18

¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo
Page 2: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

¿Qué es la caja PREVER?Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962.

En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo de su artículo 125, se proclama “… Las provincias y la ciudad de Buenos Aires

pueden conservar organismos de seguridad social para los empleados públicos y los profesionales; y promover el progreso económico, el

desarrollo humano, la generación de empleo, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura.”

En el ámbito Provincial el tercer párrafo del artículo 77 de la CONSTITUCION DE ENTRE RIOS establece “… La Provincia reconoce la existencia de las

entidades de previsión y seguridad social para profesionales, bajo los principios de solidaridad, proporcionalidad y obligatoriedad de afiliación y

aporte. Asegura su autonomía económica y financiera, la dirección y administración de las mismas por representantes de sus afiliados y la

intangibilidad frente al Estado, de los recursos que conforman su patrimonio.”

La Caja PREVER se encuadra en el Sistema Previsional Argentino de la siguiente manera:

SISTEMA PREVISIONAL ARGENTINO

A.N.S.E.S A.F.J.P. CAJAS MUNICIPALESCAJAS PROVINCIALES

Derogada por Ley26.425

Para Empleados PúblicosPara Profesionales (Caja PREVER)

2

Page 3: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

A tener en cuenta: 

Como primer paso, al momento de iniciar actividades los profesionales deben realizar la inscripción fiscal (en AFIP), siendo el caso más frecuente el alta en el Régimen Simplificado (MONOTRIBUTO).

 

El Monotributo  consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente previsional (Seguridad Social) y otro impositivo.

 

Es sumamente importante remarcar que los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenes provinciales para profesionales, de acuerdo con lo normado por el apartado 4, del inciso b) del artículo 3º de la ley 24.241 y sus modificaciones; están eximidos de realizar el pago del componente previsional (es decir, solamente corresponde abonar el componente impositivo).

 

Al momento de realizar el alta en el régimen simplificado, se debe tildar la opción  “No aportante a este Régimen (Profesional con Aporte a Cajas Provinciales/locales)” por estar los profesionales de la Ingeniería de Entre Ríos obligatoriamente afiliados a esta Caja (Decreto Ley 1030/62).

 

Para el caso de que el afiliado de igual manera optara por abonar el Componente Previsional del Régimen simplificado, este tendrá el carácter de voluntario y bajo ningún punto de vista lo eximirá de realizar los aportes obligatorios establecidos en el Decreto Ley 1030/62.

 

Por dudas respecto a la Inscripción fiscal / Monotributo consulte a su Contador.

 

3

Page 4: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

¿Quiénes son sus Afiliados?Agrupa obligatoriamente a todos aquellos profesionales matriculados en los Colegios de:

¿Qué obligación me genera la afiliación? 1º. Régimen Previsional: el afiliado deberá realizar aportes jubilatorios por cada trabajo profesional que realice, debiendo

cumplimentar obligatoriamente un aporte mínimo anual de acuerdo a su escala ( Res. 712/89).

2º. Sistema Subsidio Mutual y al Fondo de trasplante: por única vez en el primer Resumen de Cuentas deberá abonar el Fondo de

Reserva de $ 80,00 y un Arancel de Inscripción que depende de:

4

Page 5: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

REGIMEN PREVISIONALLos afiliados deben aportar el 10% del importe de sus honorarios y de toda remuneración de origen profesional que perciban (art.

24 Decreto Ley Nº 1030/62). Este aporte jubilatorio debe ser ingresado en un plazo de 30 días desde la fecha de la tarea

profesional realizada.

Los depósitos por aportes jubilatorios son traducidos a Unidad Modulo Jubilatorio (UMJ) y acumulados en el transcurso del

año calendario.

Al final de cada año calendario puede ocurrir que las UMJ acumuladas sean:

iguales o superiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio: en este caso el año se computa para el cálculo del futuro beneficio

jubilatorio.

inferiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio: en este caso el afiliado deberá abonar la diferencia en pesos, traducidos en UMJ.

hasta cubrir el mínimo anual correspondiente. Tiene tiempo de abonarlo hasta el último día hábil de enero del año siguiente.

¿Qué es la UMJ? Es la unidad de medida exclusiva de la Caja Prever para el cálculo del aporte previsional. El valor de la UMJ lo establece el

Directorio de la Caja Prever. Actualmente una UMJ = $136.00 (valor vigente a partir del 01/09/15) 

¿Cómo hago los Aportes?El depósito de los aportes jubilatorios se realiza de la siguiente manera: el afiliado debe generar e imprimir una “Boleta de Aporte”,

utilizando el Sistema de Autogestión, dentro de los 30 días desde la fecha de la tarea profesional realizada. Esta boleta se abona

en el Nuevo BERSA, Entre Ríos Servicios y Agencias Multipagos.

Transcurridos los 30 días de la fecha de la tarea profesional el aporte se considera omitido. En este caso se deberán ingresar las

UMJ. correspondientes más intereses, a valor vigente de la UMJ, al momento del depósito.

 Desde la página web www.cajaprever.org.ar el afiliado puede ingresar al Sistema de Autogestión, con su nombre de usuario y

contraseña (en caso de no poseerla comuníquese telefónicamente o por e-mail para adquirirla).

Sistema Autogestión: el afiliado necesita un nombre de usuario y contraseña.

Solicítelo al 0343 - 431 11 10 Int. 19

por mail: [email protected]

5

Page 6: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER

6

Página de Autogestiónwww.cajaprever.org.ar

Autogestión: Le permite ingresar a sus registros personales dentro de Caja Prever. También puede:

• Imprimir el Resumen Mensual

• Cargar sus boletas de aportes

• Cargar las Declaraciones Juradas por exención de aportes jubilatorios, aquellos que trabajan en relación de dependencia.

• Reservas de Turismo: Complejo Colón y/o Complejo Santa Ana

• Entre otros.

Si aún no posee nombre de usuario y clave para ingresar a Autogestión, debe solicitarla al tel. 0343 – 4311 110 int. 19 o vía email a

[email protected]

Page 7: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

Aporte Mínimo Anual ObligatorioEs la cantidad mínima de UMJ. que el afiliado debe ingresar en el transcurso del año calendario a efectos de que ese año sea

computado para el cálculo del beneficio del régimen previsional. El Aporte Mínimo Anual Obligatorio está fijado por categorías de la

siguiente manera (art. 2 Res. 712/89):  

Afiliados con Menos de 5 años de graduado 37 UMJ

Afiliados con Entre 5 y 8 años de graduado 48 UMJ

Afiliados con Más de 8 de graduado 68 UMJ  

Si al final del año calendario las UMJ acumuladas son inferiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio, la Caja enviará en el mes de

enero del año siguiente una boleta especial a efectos de que pueda abonar la diferencia.

Los aportes excedentes se computan a partir de las 68 UMJ.

¿Quiénes quedan exentos?Pueden eximirse del aporte mínimo anual aquellos profesionales que en razón de su desempeño en relación de dependencia,

pública o privada, están incluidos en otro sistema previsional y además no hubieren realizado actos profesionales durante el

período anual (art 2 Res. 1919/07).

También pueden eximirse aquellos noveles profesionales que se matriculen por primera vez a la Caja con posterioridad al 01 de

Julio. Esta exención únicamente es aplicable el primer año de inscripción y bajo la condición de que el profesional no haya

realizado en todo el año actos profesionales (art. 2 Res. 2083/11).

Las solicitudes de exención se pueden realizar, hasta el día 28 de Febrero del año inmediato posterior al año respecto del cual se

solicita la misma. A través del sistema de autogestión (con su Usuario y Clave), completando los campos requeridos por este

último.  

Beneficios Régimen PrevisionalLa jubilación ordinaria mínima es de 20 UMJ. Requisitos: Edad: 60 años - Aportes: 25 Años

Ante el exceso de edad o aportes, se pueden compensar cualquiera de los faltantes en la proporción de 2 de excedente por 1 de

faltante.

La jubilación solicitada por encima de la edad exigida, mejoran el futuro haber jubilatorio así como también aportar sobre el mínimo.

Se considera novel profesional

a aquellos profesionales

matriculados por primera vez antes

de cumplir los cinco años de

graduado.

Deposito Fuera de Término: el

sistema autogestión

realiza el cálculo en forma

automática, tratándose de

tareas profesionales

realizadas dentro del año corriente.

Caso contrario deben presentar la

documentación para liquidarse los

aportes.

7

Page 8: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

Control Previsional

La Caja dispone de un procedimiento administrativo para llevar a cabo el control previsional y demás obligaciones que poseen los afiliados. Dicho

control se realiza con la información de las tareas profesionales que son suministradas por los Organismos Provinciales y los Colegios Profesionales,

Dirección de Arquitectura, IAPV, Secretaría de Energía, Dirección de Hidráulica y otros.

 

El procedimiento de contacto con los afiliados para la comunicación de las deudas puede resumirse  en los siguientes pasos:  

Remisión vía correo electrónico al afiliado del estado de deuda con la Caja, solicitando se comunique con la misma para

regularizarla.

Con posterioridad al mail se envía una nota por correo postal otorgándole un plazo de 20 días para cancelar la deuda, o

firmar un convenio de pago.

Adicionalmente, antes de vencido el plazo indicado en el punto anterior la Caja se  pondrá en contacto  telefónicamente

para informar verbalmente la situación y recordar que para el caso de que no se regularice la situación, se procederá a la

emisión de Título de Apremio para el reclamo vía judicial, con los gastos extras que esto conlleva para el afiliado.

Con esta metodología la Caja busca evitar que sus afiliados tengan mayores gastos, como lo serían lo de asesoría legal, honorarios abogados, etc.,

y así regularizar su situación. 

 

8

Page 9: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

SISTEMA SUBSIDIO MUTUAL Es un sistema solidario que brinda ayuda económica al afiliado ante determinadas contingencias que se le puedan presentar, ya

que son propias de la vida misma de cada persona.

La alícuota mensual del subsidio mutual está fijada en $53.-

El aporte mensual correspondiente al Fondo Solidario de Trasplante es de: $38,00. el primer año de afiliación. Reduciéndose a

$20,00. a partir del segundo año.

Para afiliados con domicilio real fuera de la Provincia de Entre Ríos estos conceptos se liquidan en forma anual.  

¿Qué beneficios otorga? La normativa vigente contempla los siguientes beneficios cuyos montos máximos son los que se detallan a continuación (vigentes desde agosto 2015):  

Sistema Solidario que brinda una ayuda

económica al afiliado.

Por nacimiento o adopción, afiliadas mujeres $ 7.800

Por nacimiento o adopción, afiliados varones $ 7.800

Por matrimonio $ 6.000

Por jubilación en esta Caja $ 17.000

Por jubilación en otra Caja $14.000

Por incapacidad total absoluta y transitoria, de 60 días hasta 1 año Hasta 90 UMJ mensuales

Por incapacidad total absoluta y permanente del afiliado en actividad. Perdida de miembros

$ 70.000

Por muerte del afiliado en actividad $ 90.000

Contribución gastos de sepelios $ 15.000

Contribución para Gastos por tratamiento de Fertilización Asistida.Baja Complejidad

$ 12.000

Contribución para Gastos por tratamiento de Fertilización Asistida.Alta Complejidad

$ 32.000 9

Formularios de Solicitud de Subsidios,

disponibles en:www.cajaprever.org.ar

Teléfono: 0343 - 431 11 10 Int. 17

Page 10: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

10

Todo afiliado tendrá derecho a percibir el beneficio que correspondiere en directa proporción a su FACTOR DE CUMPLIMIENTO (Factor K) en el

Sistema.

El Factor K se conforma de: Período Real (PR)

K = Período Teórico (PT)

Periodo real de cumplimiento en el sistema: se corresponde con la cantidad de alícuotas mensuales efectivamente

canceladas por el afiliado.

 Periodo teórico posible de participación en el sistema: se corresponde con el período teórico en el cual el profesional

debió estar afiliado a la Caja desde la obtención del título y/o certificado habilitante.

Si el profesional no comenzara a ejercer inmediatamente, el Período Teórico se contará a partir del sexto (6) mes de

obtenido el título habilitante, tomándose este lapso de tiempo como período de gracia. Se exceptúa a Maestros Mayores de

Obras y Técnicos quienes tendrán un período de gracia de veinticuatro (24) meses, a partir de la fecha de recibidos.

Para obtener el beneficio, el afiliado deberá cumplimentar las siguientes condiciones:

1°. Poseer matrícula habilitada

2°. Haber cumplido con el periodo de carencia por 12 meses consecutivos

3°. No poseer deuda con la Caja por ningún concepto

Page 11: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

¿Qué es el Fondo de Trasplante?El fondo de trasplante otorga prestaciones en calidad de subsidios para reintegro, como en el caso de: gastos por servicios de

salud de alta complejidad y prácticas quirúrgicas de ablación e implantes. Esta cobertura comprende entre otros trasplantes de

corazón, riñón, hígado, cornea, etc.  

¿Qué beneficios otorga?El fondo de trasplante otorga prestaciones en calidad de subsidios para reintegro de

gastos por servicios de salud de alta complejidad y

prácticas quirúrgicas de ablación e implante.  

¿Cómo se Paga?Estos conceptos se incluyen en el Resumen de Cuentas: instrumento creado por Res. 845/91

por el cual la Caja liquida todas las Obligaciones dinerarias de sus afiliados.

El mismo, es remitido vía correo postal todos los meses al domicilio legal declarado por el afiliado, o

también puede ser descargado a través del sistema de autogestión.

Los medios para abonar este Resumen de Cuentas son:

Por ventanilla en cualquier sucursal del Nuevo BERSA y Entre Ríos Servicios

Bocas de cobros de Multipago

Vía electrónica a través de la Red de Pagos LINK

Esta cobertura comprende entre otros trasplantes

de corazón, riñón, hígado, cornea, etc.

11

Page 12: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER

SUBSIDIOS REINTEGRABLESLas condiciones indispensables para ser beneficiario son las siguientes:

•Ser afiliado a la Caja

•Tener una antigüedad en el ejercicio continuado de la profesión en la provincia no menor de un año calendario (o lo que para cada tipo de

subsidio reintegrable se requiera)

•Haber mantenido ininterrumpidamente su afiliación a la Caja por el período inmediato anterior al de la solicitud del Subsidio Reintegrable (o lo

que para cada tipo de subsidio reintegrable se requiera)

•Obligarse a mantener su afiliación en la Caja y su matrícula habilitada en el Colegio respectivo hasta la finalización del Subsidio Reintegrable

• No ser beneficiario de otro Subsidios Reintegrable

• No poseer deuda por ningún concepto, como así tampoco financiación de deudas con la Caja

Ingresos del solicitante

•Los ingresos por servicios profesionales, se estiman en función a las constancias de aportes jubilatorios obrantes en la Caja.

•Los ingresos adicionales a los de la actividad profesional deben acreditarse fehacientemente presentando:

-Relación de dependencia: Certificado de empleo y fotocopias de los tres (3) últimos recibos de haberes.

-Provenientes de Actividades Comerciales u otras: Fotocopia declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del último período fiscal vencido;

Monotributistas, fotocopia de los últimos tres comprobantes de pago; tres últimos comprobantes declaración jurada del Impuesto sobre los

Ingresos Brutos.

En ningún caso la cuota podrá superar el 30% de los ingresos del profesional, ni ser menor a pesos Cien ($100).

La solicitud de los subsidios reintegrables se realiza por nota dirigida al presidente de la Caja (se sugiere indicar un celular y casilla de correo en

la misma).

Los subsidios reintegrables se instrumentan mediante convenios de pago, en todos los casos, las firmas de los mismos deberán ser certificadas

por escribano público.12

Page 13: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER

13

Subsidio Reintegrable FAMILIAR AUTOMOTORTope Máximo $ 90.000 $ 300.000

Destino Libre Adquisición de vehículo para la actividad profesional o uso particular. Hasta un 80% del valor del vehículo.

Antigüedad requerida - Cinco años de afiliación- Últimos cinco años de aporte mínimo completos.

- Cinco años de afiliación- Últimos cinco años de aporte mínimo completos.

Garantías - Hasta $ 30.000 a sola firma-Por encima de $ 30.000 dos afiliados solidarios.

- Hasta $30.000 a sola firma- Por encima de $30.000 y hasta $90.000 dos afiliados solidarios.-Superando $90.000 prenda sobre el vehículo a adquirir.

Consultar a [email protected]

Page 14: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER

14

Subsidio Reintegrable

FAMILIAR AUTOMOTOR

Tope Máximo $ 30.000 $ 90.000

Destino Libre Adquisición de vehículo para la actividad profesional o uso particular. Hasta un 80% del valor del vehículo.

Antigüedad requerida Un año Tres años de afiliación

Garantías A sola firma Prenda sobre el vehículo a adquirir.

Consultar a [email protected]

Page 15: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER

15

Subsidios Reintegrables con GARANTIA HIPOTECARIARequisitos:

•Tener antigüedad en el ejercicio de la profesión en la Provincia de Entre Ríos. No menor a 5 años.

•Acreditar aportes jubilatorios mínimos durante los últimos 5 años anteriores; excepto noveles profesionales a los cuales sólo se les exige

2 años.

•Acreditar un coeficiente de permanencia en Caja no menos a 0,40.

•No encontrarse bajo sumario.

•No tener obligaciones con la Caja con plazos vencidos.

•Residir efectivamente en la Provincia de Entre Ríos.

•Obligarse a mantener su afiliación en la Caja y su matrícula habilitada en el Colegio respectivo hasta la finalización del Subsidio.

•Obligarse a cumplimentar los aportes mínimos exigidos por la Caja hasta la finalización del subsidio reintegrable.

Características:

•Destino: Para construcción, refacción, ampliación, terminación o compra de vivienda y/o oficina, o compra de terreno exclusivamente

destinado para la construcción de vivienda propia y/o estudio profesional.

•Monto máximo a otorgar: $ 500.000.

•Plazo máximo: 180 cuotas (15 años)

•Tasa: 23,38 % variable ajustable en forma cuatrimestral (B.C.R.A. para operaciones de plazo fijo a 60 días o más).

•El monto a otorgar no puede ser superior al 75% de la valuación del inmueble a hipotecar.

•Amortización calculada por el Sistema Tradicional Francés.

•Gastos Administrativos: $ 200,00 (por única vez).

•Gastos de Tasación: $ 1000,00 Aprox. (Tasador designado por la Caja).

•Los gastos, sellados, honorarios y derechos de inscripción y levantamiento de hipoteca que resulten de la constitución del Derecho Real de

Hipoteca, serán por exclusiva cuenta del solicitante.

•Seguro de vida (0,73% o sobre saldo de deuda) y seguro de incendio ($0,80 por cada $ 10.000 de Tasación), se incluyen en la cuota

mensual.

Page 16: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

Tramite:

•Deberá presentar una carpeta con los Formularios de solicitud formal, en forma completa y anexando la documentación que los mismos

indican.

•Además, deberá presentar el Formulario Declaración de Salud SANCOR

•Los Formularios se descargan desde www.cajaprever.org.ar

•Tiempo estimado mínimo del trámite 60 días.

Ingresos:

•Los ingresos a considerar serán los del solicitante y su grupo familiar (cónyuge o concubina/o), con las siguientes consideraciones:

•Los ingresos por servicios profesionales del afiliado, se estiman en función a las constancias de aportes jubilatorios obrantes en la Caja.

•Los ingresos adicionales del afiliado deberán acreditarse.

•Los ingresos del cónyuge o concubina /o no podrán exceder el cincuenta por ciento (50%) de los ingresos del solicitante.

•Los ingresos deberán ser acreditados fehacientemente con la documentación indicada en la Parte III de los formularios de solicitud formal.

•El valor de la cuota mensual no podrá ser superior al treinta y cinco por ciento (35 %) de los ingresos netos constatados.

16

Consultar a [email protected]

Page 17: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

17

TURISMONuevo Sistema de Turismo por AutogestiónEl Afiliado debe utilizar el nuevo servicio de turismo desde nuestra página web: www.cajaprever.org.ar. Luego ingresar a

AUTOGESTIÓN, donde debe colocar su nombre de USUARIO y CLAVE. En caso de no poseer estos datos, solicite esta información por

correo electrónico: [email protected] vez que ingresó al sistema, debe dirigirse a la última pestaña llamada TURISMO. Desde allí, haga clic en CONSULTA. Aquí podrá seleccionar el destino: Complejo Colón o Santa Ana. Además, solicitará la fecha, la cantidad de días de hospedaje y pasajeros.

Por último, concluido el ingreso de los datos, deberá imprimir la boleta de turismo, quedando efectuada la reserva. La misma podrá abonarla en cualquier sucursal del Nuevo Bersa o agencias Entrerrios Servicios.

Las personas que deseen alquilar en forma particular o por Convenio, deberán dirigirse por correo electrónico a [email protected] O [email protected]

COMPLEJO TURÍSTICO COLÓN: CABAÑAS SANTA ANA:

Cuenta con 54 plazas dispuestas en 10 departamentos, 2 chicos (de 2 personas) y 8 grandes (de 4 a 6 personas) totalmente equipados con calefacción, aire acondicionado, calefactor, cocina, heladera, microondas, televisión, wifi, sala de encuentros, quincho, pileta y frontón de pelota.

EMAIL: [email protected]

Ubicadas a 25 Km. de la Ciudad de Chajarí. El predio es amplio, a orillas del lago Salto Grande y a kilómetros de las Termas de Chajarí. Ocho cabañas con una capacidad para 6 personas, están completamente equipadas: aire acondicionado frio/ calor, heladera con freezer, cocina, microondas, parrilla, utensilios de cocina, televisión y wifi.  

EMAIL: [email protected]

Page 18: ¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo

SEGURO ASISTENCIAL DE SALUD  Es un Sistema de Cobertura de Salud, de adhesión voluntaria, que funciona por reintegro de gastos. Tiene una cobertura de alcance

nacional, con libre elección de prestadores, sin autorizaciones médicas previas, y farmacias a elección.

En virtud de pertenecer al Convenio de reciprocidad de salud entre Cajas Profesionales, es posible acceder a los establecimientos de

Salud de más renombre. Entre estos se destacan los que se encuentran en la Ciudad de Buenos Aires: el Hospital Italiano, el Hospital

Británico y la Fundación Favaloro. También, el servicio posee el acceso a los centros asistenciales que se encuentran en la provincia

de Santa Fe.  

¿Qué planes ofrece y cuál es su alícuota?  Este sistema ofrece planes de coberturas al afiliado y a todo su grupo familiar primario, con alícuotas diferenciadas para los noveles

profesionales (menos de 5 años de graduados):

Los Noveles profesionales están exentos de abonar el Fondo de Reserva.

Contacto:  Formularios de Afiliación están disponibles en: www.cajaprever.org.ar  Teléfono: 0343- 431 11 10 Interno 13-25.  Mail: [email protected]

Sistema de Cobertura de

Salud, de adhesión voluntaria

Formulario de Afiliación:

www.cajaprever.org.ar

Noveles Profesionales Alícuota

Plan Promocional Básico $400,00

Plan Promocional Integral $1200,00

Profesionales con más de 5 años de graduado Alícuota

Plan Básico $800 ,00

Plan Integral $1.600,00

Plan Generacional $1.600,00

18