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Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”

LINEAMIENTOS PARA IMPLEMENTAR EL PROGRAMA “LIDER” LIDERAZGO DE ESCUELAS RURALES EN LAS UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL

AMBITO DE LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION PUNO

I.- FINALIDAD.

Establecer normas y procedimientos para implementar el Programa LIDER

“Liderazgo de Escuelas Rurales” en las Unidades de Gestión Educativa

Local, a fin de acompañar y dar un asesoramiento pedagógico y asistir

técnicamente de manera constante a los docentes en su propia escuela en el

nivel de Educación Primaria, en escuelas Unidocentes y Multigrado de la zona

rural.

II. OBJETIVOS.

2.1 Incrementar significativamente el nivel de aprendizaje de los

estudiantes de Educación Primaria de la zona rural mas excluidos de la

región Puno con el Programa “LIDER”.

2.2 Complementar el impacto de los programas de formación docente en

servicio, posibilitando a los docentes aprender de su propia práctica,

fortaleciendo sus competencias en colaboración con los docentes del

programa.

2.3 Generar en las Escuelas asistidas, climas amigables, integradores y

estimulantes, de altas expectativas del logro de aprendizaje en sus

estudiantes, donde la Escuela se hace responsable y comprometido por

la calidad de los aprendizajes.

2.4 Garantizar la cobertura, desarrollo curricular y la aplicación de

estrategias metodológicas para el área de comunicación y matemática,

según la naturaleza del grado y área curricular.

2.5 Gestionar el cambio de los procesos pedagógicos con la participación de

los docentes, respetando su cultura organizacional, involucrando en la

propuesta pedagógica los saberes de la cultura local y priorizando los

aprendizajes fundamentales de los estudiantes.

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III. ALCANCE:

3.1 Dirección Regional de Educación Puno.

3.2 Unidades de Gestión Educativa Local.

3.3 Instituciones Educativas Públicas del nivel Primario de zonas rurales

(Unidocentes y Multigrado), que en adelante se denominara “Escuela

Rural”.

VI. MARCO LEGAL DEL PROGRAMA “LIDER”:

La legislación jurídico-educativa es otro de los fundamentos que sustenta las normas y procedimientos para la implementación del Programa LIDER, al respecto conoceremos la normatividad: Ley Nº 28044, Ley General de Educación. Ley 28411, Ley General del Sistema de Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2012. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del

Sistema Educativo. Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, aprueba El Proyecto Educativo

Nacional. Ordenanza Regional Nº 010-2007, aprueba el Proyecto Educativo

Regional. En la Resolución Directoral Nº 002-2011- EF/76.01, Resolución Directoral Nº 1005-2009-DREP, Aprueba el Proyecto

Curricular Regional.

V. DISPOSICIONES GENERALES:

5.1 En concordancia con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector

Público para el año 2012, en su nueva organización por resultados,

incorpora también el acompañamiento pedagógico como componente

del programa estratégico Logros de Aprendizaje.

5.2 La Dirección Regional de Educación Puno, es responsable del servicio

educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial y

asegura los servicios educativos y los programas de atención integral

con calidad y equidad.

5.3 El Programa “LIDER”, está orientado en la zona rural, a ofrecer de

manera continua a docentes y directores de la Escuela Rural, el

acompañamiento y asesoramiento técnico especializado que requieren

en los aspectos pedagógicos y de gestión, dentro de una estrategia

global, que logre poner en práctica el Proyecto Curricular Regional-PCR

y/o Diseño Curricular Nacional-DCN con calidad y equidad educativa.

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5.4 Este Programa busca Escuelas Rurales que rompan su aislamiento y

propicien de una manera sostenible estos procesos de cambio

institucional y reconvertidas en Escuelas Rurales autónomas y

organizadas, capaces de gestionar y aplicar prácticas pedagógicas que

permitan a todos aprender con éxito, de manera crítica y creativa, pero

capaces también de propiciar una convivencia grata, libre de

discriminación e imposición cultural.

5.5 El Programa “LIDER”, estará conformado por un grupo de Escuelas

Rurales cercanas del nivel primario, liderado por el Acompañante Líder.

5.6 La Unidad de Gestión Educativa Local, es responsable de la focalización

e implementación y funcionamiento de los Programas “LIDER”, en su

jurisdicción.

5.7 Una Escuela Rural del Programa “LIDER”, es una Escuela donde se

trabaja permanentemente, coordinadamente y en equipo para que

todos los estudiantes logren aprendizajes significativos.

5.8 La presencia del programa en la Escuela Rural es un reto para mejorar

calidad educativa, en cuanto supone un trabajo en soledad, lo que

demanda un acompañamiento cercano a maestros y maestras que

trabajan de esa manera, muchos de ellos y ellas sin referentes de

colectivos profesionales que les ayuden a reflexionar y dialogar sobre

sus prácticas de enseñanza.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.

6.1 Del Comité Técnico del Programa “LIDER”.

El Programa “LIDER”, estará a cargo del Comité Técnico que en adelante se denominara solo “Comité”, la cual se conformara en dos instancias.

a) A nivel de la Unidad de Gestión Educativa Local-COTUGEL. b) A nivel de la Dirección Regional de Educación - COTDREP.

6.2 El “Comité”, se instalara dentro de los 3 días de publicada la presente

normatividad mediante acto resolutivo y elaborara su Plan de Trabajo

para la focalización e implementación del Programa “LIDER”.

6.3 El “Comité” de la UGEL-COTUGEL, se constituirá en las Unidades de

Gestión Educativa Local en forma obligatoria y estarán integradas por:

Director de UGEL. Presidente. Racionalizador. Secretario Técnico. Planificador. Miembro Especialista en Personal. Miembro Especialista en EIB. Miembro Especialista en Educación Primaria. Miembro

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6.4 FUNCIONES DE LA COTUGEL.

a) Planificar, asesorar, monitorear y evaluar el proceso de los

Programas “LIDER”, de su jurisdicción.

b) Ejecuta el proceso de focalización, implementación y funcionamiento

de los Programas “LIDER”, con las Escuelas Rurales.

c) Evalúa el número de metas, número de docentes, vía de acceso y la

cercanía de las Escuelas Rurales para la conformación de los

Programas “LIDER”.

d) Determina la propuesta y el número de Programas “LIDER” a

funcionar el presente año en la UGEL de acuerdo al anexo Nº 01

e) Evaluar en función al DS Nº 005-2011-ED, las plazas docentes y

administrativas estrictamente necesarias para la atención del

servicio educativo y determinar la excedencia del personal docente

de las Escuelas Rurales.

f) Evalúa la propuesta realizada por las Escuelas Rurales, para

seleccionar Acompañantes Líderes.

g) Sustentan ante la Dirección Regional de Educación, la propuesta del

funcionamiento de los Programas “LIDER”.

h) Situar el Programa en las Escuelas Rurales conjuntamente con el

Acompañante Líder.

i) Sensibilizar a los docentes de las Escuelas Rurales y la comunidad el

Programa “LIDER”

j) Monitorear, asesorar y evaluar el funcionamiento de los Programas

“LIDER”, a nivel de la UGEL.

k) Cubrir la plaza de los Acompañantes Lideres con personal docente

excedente de las Escuelas Rurales del mismo Programa “LIDER”.

l) realizar el croquis de accesibilidad de los Programas “LIDER” de

acuerdo al Anexo Nº 02.

6.5 El Comité Técnico de la DREP - COTDREP, se constituirá en la Dirección Regional de Educación Puno, mediante resolución, conformado por: Director Regional de Educación. Presidente Racionalizador Secretario Técnico Planificador. Miembro Especialista en EIB. Miembro Especialista en Educación Primaria. Miembro Coordinador Regional del Programa “LIDER”. Miembro

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Programa LIDER – DREP. Página 6

6.6 FUNCIONES DE LA COTDREP.

a) Asesorar, monitorear y evaluar el proceso de los Programas “LIDER”,

focalizada en las Unidades de Gestión Educativa Local.

b) Difundir en las Unidades de Gestión Educativa Local y Escuelas

Rurales el Programa “LIDER”.

c) Evaluar y aprobar de acuerdo al Anexo Nº 01, la creación de los

Programas “LIDER”, propuesto por las Unidades de Gestión

Educativa Local.

d) Consolidar el número de Programas “LIDER” por UGEL y emitir la

resolución de creación y funcionamiento.

e) Reconocer mediante resolución directoral a los Acompañantes

Líderes que estarán a cargo de los Programas.

f) Capacitar y formar a los Acompañantes Lideres que estarán a cargo

del Programa.

g) Realizar la gestión ante las instancias correspondientes respecto al

financiamiento.

h) Fortalecer las capacidades de los Acompañantes Líderes de manera

permanente a través de un programa de formación de Acompañantes

Lideres.

i) Evaluar periódicamente (mensual) de acuerdo a metas y estándares

previamente aprobados.

VII. ORGANIZACIÓN.-

7.1 El Programa “LIDER” es un conjunto de Escuelas Rurales, que se

encuentran dentro del espacio territorial previamente definido.

7.2 El Programa es una instancia “orgánica” que depende directamente de

la UGEL, sin embargo cabe precisar que no es una extensión

administrativa de esta, funciona como una unidad del sistema

educativo, integrado por Instituciones Educativas Unidocentes y

Multigrado de la zona rural, está a cargo de un Acompañante Líder,

quien es responsable de asegurar el logro de aprendizajes pertinentes y

de calidad en los estudiantes del programa.

7.3 La organización de las Escuelas Rurales en Programas “LIDER”, es para

atender lo pedagógico: El programa permite fortalecer la gestión

pedagógica como elemento central de la acción educativa y formativa

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de las escuelas que conforman el programa, bajo la conducción del

Acompañante Líder, priorizando los procesos pedagógicos.

7.4 La estrategia del asesoramiento pedagógico es fundamental en la

gestión educativa del programa, pues permite brindar apoyo

pedagógico permanente al docente en el aula; de ahí que es necesario

institucionalizar el acompañamiento pedagógico para brindar

asistencia en gestión pedagógica a los docentes de escuelas rurales.

VIII ESTRUCTURA DEL PROGRAMA “LIDER”.

8.1 La estructura representa un sistema de comunicación y colaboración

horizontal entre las diferentes escuelas que configuran la estructura

funcional del programa representada por una línea que los conecta.

8.2 De igual se tiene la centralidad de los procesos de enseñanza y

aprendizaje que protagonizan estudiantes y docentes.

8.3 El Programa “LIDER” es un sistema organizativo, democrático y

participativo lo expresamos en la siguiente estructura.

8.4 El organigrama del programa LIDER es el siguiente:

DREP

UGEL

AREA CONTROL

INSTITUCIONAL

AREA

ADMINISTRACION

AREA ASESORIA

JURIDICA

AREA GESTION

PEDAGOGICA

AREA GESTION

INSTITUCIONAL

PROGRAMA

LIDER

I.E Rural

I.E. Rural

I.E. Rural

I.E. Rural

ORGANIGRAMA DEL PROGRAMA “LIDER”

PROGRAMA

LIDER

ESTRUCTURA DEL PROGRAMA “LIDER”

Escuela

Unidocente

Escuela

Multigrado

Escuela

Multigrado

Escuela

Unidocente

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IX. CRITERIOS PARA CONSTITUIR PROGRAMAS “LIDER”.

9.1 El Programa “LIDER” estará representado por un conjunto de Escuelas

Rurales, que se encuentran dentro del espacio territorial previamente

definido.

9.2 Se focalizara en zonas rurales con escuelas unidocentes, multigrado y

que sean cercanas y accesibles.

9.3 la UGEL focalizara mínimamente por distrito un Programa “LIDER”, que

se conformara con un criterio mínimo de 03 y un máximo de 05

Escuelas Rurales, de acuerdo a la cercanía y accesibilidad,.

9.4 Deben estar ubicado en un sector de la población al que converjan con

facilidad las escuelas que integran el Programa.

9.5 El programa estará conformado por los docentes de todas las escuelas

rurales que integran el Programa LIDER, su función central y

fundamental es la gestión pedagógica orientada al logro de aprendizajes

en los estudiantes.

9.6 Los grupos de Escuelas Rurales del Programa “LIDER”, deben tener un

tamaño adecuado en número y dispersión de escuelas que le permita al

Acompañante Líder desplazarse por toda las Instituciones Educativas y

visitarlas obligatoriamente una vez a la semana.

X. CRITERIOS PARA SELECCIONAR AL ACOMPAÑANTE LIDER.

10.1 Los Acompañantes Lideres, deben ser seleccionados del grupo de

Instituciones Educativas Rurales que conforman el Programa “LIDER “.

10.2 En acto democrático con participación de todos los docentes que

conforman el programa y el comité de la UGEL como veedor, se

propondrá 02 docentes que cumplan el perfil para Acompañante Líder

y remitirán a la UGEL para su evaluación correspondiente.

10.3 Para el proceso de selección, lo ideal es captar docentes de primaria que

manejen las áreas de manera integral, esa debe ser la primera mirada

en el proceso de selección. Si no las hay se trabajará en función a las

áreas básicas que son de comunicación y matemática.

10.4 El Acompañante Líder debe contar con el siguiente perfil: tener

Liderazgo, Solvencia Académica, Ascendencia, Experiencia, Capacidad,

Responsabilidad e Iniciativa.

10.5 Cada Acompañante Líder estará a cargo de un Programa que está conformado entre 3 a 5 Escuelas Rurales, y si existiera más de 6 escuelas rurales se harán cargo dos Acompañantes lideres.

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XI. FUNCIONES DEL ACOMPAÑANTE LIDER 11.1 Realiza las funciones en; gestión pedagógica (acompañamiento y

asesoramiento); en gestión administrativa (representación y apoyo

al Director) y en gestión institucional apoyo en la propuesta.

11.2 Preside el Programa “LIDER”, que le fue encomendado por la DREP

mediante resolución directoral y lidera el proceso de planificación

del programa, tiene nexo directamente con los Especialistas de las

UGELs (Primaria).

11.3 Programa y desarrolla las acciones de acompañamiento a nivel del

programa y focalizara fundamentalmente en las áreas pedagógicas

de matemática y comunicación en el aula, a los docentes a su cargo.

11.4 Asume las tareas de gestión institucional y administrativa que parte

de cada escuela perteneciente al Programa, sin descuidar el ejercicio

de su liderazgo pedagógico en todo el programa, este es el factor más

importante en su actuación.

11.5 Asesora, apoya y orienta al docente en metodologías, estrategias y

técnicas que aseguren logros de aprendizaje, así como de

conocimientos y habilidades básicas.

11.6 Actualiza e implementa al docente en el marco teórico y operativo

del PCR y/o DCN, para que desarrollen las competencias pedagógicas

que le permiten capitalizar los distintos saberes que coexisten en un

aula diversa, y que adquieran habilidades sociales básicas para

entender y resolver conflictos con equidad y reflexividad.

11.7 Reunirse obligatoriamente una vez al mes, con todos los docentes del

programa para compartir experiencias y elaborar sesiones de

aprendizaje y convivencia para el siguiente mes.

11.8 Presentar a la UGEL mensualmente informe y su Plan de Trabajo,

cronograma realizado con los docentes que conforman el Programa

“LIDER” y la evaluación de aprendizaje acuerdo a los Instrumentos

emitidos por la DREP.

11.9 El Acompañante Líder es el responsable de asistir a las reuniones

que convoca la UGEL y de comunicar a los docentes que lo

conforman, asimismo de consolidar y elevar documentos de trámite

a la instancia correspondiente.

11.10 Es responsabilidad del Acompañante Líder y conjuntamente con los docentes de asegurar que los estudiantes logren aprendizajes pertinentes y de calidad, así como de ejercer liderazgo pedagógico en todo el programa.

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11.11 Organizar e impulsar el intercambio de experiencias pedagógicas y de gestión educativa entre las escuelas rurales integrantes del programa.

11.12 Planificar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación para el

personal docente de las escuelas integrantes del programa. 11.13 Promover el uso racional de los recursos y material educativo

existentes en las escuelas que conforman el programa. 11.14 Ejecutar acciones, en coordinación con otros sectores, para mejorar

el servicio educativo. 11.15 Apoyar al Director de la escuela, en la administración de los

materiales de enseñanza proporcionada por las Unidades de Costeo, para los logros significativos.

11.16 Lidera la investigación e innovación pedagógica en cada una de las

escuelas del programa. 11.17 Tiene la facultad de reportar a la UGEL: inasistencia, tardanza y/o

abandono, de los docentes a su cargo que conforman el Programa LIDER.

XII DE LOS DOCENTES

En las escuelas rurales, los docentes desarrollan la función técnico

pedagógico correspondiente precisando que:

12.1 Los profesores de las escuelas rurales dedican su labor

exclusivamente a la función docente en el aula a su cargo, todas las

tareas de los ámbitos de gestión administrativa e institucional las

asume el Acompañante Líder, esta acción está orientada a asegurar

una jornada efectiva en el desarrollo del proceso pedagógico,

incrementando significativamente el número de horas de clase.

12.2 Los docentes miembros del programa se reúnen por lo menos una

vez al mes para revisar los avances de sus actividades pedagógicas y

reflexionar sobre su práctica y logros de aprendizaje alcanzados.

12.3 Realizan acciones de auto capacitación dentro del mismo programa,

capacitaciones que deben desarrollarse en una escuela, con los

estudiantes, para intercambiar las experiencias de intervención

pedagógica del docente que le corresponde de anfitrión.

12.4 Los docentes de un mismo programa tienen la oportunidad de

desarrollar capacidades a través de talleres diseñados a partir de sus

necesidades fuera del horario de clases.

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12.5 El Docente conjuntamente con el Acompañante Líder permanecerá

en la jornada diaria de trabajo en el aula.

12.6 Desarrollan la investigación acción, en proyectos de innovación y

experiencias exitosas.

12.7 Fortalecen sus capacidades de convivencia intercultural y lingüística

en acciones de intercambio de experiencias.

XIII OPERATIVIZACION DEL PROGRAMA.

13.1 Se realizara 01 día de acompañamiento en el aula por semana, 04

días al mes y mínimo 30 visitas anuales en una escuela rural que

conforma el Programa LIDER, que mensualmente registrara las

visitas en el sistema del Programa LIDER, del Portal de la DREP.

13.2 El Programa “LIDER”, desarrollara aprendizajes de Comunicación

desde una perspectiva comunicativa e intercultural, demostrando

competencias de la lectura y escritura, respecto aprendizajes de

matemática se realizara afrontando desafíos y haciendo uso de

saberes matemáticos en contextos reales y desde su propia

perspectiva cultural.

13.3 Para evaluar aprendizajes, se aplicara una evaluación a los

estudiantes al inicio del proceso y en base a eso proponer puntos

porcentuales de mejora.

13.4 Es de uso obligatorio los Instrumentos que proporcionara DREP en

su oportunidad a los Programas “LIDER”.

13.5 Permanente información, vía web en el Sistema Informático

implementado para el Programa “LIDER”, teniendo que colgar en la

Pagina web de la UGEL y/o DREP, las sesiones de aprendizaje que dio

buenos resultados y como una buena práctica pedagógica.

13.6 Promover la autoformación docente, con docentes que reciben

pautas y retroalimentación continúa del Acompañante “LIDER”,

sobre sus avances y dificultades en ámbitos definidos de su práctica

pedagógica.

13.7 La función de acompañamiento pedagógico no debe separarse de los

tres elementos indispensables para el logro de los resultados de

aprendizaje: La familia, la escuela y la comunidad. La orientación del

rol de la familia y la comunidad es inherente a la acción del

acompañamiento pedagógico.

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13.8 El programa debe generar un sistema de trabajo asociativo, abierto, solidario que ofrezca igualdad de oportunidad a todo sus integrantes, entendiendo las potencialidades y limitaciones que cada uno de los miembros del programa tiene, en calidad de personas y de instituciones.

13.9 El Programa es un proceso natural de organización, por lo tanto

tienen que estar comprometidos los propios actores. En este sentido, hay que cuidar que esta no se vea o se sienta impuesta por las autoridades.

13.10 Accedan a la Lengua escrita desde una perspectiva comunitaria e

intercultural, demostrando competencias en el ámbito de la lectura y

escritura y capaces de afrontar desafíos haciendo uso efectivo de

saberes matemáticos.

XIV RESULTADOS DEL PROGRAMA. 14.1 Mejorar significativamente el nivel de aprendizaje de los estudiantes

de Educación Primaria de las zonas rurales mas excluidos de la

región Puno con el Programa “LIDER”, en escuelas unidocentes y

multigrado.

14.2 Contribuir a la gestión por resultados, con un sistema de gestión que garantice los cambios y resultados esperado en los aprendizajes de los estudiantes de las escuelas rurales.

14.3 Fortalecer la participación comunal, el vínculo con los padres de

familia y demás actores locales, el respeto al rol de los padres en la

educación de sus hijos.

XV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES.

15.1 A fin de asegurar la sostenibilidad del programa “LIDER”, es

necesario que tanto docentes como comunidades se apropien del

programa y lo asuman como la mejor estrategia para mejorar los

aprendizajes de los estudiantes.

15.2 Se reconocerá y estimulara aquellos Programas “LIDER”, que

funcionen bien y obtengan resultados esperados.

15.3 La presente normatividad es de cumplimiento obligatorio en las

Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas

Rurales del ámbito de la Dirección Regional de Educación Puno.

15.4 El Programa “LIDER”, no se aplica en Instituciones Educativas que

están con el PELA.

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15.5 A los Acompañantes Líderes se les reconocerá y estimulara la función

desempeñada.

15.6 Para el concurso de Especialistas de las UGELs, será un requisito

haber sido Acompañante Líder.

15.7 Se realizara un consolidado y se publicara las buenas prácticas y/o

estrategias aplicadas, que dieron buenos resultados y puedan ser

compartidos con otros maestros.

15.8 Cualquier situación no contemplada en la presente Directiva, serán

absueltas por el comité de la Dirección Regional de Educación y/o las

Unidades de Gestión Educativa Local según corresponda.

Puno, Abril del 2012

FIRMADO EN ORIGINAL Prof. EDMUNDO CORDERO MALDONADO DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO

ECM/DREP

JMPM/DGI JSR/DGP FZP/JOAJ OAA/E.RAC

C.c.Arch.

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ANEXO Nº 01

FORMATO DE LOCALIZACION DEL PROGRAMA LIDER

INFORME TECNICO

I. DATOS GENERALES.

REGION :

UGEL :

DISTRITO :

PROGRAMA LIDER :

II. JUSTIFICACION DEL PROGRAMA LIDER FOCALIZADO:

III. CRITERIOS UTILIZADOS PARA LA FOCALIZACION

IV. INFORMACION ESPECIFICA:

V. INFORMACION DE LOCALIZACION.

Promedio de distancia de la IE mas distante y la IE más cercana.

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ANEXO Nº 02

CROQUIS DEL PROGRAMA “LIDER”