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Quiénes se pueden afiliar? Todas las personas vinculadas a través de un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago. ¿Quiénes son afiliados? Son las personas cubiertas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través del régimen contributivo o del subsidiado, residentes en Colombia. a. Cotizantes: Afiliados con capacidad de pago. Cuando son trabajadores dependientes aportan de sus ingresos laborales el 4% y sus empleadores el 8.5%; si son independientes aportan el 12.5% de su Ingreso Base de Cotización (IBC) y los pensionados deben aportar el 12% de su ingreso base de cotización. b. Beneficiarios: Afiliados que no aportan cotización, pero están cubiertos por el Sistema General de Seguridad Social en Salud en su condición de miembros de un núcleo familiar por su parentesco y/o dependencia económica de un afiliado cotizante. Se pueden afiliar como beneficiarios amparados los siguientes: El cónyuge. A falta de cónyuge la compañera o compañero permanente, siempre y cuando la unión sea superior a dos años. Los hijos menores de dieciocho (18) años que dependen económicamente del afiliado. Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del afiliado. Los hijos entre los dieciocho (18) y los veinticinco (25) años, cuando sean estudiantes de tiempo completo, tal como lo establece el decreto 1889 de 1994 y dependan económicamente del afiliado. Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales c. y d. del presente artículo. A falta de cónyuge o de compañera o compañero permanente y de hijos, los padres del afiliado que no estén pensionados y dependan

Quienes se pueden afiliar al regimen contributivo

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Quiénes se pueden afiliar?

Todas las personas vinculadas a través de un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.

¿Quiénes son afiliados?

Son las personas cubiertas por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través del régimen contributivo o del subsidiado, residentes en Colombia.

a. Cotizantes: Afiliados con capacidad de pago. Cuando son trabajadores dependientes aportan de sus ingresos laborales el 4% y sus empleadores el 8.5%; si son independientes aportan el 12.5% de su Ingreso Base de Cotización (IBC) y los pensionados deben aportar el 12% de su ingreso base de cotización.

b. Beneficiarios: Afiliados que no aportan cotización, pero están cubiertos por el Sistema General de Seguridad Social en Salud en su condición de miembros de un núcleo familiar por su parentesco y/o dependencia económica de un afiliado cotizante. Se pueden afiliar como beneficiarios amparados los siguientes:

El cónyuge.

A falta de cónyuge la compañera o compañero permanente, siempre y cuando la unión sea superior a dos años.

Los hijos menores de dieciocho (18) años que dependen económicamente del afiliado.

Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del afiliado.

Los hijos entre los dieciocho (18) y los veinticinco (25) años, cuando sean estudiantes de tiempo completo, tal como lo establece el decreto 1889 de 1994 y dependan económicamente del afiliado.

Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales c. y d. del presente artículo.

A falta de cónyuge o de compañera o compañero permanente y de hijos, los padres del afiliado que no estén pensionados y dependan

económicamente de éste.

Como beneficiarios adicionales podrá afiliar a los menores de 12 años, que dependan económicamente del cotizante y a sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, bisabuelos, nietos, bisnietos, tíos, sobrinos), para lo cual deberá pagar un valor adicional a la cotización (UPC), el cual se reajusta anualmente. Ver tabla de valores UPC.

Qué es la UPC adicional?

Es el valor que el cotizante debe pagar por concepto de Unidad de Pago por Capitación (UPC), por cada uno de los beneficiarios adicionales que tenga inscritos en la afiliación al Plan Obligatorio de Salud. Los valores de UPC Adicional vigentes son:

Año 2013

Grupo Rango de

edad Zona

normal Zona

especial (1)

Grandes ciudades y municipios

conurbados(2)

1 Menores de 1 año

$ 156.700 $ 172.200 $ 172.000

2 De 1 a 4 años

$ 51.600 $ 56.600 $ 56.500

3 De 5 a 14 años

$ 19.300 $ 21.000 $ 21.000

4 De 15 a 18 años Hombres

$ 51.600 $ 56.500 $ 56.500

5 De 15 a 18 años Mujeres

$ 54.700 $ 60.000 $ 60.000

6 De 19 a 44 años Hombres

$ 90.300 $ 99.100 $ 99.000

7 De 19 a 44 años Mujeres

$ 112.300 $ 123.300 $ 123.200

8 De 45 a 49 años

$ 101.900 $ 111.900 $ 111.700

9 De 50 a 54 años

$ 129.400 $ 142.200 $ 142.000

10 De 55 a 59 años

$ 157.800 $ 173.400 $ 173.200

11 De 60 a 64 años

$ 110.300 $ 121.200 $ 121.000

12 De 65 a 69 años

$ 136.800 $ 150.300 $ 150.100

13 De 70 a 74 años

$ 163.800 $ 180.000 $ 179.700

14 De 75 y más años

$ 205.300 $ 225.600 $ 225.400