésta se ajusta a los requisitos establecidos por los documentos que rigen el llamado, verificando si el oferente posee los antecedentes demostrativos de la capacidad técnica para ejecutar contratos del tipo del que se licita, experiencia de haber realizado obras similares y capacidad para asumir el compromiso económico-financiero que supone la ejecución del contrato.

Cada oferta deberá cumplir con todos los requerimientos legales, técnicos, económicos y financieros establecidos en el presente pliego. En caso de no ser así, se considerará que la oferta contenida en el Sobre No.1 no alcanza los requisitos solicitados, por lo que la misma será rechazada.

Cualquier documento que esté incompleto, ilegible ó que presente enmiendas, entrerrenglonados o errores que no estén debidamente salvados, ó con plazos de validez vencidos, será considerado nulo y sin validez para esta licitación. A fin de facilitar el examen y evaluación de la oferta, O.S.E. podrá, a su discreción, solicitar aclaraciones o informaciones complementarias a cualquiera de los oferentes sobre sus ofertas, sin que esto dé derecho a afectar o modificar la oferta.

La solicitud de aclaración y/o información complementaria y la respuesta correspondiente, se formularán por escrito y no se pedirán, ofrecerán ni permitirán cambios en los aspectos sustanciales de la oferta. Las referidas solicitudes indicarán claramente el plazo con que contará el oferente para dar respuesta a las mismas.

Los oferentes quedan obligados a dar respuesta dentro del plazo indicado y en ningún caso podrán significar modificaciones en manera alguna a las presentaciones originales de la oferta.

Queda claramente establecido que la presentación incompleta o fuera de plazo de la aclaración y/o información complementaria requerida que pudiera solicitarse, será causal de rechazo de la oferta.

El sistema de evaluación será del tipo “PASA” o “NO PASA”.

Una vez finalizado el análisis de las ofertas en la etapa de precalificación, la Comisión Asesora de Adjudicaciones elaborará la nómina de las

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ofertas precalificadas.

La Administración dará vista de estas actuaciones a los oferentes, regulándose este procedimiento por lo establecido en el Art. 58 del T.O.C.A.F.

Art. 24 APERTURA DEL SOBRE No. 2

Una vez realizada la precalificación y el proceso de vista, se cursará invitación a los oferentes precalificados para el acto de apertura del Sobre No. 2.

En este acto sólo se realizará la apertura del Sobre No. 2 de las ofertas precalificadas.

Los Sobres No.2 de las ofertas que no hayan precalificado, quedarán en custodia de la Administración, sin abrir, hasta la firma del contrato con el adjudicatario. En fecha y hora que se comunicará a todos los interesados se procederá a su destrucción en acto público.

Art. 25 ANALISIS DE LA DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE No. 2

25.1 La Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará la información contenida en el Sobre No. 2 a fin de determinar si está completa y se ajusta a los requisitos establecidos por los documentos que rigen la licitación y a la información incluida en el Sobre No.1.

Si la documentación contenida en el Sobre No. 2 no estuviera completa o no se ajustara a los requisitos establecidos antedichos, la oferta será rechazada.

25.2 Corrección de errores

Las ofertas que se ajusten esencialmente a los documentos de licitación serán estudiadas a efectos de detectar posibles errores aritméticos. Los errores serán rectificados por O.S.E. de la siguiente manera:

a) Si existiera una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras;

b) Si existiera una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio total y el precio unitario será corregido.

O.S.E. ajustará, si correspondiera, el precio global establecido en el formulario de la oferta de acuerdo con el procedimiento indicado en el

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presente artículo. En concordancia con estas correcciones ajustará el Cronograma de ejecución financiera.

25.3 Valor Actual de la oferta

A partir del Cronograma de ejecución financiera presentado por el oferente y corregido si correspondiera de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, se calculará el Valor Actual de la oferta a la fecha de apertura del Sobre No. 1 de la presente licitación.

Art. 26 ADJUDICACIÓN

26.1 La Comisión Asesora de Adjudicaciones estudiará y evaluará las ofertas válidas de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores, aconsejando la adjudicación de la oferta más conveniente para la Administración de acuerdo a lo establecido en el Art. 59 del T.O.C.A.F.

Una vez realizada esta evaluación e individualizada la oferta más conveniente para la Administración, la Comisión Asesora de Adjudicaciones procederá al análisis de la Oferta Alternativa sin Financiación de la oferta reseñada (Art. 8.8 del presente Pliego) a los efectos de elegir entre las dos modalidades de pago del contrato (con financiación o sin financiación). El pronunciamiento de la Comisión Asesora de Adjudicaciones tendrá el carácter de dictamen o informe para la Administración y no creará derecho alguno a favor del oferente seleccionado.

26.2 Una vez expedido el dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones la Administración procederá a dar vista de estas actuaciones a los oferentes precalificados, regulándose este procedimiento por lo establecido en el Art. 58 del T.O.C.A.F.

La Administración se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta, así como declarar desierta la licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna.

26.3 Si la oferta propuesta para adjudicar fuese la Oferta con financiación, la adjudicación de la presente licitación quedará supeditada a la aprobación por parte del Poder Ejecutivo de los convenios de crédito que financiarán el contrato (Decreto del Poder Ejexcutivo No. 586/1993 del 27 de Diciembrre de 1993).

Art. 27 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

27.1 Dentro del plazo estipulado en el Art.16º del P.C.G., el adjudicatario deberá constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, por un

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monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la licitación.

Esta Garantía se constituirá mediante el procedimiento establecido en el Art. 21.2 del presente pliego, y podrá emplearse cualquiera de las modalidades allí indicadas.

27.2 La Garantía de Mantenimiento de la Propuesta podrá pasar a integrar la de Fiel Cumplimiento del Contrato siempre que el adjudicatario la complete y la extienda en su monto y plazo.

27.3 La circunstancia de que el oferente adjudicatario no cumpla lo dispuesto en el presente artículo, constituirá causa suficiente para la revocación de la adjudicación y la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en cuyo caso la Administración podrá llamar a una nueva licitación o bien adjudicar el contrato al oferente cuyo Valor Actual sea el que sigue después de la revocada, de acuerdo al Art. 17 del P.C.G.

27.4 La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato se devolverá a solicitud del interesado, con los descuentos a los que hubiera lugar, una vez realizada la recepción definitiva y la liquidación final de todas las obras incluidas en esta licitación.

Art. 28 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

El contrato se documentará por escrito.

Los siguientes documentos, que formarán una unidad indivisible, serán parte integrante del Contrato de Ejecución del Proyecto de la 6ta. Línea de Bombeo:

- El oficio de la Administración comunicándole al oferente su resolución, adjudicándole la licitación.

- Las condiciones administrativas, legales y técnicas de los documentos que rigen la presente licitación, con las aclaraciones y modificaciones que hubiera efectuado la Administración antes de la fecha de apertura de la licitación y demás documentos enumerados en el presente pliego.

- Las Memorias Descriptivas, Especificaciones Técnicas y demás documentos que componen los documentos de licitación.

- Las órdenes de servicio e instrucciones que expida la Administración dadas por escrito y dentro de las facultades que les confieren los documentos que integran el contrato y las enmiendas o aclaraciones realizadas por la Administración, relativas a esta licitación.

- La oferta del adjudicatario. - Los planos y documentación complementaria que entregue la

Administración durante la ejecución de los trabajos que

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modifiquen, detallen o expliciten el objeto de la presente licitación.

- El certificado de depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de la Obra.

Art. 29 COMUNICACIONES

Toda notificación que realice la Administración se llevará a cabo personalmente, por fax, carta certificada con aviso de retorno, telegrama colacionado con aviso de retorno a domicilio, correo electrónico y /u otros medios similares de transmisión a distancia indicados por el oferente en el formulario de identificación.

Constituye plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que la registre: el aviso de retorno, el reporte emitido por el equipo utilizado o la copia certificada por el funcionario encargado de la notificación.

En las notificaciones, cualquiera sea el medio empleado, deberá reproducirse la parte dispositiva del acto integra o parcialmente, de forma tal que el interesado pueda tener cabal conocimiento del mismo. Incluirá la expresa mención de la persona con la que se entiende practicada la notificación.

La mención del fax, correo electrónico o domicilio de la Administración efectuada en el Pliego de Condiciones Particulares a los efectos de la licitación, determina que únicamente será válida la comunicación de los interesados relativa a dicho procedimiento que se efectúe en ellos. Quienes envíen comunicaciones o documentos a la Administración, en cualquiera de las etapas de la licitación, deberán conservar el comprobante de acuse de recibo, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrán por no presentados los

documentos.

Art. 30 FIRMA Y VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato será escriturado.

El Contrato entrará en vigencia con el acto de la firma de ambas partes.

Art. 31 CONVENIOS DE CREDITO

El adjudicatario deberá presentar a O.S.E. dentro de los 10 (días) calendarios a partir de la notificación de la adjudicación y antes de la

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suscripción del contrato, los textos de los convenios de crédito a suscribir con las entidades financieras para aprobación de la Administración y posterior remisión al Poder Ejecutivo. Este plazo podrá ser prorrogado a solicitud fundada del adjudicatario.

Art. 32 PRESENTACION DE UN PROGRAMA DE TRABAJO

32.1 El contratista dispondrá de un plazo de 10 (diez) días calendario a partir de la fecha de la firma del contrato, para la presentación del Plan de Trabajo ajustado. El Programa de Trabajo deberá ser aprobado por la Dirección de Obra de O.S.E. previamente al comienzo de las obras y constituirá el Plan de Trabajo contractual a todos los efectos.

32.2 Para la elaboración de este programa se tendrán en cuenta todos los requisitos establecidos en el presente pliego y la Memoria Descriptiva, incluido el plazo total de ejecución de las obras prevista en el Art. 6 del presente pliego.

El origen del Plan de Trabajo será a los 15 (días) días calendario a partir de la aprobación por parte de la Administración del mismo, salvo que reciba la comunicación escrita de la Administración postergando su iniciación y constituirá la fecha a partir de la cual se contabilizarán los plazos contractuales.

Art. 33 ANTICIPO FINANCIERO

33.1 La Administración podrá otorgar un adelanto financiero al adjudicatario, que no excederá del 5% (cinco por ciento) del monto global de las obras sin impuestos.

33.2 Previo a hacer efectivo el cobro del anticipo el contratista deberá presentar una garantía por el monto del adelanto en igual forma que lo establecido en el Art. 27.

33.3 El adjudicatario que optase por percibir el anticipo financiero, deberá formular la solicitud respectiva por escrito, dentro del término de 5 (cinco) días hábiles, contados desde el siguiente a la fecha de firma del contrato.

Art. 34 MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS

34.1 Los trabajos y suministros realizados se certificarán mensualmente, y sus importes se calcularán en base al ritmo de los trabajos, mediciones de la obra hecha y los precios unitarios de la oferta.

Se entenderá por "obra hecha" la correcta ejecución de todos los trabajos

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de construcción estipulados en los documentos de la licitación, incluyendo las pruebas correspondientes.

Los rubros cotizados por partida global se liquidarán en forma porcentual de acuerdo al porcentaje efectivo de obra hecha.

Los suministros de importación se certificarán contra documento de embarque.

Los materiales acopiados y de suministro de plaza y fletes dentro del país se certificarán a su entrada en obra.

34.2 Dentro de los últimos 5 (cinco) días hábiles de cada mes, con la presencia de la Dirección de la Obra de O.S.E., se efectuará la medición de los trabajos ejecutados en el mes. Cumplida ésta y recaba la conformidad de la D de O. de O.S.E., el contratista preparará los siguientes certificados:

- Certificado de trabajos ordinarios (básico) - Certificado de trabajos extraordinarios de conformidad con lo

establecido en el Art. 88 del P.C.G. (básico) - Certificado de acopio de materiales (sí correspondiera) - Certificados de insumos de materiales acopiados (sí correspondiera) - Certificados de reajuste de precios (complementarios) - Documento de embarque de suministros de importación.

34.3 El contratista deberá presentar estos certificados dentro de los 3 (tres) primeros días hábiles del mes siguiente al de ejecución de los trabajos de la obra liquidada, con su correspondiente solicitud de pago a la Dirección de la Obra, para su aprobación y trámite. Conjuntamente con estos documentos, deberá presentar la (las) correspondiente(s) factura(s) fechada(s) en el mes de ejecución de los trabajos. Toda solicitud presentada fuera del plazo fijado se tendrá por recibida el mes inmediato posterior. En estos casos la Administración podrá realizar por sí las liquidaciones mensuales de obra que entienda pertinente, sin que el contratista tenga derecho a objetarlas.

Si la demora en la entrega de la documentación por parte del contratista ocasionara sanciones fiscales a la Administración, éstas serán trasladadas al contratista, descontándolas de futuros pagos.

34.4 No se podrá presentar en el mes más de una solicitud por reajuste de precios (complementarias), salvo que la primera sea provisoria, por no estar homologada por el Organismo correspondiente.

Art. 35 AJUSTE DE PRECIOS

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El presente contrato únicamente permitirá ajustes de los trabajos correspondientes a la obras. No se admitirán ajuste de precios por ningún concepto de los suministros de caños, aparatos y piezas especiales ni del proyecto ejecutivo, de acuerdo a lo especificado en el Art. 5.4 del presente pliego. El coeficiente de ajuste para todos los rubros exceptuando los mencionados en el párrafo anterior será el Índice de Precios de la Construcción (IPC).

Art. 36 APORTES POR LEYES SOCIALES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS

36.1 Dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes el contratista deberá presentar a la Dirección de Obra:

a) Planilla Nominada de Declaración de Personal y Actividad (Planilla 1300 de ATYR), correspondiente a las obras ejecutadas el mes anterior, para su certificación por el Director de Obra.

b) (una) fotocopia de la Planilla indicada en (a). La Planilla de Declaración de Personal y Actividad indicado en (a), le será reintegrada al contratista para su presentación en ATYR dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su presentación, con la conformidad de la Dirección de las Obras.

c) Planilla o fotocopia de liquidación mensual de haberes del personal afectado a la obra, correspondiente al mes anterior, firmada de conformidad por éstos y certificada por el sobrestante de la Administración. El contratista deberá llevar en la oficina de la obra, las planillas del personal ocupado en las diversas tareas, con su identificación y las jornadas trabajadas.

d) Quedará en poder de la Administración las fotocopias de los documentos de referencia.

36.2 El contratista presentará la referida Planilla a ATYR dentro del plazo estipulado por dicha Oficina, la que le entregará copia sellada y fechada.

De no cumplirse con dicho plazo se generará una multa ante ATYR por cada obrero que figure en dicha Planilla, la que será de exclusivo cargo del contratista.

36.3 El contratista dispondrá de un plazo de 48 hs. para presentar a la Dirección de la Obra una fotocopia de la copia de la Planilla sellada y fechada por ATYR, a los efectos de gestionar el pago de los aportes.

36.4 En el caso de Planillas presentadas fuera de la fecha determinada por ATYR, deberá adjuntar además el comprobante de pago de la multa (Formulario F800 de ATYR), lo cual será exigido como requisito imprescindible para la recepción de las Planillas por el Director de la Obra.

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Serán exclusivamente de cargo del contratista las multas que se generen a la Administración por presentación de Planillas a ATYR fuera de fecha por parte del contratista y/o por la presentación a la Dirección de Obra en un plazo mayor a 48 hs. de las correspondientes fotocopias de las Planillas selladas y fechadas por ATYR.

Estas multas serán descontadas de los pagos (certificados de obra) que OSE deba efectuar al contratista por la Dirección de la Obra. En caso de que no hubiere pagos pendientes, se descontarán de la Garantía de Buena Ejecución de las Obras o de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

36.5 En caso de suspensión de la obra, el contratista deberá gestionar frente a A.T.Y.R. el cambio de estado, así como el cierre de obra, dando la baja al personal, en las fechas establecidas por el BPS. Si el incumplimiento de lo establecido en este artículo implicara multas o recargos por parte de ATYR, serán de cargo del contratista y le serán descontadas de pagos

posteriores o en su defecto de la garantía correspondiente.

36.6 Si el total de jornales empleados en la obra fuera superior al que surge del cálculo a partir del precio unitario por rubro de mano de obra declarado por el contreatista, serán de cargo del contratista los aportes que correspondan a la diferencia en exceso. Los montos correspondientes serán descontados de los pagos (certificados de obra) que la Administración deba efectuar al Contratista por la Dirección de la obra. En el caso que no hubiera pagos pendientes, serán descontados de la Garantía de Buena Ejecución o de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Art. 37 MATERIALES DE ACOPIO

A los efectos especificados en el Art. 38 del presente pliego, el proponente presentará junto a su propuesta una lista de materiales que considere puedan ser motivo de acopio.

La Administración se reserva el derecho de elegir de esa lista los materiales que efectivamente se van a acopiar y abonará al contratista el importe correspondiente en la forma que se establece en los Arts. 38 y 31 del presente pliego.

Art. 38 MATERIAL ACOPIADO

La Administración sólo reconocerá el pago de material acopiado para la Obra cuando éste sea para incorporar a la obra, cumpla con las normas de calidad estipuladas y corresponda en rubros, cantidades y plazos, al

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plan de acopio aceptado por O.S.E.

Art. 39 PAGOS DEL MATERIAL ACOPIADO DE LOS PAGOS

39.1 Una vez efectuado el acopio de materiales y si éstos satisfacen las exigencias del artículo anterior, el contratista podrá presentar la solicitud de pago. El precio de los materiales será tomado de la Planilla de Precios que forma parte de la oferta y se ajustará de acuerdo al Art. 35 del presente pliego. En cuanto al período que se toma para el ajuste éste será entre el penúltimo mes anterior al mes de apertura de la licitación y el penúltimo mes, anterior a su incorporación a la obra.

39.2 Los materiales acopiados, liquidados de acuerdo al artículo anterior y que se incorporen a la Obra, se deducirán del monto de la liquidación mensual de trabajos efectuados. A efectos de calcular el monto a deducir se aplicará la siguiente fórmula:

A = S (Aio x Mi/Mio)

en la cual:

A = monto total a deducir.

Aio = importe de cada material acopiado, incorporado a la Obra durante el mes de acopio, calculado según el presente artículo.

Mio = precio unitario del material acopiado al último día del penúltimo mes anterior a la entrada en obra.

Mi = precio unitario del material acopiado al último día del penúltimo mes anterior al de su incorporación a la Obra.

39.3 El contratista será responsable por la seguridad y conservación de la cantidad y calidad de los materiales acopiados.

Art. 40 EXCAVACION EN ROCA

40.1 La excavación en roca se pagará por metraje real medido en obra, tomando como ancho de la zanja el valor mínimo fijado en la Memoria General para obras de Alcantarillado (0.45 m más el diámetro del caño) y como profundidad de excavación, la real que surge de la medición en obra, pagándose por cada metro cúbico de roca excavada el sobreprecio cotizado en la oferta, ajustado por la misma paramétrica que la

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excavación normal, previa orden de excavación en roca dada por la Dirección de Obra.

40.2 Se entenderá por roca aquel material que, para su extracción, deban utilizarse martillo neumático, punta y marrón, cuñas y/o explosivos.

En los casos de encontrar roca, el contratista deberá dar aviso a la Dirección de Obra en forma previa al inicio de la excavación, a los efectos de la toma de decisión de la obra resultante, liquidándose mensualmente el metraje correspondiente de acuerdo con el sobreprecio cotizado en la oferta, con la actualización que corresponda.

En caso de no existir el aviso previo al D. de O., no se podrá solicitar la liquidación de sobreprecio por la excavación en roca.

A los solos efectos de la comparación de las ofertas se tomará el volumen especificado en la Planilla de Precios en el rubro correspondiente a Excavación en roca.

Art. 41 DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS EN RÉGIMEN DE HORARIO EXTRAORDINARIO

Si para cumplir los plazos estipulados para la realización del contrato, fuera necesario habilitar uno o más turnos de trabajo, que totalicen jornadas de labor de más de 8 (ocho) horas diarias, o trabajar los domingos y/o días feriados, se deberá tener en cuenta que:

- En los casos en que el contratista desee trabajar domingos y/o días feriados, deberá comunicarlo por escrito a la Administración, con 48 horas de anticipación como mínimo, indicando los lugares de trabajo y las labores que se propone realizar, siendo de su cargo el mayor costo por todo concepto originado en el trabajo del personal de contralor, vigilancia y dirección de la Administración.

- En los casos en que para cumplir el plazo fuera necesario habilitar más de un turno de trabajo, el contratista realizará las gestiones pertinentes y dará cuenta a la Administración con 5 (cinco) días de anticipación por lo menos, de la fecha en que comenzará a trabajar más de un turno, y será de cuenta del contratista el costo por todo concepto originado por el mayor horario de trabajo del personal de contralor, vigilancia y dirección de la Administración.

El posible exceso de aportes por concepto de Leyes Sociales que se originen por estos trabajos realizados en régimen extraordinario será de cargo exclusivo del contratista y serán descontados de los pagos (certificados de obra) que la Administración deba efectuarle, o, en su defecto, de la Garantía de Buena Ejecución de las obras, o de la del Fiel

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Cumplimiento del Contrato. Para la tramitación del pago de estos aportes regirá lo establecido en lo establecido para el pago de aportes regirán iguales artículos del presente pliego que para la ejecución de trabajos en régimen de trabajo ordinario.

Art. 42 VARIACIONES DE OBRA

Cuando deban disponerse aumentos o disminuciones de la obra contratada, estos se liquidarán de acuerdo a los precios unitarios de la oferta.

En el caso de trabajos no previstos en los documentos de licitación el Contratista pondrá un presupuesto a consideración de la Dirección de Obra, procediéndose de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 71 y 72 del Pliego de Condiciones Generales.

La Administración no reconocerá como tal a ningún trabajo imprevisto o extraordinario que se realice sin la orden previa y por escrito de la Dirección de Obra. De ser realizados sin esa orden el costo de dichos trabajos será de exclusiva cuenta del Contratista.

Art. 43 EVIDENCIA DEL CONTRATISTA DE ESTAR AL DÍA CON OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE CUALQUIER NATURALEZA

Previo a efectuar cualquier tramitación de pago, la Administración exigirá al Contratista la presentación de la documentación que acredite estar al día en el pago de toda clase de obligaciones tributarias nacionales o departamentales, incluso con la D.G.S.S. (certificado único). La inscripción en el Banco de Seguros del Estado y póliza de seguro del personal en vigencia; así como no adeudar multas por aplicación de la ley 10.940 del 19 de septiembre de 1947, concordantes y modificativas.

En el caso de la facturación de proyectos, se deberá acreditar que todos los integrantes del equipo técnico se encuentren al día con los pagos a la Caja de Jubilaciones Profesionales.

Art. 44 GARANTIA DE BUENA EJECUCION DE LAS OBRAS

Se establece que la Garantía de Buena Ejecución de las Obras deberá constituirse previamente a percibir cualquier pago de la Administración (con la sola excepción de los que corresponden a ajustes por atraso en los pagos) por un importe igual o mayor al 5% (cinco por ciento) de la suma a cobrar. Esta garantía podrá realizarse en las mismas condiciones establecidas en el Art. 21.2 de este pliego, y su validez se extenderá hasta la completa extinción de las obligaciones correspondientes.

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La Administración efectuará los pagos sólo contra entrega del recibo de depósito previo estipulado, no admitiendo depósitos que no correspondan con la liquidación cuyo pago se gestiona.

Art. 45 PAGOS AL CONTRATISTA

45.1 El oferente establecerá en su oferta el mecanismo por el cual la Administración liberará o autorizará la liberación de los fondos para efectuar los pagos al contratista correspondientes a la cuota parte del financiamiento.

Para los rubros de Proyecto ejecutivo y obra, el monto de los certificados correspondientes se convertirá a dólares americanos. Los rubros correspondientes a suministros se certificarán en dólares americanos o en la moneda de cotización incluida en la Planilla de Precios.

Si el certificado mensual de trabajos realizados presentado por el contratista estuviera completo y fuera aprobado por la Dirección de la Obra, y el certificado de constitución de la Garantía de Buena Ejecución se presentara en tiempo, la Administración dispondrá hasta el último día hábil del mes de la presentación del certificado para liberar o autorizar la liberación del pago.

En caso de tener que efectuar un pago directo al contratista, la Administración dispondrá hasta el último día hábil del mes siguiente a la presentación del certificado para liberar o autorizar la liberación del pago.

Si no se cumple con la entrega de los certificados y comprobantes de constitución de Garantía, el plazo para la liberación o autorización de la liberación de los pagos se diferirá en tantos días hábiles como se demore la presentación de dicha documentación.

Si la Administración observara el certificado presentado por el Contratista, tramitará el pago de la liquidación que estime pertinente, y pondrá en conocimiento de aquel sus observaciones. Desde la fecha de notificación de tales observaciones, el contratista dispondrá del plazo de diez (10) días calendario para justificar su liquidación. Si transcurrido este plazo la Administración no recibiera respuesta, se entenderá que el Contratista acepta las observaciones formuladas. Si dentro del plazo señalado el Contratista levantara satisfactoriamente las observaciones formuladas, la Administración procederá a ajustar la liquidación practicada, ajuste que se tendrá por presentado con la misma fecha de la liquidación original.

Art. 46 MORA POR ATRASO EN LAS GESTIONES DE PAGO

El contratista tendrá derecho a cobrar únicamente el importe complementario

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que resulte de aplicar al total del monto gestionado con atraso por la Administración por concepto de certificados mensuales, la tasa media activa de interés anual efectiva en dólares americanos publicada por el Banco Central del Uruguay, correspondiente al mes de presentación del certificado gestionado con atraso por la Administración por el período de días calendario de atraso.

En el caso que la Administración efectuara el pago de certificados mensuales de Obra, básicos y complementarios correspondientes, después de un mes vencido el plazo estipulado para su pago, el Contratista tendrá derecho a una ampliación en el plazo de ejecución de las obras, que se determinará así:

t = ta . T . h 30 H

siendo:

t = cantidad de días calendario en que se amplía el plazo de ejecución. ta = cantidad de días transcurridos desde un mes después de vencido el plazo estipulado para el pago, hasta la fecha efectiva de pago.

T = plazo de ejecución contractual de la Obra, expresado en días. h = monto básico del certificado pagado con atraso. H = monto básico total de las obras contratadas.

Se establece como fecha efectiva de pago la que corresponde a la notificación hecha al contratista de que el mismo está a su disposición en la Tesorería de la Administración.

No serán imputables a la Administración los atrasos en los pagos por demora del Contratista en presentar recibo del depósito previo de la Garantía de Buena Ejecución de las Obras, correspondiente a la liquidación cuyo pago se gestiona.

Art. 47 BONIFICACION POR PAGO ADELANTADO

En los casos que la Administración pague las liquidaciones antes de la expiración de los plazos fijados, se beneficiará con un descuento equivalente al 90% (noventa por ciento) de la tasa referida en el Art. 46 del presente pliego, calculado por los días que faltaran hasta el vencimiento del plazo. Este monto se acreditará en el próximo certificado presentado por el contratista, o se descontará de la Garantía de Buena Ejecución de las Obras y/o de la de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Art. 48 ATRASOS EN LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS

La falta de cumplimento de los plazos contractuales para la ejecución de los trabajos y suministros por causas imputables al contratista, podrá

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determinar, según el grado de atraso a juicio exclusivo de la Administración, la aplicación de multas que se fijan en el uno por mil del monto del Contrato, por cada día hábil de atraso.

Las multas serán descontadas de los certificados pendientes de pago o en su defecto de la garantía de Buena Ejecución de las obras o de la de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Art. 49 AMPLIACIONES DEL PLAZO DE EJECUCION

Las solicitudes de prórroga que no correspondan a causas habituales tales como lluvias o paros de la construcción, deberán ser planteadas por escrito al Director de Obra dentro de los diez días hábiles de aparecidas las causas que las pudiera ameritar. Las mismas deberán ser debidamente justificadas y quedarán a resolución de la Administración. Toda solicitud planteada fuera de ese plazo no será atendida.

En caso que el período de obra coincida con la licencia de la construcción, se ampliará el plazo en tantos días calendario como abarque dicha licencia.

Si en aplicación de las normas correspondientes, se ordenasen aumentos en las obras contratadas, los mismos darán derecho al contratista a una prórroga del plazo estipulado para la terminación y entrega de los trabajos, proporcional a los aumentos de obra dispuestos que guardará la relación existente entre el monto de obra y el plazo de ejecución contractual.

En caso que el aumento de obra corresponda a una tarea crítica, el contratista podrá solicitar una prórroga de plazo complementaria, realizando la correspondiente justificación. Esa solicitud será analizada por la Administración, quien resolverá en definitiva.

Art. 50 OBLIGACIONES GENERICAS DEL CONTRATISTA

50.1 Sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones vigentes, serán causales de exclusión, o suspensión del Registro de Empresas de O.S.E., el incumplimiento culpable del contrato, comprendiendo ello tanto la buena ejecución, como la puntualidad en el cumplimiento. Estas penalidades serán aplicadas de acuerdo con la gravedad de la falta a exclusivo juicio de la Administración.

50.2 El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales, ordenanzas y reglamentaciones vigentes que impliquen de alguna manera a las personas empleadas en los trabajos, a los equipos e instalaciones que utilice, y a la forma de llevar a cabo el contrato.

50.3 La Administración, así como sus funcionarios, no tendrán

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responsabilidad alguna por cualquier reclamación o sanción a que diera lugar el contratista por violación de las leyes, ordenanzas o reglamentaciones vigentes.

50.4 El contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para la ejecución de la Obra y dará los avisos requeridos por las leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos vigentes; de manera especial se destaca su obligación de notificar a la Intendencia Municipal correspondiente, al M.T.O.P., y a las Oficinas Técnicas Regionales de U.T.E., A.N.T.E.L. y A.F.E., previamente a comenzar cualquier trabajo en las calzadas o aceras públicas, sobre el emplazamiento preciso de las canalizaciones a instalar y sus demás características.

50.5 El contratista deberá también depositar las garantías exigidas y pagar todos los derechos, tasas y tributos inherentes a la ejecución de los trabajos, así como abonar los gastos que originen las referidas gestiones, trámites, permisos y autorizaciones.

50.6 Si alguna de estas obligaciones fuera de cargo directo de la Administración el contratista tendrá derecho a que se le reembolse su pago, debiendo justificar plenamente tal extremo.

50.7 El contratista deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 14º de la ley 17.897de 14/9/05, cuyo texto se transcribe: “Art. 14:(Inserción laboral de personas liberadas)- Inclúyase en todos los pliegos de licitaciones de obras y servicios públicos, la obligatoriedad del o de los empresarios contratantes, de inscribir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5% ( cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Asimismo el Poder Ejecutivo podrá establecer un sistema de bonificaciones para aquellas empresas que inscriban liberados registrados en la Bolsa de Trabajo referida, por encima del 5% ( cinco por ciento) estipulado precedentemente. El Poder Ejecutivo, a través del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, promoverá acuerdos con los gobiernos Departamentales para establecer regímenes similares respecto de las obras y servicios públicos departamentales.”

Art. 51 SEGURO DE OBRA

El contratista deberá contratar seguros a nombre conjunto del contratista y del contratante, contra “todo riesgo de obra”, desde la fecha de iniciación hasta la fecha de la recepción provisoria, por un monto mínimo en dólares equivalente al monto total adjudicado, incluyendo IVA, COFIS y Leyes Sociales. Se utilizará a estos efectos la cotización del dólar americano interbancario tipo vendedor fijado por la Mesa de Cambios del

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banco Central del Uruguay correspondiente al último día hábil del mes anterior a la fecha de la licitación. Deberá cubrir las siguientes eventualidades que son de riesgo del contratista:

a) pérdida o daños a las obras y materiales. b) pérdida o daños a equipos c) pérdida o daños a la propiedad d) lesiones personales o muerte

El contratista deberá entregar al Director de Obra, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la fecha de iniciación de la obra.

Art. 52 CARTELES DE OBRA

Antes de la iniciación de las obras, el contratista deberá colocar en cada frente de obra en lugares a convenir con la Dirección de la Obra 1 (un) cartelón según modelo que proporcionara la Administración.

Estos cartelones deberán mantenerse en buenas condiciones hasta la Recepción Definitiva de la obra, y el contratista no tendrá derecho a reclamar pago alguno por los mismos.

La falta de colocación de cartelones en dicho plazo, o la no reparación en caso de deterioro, dará lugar a una multa diaria de U$S 50 (cincuenta dólares americanos) por cartelón que se hará efectiva de acuerdo a lo especificado en el Art. 48 del presente pliego.

El contratista deberá colocar en cada frente de Obra y con una separación máxima de 100 metros, dos carteles móviles, doble faz, de dimensiones 0.60m x 0.80m, donde figure el logotipo vigente de O.S.E., el nombre de la empresa contratista, y la frase “OSE trabajando para Usted”, según modelo incluido con los planos generales y particulares de la obra.

La colocación de los referidos carteles móviles es obligatoria en todo frente de obra y ante su incumplimiento, la Dirección de Obra podrá ordenar la detención de los trabajos en ese frente de obra, y/o la aplicación de una multa de U$S 100 (cien dólares americanos) por cada oportunidad que se constate la no presencia del cartel móvil en un frente de obra.

Art. 53 INSTALACIONES EXISTENTES

53.1 Sin perjuicio de lo establecido en el Art. 48 del P.C.G., todas las

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instalaciones existentes de servicio público que aparecieran en la zona de trabajo, deberán ser rigurosamente resguardadas por el contratista, que será el único responsable por cualquier daño ocasionado por haber sido insuficientes las medidas de precaución. En caso de rotura será responsable por la reparación con los materiales adecuados pagando a OSE las multas que corresponda. En caso de ser necesarios su remoción o traslado, el contratista deberá coordinar las operaciones con los correspondientes entes del Estado, quedando obligado al suministro de las ayudas necesarias.

53.2 Los gastos y multas en que se incurra deberán ser pagados por el contratista. De ser pagados mediante la Administración, habrá un cargo por concepto de gastos generales y administración del 10% (diez por ciento) sobre los gastos. Este porcentaje no incluye el valor agregado que legalmente le corresponde pagar a la Administración.

Art. 54 DE LA FUERZA MAYOR

Quien se crea imposibilitado de cumplir sus obligaciones por causa de fuerza mayor deberá notificar a la otra parte, por telegrama colacionado, dentro de los 10 (diez) días de producido el impedimento. Si la otra parte estuviera de acuerdo en la existencia de la fuerza mayor, lo hará conocer de inmediato a la primera, por telegrama colacionado. Si no hubiera acuerdo respecto a la existencia de la fuerza mayor, deberá recurrir a la vía judicial dentro de los 30 días calendarios y siguientes y en caso de no hacerlo dentro de este plazo, no podrá alegar ésta.

Art. 55 VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS

Hasta la Recepción Provisoria de las Obras la vigilancia y cuidado de las mismas serán de cargo del contratista, sin perjuicio del derecho de la Administración de hacer las inspecciones, pruebas y contralores establecidos en los pliegos u otras que se estimen convenientes.

Art. 56 LOCALES PARA OFICINAS Y DIRECCION DE OBRA

El local central que el contratista destine para la realización de los trabajos estará emplazado en el Departamento de Montevideo y dotado de toda la infraestructura necesaria.

O.S.E. no proveerá en ningún caso de locales o espacios para la ejecución de los trabajos, siendo de cuenta del contratista todos los gastos y gestiones para la disponibilidad de todos los locales de trabajo que fueran necesarios.

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El contratista deberá proporcionar, a su costo, los predios y locales necesarios de estiba de los caños de acuerdo a las instrucciones del fabricante y para el depósito de todos los materiales que se incorporarán a la obra. La Administración podrá considerar, en caso de resultarle conveniente, dar permisos para que la misma se realice en predios propios.

Será de cuenta y responsabilidad del contratista la seguridad y vigilancia de todos los predios y locales.

El contratista deberá además poner a disposición de O.S.E. en el emplazamiento de cada frente de obra un local destinado para oficina de la Dirección de la Obra. Estos locales no tendrán dependencia de aquellos que el contratista destine a sus propias oficinas.

Los requisitos mínimos y de espacio así como de equipamiento se detallan en la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de la presente licitación.

El servicio de mantenimiento y limpieza de todas las instalaciones durante el desarrollo del contrato y hasta la Recepción Provisoria, será de cargo del contratista.

Art. 57 LOCOMOCION PARA LA DIRECCION DE OBRA

El contratista pondrá a disposición de la O.S.E. 4 (cuatro) vehículos sin chofer desde el inicio del contrato y hasta la Recepción Provisoria.

Las especificaciones de los vehículos se detallan en la Memoria Descriptiva que forma parte de los documentos de la presente licitación.

De interrumpirse este servicio durante su uso por rotura o cualquier causa ajena a la voluntad de la empresa o su subcontratista, deberán ser sustituidos por otros de características no inferiores.

La falta de cumplimiento de lo anterior o la demora de la entrega inicial se penará con una multa de U$S 150 (dólares estadounidenses ciento cincuenta) por día y por vehículo.

Serán de cuenta del contratista durante la ejecución de las obras y hasta la recepción provisoria de las mismas, todos los gastos de amortización, funcionamiento y mantenimiento del vehículo asignables al seguimiento y control de obra (combustible, peajes, garaje, lavados, etc.), así como los seguros del mismo, completo o de todo riesgo.

Art. 58 SUMINISTRO DE MATERIALES Y EQUIPOS

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El contratista suministrará la totalidad de los materiales, máquinas, herramientas y todos los elementos que fueran necesarios para la completa realización del contrato de acuerdo a los documentos que rigen la presente licitación.

A juicio de la Dirección de la Obra, y previa solicitud escrita del contratista, la Administración podrá suministrar eventualmente, materiales inicialmente previstos a cargo del contratista, los que deberán quedar incorporados en obra.

No se admiten préstamos o adelantos, y por lo tanto, el costo de esos materiales se establecerá de acuerdo con los precios unitarios de la oferta o al que fije unilateralmente la Administración, si no hubieran sido individualmente cotizados en la propuesta, y será descontado del certificado de obra correspondiente al mes en que fueran utilizados o en su defecto, de pagos posteriores, o de la Garantía de Buena Ejecución de la Obra, o de la de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Art. 59 INSPECCIONES Y VERIFICACIONES EN FÁBRICA

La Administración efectuará las inspecciones de las obras, centros de producción, almacenamiento, medios de transporte, etc., a su mejor conveniencia, obligándose el contratista o proveedor a otorgar las facilidades necesarias.

El oferente incluirá en la oferta el concurso de una empresa de reconocida capacidad para realizar el contralor de la fabricación de los suministros y el cumplimiento de las condiciones establecidas en los documentos que rigen la presente licitación en lo que respecta a la calidad, dimensiones, pesos y demás especificaciones relativas a los materiales contratados. Quedará librado a juicio de la Administración hacer uso o no de esa opción. Si la Administración decide hacer hacer uso de esa opción, los agentes verificadores deberán actuar según las directivas de un agente supervisor que designará la Administración.

En caso de que los fabricantes de los suministros posean certificación vigente de Calidad Total de acuerdo a las Normas ISO de la Serie 9000, la Administración podrá, a su juicio, prescindir de la contratación de un Agente verificador. El contratista deberá cursar aviso a O.S.E. con un mínimo de 20 (veinte) días calendario de anterioridad a la fecha de comienzo de la fabricación de los correspondientes suministros ofertados.

Art. 60 REALIZACION DE LAS OBRAS POR UN TERCERO

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En los casos previstos en los artículos 100 y 102 del P.C.G. la Administración podrá encomendar la realización de la obra total o parcialmente a un tercero, por cuenta del contratista omiso.

Art. 61 AJUSTES DEL PRECIO GLOBAL

A los efectos de la aplicación del Art. 83 del P.C.G., se tendrá presente que, si el monto total cotizado en la propuesta para algún rubro fuera superior al total liquidado en los certificados por la obra especificada en el proyecto ejecutivo al precio unitario de la oferta, el saldo correspondiente no será objeto de ajuste y se abonará el precio cotizado, una vez finalizada las obras.

Art. 62 AJUSTES DE LOS ATRASOS

62.1 Cuando sin justificación valedera, a sólo juicio de la Administración, los trabajos se atrasaran con relación al Plan de Trabajo aceptado por O.S.E., los ajustes de precio para la parte de obra que hubiera sufrido atraso serán los que correspondan a una ejecución normal, concordante con el referido plan. Aunque al finalizar la Obra el contratista recuperase parcial o totalmente el atraso padecido, no tendrá derecho a solicitar la reliquidación de los certificados correspondientes al período de atraso.

62.2 Tampoco tendrá derecho el contratista a solicitar reliquidación de certificados si hubiera omitido gestionar en tiempo, una prórroga de plazo, aún cuando la causa del atraso no le fuera imputable. A esos efectos deberá dar cuenta por escrito y contra recibo, al Director de la Obra, dentro del plazo de 15 (quince) días calendario de aparecidas las causas del atraso, las que deberán ser además, debidamente justificadas.

Art. 63 FINALIZACION DE LA OBRA

En el momento que el contratista considere haber terminado con todos los trabajos previstos en este contrato, solicitará por escrito la conformidad de la Dirección de la Obra.

La Dirección de la Obra verificará que la misma ha sido concluida en sus más mínimos detalles. De confirmarse ello la obra se considerará finalizada tomándose como fecha de terminación la del recibo por parte de la Dirección de la Obra de la solicitud escrita antes mencionada. En caso que hubiera tareas aún no realizadas, o que no estuvieran terminadas a total satisfacción de la Dirección de Obras, la misma lo comunicará al contratista en un plazo de cinco días hábiles desde la solicitud de finalización. En caso que la respuesta de la Dirección de Obra excediera ese lapso, los días calendario de demora se agregaran al plazo total de obra.

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El contratista continuará entonces con sus tareas hasta que vuelva a considerar que los trabajos contratados están cumplidos hasta en sus más mínimos detalles, en cuyo caso realizará una nueva solicitud que tendrá un tratamiento idéntico a la anterior, repitiéndose esto tantas veces como la Dirección de la Obra lo considere pertinente.

Art. 64 RECEPCION DE LAS OBRAS

La Recepción Provisoria de las obras se regirá por lo establecido en el Art. 73 del P.C.G. y subsiguientes.

Todos los gastos que demanden las pruebas de recepción provisoria serán de cargo del contratista.

Se modifica parcialmente lo indicado en el Art. 73 del P.C.G., estableciéndose que en caso de mediar especial interés por parte de la Administración en proceder a la Recepción Provisoria del total o parte de la obra, podrán llevarse a cabo las mismas, dejando pendientes detalles que no afecten el funcionamiento de las instalaciones, los que sí deberán quedar subsanados para la Recepción Definitiva de las Obras.

Las Inspecciones Previas a la Recepción Provisoria de la Obra se realizarán por técnicos designados por la Administración, en conjunto con el Director de Obra, una vez que el mismo la haya dado por finalizada de acuerdo al Art. 63 del presente pliego.

Si de esa inspección surgieran observaciones, se otorgará al contratista un plazo para levantarlas, que se sumará al plazo empleado en la ejecución de los trabajos. En caso que dicho plazo total sea mayor al autorizado (Art. 6 y 63 del presente pliego) se procederá de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 del presente pliego. En caso que en el plazo estipulado no se subsanaran las deficiencias constatadas podrán, según la gravedad del incumplimiento ampliarse el mismo o aplicar lo previsto en los artículos 100 y 102 del P.C.G.

Art. 65 PLAZO DE GARANTÍA Y CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS

65.1 El plazo de garantía y conservación de las obras recibidas provisoriamente, a que se refiere el Art. 76 del P.C.G., se fija en 1 (un) año.

65.2 Si durante el período de garantía, una parte cualquiera de la obra tuviese que ser modificada, reconstruida o sustituida por defectos o vicios de construcción y, de un modo general, por incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista, una vez subsanada la

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deficiencia por éste, comenzará de nuevo el período de garantía fijado anteriormente para toda la obra o parte de ella, según lo decida la Administración y sin cómputo o restitución del plazo corrido anterior.

El contratista procederá a corregir las deficiencias a su costo, sin que sirva de excusa, ni dé derecho alguno, la circunstancia de que la D. de O. la hubiera anteriormente inspeccionado o la Administración las hubiera recibido provisoriamente sin observaciones.

En caso de que el período de garantía afecte sólo una parte de las obras, la Administración, al recibir el resto de ellas, de acuerdo a las estipulaciones del Contrato, retendrá del depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato una cantidad proporcional al valor de la obra no recibida.

En caso de dejar pendientes en la Recepción Provisoria algunos detalles, el plazo de garantía y conservación de los mismos se contabilizará a partir de la fecha en que se subsanen.

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ANEXOS

ANEXO I Formulario de la Propuesta

ANEXO II Planilla de Precios

ANEXO III Carta Poder

ANEXO A Obras ejecutadas por el oferente en los últimos diez años.

ANEXO B Obras de redes de agua potable y/o saneamiento ejecutadas por el oferente.

ANEXO C Obras de conducción de agua potable a presión en diámetros mayor o igual a 300 mm ejecutadas por el oferente.

ANEXO D Obras de colocación de cañerías del material ofertado ejecutadas por el oferente.

ANEXO E Nómina y antecedentes del Gerente de Proyecto y del personal técnico afectado a la obra.

ANEXO F Nómina de subcontratistas propuestos y antecedentes.

ANEXO G Nómina y antecedentes del Director del proyecto ejecutivo y del equipo profesional afectado a su realización.

ANEXO H Planilla de equipos y maquinarias a afectar a la obra.