PRUEBAS PRESCRIPCION POSITIVA DE TOMAS ALCALÁ PERALES 00051-2012

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    TOMAS ALCAL PERALESVS.

    SRES. MA. DEL SOCORRO MUIZGRANADOS Y EDGAR URBINAALTAMIRANOJUICIO: ORDINARIO CIVIL SOBREPRESCRIPCIN POSITIVA

    EXPEDIENTE No. 51/2012

    C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL OCTAVO DISTRITO JUDICIALP R E S E N T E:

    C. LIC. JUANA CRUZ ESPINOSA, con la personalidad

    que ostento debidamente en los autos del Juicio citado al rubro, ante usted contodo respeto comparezco a exponer:

    Que en los trminos del presente ocurso, en tiempo y

    forma y con fundamento en lo dispuesto por los numerales 273, 274, 286 y 466

    del Cdigo de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad, ocurro

    expresamente ante este H. Tribunal para el efecto de ofrecer de la intencin de

    mi representado las siguientes:

    P R U E B A S:

    1.- DOCUMENTAL PBLICA.- Consistente en copia

    certificada del Poder para Pleitos y Cobranzas y para actos de administracin

    de fecha 06 de Julio de 2012, ratificado en sus firmas ante la fe del Sr. LIC.

    JORGE MARTINEZ RANGEL, Notario Pblico Adscrito nmero 102, en ejercicio

    en el Octavo Distrito Judicial de Xicotcatl, Tamaulipas mismo que fue otorgado

    a mi favor por el seor TOMAS ALCAL PERALES, documento con el cual se

    acredita la calidad, capacidad y legitimacin de parte con el cual comparezco.

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    2.-DOCUMENTAL PRIVADA.-Consistente en Legajo de copias

    certificadas por notario pblico y que contiene escritura privada de

    compraventa de fecha 24 de junio del ao de 1976 en la cual consta que fue

    ratificada en sus firmas ante la fe de la C. Licenciada ORALIA MARTINEZ

    MUOZ, Notario Pblico Nmero 102, en ejercicio en ste Distrito Judicial,

    misma que qued inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad en el Estado de

    Tamaulipas, bajo los siguientes datos; SECCIN I, NMERO 66845, LEGAJO

    1337, DEL MUNICIPIO DE XICOTNCATL, TAMAULIPAS DE FECHA NUEVE

    DE JUNIO DEL AO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO (1998),

    actualmente bajo la Inscripcin 1 de inmatriculacin por conversin

    FINCA NUMERO 2310; as como con los anexos relativos al Manifiesto de

    Propiedad Urbana y el CERTIFICADO DE PROPIEDAD de fecha 24 de Julio del

    2012, las que se exhibieron con la demanda inicial bajo el (ANEXO 2) y que

    revela que en fecha 24 de junio de 1976, la SRA. MA. DEL SOCORRO

    MUIZ GRANADOS DE URBINA adquiri por compraventa realizada a la

    seora NATALIA ALCALA SUSTAITA VDA. DE GRANADOS, el bien inmuebleque se identifica como solar urbano con construccin ubicado en Calle Ocampo

    No. 515 de la Zona Centro de sta Ciudad de Xicotncatl, Tamaulipas con

    superficie de 1,080.00 M2 (MIL OCHENTA METROS CUADRADOS) y las

    siguientes medidas y colindancias:

    AL NORTE en 40.00 metros con Margen del Ro Guayalejo;

    AL SUR en 40.00 metros con Esteban Garca;

    AL ESTE en 27.00 metros con Isabel Castillo y,

    AL OESTE en 27.00 metros con Calle Ocampo, asi como tambin que

    actualmente dicho bien inmueble se encuentra inscrito a su favor en el Instituto

    Registral y Catastral de sta Zona.

    El objeto de su ofrecimiento, lo es para acreditar que el bien

    inmueble que se pretende usucapir por medio de la prescripcin positiva, se

    encuentra inscrito en el Registro Pblico de la Propiedad en el Estado, a

    nombre de la principal demandada SRA. MA. DEL SOCORRO MUIZ

    GRANADOS DE URBINA que constituye de manera importante y trascendental

    los antecedentes de la propiedad, y como consecuencia la posesin que el

    suscrito efectivamente detento desde 19 de junio de 1990, teniendo dicha

    documental el efecto de acreditar genricamente los puntos nmeros 1, 2, 3, 4,

    5, 6, 7 y 8 de Hechos narrados en sta promocin.

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    3.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en la copia

    certificada del RECIBO de fecha 19 de Junio de 1990, por la cantidad de$2000,000.00 (DOS MILLONES DE VIEJOS PESOS 00/00) actualmente

    $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) en donde aparece como concepto el

    pago inicial respecto de la venta del bien inmueble afecto al presente juicio,

    cuyo pago total se pact a plazos en $12000,000.00 (DOCE MILLONES DE

    VIEJOS PESOS 00/100 M.N.), actualmente $12,000.00 (DOCE MIL PESOS

    00/100 M.N.), y en donde firma de recibido en su carcter de vendedora la

    SRA. MA. DEL SOCORRO MUIZ GRANADOS con el consentimiento de su

    esposo el SR. EDGAR URBINA ALTAMIRANO y en su carcter de comprador

    mi poderdante el SR. TOMAS ALCALA PERALES y su esposa MARIA DEL

    SOCORRO GONZALES FONSECA, ante los testigos los SRES. ALBINO

    ESCOBAR CRUZ y MA. DEL SOCORRO GARCIA Z. .- El anterior documento

    se exhibi con la demanda bajo el nmero de anexo 3 y el objeto de su

    ofrecimiento, lo es para acreditar el vnculo de traslacin o transmisin dedominio respecto del bien inmueble que se pretende usucapir por medio de la

    prescripcin positiva, y que constituye de manera importante y trascendental los

    antecedentes y causas generadoras de la posesin, que mi poderdante

    efectivamente detenta desde el 19 de Junio de 1990, teniendo dicha

    documental el efecto de acreditar genricamente los puntos nmeros 2, 3, 4, 6,

    7 y 8 de Hechos narrados en sta promocin.

    4.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en legajo de

    copias certificadas por notario que se exhibieron junto con la demanda inicial

    bajo el anexo 3 y que contienen copia certificada del RECIBO de fecha 22 de

    Junio de 1990, por la cantidad de$1500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS

    MIL VIEJOS PESOS 00/00) actualmente $1,500.00 ( MIL QUINIENTOS PESOS00/100 M.N.) en donde aparece como concepto, adelanto del pago de

    $3000,000.00 (TRES MILLONES DE VIEJOS PESOS 00/100 M.N.), efectuado

    por la seora PROFRA. MA. DEL SOCORRO GONZALEZ FONSECA al seor

    JORGE ALBERTO URBINA MUIZ hijo de los demandados, y que

    corresponda a una parte del segundo pago pactado de la compraventa del bien

    inmueble afecto al presente Juicio, quedando un remanente de $1500,000.00

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    (UN MILLON QUINIENTOS MIL VIEJOS PESOS 00/00) actualmente $1,500.00 (

    MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.).- El objeto de su ofrecimiento, lo es

    para acreditar el vnculo de traslacin o transmisin de dominio respecto del bien

    inmueble que se pretende usucapir por medio de la prescripcin positiva, y que

    constituye de manera importante y trascendental los antecedentes y causas

    generadoras de la posesin, que mi poderdante efectivamente detenta desde el

    19 de Junio de 1990, teniendo dicha documental el efecto de acreditar

    genricamente los puntos nmeros 2, 3, 4, 6, 7 y 8 de Hechos narrados en

    sta promocin.

    5.- DOCUMENTALES PRIVADAS.- Consistentes en

    legajo de copias certificadas por notario que se exhibieron junto con la demanda

    inicial bajo el anexo 3 y que contienen copia certificada de 3 documentos

    mercantiles de los denominados LETRAS DECAMBIO a favor de la vendedora

    MA. DEL SOCORRO MUIZ DE URBINA por las cantidades la primera

    de: $1,500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL VIEJOS PESOS

    00/100 M.N.) con vencimiento para el da 25 de junio de 1990; la

    segunda de $5000,000.00 (CINCO MILLONES DE VIEJOS PESOS

    00/100 M.N.) con vencimiento segn lo pactado para el da 15 de

    diciembre de 1990; y, la tercera y ltima por la cantidad de

    $2000,000.00 (DOS MILLONES DE VIEJOS PESOS 00/100 M.N.) con

    vencimiento segn lo pactado para el da 01 de Agosto de 1991,

    cantidades que sumadas a las cantidades finiquitadas suma el total

    de $12000,000.00 (DOCE MILLONES DE VIEJOS PESOS 00/100 M.N.),

    actualmente $12,000.00 (DOCE MIL PESOS 00/100 M.N.), que fue el precio

    total pactado en la operacin de la compraventa del inmueble

    afecto al presente Juicio efectuado en el documento de fecha 19

    de junio de 1990, documentos mercantiles cuyos originales fueron

    otorgados como contraprestacin o recibo de pago, precisamente

    el da de su cumplimiento o finiquito; y que acreditan que dichos

    pagos fueron realizados oportunamente, segn se demuestra con

    las copias certificadas por notario de las letras de cambio .- El objeto

    de su ofrecimiento, lo es para acreditar el vnculo de traslacin o transmisin de

    dominio respecto del bien inmueble que se pretende usucapir por medio de la

    prescripcin positiva, y que constituye de manera importante y trascendental los

    antecedentes y causas generadoras de la posesin, que mi poderdante

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    efectivamente detenta desde el 19 de Junio de 1990, teniendo dicha

    documental el efecto de acreditar genricamente los puntos nmeros 2, 3, 4, 6,

    7 y 8 de Hechos narrados en sta promocin.

    6.-DOCUMENTALES PUBLICAS.- Consistentes en legajo

    de copias certificadas por notario que se exhibieron junto con la demanda inicial

    bajo el anexo 3 y que contienen copia certificada DEL ACTA DE MATRIMONIO

    de mi poderdante el seor TOMAS ALCALA PERALES y la SRA. MARIA DEL

    SOCORRO GONZALEZ FONSECA de fecha 27 de diciembre de 1980 que

    acreditan el vinculo matrimonial que los una; as como el acta de DEFUNCION

    de la SRA. MARIA DEL SOCORRO GONZALEZ FONSECA de fecha 13 de

    Noviembre de 1990, en donde se advierte que la esposa de mi poderdante

    falleci en fecha 10 de noviembre de 1990; es decir 4 meses y 10 das despus

    de que se efectu la operacin de compraventa celebrada a plazos, y que por

    tanto es mi poderdante quien efectu los ltimos 2 pagos de fechas 15 de

    diciembre de 1990 y el de 01 de agosto de 1991; pero sobre todo que es mi

    poderdante quien ha detentado la posesin del bien inmueble que se pretende

    usucapir desde el da de 19 de junio de 1990 hasta la presente fecha.- El objeto

    de su ofrecimiento, lo es para acreditar adems del vnculo de traslacin o

    transmisin de dominio respecto del bien inmueble que se pretende usucapir por

    medio de la prescripcin positiva, y que constituye de manera importante y

    trascendental los antecedentes y causas generadoras de la posesin, que mipoderdante efectivamente detenta desde el 19 de Junio de 1990, teniendo

    dicha documental el efecto de acreditar genricamente los puntos nmeros 2,

    3, 4, 5, 6, 7 y 8 de Hechos narrados en sta promocin.

    7.-TESTIMONIAL.- La que estar a cargo de las personas

    que oportunamente me comprometo a presentar, ante sta H. Autoridad

    Jurisdiccional, una vez que se fije fecha y hora para su desahogo, y que

    consistir en la deposicin del interrogatorio que al efecto me permito exhibir

    adjuntando copia para la contraria.- El objeto de la probanza referida, tiene por

    objeto acreditar los hechos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 narrados en la demanda, pero

    esencialmente que mi poderdante adquiri por compraventa el bien inmueble

    objeto del presente juicio que viene a constituir la causa generadora de la

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    posesin y que es mi poderdante TOMAS ALCAL PERALES, quien detenta la

    posesin del inmueble que se pretende usucapir desde hace aproximadamente

    22 aos, es decir desde el da 19 de junio de 1990 hasta la presente fecha.

    8.-INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Que la hago

    consistir en la totalidad de las actuaciones que conforman el presente Sumario,

    inclusive las pruebas que llegare a ofrecer la contraria, en obviedad, slo en

    cuanto beneficie a los intereses de mi poderdante y que sern estimadas como

    propias, analizadas, impugnadas y objetadas segn convenga.- Con dicha

    probanza acredito todos y cada uno de los puntos expresados en la promocin

    inicial de demanda.

    9.- PRESUNCION LEGAL.- Consistente en las

    apreciaciones objetivas y subjetivas que derivan de la Ley, con base en las

    actuaciones que integran el Sumario en cuestin, de las cuales se deduce lacertidumbre del actuar positivo por parte de mi poderdante el seor TOMAS

    ALCALA PERALES referente a la procedencia de la accin ejercitada.

    10.- PRESUNCION HUMANA.- Consistente en la

    conjuncin de los elementos que constituyen la accin, para que con base a la

    valoracin y tasacin discrecional y potestativa que la Ley le concede a suSeora, se analicen las probanzas enunciadas y se dicte la resolucin

    correspondiente y en cuanto beneficie a los intereses que represento.

    Por lo anteriormente expuesto y con fundamento adems

    en los artculos 304, 324, 325, 329, 330, 333, 362, 363, 366, 385, 386 y 387

    del Cdigo de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad.

    A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

    PRIMERO.- Me tenga por presentada en los trminos del

    presente ocurso, en mi carcter de apoderada de la parte actora, ofreciendo en

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    tiempo y forma las pruebas que enuncio, las cuales solicito sean admitidas con

    citacin de la parte contraria.

    SEGUNDO.- Se sirva fijar fecha y hora para el desahogo

    de las pruebas que por su naturaleza exigen deposicin personal.

    PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO

    CD. XICOTENCATL, TAM. A 18 DE OCTUBRE DEL 2012.

    _____________________________________C. LIC. JUANA CRUZ ESPINOSA.

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